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- rdf:value = " El señor GUERRA.- ¿Cuántos minutos restan al Comité Nacional?
El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).- Once minutos.
El señor Klein había pedido la palabra.
El señor KLEIN.- No voy a hacer uso de la palabra, señor Presidente.
El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).-Puede continuar el señor Guerra.
El señor GUERRA.- Señor Presidente, en la ley Nº 17.828, que dio reajuste a contar del 1º de octubre, se consideró el aumento de la asignación de zona para las provincias extremas del país. Este aumento, para la provincia de Tarapacá, fue de un veinte por ciento y para las provincias australes de un cuarenta por ciento. En el artículo 11 también se consideró un incremento de veinte puntos para las pensiones, vale decir, para el personal retirado de las Fuerzas Armadas y de Carabineros, para los jubilados de la Administración Pública, incluidos los ferroviarios y los portuarios. Pero, en el inciso tercero del artículo 11, que aumentó en veinte puntos, vale decir, en veinte por ciento la asignación de zona a todos los pensionados, se consideró una cortapisa para los jubilados que no acrediten tener diez años de residencia, como asimismo, para los que hayan incorporado a sus pensiones el beneficio de la asignación de zona cuando ellos jubilaren.
De tal manera que la iniciativa del señor Ministro de Hacienda, que tiende a paliar en parte el alza del costo de la vida en la provincia de Tarapacá, en donde los precios de los artículos alimenticios aumentan considerablemente por razones obvias, por razones de transporte y de importación de los alimentos que escasean en el centro del país, ha dejado a numerosos jubilados, ferroviarios, portuarios y a muchos que se han ido a vivir a la provincia de Tarapacá, sin el derecho a percibir estos veinte puntos.
Yo estimo que esta discriminación, odiosa por demás, es injusta. Por lo tanto, creo que el Gobierno debe arbitrar las medidas conducentes a eliminar estos inconvenientes que he señalado y a dar a todos los jubilados, sin discriminación de ninguna especie, estos veinte puntos, porque ellos, precisamente, también tienen que padecer el alza desmedida de los artículos alimenticios por la gravitación del dólar en esa zona.
En consecuencia, solicito que se envíen oficios, en mi nombre y en el del Comité de los Diputados nacionales, a los señores Ministros de Hacienda y de Obras Públicas y Transportes, a fin de que manden un proyecto de ley para que todos los jubilados ferroviarios y de la Empresa Portuaria tengan también derecho a percibir estos veinte puntos que establece el artículo 11 de la ley antes mencionada.
El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).- Se enviarán los oficios solicitados por el señor Guerra, en su nombre y en el de su Comité.
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