REPUBLICA DE CHILE CAMARA DE DIPUTADOS LEGISLATURA EXTRAORDINARIA Sesión 36ª, en martes 4 de enero de 1972 (Ordinaria: de 16 a 18.43 horas) Presidencia de los señores Sanhueza, don Fernando, y Fuentes, don César Raúl. Secretario, el señor Guerrero, don Raúl. Prosecretario, el señor Parga, don Fernando. INDICE GENERAL DE LA SESION I.- SUMARIO DEL DEBATE II.- SUMARIO DE DOCUMENTOS III.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA IV.- ASISTENCIA V.- TEXTO DEL DEBATE I.- SUMARIO DEL DEBATE 1.- Se califica la urgencia hecha presente para el despacho de diversos proyectos 2615 2.- Se aprueban los acuerdos adoptados por los Comités Parlamentarios 2616 3.- Se autoriza a la Mesa de la Corporación para conceder los permisos constitucionales que se soliciten durante el receso acordado 2616 4.- Se envían a Comisión las observaciones del Ejecutivo al proyecto de presupuesto para 1972 2616 5.- Se acuerda ampliación de plazos a las Comisiones 2617 ORDEN DEL DIA: 6.- Se despacha el proyecto que permite el anticipo del reajuste para los trabajadores de los sectores público y privado 2617 7.- Se despacha el proyecto que modifica el D.F.L. Nº 286, Orgánico del Servicio Médico Nacional de Empleados 2627 8.- Se despacha el proyecto sobre normas de previsión para determinados funcionarios de la Empresa de Comercio Agrícola 2628 9.- Se despacha el proyecto que modifica la ley Nº 7.821, sobre remisión condicional de la pena 2628 10.- La Sala despacha el proyecto que modifica la ley N° 15.266, sobre envío de representantes al extranjero por el Ministerio de Relaciones Exteriores 2629 11.- Se despachan las observaciones del Ejecutivo al proyecto que establece normas sobre el dominio de los concentrados de cobre que se obtengan del río Salado 2629 12.- La Cámara se ocupa de las observaciones formuladas por el Ejecutivo al proyecto que suprime la reajustabilidad de determinadas deudas habitacionales y queda pendiente el debate 2638 INCIDENTES: 13.- El señor Cardemil se refiere al incumplimiento de planes de remodelación entre organismos del Estado y Municipalidad de Valparaíso 14.- El señor Palza se ocupa del despojo de los fondos correspondientes a las indemnizaciones por años de servicios de los obreros de la industria automotriz de Arica 2641 15.- La señora Toledo se refiere a problemas sindicales que afectan a los trabajadores de la Compañía Manufacturera de Papeles y Cartones S. A. Valdivia 2643 16.- La misma señora Diputada se refiere a la situación de los damnificados por la erupción del volcán Villarrica 2644 17.- La misma señora Diputada se ocupa de la paralización y construcción de obras viales en la provincia de Valdivia 2644 18.- El señor Monckeberg se refiere a la nueva política de exportaciones 2647 19.- El señor Carmine se ocupa de las medidas para paliar los efectos de la erupción del volcán "Villarrica", en Pucón 2647 20.- El señor Momberg se refiere a la labor realizada por el Alcalde de Pucón a raíz de la erupción del volcán Villarrica 2648 21.- El señor Godoy se refiere a la permanencia de barcos mercantes rusos en el puerto de Valparaíso 2650 22.- El señor Guerra se ocupa de la necesidad de solucionar el conflicto de la Línea Aérea Nacional 2651 23.- El señor Jáuregui se refiere a las siguientes materias: Construcción del Camino Longitudinal en el sector "Los Lagos" a "Rucaco" 2652 24.- Construcción de una planta elevadora de aguas servidas en el sector de Rahue Bajo 2653 25.- El señor Alvarado rinde homenaje a la memoria del ex Sargento de Carabineros don Manuel Pérez Contreras 2653 26.- El mismo señor Diputado se adhiere a las peticiones de oficios hechas por diversos señores Diputados con motivo de la erupción del volcán Villarrica 2654 II.- SUMARIO DE DOCUMENTOS 1/2.- Mensajes con los cuales Su Excelencia el Presidente de la República somete a la consideración del Congreso Nacional, para ser tratado en la actual Legislatura Extraordinaria de Sesiones, el primeros de ellos, los siguientes proyectos: El que proporciona mayores disponibilidades a la Caja de Previsión de la Marina Mercante Nacional con el objeto de que pueda atender debidamente sus gastos de administración 2552 El que aprueba la Convención para la represión del tráfico ilícito de las Drogas Peligrosas 2553 3/4.- Oficios de Su Excelencia el Presidente de la República: Con el primero, devuelve con observaciones el proyecto de ley, aprobado por el Congreso Nacional, que aprueba el Cálculo de Entradas y la Estimación de los Gastos del Presupuesto de la Nación para 1972 y Con el segundo, hace presente la urgencia para el despacho de los siguientes proyectos: El que excluye al personal de la Corporación de Fomento de la Producción de la limitación de rentas mensuales establecida en el artículo 1º del D.F.L. Nº 68, de 1960; El que modifica la ley Nº 17.161, que creó el Colegio de Bibliotecarios; El que crea el Fondo Especial para la construcción, equipamiento y funcionamiento de hogares y otorgamiento de becas para hijos de campesinos y mapuches; El que establece ciertas normas en favor de determinados funcionarios de la Empresa de Comercio Agrícola; El que modifica algunas disposiciones relativas al subsidio de cesantía de los empleados particulares; El que autoriza a la Caja de Previsión de los Carabineros de Chile para disponer trabajos en horas extraordinarias, remunedas, a su personal; El que autoriza reuniones hípicas extraordinarias en beneficio de la Dirección General de Deportes y Recreación, Federación Ecuestre, Ejército y Carabineros; y El que crea el Instituto Nacional del Papel Periodístico. 5.- Oficio del Honorable Senado por el que comunica que ha aprobado en los mismos términos en que lo hizo esta Corporación, el proyecto de ley que concede, por gracia, una pensión a los hijos de don Alcides Leal Osorio 2587 6.- Oficio del Tribunal Constitucional con el que pone en conocimiento de esta Corporación, que Su Excelencia el Presidente de la República ha recurrido de inconstitucionalidad respecto de diversas disposiciones del Proyecto de Ley de Presupuesto para 1972 2587 7.- Informe de la Comisión de Gobierno Interior sobre el proyecto que autoriza un anticipo de reajuste de las remuneraciones de los trabajadores de los sectores público y privado 2600 8.- Informe de la Comisión de Relaciones Exteriores, recaído en el proyecto que modifica la ley Nº 15.266, en lo relativo al envío de personas al extranjero en representación de Chile 2606 9/10.- Informes de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, recaídos en los siguientes proyectos de ley: El que sanciona las ocupaciones ilegales de inmuebles. (2º trámite reglamentario) 2612 El que modifica la ley Nº 7.821, sobre remisión condicional de la pena 2612 Además, se dio cuenta de los siguientes documentos: Dos oficios del señor Ministro de Hacienda, con los que da respuesta a los que se le dirigieran en nombre de los señores Diputados que se indican, acerca de las materias que se señalan: De los señores Pareto y Palestro, sobre denuncia en contra de la Firma "GASMAC" (2809). De los señores Fuentealba Caamaño, y Guerra, y de los señores Diputados pertenecientes a los Comités Parlamentarios de los Partidos Radical y Comunista, relacionado con la situación provisional de ex tranviarios (5663). Un oficio del señor Ministro de Justicia, con el que se refiere al que se le enviara en nombre del señor Toro, referente al Sanatorio Los Maitenes, de Talca (7417). Un oficio del señor Ministro de Agricultura, con el que contesta el que se le dirigió en nombre del señor Campos, referente a los hechos que habría protagonizado con el funcionario de INDAP señor Sergio Edwards, en la provincia de Curicó (7212). Dos oficios del señor Contralor General de la República: Con el primero, remite copia del decreto Nº 1.721, de 1971, del Ministerio del Interior. Con el segundo, da respuesta al que se le dirigiera en nombre del señor Araya, sobre problemas que afectan a obreros de la Corporación d Servicios Habitacionales de Antofagasta (7722). Un oficio de la Comisión encargada de conocer la acusación constitucional deducida por diez señores Diputados en contra del señor Ministro del Interior, por el que expresa sus más sinceros agradecimientos y felicitaciones por la labor extraordinaria que han debido desarrollar los funcionarios de Secretaría, personal de Taquígrafos y de Administración. III.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA 1.- MENSAJE DE S. E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA "Conciudadanos del Senado y de la Cámara de Diputados: El Ejecutivo estima de necesidad proporcionar mayores disponibilidades a la Caja de Previsión de la Marina Mercante Nacional, con el fin de que pueda atender debidamente sus gastos de administración, los que en los últimos años han aumentado en razón de variadas circunstancias. Desde luego, debe señalarse que no es ajeno el alza de los gastos de administración el hecho de haberse separado las Secciones de Oficiales y Empleados y la de Tripulantes de Naves y Operarios Marítimos, así como también la circunstancia de que los imponentes tanto activos como pensionados de ambas han aumentado sensiblemente. A lo anterior debe agregarse la incidencia que en este mismo rubro ha representado para la citada Caja el otorgamiento de nuevos beneficios, tales como los establecidos en la ley Nº 16.744, de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, y en la ley Nº 16.781, sobre Medicina Curativa. Por otra parte se hace necesario regularizar la situación sobre desahucio creada al personal de la misma Institución con la dictación y vigencia del D.F.L. Nº 2, de 1970 y para tal efecto se contempla una disposición, de carácter declarativo, que lo deja afecto al beneficio de desahucio establecido en el artículo 40 de la ley Nº 15.386 y sus modificaciones posteriores, pasando a ser aplicable al primer texto legal ya citado a los funcionarios que en lo sucesivo, una vez despachada esta iniciativa, se incorporen a la Caja de Previsión de la Marina Mercante Nacional. En mérito de lo expuesto, vengo en proponeros, para que sea tratado en el actual período de sesiones del Honorable Congreso Nacional, el siguiente Proyecto de ley: "Artículo lº.- Sustitúyese el artículo 18 de la ley Nº 6.037 modificado por la ley Nº 7.759 y cuyo texto refundido consta en el D.S. Nº 606, de 5 de mayo de 1944 del Ministerio de Salud Pública, Previsión y Asistencia Social, por el siguiente: "La Caja podrá ocupar hasta un 1% de las remuneraciones imponibles que perciban todos los imponentes, en gastos generales de administración." "Artículo 2º.- Sustituyese en el inciso 1º del artículo 39 la ley Nº 10.682, publicada en el Diario Oficial de 29 de octubre de 1952, el guarismo "3,5%" de los salarios imponibles por el de "5,5%"." "Artículo 3º.- Declárase que los personales de la Caja de Previsión de la Marina Mercante Nacional, Sección Oficiales y Empleados y Sección Tripulantes de Naves y Operarios Marítimos, en servicio a la fecha de la presente ley, se hallan afectos exclusivamente al beneficio del desahucio establecido en el artículo 40 de la ley Nº 15.386 y sus modificaciones posteriores. La Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas devolverá los aportes que respecto de dichos funcionarios se hubieren efectuado al Fondo de Desahucio a que se refiere el D.F.L. Nº 2, de 1970; entendiéndose subsistente, en todo caso, la obligación de efectuar las cotizaciones que hubieren correspondido con arreglo al artículo 40, de la ley Nº 15.386 y sus modificaciones posteriores." (Fdo.) : Salvador Allende Gossens.- José Oyarce Jara." 2.- MENSAJE DE S. E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA "Conciudadanos del Senado y de la Cámara de Diputados: El Gobierno de Chile suscribió en 1961 y ratificó en 1968, la Convención Unica de Estupefacientes que, conforme a su artículo 44, abrogó y sustituyó entre las Partes los diversos Tratados, Acuerdos y Convenios Internacionales en vigencia en materia de estupefacientes, con excepción expresa de la Convención para la represión del tráfico ilícito cíe las Drogas Peligrosas, concluida, en Ginebra, el 26 de junio de 1936 y enmendada por el Protocolo firmado en Lake Sucees el 11 de diciembre de 1946. Esta última Convención conserva, en consecuencia, una existencia y valor propios y sigue desempeñando un papel importante en la represión del tráfico ilícito de estupefacientes. Chile no llegó a suscribir la Convención de Ginebra de 1936, no obstante haber sido Parte nuestro país de los otros instrumentos internacionales elaborados para hacer más efectivos el control y la represión del tráfico ilegal y del uso indebido de estupefacientes. A juicio de las autoridades técnicas competentes del Gobierno es ahora necesario y conveniente que nuestro país adhiera a la Convención para la represión del tráfico ilícito de las Drogas Peligrosas de 1936, la cual junto con la Convención Unica de Estupefacientes de 1961 -de la que como he señalado Chile ya es parte- y la reciente Convención sobre Sustancias Sicotrópicas de 1971, cuya aprobación está sometida actualmente a la aprobación de Vuestras Señorías, conforman un cuerpo de instrumentos internacionales que permitirán combatir con mayor efectividad el tráfico y el consumo ilegal de drogas nocivas para la salud. La Convención que someto a la consideración de Vuestras Señorías obliga a las Altas Partes Contratantes a consagrar las disposiciones legislativas necesarias para considerar como delitos graves y castigar con penas severas, la extracción, fabricación, preparación, importación y exportación, posesión, oferta, distribución, etcétera de estupefacientes en violación con los acuerdos internacionales. Nuestro país ya adoptó medidas en esta materia mediante la dictación de la ley 17.155 de 11 de junio de 1969, que introdujo diversas modificaciones a los Códigos Penal, de Procedimiento Penal, Orgánico de Tribunales y Sanitario. La Convención de Ginebra de 1936 introduce, además, importantes normas respecto a la extracción activa y pasiva de nacionales y extranjeros que hayan incurrido en los delitos contemplados en la misma, a la calificación de la reincidencia respecto de tales delitos y a la jurisdicción extraterritorial de los tribunales nacionales, aspectos todos que están considerados en los artículos 8º y 9º de la ley 17.155. En suma, la Convención de que se trata es un instrumento internacional de valiosos alcances y de la cual Chile debe ser Parte para poder ampliar sus medios de acción en la lucha en que se encuentra empeñado contra la toxicomanía. Es de valor, también, en la medida en que contribuye a fortalecer los propósitos del Gobierno para la protección de la salud de los chilenos y que lo faculta para hacer más eficiente su aporte al esfuerzo mundial que desarrollan en este sentido todas las naciones. Por lo tanto, y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 43 Nº 5 y 72 Nº 16 de la Constitución Política del Estado, vengo en someter a la consideración de Vuestras Señorías el siguiente Proyecto de Acuerdo: "Artículo único.- Apruébase la Convención para la represión del tráfico ilícito de las Drogas Peligrosas, concluida en Ginebra el 26 de junio de 1936 y enmendada por el Protocolo firmado en Lake Succes, Nueva York, el 11 de diciembre de 1946." (Fdo.) : Salvador Allende Gossens. - Clodomiro Almeyda Medina." 3.- OFICIO DE S. E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA "Nº 2248.- Santiago, 31 de diciembre de 1971. Con oficio Nº 1529, de 31 de diciembre de 1971, V. E. se ha servido comunicar la aprobación del proyecto de ley que aprueba el Cálculo de Entradas y la Estimación de los Gastos del Presupuesto Corriente y de Capital de la Nación para 1972 en moneda nacional y en moneda extranjera reducida a dólares. En conformidad a las atribuciones que me confiere el artículo 53 de la Constitución Política del Estado y el artículo 31 de la Ley Orgánica de Presupuestos, aprobada por el D.F.L. Nº 47, de 1959, vengo a observar los siguientes artículos, ítem, glosas y cantidades del Proyecto de Presupuestos para 1972, de acuerdo con el detalle que se indica: Artículo 19 Para reponer el siguiente inciso segundo: "Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 52 del Reglamento para Contratos de Obras Públicas, toda ampliación de obras públicas cuyo valor exceda del 10% del total reajustado del contrato inicial deberá hacerse por propuestas públicas”. Artículo 20 Para reponer el siguiente inciso, a continuación del segundo. "Sólo se imputarán al margen que este artículo autoriza aquella parte de las operaciones crediticias que signifique la recepción efectiva de créditos en dinero o la internación de los bienes correspondientes que se realicen en el año 1972". Artículo 21 Para consultar el siguiente inciso segundo: "Los mayores compromisos derivados de la renegociación de la Deuda Externa del país no afectarán este margen y se entenderán de hecho autorizados". Artículo 22 Para intercalar, entre el guarismo "11.575" y la palabra "hasta", la siguiente frase: "y artículo 221 de la ley Nº 16.464". Para suprimir su inciso segundo. Artículo 23 Para agregar, a continuación de las palabras "Cerro Sombrero" lo siguiente: "incluidas las Guarniciones Militares respectivas". Artículo 24 Para suprimirlo. Artículo 25 Para desecharlo. Artículo 26 Para eliminarlo. Artículo 27 Para suprimirlo. Artículo 28 Para desecharlo. Artículo 29 Para eliminarlo. Artículo 30 Para desecharlo. Artículo 31 Para suprimirlo. Artículo 32 Para eliminarlo. Artículo 33 Para desecharlo. Artículo 34 Para desecharlo. Artículo 35 Para suprimirlo. Artículo 36 Para eliminarlo. Artículo 37 Para desecharlo. Artículo 38 Para suprimirlo. Artículo 39 Para eliminarlo. Artículo 40 Para desecharlo. Artículo 41 Para suprimirlo. Artículo 42 Para eliminarlo. Artículo 43 Para suprimirlo. Artículo 44 Para desecharlo. Artículo 45 Para eliminarlo. Artículo 46 Para eliminarlo. Artículo 47 Para desecharlo. Artículo 48 Para suprimirlo. Artículo 49 Para eliminarlo. Artículo 50 Para suprimirlo. Artículo 51 Para suprimirlo. Artículo 52 Para desecharlo. Artículo 53 Para desecharlo Artículo 54 Para suprimirlo. Artículo 55 Para desecharlo. Artículo 56 Para eliminarlo. Artículo 57 Para suprimirlo. Artículo 58 Para desecharlo. Artículo 59 Para eliminarlo. Artículo 60 Para suprimirlo. Artículo 61 Para desecharlo. Artículo 62 Para eliminarlo. Artículo 63 Para suprimirlo. Artículo 64 Para desecharlo. Artículo 65 Para eliminarlo. Artículo 66 Para suprimirlo. Artículo 67 Para eliminarlo. Para consultar los siguientes artículos nuevos: Artículo...- No obstante lo dispuesto en el artículo 21 del D.F.L. 47, de 1969, en los ítem del Presupuesto de Capital se imputarán todos los gastos inherentes al estudio, construcción y conservación de las obras públicas, cualesquiera sea su naturaleza o clasificación. Artículo...- Autorízase al Tesorero General de la República para prorrogar con los acreedores del Fisco, los pagarés o letras que haya firmado o garantizado, por compromisos derivados de créditos internos o de adquisiciones con pago diferido, previo informe de la Dirección de Presupuestos. Esta autorización alcanza a los Jefes de Servicios cuando por Ley éstos han suscrito conjuntamente con el Tesorero General de la República estos documentos. Artículo...- Las normas del artículo 2º y del título III del D. F. L. Nº 47 de 1959 y 9º de la presente Ley serán aplicables a la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas y a la Junta de Adelanto de Arica, no rigiendo las limitaciones de porcentajes , fechas y plazos establecidos en la Ley Nº 15.720 y 13.039. La Junta de Adelanto de Arica y la Corporación de Magallanes deberán acompañar al proyecto de Presupuesto un informe aprobatorio de evaluación económica-social y de compatibilidad con los intereses nacionales y regionales de la Oficina de Planificación Nacional (ODEPLAN). CONGRESO NACIONAL Senado Item 003 Sobresueldos baja en Eº 575.000 Asignación 001, baja en 116.600 su Nº 1, baja en .. su Nº 2, baja en ... . Asignación 004, baja en su Nº 1, baja en su Nº 2, baja en Asignación 005, baja en su Nº 4, baja en . . Asignación 006, baja en su Nº 1, baja en . . su Nº 2, baja en . . Item 004 Remuneraciones Variables, baja en 2.-Compra de Bienes y Servicios no personales Item 007 Alimentos y bebidas, baja en Item 008 Textiles, Vestuarios y Cal zado, baja en Item 009 Combustibles y Lubricantes, baja en Item 012 Materiales de uso o consumo corriente, baja en Item 013 Materiales y Servicios para mantenimiento y repara ciones, baja en 103.000 13.600 375.000 13.000 362.000 48.400 48.400 35.000 11.000 24.000 663.100 208.000 173.000 119.000 1.032.000 362.000 Item 015 Servicios Generales, baja en 1.117.000 Item 017 Otros servicios no persona les, baja en 1.190.000 Item 022 Obligaciones pendientes, ba ja en 174.000 Item 025 Asignación Familiar, baja en 148.000 Item 028 Transferencias a personas, su Nº 1, baja en ... ... 5.887.325 su Nº 2, baja en 166.000 su Nº 3, se elimina su glo sa y cantidad 500.000 Item 031 Transferencias a Organis mos Internacionales, ba ja en 525.000 Presupuesto de Capital Item 050 Maquinarias y equipos, ba ja en 885.000 y en moneda extranjera, baja en US$ 20.000 Cámara de Diputados Iem 003 Sobresueldos, baja en . . . . Eº3.233.000 Asignación 001, baja en . . 141.000 Su Nº 1, baja en 117.000 Su Nº 2, baja en 24.000 Asignación 004, baja en . 1.257.000 Su Nº 1, baja en . . . . 42.000 Su Nº 2, baja en 1.215.000 Asignación 005, baja en . 1.798.000 Su Nº 1, baja en 200.000 Su Nº 2, baja en 390.000 Su Nº 3, baja en 420.000 Su Nº 4, baja en 638.000 Su Nº 5, baja en 150.000 Asignación 006, baja en . 37.000 Su Nº 1, baja en 22.000 Su Nº 2, baja en 15.000 Item 004 Remuneraciones Variables, baja en 1.900.000 2.-Compra de Bienes y Servicios no personales Item 007 # Alimentos y bebidas, baja en 570.000 Item 008 Textiles, Vestuario y Calza do, baja en 170.000 Item 009 Combustibles y Lubricantes, baja en 70.000 Item 012 Materiales de uso o consumo corriente, baja en 1.770.000 Item 013 Materiales y servicios para mantenimiento y repara ciones, baja en 312.000 Item 015 Servicios Generales, baja en 1.520.000 Item 017 Otros servicios no persona les, baja en 360.000 Item 022 Obligaciones Pendientes, ba ja en 148.000 Item 028 Transferencias a Personas" Su Nº 1, baja en 9.741.363 Su Nº 3, se elimina su glo sa y cantidad 500.000 ºtem 031 Transferencias a Organis mos Internacionales, en moneda extranjera, baja en US$ 5.000 Presupuesto de Capital Item 050 Maquinarias y Equipos, ba ja en 345.000 y en moneda extranjera, baja en US$ 55.000 Biblioteca del Congreso Item 004 Remuneraciones Variables, baja en 1.600.000 Compra de Bienes y Servicios no personales Item 008 Textiles, Vestuario y Calza do, baja en 36.000 Item 012 Item 017 Materiales de uso o consumo corriente, baja en Item 013 Otros Servicios no persona-350.000 nales, se repone con . . . . Item 035 6.310.000 Materiales y servicios para mantenimiento y repara ciones, baja en . 82.000 Item 015 Servicios Generales, baja en 346.000 Item 017 Otros servicios no persona- baja en 300.000 Item 022 77.000 Obligaciones Pendientes, ba- ja en . Item 028 Transferencias a personas Su Nº 2, se elimina su glo sa y cantidad 500.000 Presupuesto de Capital Item 050 Maquinarias y equipos, ba ja en 2.130.000 y en moneda extranjera, baja en US$ 20.000 MINISTERIO DEL INTERIOR Secretaría y Administración General Programa 01: Secretaría y Administración General Transferencias a Instituciones del Sector Público: Asig. 001 Superintenden cia de Servicios Eléctri cos, de Gas y Teleco municaciones, en mo neda extranjera se re pone con US$ 80.000 y se elimina la siguiente glosa: "Con cargo a este ítem se invertirán los recursos necesarios para la realización de las siguientes obras : Electrificación del sector La Rinconada del Tambo, en la comuna de San Vicen te de Tagua-Tagua Eº 500.000 Para extensión alumbrado Tutuquén Centro, Convento Viejo, Tutuquén Bajo. Para extensión alumbrado público rurales de comuna de Curicó. Para extensión alumbrado público en sectores rurales de comuna Teno. Para extensión alumbrado público en sectores rurales de comuna Rauco. Para extensión alumbrado público en sector rural de comuna de Hualañé. Para extensión alumbrado público de sectores rurales de comuna de Licantén. Para extensión alumbrado público de sectores rurales de comuna de Vichuquén. Para extensión alumbrado público de sectores rurales de comuna de Romeral". Y se agrega la siguiente: "El D. F. L. Nº 68 de 1960, no será aplicable a la Superintendencia de Servicios Eléctricos, de Gas y Telecomunicaciones". Item 004 Remuneraciones Variables, sube en Item 080 3.800.000 Transferencias de Capital a Instituciones del Sector Público : Asig. 001 Superintendencia de Servicios Eléctricos, de Gas y Telecomunicaciones, sube en ...... . Eº 4.378.000 y se elimina la siguiente glosa: "Con cargo a este ítem destínase la cantidad de Eº 200.000 para la ampliación de la red de energía eléctrica de las comunas de Freiré y Cunco". Servicio de Gobierno Interior Gobierno Interior del Estado Item 004 Remuneraciones Variables, sube en 3.998.000 Item 017 Otros servicios no persona les, sube en 480.000 Item 023 Gastos Complementarios: Asig. 002 Oficina Coordina dora de Emergencia, su be en 10.000.000 Servicios de Correos y Telégrafos Administración General Item 017 Otros servicios no persona les, se repone con 1.166.000 Movilización y Mantención de Vehículos y Reparaciones Generales Item 051 Vehículos, se repone con . . 9.000.000 Dirección General de Investigaciones Administración Central Item 004 Remuneraciones Variables, sube en 4.202.000 Item 017 Otros servicios no persona les, se repone con 685.000 Prevención e Investigación de Delitos Item 004 Remuneraciones Variables, sube en 1.800.000 Item 009 Combustibles y Lubricantes, sube en 1.659.000 Item 013 Materiales y servicios para mantenimiento y repara ciones, sube en 806.000 Item 051 Vehículos, se repone con . . Eº 3.600.000 y en moneda extranjera con US$ 40.000 Formación Profesional Item 004 Remuneraciones Variables, sube en 1.325.000 Dirección de Asistencia Social Asistencia Social Item 004 Remuneraciones Variables, sube en 1.200.000 y en su glosa reemplázase, el guarismo "12" por "46". Item 028 Transferencias a personas: Asig. 002 Otras transferen cias, sube en 10.000.000 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Su suprimen las glosas específicas de los Servicios e ítem que se indican y se crean los que se señalan: Secretaria y Administración General 06-01-01-017 Otros servicios no personales. Se suprime la glosa agregada por la H. Comisión Mixta, que dice: "Un ejemplar de cada publicación que se elabore con cargo a este ítem deberá ser emitido a la Comisión de Relaciones Exteriores del Senado". 06-01-01-035.002 "Comisión Chilena para la Conferencia Mundial de Comercio y Desarrollo (UNCTAD III). Se suprime el siguiente inciso de su glosa: El edificio que se construya con motivo de esta Conferencia pasará, una vez realizada, al Congreso Nacional". Se suprime lo siguiente de su inciso final: "Sólo hasta la cantidad de 27.450.000" En el Presupuesto de Capital, se repone el siguiente ítem con su glosa: Item 06/01/01/053: Terrenos y Edificios .... Eº 25.000.00 También incluye gastos por concepto de construcción, equipamiento y alhajamiento del Edificio del Ministerio de Relaciones Exteriores". Item 06/02/01/017: Otros Servicio no personales: Se suprime la glosa agregada por la Honorable Comisión Mixta, que dice: "Un ejemplar de cada publicación que se elabore con cargo a este ítem deberá ser emitido a la Comisión de Relaciones Exteriores del Senado". 07) MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION Subsecretaría de Economía, Fomento y Reconstrucción. Programa 01: Política y Administración Industria y Comercio Interno y Externo. Item 07/01/01.004: Remuneraciones variables, se repone con . . . Eº 5.465.000 Con la siguiente glosa: Con este ítem se podrá contratar hasta 11 personas asimiladas a categoría o grado, y 44 a honorarios y otras remuneraciones. Además se podrá pagar al personal que preste servicios transitorios no afectos al D.F.L. Nº 338 de 1960. Item 07/01/01.017: Otros servicios no personales, se repone con ... Eº 1.100.000 Con la siguiente glosa: Incluida la cantidad de Eº 280.000 y Eº 100.000 para atender todos los gastos de financiamiento del Tribunal de Segunda Instancia (artículo 21, ley 17.066) y Consejo de Fomento de la Industria Cinematográfica Nacional (Decreto de Economía Nº 647 de 1967 y 166 de 1971), respectivamente, pudiendo efectuar contrataciones, gastos de capital y cualquier otro que sea necesario para realizar estos fines. Los miembros del Tribunal, representantes del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción y del Consejo de Defensa del Estado, gozarán de una dieta ascendente a un tercio de un sueldo vital mensual escala A) del Departamento de Santiago por cada audiencia que asistan, no pudiendo exceder de tres sueldos vitales en el mes por cada integrante. Además, incluye gastos de representación del Ministerio, debiendo rendir cuenta Eº 34.000. Se repone con Eº320.000 Se repone con Eº120.000 Programa 02: Fomento de las Actividades, Comerciales e Industriales. Presupuesto en Moneda Nacional. Item 07/01/02.034.001: Sube en Eº 100.000.000 Se repone con Eº 11.110.000 Item 07/01/02.035.003: Se repone con Eº 49.140.000 Item 07/01/02.080.003: Corporación de Fomento de la Producción, se repone con Eº 1.227.948.000 Con la siguiente glosa: El artículo 1° del D.F.L. Nº 68 de 1960, no le será aplicable durante el año 1972. {Presupuesto en Moneda Extranjera) Item 07/01/02.035.001: Se repone con US$ 80.000 Item 07/01/02.080.003: Se repone con US$ 5.639.000 DIRECCION DE INDUSTRIA Y COMERCIO Programa 01: Control del Mercado Interno. Item 07/02/01.004: Remuneraciones Variables, sube en Eº 2.214.000 Reemplázase en su glosa el guarismo "70" por "170". Jornales, sube en Eº 216.000 Reemplázase en su glosa el guarismo "15" por "30". Sube en ... . Eº 179.000 Se repone con Eº 1.575.000 Créanse los siguientes ítem: Item 07/02/01.051: Vehículos Eº 850.000 Item 07/02/01.053: Terrenos y Edificios ... Eº 2.000.000 DIRECCION DE TURISMO Programa 01: Administración General, Fomento y Control del Turismo. Otros Servicios no personales. Surpímese la siguiente frase del primer inciso de su glosa: "La organización del turismo juvenil deberá hacerse con la participación de las organizaciones nacionales de Boy Scouts". Item 07/03/01.050: Se repone con Eº 400.000 MINISTERIO DE HACIENDA Secretaría y Administración General. Administración Financiera del Estado. Item Asig. 035 001 Para aumentarlo en ..... Eº 10.007.000 Secretaría y Administración General. Operaciones Complementarias. Item Asig. 023 001 Se repone con Eº 25.000.000 y con US$ 60.000 Agrega, además, las siguientes glosas: "Para efectuar traspasos a los Presupuestos de los ministerios sin la limitación establecida en el artículo 42 del D.F. L. Nº 47, de 1959. Con cargo a este ítem no podrá contratarse personal ni pagarse gastos de publicidad. Incluye la suma de Eº 23.000.000 para pagar los aumentos que establezcan las leyes en los casos en que se deba reajustar de acuerdo al alza del costo de la vida del año anterior. Para estos efectos esta suma será excedible". En monedas extranjeras convertidas a dólares. Incluye sólo provisión para Gastos de Operación, los que podrán pagarse directamente con esta asignación cuando no existan en los Servicios los ítem correspondientes. El Ministro de Hacienda podrá, bajo la fórmula "Por Orden del Presidente", firmar los decretos respectivos sean en moneda nacional o extranjera. 050 Sube en Eº 2.020.000 y en . . US$ 195.000 051 Se repone con Eº 385.000. Para agregar la siguiente glosa final: "Con cargo a estos fondos, se podrán pagar inversiones que efectúen servicios fiscales y hacer Transferencias a Instituciones Descentralizadas, para este mismo fin. Este ítem será excedible hasta la concurrencia de los saldos de las Cuentas Correspondientes". Secretaría y Administración General. Municipalidades. Su Nº 2) para bajar la cantidad asignada en ... Eº 53.000.000 Su Nº 3) se repone con la siguiente glosa: "Para ser distribuido en conformidad a sus necesidades, por el Ministerio de Hacienda .... Eº 53.000.000 Para suprimir este inciso de la glosa: "Con cargo a la suma señalada en el Nº 4) deberá otorgarse una subvención de Eº 3.000.000 a la Municipalidad de Conchalí, con el objeto de construir y habilitar una Estación de Servicio y Taller Mecánico para los vehículos de dicha Municipalidad, como asimismo, para cancelar las deudas pendientes de la adquisición de camiones con el Banco del Estado de Chile". Servicio de Impuestos Internos. Administración. Item 017: Otros Servicios no Personales, se repone con Eº 14.078.000 y con la siguientes glosa: "Incluye Eº 10.000.000 destinados a la planificación y realización del reavalúo general de los bienes raíces del país, pudiendo pagarse, con esta suma, toda clase de gastos, incluso materiales y remuneraciones". Servicio de Impuestos Internos. Tratamiento Automático de Datos. Item 017: Otros servicios no personales, sube en Eº 2.184.000 MINISTERIO DE EDUCACION PÚBLICA Secretaría y Administración General. Administración General de la Educación. Item 09/01/01-004: Remuneraciones Variables, sube en Eº 10.053.000 En la glosa las cantidades 76 y 126, se reemplazan por 150 y 140, respectivamente. Item 09/01/01-017: Otros Servicios no Personales, sube en Eº 750.000 Item 09/01/01-022: Obligaciones Pendientes. Se repone el inciso segundo de la glosa: "Asimismo prorróganse las disposiciones del artículo Nº 39 de la ley Nº 17.399, que serán aplicables en cada ítem de obligaciones pendientes del Ministerio de Educación Pública". Programa 02 - Fomento de la Educación y la Cultura. Item 09/01/02-029.001: Se suprime la glosa que a continuación se indica: "Estas subvenciones deberán ser pagadas dentro de 90 días siguientes a la presentación de las solicitudes correspondientes". Item 09/01/02-035.004 Difusión Cultural: Se repone con la siguiente cantidad y glosa Eº 8.721.000 "pudiendo hacerse transferencias a las Universidades Públicas y Privadas y a las Federaciones de Estudiantes Universitarios, instituciones educacionales, culturales y sociales relacionadas con el Ministerio de Educación Pública, que tengan personalidad jurídica y para efectuar toda clase de gastos de operación. Sustitúyese los siguientes ítem, con sus glosas y cantidades: 09/01/02-029. 018, Canal 4 Universidad Católica Valparaíso; 09/ 01/02-029.016 Canal 13 Universidad Católica de Santiago; 09/01/02-036. 006 Consejo Nacional de Televisión con el siguiente ítem, cantidad y glosa: Item 09/01/02-035.006 Fondos de la Televisión Chilena Eº 100.800.000 "Para ser distribuido en conformidad a lo dispuesto en el artículo 32º de la Ley Nº 17.377, y dar cumplimiento a las disposiciones del artículo 78 de la Ley Nº 17.416". Se rechazan las siguientes glosas: Item 09/01/02-080.001 "La Ley de Presupuestos de la Nación deberá contabilizar los ingresos y egresos de organismos, instituciones o empresas del sector público, cuyos fondos se registren en cuentas especiales de depósito en virtud de leyes especiales, sin perjuicio de mantener el régimen autónomo de giros establecido en dichas leyes". Con cargo a este ítem deberán transferirse a la Universidad de Concepción, para construir un pabellón de tres pisos con 900 metros cuadrados para su Centro Universitario de Bío-Bío Eº 3.000.000 Con cargo a este ítem se invertirán los recursos necesarios en la construcción o ampliación de las siguientes obras: Provincia de Antofagasta: 1) Antofagasta: Escuelas Básicas Nºs. 3 y 6 especial de rehabilitación; 2) Tocopilla: Escuelas Básicas Nºs. 6 y 13 y Aula Magna del Liceo de Tocopilla; 3) Calama; Escuelas Básicas Nºs. 28 y 29 y Escuela Industrial El Cobre, y 4) Taltal: Liceo de Hombres. Provincia de Aconcagua: 1) Construcción de dos Escuelas Rurales, Plan Zonal de Aconcagua; 2) Los Andes: Escuela Básica Nº 2; 3) La Ligua: Escuela Básica Nº y Centro de Enseñanza Media, y 4) Santa María: Escuela Agrícola de Tocornal. Provincia de O'Higgins: Escuela Nº 23 de "Lo Miranda". Provincia de Colchagua: Liceo Coeducacional de Santa Cruz (Gimnasio). Provincia de Curicó: 1) Plan Comunitario de construcción de Escuelas de la Provincia de Curicó; 2) Curicó: Escuela Nº 36, Liceo de Niñas, Escuela Industrial y futuras sedes universitarias (compra local) ; 3) Romeral: Escuela Los Maquis; 4) Teño: Grupo Escolar; 5) Comalle: Grupo Escolar; 6) Hualañé: Internado, 7) Mataquito: Cuatro Escuelas Rurales, Provincia de Talca: 1) Construcción de tres Escuelas Rurales, Plan Zonal de Talca; 2) Talca: Escuelas Básicas Nºs. 4 y 6 Sector Oriente, Instituto Comercial y Escuela Industrial; 2) Pelarco: Escuela Básica Nº 37 de Pangui-lemu; 3) Molina: Liceo de Molina; 4) Lontué: Escuela Lo Valdivia, y 5) Sagrada Familia: Grupo Escolar Sagrada Familia y Grupo Escolar Santa Emilia. Provincia de Ñuble: 1) Construcción de cinco Escuelas Rurales, Plan Zonal de Ñuble: Chillán: Escuelas Básicas Nº 3, Sector Plaza, 47, de la población Huambaly, y 53, de la población Mardones, Instituto Comercial de Chillán, Escuela Agrícola Asentamiento Cato (convenio BIRF) y Escuela Normal de Av. Collins (convenio BIRF); 3) Bulnes: Liceo de Bulnes; 4) Yungay: Escuela Consolidada; 5) Cob-quecura: Escuela Nº 37 El Castillo (Bu-chupureo), y 6) Coihueco: Escuela Nº 29 Minas del Prado. Provincia de Concepción: 1) Construcción de cinco Escuelas Rurales, Plan Zonal de Concepción; 2) Concepción: Escuelas Básicas N°s. 1 y 3 de la Comuna y Liceo de Hombres Nº 2; Talcahuano: Escuelas Básicas Población LAN B, Población Laguna Redonda y Cerro La Gloria, Centro de Enseñanza Media de San Vicente y Escuela Industrial de Villa CAP; 4) Tomé: Escuela Básica Nº 2 e Instituto Comercial; 5) Hualqui: Escuela Básica Nº 21-24; 6) Yumbel: Escuela Básica Nº 14-27, Sector Estación, y 7) Chiguayante: Liceo Coeducacional. Provincia de Arauco: 1) Lebu: Escuela Industrial; 2) Coronel: Escuela Básica Nº 3-27 de Playa Negra, y 3) Curanilahue: Escuela Nº 38 y Liceo de Curanilahue. Provincia de Malleco: 1) Construcción de tres Escuelas Rurales, Plan Zonal de Malleco; 2) Angol: Escuela Técnica de Angol; 3) Victoria: Escuela Industrial de Victoria; 4) Purén: Centro de Enseñanza Media de Purén; 5) Curacautín: Escuelas Básicas Nºs 6 de Curacautín, 11 de Pichipehuenco y 21 de Contraco-troyo, y de Mitranquén, Hicayalí y Nitrito, y Centro de Enseñanza Media de Curacautín. Provincia de Cautín: 1) Construcción de cinco Escuelas Rurales, Plan Zonal de Cautín; 2) Temuco: Escuelas Básicas Nºs. 15, de la Población Dreves; 95, del sector Norte, y 120 de la Población Campos Deportivos; 3) Pitrufquén; Escuela Básica Nº 11, de Comuy; 4) Carahue: Centro de Enseñanza Media; 5) Pucón: Centro de Enseñanza Media; 6) Freire: Centro de Enseñanza Media; 7) Gorbea: Liceo de Gorbea; y 8) Lautaro: Escuela Industrial. Provincia de Valdivia: 1) Construcción de cuatro Escuelas Rurales, Plan Zonal de Valdivia; 2) Valdivia: Escuela Industrial e Instituto Comercial; 3) Panguipulli: Escuelas Básicas de Quechumalal y Fundo Chan Chan y Centro de Enseñanza Media de Panguipulli; 4) Paillaco: Centro de Enseñanza Media(con internado) ; 5) Río Bueno: Liceo de Río Bueno; 6) Lanco: Escuela Consolidada ; 7) San José de la Mariquina: Escuela Nº 124 de Estación Ciruelos y grupo Escolar o Escuela Consolidada de San José de la Mariquina; 8) Lago Ranco; Internado Escuela Nº 20; 9) La Unión: Escuelas Básicas de las Poblaciones El Maitén, Radimadi y Matadero, de la comuna de La Unión; 10) Corral: Liceo de Corral; 11) Los Lagos: Instituto Comercial, y 12) Máfil: Liceo Fiscal. Para continuación construcción del Liceo de Rengo. Para construcción Centro de Enseñanza Media de San Vicente de Tagua Tagua. Para terminación Escuela Nº 13 de Cachapoal de Las Cabras. Para construcción Escuela Nº 12 de Niñas de Las Cabras. Quinta de Tilcoco. Arreglo de una sala. Escuela 17, de Guacarhue. Pichidegua. Arreglo en Escuela Mal Paso, servicios higiénicos. San Vicente de Tagua Tagua, Escuela Nº 2, de La Puntilla. 