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- rdf:value = " El señor FUENTES (don César Raúl).- Pido la palabra.
El señor PARETO (Presidente).- Tiene la palabra el Diputado señor Fuentes.
El señor FUENTES (don César Raúl).- Señor Presidente, la verdad es que éste es un problema de suyo complejo y que sería bastante adecuado que pudiéramos tener siempre mucha claridad en la votación. Por eso, estoy de acuerdo en el sentido de que aquí pudiera hacerse la máxima precisión posible. En todo caso, yo quisiera destacar que no es la primera vez que nos llega un veto del Ejecutivo donde, por la forma en que está redactado, produce e induce a error.
¿De qué se trata? El Ejecutivo, realmente, en la parte positiva del envío de los vetos, ha dicho lo siguiente: "Por las consideraciones anteriores, vengo en vetar el texto de este proyecto de ley, proponiendo su reemplazo por el siguiente: ". De manera tal que es muy claro que el propósito del Ejecutivo es proponer el reemplazo del artículo único del proyecto despachado por la Cámara, por otro artículo que nos envía el Ejecutivo. Ahora bien, ¿dónde está el problema? A mi juicio, en la fórmula que emplea el Ejecutivo. Es dueño y, sin lugar a dudas, está en su legítimo derecho de hacerlo. La fórmula: "reemplazo este artículo único por los ocho" que nos propone. Sería mucho más adecuado reemplazarlo si realmente dijera relación el artículo único despachado por la Cámara con los ocho artículos nuevos que nos propone el Ejecutivo. La verdad es que no hay relación ni incompatibilidad entre los dos textos. Entonces, ¿dónde nace el problema? Si, -y en esto estoy destacando quizás un criterio técnico, personal.- fueran aprobados realmente los 8 artículos que nos propone el veto del Ejecutivo, a mi juicio, se entendería rechazado el artículo único despachado por el Congreso Nacional, porque hay una manifiesta voluntad de reemplazo, en virtud de lo que ha propuesto el Ejecutivo y aceptado la Cámara.
¿Dónde nace el problema? En que se haga uso del derecho de división de la votación, el que está amparado en el Reglamento y, a mi juicio, también en las * normas constitucionales. Entonces, ¿qué pasa? Se aprueban, por ejemplo, siete de los ocho artículos del Ejecutivo, y queda uno rechazado. ¿Qué pasa con el proyecto del Congreso? ¿En qué parte insiste? Y es aquí donde se presenta el problema por la fórmula que el Ejecutivo empleó. Según mi opinión, en ese caso, deberá insistirse en el proyecto despachado por el Congreso en todo aquello en que no haya incompatibilidad.
Ahora bien, estamos aquí en el último día del plazo constitucional; porque ni siquiera es plazo reglamentario, circunstancia que yo hubiera aprovechado para solicitar una aclaración sobre esto, incluso un oficio de parte del Ejecutivo, en el cual nos hubiera explicado mucho más su voluntad; pero, lamentablemente, no estamos en condición procesal de hacerlo. Si nosotros no despacháramos este proyecto en esta oportunidad, infringiríamos la Constitución. Por eso, creo entender que lo que nos ha propuesto la Mesa es el procedimiento correcto para votar: luego de la discusión, la votación de todo el articulado, es decir, de los ocho artículos que nos ha enviado el Ejecutivo, en reemplazo del artículo único del proyecto del Congreso Nacional.
Los señores Diputados, en ejercicio de su derecho, han pedido división de la votación. Si, a propósito de las votaciones que se hagan, algunos de estos artículos del Ejecutivo son rechazados, correspondería a mi juicio, que la Mesa pusiera en votación la insistencia del proyecto despachado por el Congreso, en todo lo que no fuera incompatible. Como en el caso particular no hay nada que sea incompatible, creo que, realmente, la Mesa tendría que poner en votación la insistencia sobre todo el artículo.
Ahora bien, me alegraría de que, sobre esta materia, incluso pudiera haber una consulta al Tribunal Constitucional, a fin de uniformar criterios. Me reservo el derecho de pensar que, en verdad, ha habido una mala fórmula de reemplazo, por el Ejecutivo, al hacerlo a través de un veto aditivo y de uno supresivo. Pero, como está empleada la forma verbal "Reemplázase", no podemos, a mi juicio, desentendernos del propósito del Ejecutivo de sustituir un texto por otro. Por eso, entiendo que la fórmula propuesta por la Mesa es la adecuada y que el veto es sustitutivo. He dicho.
"
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