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- rdf:value = " El señor GUERRA.- Pido la palabra.
El señor PARETO (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría.
El señor GUERRA.- Señor Presidente, cuando tratamos el proyecto de ley que le dio jubilación a los comerciantes y a los trabajadores independientes, precisamente lo concebimos para que ellos mismos dirigieran su caja de previsión, porque, si no, hubiese sido más dable incorporar a todos los que tenían una labor administrativa directamente a la Caja de Empleados Particulares y a los que tenían función de obreros, directamente al Servicio de Seguro Social. Como los comerciantes, los industriales, los transportistas no tienen patrón, esta gente no tenía previsión, no había forma de crear una caja como las existentes, y los diferentes organismos previsionales les negaban su ingreso a ellos. Cuando estudiamos ese proyecto de ley que favorecía a los comerciantes, a los industriales, a los farmacéuticos y todos los independientes, incluimos, y el Diputado que habla hizo hincapié en ello, también con los mismos derechos a los obreros independientes como son los pescadores artesanales, los mariscadores y los buzos.
Un ejemplo específico es e) siguiente: si un buzo pertenece a la Armada, trabaja para la Armada; si es un buzo independiente puede obtener su jubilación según el mecanismo de esta ley que nosotros despachamos y que ahora estamos aclarando en algunos de sus preceptos.
En esa ocasión se dijo que esta era una previsión modelo y que ojalá todas las cajas de previsión tuvieran el mismo sistema, en el sentido de que los mismos imponentes las pudieran dirigir, financiar y obtener de ellas todos los beneficios que determina su estatuto orgánico.
De ahí que insista en que debemos despachar este proyecto en la misma forma como se despachó primitivamente, es decir con esta aclaración que reafirma un derecho adquirido por la misma gente que luchó y obtuvo este sistema previsional que fue un ejemplo, como se repitió muchas veces aquí en la Cámara. Y porque, de otra manera, no habríamos podido despachar esa ley. Insisto en que fue un sistema diferente, porque, o si no, habríamos incorporado a esos trabajadores a las cajas existentes, de acuerdo a la naturaleza de sus respectivas labores. Incluso, no se pensó en incorporar a los mariscadores y los pescadores artesanales a la Caja de la Marina Mercante, porque eran independientes; no pertenecían a una organización como la de los estibadores marítimos.
De ahí que me inclino por el proyecto que despachó la Cámara, que aclara el alcance del artículo 29 de la ley Nº 17.066.
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