200 alumnos. Arreglo Escuela. Pichidegua. Creación de una Escuela Sector Los Romos. San Fernando. Falta completar el Liceo, 2 Pabellones. Construcción Escuela Nº 23, Doñihue. Hay terreno de propiedad Fiscal. El Olivar, terminación pabellones Escuela Nº 11. Programa 03: Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas. Item 09/01/03-035.001: Difusión Cultural. Se repone la siguiente glosa: "Pudiendo hacerse transferencias a la Universidad de Chile, Técnica del Estado y demás reconocidas por el Estado, sujetas a convenios, para realización de seminarios y cursos de perfeccionamiento de profesores." Programa 04 - Educación Superior. Item 09/01/04-035.001: Se rebaja en Eº 384.930.000 Y se repone la siguiente glosa: "En este monto se encuentran comprendidos los recursos de cuentas especiales originadas por leyes anteriores a la dictación del D.F.L. Nº 1, de 1971, del Ministerio de Educación Pública. Estatuto Orgánico de la Universidad de Chile". Item 09/01/04-080.001: Se sube Eº 362.322.000 Y se repone la siguiente glosa: "En este monto se encuentran comprendidos los recursos de cuentas especiales, originados por leyes anteriores a la dictación del D.F.L. Nº 1 de 1971, del Ministerio de Educación Pública. Estatuto Orgánico de la Universidad de Chile." 02.- DIRECCION DE EDUCACION PRIMARIA Y NORMAL Programa 01: Administración de la Educación Primaria y Normal. Item 09/02/01-022: Obligaciones Pendientes. Se repone la siguiente glosa: "Este ítem será excedible, únicamente para pagar remuneraciones pendientes y aporte patronal de las mismas". Programa 02 - Educación Primaria Común. Item 09/02/02-012: Materiales de uso o consumo corriente. Se rechaza la siguiente glosa: "Para Material Didáctico". 03.- DIRECCION DE EDUCACION SECUNDARIA Programa, 01 - Administración de la Educación Secundaria. Item 09/03/01-102: Materiales de uso o consumo corriente. Se rechaza la siguiente glosa: "Y para Material Didáctico". 06.- SUPERINTENDENCIA DE EDUCACION Programa 01 - Planificación de la Educación. Se crea el siguiente ítem, cantidad y glosa: Item 09/06/01-023: Gastos Complementarios Eº 3.066.000 "Provisión de fondos para el funcionamiento de la Oficina de Planificación y Presupuesto de Educación, creada por Decreto Nº 1.484, de 17 de junio de 1971 y otras necesidades del Ministerio". 10.- MINISTERIO DE JUSTICIA Secretaría, y Administración General. Programa 01: Dirección Central de Justicia. Se agrega el siguiente inciso a su glosa: "Cursos de perfeccionamiento para el personal judicial, incluso pago a profesores, realizados por el Ministerio de Justicia a través de alguna Facultad de Derecho del país o de acuerdo con la Corte Suprema de Justicia". Item 10/01/01.029.001: Se suprime la glosa. Item 10/01/01.035.001: Sube en Eº 1.000.000 Item 10/01/01.061: Construcciones Públicas. Para suprimir la siguiente glosa: "Deberá destinarse la cantidad necesaria para terminar el presidio, la casa del juez, la casa del Alcaide y el nuevo Juzgado de Peumo". Consejo de Defensa del Estado. Item 10/06/01.004: Sube en Eº 842.000 Se suprime al final de su glosa, la siguiente frase: "Debiendo proveerse por concurso los cargos de 30 personas que no pertenecen al Servicio". Item 10/06/01.051: Se repone con Eº 346.000 11.- MINISTERIO DE DEFENSA Subsecretaría de Guerra. Programa 01: Conducción Superior. Item 11-01-01-035.004: Dirección General de Deportes y Recreación. Para suprimir la siguiente glosa: Construcción Auditorium y Canchas Deportivas para Juegos Panamericanos en terrenos cedidos por Villa Berlín, Valparaíso; Construcción Campos Deportivos en 6 Poblaciones principales ciudad de Curicó; arreglo y acondicionamiento canchas laterales Estadio La Granja de Curicó; Construcción Campo Deportivo Sector Isla de Marchant; Construcción Campo Deportivo Sector Comalle; acondicionamiento Estadio La Huerta de Mataquito; acondicionamiento Estadio Hualañé; construcción Campo Deportivo Vichuquén; construcción Campo Deportivo Llico; Construcción Campo Deportivo Uoca; acondicionamiento Estadio Teno; cierros y camarines Estadio Renaico; cierros y camarines Estadio Los Sauces; cierros y camarines Estadio Huequén; para Estadio Purén; arreglo y acondicionamiento Estadio Sarmiento. MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES Dirección General. Administración y Ejecución de Obras Públicas. 2.- Compra de bienes y servicios no personales. Item 017: Para eliminar la frase final de la glosa, que comienza, después del punto seguido, con las siguientes palabras: "Para estos efectos, el Director General de Obras Públicas podrá..." Item 021: Para aumentarla en Eº 5.000.000. II.- Presupuesto de Capital A.- Inversión Real Item 055. Para suprimir estas destinaciones: "Con cargo a estos Eº 61.500.000 destínanse a las obras que se indican las siguientes cantidades: pavimentación entrada norte Antofagasta, Eº700.000; para camino Tocopilla-Río Loa, Eº 300.000; para camino costero Taltal - Paposo, Eº 1.000.000; para pavimentación o asfaltado de camino Chillán - Portezuelo, Eº Eº 2.000.000; para pavimentación del camino desde el servicentro de Curanilahue hasta el empalme con el camino pavimentado que va a Cañete y Lebu, Eº 2.000.000; pavimentación del camino Los Lagos a Llifén, Eº 1.000.000; terminación del camino de Panguipulli a Choshuenco, Eº 3.000.000; terminación carretera Panamericana en el sector de la comuna de Los Lagos, Paillaco - Rucaco, Eº 8.000.000; para ripiado total del camino Ciruelos a Pureo, Eº 300.000; para ripiado del camino Tringlo - San José de la Mariquina, Eº 50.000; pavimentación, ensanchamiento y terminación del camino costero Toco-pilla-Iquique, Eº 3.000.000; pavimentación entrada norte de Mejillones, Eº1.000.000; para continuar la construcción del camino de Futaleufú a Puerto Ramírez, Eº 8.000.000; mejoramiento y pavimentación asfáltica del camino Cañete-Peleco, Eº 9.000.000, y construcción y pavimentación asfáltica del camino Lebu-Los Alamos, Eº 15.000.000. Con cargo a estos Eº 100.000.000 destínanse a las obras que se indican las siguientes cantidades: construcción de variante en Cuesta Lastarria, Eº 1.500.000; para camino Calama - San Pedro de Atacama, Eº 2.000.000; para estudio y construcción de paso sobre nivel en camino internacional Valparaíso - Mendoza, Eº 2.000.000; pavimentación de 15 kilómetros camino Rengo - Quinta de Tilcoco, de 7 kilómetros desde comuna El Olivar a Camino Longitudinal, de 4 kilómetros del camino Panquehue - Malloco, de 2 kilómetros del camino Longitudinal, antiguo acceso a San Vicente de Tagua-Tagua, de 12 kilómetros del camino Peumo - Las Cabras, de 2 kilómetros del camino de acceso a Lo Miranda y de 600 metros del camino de acceso a Doñihue, Eº 2.000.000; pavimentación camino Melipilla - Cuesta Ibacache, Eº 5.000.000; terminación asfalto camino Estación Colina - Lampa, Eº 1.000.000; pavimentación camino Lonquén, Maipú, Eº 2.000.000; pavimentación Cuesta La Dormida, Eº 1.000.000; construcción de un puente sobre el río Calcurrupe, Eº 200.000; construcción del camino Corral - Valdivia, Eº 1.000.000; construcción del puente sobre el río Riñinahue, Lago Ranco, Eº 200.000; construcción de puente sobre el río Ignao, Lago Ranco, Eº 100.000; terminación del camino Cobquecura - Colmuyao - Boca Itata, Eº 100.000; terminación de los caminos Trehuanco - Boca Itata, Quirihue - Culenco y Portezuelo - Coelemu, por minas de Leuque, Eº 100.000 para cada uno; mejoramiento y ripiado del camino Lebu-Arauco, por Quiape, Eº 200.000; pavimentación camino San Javier - Constitución, Eº 5.000.000; terminación pavimentación carretera Panamericana entre Ancud y Castro, Eº 2.000.000; construcción variante Chibeo, entre Castro y Dalcahue, Eº 400.000; construcción camino de Castro al Pacífico, por La Chacra, Eº 400.000; construcción camino costero Curanipe - Cobquecura, Eº 200.000; pavimentación camino Pelluhue - Curanipe, Eº 1.000.000; construcción puente sobre estero Arenal, camino Cauquenes - San Javier, 500.000 escudos; programa A-4, camino Chillán -Diguillín, Eº 500.000; programa A-4, recinto Termas de Chillán, Eº 1.000.000; para camino San José - Mehuín, 800.000 escudos; para camino Valdivia - Niebla. Eº 600.000; para camino Reumán - Montuela, Eº 1.300.000; para camino La Unión-Rapaco, Eº 500.000; para camino Río Bueno - Lago Ranco, Eº 5.000.000; para camino La Unión-Puerto Nuevo, Eº 2.000.000; para camino Lanco -Pangui-pulli, Eº 2.000.000; pavimentación de 5 kilómetros camino Colín-Talca, Eº 50..000; pavimentación asfáltica de 3 kilómetros camino Maule - Pueblecillo, Eº 500.000; pavimentación 17 kilómetros camino El Pehuenche - Mariposas, Eº 3.000.000; pavimentación camino Talca - Pencahue, Eº 1.500.000; construcción de un puente sobre el estero Litu, comuna de Pencahue, Eº 400.000; pavimentaión de 8 kilómetros camino Talca-Pelarco, Eº 1.000.000; pavimentación del camino Cauquenes - Constitución, Eº8.500.000; construcción de los puentes Quebrada Honda, Lo Patricio y El Roble, comuna de Pelarco, 1.500.000; escudos; continuación pavimentación camino Camarico - Cumpeo, Eº 1.000.000; pavimentación camino Tropezón - Pelarco, Eº 1.000.000; continuación pavimentación Lontué-Sagrada Familia, 2.000.000 escudos; pavimentación camino Parral -Cauquenes, Eº5.000.000; para camino Victoria - Curacautín, Eº 3.500.000; para camino Los Sauces - Traiguén, 2.500.000; para camino Los Sauces-Purén-Contulmo, Eº3.000.000; para camino Los Angeles - Antuco, Eº 5.000.000; construcción acceso camino sur Mulchén, Eº 1.500.000; pavimentación camino Los Sauces - San Ramón, sector Los Sauces al cementerio, Eº 1.000.000; para camino Los Sauces-Agua Santa, Purén, Eº 50.000; para camino Los Sauces - Colonia Miraflores, Eº 500.000, y para camino San Felipe - Putaendo - Cabildo, Eº3.000.000. Con cargo a estos Eº 141.500.000 destínanse a las obras que se indican las siguientes cantidades: construcción del camino San Rosendo - Panamericana, Eº2.500.000; construcción de puente Yumbel-Monte Aguila, sobre el río Claro, Eº 200.000; reconstrucción puente Itata, Eº 3.000.000; nuevo camino Cobquecura - Quirihue, Eº 2.000.000; pavimentación camino Cañete-Contulmo, Eº 2.000.000; mejoramiento caminos Cañete - Quidico y Arauco - Lebu, Eº 1.000.000; reparación camino Arauco - Carampangue - Puente Largo, Eº 1.000.000; construcción tercera pista camino Concepción - Chiguayante, Eº 2.000.000; terminación de los puentes Raqui, Raqui II, Tubul y Cupaño, Arauco, Eº 700.000; construcción camino Ranquel-Conihueco, Eº 150.000; pavimentación acceso sur poniente Bulnes - Concepción, Eº200.000; puente colgante Los Perales, Bulnes, Eº100.000; puente balseadero Bocatoma, camino Liucura - General Cruz, Eº200.000; camino Reloca - Quirihue, Eº 150.000; camino costero Iquique - Tocopi-11a, Eº 1.500.000; para camino Calama -Chuquicamata - Tocopilla, Eº 5.000.000; para construcción camino que une los pueblos de Pica, Canejones, La Huayca y La Tirana, Eº 2.000.00.0; para camino Antofagasta - Calama - Huaytiquina, Eº 2.000.000; puente sobre el río Grande, comuna Monte Patria, Eº 1.000.000; puente sobre el río Rapel, comuna Monte Patria, Eº 1.000.000; puente sobre el Río Grande, frente a Samita, comuna Monte Patria, Eº 1.000.000; pavimentación 15 kilómetros camino Osorno - Bahía Mansa, Eº 10.000.000; apertura camino Antillanca - Las Gaviotas, comuna de Osorno, Eº 500.000; apertura camino Río Negro - Caleta Cóndor, comuna de Osorno, 500.000 escudos; para camino Lican - Termas de Puyehue, Eº 1.000.000; terminación caminos Folilco-Las Alturas y Puringue Pobre - Curanilahue, comuna San José de la Mariquina, Eº 100.000 a cada uno; construcción de puentes Ringán, en el sector de Pureo, y El Nogal, en el camino del mismo nombre, comuna San José de la Mariquina, Eº 300.000 a cada uno; para niveles y ripiado de los caminos transversales de la comuna de San José de la Mariquina, Eº 1.500.000; para caminos Cañete - Contulmo y Contulmo - Purén, Eº 3.000.000; terminación caminos Panguile mu-Maqui-Blanco, Portezuelo - Cabrería-Minas Lauque y camino Bajo - Llahuén Alto, Eº1.000.000 a cada uno; construcción de un puente sobre el río Ñuble, en el lugar El Ala, Eº 2.000.000; para construcción y mejoramiento de los caminos de acceso a los asentamientos y a los terrenos incorporados al proceso de reforma agraria en la provincia de Arauco, Eº5.000.000; construcción del camino Tubu-Punta de Lavapié, aprovechando construcción de los puentes Raqui y Tubul, Eº 3.000.000; para construcción camino que parte del sur de la comuna de Lampa hasta Santiago, Eº 20.000.000; pavimentación camino a Los Queñes, Eº 7.000.000; construcción de puentes en los sectores Los Queñes con La Montaña y Potrero Grande con Upeo, provincia de Curicó, Eº 2.000.000 a cada uno; terminación de pavimentación del camino La Huerta -Hualañé, Eº 5.000.000; y prolongación del pavimento del camino Los Niches, Eº 5.000.000; para continuar pavimentación del camino de San Fernando a Puente Negro, Eº 10.000.000; para construir los puentes El Auto, en camino Pichidegua -Pichilemu, Cabeceras, entre esta localidad y Paredes, y El Cardal, en camino a Pichilemu, Eº 500.000 a cada uno; para puentes menores en caminos del departamento de Santa Cruz, Eº 800.000; para caminos de Nilahue Cornejo a Pumanque y a Lolol, Eº 500.000; pavimentación del tramo de camino de La Dormida a Santiago, Eº 5.000.000; asfalto en camino Frei-re-Cunco, Eº 2.500.000; asfalto en camino Imperial-Carahue, Eº 2.500.000; construcción de un puente sobre el río Toltén, comuna del mismo nombre, Eº 3.000.000; asfalto en camino que une la Carretera Panamericana con Perquenco, 1.500.000 escudos, y asfalto en camino Loncoche-Villarrica, Eº 3.000.000. Además, deberán destinarse las cantidades necesarias para ejecutar las siguientes obras: pavimentación de 15 kilómetros del camino Rengo-Quinta de Tilcoco; pavimentación de 1 kilómetro en la continuación del camino Molino a Longitudinal, Graneros, entre La Villa y Compañía; pavimentación del camino Malloa-Panquehue, Plan Parker; pavimentación de 7 kilómetros camino Olivar Alto-Longitudinal; pavimentación camino Peumo -Las Cabras; pavimentación camino San Fernando - Pichilemu; construcción de un puente sobre el río Claro, entre Corcolén y Quinta de Tilcoco; reparación del puente entre Peumo y San Vicente, de modo que quede convertido en caminero; construcción del puente Santa Rosa sobre el río Cautín; construcción del puente Azocar sobre el río Toltén, entre Hualpín y Nueva Toltén; construcción del nuevo camino que unirá al sector de Rinconada del Tambo con San Vicente, saliendo por el Fundo Santa Teresa de San Vicente de Tagua Tagua, y construcción de un puente y paso bajo nivel desde camino Troncal y Avenida el Retiro de Quilpué. Con cargo a estos Eº 67.000.000 destíñanse Eº 10.000.000 para pavimentar y habilitar el camino internacional de Calama a Salta, pasando por los pueblos de San Pedro de Atacama, Toconao y Huaytiquina. Con cargo a estos Eº 55.000.000, destíñanse a las obras que se indican las siguientes cantidades; para ampliación del aeropuerto de Lebu, incluyendo construcciones e instalaciones, Eº 2.000.000; para ampliación del aeropuerto de Cañete, Eº 2.000.000; para construcción de un aeropuerto en Isla Mocha, Eº 5.000.000; para el aeródromo de Piruquina, provincia de Chiloé, Eº 1.000.000; para pavimentación de los cabezales de los aeródromos de Chaiten, Alto Palena y Futaleufú, 3.000.000 escudos; para pavimentación de la cancha de aterrizaje de Panquilemo, comuna de Pélarco, Eº 4.500.000; para aeródromo de Traiguén, Eº 1.000.000, y para ampliación de la cancha del Club Aéreo de Rancagua, Eº 100.000. Con cargo a estos Eº 148.000.000, destínanse a las obras que se indican las siguientes cantidades: para iniciar los trabajos del huevo puerto de Lebu, 3.500.000 escudos; para muelles de Laraquete, Punta Lavapié, Tubul, Islas Santa María y Mocha, Quidico, Tirúa, Llico (provincia de Arauco) y Cocholgüe, Eº 3.000.000; construcción del espigón de atraque en Tocopilla, Eº 3.000.000; mejoramiento del muelle de Mejillones, Eº 1.000.000; defensas fluviales en Sarmiento, Tutuquén, Quilpoco, La Huerta de Mataquito, Placi11a e Iloca, Eº 5.000.000; para muelles de Futrono e Isla Huape, Eº 200.000; para estudio y construcción de obras portuarias en Corral, Eº 3.000.000; para puerto pesquero de Bahía Mansa, Eº 100.000; para construir 150 metros de espigón en Tirúa, Eº 1.000.000; para construcción de molo de abrigo en Punta de Lavapié, 1.000.000 escudos; para muro costero y remodelación de Angelmó, Eº 2.000.000; para construir un puerto pesquero en Chinquío, Puerto Montt, Eº 3.500.000; para la construcción del muelle de Puerto Varas, Eº 3.000.000; para espigones río Valdivia, Eº 3.000.000; para obras complementarias en Las Mulatas, Valdivia, Eº 800.000, y para construcción de trampas de desembarque en el Canal de Chacao, Eº 2.000.000. 057 Infraestructura de riego. Para rechazar estas destinaciones. Con cargo a este ítem, destínanse a las obras que se indican las siguientes cantidades: para iniciar los estudios preliminares y los trabajos pertinentes para la construcción de un tranque en el río Chillán, destinado al regadío de la comuna de Pinto, Eº 2.000.000; para abovedamiento del estero Las Toscas, Chillán, 1.800.000 escudos; para instalación de acueducto Lequeña - Antofagasta, Eº 1.600.000, y para estudio e iniciación de obras del proyecto de regadío del Valle Cuyucupil y Valle Butamolal, en la comuna de Cañete, Eº 3.500.000 para cada uno. Además, deberá destinarse la cantidad necesaria para la construcción del canal de regadío Digua - Perquilauquén-Ñiquén. 060 Distribución e instalación de agua potable y alcantarillado. Para desechar estas destinaciones. Con cargo a estos Eº 200.000.000, destínanse a las obras que se indican las siguientes cantidades: extensión y ampliación de la red urbana de agua potable de las siguientes calles de la comuna de Isla de Maipo: Gálvez, Crucero, Armijo, Rosario, Zúñiga, Pedro N. Alvarez, Santelices, Lo Martínez, Acevedo, calles de las Poblaciones El Esfuerzo y Municipal y de los callejones J. M. López, Lo Herrera y Municipal y de los callejones J. M. López, Lo Herrera, Naguayán, López y Ahumada, Eº 1.000.000; instalación de agua potable en Paredones, Colchagua, Eº 2.500.000; adquisición de motobomba para agua potable de Quirihue, Eº 40.000; ampliación red de agua potable en comunas de Arauco y Cañete, Eº 500.000 para cada una; ampliación de redes de agua potable en Laraquete y Chiguayante, Eº 200.000 y Eº 1.500.000 respectivamente; instalación conductos agua potable en poblaciones Entre Ríos y Santa Rosa, Calama, Eº 1.000.000; construcción de estanque de agua potable para abastecimiento de Taltal, Eº 900.000; habilitación de la planta de tratamiento de aguas arsénicadas de Antofagasta, Eº 1.000.000; instalación de arranques domiciliarios de agua potable para la Población Olivarera Norte de Arica, Eº 600.000; construcción de estanque de agua potable en la comuna de Panguipulli, Eº 4.000.000; instalación de red de agua potable en Huellahue, Panguipulli, Eº 300.000; ampliación abastecimiento de agua potable en La Unión, Eº7.000.000; ampliación red de agua potable en calles Valparaíso, Viña del Mar y Linares, de la comuna de Lago Ranco, Eº 300.000; construcción de red de agua potable en Ignao, Lago Ranco, Eº 300,000; para red de agua potable de Quirihue, Portezuelo y Ninhue, Eº 300.000 a cada uno; instalación de red de agua potable en Gor-blea, Eº 600.000; ampliación red de agua potable de Temuco, Eº 2.000.000; habilitación de pozos en Cherquenco, 1.000.000 escudos; para planta de filtros de Temuco, Eº5.000.000; para mejoramiento del servicio de agua potable en Puerto Saavedra, Eº 500.000; para construcción de red de agua potable en Pueblo Nuevo y Santa Rosa, Temuco, Eº 600.000 a cada uno; para habilitación de pozos en Perquenco, Los Laureles, Labranzas, Quepe y Cajón, Eº 300.000 a cada uno; para habilitación de pozos y perforaciones en Carahue, Eº 1.000.000; para instalación del servicio de agua potable en Los Laureles, Eº 600.000; para ampliación de redes de agua potable de Lautaro, Eº 500.000; para construcción de estanque elevado en Lautaro, 1.000.000 escudos; para construcción de colectores de que en Nueva Toltén, Eº 700.000; para construcción estanque en Pucón, 300.000 escudos; para instalación de servicio de agua potable en Perquenco, Eº 500.000; para mejoramiento de red y nuevo estanque de Temuco, Eº 2.000.000; para captación de aguas en base a cuatro pozos profundos en Temuco, Eº 2.000.000; para construcción planta elevadora y de filtros de Cañete, Eº 2.000.000; para mejoramiento del servicio de agua potable de Curanilahue, Eº 1.400.000; para construcción de planta filtro en Lebu, 1.000.000; escudos; para construcción de colectores de aguas lluvias en Lebu, Eº300.000; para extensión de agua potable en Lebu y Arauco, Eº500.000 a cada una; para mejoramiento de la matriz de agua potable de Talca, Eº500.000; para instalación de servicio de agua potable en Antilhue, Máfil y Pitrufquén, Eº200.000 a cada uno y para instalación de servicio de agua potable en Reumén y Malalhue, Eº500.000 a cada uno; para mejoramiento del servicio de agua potable de Los Lagos, Eº600.000; para la planta de filtros rápidos de Valdivia, Eº 3.000.000; para habilitación de pozos en La Unión, Eº500.000; para nueva aducción en Cuesta de Soto, Valdivia, Eº 1.000.000; para habilitación de pozos en Malalhue, Eº 200.000; para aducción de agua en el sector alto de Panguipulli, Eº 2.000.000; para mejoramiento y ampliación del servicio de agua potable de Sagrada Familia, Eº 1.000.000; para nuevas fuentes y pozos en Lumaco, Eº 200.000; para instalar matrices de agua potable en la Población Nueva Trizano, de Angol, Eº 100.000; para instalación de servicio de agua potable en Collipulli y Lonquimay, Eº 1.000.000 para cada uno; para perforaciones de pozos en Los Sauces, Eº 200.000; para habilitación de pozos en Victoria, Eº 1.000.000; para construcción y habilitación de pozos en Púa, Malleco, Eº 200.000; para mejoramiento del servicio de agua potable en Victoria, 500.000 escudos; para terminación de la planta de filtros de Angol, Eº 300.000; para sondajes en Púa, Eº 50.000; para ampliación de la red de agua potable de la Isla de Maipo, Eº 3.000.000; para terminación de obras de agua potable en Quinta Normal, Santiago, Eº5.000.000; para instalación de agua potable en Lampa, Eº5.000.000; para ampliación de la red matriz en la Población Las Hormigas, de Pichidegua, Eº 100.000; para ampliación de red de agua potable en Quinta de Tilcoco, Eº 1.000.000; para extensión de la red de agua potable en Olivar Bajo, Eº 350.000; para levantar una cañería desde la bocatoma del Río Codegua hasta la copa de agua, para abastecer a La Leonera, La Estancilla, Isla Norte, y Callejón Los Silva, provincia de O'Higgins, Eº 200.000; para extensión de red de agua potable en los sectores El Molino y El Bajo de Olivar Alto, Eº 300.000 a cada uno; para empalmes domiciliarios en las comunas de San Esteban y Santa María, Eº100.000 a cada uno; para estudio y construcción de acueducto Riecillos, provincia de Aconcagua, Eº5.000.000; aducción de agua potable en Tomé, Eº1.500.000; para instalación de servicio de agua potable en La Florida, Concepción, Eº300.000; para planta elevadora en Pedro de Valdivia, Concepción, Eº500.000; instalación de servicio de agua potable en Coelemu, Eº 500.000; para construcción de etapa B de Coronel, Eº 500.000; para habilitación estanque de cerro Chepe, Concepción, Eº 500.000; mejoramiento del servicio de agua potable de Tomé, Eº 1.000.000; aducción cerro Chepe Higueras de Talcahuano, 2.000.000 escudos; para aducción Higueras cerro Solar de Talcahuano, Eº 2.000.000; para mejoramiento de la red de agua potable de San Felipe, Eº 500.000 para habilitación sondaje de San Felipe, Eº 500.000; mejoramiento red y estanque de Los Andes, Eº200.000; habilitación de sondajes en San Esteban, Eº100.000; mejoramiento de planta de filtros de Putaendo, Eº500.000; habilitación de pozos en Planta de Filtros de Los Andes y Herrera, El Chapical, Aconcagua, Eº1.000.000; construcción y habilitación de pozos en Quebrada Aconcagua de Putaendo, 500.000 escudos; para red de distribución de agua potable, construcción de pozos y una planta de filtros en Tomé, Eº2.000.000, y para bomba y red de agua potable en Portezuelo, Eº2.000.000. Además, deberán destinarse las cantidades necesarias para ejecutar obras de agua potable en Olivar Bajo, Codegua, Quinta de Tilcoco, comuna El Olivar y Población Las Hormigas de Pichidegua. Para rechazar estas destinaciones. Con cargo a estos Eº 20.000.000 defínanse a las obras que se indican las siguientes cantidades: instalación de alcantarrillado en Peralillo y Nancagua, 500.000 escudos a cada uno; obras de alcantarillado en las comunas de Curacaví y Colina, Eº100.000 a cada una; ampliación red de alcantarillado en Yumbel, Quirihue, San Gregorio, Yungay y Cañete, Eº 200.000 a cada uno; desagüe Estero Curica, comuna de Futrono, Eº 50.000; construcción de alcantarillado en la aldea campesina Georgia, comuna de La Unión, Eº 100.000; construcción de colector en el sector industrial de La Unión, Eº 20.000; alcatarillado para la comuna de Futrono y de Lago Ranco, Eº 200.000 a cada una; proyecto planta de tratamiento de aguas servidas, Calama, Eº 1.500.000; trabajos de alcantarillado en Pozo Almonte, Eº 1.000.000; planta de aguas servidas de Calama, 150 mil escudos; alcantarillado de San Gregorio, departamento de San Carlos, 100.000 escudos; construcción de alcantarillado en Achao, Eº 500.000; planta de aguas servidas de Iquique, Eº 1.500.000; ampliación red de alcantarillado de Lebu, Eº 500.000; ampliación red de alcantarillado de Curablaciones Vergara, Santa Teresa y Salvador Allende, en Cañete, Eº 1.000.000; ampliación red de alcantarillado a Curanilahue y Arauco, Eº 500.000 a cada una; terminación emisario sur y norte de Talca, Eº 300.000; instalación de servicio de alcantarillado en San Clemente, 300.000 escudos; instalación de servicio de alcantarillado en Curepto y en Sagrada Familia, Eº 250.000 a cada uno; construcción red de alcantarillado en las comunas de Maule, Pelarco y localidad de Villa Prat, en la comuna de Sagrada Familia, 200 mil escudos a cada una; instalación servicio de alcantarillado en Panguipulli y Paillaco, Eº500.000 a cada una; construcción de emisario en Las Mulatas, Valdivia, Eº 200.000; instalación de servicio de alcantarillado en Tucapel, Eº400.000; prolongación emisario Mackenna, Temuco, Eº 200.000; terminación de obras de alcantarillado en Quinta Normal, Santiago, Eº1.000.000; construcción colectoras Collao-Irarrázabal y Prieto-Cruz, Concepción, Eº300.000 a cada uno; construcción colector Paicaví, Concepción, Eº 150.000; construcción de planta de tratamiento de aguas servidas en Cabildo, Laguna de Cabildo y San Felipe. Eº 600.000 a cada una. 061 Construcciones públicas. Para rechazar estas destinaciones. Con cargo a este ítem, destínanse a las obras que se indican las siguientes cantidades : construcción de cuarteles de bomberos de Chépica y Peralillo, Eº 100.000 a cada uno; construcción edificio de servicios públicos de Marchigüe, Eº 500.000; construcción del edificio de servicios públicos de Santa Cruz, Eº 1.000.000; construcción del edificio de servicios públicos de Lolol, Eº 400.000; construcción del edificio de servicios públicos de San Fernando, Eº 1.200.000; construcción del edificio de servicios públicos de Peralillo, 800.000 escudos; construcción del edificio de la Comisaría de Carabineros de Santa Cruz, Eº 600.000; construcción del edificio de la Tenencia de Palmilla, Eº300.000; construcción del edificio para oficinas públicas y sede de la Municipalidad de Limache, Eº 400.000; construcción del local para el Instituto Comercial de Valparaíso, 500.000 escudos; construcción del cuartel de Carabineros en Población Cerro Colorado, comuna de Renca, Eº 100.000; terminación del edificio municipal de la comuna de Renca, Eº 150.000; ampliación del cuartel de la Primera Compañía de Bomberos de Renca, Eº 100.000; reconstrucción de la Escuela Nº 383, Eº 50.000; construcción de la Escuela Industrial de Talagante, 200 mil escudos; adquisición de terreno y construcción de la Escuela Nº 273, Pueblo Esmeralda, comuna de Colina, Eº 150.000; ampliación de Policlínica de la comuna de Renca, Eº 100.000; construcción del Edificio Consitorial y de oficinas públicas en la comuna de Galvarino, Eº400.000; construcción de un gimnasio techado en la comuna de Nueva Imperial, Eº300.000; para aula magna del Liceo de Tocopilla, 200 mil escudos; para Escuela Básica Nº 13 de Tocopilla, Eº 200.000; para gimnasio Universidad del Norte, Eº600.000; para ampliación de la Escuela de Niñas Nº 32 de Antofagasta, Eº 200.000; para cárcel presidio de Antofagasta, Eº 600.000; para escuela de rehabilitación de Antofagasta, Eº 200.000; para ampliación del Liceo de Hombres de Taltal, Eº 150.000; construcción Eº 100.000 ; construcción de gimnasio auditorio Gil de Castro de Valdivia, 300 mil escudos; para construcción de gimnasio auditorio Huacho Copihue, Valdivia, Eº 300.000; reconstrucción de los Fuertes históricos de Valdivia, Eº 250.000; para la hostería costanera de Valdivia, Eº 30.000; para la Compañía de Bomberos de Valdivia, Eº 150.000; para el cuartel de Investigaciones de La Unión, Eº 250.000; para el cuartel de Investigaciones de Valdivia, Eº130.000; para el Liceo de Hombres de Valdivia, Eº150.000; para el cuartel de Carabineros de Liquiñe, Eº 100.000; para el cuartel de Carabineros de Lanco, 100 mil escudos; para la Segunda, Tercera y Sexta Compañías de Bomberos de Valdivia, Eº30.000 a cada una; para edificio de servicios públicos de Niebla, Eº 100.000; para edificio de servicios públicos de Río Bueno, Eº150.000, para edificio de servicios públicos Nº 3 y Gobernación Marítima de Valdivia, Eº 500.000; para edificio de servicios públicos y tenencia de Carabineros de Paillaco, Eº 300.000; para edificio de servicios públicos, de Panguipu-lli, Eº 400.000; para cárcel de Valdivia, Eº 1.500.000; para centro social y municipal de Corral, Eº 60.000; para el terminal pesquero de Mehuin, Eº 100.000; para el mercado de Los Lagos, Eº 150.000; para cárcel de La Unión, Eº 400.000; construcción del gimnasio de Corral, Eº 300.000; construcción del centro deportivo regional de Valdivia, Eº 1.000.000; construcción del gimnasio auditorio de Lanco, 200 mil escudos; construcción cancha de fútbol Las Animas, de Valdivia, Eº 30.000; construcción de la cancha de fútbol Beneficencia, de Valdivia, Eº 30.000; construcción de postas de primeros auxilios en Trapi, Crucero y Riñinahue, de Río Bueno, Eº 20.000 para cada una; construcción de la posta de El Naranjo, en Paillaco, Eº 20.000; construcción de piscina en el parque Lo Franco de Quinta Normal, Santiago, Eº 400.000; adquisición de terreno y construcción del Departamento de Aseo de Quinta Normal, Santiago, Eº 300.000; para cancha Las Encinas, de Quinta Normal, Santiago, Eº300.000; construcción de la Tenencia de Carabineros de Isla de Maipo, Eº 150.000; ampliación del consultorio del Servicio Nacional de Salud en Isla de Maipo, Eº 50.000; construcción del edificio municipal de Quinta Normal, Santiago, Eº 500.000; para construcción de la Tenencia de Carabineros de Lampa, 100 mil escudos; construcción del cuartel de Bomberos de Batuco, Eº 100.000; ampliación del edificio municipal de Lampa, 200 mil escudos; construcción de un casino en el balneario municipal El Taco, de Lampa, Eº200.000; construcción de local para la Cruz Roja de Lampa, Eº100.000; construcción del retén de Carabineros en la Población Alarcón de Talcahuano, 150 mil escudos; ampliación del cuartel de la Cuarta Compañía de Bomberos de Concepción, Eº 150.000; reconstrucción del edificio de la Asociación de Empleados Municipales de Concepción, Eº 150.000; terminación del edificio del Cuerpo de Bomberos de Lebu, Eº 150.000; terminación de los gimnasios cerrados de Carampangue y Curanilahue, Eº 25.000 a cada uno; construcción de la Escuela de Queler, comuna de Quemchi, Eº 100.000; construcción de la Escuela de Pureo, comuna de Queilén, Eº 100.000; construcción de las Escuelas San José, Llicaldad y Puyao, comuna de Castro, Eº 150.000 para cada una; ampliación del Liceo de Castro, Eº 500.000; construcción de un nuevo edificio para el Cuerpo de Bomberos de Graneros, Eº150.000; construcción de la cárcel presidio de Antofagasta, Eº400.000; continuación de las obras en el cuartel de Investigaciones de Los Andes y del de San Felipe, Eº150.000 para cada uno; continuación de las obras en el Retén Quebrada de Herrera, 50.000 escudos; construcción de la Prefectura y de la Comisaría de Carabineros de San Felipe, Eº100.000; continuación de las obras en la sala de uso múltiple, Putaendo, 30 mil escudos; construcción de sala de uso múltiple en Santa María, Eº 60.000; construcción de postas asistenciales en Mate-mu y Valle Hermoso, Eº 50.000 a cada una; construcción del cierro del Estadio Fiscal de Los Andes, Eº 200.000; continuación de las obras de los edificios públicos de Portillo, Eº 1.500.000; construcción del edificio de servicios públicos en Los Andes, Putaendo, Catemu, San Felipe, Petorca y La Ligua, Eº200.000 a cada uno; construcción edificios consistoriales de La Ligua y de San Felipe, Eº200.000 a cada uno; continuación de las obras de la Compañía de Bomberos de Petorca, 100 mil escudos; para los estadios fiscales de Los Andes, Putaendo y San Felipe, 100.000 escudos a cada uno; construcción de la Escuela Nº 70, de Los Guindos, Villarrica, Eº 200.000; para edificio de servicios públicos de Los Sauces, Eº 50.000; para el cuartel de la Compañía de Bomberos de Huequin, Eº 30.000; para el edificio de servicios públicos de Ercilla y de Angol, Eº 200.000 a cada uno; para el Liceo de Niñas de Traiguén, Eº 300.000; para la posta de Huequin y de Mininco, Eº 40.000 a cada una; para el Liceo de Niñas de Angol, Eº 300.000; para los estadios de Traiguén y de Lumaco, Eº 150.000 a cada une; para los gimnasios de Ercilla y de Victoria, Eº 50.000 a cada uno; para el centro artssanal reducto indígena de Angol y Lumaco, Eº 150.000; para las cárceles de Victoria, Collipulli y Angol, Eº 150.000 a cada una; para los retenes de Guayalí, Lincura y de Icalma, Eº 50.000 a cada uno; para cuartel de Investigaciones de Lonquimay y de Collipulli, Eº 50.000; a cada uno; para el Liceo de Hombres de Victoria, Eº 500.000; para las comisarías de Collipulli y de Angol, Eº 300.000 a cada una; para ,1a Tenencia de Lonquimay y retén de Pichipellahuén, Eº 100.000 a cada uno; para las sedes sociales de los asentamientos Lolenco y Santa Elena, de Malleco, Eº 50.000 a cada uno; para la posta Tijeral, de Malleco, Eº 30.000; para gimnasio en la comuna de Purén, Eº 100.000; para la Segunda Compañía de Bomberos de Angol, Eº 100.000; para terminar la construcción del edificio del Cuerpo de Bomberos de Los Sauces, Eº 200.000; para gimnasios en Temuco, Carahue y Loncoche, Eº 150.000 a cada uno; para los estadios de Villarrica y Pitrufquén, Eº40.000 a cada uno; para la Tercera Comisaría de Carabineros de Temuco, Eº200.000; para edificio de Investigaciones de Villarrica y de Loncoche, Eº 100.000 a cada uno; para construcción de edificio de servicios públicos de Puerto Saavedra, Quele Galvarino, Pitrufquén y Nueva Imperial, 45.000 escudos para cada uno de los dos primeros y Eº600.000 para, cada uno de los dos últimos; para construcción de edificio para servicios públicos de Temuco, Carahue y Cuneo, Eº 1.000.000 el primero y 100.000 escudos a cada uno de los dos últimos; construcción del Coliseo Monumental de Temuco, Eº 200.000; construcción del Teatro Municipal de Villarrica, Eº 1.000.000 ; para terminal de buses de Villarrica, 50 mil escudos; para construcción del mercado municipal de Villarrica, Eº 100.000; construcción del Centro Social de Vilcún, Eº 50.000; construcción de las cárceles y juzgados de Villarrica, Carahue y Loncoche, Eº 300.000 a cada uno; construcción de la Prefectura y Comisaría de Carabineros de Temuco, Eº 100.000; construcción de la Tenencia de Cherquenco, Eº 100.000; para la Compañía de Bomberos de Cherquenco, de Freire y de Quitratúe, 10.000 escudos a cada una; construcción del gimnasio de Pitrufquén, Eº 250.000; construcción de posta pública en Camiña, 150.000 escudos; ampliación del hospital Carlos Cisternas, Calama, Eº 500.000; construcción de la segunda etapa de la Escuela Nº 16 de Calama, Eº150.000; ampliación de la cárcel de Calama, Eº 300.000; ampliación de la Escuela Mixta Nº 38 de Antofagasta, E 40.000; construcción de nuevo local para la escuela de niñas Nº 3 y para la escuela Nº 56, de Antofagasta, 200.000 escudos a cada una; construcción de la segunda etapa del gimnasio de la Universidad del Norte, Eº 500.000; terminación de la construcción del balneario municipal de Antofagasta, Eº 100.000; construcción de gimnasio techado para la Asociación de Boxeo de Antofagasta, Eº 200.000; ampliación del hospital regional de Antofagasta, Eº 300.000; construcción del aula magna del Liceo de Tocopilla, Eº 300.000; construcción del nuevo local de la Escuela Nº 56, de Iquique, Eº 300.000; construcción del Centro de Educación Básica de Iquique, Eº 1.000.000; construcción de posta médica en Cariquima, Eº 200.000; construcción posta policlínica en Belén, Arica, Eº 150.000; terminación de la cárcel de Arica, Eº 500.000; construcción del pabellón de cirugía en el Hospital de San Pedro de Atacama, Eº 150.000; para posta policlínica del Servicio Nacional de Salud en Ollagüe, Antofagasta, Eº 100.000; construcción del Teatro Municipal de Mejillones, Eº 500.000; construcción del gimnasio de Sagrada Familia, Eº 200.000; construcción de dos canchas múltiples en Río Claro, Eº 100.000; construcción de estadio, plaza y medialuna en El Bolsico, comuna Río Claro, Eº 300.000; construcción de gimnasio en Curepto, Eº 150.000; sede del Consejo Provincial de Deportes de Talca, Eº 150.000; construcción de un gimnasio múltiple en Talca, Eº 1.000.000; construcciones deportivas en el Estadio Fiscal de Talca, 400.000 escudos; construcción de campos deportivos en, poblaciones de Talca, Eº 500.000; construcción de canchas de tenis en el Estadio Fiscal de Talca, Eº 100.000; construcción de estadio universitario en Talca, Eº 400.000; construcción del gimnasio de la Escuela Industrial de Talca, Eº 200.000; construcción de un autódromo en Talca, Eº 300.000; construcción de gimnasios múltiples en Molina y San Clemente, Eº 200.000 a cada uno; construcción de campos deportivos en Pencahue, Maule y Duao, Eº 100.000 a cada uno; remodelación del Balneario Río Claro, Talca, Eº 500.000; terminación estadio oriente e iniciación obras estadio sur y barrio norte de Talca, Eº 600.000; construcción de campo deportivo en Villa Prat, Sagrada Familia, Eº 100.000; construcción de piscina en el Estadio de Sagrada Familia, Eº 100.000; adquisición de terrenos y construcción de canchas de fútbol en Lo Valdivia y La Isla de Lontué, comuna de Sagrada Familia, Eº 80.000; ampliación de la segunda etapa del Liceo Mixto de Curepto, Eº 300.000; construcción de sala de actos culturales en Curepto y en Población Abate Molina de Talca, 200.000 escudos a cada una; construcción de internado universitario en Talca, Eº 300.000; ampliación de local escolar de Villa Prat, Sagrada Familia, Eº 200.000; .construcción de grupo escolar en Sagrada Familia 300 mil escudos; construcción de locales escolares de escuelas Lo Valdivia y San José Nº 27, de Sagrada Familia, Eº 200.000 a cada una; construcción de nuevo hospital de Molina, Eº 700.000; ampliación del hospital regional de Talca, Eº 1.000.000; construcción local para correos y servicios públicos de Villa Prat, Eº 500.000; construcción del retén de Carabineros de Los Quillayes, Sagrada Familia, Eº 200.000; construcción de la Tenencia de Carabineros de Pelarco, Eº 300.000; construcción de retenes de Carabineros en Villa Prat y en Río Claro, Eº 150.000 a cada uno; construcción de la Tenencia de Carabineros de Cumpeo, Eº 200.000; construcción del Teatro de Cumpeo, Eº 500.000; construcción de una hostería popular en Vilches, San Clemente, Eº 1.500.000; ampliación de las Escuelas Nºs. 33, de Maule, y 43, de Duao, Eº 50.000 para cada una; construcción Escuelas Nº 102, de Panguilemo-La Calor, Nº 66, de Mariposas y Nº 37, de Panguilemo, Eº 60.000 a cada una; construcción escuelas Nº 74, de Ramadilla, y Nº 21, de San Clemente, Eº 100.000 a cada una; construcción de las Escuelas de Macal, Rincón de Los Muñoces, Lihueno y Nº 100, de Mariposas, Eº 200.000 a cada una; construcción grupo escolar de Corinto, Eº 100.000; construcción sala de actos culturales en Pencahue, Eº 100.000; construcción camarines y duchas en la escuela de Pencahue, Eº 50.000; construcción local escolar de Pelarco, Eº 50.000; construcción local del Liceo de San Clemente, Eº 1.000.000; construcción de sala múltiple en Pelarco, Eº 150.000; construcción de casa de socorro en Pelarco, 100 mil escudos; construcción de edificios públicos en San Rafael, Eº 600.000; construcción de tres vegas modelos en Talca, 1 millón de escudos; construcción de postas de primeros auxilios en Santa Emilia, comuna de Sagrada Familia, y en sector cuatro de la comuna de Curepto, Eº 50.000 a cada una; construcción del Teatro Municipal de Lebu, Eº 1.000.000; terminación de los mataderos municipales de Lebu y de Cañete, Eº 1.000.000 a cada uno; construcción de gimnasio techado en Lebu, 1 millón de escudos; construcción de edificios públicos en Curanilahue, Eº 1.000.000; ampliación de los internados en Quella y de Sauzal, Eº 100.000 a cada uno; construcción de escuela en Cayuranquil, 150 mil escudos; construcción de posta en Población Fernández, de Cauquenes, 200.000 escudos; ejecución nuevas obras en el hospital de Constitución, Eº 1.000.000; construcción edificios para servicios públicos en Pelarco, Eº 100.000; continuación de edificio de servicios públicos en Molina, Maule y Curepto, Eº 300.000 para cada uno; construcción edificio para servicios públicos de Lontué, Eº 150.000; construcción del cuartel de la Quinta Compañía de Bomberos de Talca, Eº 100.000; continuación obras en gimnasio de Talca, 500.000 escudos; construcción multicancha de Cumpeo, Eº 60.000; construcción Liceo Fiscal de Lontué, Eº 500.000; continuación obras en Universidad Técnica de Talca, Eº 1.000.000; construcción del cuartel de Investigaciones en Molina, Eº 100.000; continuación de obras en el retén La Mina, Talca, Eº20.000; continuación obras en grupo policial Paso Pehuenche, 500.000 escudos; construcción del retén de Carabineros de Queri, Eº 20.000; construcción del retén posta en Villa Prat, Eº 100.000; construcción de centro distribuidor agropecuario, Molina, Eº 120.000; construcción de postas en Bella Unión y San Clemente, Eº 50.000 a cada uno; continuación de obras en el hospital de Lontué, Eº 400.000; para la construcción de la Escuela Nº 12 Sila, de Los Andes, Eº 1.000.000; continuación de servicios públicos de Huépil, Eº 60.000; continuación de las obras de la Intendencia de Ñuble, Eº 100.000; continuación de las obras de los servicios públicos de San Ignacio, Eº 40.000; continuación obra en el cuartel del Cuerpo de Bomberos de Yungay, Eº 40.000; continuación de las obras de los gimnasios de Chillan y de Bulnes, Eº 200.000 a cada uno; continuación de las obras de los estadios de Chillán y Quinchamalí, Eº 200.000 a cada uno; construcción del gimnasio de Bulnes, Eº 100.000; construcción de cuatro multicanchas en la provincia de Ñuble, Eº 100.000; continuación de las obras de la Tenencia de Carabineros de Coihueco, Eº 100.000; continuación de las obras en las cárceles de Bulnes y de Yungay, 100 mil escudos a cada una; construcción de sala múltiple en Yungay, Eº 80.000; continuación de las obras en el Teatro de Chillan, Eº 200.000; continuación de las obras del Balneario de Ñuble, Eº 40.000; construcción de albergues en las Termas de Chillán, Eº 200.000; construcción del edificio del cuerpo de Bomberos de Ovalle, Eº 200.000; para iniciar las obras de construcción del nuevo edificio para el Liceo de Niñas Nº 3 de Santiago, Eº 1.500.000; para expropiación inmueble ubicado en la comuna de Quinta Normal, conforme lo establecido en el artículo 4º de la ley Nº 16.247, predio destinado a la construcción de un estadio, Eº 600.000, y para iniciar la construcción de los hospitales de Rengo y Peumo, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la ley Nº 16.624, Eº 2.500.000 a cada uno.". Además, deberán destinarse las cantidades necesarias para reparar y ampliar el Cuartel de la Primera Compañía de Bomberos de San Vicente de Tagua-Tagua; construir una sala de máquinas en el Cuartel de la Quinta Compañía de dicha ciudad; para construir una Casa Consistorial para la Municipalidad de Quilpué; adquirir un terreno para edificar la Casa Consistorial referida, en las calles Andrés Bello, Vicuña Mackenna y Aníbal Pinto; construir un gimnasio techado en Viña del Mar para los Juegos Panamericanos; ampliar y terminar el Gimnasio Rawson de la Asociación de Básquebol de Valparaíso; construir un estadio fiscal en Los Andes; construir un teatro municipal en la localidad de Punchuncaví, provincia de Valparaíso; construir un Cuartel para el Cuerpo de Bomberos de Concón; construir una piscina olímpica y terminar las obras de la Villa Olímpica de Olmué, y reparar la Sede Regional de Valparaíso y Aconcagua de la Cruz Roja Chilena y llevar a cabo las obras necesarias para instalar un banco de sangre. Item 063 Otras obras e inversiones: Para sustituir la coma que sigue a la palabra "Asesoría" por un punto seguido, eliminando las siguientes: "ejecución de de otras obras y estudios que determine el Director General de Obras Públicas, incluyendo obras complementarias en cualquiera parte del territorio.". Dirección General Construcción y Conservación de Edificios II.- PRESUPUESTO DE CAPITAL A.- Inversión Real Item 061 Construcciones Públicas: Para desechar estas destinaciones. "Con cargo a este ítem, destínanse a las obras que se indican las siguientes cantidades : para reparación del edificio municipal de la comuna de Curacaví, Eº 200.000; para reparación del Liceo de la comuna de Curacaví, Eº 200.000; para reparación del Hospital Regional de Arica, Eº 1.000.000; y para reparación del Hospital Regional de Iquique, E. 2.000.000." Dirección General Instalación y Mejoramiento de Servicios de Agua Potable II.- PRESUPUESTO DE CAPITAL A.- Inversión Real Item 060 Distribución e instalación de agua potable y alcantarillado: Para rechazar el siguiente inciso: "Este ítem será excedible en el monto efectivo de los reembolsos que se reciban en la Tesorería General de la República." Dirección General Vialidad Urbana II.- PRESUPUESTO DE CAPITAL Item 056 Obras de Transporte Urbano: Para desechar estas destinaciones. "Can cargo a este ítem, destínanse a las obras que se indican las siguientes cantidades: construcción de carpeta alfáltica en pueblos, de Aconcagua que no tengan pavimento, Eº 1.000.000 ; ejecución paso bajo nivel Santa Rosa, en Temuco, Eº 2.000.000 ; pavimentación calles en Teño, Rauco, Romeral, La Huerta de Mataquito, Hualañé, Licantén, Iloca y Llico, Eº 1.000.000; pavimentación de calles en operaciones sitios de la ciudad de Curicó, Eº 500.000; construcción paso nivel en el sector sur de la estación de ferrocarriles de Curicó, Eº 200.000; construcción pasarela peatones carretera panamericana sector sur de Curicó, Eº 100.000; construcción nuevo empalme de carretera panamericana con Curicó, Eº 500.000; para ensanche y pavimentación de la calle Sargento Aldea de Curicó, Eº500.00; para ensanche de calle Vidal, de Curicó, Eº 500.000; terminación paso bajo nivel de Freire, Curicó, Eº 100.000; pavimentación de calzadas principales de la Población de Lago Ranco, Eº 200.000; pavimentación de calle Balmaceda, en comuna de Futrono, 100.000 escudos; construcción de puente sobre el río Llollelhue, La Unión, Eº 500.000; para iniciar obras de construcción de un nuevo puente sobre el río Mapocho, frente a la Avenida La Paz, Eº 1.000.000; pavimentación del acceso y calles interiores de la Escuela de Paracaidistas de Peldehue, comuna de Colina, Eº 2.000.000; pavimentación de veredas en las localidades de Empedrado, Sauzal, Nirivilo y Pocillas, provincia de Maule, Eº 200.000 a cada una; pavimentación de calles de Pelarco y San Rafael, Eº 2.000.000; pavimentación de calle principal de la Población Villa Prat, comuna de Sagrada Familia, Eº 1.500.000; prolongación de la Alameda y construcción de un paso sobre el nivel de la línea férrea en la ciudad de Talca, Eº 2.000.000; plan de pavimentación en la ciudad de Talca, y en las comunas de San Clemente, Curepto y Molina, Eº 3.000.00 para la primera y Eº 500.000 para cada una de las tres restantes; para las calles Oscar Gajardo y Estadio, de Placilla, San Fernando, E 400.000; construcción de puente y muros en Población Rodelillo, de Valparaíso, Eº 5.000.000; pavimentación de camino del Diablo, Peñaflor, Eº 1.000.000; ampliación de calle San Pablo, desde Las Rejas hasta Serrano, y construcción de pavimento completo de calle San Pablo, desde Serrano hasta empalmar con carretera que conduce al aeropuerto de Pudahuel, comuna de Las Barrancas, Eº 3.000.000; construcción de aceras en todas las calles de la Población Lo Prado y reparación de las aceras de la comuna de Las Barrancas, Eº 1.000.000 ; construcción de calzadas y aceras en la Población Lautaro, comuna de Las Barrancas, Eº 300.000; pavimentación de la variante al camino La Reina, entre Colina y pueblo Esmeralda, comuna de Colina, Eº 500.000; construcción de un puente de dos vías sobre el estero El Gato, comuna de Isla de Maipo, Eº 250.000; pavimentación de las Avenidas Santelices y San Luis, hasta la Avenida Talagante, comuna de Isla de Maipo, Eº 2.000.000; construcción de doble vía en la calle 5 de Abril de Maipú, Eº 3.000.000; ensanche de la Avenida Recoleta, ciudad de Santiago, Eº 3.000.000, y ampliación de la Avenida Dorsal, Conchalí, desde la Avenida Independencia hasta el Salto, 3.000.000 escudos.". Además, deberán destinarse las cantidades necesarias para ejecutar las siguientes obras: pavimentación de las calles O'Higgins, Andes, Los Aromos y Estancilla, de Codegua; abovedamiento de la quebrada Villagrán y terminación del camino de circunvalación sector cerro Cordillera; pavimentación de 2 kilómetros de la calle San Vicente de Tagua-Tagua, antiguo Longitudinal; asfalto de calles en los pueblos de Panquehue y Corcolén, Malloa, provincia de O`Higgins; pavimentación de 1.500 metros en las calles Centenario, Arturo Prat, Riesco Arriba y Avenida España, de San Vicente de Tagua-Tagua; pavimentación de la calle al Cementerio, de San Francisco de Mostazal; pavimentación del camino de acceso a Lo Miranda por Pedro Aguirre Cerda, Doñihue, y pavimentación del camino de acceso a la misma ciudad por Paraguay." Dirección General Mantención de la Red Vial. II.- PRESUPUESTO DE CAPITAL A.- Inversión Real Item 064 Conservación y reparación de Obras por contrato o Administración: Para rechazar estas destinaciones. "Con cargo a este ítem, destínanse a las obras que se indican las siguientes cantidades: pavimentación de 30 kilómetros desde Pichilemu hasta Aleones, de acuerdo con el artículo 17 de la ley Nº 17.169, Eº 30.000.000; para el camino de Freire a Pucón, Eº1.500.000, para ripiadura y pequeñas obras en el camino denominado Segunda Faja, hasta Molco, en el departamento de Villarrica, Eº 500.000". Dirección General Recuperación del Patrimonio Vial II.- PRESUPUESTO DE CAPITAL A.- Inversión Real Item 064 Conservación y reparación de obras por contrato o administración: Para rechazar estas destinaciones. "Con cargo a este ítem, destínanse a las obras que se indican las siguientes cantidades: reconstrucción parcial del camino Laraquete-Tres Pinos, provincia de Arauco, Eº 10.000.000; reparación de caminos de la comuna de Maule, provincia de Talca, Eº 500.000; reparación de puentes y caminos de la comuna de Río Claro, Talca, Eº 2.000.000, y reacondicionamiento del túnel Caracoles, Eº 10.000.000". Dirección General Estudios de Obras Públicas y Transportes II.- PRESUPUESTO DE CAPITAL A.- Inversión Real Item 054 Estudios Preinversionales Contratados: Para suprimir esta destinación. "Con cargo a este ítem, se destinará la cantidad de Eº 5.000.000 para los estudios del camino de Quellón a Punta Arenas, a través de un transbordo entre Quellón y Aisén.". Secretaría y Administración General de Transportes Fomento y Desarrollo de los Medios de Transportes II.- PRESUPUESTO DE CAPITAL C.- Transferencias de capital Item 081 Transferencias de Capital a Empresas Públicas. Item 001 Empresa de los Ferrocarriles del Estado. Para suprimir estas destinaciones: "Con cargo a esta asignación, destínanse a los fines que se indican las siguientes cantidades: para estudios del proyecto de la unión del tramo ferroviario entre Curanilahue y Tres Pinos, provincia de Arauco, Eº 1.500.000; para instalación de un banderín automático en calle Uruguay, de Temuco, sobre el ramal Temuco-Carahue, Eº 250.000; para completar el cierre del Estadio Ferroviario de Ovalle, Eº 500.000, y para la construcción de la estación de ferrocarriles de La Laja, provincia de Bío-Bío, Eº 1.700.000". Dirección General de Aguas Administración y Aplicación del Código de Aguas II.- PRESUPUESTO DE CAPITAL A.- Inversión Real Item 050 Maquinarias y equipos. Itme 057 Infraestructura de Riego. Para suprimir las siguientes glosas: "Para obras de riego, hidráulicas e hidrométricas y Código de Aguas. Se podrán pagar estudios, obras, adquisiciones, expropiaciones y publicaciones técnicas. Se podrán financiar obras de aprovechamiento en cauces o lagunas naturales o artificiales para fines de recreación. A este ítem se harán, por el Ministerio de Hacienda, los traspasos de fondos destinados a la Dirección General de Aguas consultados en el artículo 24 transitorio, letra d), de la ley Nº 17.564. Estos traspasos tendrán primera prioridad. Con cargo a estos recursos, la Dirección General de Aguas podrá contratar empréstitos con el Banco del Estado de Chile hasta por Eº250.000.000". 13) MINISTERIO DE AGRICULTURA SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA Programa 02: Fomento y Desarrollo Agropecuario Item 13-01-02-029.003 Subvenciones Varias Para suprimir la siguiente glosa: "De esta cantidad deberá destinarse la suma de Eº 5.000 para el Museo Dilhman Bulock, de Angol". Item 13-01-02-034.001 Elimínese en su glosa, después de las palabras: "de cargo fiscal" la frase: "por flete o bodegaje de maquinarias, mercaderías o animales". Item 13-01-02-035.001 Sube en E° 310.680.000 Elimínese la glosa. Créase la siguiente glosa: "Incluye Eº 10.000 para Programas de Fomento Lechero". Item 13-01-02-035.007 Sube en 7.767.500 Item 13-01-02-035.008 Elimínase la oración final de la glosa. Créase lo siguiente, con la cantidad y glosa que se indica: Item 1301-02-080.005 "Fondo de Infraestructura de Reforma Agraria, Comercialización y Producción. Estos fondos serán asignados a las instituciones del Sector Agrícola, sin sujeción al D.F.L. Nº 47" 50.000.000 15) MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL SUBSECRETARIA DEL TRABAJO Programa 01: Dirección Central, Política y Administración del Trabajo Item 15-01-01-004 Sube en E° 905.000 Programa 02: Planificación Laboral Item 15-01-02-004 Sube en 300.000 Dirección del Trabajo Programa 01: Solución de Problemas Laborales Item 15-02-01-004 Sube en 8.944.000 Se repone lo siguiente a su glosa, suprimiéndose el punto final: "y 220 personas asimiladas a categoría o grado". Item 15-02-01-017 Sube en 1.200.000 Item 15-02-01-050 Sube en . 4.625.000 Item 15-02-01-051 Sube en 2.500.000 Item 15-02-01-053 Sube en 1.815.000 16) MINISTERIO DE SALUD PUBLICA 01) SUBSECRETARIA DE SALUD Programa 02: Fomento de la Salud I.- Presupuesto Corriente Item 16-01-02-035.001 Servicio Nacional de Salud Para suprimir la siguiente glosa: "Con cargo a esta suma deberán destinarse Eº 5.000.000 para la terminación y habilitación de la Maternidad del Hospital San José, Base del Area Norte de Santiago". II.- Presupuesto de Capital Item 16-01-02.070 Compra de títulos y valores. Compra de acciones clase "F" de la Sociedad Constructora de Establecimientos Hospitalarios. "debiendo destinarse los recursos que se indican a continuación: Para suprimir lo siguiente: "1) E° 450.000 para construir el Hospital de Arauco;" "2) 4.750.000 para construir el Hospital de Cabildo;" "3) 2.700.000 para reparaciones del Sanatorio de Putaendo;" "4) 800.000 para la construcción del Hospital de Bulnes;" "5) 250.000 para el Hospital de Paillaco, en la provincia de Valdivia;" "6) 300.000 para el Hospital de Lago Ranco, de la provincia de Valdivia;" "7) 2.000.000 para remodelación regional (Normalización Complejo Valdivia"); "8) 8.000.000 para ampliación regional (Normalización Complejo Valdivia"); "9) 10.000.000 para la ampliación del Hospital "Félix Bulnes, de Quinta Normal, Santiago"; "10) 5.000.000 para construcción de un Hospital en Barrancas, Santiago"; "11) 7.500.000 para la ampliación del Hospital de Los Angeles, en la provincia de Bío-Bío"; "12) 10.000.000 para construir el Hospital de Nacimiento"; "13) 10.000.000 para construcción del Hospital de la Mujer en los terrenos del Hospital Deformes, de Valparaíso, que comprenderá: Maternidad, Servicio de Ginecología, Servicio de Pediatría e Institutos de Estudios Psicológicos Sociales, Jurídicos y Antropológicos de la Mujer Chilena"; "14) 2.000.000 para la construcción del pabellón de cocina y lavandería del Hospital de Talca"; "15) 400.000 para remodelación del Hospital Antiguo de Temuco;" "16) 2.000.000 para construcción del Hospital de Cunco;" "17) 300.000 para construir Hospital de Vilcún;" "18) 350.000 para iniciar construcción nuevo Hospital Regional en Yumbel;" "19) Ampliación edificio Hospital, Ambulancia, San Vicente de Tagua-Tagua;" "20) Ampliar capacidad Hospital San Vicente de Tagua-Tagua;" "21) Ampliación Hospital, cambio de calderas y calefacción en Graneros;" y "22) Construcción Hospital en Peumo;" Item 16-01-02.070 Ha suprimido la siguiente parte de su glosa: "Cantidad que se aumentará hasta el total rendimiento de la disposición legal referida". 18) MINISTERIO DE LA VIVIENDA Y URBANISMO Subsecretaría y Dirección General de Planificación y Presupuesto Programa 01: Administración y Planificación General de la Vivienda Se suprimen las siguientes destinaciones específicas e innovaciones a los ítem que a continuación se indican: Item 18-01-01.059.011 Equipamiento Comunitario "Con cargo a esta asignación, destínanse a las obras que se indican las siguientes cantidades: construcción de guardería infantil en Población Cerro Colorado y terminación de centro comunitario en la misma Población, comuna de Renca, Eº 300.000 a cada una; construcción de cuartel de Boy-Scouts en Población Alborada, comuna de Renca, Eº250.000; construcción de centro comunitario para la Agrupación de Centros de Madres de la Población Illanes, Unidad Vecinal Nº 21, comuna de Renca, Eº 350.000; construcción de sede social para la Unión Comunal de Centros de Madres de la Población Matucana, comuna de Renca, Eº 260.000; construcción de estadio municipal en comuna de Quilicura, Eº 1.000.000; construcción de teatro municipal en la misma comuna, Eº 500.000; terminación de sede social de los pensionados del Servicio de Seguro Social de Purén, Eº 50.000; terminación estadios de Los Sauces y de Purén, Eº 50.000 a cada uno; para cierros de camarines y tribunas del estadio de Renaico, Eº 50.000: para cierro y tribunas del estadio de Huequén, Eº 100.00, y para construcción de sede social para la Junta de Vecinos Vita-cura Oriente, Unidad Vecinal Nº 9-E, de la comuna de Las Condes, Santiago, incluyendo su habilitación y equipamiento, Eº3.000.000". Además, deberá destinarse la cantidad necesaria para construir una sede social y una piscina para la Unidad Vecinal Nº 71, Población Nueva Miraflores, y el local social y una policlínica en la Población Roosevelt, Valparaíso". Programa 02: Fomento Habitacional y Urbanístico Item 18-01-02.080.002 Corporación de la Vivienda "Con cargo a esta asignación, destínanse a las obras que se indican las siguientes cantidades: para construcción de viviendas de tipo popular en la comuna de Talca Eº 15.000.000; en la comuna de San Clemente Eº 3.000.000; en la comuna de Molina Eº 5.000.000 y en la comuna de Curepto Eº 2.000.000; para la construcción de 300 viviendas en Curanilahue, Eº 9.000.000." Además, deberán destinarse las cantidades necesarias para construir una población en la comuna El Olivar y para continuar las obras en la nueva Población Municipal de Peumo. Item 18-01-02.080.004 Corporación de Servicios Habitacionales "Con cargo a esta asignación, destínase la cantidad de Eº 1.000.005 para construir un balneario popular junto al río Lebu, en la ciudad del mismo nombre, y Eº1.000.000 para construir un balneario popular en Playa Blanca (Lago Lanalue), vecina a la localidad de Contulmo.; Item 18-01-02.080.005 Corporación de Mejoramiento Urbano "Con cargo a esta asignación, destínanse a las obras que se indican las siguientes cantidades: urbanización de los pueblos de Llifén e Ignao, comuna de Lago Ranco, Eº 1.500.00 a cada una; construcción de soleras en la Población La Favorecedora, Antofagasta, Eº 1.000.000; urbanización de la Población Los Sin Casa del personal del Servicio Nacional de Salud, de Antofagasta, Eº700.000; urbanización del cuarto sector de Playa Brava, Iquique, Eº 700.000; pavimentación de calles en los barrios Tropezón y San Martín, de San Fernando, Eº 650.000; para pavimentar calles de Población Montero, Santa Cruz, Eº 580.000; urbanización de 600 sitios en Curanilahue, Eº 3.000.000; pavimentación de calles y soleras en la comuna de Los Alamos, Eº 250.000; pavimentación de calles y soleras en las localidades de Carampangue y Laraquete, provincia de Arauco, Eº500.000; pavimentación de calles y soleras en Contulmo, Eº 300.000, para iniciar la construcción del edificio municipal de Quinta Normal, Santiago, Eº 1.500.000. " Además, deberán destinarse las cantidades necesarias para urbanizar las poblaciones Capricornio, Domingo Yáñez, El Parque y El Roble, de Graneros, y para terminar la urbanización en el sector Estadio y Población Municipal de la comuna de El Olivar. Item 18-01-12.080.007 Corporación de Obras Urbanas "Con cargo a esta asignación, destínanse a las obras que se indican las siguientes cantidades: pavimentación de calle Jaime Repullo, en Huertos Familiares Perales, comuna de Talcahuano, Eº 800.000; para extensión de red de agua potable y pavimentación de calles y soleras en la ciudad de Arauco y en la localidad de Curanilahue, Eº 3.000.000 y Eº 5,000.000, respectivamente; para instalación de luz, agua potable y alcantarillado y otras obras de equipamiento en la campamento Che Guevara, de Curanilahue, Eº 800.000; para instalación de luz y agua potable en la Población Chillancito de Curanilahue, Eº 60.000; para adquisición de terrenos y erradicación de familias en las comunas de Molina, San Clemente, Pelarco y Río Claro, Eº 700.000 a cada una; para operaciones sitio en las comunas de la provincia de Talca, Eº 4.000; para urbanización alumbrado público y domiciliario, agua potable, alcantarillado y desagües de la Población Nº 2 de Batuco, comuna de Lampa, Eº 5.000.000; para alumbrado público de la Avenida Circunvalación de la ciudad de Antofagasta, Eº 1.000.000, y para la ejecución de obras destinadas a dotar de agua potable a la localidad de Domeyko, Eº 5.000.000". Item 18-01-02.081.001 Empresa de Agua Potable de Santiago "Con cargo a estos recursos, la Empresa de Agua Potable de Santiago deberá destinar Eº 1.400.000 para concretar la base del conducto paralelo que impide la pavimentación del sector de Tobalaba comprendido entre Avenida Ossa y el oriente de las comunas de la Reina". Saluda atentamente a Ud. (Fdo.) : Salvador Allende Gossens. - Américo Zorrilla Rojas." 4.- OFICIO DE S. E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA "Nº 23.- Santiago, 3 de enero de 1972. Pongo en conocimiento de V. E. que, en uso de la facultad que me confiere el artículo 46 de la Constitución Política del Estado, he resuelto hacer presente la urgencia para el despacho de los siguientes proyectos de ley: 1.- El que excluye al personal de la Corporación de Fomento de la Producción de la limitación de rentas mensuales establecida en el artículo 1º del D.F.L. Nº 68, de 1960; 2.- El que modifica la ley Nº 17.161, que creó el Colegio de Bibliotecarios; 3.- El que crea el fondo especial para la construcción, equipamiento y funcionamiento de hogares y otorgamiento de becas para hijos de campesinos y mapuches; 4.- El que establece ciertas normas en favor de determinados funcionarios de la Empresa de Comercio Agrícola; 5.- El que modifica algunas disposiciones relativas al subsidio de cesantía de los empleados particulares; 6.- El que autoriza a la Caja de Previsión de los Carabineros de Chile para disponer trabajos en horas extraordinarias, remuneradas, a su personal; 7.- El que autoriza reuniones hípicas extraordinarias en beneficio de la Dirección General de Deportes y Recreación, Federación Ecuestre, Ejército y Carabineros, y 8.- El que crea el Instituto Nacional del Papel Periodístico. Saluda atentamente a V. E. (Fdo.): Salvador Allende Gossens. - José Tohá González." 5.- OFICIO DEL SENADO "12257.- Santiago, 4 de enero de 1972. El Senado ha tenido a bien aprobar, en los mismos términos en que lo ha hecho esa Honorable Cámara, el proyecto de ley que concede, por gracia, una pensión a los hijos de don Alcides Leal Osorio. Lo que tengo a honra comunicar a V. E., en respuesta a vuestro oficio Nº 1.432, de fecha 18 de noviembre de 1971. Devuelvo los antecedentes respectivo. Dios guarde a V. E. (Fdo.): Patricio Aylwin Azócar. - Daniel Egas Matamala." 6.- OFICIO DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL "Nº 24.- Santiago, 3 de enero de 1972. Tengo el honor de comunicar a US., para los fines dispuestos en el artículo 4º del Auto Acordado de este Tribunal, publicado en el Diario Oficial de 11 de diciembre de 1971, el requerimiento por el cual S. E. el Presidente de la República recurre de inconstitucionalidad respecto de diversas disposiciones del Proyecto de Ley de Presupuesto de 1972, del cual acompaño copia, con su proveído. Saluda atentamente a US. (Fdo.) : Enrique Silva Cimma, Presidente. - René Pica Urrutia, Secretario." En lo principal, solicita se declare la inconstitucionalidad de los artículos que indica, incluidos en el proyecto de ley de Presupuestos para el año 1972. En el primer otrosí, se declare la inconstitucionalidad de la partida "Congreso Nacional" incluida en el proyecto de ley de Presupuestos para el año 1972. En el tercer otrosí, se declaren inconstitucionales los ítem del proyecto de ley de Presupuestos para el año 1972, relacionados con los aportes a la Televisión Nacional. En el cuarto otrosí, se tenga presente. Excelentísimo Tribunal Constitucional: Salvador Allende Gossens, Presidente de la República, domiciliado en el Palacio de la Moneda, al Excelentísimo Tribunal digo: Con motivo de la discusión del proyecto de ley de Presupuesto enviado al Congreso con fecha 31 de agosto de 1971, se formularon por distintos señores Parlamentarios, indicaciones que, a juicio del Ejecutivo, son claramente violatorias de la Constitución Política del Estado, por las razones de derecho que más adelante se exponen. Dichas indicaciones se materializaron en los artículos del proyecto aprobado por el Congreso Nacional que transcribimos a continuación, preceptos que han sido rechazados por el Ejecutivo mediante un veto supresivo que se encuentra pendiente ante el Parlamento. Artículo 24.- El Fisco no podrá contraer obligaciones tanto en moneda nacional o extranjera más allá que lo que las Cuentas Nºs 4.200 y 4.300 de esta ley lo autorice. Esta obligación incluirá las operaciones de venta de dólares a futuro que el Fisco realice con el Banco Central. Articulo 25.- Ningún pago de interinato, honorario, contrata o jornal no efectuado hasta el 31 de diciembre y que corresponda efectuarse, podrá considerarse cuenta pendiente, en los casos del personal señalado al que los Servicios aplicaron alguna disposición de la ley Presupuestos de 1971 se tendrá por bien obrado y cuando a ese personal por duda de interpretación se les adeude el reajuste se deberá cancelar de inmediato. Artículo 26.- Queda prohibido el pago de honorarios contra factura en los organismos autónomos del Estado cuyos gastos deban ajustarse al sistema de Decreto de Fondos y en que el nombramiento del personal deba ser tramitado en la Contraloría General de la República. Se exceptúa el caso del pago de servicios profesionales para funciones esporádicas, autorizado previamente, y por resolución fundada, por la Dirección de Presupuestos. Artículo 27.- Los pasajes y fletes que de acuerdo al decreto clasificado de gastos se imputan al ítem 015 "Servicios generales" de las diferentes partidas de la ley de Presupuestos de la Nación para 1972, deberán corresponder a transporte dentro del país o nacional, salvo el caso de las partidas de los Ministerios de Relaciones Exteriores y de Defensa Nacional en que también podrán imputarse al mencionado ítem gastos de pasajes y fletes fuera del país o internacionales. En caso alguno podrán pagarse gastos de pasajes y fletes con cargo a otros ítem, distintos del indicado, del Presupuesto de la Nación. Artículo 28.- El Banco Central de Chile y demás organismos, personas o empresas del sector público no podrán otorgar, aun por concepto de viáticos o asignaciones especiales, a los funcionarios de ese sector y a las personas de esas empresas que viajen al extranjero, una cantidad superior de divisas que las que habitualmente otorga dicha institución bancaria de acuerdo a las resoluciones internas de carácter general que rijan sobre el particular. No se aplicará lo dispuesto en el inciso anterior a los personales de los Ministerios de Relaciones Exteriores y de Defensa Nacional. Los Servicios o Empresas contemplados en la ley de Presupuestos de la Nación no podrá otorgar viáticos, remuneraciones o cualesquiera clase de asignaciones, ni aun por gastos de representación, en moneda extranjera, sin autorización del Banco Central de Chile, la que será otorgada sólo si no se infringe lo dispuesto en el inciso primero. Artículo 29.- Al personal de Educación a contrata, a honorarios o a jornal que se desempeña en las Escuelas de la Administración Pública, que no se le hubiere dado aviso de no renovación de contrato, se le entenderá prorrogado el respectivo contrato durante 1972 y, por consiguiente, se le seguirá pagando oportunamente sus rentas. Los oficiales de presupuesto y la Tesorería continuarán pagando tales rentas desde enero de 1972, con el aumento trienal reconocido y el reajuste que se fije para el año indicado, efectuándose posteriormente el descuento del ítem, de tal manera que dicho personal no quede ningún mes de 1972 sin recibir puntualmente sus remuneraciones. Artículo 30.- En los casos de servicios públicos que hubieren aplicado el artículo 38 de la ley Nº 17.399, sin dictar los respectivos decretos, se tendrá por bien obrado, salvo que el personal a honorarios o a contrata no hubiere percibido alguno de los beneficios ordenados por el citado artículo 38, caso en el cual los oficiales da presupuesto respectivo y la Tesorería pagarán de inmediato los beneficios omitidos, efectuando posteriormente el descuento interno del ítem correspondiente. Artículo 31.- El personal que el año 1971 se pagó por desempeño interino a honorarios, a contrata o a jornal, que no hubiere sido notificado de la no renovación de su interinato o contrato, se le seguirá cancelando desde enero de 1972, con el reajuste legal que corresponda, efectuándose posteriormente el descuento interno del ítem, de modo que no quede ningún mes sin percibir oportunamente sus remuneraciones. En el caso del personal señalado que no tuviere su decreto o resolución tramitada en 1971, se le continuará pagando mientras se tramita la resolución respectiva. Cuando se tramite el decreto de fondos corresponderá a cada Servicio la dictación inmediata de las resoluciones de prórroga, las cuales incluirán los casos de decretos no tramitados. Artículo 32.- Decláranse prorrogados automáticamente por todo el año 1972, los contratos del personal de los Servicios de la Administración del Estado que hubieren estado vigentes el año 1971. Artículo 33.- Deberá llamarse a concurso de antecedentes para hacer la designación de funcionarios ya sea en cargo de plantas, a contrato u honorarios, cuando se trate de empleos correspondientes a instituciones fiscales, semifiscales, de administración autónoma, de empresas del Estado o en aquellas que el Fisco o instituciones del Estado tengan aporte o les corresponde su administración. Los concursos se harán en la capital de la provincia donde deba desempeñarse el cargo, debiendo publicarse para ellos los avisos correspondientes en un periódico de la provincia si lo hubiere y en todo caso en el Diario Oficial los días lºs y 15 del mes precedente al que deba llevarse a cabo el concurso. Una Comisión integrada por el Jefe Provincial del Servicio, institución o empresa que corresponda, por el delegado del personal y un funcionario designado por el Contralor General de la República resolverá acerca del concurso y de quienes sean los favorecidos. No se aplicará esta disposición a los cargos que deban llenarse por ascenso a los que en su designación sean de la exclusiva confianza del Presidente de la República. Artículo 34.- Los cargos directivos del Sector Agropecuario establecidos por decreto 412 de noviembre del año 1970 y que tengan tuición sobre Ingenieros, Médicos Veterinarios e Ingenieros Forestales deben ser llenados por profesionales colegiados de estas disciplinas. Artículo 35.- Reemplázase el Nº 3) del artículo 265 del D.F.L. Nº 38, de 1960, por el siguiente: "3) En la enseñanza secundaria, para funciones docente-directivas o docente propiamente tales, el título de profesor de Estado, otorgado por la Universidad de Chile, por la Universidad Técnica del Estado o por las Universidades reconocidas por el Estado, en la correspondiente asignatura; y en las Escuelas Primarias Anexas a los Liceos, el título de Normalista y cinco años de servicios en la Enseñanza Fiscal, a lo menos.". Artículo 36.- Declárase, para todos los efectos legales, que los funcionarios de la Corporación de Mejoramiento Urbano que se desempeñen como jefes de departamento, que hubieren estado en comisión de servicio fuera de la institución por más de seis meses o completen este tiempo en el curso del año 1972, tendrán derecho a que se les considere la comisión de servicio como medida de eliminación del cargo. Artículo 37.- Declárase aplicables a todos los Servicios Públicos los artículos 147, inciso primero, y 150 del D.F.L. Nº 338, de 1960, y suspéndese la aplicación del inciso segundo del artículo 36 del mismo texto legal. Por razones de servicio, las comisiones podrán prorrogarse por una sola vez, si concurriere el asentimiento del respectivo funcionario. No obstante, cuando impliquen cambio de residencia habitual de funcionarios que no realicen funciones fiscalizadoras, no podrán ser superiores, en ningún caso, a 30 días dentro del año calendario. Artículo 38.- Los trabajadores del sector público y del sector privado de las provincias afectadas por el sismo del 8 de julio de 1971, no podrán ser trasladados ni destinados sin su consentimiento durante el presente año. Artículo 39.- Durante el año 1972, los trabajadores de los servicios fiscales, organismos e instituciones semifiscales o autónomas, empresas estatales y, en general, de las reparticiones de la Administración Civil del Estado, y de las Municipalides, no podrán ser removidos de sus cargos sino en virtud de las causales y de acuerdo con los procedimientos establecidos en las leyes en actual vigencia. En los servicios fiscales, organismos e instituciones semifiscales o autónomas, empresas estatales y, en general, en las reparticiones de la Administración Civil del Estado, las destinaciones que impliquen cambio del cargo que desempeña el funcionario o cambio de su residencia habitual, sólo podrán aplicarse con su consentimiento. Respecto de las medidas disciplinarias que signifiquen la separación de los personales de la Administración Civil del Estado comprendidos en el inciso anterior, los afectados tendrán siempre recurso de apelación ante la Contraloría General de la República, dentro del plazo de cinco días hábiles contado desde la fecha en que se les notifique la sanción. Los trabajadores del sector público que actualmente pueden ser removidos discrecionalmente de acuerdo con las facultades previstas en las leyes orgánicas de los respectivos Servicios, sólo podrán cesar en virtud de las causales establecidas en los números 2, 4, 6, 7, 11 y 12 del artículo 2º de la ley Nº 18.455, y siempre que la Contraloría General de la República se pronuncie sobre la legalidad de la medida, aplicando para ello las disposiciones de la su ley orgánica. El término de los servicios de los trabajadores de las empresas en que el Estado o sus organismos tengan aporte mayoritario de capital y de las empresas intervenidas o requisadas, sólo podrá hacerse efectivo en virtud de las causales mencionadas en el inciso precedente y en conformidad con los procedimientos que señala la ley Nº 16485. Cuando el Juzgado resuelva que la terminación del contrato ha sido injustificada, ordenará de oficio la inmediata reincorporación del trabajador a sus labores habituales, con derecho al pago de las remuneraciones correspondientes al período en que estuvo separado de sus funciones, considerándose como efectivamente trabajado para todos los efectos legales. Si se negare, en el mismo proceso en que el Tribunal haya resuelto que la terminación del contrato ha sido injustificada, el trabajador podrá en forma incidental demandar ejecutivamente en cada período de pago el cobro de las remuneraciones que devengue. El empleador sólo podrá oponer a la ejecución las excepciones de pago y de prescripción. El Tribunal, además, en el mismo juicio ejecutivo, de oficio, aplicará al empleador una multa no inferior a cincuenta sueldos vitales mensuales, Escala A), del departamento de Santiago, en cada período en que no solucionare las remuneraciones correspondientes al trabajador. Las normas establecidas en el inciso precedente se aplicarán a los profesionales que presten servicios permanentes en las empresas y organismos referidos sobre la base de honorarios periódicos. Los profesionales que durante parte del año 1971 hayan prestado servicios permanentes sobre la base de honorarios periódicos en las empresas y organismos aludidos en el inciso segundo de este artículo, y a los cuales se les haya removido de sus cargos por razones ajenas a la falta de idoneidad profesional o incumplimiento grave de sus obligaciones profesionales o administrativas, tendrán derecho a solicitar su reincorporación inmediata, en las mismas condiciones profesionales, administrativas y económicas que tenían al momento de su remoción, más el reajuste correspondiente al año 1972. Si el organismo respectivo se negare a reincorporar al profesional en el término de tres días contados de que se solicite, éste tendrá derecho a reclamar al Juzgado del Trabajo correspondiente dentro de los diez días siguientes a la negativa. El reclamo se tramitará de acuerdo a las normas establecidas en la ley Nº 16.455. En la sentencia que acoja el reclamo se aplicará al organismo infractor una multa no inferior a cincuenta sueldos vitales mensuales, Escala A), del departamento de Santiago. El profesional devengará las rentas que le correspondan desde la fecha en que solicite su reincorporación y, en caso de negativa, podrá demandar incidentalmente su pago en la forma señalada en el inciso octavo de esta disposición. Los Servicios, instituciones o empresas que tengan facultades para fijar sus plantas sin necesidad de ley, deberán encasillar necesariamente en otros empleos de a lo menos igual remuneración al personal cuyos cargos se resuelva suprimir, transformar o cambiar de denominación. Las designaciones que se efectúen en los Servicios, instituciones o empresas mencionadas, no podrán significar a los funcionarios afectados disminución de las remuneraciones de que estaban gozando al momento de efectuarse la designación, cualquiera que sea la denominación de ésta. Las normas anteriores no serán aplicables al personal de las Fuerzas Armadas, del Cuerpo de Carabineros de Chile, ni a los funcionarios de la confianza exclusiva del Presidente de la República, quienes continuarán afectos a sus regímenes especiales. Artículo 40.- Al personal de los Servicios de la administración descentralizada del Estado, cuya expiración de funciones no se rige por el Estatuto Administrativo o por la ley N° 16.455, se le aplicará el régimen de expiración de funciones contemplado en el D.F.L. Nº 338, de 1960. En todo caso, los afectados por medidas de carácter expulsivo podrán apelar a la Contraloría General de la República de las resoluciones respectivas, dentro del plazo de cinco días hábiles, contado desde la fecha de su notificación. Artículo 41.- Durante el año 1972, el empleado podrá recurrir a la Contraloría General de la República, dentro del plazo señalado en el artículo 36 del D.F.L. 338, de 1960, y solicitar la revisión de su calificación cuando ésta correspondiere a lista tres o cuatro y, a su juicio, hubiere sido acordada injustamente. La Contraloría General de la República ratificará o anulará la calificación recurrida. En este último caso se mantendrá vigente la calificación inmediatamente anterior. Artículo 42.- En los cargos vacantes que existan al 31 de diciembre de 1971, o que vaquen dentro de los seis primeros meses de 1972, en las Plantas Permanentes de los Servicios de la Administración Civil del Estado, cuando no haya lugar al ascenso, tendrán derecho a ser designados los funcionarios que se encuentren prestando servicios a contrata a lo menos durante el lapso de un año a esa fecha, siempre que reúnan los requisitos legales inherentes al desempeño del cargo y que no se hayan hecho acreedores a medida disciplinaria en virtud de sumario administrativo. Los interesados deberán impetrar su derecho, acreditando los antecedentes del caso, dentro de los treinta días siguientes a la correspondiente publicación. Si al vencimiento de este plazo no existieren interesados para determinado cargo, la Administración podrá resolver su provisión de acuerdo con las normas ordinarias vigentes. En caso de optar varias personas a un mismo cargo, prevalecerá la antigüedad de la calidad de contratado dentro de la Administración y, al producirse coincidencia, el hecho de pertenecer al Servicio donde exista la vacante. Si también se produce coincidencia en cuanto a este último elemento, decidirá el jefe superior respectivo. En estos nombramientos, la Contraloría General de la República exigirá que se acompañen los antecedentes originales completos de todos los postulantes a los cargos y de las medidas de publicidad mencionadas. Artículo 43.- La norma sobre inamovilidad del inciso tercero del artículo 100 del D.F. Nº 338, de 1960, se aplicará sin excepciones a todos los dirigentes de las Asociaciones de la Administración Pública sin que obste a ella la naturaleza o carácter de sus empleos. Artículo 44.- Declárase, para los efectos de lo establecido en el Nº 5 del artículo 72 de la Constitución Política del Estado, que son oficiales de las Secretarías del Presidente de la República los empleados que desempeñan funciones administrativas no profesionales ni técnicas, vinculadas directamente con el despacho, en los Departamentos Administrativos y Gabinetes de las Secretarías del Estado. Artículo 45.- No obstante lo dispuesto en el artículo 39, dentro del plazo de 120 días, contado desde la publicación de la presente ley, el Presidente de la República y/o los respectivos Consejos o Directorios de las instituciones u organismos mencionados podrán poner término a las funciones de sus empleados que hubiesen expresado por escrito su voluntad de acogerse a lo establecido en la presente disposición. Los funcionarios que dejen de pertenecer a estas instituciones u organismos por aplicación de lo dispuesto en el inciso anterior, tendrán derecho al goce íntegro de sus remuneraciones por todo el año 1972, sin perjuicio de los derechos previsionales que les correspondan de conformidad con la legislación vigente. Sin embargo, no regirá respecto de ellos el artículo 58 de la ley Nº 7.295. Artículo 46.- Lo dispuesto en los artículos 32, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43 y 44 anteriores prevalecerá respecto de cualquiera disposición en contrario que rija para el personal de los Servicios, instituciones y organismos a que ellas se refieren. Artículo 47.- Las instituciones públicas o empresas, en que el Estado tenga alguna participación en su propiedad o bien estén intervenidas o requisadas por él mismo, incluidos los bancos, no podrán, con cargo a fondos fiscales o propios, adquirir acciones, títulos u otras formas de propiedades de empresas existentes en poder de particulares, salvo por mandato expreso de una ley. Artículo 48.- Las instituciones del Estado, tanto centralizadas como descentralizadas, incluidas las empresas en que el Estado tenga participación, que recurran al sistema bancario privado o estatal, incluido el Banco Central, deberán comunicar dichas operaciones a la Cámara de Diputados a más tardar 30 días después de firmada o aprobada la operación. Artículo 49.- La Contraloría General de la República fiscalizará en el año 1972 a todas las instituciones fiscales, semifiscales, descentralizadas, empresas del Estado o aquellas en que el Estado tenga aporte o intervenga en su administración. Artículo 50.- Los Servicios e instituciones de la Administración Pública, las empresas del Estado, o aquellas en que el Estado tenga aporte o participación, todas las instituciones del sector público, y las empresas requisadas o intervenidas mientras dure la requisición o intervención, no podrán incurrir en gastos por concepto de publicidad, difusión o relaciones públicas, tales como afiches, avisos, inserciones o promoción de cualquier especie en periódicos, radios, televisión, cines, teatros, revistas, etcétera, ni contratar con agencias publicitarias. Los avisos de llamados a propuestas, las notificaciones oficiales y cualesquier otra publicación que imponga la ley, se harán sólo en el Diario Oficial. El Presidente de la República, por decreto fundado del Ministerio del Interior, podrá exceptuar a cualesquiera de los Servicios, empresas o instituciones a que se refiere el inciso de la prohibición establecida en precepto, para el solo efecto de que la entidad exceptuada pueda publicar o difundir aquellas informaciones que sean necesarias para el debido desempeño de las funciones propias del Servicio respectivo, dentro de las normas que a continuación se indican: a) Los recursos destinados a este fin no podrán invertirse en menos de un 35% en radioemisoras; 35% en diarios por cada Servicio, empresa o institución; y un 5% en cinematografía; b) La distribución de la difusión que se realice por televisión se hará por iguales partes entre Televisión Nacional de Chile y las Universidades autorizadas, las que podrán invertir estos recursos en la extensión independiente de sus transmisiones a través del país; c) La difusión que se haga en diarios, se distribuirá entre todos ellos, en relación con el personal que cada uno de ellos tuvieren contratado al 31 de diciembre de 1971; d) La difusión por radioemisoras se hará entre todas ellas en proporción directa al resultado de multiplicar la respectiva potencia instalada por el número de personas contratadas por la misma emisora al 31 de diciembre de 1970, y e) En caso que la difusión tenga carácter regional y esté dirigida a sólo una o más provincias determinadas, las reglas contenidas en las letras anteriores se aplicarán con relación a los medios de difusión de la o las provincias afectadas. Cada decreto fundado contendrá las distribuciones de la difusión que se autorice entre los distintos medios de comunicación, conforme a las reglas anteriores. Para los efectos señalados en las letras c) y d), la respectiva empresa informará al Ministerio del Interior, mediante declaración jurada visada por la respectiva institución previsional, acerca del número de personas contratadas al 31 de diciembre de 1971, y la Superintendencia de Servicios Eléctricos, de Gas y Telecomunicaciones lo informará acerca de la potencia instalada en cada emisora. Artículo 51.- Todas las importaciones que realice la Empresa de Comercio Agrícola, deberán ser hechas por propuesta pública, sean éstas nacionales o internacionales. Artículo 52.- Suprímese la facultad de abordar la ejecución de obras mediante el sistema de administración delegada, que dispone el artículo 50 de la ley 15.840, salvo casos de interés público que específicamente calificará la Dirección General de Obras Públicas. Artículo 53.- Remplazase el punto final del artículo 49 de la ley 15.840 por una coma, y agréganse las siguientes palabras e inciso final: "dentro de los 30 días de evacuado el correspondiente informe de la Dirección General de Obras Públicas". "Si dentro de este plazo no se dictare el Resuelvo correspondiente, la Dirección General de Obras Públicas deberá resolver dentro de los próximos 10 días hábiles". Artículo 54.- Todos los trabajos contratados a honorarios en las Direcciones dependientes de la Dirección General de Obras Públicas deberán ser autorizados por el Director General de la misma. Artículo 55.- Durante el año 1972, auméntase en un 100 el valor máximo de los contratos de estudios, de proyectos, de ejecución de obras y de sus modificaciones, liquidaciones y cancelaciones sobre los cuales corresponda resolver al Director General de Obras Públicas en conformidad a los términos del artículo 49 de la ley Nº 15.840, reglamentado por el decreto Nº 62 de 1971 del Ministerio de Obras Públicas y Transportes. La misma disposición será aplicable a la Dirección General de Aguas en lo que se refiere a los contratos de estudio. Artículo 56.- Facúltase a la Dirección General de Obras Públicas para enajenar directamente, por subasta pública, las maquinarias, elementos y repuestos que queden en desuso. Los fondos que se obtengan de estas enajenaciones, incrementarán los fondos del presupuesto de capital de la Dirección General de Obras Públicas. Asimismo, facúltase a la Dirección General de Obras Públicas, y a sus servicios dependientes, para vender los antecedentes, proyectos y planos de petición de las propuestas que solicite, tanto para la ejecución de las obras, como para la adquisición de maquinarias y elementos. Las mismas disposiciones serán aplicables a la Dirección General de Aguas. Artículo 57.- El 85%, a lo menos, de la Inversión de Presupuesto de capital de cada una de las Direcciones del sector obras públicas del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, para el año 1972, y otros fondos por concepto de aportes, erogaciones o leyes especiales, deberá realizarse exclusivamente mediante el sistema de contrato adjudicado por propuestas públicas. Artículo 58.- Los contratos de los Ministerios de Obras Públicas y Transportes y de la Vivienda y Urbanismo, podrán ser modificados por concepto de aumentos y disminuciones de obra, obras nuevas o extraordinarias, alterando su valor en los montos necesarios, siempre que estas modificaciones sean conducentes a cumplir el objetivo mismo del proyecto o a asegurar su estabilidad y saneamiento cuando las condiciones geológicas o climáticas así lo requieran. Estas modificaciones sólo podrán referirse a los kilometrajes o áreas del proyecto o materia del contrato. Sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso anterior, las obras que excedan del kilometraje o área del proyecto o materia de un contrato, podrán dar motivo a aumentos del valor del mismo cuando, a juicio del Director del Servicio o Jefe del Departamento, según se trate del Ministerio de Obras Públicas y Transportes o del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, fueren necesarios y convenientes, y siempre que, en total, no sobrepasen el 10% del contrato inicial actualizado. Artículo 59.- Los decretos o resoluciones que adjudiquen contratos para la ejecución de obras públicas por cualquier sistema diverso al de propuestas públicas, se publicarán en el Diario Oficial, incluyendo el presupuesto que se convenga, dentro de los 30 días de firmar el decreto correspondiente. Artículo 60.- Con cargo al presupuesto de capital del sector obras públicas del Ministerio de Obras Públicas y Transportes para el año 1972, no podrá contratarse ningún tipo de personal, salvo para ejecutar obras por administración directa y pre. vía resolución fundada del Director General de Obras Públicas, que determinará, por una sola vez, el total de los empleados y obreros que la faena requiera y que se publicará en el Diario Oficial. Artículo 61.- El Senado podrá internar libremente, durante el año 1972, los vehículos necesarios, para reemplazar los actualmente en servicio. Autorízase, asimismo, a dicha Corporación, para enajenar directamente los que actualmente posee, a fin de contribuir al financiamiento de la importación permitida por este artículo. Artículo 62.- A contar del lº de enero de 1972, el Instituto Corfo del Norte (IN-CONOR), destinará la cantidad de cinco millones de escudos al año, para desarrollar en los departamentos de Iquique y Pisagua un plan de construcción, reparación, ampliación y mantenmiento de locales escolares, incluyendo obras complementarias y alhajamiento de ellos. Estos recursos se destinarán de los fondos del cobre que corresponde invertir en ambos departamentos, pero no se considerarán los que deban percibir las municipalidades de los departamentos de Iquique y Pisagua. El Instituto Corfo del Norte pondrá estos fondos a disposición de la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales para que cumpla lo dispuesto en esta ley. Artículo 63.- Reemplázase, durante el año 1972, la segunda frase del artículo 3º de la ley Nº 9.864, por el que se expresa a continuación: "La determinación del costo del alumno fiscal y la del monto de subvención a que se refiere el Artículo lº de la presente ley, se hará por decreto del Ministerio de Educación Pública que deberá dictarse antes del 30 de junio de cada año. A este efecto la Oficina de Presupuestos del indicado Ministerio deberá considerar los gastos efectuados por el Estado en el año precedente y las asistencias medias registradas en los diversos establecimientos fiscales en eses mismo año escolar. El decreto que se dicte determinará, asimismo, el reajuste del monto de la subvención del año anterior, el que será igual a la diferencia entre el monto de subvención por alumno del año precedente y el que se establezca de acuerdo al inciso anterior. Sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso primero, en el caso de que el decreto aludido no se encontrare tramitado a la fecha mencionada, el Ministerio de Educación cursará las resoluciones de pago de subvención de los establecimientos educacionales particulares. El monto unitario de esta subvención provisoria será el mismo del año precedente, ajustado en el porcentaje de variación del índice de precios al consumidor del último año, establecido por el Instituto Nacional de Estadísticas. El monto de subvención así determinado servirá, además, al Ministerio de Educación para ordenar el pago del reajusta de la subvención del año precedente, que será igual a la diferencia entre el monto de ésta y el que empieza a regir. Las diferencias a favor o en contra de los establecimientos particulares que resultaren como consecuencia de la diferencia entre el monto real de subvención, establecido conforme al inciso primero de de este artículo, y el monto provisorio, establecido de acuerdo al inciso tercero, se abonarán o descontarán a la subvención que les corresponda recibir en el año siguiente, o al reajuste de la subvención del último año. Artículo 64.- El financiamiento de los colegios particulares pagados no estará sujeto a los controles de DIRINCO y será determinado por los estamentos de cada colegio. Artículo 65.- Autorízase al Presidente de la República para contratar en el extranjero créditos hasta por la suma de US$ 8.000.000 los que se invertirán en la adquisición de equipos destinados al servicio de aseo y entregados con tal objeto a las Municipalidades del país. La selección de ellos y su distribución se hará en conjunto con la Conferencia Nacional de Municipalidades de Chile. La importación debe ser previamente visada por el Comité Asesor de Créditos Externos del Ministerio de Hacienda. Artículo 66.- Las Corporaciones, Juntas o instituciones de desarrollo regional, sin perjuicio de las atribuciones que les confieren sus leyes orgánicas, podrán efectuar directamente adquisiciones que no excedan de treinta mil escudos. Las adquisiciones directas por cantidades superiores a treinta mil escudos deberán hacerlas mediante propuestas públicas o a través de la Dirección de Aprovisionamiento del Estado, según lo resuelva la respectiva Corporación, Junta u organismos de desarrollo regional. Artículo 67.- Las Juntas Locales de Auxilio Escolar, a proposición fundada de su Presidente, podrán invertir la totalidad de los recursos del 5% del aporte municipal, en las necesidades de las escuelas y demás establecimientos educacionales de las respectivas comunas. Para estos efectos, las Juntas Locales procederán a efectuar los giros correspondientes a través de su Presidente, sin mediar autorización previa de las Juntas Provinciales y Nacional. Los gastos que se efectúen en conformidad a este artículo deberán estar circunscritos a las materias señaladas en el artículo 2º de la ley Nº 15.720 y de todo ello se deberá dar cuenta a la Junta Provincial respectiva. Los Tesoreros Comunales o Municipales, según sea el caso, deberán entregar los aportes municipales a la respectiva Junta Local de Auxilio Escolar y Becas. Todo este articulado transgrede lo dispuesto en los artículos 44, Nº 4 y 48 de la Constitución Política del Estado, como paso a demostrarlo: I.- Infracción del artículo 44 Nº 4 de la Constitución Política del Estado: Dispone este precepto: "Sólo en virtud de una ley se puede: "4º.- Aprobar anualmente el cálculo de entradas y fijar en la misma ley los gastos de la administración pública. La ley de Presupuestos no podrá alterar los gastos o contribuciones acordados en leyes generales o especiales. Sólo los gastos variables pueden ser modificados por ella; pero la iniciativa para su aumento o para alterar el cálculo de entradas corresponde exclusivamente al Presidente de la República. El proyecto de Ley de Presupuestos debe ser presentado al Congreso con cuatro meses de anterioridad a la fecha en que debe empezar a regir; y si, a la expiración de este plazo, no se hubiere aprobado, regirá el proyecto presentado por el Presidente de la República. En caso de no haberse presentado el proyecto oportunamente, el plazo de cuatro meses empezará a contarse desde la fecha de la presentación. No podrá el Congreso aprobar ningún nuevo gasto con cargo a los fondos de la Nación, sin crear o indicar, al mismo tiempo, las fuentes de recursos necesarios para atender a dicho gasto;" Esta norma fue introducida por la Comisión redactora de la Constitución de 1926 con el claro propósito de evitar los graves inconvenientes derivados de la posibilidad que tenía el Congreso de emplear, como presión ilegítima frente al Ejecutivo, la demora en el despacho de esta ley. Para ello se estableció un sistema especialísimo de aprobación, distinto del aplicable a la ley común, mediante el cual podía llegar a convertirse en ley un conjunto de normas que no habían sido aprobadas por una de las partes del órgano legislativo. Demás está decir que, siendo esta disposición constitucional una norma de excepción está restringida o limitada únicamente a las normas presupuestarias y que el pretender extenderla a otras que reglen materias ajenas a ellas, constituye una flagrante violación al espíritu y a la letra de la Constitución. Sin embargo de lo dicho, que es la única forma correcta de aplicar la ley constitucional, una viciosa práctica ha llevado a incluir en la ley de Presupuestos disposiciones que regulan materias ajenas a ella, con el único y exclusivo objeto de obtener un despacho más rápido de las mismas. Es voluntad del Ejecutivo poner término a esta práctica que se contrapone con nuestra Carta Fundamental y que desvirtúa los propósitos del constituyente. Es por eso que en el primer proyecto de ley de Presupuestos que ha correspondido a mi administración elaborar y proponer, se han incluido disposiciones estrictamente presupuestarias, contrariamente a lo que había ocurrido en el pasado. Ellas corresponden a los artículos 1º al 22, ambos inclusive, del proyecto aprobado por el Congreso y que se acompaña en el primer otrosí signado con la letra b). Confirma esta actitud el hecho de haberse enviado un proyecto de ley independiente que contiene disposiciones no presupuestarias incluidas en años anteriores en la ley de Presupuestos. Dicho proyecto se acompaña también y lleva la letra c). Para determinar cuándo una disposición constituye una norma presupuestaria, basta recurrir a la Constitución, pues ella ha definido qué se entiende por ley de Presupuesto. En efecto. El artículo 44 Nº 4 dispone que sólo en virtud de una ley se puede: "4º Aprobar anualmente el Cálculo de Entradas y fijar en la misma ley los gastos de la administración pública. La ley de Presupuestos no podrá...". Luego, constituye ley de Presupuestos aquel conjunto de normas que aprueben el Cálculo de Entradas y fijan los gastos de la administración pública. Esta definición se ve desarrollada por el D.F.L. Nº 47, de 1959, ley orgánica de Presupuestos, que determina las partes de que ella consta, sus características, etcétera. En consecuencia, cualquiera norma que no se relacione directamente con el Cálculo de Entradas y la fijación de los gastos de la administración pública, no es presupuestaria y su inclusión dentro de la ley de Presupuestos constituye una clara transgresión de las disposiciones constitucionales que rigen esta materia, ya que la Constitución dio reglas de formación distintas sólo para la tramitación y aprobación de esta ley, debido a sus especiales características. En el caso específico que motiva este recurso, es manifiesto que los artículos agregados al proyecto del Ejecutivo por medio de indicaciones parlamentarias y que figuran en el texto aprobado por el Congreso con los números 24 al 67, ambos inclusive, no se refieren a la aprobación del Cálculo de Entradas ni a la fijación de los gastos de la administración pública. Por consiguiente, dichos artículos no pudieron ser incluidos en el proyecto de ley mencionado, sin contravenir de manera flagrante el ya citado artículo 44 Nº 4, de la Constitución Política del Estado. II.- Infracción del artículo 48 y del artículo 44 Nº 4 de la Constitución Política del Estado: El artículo 48 de la Constitución Política del Estado dispone: "Todo proyecto puede ser objeto de adiciones o correcciones tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado; pero en ningún caso se admitirán las que no digan relación directa con las ideas matrices o fundamentales del proyecto. Aprobado un proyecto en la Cámara de su origen, pasará inmediatamente a la otra para su discusión." Entre otra de las prácticas inconvenientes que se encontraban enraizadas en nuestro sistema legislativo, estaba la de aprobar leyes cuyo contenido incluía materias que nada de común tenían entre sí: eran las llamadas leyes misceláneas. Su existencia ha dado origen a múltiples dificultades, ya que en ocasiones incluso es difícil establecer con oportunidad y precisión la vigencia de una disposición legal. La doctrina nacional criticó reiteradamente esta forma de legislar y la necesidad de superar esta defectuosa técnica legislativa hizo que en la reforma de la Constitución, aprobada por ley Nº 17.284, de 23 de enero de 1970, se diera al artículo 48 su actual redacción. Junto con ello se modificó el artículo 53 para prohibir al Presidente de la República formular observaciones que no tuvieran relación con las ideas matrices o fundamentales del proyecto. No obstante, esta clara disposición, el Congreso admitió a tramitación y aprobó indicaciones que no cumplían con las exigencias que establece la norma que se comenta. Ello puede comprobarse con la sola lectura de las disposiciones cuya constitucionalidad se impugna mediante este recurso. Ellas no dicen relación con las ideas matrices o fundamentales del proyecto, ya que reglamentan cuestiones ajenas a la ley de Presupuesto. El Ejecutivo fue escrupuloso en respetar la idea matriz del proyecto en conformidad a la definición que de ella hace la propia Constitución Política del Estado. Por tanto, el Congreso se encontraba doblemente limitado: por el artículo 44 Nº 4 por una parte y, por otra, por el mensaje del Ejecutivo en relación a lo que dispone el artículo 48. Cabe hacer presente, por último, que además de las limitaciones antes señaladas, la posibilidad de hacer modificaciones al proyecto por parte del Congreso se encuentra restringida aún de otra forma por el artículo 44 Nº 4, le es dable al Congreso solamente disminuir o suprimir los gastos variables. En consecuencia, cualquier observación que no tenga este objetivo viola el marco constitucional, en virtud de lo cual puede afirmarse que aún no existiendo el artículo 48, que es claro y terminante, el Congreso no habría podido, constitucionalmente, aprobar las indicaciones que se impugnan, dentro del proyecto de ley de Presupuestos. Por tanto, en virtud de las consideraciones de derecho formuladas, y atendido lo dispuesto en los artículos 78 a) y siguientes, 44 Nº 4 y 48 de la Constitución Política del Estado y el auto acordado de ese Excelentísimo Tribunal publicado en el Diario Oficial de 11 de diciembre de 1971, sírvase V. E. declarar la inconstitucionalidad de los artículos aprobados en el proyecto de ley de Presupuestos, números 24 al 67, inclusive, los cuales en esta virtud no podrán convertirse en ley. Primer otrosí.- La Partida 02, "Congreso Nacional", que incluye los presupuestos del Senado, de la Cámara de Diputados y de la Biblioteca del Congreso Nacional, fue aprobada por el Parlamento con un aumento de Eº 39.784.788 y US$ 100.000, sin que para dicho aumento exista iniciativa del Presidente de la República, lo que constituye una clara violación de la Constitución Política del Estado, según se desprende de las razones de derecho que más adelante se suponen. En efecto, el Ejecutivo propuso para el Congreso Nacional un presupuesto total de Eº 188.710.000 y US$ 80.000, y el Congreso aprobó un presupuesto total por la cantidad de Eº 228.484.788 y US$ 188.000, ambos con el detalle que figura en los documentos acompañados. Estos aumentos -todos en gastos variables- trasgreden lo dispuesto en el artículo 44 Nº 4, de la Constitución Política del Estado, cuyo texto completo fue reproducido en lo principal de esta reclamación. Dicha disposición, después de establecer que la ley de Presupuestos no puede alterar los gastos de contribuciones acordados en leyes generales o especiales, declara que sólo los gastos variables pueden ser modificados por ella y reserva en forma exclusiva al Presidente de la República "la iniciativa para su aumento o para alterar el cálculo de Entradas", sin consignar excepción alguna. El texto constitucional es de tan meridiana claridad que nunca se ha puesto en duda, y todos los tratadistas, profesores y juristas están contestes en que al Parlamento sólo le corresponde, en materia de gastos variables, la facultad de suprimirlos o disminuirlos, pero nunca aumentarlos. Por tanto, en virtud de las consideraciones formuladas, y atendido lo dispuesto en los artículos 44, Nº 4, y 78 a) y siguientes de la Constitución Política del Estado y el auto acordado de ese Excelentísimo Tribunal, publicado en el Diario Oficial de 11 de diciembre de 1971, Sírvase V. E. declarar la inconstitucionalidad de los aumentos aprobados en los Presupuestos del Senado, de la Cámara de Diputados y de la Biblioteca del Congreso Nacional, los cuales en esta virtud no podrán convertirse en ley. Segundo otrosí.- Sírvase V. E. tener por acompañados los siguientes documentos: A) Boletín de Indicaciones al articulado del proyecto de ley de Presupuestos para el año 1972. B) Proyecto de ley de Presupuestos para el año 1972, aprobado por el Congreso Nacional. C) Mensaje que propone dar carácter permanente a disposiciones no presupuestarias incluidas en años anteriores en la ley de Presupuestos. D) Mensaje que inicia el proyecto de ley de Presupuestos para el año 1972. E) Oficio enmendatorio al Mensaje a que se refiere la letra D). F) Oficio final del proyecto de Presupuestos. G) Proyecto de Presupuesto del Congreso Nacional presentado por el Ejecutivo. (Partida 02). H) Proyecto de Presupuesto del Congreso Nacional aprobado por el Parlamento. (Partida 02). Tercer otrosí.- Con las asignaciones 015 y 016 del ítem 029 y 006, 007 y 008 del ítem 035 ambos del Programa 02 de la Secretaría y Administración General del Ministerio de Educación Pública, que en su conjunto destinaban la cantidad de Eº 100.800.000 como aporte al Consejo ya los Canales de la Televisión Nacional, el Ejecutivo dio cumplimiento a lo establecido en los artículos 32 de la ley Nº 17.377 y 78 de la ley Nº 17.416, con la distribución que señalan dichas disposiciones legales. La forma como el Congreso Nacional despachó dichos ítem constituye una clara violación de la Constitución Política del Estado, según se desprende de las razones de derecho y de hecho que se exponen seguidamente. El Nº 4 del artículo 44 de la Constitución Política del Estado, reproducido textualmente en el cuerpo de esta presentación, dispone que "La Ley de Presupuestos no podrá alterar los gastos o contribuciones acordados en leyes generales o especiales". Ahora bien, las disposiciones legales antes aludidas establecen que de los recursos a que ellas se refieren deberá destinarse un 10% al Consejo Nacional de Televisión y el resto un 40% al Canal 7 y un 20% a cada uno de los canales 4, 9 y 13. El proyecto aprobado por el Congreso, en las asignaciones 016 y 016 del ítem 029, concede Eº 10.144.000 a cada uno de los canales 4 y 13 y no establece cantidad alguna para el Consejo Nacional de Televisión y los Canales 7 y 9. En consecuencia, el proyecto referido, al no otorgar el total de los recursos que corresponden al Consejo Nacional y a todos los canales de televisión, alteró los gastos acordados en una ley vigente, y por ende, violentó la disposición constitucional referida. No puede ser otro el alcance de la expresión "alterar" que emplea el constituyente en este precepto, pues cuando ha querido dejar libertad para enmendar el proyecto presentado por el Ejecutivo -lo que ocurre con los gastos variables- emplea el vocablo "modificar". Por tanto, en virtud de las consideraciones formuladas, y atendido lo dispuesto en los artículos 44, Nº 4, y 78 a) y siguientes de la Constitución Política del Estado y el auto acordado de ese Excmo. Tribunal, publicado en al Diario Oficial de 11 de diciembre de 1971, Sírvase V. E. declarar la inconstitucionalidad de las asignaciones 015, 016 del ítem 029 del programa 02 de la Secretaría y Administración General del Ministerio de Educación. Cuarto Otrosí.- Sírvase V. E. tener presente que firma este escrito el Ministro de Hacienda, señor Américo Zorrilla a fin de cumplir con el auto acordado de V. E. Enmendado "67", vale. (Fdo.): S. Allende G. - Américo Zorrilla. En lo principal, desistimiento. En el primer otrosí, acompaña documentos. En el segundo otrosí, se tenga presente. Excmo. Tribunal: Salvador Allende Gossens, en el requerimiento de inconstitucionalidad de diversos artículos, ítem y glosas del Proyecto de Ley de Presupuestos para el año 1972, a V. E., digo: Que vengo a desistirme de la petición de declaración de inconstitucionalidad relativa a la Partida 02 Congreso Nacional, contenida en el primer otrosí del escrito de requerimiento. Por tanto, Sírvase V. E. tenerme por desistido de dicha petición. Primer otrosí: Que vengo en acompañar los siguientes documentos: A) Proyecto de Presupuesto del Ministerio de Educación, propuesto por el Ejecutivo. B) Parte pertinente de dicho Presupuesto, aprobado por el Congreso. C) Diario de Sesiones del Senado, en que se debatió la inconstitucionalidad de algunos artículos. Sírvase V. E. tenerlos presente. En el segundo otrosí: Sírvase V. E. tener presente que firma también este escrito el Ministro de Hacienda señor Américo Zorrila Rojas. (Fdo.): S. Allende S. - Américo Zorrilla. Providencia del Tribunal Constitucional "Santiago tres de enero de mil novecientos setenta y dos, a lo principal y tercer otrosí, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 3º del Auto Acordado publicado en el Diario Oficial de 11 de diciembre de 1971, decláranse admisible los requerimientos. Al primer otrosí atendido lo manifestado en lo principal de la presentación de fs. 25, téngasele por desistido. Al segundo y cuatro otrosíes, téngase presente. A los otrosíes primero y segundo fs. 25, téngase presente. Dése cumplimiento a lo ordenado en el artículo 4º del Auto Acordado a que se ha hecho referencia. Oficíese. Fórmese cuaderno separado con los documentos acompañados. Rol Nº 1. (Fdos): Enrique Silva C. - Ramiro Méndez B. - Rafael Retamal L. - Jacobo Schaulsohn N. - Adolfo Veloso F. Pronunciada por el Tribunal Constitucional integrado por su Presidente Enrique Silva Cimma y por los Ministro señores Ramiro Méndez Brañas, Rafael Retamal López, Jacobo Schaulsohn Numhauser y Adolfo Veloso Figueroa. - Rene Pica Urrutia, Secretario Tribunal Constitucional." Conforme con su original, Santiago 3 de enero de 1972. (Fdo.): René Pica Urrutia, Secretario del Tribunal Constitucional." 7.- INFORME DE LA COMISION DE GOBIERNO INTERIOR "Honorable Cámara: Vuestra Comisión de Gobierno Interior pasa a informaros el proyecto de ley, de origen en un Mensaje, con urgencia calificada de "suma' que concede un anticipo del reajuste de remuneraciones para los sectores público y privado, por el mes de enero de 1972. Durante el estudio de esta iniciativa la Comisión contó con la presencia del señor Subsecretario de Hacienda, don Patricio Morales, quien la ilustró acerca de la materia en examen, también concurrió el señor Gabriel Araya, Jefe de Planificación del Ministerio de Hacienda. Atendida la premura que existe en el despacho de esta iniciativa, respecto de la cual la Corporación acordó tratarla en el día de hoy -martes 4 de enero de 1972- en el primer lugar del Orden del Día de la sesión ordinaria, la Comisión acordó facultar a la Secretaría de ella para omitir las menciones a que se refiere el artículo 153 del Reglamento. Se expresa en el Mensaje que el objetivo del proyecto es anticipar por el mas de enero de 1972 el pago del reajuste de remuneraciones que les corresponderá percibir a los sectores público y privado, porque presumiblemente es improbable que el proyecto de carácter general, con trámite de urgencia calificada de "simple", sea ley en el curso del presente mes. Se hace presente que este sistema fue aplicado en el año recién pasado. El monto estimativo del gasto que significa el reajuste general de remuneraciones consultado en el proyecto que se encuentra y queda pendiente en la Comisión, es del orden de los siete mil millones de escudos y expresó categóricamente el señor Subsecretario de Hacienda que los recursos consultados en el ítem señalado en el artículo 2º permiten pagar el anticipo correspondiente al mes de enero de 1972, cuyo costo se estima en quinientos millones de escudos en el mes, ya que el proyecto no contempla la totalidad de los beneficios que se preveen en el proyecto general para todo el año. Se manifestó por el señor Subsecretario de Hacienda de que el monto del alza del índice de precios al consumidor a que se refiere el Nº 1 del artículo lº del proyecto no ha sido fijado a esta fecha -4 de enero de 1972- pero puede estimarse que será aproximadamente de un 20%. También se expresó en el seno de la Comisión, por el mismo señor Subsecretario, frente a una consulta formulada por un miembro de la Comisión, que se encuentra comprendido en el proyecto de anticipo, en el rubro "sector público" el personal de las Fuerzas Armadas y de Carabineros, independientemente del proyecto que se encuentra en estudio y que ha sido anunciado, de modificación de la Planta de ese personal que es desarticulada, con el objeto de hacerla más armónica. Por estas consideraciones y las que os dará el señor Diputado informante, vuestra Comisión de Gobierno Interior os recomienda la aprobación de esta iniciativa, en los mismos términos en que se encuentra concebido el Mensaje y que son los siguientes: Proyecto de ley: "TITULO I Anticipo Reajuste del Sector Público Artículo lº.- Autorízase al Presidente de la República para otorgar, por el mes de enero de 1972, un anticipo del reajuste de las remuneraciones de los trabajadores del Sector Público, incluidos los de las Municipalidades, con arreglo a las normas y modalidades siguientes: 1.- El anticipo será equivalente al porcentaje de alza que haya experimentado el índice de precios al consumidor entre el lº de enero y el 31 de diciembre de 1971, determinado por el Instituto Nacional de Estadística, aplicado sobre las remuneraciones permanentes al 31 de diciembre de 1971, incluidas las de las Municipalidades y excluidas las horas extraordinarias y las asignaciones familiar, de alimentación, las que se fijan en función de sueldos vitales y las que constituyen porcentajes de los sueldos. 2.- A los empleados de la Empresa Portuaria de Chile, se les aplicará el anticipo del Nº 1 de este artículo inclusive sobre las asignaciones establecidas en los decretos del Ministerio de Obras Públicas y Transportes Nºs. 280, de 1969; 98 y 306, de 1970. A los obreros de la Empresa referida, se aplicará el anticipo sobre las remuneraciones imponibles. El anticipo comprenderá, asimismo, los valores considerados en los incisos duodécimo y décimo tercero del artículo 7º de la ley Nº 16.250, declarados permanentes por el artículo 21 de la ley Nº 16.464. 3.- No tendrá derecho a anticipo de remuneraciones el personal cuyo estipendios no sean fijados en escudos, moneda nacional, mientras subsiste para él esta forma de remuneraciones. 4.- Para los efectos de la aplicación del anticipo de la presente ley a los trabajadores de las Municipalidades, no regirán las limitaciones establecidas en los artículos 35 de la ley Nº 11.469 y 109 de la ley Nº 11.860. Facúltase a las Municipalidades para modificar los presupuestos correspondientes a 1972, con el objeto de considerar los mayores gastos que les impone esta ley. 5.- Autorízase a las Instituciones descentralizadas para otorgar a sus personales el anticipo de esta ley, sin necesidad de decreto supremo, entendiéndose modificados sus respectivos presupuestos. 6.- Para los efectos del anticipo, se entiende aumentada en el mismo porcentaje del Nº lº, la remuneración máxima establecida en el artículo 1º del D.F.L. Nº 68, de 1960, y sus modificaciones posteriores. 7.- Respecto de los trabajadores de los servicios que más adelante se indican, el anticipo deberá comprender, además, la cantidad que resulte de aplicar en el mes de enero de 1972 las normas de la siguiente disposición: Concédese a los trabajadores de los servicios que más adelante se señalan a contar del 1º de enero de 1972, una asignación imponible en la misma proporción en que lo sea el sueldo, equivalente al 42% de los sueldos de las categorías y grados de la Escala del D.F.L. 40, de 1959 y sus modificaciones posteriores, que a cada una corresponde, incluido el sueldo superior determinado por la aplicación de los artículos 59 y siguientes del D.F.L. Nº 338, de 1960. Esta asignación sustituye todos los incentivos, asignaciones y demás sobresueldos, imponibles o no imponibles, que estén percibiendo los personales comprendidos en el inciso anterior, con excepción de la asignación familiar, la de alimentación y las concedidas por el Estatuto Administrativo y, en consecuencia, deroganse, a contar de la misma fecha, respecto de dichos personales, todas las disposiciones legales y reglamentarias que establecieron el derecho a percibir las remuneraciones sustituidas. No obstante, los funcionarios a quienes la aplicación de las normas que se derogan hubieren representado una cantidad superior a las que les corresponda por la nueva asignación, percibirán la diferencia por planilla suplementaria la que será imponible y sólo se incrementará por los reajustes compensatorios del costo de la vida. Esta disposición se aplicará a los siguientes servicios: Registro Civil e Identificación. Dirección de Industria y Comercio. Dirección del Trabajo. Servicio Nacional del Empleo. Subsecretaría del Trabajo. Instituto Laboral y de Desarrollo Social. Dirección de Aprovisionamiento del Estado. 8.- Respecto de los trabajadores de los servicios que más adelante se señalan, el anticipo deberá comprender, además, la cantidad que resulte de aplicar en el mes de enero de 1972 las normas de la siguiente disposición: Concédese a los trabajadores de los servicios que más adelante se señalan, a contar del 1º de enero de 1972, una asignación imponible en la misma proporción en que lo sean el sueldo equivalente al 37% de los sueldos de las categorías y grados de la Escala del D.F.L. Nº 40, de 1959 y sus modificaciones posteriores, que a cada uno corresponda, incluido el sueldo superior determinado por la aplicación de los artículos 59 y siguientes del D.F.L. Nº 338, de 1960. Esta asignación sustituye todos los incentivos, asignaciones y demás sobresueldos, imponibles o no imponibles, que estén percibiendo los personales comprendidos en el inciso anterior, con excepción de la asignación familiar, de alimentación y las concedidas por el Estatuto Administrativo y, en consecuencia, deróganse, a contar de la misma fecha, respecto de dichos personales, todas las disposiciones legales y reglamentarias que establecieron el derecho a percibir las remuneraciones sustituidas. No obstante, los funcionarios a quienes la aplicación de las normas que se derogan hubieren representado una cantidad superior a las que les corresponde por la nueva asignación, percibirán la diferencia por planilla suplementaria la que será imponible y sólo se incrementará por los reajustes compensatorios del costo de la vida. Esta disposición se aplicará a los siguientes servicios: Secretaría General de Gobierno. Subsecretaría del Interior. Servicio de Gobierno Interior. Dirección de Asistencia Social. Oficina de Presupuestos del Ministerio del Interior. Subsecretaría de Relaciones Exteriores. Dirección de Registro Electoral. Personal Administrativo y de Servicios Menores de ALALC. Dirección de Fronteras y Límites. Dirección de Turismo. Subsecretaría de Economía. Personal Administrativo y de Servicios Menores de la Subsecretaría de Educación. Personal Administrativo y de Servicios Menores de la Dirección de Educación Primaria. Personal Administrativo y de Servicios Menores de la Dirección de Educación Secundaria. Personal Administrativo y de Servicios Menores de la Dirección de Educación Profesional. Personal Administrativo de los Servicios Menores de la Superintendencia de Educación. Personal Administrativo de los Servicios Menores de la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos. Personal Administrativo de los Servicios Menores del Centro de Perfeccionamiento del Magisterio. Personal Administrativo de los Servicios Menores de la Oficina de Presupuestos del Ministerio de Educación. Subsecretaría de Justicia. Servicio Médico Legal. Oficina de Presupuestos del Ministerio de Justicia. Consejo Nacional de Menores. Subsecretaría de Agricultura. Subsecretaría de Tierras. Fondo de Educación y Extensión Sindical. Dirección de Crédito Prendario. Subsecretaría de Previsión. Subsecretaría de Salud. Subsecretaría de Minería. Servicio de Minas del Estado. Dirección de Deportes del Estado. Corporación de Construcciones Deportivas. 9.- En lo que dice relación con el Servicio Nacional de Salud, el anticipo deberá ajustarse a las normas de la siguiente disposición: Auméntense, en un 29%, a contar del 1° de enero de 1972, los sueldos de los trabajadores del Servicio Nacional de Salud, con excepción de los del Personal regidos por la ley Nº 15.076, del personal sujeto a tarifado gráfico y del personal de empleados particulares. Sobre los sueldos así reajustados, se aplicará el reajuste general establecido en el artículo 1º de esta ley. Otórgase el carácter de permanente, al beneficio concedido por el artículo 4º de la ley Nº 17.272 modificado por el artículo 3º de la ley Nº 17.416. A contar de 1972, cada cuota equivaldrá a un sueldo vital y medio vigente para el año respectivo. Respecto del personal del Servicio Nacional de Salud exceptuado en la disposición recién transcrita, se aplicará el reajuste del Nº 1 de este artículo. 10.- A los trabajadores del Sector Público cuyas remuneraciones totales del mes de enero, incluidos los anticipos que autoriza la presente ley, sean iguales o inferiores a tres sueldos vitales mensuales, escala A) del Departamento de Santiago, se les aplicará, además, lo establecido en la siguiente disposición: Los trabajadores del Sector Público que después de la aplicación de los reajustes de esta ley resulten con una remuneración permanente total, excluidos solamente las asignaciones familiar y de alimentación y la gratificación de zona, igual o inferior a tres sueldos vitales mensuales, escala A) del Departamento de Santiago percibirán un 10% de reajuste adicional sobre dichas remuneraciones. Los trabajadores cuyas remuneraciones permanentes computadas en la forma señalada en el inciso anterior, resulten superiores a dichos tres sueldos vitales, no podrán quedar con una remuneración total inferior a la que corresponda a los que tenían precisamente tres sueldos vitales y, en consecuencia, recibirán, como reajuste adicional, la cantidad necesaria para nivelarlos. Para determinar el derecho a este reajuste adicional, en los casos de los trabajadores que desempeñen dos o más cargos compatibles, se considerará la suma total de las remuneraciones permanentes que perciba en todos los cargas. El reajuste adicional a que se refiere este artículo no incrementará las escalas, se pagará anexo al sueldo base, será imponible en al porcentaje en que lo sea el sueldo y se considerará sueldo base para todos los efectos legales y será absorbido por cualquier mejoramiento que el personal beneficiado obtuviere en el curso del año 1972. En el caso de los jornales, sólo se hará esta distinción cuando se trate de personal sujeto a escalas. 11.- El mismo anticipo del Nº 1º podrá autorizarse respecto de las pensiones que, de acuerdo con la legislación vigente sobre la materia, deben ser reajustadas de acuerdo con la renta de sus similares en servicio activo o por aplicación de la ley Nº 15.386 sobre revalorización de pensiones. 12.- Los anticipos a que se refiere este artículo se descontarán del reajuste que se conceda en 1972. Artículo 2º.- El gasto fiscal que se produzca como, consecuencia de la aplicación de la presente ley se financiará con cargo al ítem 08/01/03/106 -Provisión de fondos para mayores remuneraciones- del Presupuesto vigente. El Presidente de la República podrá autorizar a los Servicios e Instituciones del Sector Público para pagar el anticipo establecido en esta ley con cargo a sus propios presupuestos, sin necesidad de decreto de fondos y ordenar que, posteriormente, se efectúen los traspasos correspondientes. TITULO II Anticipo Reajuste del Sector Privado Artículo 3º.- Los patrones o empresarios del sector privado deberán otorgar a sus empleados y obreros, en calidad de anticipo, por el mes de enero de 1972, el reajuste a que se refieren los incisos siguientes, con las normas y modalidades en ellos establecidas: Reajústanse, desde el lº de enero de 1972, en el porcentaje de alza que haya experimentado el índice de precios al consumidor entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 1971, determinado por el Instituto Nacional de Estadísticas, las remuneraciones pagadas en dinero efectivo, vigentes al 31 de diciembre de 1971, de los empleados y obreros del sector privado no sujetos a convenios, contratos colectivos, actas de avenimiento o fallos arbitrales. El salario mínimo para todos los obreros será, a partir del 1° de enero de 1972, de Eº 3,75 por hora. A partir del lº de enero de 1972, el sueldo mínimo mensual para todos los empleados, incluidos los que ingresen por primera vez a trabajar, será de Eº1.100 en todo el país. El reajuste de los salarios de los garzones, camareros y ayudantes se aplicará sobre la parte fija pagada en dinero, con exclusión del porcentaje legal de recargo. La hora semanal de clases de los profesores a que se refiere la Ley Nº 10.518, se reajustará a contar del lº de enero de 1972, en el porcentaje de alza que haya experimentado el índice de precios al consumidor entre el lº de enero y el 31 de diciembre de 1971, determinado por el Instituto Nacional de Estadísticas. No se reajustarán las remuneraciones que no estén convenidas o pagadas en escudos, moneda nacional. Tampoco se reajustarán aquellas que resulten de aplicar un porcentaje sobre otra remuneración reajustada o sobre un precio que le sirva de base, o las que consistan en porcentajes sobre utilidades, ingresos, ventas o compras. En el caso de los empleados y obreros cuyos contratos de trabajo contemplen remuneraciones a trato, los empleados o patrones, según el caso, harán efectivo el porcentaje de reajuste a que se refiere el artículo 35 sobre el valor unitario del trato, pieza, obra o medida. Se mantienen vigentes todos los sistemas de remuneraciones mínimas, vitales y de reajustes que no hayan sido modificados expresamente por este título, pero los aumentos que procedan en virtud de ellos no podrán sumarse a los de esta ley. Las disposiciones del presente título se aplicarán a las empresas e instituciones del Estado que en conformidad a las normas que las rigen tengan facultades para celebrar convenios colectivos de trabajo. Lo dispuesto en el inciso anterior regirá también para la Polla Chilena de Beneficencia, la Empresa de Agua Potable de Santiago, el Servicio de Agua Potable El Canelo y las empresas bancarias del Estado. Se regirán por las disposiciones de este título el reajuste de remuneraciones de los obreros y empleados agrícolas que trabajen en predios pertenecientes a instituciones de previsión en faenas directamente relacionadas con la agricultura, en los casos en que estén sujetos a convenios, contratos colectivos, actas de avenimiento o fallos arbitrales. Los patrones o empleadores podrán imputar a los reajustes a que se refiere este título los aumentos de remuneraciones o cualquiera otra cantidad que incremente las remuneraciones que el trabajador perciba en cada período de pago y que se hubieren otorgado como anticipo a cuenta del reajuste del año 1972, o con el fin de compensar el alza del costo de la vida ocurrida en los doce meses anteriores al reajuste o dentro del período de mayor vigencia del respectivo contrato colectivo, avenimiento o fallo arbitral. No serán imputables los aumentos anuales o trienales contemplados en el artículo 20 de la Ley Nº 7.295, los que no serán postergados como consecuencia de las disposiciones de esta ley. Artículo 4º.- La autorización concedida por el número 11 del artículo lº de esta ley podrá ejercerse respecto de los beneficiarios de pensiones por servicios prestados al sector privado, tomando en consideración las normas de reajustes de la legislación vigente y el porcentaje de alza del costo de vida a que se refiere el número 1) de este artículo. Artículo 5º.- Los anticipos a que se refiere este título se descontarán del reajuste que se conceda en 1972." Sala de la Comisión, 4 de enero de 1972. Acordado en la sesión 55ª, de esta fecha, con asistencia de los señores Vergara (Presidente accidental) ; Acevedo, Baltra, doña Mireya; Cabello; Klein; Lavandero; Monckeberg; Palza, Ríos, don Héctor y Señoret. Se designó Diputado informante al señor Héctor Ríos. (Fdo.): Clodomiro Bravo Michell, Secretario de Comisiones." 8.- INFORME DE LA COMISION DE RELACIONES EXTERIORES "Honorable Cámara: La Comisión de Relaciones Exteriores pasa a informar el proyecto de ley, originado en un Mensaje, con trámite de urgencia calificada de "simple", por el que se modifica la ley Nº 15.266, en lo relativo al envío de personas al extranjero en representación de Chile. Durante el estudio de la iniciativa de ley en informe, la Comisión contó con la valiosa colaboración del Subsecretario de Relaciones Exteriores, señor Aníbal Palma Fourcade y de los funcionarios de esa Secretaría de Estado señores Eduardo Ormeño y Jaime Herrera. El proyecto de ley que se analiza tiende a solucionar un grave problema de orden económico suscitado para el personal del Servicio Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, con motivo de la aplicación de las normas contempladas en el artículo 28 de la ley Nº 15.266, Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, en cuanto concierne al envío al extranjero por dicha Secretaría de Estado de personas que prestan servicios en el país, en representación de Chile, a reuniones internacionales o en misiones especiales o extraordinarias de carácter temporal. Esta disposición legal preceptúa que tales personas tendrán derecho a pasajes, a menos que le sean proporcionados por organismos internacionales, a sus remuneraciones en moneda corriente y a una asignación en dólares cuyo monto es determinado de acuerdo con las normas que para el efecto se establecen en el mencionado artículo 29, y que a la fecha oscilan entre 28, 67 y 71,67 dólares diarios, cantidades que se consideran exiguas para los funcionarios de categorías inferiores y excesivas para quienes sirven cargos de alta jerarquía. Sin embargo, la solución de este problema no reside en el simple expediente de aumentar las asignaciones de monto inferior y reducir las de cuantía más elevada con el fin de nivelarlas en una cantidad determinada, dado el hecho de los requerimientos económicos de los funcionarios enviados al exterior con representación del gobierno, experimentan apreciables variaciones de un país a otro, y en algunos casos, dentro de un mismo país, como ocurre, por ejemplo, si dichos funcionarios tienen o no el carácter de huéspedes oficiales. Con el objeto de regular equitativamente esta situación es indispensable, entonces, considerar en tales casos el grado del funcionario en el escalafón respectivo, el tratamiento que le proporcionará el país receptor y el costo de la vida que allí se comprueba, puesto que solamente a través de una estimación flexible de las circunstancias señaladas permitirá a los funcionarios enviados en comisión al exterior subvenir en su real monto a sus gastos de vida en el extranjero, evitándose, en esta forma, diferencias injustificadas, y asegurándose, a la vez, el desembolso de divisas fiscales en la cuantía estrictamente necesaria. Cabe destacar, por otra parte, que el artículo 40 de la misma ley Nº 15.266, establece un procedimiento flexible para el otorgamiento de viáticos a los funcionarios destinados en el extranjero y que deben ausentarse de su sede para el cumplimiento de una misión oficial, al prevenirse que ellos percibirán un viático de acuerdo a las disposiciones que fijará el Ministerio de Relaciones Exteriores en el mes de enero de cada año, para lo cual deberá considerarse el costo de vida en cada país, la jerarquía del funcionario y lo dispuesto en la ley de Presupuesto. Estos viáticos han sido determinados para el año en curso, en un monto de 40 dólares diarios y pueden alcanzar hasta el tope de 49,20 dólares diarios con el recargo que en algunos países se reconoce por concepto de costo de vida. El Supremo Gobierno, según lo expresa en el Mensaje que origina el proyecto de ley en informe, considera que la aplicación de los mismos principios contemplados en el artículo 40 ya mencionado, respecto de la fijación del monto de las asignaciones en dólares que deben percibir los funcionarios que sirven en Chile y son enviados en misiones oficiales al exterior, permitirá establecer pagos más justos y más económicos y evitará desigualdades para casos similares en esta materia. Esta finalidad es, precisamente, la que inspira el artículo único de la iniciativa legal en estudio, por lo cual se reemplazan los incisos primero, segundo, tercero y cuarto del artículo 29 de la ley Nº 15.266, Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, por otras normas que preceptúan que las personas que envíe al extranjero el Ministerio de Relaciones Exteriores para representar a Chile en reuniones internacionales o cumplir misiones extraordinarias de carácter temporal, tendrán derecho a pasajes, a menos que ellos le sean proporcionados por algún organismo internacional, y percibirán, además, de sus remuneraciones en moneda corriente, una asignación en dólares por cada día de permanencia fuera del país, asignación que se determinará en cada caso en el decreto respectivo. Esta asignación, en ningún caso, podrá exceder de cincuenta dólares diarios y para determinarla, el Ministerio considerará la categoría del funcionario, la naturaleza de la comisión y el país en que ella deberá desempeñarse. Artículos que, reglamentariamente, deben ser reconocidos por la Comisión de Hacienda. El artículo único del proyecto de ley. El proyecto de ley en informe fue aprobado por unanimidad y no fue objeto de indicaciones. Con el mérito de estos antecedentes y de los que, oportunamente, tenga a bien proporcionar el señor Diputado informante, la Comisión de Relaciones Exteriores recomienda a la Honorable Cámara de Diputados la aprobación del siguiente Proyecto de ley: "Artículo único.- Reemplázanse los incisos primero, segundo, tercero y cuarto del artículo 29 de la ley Nº 15.266, por los siguientes: "Las personas que envíe al extranjero el Ministerio de Relaciones Exteriores para representar a Chile en reuniones internacionales o cumplir misiones extraordinarias de carácter temporal, tendrán derecho a pasajes, salvo cuando ellos le sean proporcionados por algún organismo internacional, y percibirán, además de sus emolumentos en moneda corriente, una asignación en dólares por cada día que permanezcan fuera del país. Esta asignación se determinará en cada caso en el respectivo decreto. Para señalar su cuantía, el Ministerio tomará en consideración la categoría del funcionario, la naturaleza de la comisión que se le ha encomendado y el país donde tendrá que desempeñarse. En ningún caso podrá dicha asignación exceder de cincuenta dólares diarios." Sala de la Comisión, a 28 de diciembre de 1971. Acordado en sesión de fecha 28 de diciembre de 1971, con asistencia de los señores Sívori (Presidente), Arnello, Clavel, Fuentealba Medina, Solís, Vega y señorita Saavedra. Diputado informante se designó al señor Clavel. (Fdo.): Ricardo Valdés Zeballos, Secretario." 9.- INFORME DE LA COMISION DE CONSTITUCION, LEGISLACION Y JUSTICIA "Honorable Cámara: Vuestra Comisión de Constitución, Legislación y Justicia pasa a informaros el proyecto de ley, en trámite reglamentario de segundo informe, que sanciona las ocupaciones ilegales de inmuebles. En conformidad con lo dispuesto en el artículo 154 del Reglamento Interior de la Corporación, se hace mención expresa de lo siguiente: 1º.- De los artículos que no hayan sido objeto de indicaciones ni de modificaciones. Se encuentra en esta situación el artículo 3º del proyecto de ley en informe, el que reglamentariamente deber ser declarado aprobado al iniciarse la discusión particular; 2°.- De los artículos suprimidos. La Comisión, en este trámite reglamentario, no suprimió ningún artículo; 3°.- De los artículos modificados. Se modificaron por simple mayoría los artículos lº y 2º del proyecto; 4º.- De los artículos nuevos introducidos. Se aprobaron por asentimiento unánime, durante el estudio de esta iniciativa legal dos artículos nuevos, signados con los números 4º y 5º; 5º.- De los artículos que deben ser estudiados por la Comisión de Hacienda. No corresponde a la Comisión de Hacienda estudiar este proyecto de ley, y 6º.- De las indicaciones rechazadas por la Comisión. La Comisión rechazó las siguientes indicaciones formuladas durante la discusión general: Artículo 2º 1.- Del señor Tejeda, para suprimirlo (simple mayoría). 2.- Del señor Fuentes, don Samuel para sustituir el término "condenado" por "declarado reo" (unanimidad); 3.- Del mismo señor Diputado, para reemplazar las palabras "condenado por" por las siguientes: "sorprendido en la" (unanimidad); 4.- De los señores Lorca, Alamos, Bulnes, Frías, Ríos, don Mario y Schleyer, para agregar el siguiente inciso: "El que fuere condenado por ocupación ilegal de inmueble destinado a habitación perderá todo derecho a ser asignatario o arrendatario de dicho inmueble, si éste estuviere destinado a venta o arrendamiento, cualquiera que sea su propietario" (simple mayoría); 5.- Del señor Carmine, para consultar el siguiente artículo nuevo: "Artículo...- Introdúcense las siguientes modificaciones al Código Penal: 1.- Sustituyese el inciso primero del artículo 457 por el siguiente: "Artículo 457.- Al que con violencia en las personas o fuerza en las cosas ocupare una cosa inmueble o usurpare un derecho real que otro poseyere o tuviere legítimamente, y al que, hecha la ocupación en ausencia del legítimo poseedor o tenedor vuelto éste le repeliere, además de las penas en que incurra por la violencia que causare, se le aplicará la pena de presidio menor en su grado máximo. Se entenderá existir violencia por concurrir una o más de las circunstancias agravantes señaladas en el artículo 12"; 2) Sustitúyese el artículo 458 del Código Penal por el siguiente: Artículo 458.- Cuando en los casos del inciso primero del artículo anterior se produjeren lesiones graves o muerte de cualesquiera de los participantes en los hechos, los culpables de usurpación serán castigados con la pena de presidio mayor en su grado medio a muerte, sin perjuicio de la pena que corresponda a los autores de las lesiones o muerte. Cuando en los casos del inciso primero del artículo anterior el hecho se llevare a efecto sin violencia en las personas ni fuerza en las cosas, la pena será la de presidio menor en su grado medio", y 3) Agrégase el siguiente Nº 11, al artículo 10 del Código Penal: "1) Al que impida o trate de impedir la consumación de los delitos señalados en los artículos 457 y 458 del Código Penal, cualquiera que sea el daño que ocasionare al agresor", (unanimidad); 6.- Del mismo señor Diputado, para consultar el siguiente artículo nuevo: "Artículo...- Agrégase el siguiente inciso final al artículo 274 del Código de Procedimiento Penal: "Con todo no se encargará reo a aquel que haya actuado favorecido por alguna de las circunstancias eximentes de responsabilidad criminal establecidas en los números 2º, 4º, 5º 6º y 11 del artículo 10 del Código Penal. La resolución que declare improcedente la declaratoria de reo en conformidad a lo dispuesto en este inciso será fundada y podrá revocarse durante el sumario si del curso de la investigación resultare presunción grave de que no concurre la exención de responsabilidad criminal"." (unanimidad), y 7.- Del mismo señor Diputado, para consultar el siguiente artículo nuevo: "Artículo...- Modifícase el artículo único de la ley Nº 17.010 reemplazando por una coma la "y" que está entre los números 433 y 436, agregando a continuación del guarismo "436" la expresión "457 y 458" después de una coma" unanimidad". Asimismo, la Comisión rechazó las siguientes indicaciones formuladas durante el estudio en segundo trámite reglamentario: Artículo 1º 1.- De los señores Millas y Tejeda, para intercalar en el inciso primero, entre las palabras "ocupaciones" y "de", la siguiente frase: "que produzcan daño o alarma pública" (simple mayoría); 2.- De los mismos señores Diputados, para reemplazar en el inciso primero el punto final por una coma y agregar la siguiente frase: "siempre que el juez califiqué el hecho de especial gravedad atendiendo a la antisocialidad de los motivos, al daño causado o a la alarma social producida" (simple mayoría), y 3.- Del señor Tejeda, para intercalar en el inciso primero entre las palabras "induzcan" y "a los" la frase: "o fueren directamente" (simple mayoría). Artículo 2º 1.- De los señores Naudon y Fuentes, don César Raúl, para sustituir la frase final que dice: "ni obtener ninguno de los beneficios establecidos en la ley número 16.640 y sus modificaciones" por la siguiente: "ni obtener derecho a reserva o cualquiera de los beneficios establecidos en la ley Nº 16.640 y sus modificaciones, durante 5 años" (simple mayoría), y 2.-Del señor Tejeda, para agregar la siguiente frase después del punto final: "siempre que el Tribunal así lo establezca en el fallo, pudiendo limitar la prohibición a uno o varios predios" (simple mayoría). El proyecto de ley que, cuya aprobación se propone en este trámite por la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, fue objeto de varias modificaciones tendientes a mejorar su redacción, aclarar el sentido de sus disposiciones, en el entendido que ello permitirá buscar en mejor forma el objetivo perseguido, cual es resolver los problemas derivados de las tomas de terrenos, de viviendas o construcciones, que están produciendo un clima de intranquilidad en diversas regiones del país y que, en definitiva, atenta a los programas y a la política habitacional o agraria del Gobierno. Cabe destacar, de entre las modificaciones aprobadas en esta oportunidad, la que consiste en agregar en el artículo lº, inciso tercero, después de la palabra "No se aplicarán" la siguiente frase: "a los autores materiales de la ocupación". Se expresó en el seno de la Comisión que esta modificación tenía por finalidad determinar en forma precisa y clara que aquella persona que hubiere ocupado un terreno, jen calidad de autor de dicha toma u ocupación, quedará libre de sanción legal si devolviere el inmueble dentro de 48 horas de producido este hecho. Se desea limitar este beneficio solamente a aquella persona que en forma aislada se introduce a un inmueble y lo ocupan. También se aprobó otra indicación, que consiste en agregar en el inciso final del artículo 1º, después de "funcionarios públicos", lo siguiente: "que actúen con abuso de sus funciones". Se pretende con esta modificación sancionar en forma drástica a aquellos funcionarios públicos que, disponiendo de atribuciones y de autoridad, usen de ella para provocar, en forma deliberada, una situación conflictiva que termine con la ocupación de un predio, ya sea rústico o de un inmueble destinado a la habitación. En el artículo 2º se agregó una frase final, después de "modificaciones", redactada en los siguientes términos: "durante el plazo de 5 años". Estimó la Comisión, luego de un extenso debate que era muy fuerte la sanción que se imponía a aquellas personas que fueren condenadas por ocupación ilegal de un predio rústico en el cual no vivía ni trabajaba. Se consideró razonable excluirla de los beneficios de la ley Nº 16.640, sobre Reforma Agraria, por un plazo prudencial de 5 años. Luego, la Comisión aprobó un artículo nuevo, signado con el número 4º, que tiene por objetivo sancionar a aquellos empleados públicos que estando obligados en forma legal a otorgar amparo y protección a una persona que haya sido víctima de una ocupación,' se negaren o dilataren en forma maliciosa a otorgar el amparo debido con las penas señaladas en los artículos 255 y 256 del Código Penal, aumentadas en un grado. Los artículos citados disponen: "Artículo 255.- El empleado público que, desempeñando un acto del servicio, cometiere cualquier vejación injusta contra las personas o usare de apremios ilegítimos o innecesarios para el desempeño del servicio respectivo, será castigado con las penas de suspensión del empleo en cualquiera de sus grados y multa de sesenta a seiscientos escudos". "Artículo 256.- En iguales penas incurrirá todo empleado público del orden administrativo que maliciosamente retardare o negare a los particulares la protección o servicio que deba dispensarles en conformidad a las leyes y reglamentos". Finalmente, se aprobaron dos modificaciones al Código de Procedimiento Penal, tendientes a obtener una agilización en el procedimiento judicial que se debe seguir para determinar las personas que hubieren participado en acto de ocupación ilegal de inmuebles; como, también, se dispone un procedimiento que permita la entrega del terreno ocupado en forma rápida al dueño poseedor o tenedor legítimo, hecho que se puede efectuar en cualquier estado del juicio, siempre que se compruebe el hecho que se investiga por parte del juez. Estimó la Comisión que con estas modificaciones aprobadas, se logrará en forma eficiente que el procedimiento sea expedito y se tramite en un período relativamente corto, para no crear situaciones que a veces son muy difíciles de resolver. Vuestra Comisión de Constitución, Legislación y Justicia os propone que aprobéis el proyecto de ley, en los siguientes términos: Proyecto de ley: "Artículo lº.- Agrégase el siguiente artículo 458 bis, al Código Penal: "Artículo 458 bis.- Si en los casos de los dos artículos anteriores se tratare de ocupaciones de predios rústicos o de inmuebles destinados a la habitación, construidos o en proceso de construcción o de urbanización, perpetradas por grupo o grupos de personas, se impondrá la pena de presidio menor en sus grados mínimo a medio a los que induzcan a los ocupantes, promuevan la ocupación o su mantenimiento y a los cabecillas de la ocupación. Las penas previstas en este artículo se aplicarán en el caso señalado en el inciso anterior, por el solo hecho de haberse producido la ocupación material del o los inmuebles por parte del o los grupos de personas que la consumaren. No se aplicarán a los autores materiales de la ocupación las penas contempladas en este artículo y en los dos precedentes, si se desocupare el inmueble a más tardar dentro de las 48 horas siguientes al requerimiento de la autoridad competente. En caso de reiteración no regirá este beneficio. La desocupación voluntaria del inmueble, con posterioridad, en cualquier tiempo que se produzca, constituirá una circunstancia atenuante de responsabilidad criminal, que autorizará al juez para rebajar prudencialmente la pena. Si en la comisión de este delito tuvieren responsabilidad funcionarios públicos que actúen con abuso de sus funciones, se les aplicará la pena señalada al delito aumentada en un grado". Artículo 2°.- El que fuere condenado por ocupación ilegal de un predio rústico en el cual no viva o trabaje, no podrá ser asentado, asignatario de tierras, socio de una cooperativa de reforma agraria ni obtener ninguno de los beneficios establecidos en la ley Nº 16.640 y sus modificaciones, durante el plazo de cinco años. Artículo 3º.- Los funcionarios públicos o de cualquiera de las Instituciones de Previsión Social, Asociaciones de Ahorro y Préstamo o Corporaciones que se relacionen con el Gobierno por intermedio del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, que alteraren, adulteraren o fingieren, en favor de terceros, el cumplimiento de requisitos legales o reglamentarios, para la obtención de beneficios habitacionales, serán castigados con la pena de presidio menor en cualquiera de sus grados. Si hubiere mediado dádiva o promesa para los funcionarios, incurrirán, además, en las penas que, para el cohecho, señala el artículo 248 del Código Penal. Para los efectos de este artículo, se entenderá que son funcionarios públicos aquellos a que se refiere el artículo 260 del Código Penal. Artículo 4º.- Los empleados públicos que estando legalmente obligados a otorgar amparo y protección a las víctimas de estos delitos, lo negaren o lo dilataren maliciosamente, sufrirán las penas señaladas en los artículos 255 y 256 del Código Penal, aumentada en un grado. Artículo 5º.- Introdúcense las siguientes modificaciones al Código de Procedimiento Penal: 1º.- Agrégase el siguiente inciso final al artículo 80: "En los delitos de usurpación u ocupación ilegal de inmuebles el sumario deberá terminar en el plazo de 30 días desde que se inició; sin embargo, este término podrá prorrogarse hasta por otro período igual y por una sola vez, si el juez lo estima indispensable para el éxito de la investigación, debiendo en tal caso dictarse un auto-motivado y darse cuenta a la Corte de Apelaciones respectiva. La contravención a lo dispuesto en el inciso anterior será sancionada disciplinariamente por la Corte de Apelaciones. El superior jerárquico que corresponda, a petición del juez de la causa deberá sancionar disciplinariamente a todos los funcionarios que entorpezcan, retarden u omitan la práctica de cualquiera diligencia ordenada en un proceso por usurpación u ocupación ilegal de inmuebles", y 2º.- Sustituyese el inciso segundo del artículo 115, por el siguiente: "Lo dispuesto en el inciso precedente no se extiende a las cosas hurtadas, robadas, estafadas, usurpadas u ocupadas ilegítimamente, las cuales se entregarán al dueño poseedor o tenedor legítimo en cualquier estado del juicio una vez que resulte comprobado su derecho y, cuando corresponda, sean valoradas en conformidad a la ley"." Sala de la Comisión, a 3 de enero de 1972. Acordado en sesiones de fecha 22, 29 y 30 de diciembre del año 1971, con asistencia de los señores Merino (Presidente), Arnello, Frías, Fuentes, don César Raúl; Klein, Lorca, Maturana, Millas, Naudon, Salvo, Schleyer, Tejeda, Valenzuela, Vergara y Zaldívar. Se designó Diputado informante al señor Merino (Presidente). (Fdo.): Luís Pinto Leighton, Secretario de Comisiones." 10.- INFORME DE LA COMISION DE CONSTITUCION, LEGISLACION Y JUSTICIA "Honorable Cámara: Vuestra Comisión de Constitución, Legislación y Justicia pasa a informaros un proyecto de ley, de origen en una moción del Diputado señor Luis Tejeda Oliva y con urgencia calificada de "simple", que modifica la ley Nº 7.821, sobre remisión condicional de la pena. Concurrió a la sesión en que se trató esta iniciativa legal el señor Subsecretario de Justicia, quien entregó antecedentes respecto de esta materia y dio a conocer la opinión del Ejecutivo sobre la misma. Se señala en los considerandos de la moción que estudios efectuados en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de Concepción, bajo la dirección del profesor señor Bernardo Gesche, han podido establecer, en forma casi absoluta, que de los tres medios de que dispone la sociedad para obtener la regeneración de un delincuente, es decir, de la remisión de la pena, el indulto y la libertad condicional, la remisión es la que hasta el momento ha producido un resultado más efectivo y ha logrado el fin perseguido. Se agrega que después de 25 años de aplicación de esta norma se ha podido ver que es necesario introducir algunas modificaciones que permitan una mejor aplicación de ella. La ley Nº 7.821, publicada el 29 de agosto de 1944, sobre remisión condicional de la pena, establece en su artículo lº que los tribunales podrán suspender la ejecución de la sanción que imponga la sentencia condenatoria, cuando concurran los siguientes requisitos: a) Que la sentencia aplique una pena restrictiva o privativa de la libertad que no exceda de un año; b) Que el reo no haya sido condenado anteriormente por crimen o simple delito, y c) Que los antecedentes personales del reo y su conducta anterior, la naturaleza, modalidades o móviles determinantes del delito permitan presumir que no volverá a delinquir. Ahora bien, como se señala en la letra a) antes transcrita, la facultad del juez para remitir condicionalmente la pena se limita a que la sentencia haya aplicado una pena restrictiva o privativa de la libertad que no exceda de un año. Se estima por parte del Diputado autor de la moción, criterio que también compartió la Comisión, que el hecho de haberse aprobado una norma legal tan restringida, se justificaba en la oportunidad de su dictación al no conocerse, en la aplicación permanente de la citada disposición, las consecuencias que podrían nacer de ella, pero ahora, después de un período de 25 años, se ha hecho unánime el criterio de ampliar esta facultad con el objeto de permitir que puedan acogerse a ellas un mayor número de condenados, con el propósito de buscar su regeneración e incorporación a la sociedad. Cabe destacar el hecho que en las legislaciones más modernas se deja a criterio del juez la concesión de este beneficio, en atención a la peligrosidad del delincuente y sin consideración a la extensión de la pena que podría corresponderle y es así como llega a más del 60% del total de condenas, mientras que en Chile este beneficio sólo alcanza a un 12,93%, cifra que demuestra la necesidad de considerar medidas que permitan a los magistrados un mayor uso de esta norma legal. Por otra parte, se expresó que una modificación de las disposiciones pertinentes, es decir, aumentando en forma considerable la remisión de las penas, se produciría una reducción notable de la población penal, hecho que como es de conocimiento público, agrava en forma permanente a los establecimientos carcelarios del país. Los antecedentes expuestos movieron al Diputado autor de la moción a proponer que se amplíe la facultad que existe sobre esta materia. Se manifestó durante el debate que la norma que se pretende modificar ha producido buenos resultados en su aplicación, existiendo antecedentes favorables en el sentido de que los beneficiarios con la remisión condicional de la pena no vuelven con frecuencia a delinquir nuevamente. Asimismo, se produjo un cambio de opiniones acerca de si este beneficio debía ser solicitado por la parte o ser aplicado de oficio por el juez. Se concluyó que las disposiciones legales pertinentes son claras y precisas sobre la materia, no existiendo duda al respecto, pero con el objeto de reformar este criterio unánime de la Comisión, se estimó conveniente introducir una modificación en el inciso primero del artículo 1º de la ley Nº 7.821, en el sentido de agregar una frase a continuación de la palabra "suspender", del tenor siguiente: "de oficio o a petición de parte". La Comisión estudió detenidamente el proyecto de ley en informe y le prestó su aprobación por unanimidad en consideración a los antecedentes expuestos, como también, al hecho de que el Ejecutivo comparte el criterio perseguido con la moción y, finalmente, a que ésta permite reincorporar a la sociedad a una gran cantidad de personas que, en alguna oportunidad, han delinquido y que ahora desean rehabilitarse. En conformidad con lo dispuesto en el artículo 153 del Reglamento de la Corporación, se deja expresa constancia de lo siguiente: El proyecto de ley en informe no debe ser estudiado por la Comisión de Hacienda; El artículo único de esta iniciativa fue aprobado por unanimidad, y La Comisión no rechazó ninguna disposición o indicación en este trámite reglamentario. Vuestra Comisión de Constitución, Legislación y Justicia os propone que aprobéis el proyecto de ley en los siguientes términos: Proyecto de ley: "Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones al artículo lº de la ley Nº 7.821, de 29 de agosto de 1944, sobre remisión condicional de la pena: A.- Intercálase en el inciso primero entre las palabras "suspender" y "la ejecución", la siguiente frase: "de oficio o a petición de parte", y B.- Reemplázase en la letra a) las palabras "un año" por "dos años"." Sala de la Comisión, a 31 de diciembre de 1971. Acordado en sesión de fecha 29 de diciembre del año en curso, con asistencia de los Diputados señores Merino (Presidente), Arnello, Fuentes, don César Raúl; Lorca, Naudon, Tejeda, Vergara y Zaldívar. Se designó Diputado informante al señor Tejeda. (Fdo.): Luis Pinto Leighton, Secretario de Comisiones." IV.- ASISTENCIA Sesión 36ª, Extraordinaria, en martes 4 de enero de 1972. Presidencia de los señores Sanhueza don Fernando y Fuentes, don César Raúl. Se abrió a las 16 horas. Asistieron los señores: Acevedo Pavez, Juan Aguilera Báez, Luis Alamos Vásquez, Hugo Alessandri Valdés, Gustavo Alvarado Páez, Pedro Amunátegui Johnson, Miguel Luis Andrade Vera, Carlos Araya Ortiz, Pedro Arnello Romo, Mario Aylwin Azócar, Andrés Baltra Moreno, Mireya Barahona Ceballos, Mario Barrionuevo Barrionuevo, Raúl Bulnes Sanfuentes, Jaime Buzeta González, Fernando Cabello Pizarro, Jorge Cademártori Inverniza, José Campos Pérez, Héctor Cardemil Alfaro, Gustavo Carmine Zúñiga, Víctor Castilla Hernández, Guido Cerda García, Eduardo Clavel Amión, Eduardo De la Fuente Cortés, Gabriel Del Fierro Demartini, Orlando Espinoza Carrillo, Gerardo Figueroa Mazuela, Luis Frei Bolívar, Arturo Frías Morán, Engelberto Fuentealba Caamaño, Clemente Fuentes Andrades, Samuel Fuentes Venegas, César Garcés Fernández, Carlos García Sabugal, René Giannini Iñiguez, Osvaldo Godoy Matte, Domingo González Jaksic, Carlos Guerra Cofré, Bernardino Hurtado Chacón, Mario Iglesias Cortés, Ernesto Jaque Araneda, Duberildo Jaramillo Bórquez, Alberto Jarpa Vallejos, Abel Jáuregui Castro, Pedro Klein Doerner, Evaldo Koenig Carrillo, Eduardo Laemmermann Monsalves, Renato Lavandero Illanes, Jorge Lazo Carrera, Carmen Leighton Guzmán, Bernardo Lorca Rojas, Gustavo Lorenzini Gratwohl, Emilio Magalhaes Medling, Manuel Maira Aguirre, Luis Marín Socías, Oscar Mekis Spikin, Patricio Mercado Illanes, Julio Merino Jarpa, Sergio Monckeberg Barros, Gustavo Mosquera Roa, Mario Muñoz Barra, Roberto Naudon Abarca, Alberto Núñez Malhue, Matías Olave Verdugo, Hernán Páez Verdugo, Sergio Palza Corvacho, Humberto Pareto González, Luis Penna Miranda, Marino Phillips Peñafiel, Patricio Pontigo Urrutia, Cipriano Ramírez Vergara, Gustavo Recabarren Rojas, Floreal Retamal Contreras, Blanca Riesco Zañartu, Germán Ríos Ríos, Héctor Ríos Santander, Mario Rodríguez Villalobos, Silvio Ruiz-Esquide Espinoza, Rufo Ruiz-Esquide Jara, Mariano Saavedra Cortés, Wilna Sabat Gozalo, Jorge Salinas Clavería, Edmundo Salinas Navarro, Anatolio Sanhueza Herbage, Fernando Scarella Calandroni, Aníbal Schleyer Springmuller, Oscar Schnake Silva, Erich Sepúlveda Muñoz, Eduardo Sharpe Carte, Mario Silva Solar, Julio Sívori Alzérreca, Carlos Soto Gutiérrez, Rubén Stark Troncoso, Pedro Tagle Valdés, Manuel Tapia Salgado, René Tavolari Vásquez, Antonio Tejeda Oliva, Luis Temer Oyarzún, Osvaldo Toledo Obando, Pabla Torres Peralta, Mario Undurraga Correa, Luis Ureta Mackenna, Santiago Valdés Rodríguez, Juan Valenzuela Valderrama, Héctor Vergara Osorio, Lautaro Videla Riquelme, Pedro Zaldívar Larraín, Alberto El Secretario, señor Guerrero Guerrero, don Raúl. Prosecretario, señor Parga Santelices, don Fernando. V.- TEXTO DEL DEBATE Se levantó la sesión a las 18 horas 43 minutos. -Se abrió la sesión a las 16 horas. El señor SANHUEZA (Presidente).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión. Las actas de las sesiones 33ª, 34ª y 35ª, Extraordinarias, están a disposición de los señores Diputados. Se va a dar lectura a la cuenta. -El señor Parga (Prosecretario) da cuenta de los asuntos recibidos en la Secretaría. 1.- CALIFICACION DE URGENCIAS El señor SANHUEZA (Presidente).- Su Excelencia el Presidente de la República ha hecho presente la urgencia para el despacho de los siguientes proyectos de ley: lº.- El que excluye al personal de la Corporación de Fomento de la Producción de la limitación de rentas establecida en el decreto con fuerza de ley Nº 68, de 1960; 2º.- El que modifica la ley N° 17.161, que creó el Colegio de Bibliotecarios; 3º.- El que establece ciertas normas en favor de determinados funcionarios de la Empresa de Comercio Agrícola; 4º.- Observaciones formuladas al proyecto de ley, aprobado por el Congreso Nacional, que aprueba el Cálculo de Entradas y la Estimación de los Gastos del Presupuesto de la Nación para 1972; 5°.- El que modifica algunas disposiciones relativas al fondo de subsidio de cesantía de los empleados particulares; 6º.- El que autoriza a la Caja de Previsión de Carabineros de Chile para disponer trabajos en horas extraordinarias, remuneradas, a su personal; 7º.- El que autoriza reuniones hípicas extraordinarias en beneficio de la Dirección General de Deportes y Recreación y de la Federación Ecuestre del Ejército y de Carabineros, y 8º.- El que crea el Instituto Nacional • del Papel Periodístico. Si le parece a la Cámara y no se pide otra calificación, declararé calificadas de "simples" las urgencias hechas presentes. Aprobado. 2.- ACUERDOS DE LOS COMITES PARLAMENTARIOS El señor SANHUEZA (Presidente).- El señor Secretario dará lectura a los acuerdos que adoptaron los Comités Parlamentarios, en una reunión realizada a mediodía de hoy. El señor GUERRERO, don Raúl (Secretario).- Reunidos los Comités Parlamentarios, bajo la presidencia del señor Sanhueza y con la asistencia de la totalidad de ellos, adoptaron, por unanimidad, los siguientes acuerdos: lº.- Celebrar una sesión especial el día jueves próximo, 6 del presente, de 11 a 21 horas, con el objeto de despachar la proposición de acusación constitucional deducida en contra del señor Ministro del Interior, don José Tohá González, facultando a la Mesa para suspenderla por una hora en el momento en que lo estime oportuno, después de las 13 horas, y votarla no antes de las 18 horas; 2º.- Despachar, sin debate, en el Orden del Día de la presente sesión, los siguientes proyectos: -El que beneficia a determinados funcionarios de la Empresa de Comercio Agrícola, y -El que modifica las normas vigentes sobre remisión condicional de la pena; 3º.- Dirigir oficio, en nombre de la Cámara, a Su Excelencia el Presidente de la República, con el objeto de que, si lo tiene a bien, se sirva incluir entre los asuntos de que puede ocuparse el Congreso Nacional en la actual legislatura extraordinaria de sesiones, el proyecto originado en una moción del señor De la Fuente, que establece que la Corporación de la Reforma Agraria transferirá gratuitamente al Ministerio de la Vivienda y Urbanismo loe terrenos que comprenden la población El Retiro, de Angel; 4º.- Enviar a la Comisión de Hacienda, desde el 10 al 24 del presente, el proyecto de ley, originado en un Mensaje, actualmente en la Comisión de Gobierno Interior, que reajusta las remuneraciones del personal de los sectores público y privado, y 5°.- Suspender las sesiones que deben celebrar la Sala y las Comisiones durante la próxima semana. El señor SANHUEZA (Presidente).- En virtud de lo dispuesto en el artículo 43 del Reglamento, se declaran aprobados los acuerdos por haber sido adoptados por unanimidad y por la totalidad de los señores Comités. 3.- AUTORIZACION A LA MESA DE LA CORPORACION PARA CONCEDER LOS PERMISOS CONSTITUCIONALES QUE SE SOLICITEN DURANTE EL RECESO ACORDADO El señor SANHUEZA (Presidente).- Solicito el acuerdo de la Sala a fin de autorizar a la Mesa para conceder los permisos constitucionales que soliciten los señores Diputados y Ministros de Estado durante el lapso en que esta Corporación no celebre sesiones. Si le parece a la Cámara, así se acordará. Acordado. 4.- ENVIO DE LAS OBSERVACIONES DEL EJECUTIVO AL PROYECTO DE LEY SOBRE PRESUPUESTO DE LA NACION PARA 1972 A LA COMISION DE HACIENDA El señor SANHUEZA (Presidente).- Solicito el acuerdo de la Sala para enviar a la Comisión de Hacienda, para los efectos de lo dispuesto en el artículo 200 del Reglamento, las observaciones formuladas por Su Excelencia el Presidente de la República, al proyecto de ley de Presupuesto para el año 1972, hasta el 17 del presente. Acordado. 5.- AMPLIACION DE PLAZO PARA INFORMAR DIVERSOS PROYECTOS DE LEY El señor SANHUEZA (Presidente).- Señores Diputados, solicito el acuerdo de la Sala para prorrogar hasta el 20 de enero del presente año, inclusive, el plazo para evacuar el primer informe de los siguientes proyectos de ley, con trámite de simple urgencia y pendientes en la Comisión de Gobierno Interior. El que crea el Ministerio del Mar; El que legisla sobre Servicios Especiales de Seguridad; El que se refiere a los Centros de Madres; El que se refiere a las Juntas de Vecinos, y El que modifica la Planta de Carabineros. Si le parece a la Sala, así se acordará, como consecuencia de los acuerdos adoptados por los señores Comités. Acordado. 6.- AMPLIACION DEL PLAZO FIJADO A LAS COMISIONES ESPECIALES INVESTIGADORAS DESIGNADAS POR LA CAMARA POR EL MISMO PERIODO QUE DURE EL RECESO El señor SANHUEZA (Presidente).- Solicito también el asentimiento de la Sala, para prorrogar por el mismo tiempo que va a estar la Cámara en receso, el plazo de competencia que tienen las Comisiones Especiales Investigadoras de algunas materias que ha estudiado también la Cámara. Acordado. ORDEN DEL DIA 7.- ANTICIPO DE REAJUSTE DE REMUNERACIONES PARA LOS SECTORES PÚBLICO Y PRIVADO.- OFICIO El señor SANHUEZA (Presidente).- Entrando en la Tabla del Orden del Día, corresponde despachar, en primer término, el proyecto de ley, originado en un Mensaje, con urgencia calificada de "suma" e informado por la Comisión de Gobierno Interior, que anticipa el pago del reajuste para los trabajadores de los sectores público y privado. Diputado informante es el señor Ríos, don Héctor. -El proyecto, impreso en el boletín Nº 938-71-2, aparece entre los Documentos de la Cuenta de la sesión 34ª, del 30 de diciembre de 1971. El señor SANHUEZA (Presidente).- Por acuerdo de la Sala, el Diputado informante dispone de hasta 10 minutos y los Comités Parlamentarios de 5 minutos cada uno para referirse a este proyecto. En discusión general y particular el proyecto. Ofrezco la palabra. El señor RIOS (don Héctor).- Pido la palabra. El señor SANHUEZA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Ríos, don Héctor; y, a continuación, el señor Monckeberg. El señor RIOS (don Héctor).- Señor Presidente, antes de entrar a informar el proyecto sobre anticipo del reajuste de las remuneraciones de los trabajadores de los sectores público y privado, quiero hacer un resumen de las normas generales del proyecto de ley de reajuste para 1972. Esta iniciativa contempla normas de aplicación general para los sectores público y privado, como la fijación de un salario mínimo equivalente a Eº 30 diarios, que representa un alza superior a un 200% del alza del costo de la vida; la fijación de un sueldo mínimo equivalente a 1.100 escudos mensuales para empleados de los sectores público y privado en todo el país. El sueldo fijado significa un aumento de sobre un 150% del alza del costo de la vida respecto del sueldo fijado como mínimo en el año anterior y se declara obligatorio para los sectores público y privado. El sueldo vital mantiene su vigencia para todos los demás efectos, reajustado en un 100% del alza del costo de la vida. El reajuste general del sueldo y salario del 100% del índice del costo de la vida para todos los trabajadores no sujetos a convenio de los sectores público y privado. Fijación de una pensión mínima obrera, equivalente a un salario mínimo; fijación de una pensión mínima de empleados, equivalente a un sueldo vital de la escala A), del departamento de Santiago; reajuste de pensiones, jubilaciones o montepíos en un 100% del alza del costo de la vida. La primera diferencia de sueldo por concepto de reajuste no ingresará a las respectivas cajas de previsión, ni la primera diferencia, por este concepto, de las pensiones, ingresando al Fondo Revalorizador. Como normas esenciales especiales para el sector público, se establece un fondo de nivelación, destinado a mejorar a los sectores económicamente desmejorados y, simultáneamente, propende a una uniformidad progresiva del sistema de remuneraciones. En primer término, se considerarán los servicios afectos a la escala del decreto con fuerza de ley Nº 40, sin complemento a los que se otorga una asignación de un 37% adicional. Otros reciben una asignación de un 42%, y el Servicio Nacional de Salud, un 29% adicional, y conservan la bonificación anual de 4,5 sueldos vitales, a las que se da carácter de permanente. También se otorga un 10% adicional al reajuste del 100% del alza del costo de la vida a aquellos sectores de trabajadores que, una vez aplicadas las medidas ya señaladas, queden con una remuneración total igual o inferior a tres sueldos vitales. Se establece también un viático uniforme para todos los trabajadores del sector público, cualquiera que sea el servicio, institución o empresa en que se desempeñen, calculado sobre bases objetivas, que garanticen el alojamiento y comida en condiciones normales e iguales para todos los trabajadores. Además, nivelación progresiva de la asignación de colación. Se sube la asignación de colación, de carácter más general, de seis escudos, que es actualmente, a diez escudos diarios, y se congelan en su monto actual todas las que excedan de dicha suma, como norma para los sectores público y privado. Creación de comisiones tripartitas por ramas de producción, modificando la ley vigente en el sentido de que los acuerdos referentes a las condiciones de remuneraciones superiores a los mínimos que éstas adopten tendrán el carácter de convenios colectivos para todos los trabajadores afectos. Ahora, entrando en la materia de este miniproyecto de anticipo de reajuste para el mes de enero, paso a informar a la Cámara. La Comisión de Gobierno Interior ha cumplido su cometido sobre el proyecto, de origen en un Mensaje con urgencia calificada de "suma", que concede un anticipo del reajuste de remuneraciones para los sectores público y privado, por el mes de enero de 1972. Durante el estudio de esta iniciativa, la Comisión contó con la presencia del señor Subsecretario de Hacienda, don Patricio Morales, quien la ilustró acerca de la materia en examen. También concurrió don Gabriel Araya, Jefe de Planificación del Ministerio de Hacienda. Atendida la premura que existe en el despacho de esta iniciativa, respecto de la cual la Corporación acordó tratarla en el día de hoy, martes 4 de enero del presente año, en el primer lugar del Orden del Día de la sesión ordinaria, la Comisión acordó facultar a la Secretaría de ella para omitir las menciones a que se refiere el artículo 153 del Reglamento. Se expresa en el Mensaje que el objetivo del proyecto es anticipar por el mes de enero de 1972 el pago del reajuste de remuneraciones que les corresponderá percibir a los sectores público y privado, porque es improbable que el proyecto de carácter general, con trámite de urgencia calificada de "simple", sea ley en el curso del presente mes. Se hace presente que este sistema fue aplicado en el año recién pasado. El monto estimativo del gasto que significa el reajuste general de remuneraciones consultado en el proyecto que se encuentra y queda pendiente en la Comisión, es del orden de los siete mil millones de escudos, y expresó categóricamente el señor Subsecretario de Hacienda que los recursos consultados en el ítem señalado en el artículo 2º permiten pagar el anticipo correspondiente al mes de enero de 1972, cuyo costo se estima en quinientos millones de escudos en el mes, ya que el proyecto no contempla la totalidad de los beneficios que se preveen en el proyecto general para todo el año. El señor Subsecretario de Hacienda manifestó que el monto del alza del índice de precios al consumidor a que se refiere el Nº 1 del artículo 1° del proyecto no ha sido fijado a esta fecha -4 de enero de 1972-, pero puede estimarse que será aproximadamente de un 20%. También se expresó en el seno de la Comisión, por el mismo señor Subsecretario, frente a una consulta formulada por un miembro de la Comisión, que se encuentra comprendido en el proyecto de anticipo, en el rubro "sector público", el personal de las Fuerzas Armadas y de Carabineros, independientemente del proyecto que se encuentra en estudio y que enviará el Ejecutivo, para modificar la Planta de ese personal, que es desarticulada, con el objeto de hacerla más armónica. Por todas estas consideraciones, la Comisión solicita a la Cámara que apruebe este proyecto de anticipo de reajustes correspondientes al mes de enero del año 1972. Nada más, señor Presidente. El señor SANHUEZA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Monckeberg, don Gustavo. El señor MONCKEBERG.- Señor Presidente, esta mañana, al estudiar y debatir el proyecto sobre anticipo de reajustes, los Diputados nacionales manifestamos nuestra adhesión y solidaridad con él, por tratarse de una iniciativa de justicia y de necesidad inmediata. Sin embargo, a través del debate, el Diputado señor Lavandero expresó que había un impedimento legal para votar este proyecto, por cuanto, según su criterio, estaba absolutamente desfinanciado. En esas circunstancias, tuvimos dudas sobre la constitucionalidad de esta votación. De inmediato, requerimos la palabra del señor Subsecretario, para que nos dijera si en realidad estaba desfinanciado o no. El señor Subsecretario fue categórico y contundente al decirnos que estaba absolutamente financiado. Desde ese momento, entonces, la duda que teníamos los Diputados nacionales sobre la inconstitucionalidad de esta votación desapareció y, en esas circunstancias, lo aprobamos por unanimidad. Es cuanto quería decir, señor Presidente. El señor CABELLO.- Pido la palabra. El señor SANHUEZA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Cabello, don Jorge. El señor CABELLO.- Señor Presidente, los Diputados radicales, tal como ya lo manifestamos en la Comisión, vamos a dar nuestra aprobación a este proyecto, que da la posibilidad de que los trabajadores reciban, en el mes de enero, el reajuste para cubrir las necesidades primordiales en cuanto a alimentación, a vestuario; es decir, para ayudarles a tener un mejor salario. Ha sido una lucha permanente de los partidos de la Unidad Popular, desde hace muchísimos años, llevar la tranquilidad hacia los grupos de trabajadores. Es indiscutible que no es la única solución, dentro del mundo actual y dentro del camino que nosotros hemos buscado, otorgar un reajuste superior al alza del costo de la vida a los personales de los servicios postergados, como lo ha planteado el Gobierno, ya que aquellos que menos tienen recibirán uno mayor. Creemos, en general, que una redistribución real será la solución final para que los trabajadores tengan un estándar de vida como hoy día lo merece todo ser humano. Por eso, nosotros aprobamos este proyecto. Sabemos que un reajuste superior al alza del costo de la vida para los sueldos bajos permitirá elevar las condiciones de vida de quienes los reciben. También vamos a aprobarlo, porque, tal como lo plantearon el señor Ministro de Hacienda y el señor Subsecretario de Hacienda, está totalmente financiado. Incluso, hay una cantidad superior a la que en este momento se necesita para este reajuste, para este adelanto, ya que se calcula en alrededor de 380 millones de escudos y hay una disponibilidad de 500 millones de escudos. Por eso, no habría ninguna dificultad para satisfacer esta necesidad, para cumplir con este proyecto. Es cuanto quería plantear, para que el proyecto sea despachado a la brevedad. La señora BALTRA.- Pido la palabra. El señor SANHUEZA (Presidente).- Tiene la palabra la señora Baltra, doña Mireya. La señora BALTRA.- Señor Presidente, este proyecto es de carácter transitorio. El año anterior el Congreso Nacional aprobó otro similar, por lo cual existe un precedente. Las aprensiones y dudas sobre la materia fueron absueltas y respondidas por el señor Subsecretario de Hacienda en la Comisión de Gobierno Interior. Para el anticipo de reajuste hay 500 millones de escudos y el costo total del proyecto general de reajuste es de 7 mil millones. No rompe, ningún aspecto, como señaló el Diputado señor Lavandero, desde el punto de vista constitucional. El proyecto de reajuste forma parte del convenio firmado entre el Gobierno y la Central Única de Trabajadores. Su concepción es realmente satisfactoria para los sectores más importantes. Incluye elementos nuevos, para favorecer a aquellos de menores ingresos. Por lo tanto, repito, como es un proyecto transitorio, que salva una situación real de hoy, de pagar estos reajustes con prontitud hubo criterio unánime. Debemos dejar en claro, los Diputados comunistas, además, que por mala interpretación o por mala lectura, dijéramos, del proyecto anterior, surgió una duda, creada o sustentada por el Diputado democratacristiano, en el sentido de que iban a quedar fuera de esta iniciativa las Fuerzas Armadas, Carabineros e Investigaciones. Naturalmente, quedó en claro que en el proyecto del año 1971, en la parte de los pensionados, se incluía el nombre, el calificativo de Fuerzas Armadas, en el sentido de que sus integrantes dependían y quedaban suscritos al sector público, suscritos a los organismos del sector público. Las dudas fueron aclaradas y, dada la premura que plantean los trabajadores, hubo unanimidad para aprobar el proyecto de anticipo de reajuste. Como señala el Diputado Juan Acevedo, este proyecto incluye ideas centrales o matrices realmente importantes: eleva, a partir del 1? de enero de 1972, el salario mínimo de todos los obreros a Eº 3,75 por hora y sube el sueldo mínimo mensual para todos los empleados, incluidos los que ingresen por primera vez a trabajar, a Eº1.100 en todo el país, tanto para el sector privado como para el sector público. Por lo tanto, los parlamentarios comunistas anunciamos nuestros votos favorables a este proyecto, al igual que el resto de los Diputados de la Unidad Popular y de los otros sectores políticos de la Cámara. El señor GUERRA.- Pido la palabra. El señor LAVANDERO.- Pido la palabra. El señor CARDEMIL.- Pido la palabra. El señor SANHUEZA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Guerra; a continuación, los señores Lavandero y Cardemil. El señor GUERRA.- Señor Presidente, como bien se ha dicho, este proyecto anticipa el reajuste de las remuneraciones del personal público y privado. Deseo hacer hincapié en que el artículo lº establece que este anticipo será sólo por el mes de enero del año 1972. En la práctica, tenemos que el año pasado se trató un proyecto similar y no alcanzó a despacharse el proyecto en general. De ahí que yo haya hecho indicación para cambiar la expresión: "... por el mes de enero de 1972... " por la siguiente: "...por los meses de enero y febrero...". Pero me han dicho que es inconstitucional. Espero que se adopten todas las medidas conducentes a fin de que este proyecto de ley sea despachado cuanto antes. Por otra parte, quiero hacer presente también que en el artículo 39, inciso tercero, se dice que "el salario mínimo para todos los obreros será, a partir del lº de enero de 1972, de Eº 3,75 por hora". Vale decir, de Eº 30 escudos diarios. Pero, en la práctica, hay muchas empresas particulares, incluso, empresa estatizadas, como, por ejemplo, en la zona del salitre, que toman en cuenta en este salario mínimo los bonos o tratos que tiene la gente, y se le paga menos que el jornal mínimo. Se está burlando lo que establece la ley. El año pasado se estableció que era de Eº20 diarios, como mínimo. Pues bien, en la zona del salitre se pagó Eº17. Sostenían los ejecutivos que con los bonos pasaba los Eº 20; pero resulta que con los bonos se ganan por trabajos realizados en zonas tóxicas, en zonas de humedad, en regiones polvorientas; de tal manera que son un agregado. En la práctica, las empresas no consideran el jornal mínimo. De ahí que quiero que quede plenamente establecido que este salario mínimo es el sueldo base general. Si es posible, rogaría que se mandará un oficio al señor Ministro, para dejar establecido qué se entiende por salario mínimo, porque, en la práctica, se consideran estos agregados que he mencionado. El señor ACEVEDO.- Antes, señor Presidente, pido la palabra. El señor SANHUEZA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Lavandero, don Jorge. El señor LAVANDERO.- Señor Presidente, nosotros vamos a votar favorablemente este proyecto de anticipo, pero deseamos manifestar muy claramente nuestro pensamiento. Queremos expresar que, pese a que este Gobierno se dice representante de la clase trabajadora, por primera vez en la historia de este país se consignan fondos absolutamente insuficientes para cubrir el anticipo del primer mes de reajuste para obreros y empleados. En el presupuesto del año anterior, el Gobierno de la Democracia Cristiana, no obstante que finalizaba su mandato, le entregó a este nuevo Gobierno 2.700 millones de escudos... El señor FIGUEROA.- ¡Que significaban un 15% de reajuste, señor Diputado! El señor LAVANDERO.- ... para que pudiera entregar reajustes que significaran un mejoramiento para las clases trabajadoras. -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor LAVANDERO.- Pero, escúchelo señor representante de la Central Unica de Trabajadores, este Gobierno de los trabajadores... -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor LAVANDERO.- ... sólo ha consignado menos de la quinta parte de lo que consignó en el presupuesto el Gobierno del Presidente Frei: 2.700 millones contra 500 millones, que no alcanzan a cubrir sino en mínima parte este anticipo de reajuste a los trabajadores, por el primer mes del año. El señor SANHUEZA (Presidente).- ¿Me excusa, señor Lavandero? La señora Lazo le solicita una interrupción. El señor LAVANDERO.- Tenemos cinco minutos no más, señor Presidente; así que excúseme. La deficiencia relativa a esta cantidad mínima nosotros procuramos resolverla rebajando del Presupuesto gastos superfinos en vehículos, despilfarro en fiestas y otros de este Gobierno... -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor LAVANDERO.- ... con el objeto de que se pudiera disponer de recursos suficientes para este anticipo y para el reajuste en general. Por eso, tenemos que lamentar que el Gobierno esté en desacuerdo con las cantidades que rebajamos, que eran superfluas, para entregar el reajuste a los trabajadores. Además, en este proyecto no está claramente contemplado el anticipo a las Fuerzas Armadas, no obstante a qué se señale, de palabra, que sí lo está. El señor FIGUEROA.- ¡No sea sedicioso, señor Diputado! El señor LAVANDERO.- Tampoco está claro aquello de que el primer mes de sueldo no vaya a ser descontado. . . El señor SANHUEZA (Presidente).- Señor Figueroa! El señor FIGUEROA.-Está faltando a la verdad. . . El señor LAVANDERO.- Los trabajadores tendrán que entregar, por ley, la primera diferencia de sueldo ... -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor LAVANDERO.- ... ya sea por el anticipo o por reajuste general... El señor FIGUEROA.- Él sabe que no es así. Es una actitud sediciosa. El señor LAVANDERO.- ... a la caja de previsión respectiva. En este proyecto nada se dice acerca de la primera diferencia. Los trabajadores tendrán que sacarla de sus propios bolsillos, porque, reglamentaria y legalmente, tendrán que entregársela a las cajas de previsión si no se establece claramente lo contrario en la ley. Con el convenio CUT-Gobierno les han metido la mano al bolsillo a los trabajadores, porque aparte de recortarles el reajuste, falseando el índice de alza del costo de la vida, han colocado la partida más baja que haya podido figurar en Presupuesto alguno para este objeto. El señor FIGUEROA.- En el Gobierno anterior, en tres oportunidades se dio un reajuste inferior al índice de alza del costo de la vida. El señor SANHUEZA (Presidente).- ¡Señor Figueroa! El señor LAVANDERO.- Mientras en el Gobierno anterior se legisló para entregar un anticipo, que gracias a los recursos de que se disponía fue posible extender a tres meses, enero, febrero y marzo, en esta oportunidad solamente hay fondos para un mes, y en cantidad insuficiente. El señor SANHUEZA (Presidente).- ¿Me excusa, señor Diputado? Ha terminado el tiempo del Comité Demócrata Cristiano. Tiene la palabra la señora Lazo, doña Carmen, en el tiempo del Comité Socialista. La señora LAZO.- Señor Presidente, en verdad es sorprendente escuchar al señor Lavandero, que tiene tantas facetas en su multifacética personalidad. Es admirable, porque un día cualquiera, por ejemplo, los que fuimos miembros de una Subcomisión de la Comisión Mixta, nos encontramos con el hecho de que tenía que leer los encargos que le hacían los sectores más reaccionarios del Partido Demócrata Cristiano para impugnar las partidas del Ministerio de Educación, de Investigaciones y de otros servicios; y ahora no sé si el señor Lavandero se equivocó, no sé si él cree que las galerías están llenas, que quiere aparecer como paladín de los trabajadores. El señor Lavandero nunca ha sido dirigente sindical. ¿Por qué no deja que hable el jefe de la Central Única de Trabajadores; que hable Luis Aguilera, que ha sido dirigente de los ferroviarios; o que hablen los Diputados democratacristianos que alguna vez han sido obreros? ¿Con qué derecho habla el señor Lavandero, que está muy bien cuando lo hace como un "play-boy" rico, pero que está muy mal, e incluso hace el ridículo, cuando trata de asumir el papel de paladín de los trabajadores? -Hablan varios señores Diputados a la vez. La señora LAZO.- Y hay otra cosa que abona lo que acabo de decir del señor Lavandero. Resulta que ha militado me parece que en cinco partidos políticos, porque él es así; porque es multifacético; porque es de un temperamento cambiante. Pero eso no lo autoriza para ser también paladín de los trabajadores. Los trabajadores tienen sus representantes. La clase media, los profesores, los estudiantes, tienen sus representantes. El señor Lavandero no es representante de ningún trabajador. Tengo entendido que él es un hombre que ha tenido varios fundos. -Hablan varios señores Diputados a la vez. La señora LAZO.- Y tengo entendido también que algunos de sus fundos los ha regalado, porque se puede dar ese lujo y otros más. El señor SANHUEZA (Presidente).- Señora Lazo, ruego a Su Señoría referirse a la materia en debate. La señora LAZO.- Quería decir esto, no para ofender al señor Lavandero, porque como persona es respetable. Pero que también él respete a los trabajadores y deje que en nombre de ellos hablen sus representantes. Nadie le niega a él un derecho: ser un hombre rico; pero como hombre rico, como hombre que ha sido dueño de grandes extensiones de tierra, no tiene derecho a hablar en nombre de los trabajadores. -Hablan varios señores Diputados a la vez. La señora LAZO.- Señor Presidente, no pretendo ofender al señor Lavandero; quiero que se ponga en su lugar, en el que siempre ha estado, y que represente lo que siempre ha representado. Pero que no venga aquí a hacer demagogia barata y una burla a los trabajadores chilenos, que tienen quienes los defiendan y que conocen sus organizaciones. Me gustaría que, sobre la materia, el jefe de la Central Unica de Trabajadores de Chile fuera el que hablara, y no el señor Lavandero, que no la representa. Ahora, sobre las eventuales mayorías de los parlamentarios, todos conocemos la historia en nuestro país. Sabemos muy bien que algunos son elegidos, porque son simpáticos; otros, porque son buenos oradores; y, señor Lavandero, otros porque tienen sus platita. De manera que hay de todo. El señor LAVANDERO.- He sacado la primera mayoría en mi provincia. -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor SANHUEZA (Presidente).- Señora Lazo, ruego a Su Señoría referirse a la materia en debate. La señora LAZO.- Yo, aquí donde me ven y bastante más pobre, me di el lujo de sacar la primera mayoría de la Izquierda en Santiago; pero eso no quiere decir que sea la mejor Diputada. El señor SANHUEZA (Presidente).- Señora Lazo, le ruego referirse a la materia en debate. La señora LAZO.- Esa es otra característica de su cambiante personalidad. Ahora dice que tiene la primera mayoría de su provincia. Termino diciendo: ¡cómo serán los otros! El señor ACEVEDO.- Pido la palabra. El señor PHILLIPS.- Pido la palabra. -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor SANHUEZA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Acevedo, en el tiempo del Comité de la Izquierda Cristiana. El señor ACEVEDO.- Señor Presidente, sólo quiero hacer presente, en vista de los temores de algunos colegas, que el artículo 3º se refiere a las remuneraciones pagadas en dinero efectivo, acerca de lo cual se ha planteado la duda. En el inciso tercero de este artículo se fija el salario mínimo para los obreros, de 3,75 escudos por hora. El jornal se establece por hora de acuerdo a las disposiciones del Código del Trabajo; naturalmente, la jornada máxima de ocho horas equivale a 30 escudos diarios. Respecto de lo señalado por algunos Diputados en cuanto a la provisión de recursos y al hecho de que el Ejecutivo haya pedido autorización sólo para el mes de enero, debo decir que los colegas no pueden estar pensando, con tanta anticipación, que un proyecto de reajuste con urgencia, destinado a satisfacer las necesidades de los trabajadores del país, vaya a tener una demora tan excesiva en su despacho, como sería la de 90 días. De tal suerte que hablar sólo del mes de enero parece un tiempo prudente. Ahora bien, en el Presupuesto de la Nación no se han rebajado partidas como las que aquí se ha señalado. Por ejemplo, aquellas que dicen relación con el agro no son partidas para festines; la partida por más de mil millones de escudos para CORFO, que se rechazó, no era para festines ni para pasarlo bien, sino para, emplearla de acuerdo con la ley. Las partidas que, en conformidad con la ley, entregaban recursos para el financiamiento del Canal 9 y del Canal 7, de televisión, también fueron rechazadas. No se trataba de festines, sino de pagar al personal, de subvencionar los gastos de dichos canales. En cuanto a que la primera diferencia de renta no va a las cajas de previsión, tienen que considerar los colegas que, tradicionalmente, del aumento correspondiente a los 12 meses del año, los obreros y empleados de los sectores público y privado, sólo estaban recibiendo el aumento de 11 meses... El señor LAVANDERO.- ¡No está dicho aquí! El señor ACEVEDO.- ¡Por eso se pide autorización para pagar un anticipo por el mes de enero y en el proyecto definitivo viene la disposición! -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor SANHUEZA (Presidente).- ¡Evitemos los diálogos, señores Diputados! El señor ACEVEDO.- De tal manera que no se puede pretender estar financiando fondos previsionales a costa de recortarles un mes en el año. Si se quiere un financiamiento de esa naturaleza, bueno, que el aumento sea del orden de los 13 meses en el año y no de los 12, como tradicionalmente se ha hecho. Por eso, el proyecto es obvio y es sencillo. Es una mera autorización y, para responder a ella, el Ejecutivo tiene los recursos necesarios. Y si en el curso del mes de enero no ha sido despachado el proyecto definitivo, el Congreso, naturalmente, como en esta oportunidad, tendrá la debida consideración para apresurarlo. Le concedo una interrupción al colega Buzeta, que me la ha solicitado. El señor SANHUEZA (Presidente).- Con la venia del señor Acevedo, tiene la palabra el señor Buzeta. El señor BUZETA.- Señor Presidente, los Diputados de la Izquierda Cristiana nos alegramos de la iniciativa del Ejecutivo, en el sentido de solicitar esta autorización para que los empleados y obreros de los sectores público y privado puedan recibir un anticipo de remuneraciones a cuenta del reajuste cuyo proyecto definitivo ha enviado el Ejecutivo al Congreso. Nos alegramos también de la idea contenida en este proyecto, que mantiene la política en cuanto a reajustes que lleva este Gobierno, en el sentido de aumentar los sueldos y salarios más bajos. Al mantener esta política económica, en cuanto a sueldos y salarios, estamos permitiendo que el país aumente su poder de consumo y que las industrias tengan la oportunidad no sólo de producir sino también de vender sus productos; además, así vamos a ayudar a elevar el consumo de la población chilena. Sentimos, eso sí, que un proyecto que viene a facilitar el pago del reajuste de los empleados y obreros, haya tenido algunas dificultades. Ha habido también opiniones de los señores Diputados, quienes piensan que ellos podrían, quizás, buscar otra solución referente al financiamiento. El señor SANHUEZA (Presidente).- Señor Buzeta... El señor BUZETA.- Lo que nos extraña es que, a pesar de que el señor Ministro de Hacienda ha manifestado tener los fondos necesarios para pagar este reajuste de sueldos y salarios, la mayoría parlamentaria del Congreso se permita opinar que este proyecto de ley no está financiado. El señor MERCADO.- Pido la palabra. El señor MAGALHAES.- Pido la palabra. El señor SANHUEZA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Mercado; a continuación, el señor Magalhaes. El señor MERCADO.- Señor Presidente, compartiendo el espíritu de este proyecto y sin entrar en la materia que, evidentemente, refleja el contenido mismo del proyecto de reajuste, anuncio los votos favorables de los Diputados de la Democracia Radical. Le concedo una interrupción al Diputado Patricio Phillips. El señor SANHUEZA (Presidente).- Con la venia del señor Mercado, tiene la palabra el señor Phillips, don Patricio. El señor PHILLIPS.- Gracias. Señor Presidente, mis agradecimientos a la Democracia Radical. No voy a plantear el problema de los 500 millones ni si están o no representados los trabajadores. Creo que la Cámara de Diputados desea despachar una fórmula para que el Gobierno pueda pagar el anticipo señalado en este proyecto de ley. Resulta que los artículos lº y 2º del proyecto de ley de presupuestos, que son los ítem a que se hace mención en este proyecto, no están promulgados. En consecuencia, el Gobierno no podría imputar este gasto a esos ítem. La indicación que vamos a presentar, autoriza al Presidente de la República para que, con cargo a los ítem del Ministerio de Hacienda, pueda efectuar este pago a los distintos servicios, sin limitación alguna, hasta que el proyecto de reajuste sea despachado por el Congreso. Eso es lo justo y lo operante. Discutir si existen o no los 500 millones de escudos, o si alcanzan o no para el pago, es pura palabrería, con el permiso de mis colegas. La disposición tiene que permitir al Presidente de la República imputar el gasto a los ítem del Ministerio de Hacienda, porque no están promulgados los ítem del proyecto de ley de presupuesto. La antigua versión es al 31 de diciembre de 1970. En consecuencia, si no se aprueba esta indicación, eso no podrá operar. Para hacer efectivo el pago, para que se pueda pagar a todos los sectores de la Administración Pública mientras sale el proyecto de reajuste, es necesario aprobar una disposición que autorice al Jefe del Estado en este sentido. Vamos a presentar la indicación mencionada. Nada más, Presidente. El señor SANHUEZA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Magalhaes, don Manuel. El señor MAGALHAES.- Nosotros también votaremos favorablemente este proyecto que, tal como se ha manifestado aquí, es solamente de anticipo, ya que el proyecto de reajustes será enviado al Congreso Nacional a la brevedad posible. Consideramos justo este proyecto, porque compensa el alza del costo de la vida que han sufrido algunos sectores, de tal manera que, con el fin de llevar algún alivio tanto a los obreros y empleados de los sectores público y privado como, en forma muy especial, al de las municipalidades, repito que votaremos favorablemente este proyecto. El señor CABELLO.- Pido la palabra. El señor SANHUEZA (Presidente).- Restan dos minutos al Comité Radical. Puede hacer uso de la palabra Su Señoría. El señor CABELLO.- Señor Presidente, sólo para contestarles a los colegas Lavandero y Phillips igual como lo hizo en la mañana el Subsecretario de Hacienda, porque la misma objeción de desfinanciamiento la formuló el colega Lavandero. El señor Subsecretario fue claro al decir que un reajuste se financia a través de ítem consultados en el presupuesto como por nuevos tributos, y que ello estaba contemplado en el artículo 2º de este proyecto, que dice: "El gasto fiscal que se produzca como consecuencia de la aplicación de la presente ley se financiará con cargo al ítem 08-01-03-006 -Provisión de fondos para mayores remuneraciones- del Presupuesto vigente." Así que no habría ningún inconveniente en su financiamiento, porque esa disposición ya está promulgada. De ahí, entonces, que no hay ninguna falla en el sentido de poder pagar a los trabajadores el anticipo, que es lo que interesa a todos los sectores de la Cámara en este momento. El señor ARNELLO.- ¿Me permite, colega? El señor SANHUEZA (Presidente).- Señor Cabello, el señor Arnello le solicita una interrupción en el tiempo que le resta a su Comité. El señor CABELLO.- Se la doy. El señor SANHUEZA (Presidente).- Con la venia del señor Cabello, tiene la palabra Su Señoría. El señor ARNELLO.- El problema, señor Presidente, es que el ítem 08-01-03-006 no está promulgado. Ese es el tropiezo que se produce. El señor CERDA (don Eduardo).- Tiene la razón, el señor Arnello. El señor SANHUEZA (Presidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. Señores Diputados, se ha pedido a la Mesa que recabe el asentimiento unánime a fin de enviar un oficio al Ejecutivo para que incluya una indicación que suple-mente el ítem 006, sobre anticipo de reajuste, durante enero, febrero y marzo. Si le parece a la Sala, se enviará el oficio a que se ha hecho mención. El señor ACEVEDO.- No hay acuerdo. El señor SANHUEZA (Presidente).- No hay acuerdo. El señor LAVANDERO.- O sea, si no se despacha el proyecto en enero, se van a quedar sin reajuste los trabajadores. Esto nunca se había visto. El señor FUENTEALBA (don Clemente).- El año pasado fue igual. El señor LAVANDERO.- ¿Cómo que el año pasado? El señor SANHUEZA (Presidente).- Señores Diputados, por favor. -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor SANHUEZA (Presidente).- ¡Señor Lavandero! -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor SANHUEZA (Presidente).- Por favor, señores Diputados. Está cerrado el debate. -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor SANHUEZA (Presidente).- ¡Señor Lavandero! ¡Señores Diputados! ¡Señor Fuentealba, don Clemente! Señores Diputados, solicito el asentimiento unánime para dar lectura a una indicación que ha llegado a la Mesa. El señor ACEVEDO.- No hay acuerdo. El señor SANHUEZA (Presidente).- No hay acuerdo. El señor PHILLIPS.- Es una indicación mía. El señor LAVANDERO.- Es inconstitucional despachar este proyecto sin financiamiento, señor Presidente. El señor SANHUEZA (Presidente).- En votación general el proyecto. Si le parece a la Sala, se dará por aprobado el proyecto. Aprobado. Como no ha sido objeto de indicaciones, queda también aprobado en particular. -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor PHILLIPS.- Si hay problemas, señor Acevedo, Su Señoría será el responsable de lo que pase. El señor SANHUEZA (Presidente).- Terminada la discusión del proyecto. 7.- MODIFICACION DEL D.F.L. Nº 286, ORGANICO DEL SERVICIO MEDICO NACIONAL DE EMPLEADOS El señor SANHUEZA (Presidente).- Corresponde, a continuación, discutir el proyecto que modifica el D.F.L. Nº 286, de 1960, Orgánico del Servicio Médico Nacional de Empleados, con el objeto de que pueda delegar la atención de medicina preventiva en el Servicio Nacional de Salud. Diputado informante de la Comisión de Salud Pública es el señor Sabat. -El proyecto de ley, impreso en el boletín Nº 11.197, es el siguiente: "Artículo 1º.- Suprímese en el artículo 2º del D.F.L. Nº 286, de 1960, Orgánico del Servicio Médico Nacional de Empleados, la expresión "exclusivo". Artículo 2º.- Agrégase al artículo 2º del D.F.L. Nº 286, de 1960, el siguiente inciso final: "El Servicio Médico Nacional de Empleados podrá delegar la atención de medicina preventiva solamente en el Servicio Nacional de Salud. Esta delegación se efectuará mediante mecanismos de convenios, que deberá aprobar la Superintendencia de Seguridad Social." Artículo 3°.- Las certificaciones que otorgue el Servicio Nacional de Salud como consecuencia de la aplicación de los artículos anteriores, tendrán plena validez para todos los efectos en que leyes o reglamentos exijan haber cumplido con las disposiciones de la ley sobre Medicina Preventiva." El señor SANHUEZA (Presidente).- En discusión general el proyecto. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. El señor SCARELLA.- ¿Y el Diputado informante, señor Presidente? El señor KLEIN.- No está. El señor SANHUEZA (Presidente).- En votación general el proyecto. Si le parece a la Sala, se dará por aprobado. Aprobado. Como no ha sido objeto de indicaciones, queda también aprobado en particular. Despachado el proyecto. 8.- NORMAS SOBRE PREVISION PARA DETERMINADOS FUNCIONARIOS DE LA EMPRESA DE COMERCIO AGRICOLA El señor SANHUEZA (Presidente).- En cumplimiento de los acuerdos de la Cámara, corresponde despachar, sin debate, el proyecto, informado por la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, que establece ciertas normas en favor de determinados funcionarios de la Empresa de Comercio Agrícola. -El proyecto, impreso en el boletín Nº 890-71-2, es el siguiente: "Artículo 1º.- Los funcionarios o empleados de la Empresa de Comercio Agrícola ingresados a la Institución desde el 6 de abril de 1960 o con posterioridad y en servicio activo al 31 de diciembre de 1969, tendrán derecho a computar para los efectos previstos en los artículos 102 y siguientes del D.F.L. Nº 338, los años de servicios comprendidos entre las dos fechas que se han indicado. Artículo 2º.- Los interesados deberán integrar imposiciones por el lapso señalado en el artículo anterior y éstas se descontarán del respectivo desahucio. Artículo 3º.- Las imposiciones se calcularán aplicando la tasa del 6% establecida en el artículo 107 del D.F.L. Nº 338, de 1960, tomando como base imponible la remuneración que se considera para otorgar el beneficio, y presumiéndose que los interesados han gozado de rentas inferiores a dicha remuneración, según una escala descendente de un 4% por cada año." El señor SANHUEZA (Presidente).- En votación general el proyecto. Si le parece a la Sala, se dará por aprobado. Aprobado. Como no ha sido objeto de indicaciones, también queda aprobado en particular. Despachado el proyecto. 9.- MODIFICACION DE LA LEY Nº 7.821, SOBRE REMISION CONDICIONAL DE LA PENA El señor SANHUEZA (Presidente).- En conformidad con los acuerdos de la Corporación, corresponde despachar, sin debate, el proyecto de ley, originado en una moción, que modifica la ley Nº 7.821, sobre remisión condicional de la pena. -El proyecto de ley, impreso en el boletín Nº 917-71-2, es el siguiente: "Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones al artículo lº de la ley Nº 7.821, de 29 de agosto de 1944, sobre remisión condicional de la pena: A.- Intercálase en el inciso primero entre las palabras "suspender" y "la ejecución" la siguiente frase: "de oficio o a petición de parte", y B.-Reemplázase en la letra a) las palabras "un año" por "dos años"." El señor SANHUEZA (Presidente).- En votación general el proyecto. Si le parece a la Sala, se dará por aprobado. Aprobado. Como no ha sido objeto de indicaciones, también queda aprobado en particular. Despachado el proyecto. Se suspende la sesión por dos minutos. -Se suspendió a las 16 horas 56 minutos. 10.- ENVIO DE REPRESENTANTES AL EXTRANJERO POR EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES.- MODIFICACION DE LA LEY Nº 15.266 -Se reanudó la sesión a las 16 horas 58 'minutos. El señor SANHUEZA (Presidente).- Se reanuda la sesión. Corresponde, a continuación, tratar el proyecto que modifica la ley Nº 15.266, sobre envío de representantes al extranjero por el Ministerio de Relaciones Exteriores. Diputado informante de la Comisión de Relaciones Exteriores es el señor Clavel, don Eduardo. -El proyecto, impreso en el boletín Nº 895-71-2, es el siguiente: "Artículo único.- Reemplázanse los incisos primero, segundo, tercero y cuarto del artículo 29 de la ley Nº 15.266, por los siguientes: "Las personas que envíe al extranjero el Ministerio de Relaciones Exteriores para representar a Chile en reuniones internacionales o cumplir misiones extraordinarias de carácter temporal, tendrán derecho a pasajes, salvo cuando ellos les sean proporcionados por algún organismo internacional, y percibirán, además de sus emolumentos en moneda corriente, una asignación en dólares por cada día que permanezcan fuera del país. Esta asignación se determinará en cada caso en el respectivo decreto. Para señalar su cuantía, el Ministerio tomará en consideración la categoría del funcionario, la naturaleza de la comisión que se le ha encomendado y el país donde tendrá que desempeñarse. En ningún caso podrá dicha asignación exceder de cincuenta dólares diarios." El señor SANHUEZA (Presidente).- En discusión genera el proyecto. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. En votación general. Si le parece a la Sala, se aprobará. Aprobado. Como no ha sido objeto de indicaciones, queda también aprobado en particular. Despachado el proyecto. 11.- NORMAS SOBRE DOMINIO DE CONCENTRADOS DE COBRE DEL RIO SALADO DEL DEPARTAMENTO DE CHAÑARAL (ATACAMA). OBSERVACIONES El señor SANHUEZA (Presidente).- Corresponde, a continuación, tratar las observaciones formuladas por Su Excelencia el Presidente de la República al proyecto de ley que establece normas sobre el dominio de los concentrados de cobre que se obtengan del río Salado, y que el Ejecutivo rechaza en su totalidad. -El proyecto de ley aprobado por el Congreso y que el Ejecutivo rechaza, impreso en el boletín Nº 745-71-0, es el siguiente: "Artículo lº.- Sin perjuicio de los derechos que deriven o puedan derivar de las mercedes de agua que se otorguen en el río Salado del departamento de Chañaral, provincia de Atacama, declárase que todos aquellos que se han instalado en el curso de dicho río, para extraer las piritas de cobre en suspensión que aquél arrastre, serán considerados, para todos los efectos legales, como titulares en el dominio de los concentrados de cobre que obtengan, siempre que concurran las siguientes circunstancias: a) Que el lugar de su instalación se encuentre a lo menos veinte kilómetros aguas arriba de la Planta Recuperadora que la Empresa Nacional de Minería opera en la localidad de El Salado, o en cualquier lugar aguas abajo de dicha planta; b) Que la labor de extracción de piritas de cobre en suspensión, se haya iniciado antes del 30 de julio de 1971; c) Que la actividad que desarrollen en modo alguno menoscabe o limite las obras que tiendan al desvío del río para evitar el embancamiento del puerto de Chañaral, y d) Que cumplan con los preceptos del artículo 15 de la ley Nº 16.723. Artículo 2º.- Corresponderá al Servicio de Minas del Estado cautelar el cumplimiento de los requisitos señalados en las letras a) a d) inclusive, del artículo precedente.". El señor SANHUEZA (Presidente).- En discusión la observación del Ejecutivo que consiste en suprimir los dos artículos del proyecto. El señor BARRIONUEVO.- Pido la palabra. El señor MAGALHAES.- Pido la palabra. El señor SANHUEZA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Barrionuevo, a continuación, el señor Magalhaes. El señor BARRIONUEVO.- Señor Presidente, la Cámara tiene conocimiento del gravísimo problema que se creó en el río Salado hace algunos meses. Yo no voy a extenderme demasiado, a pesar de todos los antecedentes que obran en mi poder, con el objeto de no aburrir a los señores Diputados, pero sí voy a manifestar los errores que existieron respecto del conflicto. Como primera providencia, jamás hubo una "toma" del río Salado, como se comprueba con el decreto 580, que extingue todas las facultades que se habían dado anteriormente para la explotación de los concentrados de cobre que arrastra este río. Hubo errores. Y por eso se nombró una Comisión Investigadora de la Minería, integrada por todos los sectores políticos de esta Cámara. Fuimos al río Salado. Allá se pudo comprobar que había un grave problema social: que se habían instalado, pero que no había "toma", 360 trabajadores, la mayoría mineros. También había cesantes. Se comprobó que las piritas de cobre en suspensión, que el río Salado trae de los relaves, tenían un valor para trabajarlas; pero la Empresa Nacional de Minería caprichosamente manifestó que estábamos engañando a aquellos hombres, porque las leyes de esos relaves no llegaban más allá de un 2,5 a 3%. En esta misma Cámara demostré con documentos que tengo en mi poder, que la Universidad Técnica del Estado y la Universidad de Chile habían comprobado que esos mismos relaves, que se decían que daban el 2,5%, daban por ley de cobre 15%. Se dijo que era una toma ilegal, y yo, señor Presidente, quiero recurrir a lo que dijo el Senador socialista don Tomás Chadwick cuando se trató este proyecto. El señor Chadwick, representante de mi provincia, es considerado un jurisconsulto en materia jurídica. Dijo lo siguiente: "En esta primera discusión, deseo informar al Senado de la situación existente en el río Salado, de Chañaral, donde hay un agudo problema. En ese río se arrojan las aguas provenientes del tratamiento de los minerales de El Salvador, las cuales contienen los relaves o residuos de materiales, que son aprovechables mediante el tratamiento directo de esas aguas. "Ante los tribunales se ha discutido cuál es el título por medio del cual el que goza de una merced se hace dueño de los concentrados que extrae. Este proyecto tiene una decisión perentoria en su artículo lº, en una de cuyas partes se dice: "Declárase que todos aquellos que se han instalado en el curso de dicho río, para extraer las piritas de cobre en suspensión que aquél arrastre, serán considerados, para todos los efectos legales, como titulares en el dominio de los concentrados de cobre que obtengan", siempre que concurran las circunstancias que se señalan. "Es indiscutible que quienes extraen los residuos que contienen las aguas, finalmente se hacen dueños de ellos, aunque no tengan merced, por el título de la ocupación, pues esos residuos son abandonados en las aguas. "Por otra parte, el problema social que allí existe es de extraordinaria magnitud, por cuanto hay más de quinientas personas que se ganan la vida mediante esos trabajos, un tanto primitivos, consistentes en hacer caer las aguas, provocando una espuma, para extraer de los elementos que quedan flotando determinados concentrados y venderlos a la Empresa Nacional de Minería. "Hasta ahora existía el problema de que esa empresa estatal no adquiría dicho concentrado; pero, en definitiva, se modificó ese criterio gracias a una gestión administrativa realizada por los interesados, con el patrocinio muy loable del Diputado por la provincia de Atacama señor Raúl Barrionuevo, quien los acompañó en todos los trámites que culminaron con una solución a través de la organización de cooperativas, a fin de que la Empresa Nacional de Minería pueda tratar con grupos responsables que le entreguen determinados concentrados. De esta manera el problema social desaparecerá". Esto fue lo que dijo el Senador del Partido Socialista, y por cierto aprobó y votó el proyecto de ley. Aquí se encuentra presente el señor Pontigo, que le tocó también participar, cuando fuimos a la provincia de Atacama, porque hasta ese momento no había ido ningún ejecutivo del Gobierno a ver el problema social que existía en el río Salado; sólo habían llegado hasta la Gobernación, porque había un inconveniente entre los propios dirigentes y las autoridades locales. Yo soporté una descarga de la prensa adversa a este problema, pero, a pesar de ello, lo digo clara y taxativamente, llegamos a la persona del Presidente de la República y le demostramos con documentos en la mano que no había ninguna "toma", porque yo no apoyo "tomas". Cuando terminó de ver los documentos, ordenó que el problema fuera resuelto. Y ese mismo día, hasta altas horas de la noche, estuvimos reunidos en el Ministerio de Minería con el señor Pontigo, quien también ayudó a buscar una solución a este problema. Por eso el Presidente de la República, en su reciente viaje a Copiapó, en la localidad de Tierra Amarilla, dijo: "Orgullosamente podemos decir, compañeros mineros, que en el río Salado, donde antes trabajaban cuatro firmas poderosas, hoy tenemos instalados 700 obreros trabajando". Muy saludable lo que dijo el Presidente de la República, porque así es. La Empresa Nacional de Minería tiene, además, cinco importantes plantas antes de llegar donde están los trabajadores del río Salado. El señor GUERRA.- Aguas arriba. El señor BARRIONUEVO.- Aguas arriba. Gracias, señor Diputado. Estos trabajadores toman de las aguas que vienen moviéndose agitadas, prácticamente lo que llamamos "el raspado de la olla". El señor GUERRA.- El sobrante. El señor BARRIONUEVO.- No hacen perjuicio a nadie. Eso lo vimos nosotros. El veto dice que se daña a la planta, que ahora es de la Empresa Nacional de Minería. El señor Pontigo estaba conmigo cuando le preguntamos al administrador cuánto había bajado la ley de relave. Nos dijo: "de 18 a 16". Dos gramos, señor Presidente, para resolver un problema tan extraordinariamente grave. El señor GUERRA.- Se mantenía la ley. El señor BARRIONUEVO.- Tenía 18 y bajó a 16. Por lo demás, no se puede asegurar esto, porque según la veta del Salvador cambian las aguas, porque, ustedes lo saben, son los relaves que arrastra el río después del tratamiento. Estos trabajadores llegaron por la mera ocupación, y no por cambiar de clima. Se había dicho también que entre los trabajadores había médicos instalados. Estos están cómodamente en sus casas trabajando, no se van a instalar en las margenes de un río para mojarse las 24 horas del día. Esto se comprobó por un informe del Servicio Nacional de Salud y por las visitadoras sociales que fueron al mismo río a comprobarlo. El señor SANHUEZA (Presidente).- ¿Me excusa, señor Barrionuevo? Ha terminado el tiempo de su primer discurso. Puede continuar en el tiempo de su segundo discurso. El señor BARRIONUEVO.- Señor Presidente, con el objeto de que si la Cámara desea hacerme algunas consultas, yo quiero terminar diciendo que aquí no se perjudica a nadie, por la sencilla razón de que los trabajadores, en su mayoría, exceptuando un sector hacia arriba de Pueblo Hundido que también el Gobierno accedió a dejarlos allí por gestión del Senador Hugo Miranda, están trabajando más de 20 kilómetros río arriba para no hacer daño a la planta de El Salado. Señor Presidente, no sé si puedo conceder interrupciones! Si puedo, quiero dársela al señor Magalhaes. El señor MAGALHAES.- Puede hacerlo, señor Diputado, pero el señor Magalhaes está inscrito para usar de la palabra. ¿Terminó Su Señoría? El señor KLEIN.- ¿Cómo quiere que votemos? El señor BARRIONUEVO.- Yo solicito que se apoye el proyecto. El señor KLEIN.- Eso sí. El señor SANHUEZA (Presidente).- ¡Señor Klein! El señor BARRIONUEVO.- Que se rechace el veto... El señor KLEIN.- ¡Ah, ya! El señor BARRIONUEVO.- ... porque no se hace daño a nadie y porque el proyecto dice, clara y taxativamente, siempre que no se menoscabe o limiten las obras que la Empresa Nacional de Minería haga en el futuro. El señor SANHUEZA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Magalhaes, don Manuel. El señor MAGALHAES.- Señor Presidente, el veto a este proyecto, que suprime completamente su contenido, en realidad ha pasado los márgenes del propósito que tuvo la Comisión de Minería y los parlamentarios que lo presentaron, con el fin de resolver un problema social extremadamente grave que existía en el río Salado de Chañaral. Tal como se ha manifestado, en dicho sector se han instalado más de cien plantas modestas, donde el esfuerzo del trabajador ha demostrado la capacidad que tiene para aprovechar algo que antes, durante veinte y tantos años, había ido a vaciarse al mar, como son las piritas de cobre que vienen por el río Salado desde el mineral de El Salvador. Yo creo, señor Presidente, que el hecho de no comer ni dejar comer, era una atrocidad que no tenía nombre. Por eso, señor Presidente, nosotros vamos a votar en contra del veto. En primer lugar, lo haremos porque consideramos que al Presidente de la República se le engañó por los organismos técnicos. El Presidente de la República, cuando tuvo conocimiento de las proporciones de este problema social y del esfuerzo de estos trabajadores, cambió de opinión. A petición de la Comisión de Minería, se propuso una investigación en cuanto a las leyes de estos minerales y los funcionarios de la Empresa Nacional de Minería, con el propio Vicepresidente, en un comienzo, la aceptaron, y después, por obcecación, la rechazaron. Estas plantitas dan, en este momento, la posibilidad de subsistir a cerca de mil familias. Ese es el problema social. Yo prefiero, señor Presidente, que la Cámara rechace este veto y dé tranquilidad absoluta a estos modestos trabajadores, que laboran en forma admirable, porque creo que no hay un solo parlamentario que sea capaz de irse a instalar a las orillas del río Salado, en una quebrada húmeda y fría, ventosa durante el día y la noche. Por eso, nosotros consideramos que este veto, que suprime por completo el proyecto de ley, está muy desproporcionado respecto a lo que el propio Presidente de la República ha deseado siempre en cuanto a la solución de los problemas sociales. Nosotros votaremos en contra de este veto y esperamos que la Honorable Cámara nos acompañe, porque lo que estamos manifestando en esta oportunidad es la más absoluta de las verdades; y esperamos que no sólo la Cámara, sino que también el Senado haga lo mismo, señor Presidente. Muchas gracias. El señor SANHUEZA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Klein, don Evaldo. El señor KLEIN.- Señor Presidente, quiero recordar que cuando este proyecto se trató en la Cámara, vino una comisión bastante numerosa y estuvo sentada aquí a nuestra mano izquierda, observando cómo actuábamos los distintos partidos políticos. Incluso esta comisión, que vino con el colega Barrionuevo, tuvo una audiencia con el Presidente de la República. Lo vi en la televisión. Estaban todos muy sonrientes, seguramente porque los llenaron de ilusiones de que esto iba a resultar; pero estas ilusiones se derrumbaron. El Ejecutivo ahora lo veta. Creo que para levantar el espíritu de esta gente, que con tanto sacrificio se gana el pan diario, la Cámara debe rechazar el veto. Dejemos que trabajen los hombres de trabajo, tal como lo dice el colega Magalhaes, con ese tremendo sacrificio de día y de noche. Caramba, yo creo que eso tiene un mérito. En honor a ese mérito, para darles la oportunidad de que sigan trabajando, rechacemos el veto e insistamos en el proyecto. Nada más, señor Presidente. El señor SANHUEZA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Guerra, don Bernardino. El señor GUERRA.- Señor Presidente, como es de conocimiento de la Honorable Cámara, la Comisión de Minería se trasladó, precisamente, a Chañaral, para recorrer todo el curso del río Salado, con el objeto de buscarle solución al problema que se había creado a varios centenares de obreros cesantes, que estaban trabajando en las riberas de este río, extrayendo las piritas de cobre, como medio de sustento de ellos y de sus hogares. De tal manera que la Comisión comprobó en el terreno mismo que estas personas no tenían ninguna ocupación extra, sino que exclusivamente trabajaban en extraer estas piritas de cobre. Por otra parte, señor Presidente, pudimos comprobar que esta gente había extraído grandes cantidades de piritas de cobre, que tenía en venta, pero la ENAMI no las quería comprar. De tal manera que era bastante dramática la situación de estos cesantes. Por otra parte, comprobamos que ellos, con material ligero, con latas, con sacos, con pedazos de madera habían hecho una pequeña cascada para extraer estas piritas de cobre, que eran una fuente de recursos para el erario, porque al venderse este producto de su trabajo, el Estado iba a obtener divisas. De ahí, señor Presidente, que la Cámara de Diputados, después que la Comisión de Minería abalizó exhaustivamente este asunto, logró elaborar un proyecto de ley cuyo artículo 1° establece: "Sin perjuicio de los derechos que deriven o puedan derivar de las mercedes de agua que se otorguen en el río Salado del departamento de Chañaral, provincia de Atacama, declárase que todos aquellos que se han instalado en el curso de dicho río, para extraer las piritas de cobre en suspensión que aquél arrastre, serán considerados, para todos los efectos legales, como titulares en el dominio de los concentrados de cobre...". La Comisión de Minería de la Cámara de Diputados, por gran mayoría, despachó este proyecto, con el fin laudable de darle solución al angustioso problema que estaba afectando a estos obreros cesantes. De ahí, señor Presidente, que nos alarme sobremanera que el Gobierno vete este proyecto de ley, mucho más cuando, fuera de otorgar recursos económicos al erario nacional, por otra parte evita el embancamiento del puerto de Chañaral. Porque al irse todo por el río, se está embaucando el puerto de Chañaral y se está creando un serio problema a la bahía. El señor KLEIN.- Eso es lo más grave. El señor GUERRA.- Es lo más grave, porque en el futuro el Estado tendrá que gastar enorme cantidades de dinero en solucionar este problema del embancamiento del puerto de Chañaral. De ahí, señor Presidente, que los Diputados del Partido Nacional vamos a acoger la petición que han hecho los colegas de la zona, el colega Magalhaes y el colega Raúl Barrionuevo, y los vamos a acompañar con nuestros votos a fin de rechazar el veto del Ejecutivo. Nada más, señor Presidente. El señor SANHUEZA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Carmine. El señor CARMINE.- Señor Presidente, en forma muy breve, ratificando lo expresado por los colegas señores Klein y Guerra, los parlamentarios nacionales vamos a votar en contra el veto del Ejecutivo, porque consideramos, en primer lugar, que al votar de este modo estamos contribuyendo a dar estabilidad y tranquilidad en su legítimo trabajo productivo a un grupo muy importante de modestos trabajadores de la zona norte del país; y, en segundo término, porque de este modo estamos contribuyendo a que estos trabajadores puedan producir una cantidad de divisas que estimamos del orden de los 10 mil dólares diarios aproximadamente, que el país está necesitando con mucha urgencia. En consecuencia, por el interés de los trabajadores y por interés nacional, los parlamentarios nacionales vamos a recha_ zar el veto del Ejecutivo. Nada más, señor Presidente. El señor SANHUEZA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Aguilera, don Luis. El señor AGUILERA.- Señor Presidente, mis primeras palabras van a ser para dar lectura al artículo 1º de este proyecto de ley, que dice: "Sin perjuicio de los derechos que deriven o puedan derivar de las mercedes de agua que se otorguen en el río Salado del departamento de Chañaral, provincia de Atacama, declárase que todos aquellos que se han instalado en el curso de dicho río, para extraer las piritas de cobre en suspensión que aquél arrastre, serán considerados, para todos los efectos legales, como titulares en el dominio de los concentrados de cobre que obtengan, siempre que concurran las siguientes circunstancias:...". Señor Presidente, he querido recordar a la Honorable Cámara que aquí se trata de una concesión de mercedes de agua. Aparte de esto, quiero también recordarle al colega Carmine que él fue uno de los autores de una iniciativa para que las mercedes de agua fueran de propiedad de la ENAMI, de la Empresa Nacional de Minería. Nosotros apoyamos su idea con todo entusiasmo. Incluso, esta idea se aprobó por unanimidad en la Comisión de Minería: que las mercedes de agua del río Salado debieran pertenecer a una empresa del Estado, porque en aquel entonces pertenecían a unos particulares, que estaban explotando las piritas en ese río. ¿Qué sucedió, posteriormente? Que el señor Gálvez movió toda la influencia política que tenía aquí en el Congreso y, a través de algunos abogados particulares, influyó -porque así se dio a conocer en una nota- para que se rechazara esta idea, y se rechazó. De ahí que ese proyecto, donde nosotros asegurábamos las mercedes de agua para la Empresa Nacional de Minería, para que ésta las explotara con la Municipalidad de Chañaral, quedó liquidado. Recuerdo que el Diputado Barrionuevo, que es autor de este proyecto de ley, también firmó esta seguridad para la Empresa Nacional de Minería, a fin de que ésta, en la explotación de estas piritas, pudiera asegurar un aporte extraordinario para realizar o construir un canal que evitara el embancamiento de la actual bahía de Chañaral. Incluso, hay una ley donde se asigna un aporte para esto. Yo me pregunto ahora: ¿cómo va a responder el señor Magalhaes cuando la Empresa Nacional de Minería no pueda entregar los aportes para las obras de Chañaral? Bueno, allá él. Que él asuma su responsabilidad, porque la Empresa Nacional de Minería ahora tiene la obligación de entregar los aportes para hacer esta construcción. Además, señor Presidente, quiero dejar establecido que esas obras del río Salado tienen un costo de 20 millones de escudos. Es un alto costo, que se justifica precisamente por la necesidad de acelerar dichos trabajos al máximo para absorber la cesantía. O sea, se hacen estos trabajos para absorber la cesantía, para absorber a esta misma gente que se ubicó en el río. Recuerdo que en una sesión especial nosotros nos abstuvimos, porque, como aquí se ha dicho, no podía perderse esa riqueza en el mar y todas estas piritas de aguas abajo debían ser aprovechadas. Pero ahora las cosas han cambiado: los obreros se han ubicado aguas arriba; es decir, están en todo el río. O sea, a la Empresa Nacional de Minería, que ahora es dueña del 55% de las acciones, se le va a restar parte de estas entradas, y después no va a tener con qué responder al progreso de Chañaral. Aquí siempre se han criticado las "tomas". La verdad es que con esta ley se van a legalizar las "tomas". Porque aquí, señor Presidente, hubo una "toma". Nosotros dijimos en aquella oportunidad que esto podía resolverse por la vía administrativa. Gracias a eso, el Presidente de la República recibió al Diputado Barrionuevo con una delegación que vino expresamente a esto. Se le dio una solución administrativa, donde la Empresa Nacional de Minería se comprometía, por el lapso de uno o dos años, a comprar esta extracción de piritas a esta gente, cancelando, sí, señor Presidente, un alto costo, alto costo que va a salir del Estado. Entonces, debemos ser- consecuentes y también responsables cuando se trata de entregar una legislación. Además, este proyecto de ley fue presentado antes que se produjera el conflicto, antes que el Presidente de la República los recibiera. También hay el compromiso solemne de que todos estos obreros tienen que reubicarse en otros sectores. Nosotros, entonces, en esta oportunidad, vamos a asumir la responsabilidad y vamos a seguir defendiendo los intereses de la Empresa Nacional de Minería, porque es una empresa del Estado. Si antes estuvo mal administrada, o si ahora aún sigue mal administrada, o si no se han tomado las medidas que conduzcan a dar soluciones oportunas, bueno, tendrán que arreglarse las cosas. Pero, los socialistas, de acuerdo con nuestra línea, vamos a votar con el Presidente de la República, porque el Presidente de la República se ha comprometido a buscarles una solución a todos estos obreros que están ubicados en el río Salado, porque el Presidente de la República no es contrario a los obreros. Pero también tenemos que considerar que las empresas del Estado son del país y tenemos que defenderlas. Además, en el régimen pasado, la Democracia Cristiana también quiso legalizar esta situación y nosotros votamos con la Democracia Cristiana para afirmar a la Empresa Nacional de Minería. Nosotros no estábamos de acuerdo con su Vicepresidente, señor Manterola, en aquel entonces; pero, por defender los intereses del Estado, lo hicimos. Por eso, señor Presidente, nosotros vamos a votar en favor del veto, porque queremos ser consecuentes con nuestras ideas. El señor SANHUEZA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Pontigo, don Cipriano; a continuación, el señor Mercado, don Julio. El señor PONTIGO.- Señor Presidente, las observaciones que ha enviado a la Cámara el señor Presidente de la República respecto a este proyecto, que establece normas sobre el dominio de los concentrados de cobre que se obtienen en el río Salado, corresponden a la concepción global que tiene el Gobierno de la Unidad Popular de la conducción económica del país. En el debate que aquí se ha producido, pareciera que los trabajadores cesantes que se "tomaron" el río Salado resultarían perjudicados con este veto y pareciera que irían nuevamente a la desocupación, a la cesantía, al hambre y a la miseria, y esto no es así. En septiembre del año pasado, con motivo de la "toma" que se produjo ahí y de la visita que hizo la Comisión de Minería, en la que nos pudimos formar una opinión en el terreno mismo, como lo ha hecho presente el colega Barrionuevo, se llegó a un acuerdo entre la Empresa Nacional de Minería, representada por su Presidente, el Ministro señor Orlando Cantuarias, y su Vicepresidente, el compañero Eduardo Matta, y el Comité de Recuperación del río Salado, que representa a los ocupantes situados justamente en ese tramo del cauce, aguas abajo de la planta del río Salado. En conformidad con este convenio suscrito, que se está llevando a la práctica, que ha resuelto el problema de los desocupados y ha permití-do explotar y seguir explotando estas piritas en suspensión, ENAMI aceptó comprar, por una sola vez, la producción total de concentrados de aquellos ocupantes, en esa época, unas mil toneladas, aproximadamente, que era lo que ellos habían obtenido del río y querían vender. ENAMI resolvió comprarlas, repito, por una sola vez, a una tarifa bonificada. Según ese mismo convenio, los trabajadores continuarían provisoriamente en el río, como continúan hoy y como continuarán mañana, para lo cual han formado una cooperativa, con asesoría de ENAMI, con la ayuda de ENAMI, durante el período pasado y el que vendrá. Luego serán reubicados, descongestionando al máximo el tramo entre la planta "Río Salado" y la ex planta Gálvez, y seguirán vendiendo su producción a la misma tarifa bonificada hasta que se efectúe el desvío del río. Una vez hecho este desvío, ellos deberán desocupar el cauce, para lo cual ENAMI se ha comprometido -en ese convenio- a dar trabajo en las nuevas faenas a cuantas personas sea posible. Esto fue aceptado por los trabajadores, y este compromiso se ha cumplido y se continuará cumpliendo. Ahora bien, ¿por qué se plantea la posibilidad de que ellos queden desocupados? Porque está resuelto desviar el río Salado y, para ese desvío, la Empresa Nacional de Minería va a invertir unos 20 millones de escudos, porque es la única forma de evitar que el puerto de Chañaral siga embancándose. Y no es como ha dicho aquí el colega Guerra, que la explotación de estas piritas en suspensión evitaría el embancamiento. No, el embancamiento continúa, aun cuando sacaran el 100% de las piritas en suspensión. Por eso, el río va a ser desviado y la gente, por este convenio, va a tener trabajo constante, permanente, hasta el momento en que el río Salado se seque, como consecuencia del desvío que deberá hacerse en defensa del puerto de Chañaral, para impedir su embancamiento. Ahora, este convenio representa para ENAMI, por concepto de bonificación, durante el año pasado, a un precio estimativo de 50 centavos de dólar la libra, la cantidad de 1.380.192 escudos. Así lo establecen las observaciones que ha enviado el Ejecutivo, al expresar el propósito de ayudar a estos trabajadores, que claramente está establecido en el convenio al que me he referido. Pero ocurre que no se veta el proyecto por las razones que estoy dando yo, en respuesta a los argumentos, en mi concepto errados, que han dado algunos colegas. ¿Por qué? Porque el Ejecutivo dice, en sus observaciones: "El artículo primero del proyecto comienza por expresar que la declaración de dominio en favor de los productores de concentrados instalados en el curso del río es "sin perjuicio de los derechos que deriven o puedan derivar de las mercedes de agua que se otorguen en el río Salado del departamento de Chañaral". O sea, el proyecto que se veta "parte de la base de que no existe actualmente ninguna merced de agua concedida en el Río Salado o, lo que es lo mismo, que nadie tendría derecho a usar de las mismas aguas para extraer los relaves". El anterior Gobierno, como aquí lo dejó expresado el colega Aguilera y como lo dice el Ejecutivo en sus observaciones, puso término a las cuatro mercedes de agua concedidas a particulares, Compañía Minera Explotadora de Minas, señor Joaquín Gálvez Naranjo, Compañía Minera y Comercial Sali Hochschild y Juan Miguel Cortés Herrera, con el fin de entregar a ENAMI la explotación exclusiva de los relaves del río Salado y contribuir, con los excedentes que ésta obtuviera, a financiar las obras de progreso económico y social que se echaban de menos. Por ser este proyecto irracional, por no tener objeto ya hoy, por estar garantido el trabajo para los obreros que ocuparon ese río, nosotros estimamos que la explotación de piritas en suspensión del río Salado debe quedar para la Empresa Nacional de Minería, de acuerdo con la concepción global que tiene el Gobierno de la conducción económica de este país. Por esas razones, vamos a votar favorablemente el veto que ha enviado el Ejecutivo. Nada más. El señor SANHUEZA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Mercado, don Julio; y, a continuación, el señor Magalhaes. El señor SCARELLA.- Señor Presidente, pido la clausura del debate. El señor MERCADO.- Señor Presidente, como sabemos que el relave del río Salado es una fuente importantísima generadora de trabajo para la provincia de Atacama y conocemos la enorme cesantía que existe en esa provincia y, además, compartimos los fundamentos entregados a esta Sala por los parlamentarios que representan la provincia de Atacama, los colegas Barrionuevo y Magalhaes, los Diputados de la Democracia Radical anunciamos nuestros votos contrarios a este veto. El señor SANHUEZA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Magalhaes, don Manuel; y, a continuación, el señor Palza. El señor MAGALHAES.- Señor Presidente, perdónenme que haga uso de la palabra otra vez, pero no quiero que queden en el ambiente algunas declaraciones de los colegas. En primer lugar, se van a cumplir todas las disposiciones establecidas en la ley Nº 16.723, en cuanto a recursos para Chañaral. Chañaral no pierde absolutamente nada. En cuanto al desvío del río Salado, también se establece en la letra c) del artículo 1º, pero este desvío ya data del año 1966 y, de los 20 ó 25 millones que vale esto, creo que se ha invertido un millón. De tal manera que los intereses de la región, el interés propio de que no siga embancándose la bahía de Chañaral, están contemplados en este proyecto. En cuanto a que estos concentrados se necesitan en Paipote, ¿quién no sabe, señor Presidente, que Paipote necesita concentrados, aun cuando tenga dificultades? Para eso hay ingenieros en el área; hay ingenieros por montones, que no deben estar en las oficinas, sino que deben estar haciendo los estudios metalúrgicos. Por eso, quería dejar en claro nuestra posición frente a este veto. Varios señores DIPUTADOS.- ¡Votemos! El señor SANHUEZA (Presidente).- El Comité Demócrata Cristiano ha solicitado la clausura del debate. En votación la petición de clausura. -Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 47 votos; por la negativa, 9 votos. El señor SANHUEZA (Presidente).- Aprobada la clausura del debate. En votación la observación del Ejecutivo para rechazar el proyecto en su totalidad. -Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 11 votos; por la negativa, 55 votos. El señor SANHUEZA (Presidente).- Rechazada la observación del Ejecutivo. Si le parece a la Cámara, se insistirá con la votación inversa. Acordado. Terminada la discusión de las observaciones del proyecto. 12.- SUPRESION DE REAJUSTABILIDAD DE DETERMINADAS DEUDAS HIPOTECARIAS.- OBSERVACIONES El señor SANHUEZA (Presidente).- Corresponde, a continuación, ocuparse de las observaciones formuladas por Su Excelencia el Presidente de la República al proyecto de ley que suprime la reajustabilidad de determinadas deudas habitacionales. -Las observaciones del Ejecutivo, impresas en el boletín Nº 642-71-0, aparecen entre los Documentos de la Cuenta de lo sesión 4ª, de 26 de octubre de 1971. El señor SANHUEZA (Presidente).- El señor Secretario va a dar lectura a la primera observación del Ejecutivo. El señor GUERRERO (Secretario).- En el artículo 1º, el Ejecutivo propone suprimir, en la letra a), la siguiente frase: "por la Corporación de Mejoramiento Urbano". El señor SANHUEZA (Presidente).- En discusión la primera observación del Ejecutivo. Ofrezco la palabra. El señor PALZA.- Pido la palabra. El señor SANHUEZA (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor PALZA.- Señor Presidente, solamente quiero solicitar de algún parlamentario de Gobierno, que nos aclare una duda referente a la primera observación del Ejecutivo, que se refiere a suprimir la frase: "por la Corporación de Mejoramiento Urbano", debido a que existen, en algunos departamentos y ciudades del país, operaciones sitio llevadas a cabo, justamente, por CORMU. De modo que si ahora suprimiéramos la expresión "polla Corporación de Mejoramiento Urbano", estaríamos prácticamente perjudicando a determinadas poblaciones de algunos sectores. En el caso concreto del departamento de Arica, hay dos poblaciones creadas, justamente, por la Corporación de Mejoramiento Urbano, por el sistema de operación sitio. Sobre esa base, me gustaría escuchar primero a algún parlamentario de Gobierno acerca de la manera como se va a proceder. El señor SANHUEZA (Presidente).- Ofrezco la palabra. El señor ACEVEDO.- Pido la palabra. El señor SANHUEZA (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor ACEVEDO.- Señor Presidente, el artículo 1º de este proyecto de ley establece las condiciones por las cuales quedarán exentas de reajustabilidad las deudas de determinadas viviendas: aquellas vendidas por las cajas de previsión, por el Ministerio de la Vivienda -Corporación de la Vivienda primitivamente y, posteriormente, Corporación de Servicios Habitacionales- y Junta de Adelanto de Arica. De manera que, por el mismo hecho de que no se señalan otras instituciones, que son en estos instantes acreedoras de quienes han sido adjudicatarios de alguna vivienda, por esta misma razón, se suprime: "por la Corporación de Mejoramiento Urbano". Ahora bien, las condiciones para que los dividendos de esas viviendas no sean reajustables... El señor SANHUEZA (Presidente).- ¿Me excusa, señor Diputado? Ha llegado a su término el tiempo destinado al Orden del Día. INCIDENTES 13.- INCUMPLIMIENTO DE PLANES DE REMODELACION. CONVENIOS ENTRE ORGANISMOS ESTATALES Y MUNICIPALIDADES DE VALPARAISO.- OFICIOS El señor SANHUEZA (Presidente).- En la Hora de Incidentes, corresponde el primer turno al Comité Demócrata Cristiano. El señor CARDEMIL.- Pido la palabra, señor Presidente. El señor SANHUEZA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Cardemil. El señor CARDEMIL.- Señor Presidente, como consecuencia de los innumerables daños causados por el terremoto del 8 de julio de 1971, en la comuna de Llay-Llay, departamento de Quillota, provincia de Valparaíso, la Dirección de Planificación y Desarrollo Urbano del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo presentó a la Municipalidad un plan de remodelación, que comprende la construcción de 16 bloques de departamentos y 400 casas individuales de un piso, todo en sectores cuyas edificaciones habían resultado seriamente dañadas por el sismo las características de las construcciones ofrecidas serán las siguientes: A. Bloques de 16 departamentos cada uno, en una superficie variable entre 60 y 70 metros cuadrados, del tipo denominado 1.020. B. Viviendas de un piso, denominadas C-54, construidas en albañilería de ladrillo reforzado con hormigón armado y de una superficie de 54 metros cuadrados. Estas características fueron explicadas, en repetidas oportunidades, por distintos funcionarios arquitectos del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, en reuniones en la Municipalidad con propietarios de los sectores afectados y ratificados en reunión masiva, efectuada en el Teatro Municipal el día 31 de agosto de 1971, por el señor Juan Honold, Subdirector del Departamento de Desarrollo Urbano, quien dio plena garantía de la realización de este proyecto en cuanto al número de viviendas y a la calidad de la edificación. En atención a lo anteriormente expuesto, la Municipalidad de Llay-Llay consideró totalmente provechoso este plan para el desarrollo habitacional de la comuna; y, por ello, lo apoyó y defendió, en todo momento, por la unanimidad de sus Regidores, cooperando con los señores funcionarios del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, a fin de hacer comprender a la comunidad las ventajas que contenía. Un grupo de propietarios, organizados en defensa de sus propiedades, dudando de la factibilidad de realización del plan presentado, se puso en pugna permanente con el municipio, el cual mantuvo siempre una posición de apoyo a los planes del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Gracias a la gestión del señor Juan Honold, y a la actitud de convencimiento del Municipio hacia los propietarios, varios de ellos aceptaron convenio de venta a la CORMU, convencidos de que la calidad de la vivienda que se construiría sería superior a la que podrían obtener ellos por sus propios medios o a la que actualmente poseían. En sesión municipal del 27 de octubre pasado, por la unanimidad de los Regidores se tomó el acuerdo de exigir al señor Ministro de la Vivienda y Urbanismo el cumplimiento del plan trazado para la comuna de Llay-Llay. Esto fue expuesto en un memorándum, entregado personalmente por la Alcaldesa en la Secretaría del señor Ministro y dado a conocer previamente al señor Moisés Bedrack, Director del Departamento de Planificación y Desarrollo Urbano. En consideración a que no hubo respuesta del señor Ministro, se solicitó a la Oficina de Programación de la Delegación Zonal del Ministerio de la Vivienda, de Valparaíso, una información sobre el estado de la planificación de las obras que se realizarían en esa comuna. Ahora bien, en la respuesta firmada polla señorita Gloria Fernández, delegada zonal del Ministerio de la Vivienda en oficio Nº 0.726, de fecha 26 de noviembre de 1972, se ratifica la construcción de los bloques en las zonas previamente establecidas en el plan conocido. Y en lo referente a las viviendas de un piso, el oficio Nº 0.726, ya mencionado, establece un nuevo concepto en cuanto a calidad y superficie, muy distinto del que se había aceptado y defendido en las reuniones efectuadas con funcionarios y propietarios, dado que, mientras lo ofrecido eran viviendas de ladrillo y de 54 metros cuadrados, lo indicado en el oficio Nº 0.726 y ratificado por oficio Nº 0.786, de fecha 21 de diciembre de 1971, son viviendas inferiores, de 40 metros cuadrados y de un material no posible de detallar en este momento, por tratarse de un concurso oferta. Consideramos los parlamentarios democratacristianos de la provincia que se ha burlado a los propietarios y a la Municipalidad de Llay-Llay, por parte de los señores funcionarios del departamento de Planificación y Desarrollo Urbano de Santiago, en los puntos que señalo: lº En lugar de 400 casas ofrecidas, se edificarían solamente 180. 2º La superficie edificada sería de 40 metros cuadrados, en vez de 54 metros cuadrados como se ofreció primitivamente. 3º Las fechas de iniciación fijadas por ellos para iniciar las obras, han vencido ya todas, sin que se vea en terreno a ningún funcionario encargado de su realización, pese a que ya está en vigencia la Ley de Reconstrucción para la provincia de Valparaíso. 4º La mayor burla es la hecha a los propietarios del sector por remodelar que han firmado promesa de venta a la CORMU, en la confianza de la calidad y la superficie de las viviendas de un piso que se edificarían y que ahora se ven defraudados por la menor superficie de las viviendas que se van a construir y a la incer-tidumbre del material que se emplearía en ellas. Considero que tenemos la obligación de exigir que no se burlen del pueblo de Llay-Llay, que tan duramente fue azotado por el sismo del 8 de julio pasado, y menos a la Municipalidad que, por la unanimidad de sus miembros, apoyó en todo momento el plan del Ministerio de la Vivienda, exponiéndose a una campaña desatada en su contra por parte de la prensa y la radio, en publicaciones pagadas por el comité de propietarios que se opuso a este plan. La confianza demostrada por el Municipio hacia el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo ha sido pagada con los resultados que expongo: menos casas, postergación indefinida del comienzo de las faenas y falta de especificación de los materiales que se emplearán. Ahora bien, se avecina el invierno y la Municipalidad no puede autorizar reparaciones, ni reconstrucciones en las zonas por remodelar, lo que provocará problemas a los moradores de las casas dañadas por el sismo. Como bien sabe la Cámara de Diputados, la comuna ha sido seriamente afectada por los dos sismos que han asolado a la provincia de Valparaíso, en el año 1965 y en el año 1971. Hay vecinos que cuentan con medios para reparar sus viviendas; pero no pueden hacerlo porque sus casas están en las zonas de la remodelación. Existe desconcierto en el pueblo, porque no hay fecha de iniciación de las obras. Solicito, señor Presidente, que se remita un oficio al señor Ministro de la Vivienda y Urbanismo, para que obtenga de la CORMU y de la CORVI el cumplimiento de las promesas formuladas por los funcionarios, señor Juan Honold, Subdirector del Departamento de Desarrollo Urbano, y los arquitectos que expusieron el plan de remodelación en las reuniones efectuadas en la Municipalidad de Llay-Llay ante los propietarios de la zona que iba a ser remodelada. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Se enviará el oficio solicitado por Su Señoría al señor Ministro de la Vivienda y Urbanismo, en nombre del Comité Demócrata Cristiano. El señor CARDEMIL.- Concedo una interrupción al señor Sepúlveda. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Puede hacer uso de la interrupción el señor Sepúlveda. El señor SEPULVEDA (don Eduardo).- Muchas gracias, señor Presidente. Es solamente para agregar a las palabras del Diputado señor Cardemil que el informe que se solicita por la Cámara al Ministerio de la Vivienda, se haga extensivo también a las comunas de Puchuncaví, Olmué, Quilpué y Casablanca, donde se hicieron ofrecimientos por el Ministerio de la Vivienda, en términos semejantes, y donde tampoco se ha cumplido en absoluto. Al parecer, el Gobierno quedó muy contrariado por la derrota que tuvo en la elección complementaria de Valparaíso, y está castigando injustamente a los pobladores de dicha provincia. Por eso, nosotros, los parlamentarios de la provincia, los parlamentarios democratacristianos, reclamamos enérgicamente por esta actitud, esta contrariedad y esta contradicción del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo y de los representantes que tiene en la provincia de Valparaíso. Eso es todo, señor Presidente. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Se enviarán las observaciones del Diputado señor Sepúlveda... El señor SEPULVEDA (don Eduardo).- Complementarias de las del señor Cardemil. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- ...complementando las observaciones del Diputado señor Cardemil. 14.- DESPOJO DE LOS FONDOS CORRESPONDIENTES A LAS INDEMNIZACIONES POR AÑOS DE SERVICIOS DE LOS OBREROS DE LA INDUSTRIA DE AUTOMOTRICES DEL DEPARTAMENTO DE ARICA.- OFICIOS El señor PALZA.- Pido la palabra. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Dentro del tiempo del Comité Demócrata Cristiano, puede hacer uso de la palabra el Diputado señor Palza. El señor PALZA.- Señor Presidente, la semana pasada, miembros de la Comisión Automotriz de la CORFO sostuvieron reunión con los trabajadores de la industria automotriz "General Motors," ubicada en el departamento de Arica, que, como es de conocimiento público, terminó sus actividades el 31 de diciembre de 1971. Dichos funcionarios expresaron a los trabajadores que el Gobierno crearía una nueva empresa estatal que, probablemente, se dedicaría a armar una cuota de camiones FIAT, para lo cual era necesario que los trabajadores entregaran a la CORFO todos los dineros que percibirían, por concepto de indemnización por años de servicios, de parte de la "General Motors." Esta proposición se sometió a discusión y votación, cuyo resultado fue de 180 votos por el rechazo, y solamente 80 por la aceptación. Sin embargo, a pesar de dicho acuerdo de los trabajadores para rechazar la idea de entregar sus fondos, que son producto de años de luchas gremiales, los "hombres nuevos" de la CORFO empezaron a presionar a los trabajadores y a desmoralizarlos, señalándoles los problemas que tendrían en el futuro al no encontrar trabajo, e insistiéndoles en que entregasen sus fondos al Estado. Como fruto de esta presión, lograron conquistar a 120 trabajadores, a quienes se les exigió un papel notarial firmado, mediante el cual autorizan a la CORFO para percibir sus fondos de indemnización que les pagará "General Motors". Esta suma, que alcanza a alrededor de Eº 5.000.000, no son fondos del Estado, sino de una empresa norteamericana, que se los canceló por concepto de indemnización, a razón de un mes por año de servicio a cada uno de sus trabajadores. Otro grupo numeroso de trabajadores sencillamente no hizo caso a las amenazas de estos "hombres nuevos" y retiró sus fondos. En la actualidad, los trabajadores que optaron por quedarse bajo las órdenes de los "hombres nuevos" de CORFO, han sido declarados en vacaciones, y no saben cuándo deberán volver. Frente a todo lo expuesto, quiero señalar lo siguiente: Determinados sectores de Gobierno están atropellando las conquistas gremiales de los trabajadores, como en el caso expuesto, escamoteando sus fondos y aplicando un zarpazo a sus bolsillos. Han procedido a estafar a los ex trabajadores de "General Motors", a quienes se les han quitado sus dineros, que alcanzan a alrededor de los Eº 5.000.000. Con seguridad, la nueva empresa, si es que son ciertas las aseveraciones de los señores de la CORFO en el sentido de que se creará en Arica esta nueva empresa automotriz, será exclusivamente una empresa del Estado, que estará dirigida por grupos socialistas del departamento de Arica, ya que la empresa anteriormente estatizada en Arica, la industria "Banvarte", está entregada al manejo exclusivo de dirigentes y personeros del Partido Comunista. Esto significa que se está llevando a cabo una verdadera "repartija popular" con ocasión de la creación de nuevas empresas, que no son para los trabajadores, sino para el Estado. Este atropello a los ex trabajadores de "General Motors" es un nuevo paso en la estrategia de determinados sectores de Gobierno, de eliminar paulatinamente todas las garantías y todas las conquistas de los trabajadores de Chile, que ellos consideran que son "privilegios" y que no son otra cosa que el esfuerzo de los trabajadores traducidos en conquistas sociales. Quiero hacer presente que este pliego de peticiones ganado por los ex trabajadores de la "General Motors", obligó a una circular del Ministerio del Trabajo para, que en el futuro, todos aquellos conflictos da cierta importancia, pasaran directamente al gabinete del Ministro para darles un corte. Ahora, como ganaron los trabajadores de la "General Motors", el Gobierno, lisa y llanamente los ha presionado para quitarles los fondos. Por último, quiero hacer un llamado a los diferentes dirigentes sindicales y a los trabajadores en general, para mantenerse alertas frente a los continuos atropellos da estos "hombres nuevos", que no tienen ningún respeto por las conquistas gremiales de los trabajadores. Si hoy día les quitan los fondos que por años de indemnización les corresponden a los trabajadores automotrices, nosotros queremos preguntar: ¿qué irá a suceder mañana con el resto de los trabajadores de las otras empresas automotrices, máxime todavía cuando no se sabe nada respecto a la nueva licitación para automotrices y cuando, incluso, están circulando rumores de que esta propuesta quedaría desierta? Todos estos antecedentes, señor Presidente, deseo que sean puestos en conocimiento de los señores Ministros de Economía, de Hacienda y del Trabajo, y de los personeros de la Corporación de Fomento, para que informen cuál es la situación real que está afectando, en estos mementos, a los trabajadores de la "General Motors", que corno digo, han sido presionados para que entreguen los fondos., lo ene, según el Gobierno, sería en calidad de préstamo; pero nadie sabe cuándo se inician estas nuevas empresas y cuál es la seguridad de trabajo que ofrecen, si es que continúan en Arica. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Los oficios solicitados por Su Señoría se enviarán a los señores Ministros de Economía Fomento y Reconstrucción y de Hacienda. 15.- ATROPELLO A LOS DERECHOS SINDICALES DE LOS TRABAJADORES DE LA COMPAÑIA MANUFACTURERA DE PAPELES Y CARTONES S. A., FABRICA DE VALDIVIA.- OFICIO El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- En el turno del Comité Demócrata Cristiano, ofrezco la palabra. La señora TOLEDO.- Pido la palabra. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría. La señora TOLEDO.- Señor Presidente, así como mi colega Humberto Palza se ha referido al atropello de que han sido objeto los dirigentes sindicales y los derechos de los trabajadores en la zona que él representa -el extremo norte de Chile- quiero referirme también al atropello que afecta a los dirigentes sindicales, en este momento, de la provincia de Valdivia y, especialmente, de la Industria Manufacturera de Papeles y Cartones, Fábrica de Valdivia. El 9 de mayo último, los trabajadores eligieron la directiva del Sindicato Industrial. Fue elegido Presidente el señor Julio Muñoz Muñoz. Desde esa fecha, empezó la persecución al Sindicato. Esta directiva fue declarada nula, en forma totalmente torcida, por la Dirección General del Trabajo. Al señor Muñoz lo trasladaron a Santiago en la mitad del año, en el mes de agosto, en circunstancias que es padre de nueve hijos, la mayoría de los cuales estaba en el colegio. Pero en estos días, específicamente ayer, se ha cometido un atropello aún mayor, la nueva directiva, que preside Ricardo Wilde Castro, y que fue elegida después de haberse anulado la anterior, ha sido censurada, por manejo de fondos en forma irregular, lo que está completamente comprobado por la propia Inspección del Trabajo de Valdivia. Cumpliendo con los requisitos que establece el Reglamento Nº 323, sobre organización sindical, se fijó, por la propia Inspección mencionada, el día 3 de enero de 1972, a las 10 horas, para efectuar la votación de censura de la Directiva del Sindicato industrial. Fue el propio Inspector del Trabajo quien hizo la citación y cumplió con todos los requisitos legales. Pues bien, el Inspector del Trabajo no asistió ayer al lugar de la reunión, pese a que él había cursado la citación; de manera que no pudo votarse la censura. Los trabajadores presentaron la reclamación correspondiente, y la Inspección del Trabajo, ante la insistencia de los obreros, expidió un certificado que dice: "El Inspector Provincial del Trabajo de Valdivia, que suscribe, certifica: "Que se encuentra planteada una censura para los cinco Directores del Sindicato Industrial Compañía Manufecturera de Papeles y Cartones Sociedad Anónima, Fábrica Valdivia; "Que, en principio, se había fijado fecha para la presentación de los descargos de los afectados por escrito y para la realización de la asamblea donde se votaría esta censura, y "Que, en cumplimiento a una orden telefónica recibida desde la Superioridad de los Servicios, siendo las quince horas del día 22 de diciembre último y ratificada por la misma vía posteriormente, tales antecedentes le fueron enviados para su conocimiento y resolución, siendo dejada sin efecto la fecha fijada para la votación de la censura, 3 de enero de 1972; "Se otorga el presente certificado siendo las dieciocho horas del día tres de enero de mil novecientos setenta y dos, a petición de los señores Bernardo Leal Matamala y Orlando Leiva Lozano, para los fines que estimen convenientes." Señor Presidente, estos son los atropellos que está sufriendo esta directiva sindical y los trabajadores de la empresa papelera de Valdivia. Hace pocos días, estos trabajadores habían declarado un paro de 48 horas; el Gobierno llamaba, en ese instante, a producir más, a "ponerle el hombro al trabajo". Sin embargo, el Intendente de Valdivia se hizo presente en la empresa y exigió a los trabajadores que continuaran este paro; o sea, allá, en la provincia de Valdivia, no hay respeto por los derechos sindicales ni por la libertad de trabajo de los obreros. Los hechos que estoy denunciando constituyen un grave atropello a los derechos sindicales de los trabajadores. Por consiguiente, pido que se oficie al señor Ministro del Trabajo para darle a conocer mis observaciones y solicitarle -como se le recabó telefónicamente ayer- que ordene instruir el sumario correspondiente. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Se enviará el oficio solicitado por Su Señoría al señor Ministro del Trabajo y Previsión Social. 16.- SITUACION DE LOS DAMNIFICADOS POR LA ERUPCION DEL VOLCAN "VILLARRICA" (VALDIVIA).- OFICIO El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Puede continuar, señora Diputada. La señora TOLEDO.- Señor Presidente, quiero referirme también a un hecho que ha conmovido a la opinión pública chilena en estos días, cual es la erupción del volcán Villarrica, que ha afectado a un gran sector de la provincia de Valdivia, en especial a la hermosa zona de Licanray y a todos las riberas del lago Calafquén. El domingo último me correspondió visitar a los evacuados de la zona de Coñaripe y de Challupén, y pude comprobar la poca atención que el Gobierno proporciona en estos casos dolorosos, de desgracia, a los pobladores. He podido comprobar cómo trescientos niños y cien adultos han tenido que pasar a la intemperie cuatro noches, en un cerro, durmiendo debajo de unos árboles, de unos castaños, sin recibir una frazada y tan sólo bajo tres carpas. A pesar del terror que aún les afecta, el domingo han tenido que regresar a sus hogares, cuando todavía viene bajando lava por esos cerros, e incluso sin olvidar el terrible espectáculo de la erupción del volcán. Solicito se oficie al señor Ministro del Interior para que tenga a bien enviar a esta zona una asistente social y técnicos, a fin de que vean las posibilidades que tiene esa gente de regresar al mismo lugar de la erupción, o de trasladarlos a otros sectores y para que establezcan su situación socio-económica, que es realmente aflictiva. Hay mujeres, viudas, familias sin trabajo; existe una inmensa cesantía. He visto gente vendiendo nalcas, que son unas plantas que salen en el bosque, porque no tienen otra forma de subsistir. Sin embargo, no han tenido del Gobierno "del pueblo", que así se hace llamar, la debida atención en momentos tan dolorosos y aflictivos, repito, como los que están pasando. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- El oficio solicitado por Su Señoría se enviará al señor Ministro del Interior. 17.- PARALIZACION Y CONSTRUCCION DE OBRAS VIALES EN LA PROVINCIA DE VALDIVIA.- OFICIOS La señora TOLEDO.- Señor Presidente, quiero saber cuánto tiempo le queda al Comité Demócrata Cristiano. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Le quedan cinco minutos y medio, señora Diputada. La señora TOLEDO.- Señor Presidente, en mi provincia existe una justificada preocupación, que deseo representar en esta Cámara, ante la paralización de sus obras públicas. La obra más importante, cuya terminación es vital para el desarrollo de la zona, la constituye el camino longitudinal sur, en el tramo de Paillaco a Rucaco, en la comuna de Mariquina. En este tramo se encontraba en construcción el puente sobre el río San Pedro, que forma parte del camino longitudinal sur, obra que también se encuentra paralizada. Tanto para las comunas de Paillaco, Los Lagos, Máfil y Mariquina, como para las provincias vecinas de Cautín, Osorno, Llanquihue y Chiloé, les resulta realmente inexplicable la larga tramitación que ha sufrido este tramo de la carretera panamericana. En el mes de octubre recién pasado, el señor Ministro de Obras Públicas, don Pascual Barraza, por oficio Nº 728, respondió a la Cámara, a solicitud de la Diputada que habla, que "la pavimentación del referido camino ha sido suspendida durante la temporada de invierno, debido a que los movimientos de tierra corresponden a pequeños cortes y terraplenes que no se pueden ejecutar en terrenos con exceso de agua a causa de las lluvias de invierno. Además, tampoco se puede pavimentar en terrenos excesivamente húmedos por la falta de resistencia que presenta la subrasante". Con el respeto que me merece el señor Ministro de Obras Públicas, debo manifestar que ha sido muy mal informado, porque en el tramo comprendido entre Paillaco y Los Lagos hace mucho tiempo que se realizó el trazado definitivo, y no puedan en este sector movimientos de tierras, cortes ni terraplenes por construir. Tampoco existen problemas de resistencia del suelo o de la subrasante, por que el camino está en uso público desde hace cerca de diez años y en una gran extensión tiene una de sus fajas pavimentada. Pero el abandono, el descuido y la paralización de los trabajos han producido un fuerte desnivel entre la faja pavimentada y la que se encuentra aún sin pavimentar, circunstancias que han convertido a este camino en uno de los más peligrosos de Chile. Sólo en el curso del año 1971, son numerosos los accidentes fatales que han segado vidas valiosas, entre las cuales cabe mencionar la del Cónsul de Francia, en Valdivia, recordado amigo y hombre progresista de nuestra zona, don Edmundo Oliger, cuyo vehículo fue chocado de frente, debido a este inconveniente de la ruta que le impidió evitar la colisión. Las comunas de Paillaco, de Los Lagos, de Máfil y de Futrono, están llegando a un estado de franca frustración. Se han realizado reuniones de todos los municipios de las provincias vecinas -Cautín, Osorno- de Valdivia, de Los Lagos, en fin; pero sólo se han obtenido promesas y palabras de buena crianza. Sin embargo, al iniciarse un nuevo año presupuestario, estimamos oportuno volver a insistir sobre esta obra, y me permito solicitar se oficie en mi nombre al señor Ministro de Obras Públicas y Transportes, transcribiéndoles mis observaciones. De tanta importancia como la terminación del camino longitudinal sur, es la construcción del camino internacional que unirá la República Argentina con la provincia de Valdivia, a través del paso cordillerano de Hua-Hun. Es fácil imaginar las enormes perspectivas de desarrollo que la construcción de este camino implica para la zona maderera del departamento de Panguipulli y para el desarrollo integral de la economía de una de las más bellas regiones de Chile. Este paso cordillerano ofrece grandes posibilidades. Desde luego, permanece abierto durante los doce meses del año. Debido a su baja altura, no le afectan las nevazones que provocan cierres en otros pasos cordilleranos. La construcción del camino de Panguipulli a Choshuenco se inició en el Gobierno del Presidente Frei. Durante el año 1971, no ha progresado su construcción y no ha contado con otros fondos que los de la ley de Fomento de las provincias de Chiloé, Llanquihue, Osorno y Valdivia. Solicito que se oficie al señor Ministro de Obras Públicas y Transportes, con el objeto de que consulte los fondos necesarios para proseguir esta obra en forma más acelerada. Los valdivianos cifran fundadas esperanzas de progreso, precisamente a través del desarrollo de sus vías camineras, y responsabilizan de su letargo económico a la falta de impulso de parte del Estado a sus obras viables más importantes. Tenemos conciencia de que no todo se puede hacer en un año; pero tenemos derecho a exigir que las obras no se paralicen. Este camino internacional acercará la cordillera al Pacífico, y abre posibilidades a Corral de volver a convertirse en uno de los mejores puertos de Chile. Esta bahía es una de las más abrigadas de la costa chilena. Desde que se conoce la historia de nuestra navegación, Corral tuvo una gran significación, tanto histórica como económica ; desgraciadamente, por errores técnicos que han quedado de manifiesto, después del terremoto de 1960 se hicieron inversiones para establecer un puerto fluvial en la misma ciudad de Valdivia, el puerto de Las Mulatas. La realidad ha sido amarga, porque el río ha vuelto a embancarse, y mantener su profundidad requiere una inversión, en dragas, que el país no está en condiciones de solventar. Por eso, no es utópica la aspiración de la comuna de Corral, dada a conocer a Su Excelencia el Presidente de la República en la audiencia, que, el 29 de octubre recién pasado, concedió al Alcalde, regidores, subdelegado, dirigentes portuarios marítimos, vecinales y de la comunidad, además de los señores parlamentarios Olave y Sabat, a quienes tuve el honor de acompañar, en el sentido de devolver a Corral su condición de puerto. Hoy día, Corral carece de caminos que lo unan a Valdivia, es decir, a la comuna capital de la provincia. En el invierno la navegación es difícil y lenta, con lo cual se crea un estado de penoso aislamiento. A Corral lo separan de Valdivia cerca de quince kilómetros; pero al hacer el viaje por vía marítima, según las mareas, se demora hasta más de dos horas. La Municipalidad de Corral se ha empeñado en la construcción de un camino que tiene una longitud de 17,5 kilómetros, que unirá a Valdivia con Corral. En la ley de Fomento obtuvimos la destinación de tres millones de escudos para este objeto, pero el camino tiene un valor muy superior. Corral espera que el Ministerio de Obras Públicas y Transportes destine fondos del erario para esta obra, porque ellos también son contribuyentes y forman también parte de Chile y son hijos legítimos del Presupuesto Nacional. Su Excelencia el Presidente de la República conoce estas aspiraciones de la comuna de Corral, a través del Alcalde y compañero de su Partido, el Socialista, quien se las dio a conocer en la audiencia a que me he referido. Su Excelencia se comprometió a entregar los antecedentes a ODEPLAN. Solicito que se oficie al Director Nacional de este organismo para que informe acerca del resultado de los estudios. No me cabe la menor duda de que debe ser reconfortante para un gobernante, como es el caso de nuestro Presidente de la República, recibir las aspiraciones de un pueblo como Corral que, a pesar de las calamidades que lo han azotado, no se deja arrastrar por el derrotismo. Ni el terremoto del año 1960 ni el maremoto, del que aún conserva huellas, ni la postración marítima a que ha sido momentáneamente condenado por errores técnico evidentes, han abatido el espíritu de lucha de los corraleños. En este año 1972... El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- ¿Me permite, señora Diputada? Ha terminado el tiempo del Comité Demócrata Cristiano. 18.- NUEVA POLITICA DE EXPORTACIONES.- OFICIO "El señor PUENTES, don César Raúl.- El turno siguiente corresponde al Comité del Partido Nacional. Puede hacer uso de la palabra el Diputado señor Monckeberg. El señor MONCKEBERG.- Señor Presidente, con motivo de la nueva política de exportación impuesta por el Gobierno, quiero pedir al Banco Central, por intermedio del Ministerio de Hacienda, en mí nombre y en el del Comité Nacional, nos informe sobre el siguiente cuestionario: 1º.- Si es efectivo que ha resuelto que sólo los organismos estatales, como SOCORA y otros, podrán exportar en adelante los siguientes productos agrícolas: nueces, almendras, cebollas, ajos, algas marinas, frejoles, garbanzos, lentejas y corteza de quillay. Si ello es efectivo, ¿cuál es el antecedente legal y las razones de hecho que se han tenido para entregar ese monopolio al Estado y para perjudicar y dañar a los exportadores habituales de esos productos, al prohibirles exportar? 2º.- ¿Cuáles son los antecedentes jurídicos y los motivos que el Banco Central de Chile ha tenido para otorgar exclusividad para exportar frutas frescas a Estados Unidos y ciertos países de Europa sólo a un grupo reducido de exportadores habituales, excluyendo a los demás, al exigir a éstos requisitos y el cumplimiento de condiciones que les hacen prohibitivo exportar a dichos mercados? 3º.- ¿Cuáles son los fundamentos que se han tenido en vista para favorecer y beneficiar económicamente y en forma tan ostensible a unos pocos exportadores y dañar tan seriamente a los restantes? 4º.- Que se indique el nombre de cada una de las firmas incluidas en dicha selección y las razones de estas selecciones. Asimismo, que se precise el nombre de las firmas excluidas y las razones de su exclusión. 5º.- ¿Cómo responderá el Banco Central de los perjuicios que las resoluciones antes mencionadas acarrearán a las empresas comerciales exportadoras afectadas? Eso es todo, señor Presidente. El señor FUENTES, don Cesar Raúl (Vicepresidente).- Se enviará el oficio solicitado por Su Señoría. 19.- MEDIDAS PARA PALIAR LOS EFECTOS DE LA ERUPCION DEL VOLCAN VILLARRICA EN PUCON (CAUTIN).- OFICIOS El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Dentro del tiempo del Comité Nacional, tiene la palabra el señor Carmine. El señor CARMINE.- Gracias, señor Presidente. Como es de público conocimiento, en la semana recién pasada la ciudadanía de la comuna de Pucón se vio seriamente afectada por la erupción del volcán Villarrica, ubicado en esa comuna. A consecuencia de la erupción de este volcán, fueron afectados numerosos pobladores de la zona, que vieron perdidos la totalidad de sus enseres e, incluso, algunos de ellos perdieron todas sus tierras productivas, ya que, por efecto de la lava, de la arena, de las piedras arrojadas por el volcán Villarrica, la mayor parte de los campos de cultivo de algunos propietarios han quedado inutilizados definitivamente, en algunos casos con más de tres metros de lava sobre el terreno. A propósito de esta erupción, es justo y necesario destacar que las autoridades, particularmente las del Ministerio de Obras Públicas y Transportes y, muy en especial, las de Vialidad actuaron con prontitud y con eficacia para restablecer las vías de comunicación interrumpidas por este fenómeno de la naturaleza. Sin embargo, los parlamentarios nacionales de la provincia de Cautín, señores Hardy Momberg, René García, Oscar Schleyer y el que habla, en una visita detenida a la zona de la catástrofe, pudimos observar que era necesario adoptar con prontitud y con urgencia algunas medidas que venimos en solicitar formalmente, por medio de oficios, a los diversos organismos y funcionarios que indicaremos. En primer lugar, solicitamos que se dirija un oficio al señor Presidente de la República y al señor Ministro de Hacienda, con el fin de que, en uso de sus facultades constitucionales, se sirvan enviar, a la brevedad posible y con el trámite de urgencia que el caso requiere, un proyecto de ley destinado a condonar la totalidad de las deudas que los damnificados tenían con los organismos financieros del Estado; esto es, con la Corporación de Fomento de la Producción, con el Banco del Estado, con algunos bancos estatizados, con la CORVI, con la CORA o con el INDAP. En segundo término, que dentro de este proyecto de ley, o mediante las medidas administrativas que el caso aconseje, se establezca la posibilidad de que el Banco del Estado, la Corporación de Fomento o los bancos estatizados otorguen créditos a todos los damnificados por el ciento por ciento de las pérdidas que ellos han tenido, y que este crédito sea otorgado a un plazo no inferior a los 10 años y con un interés no superior al 12% anual y sin reajuste de ninguna especie. En tercer término, solicitamos que se oficie al señor Ministro de Obras Públicas y al señor Ministro de Hacienda, para que se destinen los fondos del dos por ciento constitucional, con el objeto de proceder de inmediato a la reparación definitiva de los caminos y puentes y demás obras públicas que fueron afectadas por el sismo, considerando especialmente en la reparación de puentes que fueron afectados una observación que nos formularon los habitantes de la zona. Esta observación consiste en que estos puentes definitivos sean construidos en lo posible empleando un sistema de tubos de acero recubiertos con un material que impida que se los puedan llevar fácilmente el río, de suerte que en el futuro nuevas erupciones no produzcan verdaderas represas en estos puentes. Porque, al producirse represas en estos puentes definitivos, el agua empieza a levantar su caudal, rebasa hacia atrás y produce destrozos, con pérdida de vidas humanas y de animales y con graves daños para la economía de los habitantes. En consecuencia, solicito formalmente que se dirijan estos oficios, en nombre del Partido Nacional y, en especial, de los parlamentarios nacionales de la provincia de Cautín, con el objeto de poder paliar en alguna medida los efectos del terrible desastre que aflige a los habitantes de la comuna de Pucón. Me ha pedido una interrupción mi colega el Diputado señor Momberg. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Se enviarán los oficios solicitados por Su Señoría al señor Ministro de Hacienda y al señor Presidente de la República. El señor CARMINE.- Y al señor Ministro de Obras Públicas. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Y al señor Ministro de Obras Públicas. 20.- LABOR DESARROLLADA POR EL ALCALDE DE PUCON A RAIZ DE LA ERUPCION DEL VOLCAN VILLARRICA (CAUTIN).- OFICIO El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Puede hacer uso de una interrupción el señor Momberg. El señor MOMBERG.- Señor Presidente, quisiera abundar sobre esta catástrofe que asoló a la provincia de Cautín, específicamente a una zona de ella, la comuna de Pucón. Mi estimado colega señor Carmine acaba de destacar la labor de los ingenieros provinciales de Vialidad, quienes eficazmente prestaron sus servicios para paliar rápidamente los primeros efectos del aluvión producido por el volcán Villarrica. Por mi parte, quisiera destacar esta tarde la labor de un hombre que en esta oportunidad demostró las dotes especiales que muestran algunos cuando nos aflige un fenómeno de la naturaleza. Cuando "reclama" la tierra mediante terremotos, temblores o erupciones volcánicas y se producen momentos de peligros que son verdaderamente incontenibles, se ve la calidad humana de algunos hombres que arrostran esos peligros procurando con su acción paliar la inquietud de sus conciudadanos. Esto ocurrió en el caso del Alcalde de la comuna de Pucón, el señor Alberto Ulloa. Don Alberto Ulloa, en aquella noche trágica del jueves, a la una de la madrugada, alcanzó a salir de su casa junto con su madre, tras el aviso de que existía la posibilidad de una erupción del Villarrica. Luego de abandonar su casa con su madre, de lo único que se preocupó, como Alcalde de la comuna y ante el peligro que se avecinaba, fue de visitar los distintos puntos de turismos que existen en los alrededores, hoteles, moteles, etcétera -porque en esos días había personas que comenzaban su época de veraneo en Pucón- para advertirles que debían salir rápidamente de los lugares donde se encontraban y dirigirse a puntos más altos de la zona de Pucón. Fue así como durante las cuatro o cinco horas que duró este aluvión terrible del volcán Villarrica, que abarcó a cuatro lugares distintos, como dijo muy bien el colega Carmine, llevándose casas, poblados, puentes, en fin, todas las obras de arte y vialidad que, en estos momentos, existían ahí, Alberto Ulloa, el Alcalde de Pucón, el hombre que, por elección popular, llegó a ocupar este puesto edilicio máximo en la comuna, mostró toda su magnífica personalidad. Pero la parte trágica de todo esto se vio al día siguiente, y todos pudimos comprobarla. A las seis de la mañana, el Alcalde Alberto Ulloa, pasado ya todo este tremendo momento que vivió la ciudadanía entera de Pucón, volvió a su casa y, a decir verdad, ésta había desaparecido. La casa de Alberto Ulloa está ubicada en un predio agrícola -es un pequeño agricultor- de 270 hectáreas, y el aluvión del río Turbio pasó por las 270 hectáreas, en las que no quedó árbol sobre árbol, ni una casa. Arrasó las casas de dos inquilinos, la suya, de la cual hoy se puede ver sólo el techo, incluso un aserradero. Perdió sus animales y todos sus enseres de casa, hasta su ropa; quedó con lo que tenía puesto en aquella noche trágica cuando corrió primero a salvar a su madre y, luego, a los habitantes, en cumplimiento de su deber como Alcalde de Pucón. Así actuó este hombre, sin preocuparse de su persona ni de salvar sus haberes, aunque probablemente no hubiera podido ponerlos a cubierto, porque estos aluviones no los puede atajar el hombre: prácticamente no tiene medios para hacerlo. Esto lo pudimos comprobar -especialmente el Diputado que habla- porque a la mañana siguiente, a primera hora y en el primer avión que pudimos conseguir en el Club Aéreo, sobrevolamos la zona. No pudimos aterrizar en Pucón, porque la pista estaba cubierta por este aluvión de agua y lodo, aunque inmediatamente después fue limpiada por un bulldozer de Vialidad. Pudimos aterrizar sólo a las diez de la mañana y contemplar todo el desastre, sobre todo, los daños sufridos por este amigo, don Alberto Ulloa, Alcalde de Pucón. Pero Alberto Ulloa se encontraba ya en su puesto de trabajo a las once de la mañana de ese día, después de haber visto el desastre que sufrió su propiedad. En estos momentos lo ha perdido todo, absolutamente todo: no tiene animales, no tiene campo, no tiene casa, no tiene ropa, no tiene muebles. Perdió todo lo que durante treinta años de trabajo tesonero y honrado pudo obtener, lo que le proporcionaba una vida, si bien ajustada y modesta, sobre todo digna y apreciada en la zona. La prueba está en que obtuvo como regidor la primera mayoría, con una votación que nunca otro candidato a edil había conseguido en la comuna. Como digo, ya a las 11 de la mañana estaba en la Municipalidad, sin chaqueta, prácticamente sin zapatos, porque los tenía destrozados, dirigiendo la ayuda que inmediatamente tendría que prestarse a los pobladores de la zona afectada. Conseguía colchones, hablaba por teléfono, pedía o requisaba las camionetas de los agricultores para enviarlas a salvar a sus semejantes que estaban más arriba, rodeados por las aguas de este terrible aluvión proveniente del deshielo del volcán Villarrica. Creo que este gesto de Alberto Ulloa, Alcalde de Pucón, en un momento tan tremendo para la vida de un hombre, como es quedar en la nada de la noche a la mañana y, a pesar de ello, cumplir con el deber que le impone el cargo que ocupa por votación popular en una Municipalidad tan importante en el plano turístico como es la de Pucón, creo que es digno de destacarse. Por ello, levanto la voz en esta oportunidad como Diputado de la provincia de Cautín y creo también interpretar a mis estimados colegas don Oscar Schleyer, don Víctor Carmine y don René García, con quienes estuvimos permanentemente al lado de nuestro correligionario, de nuestro colega, el Alcalde de Pucón, Alberto Ulloa, un hombre que en momentos cruciales, a pesar del peligro que estaba a la vista y sin importarle absolutamente nada los bienes terrenales ni la vida misma, se ha entregado al servicio de sus semejantes. Considero una obligación moral levantar mi voz para referirme a Alberto Ulloa, insigne Alcalde de Pucón, que cumple tan dignamente su cargo. Me siento orgulloso de que pertenezca a mi Partido, el Nacional. Este es mi homenaje, y solicito que mi discurso sea transcrito al señor Alberto Ulloa, Alcalde de Pucón, con la firma de los parlamentarios de la zona del Partido Nacional, y creo que los demás parlamentarios de la zona se adherirán con la suya, porque saben que las palabras por mí vertidas corresponden exactamente a la verdad de los hechos ocurridos el día jueves 30 de diciembre de 1971. Muchas gracias. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Se transcribirá su discurso señor Diputado, en la forma solicitada. El señor GODOY.- En el nombre del Comité Nacional. El señor LAMMERMANN.- Y en el mío. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- En nombre del Comité Nacional y del Diputado señor Laemmermann. 21.- PERMANENCIA DE BARCOS RUSOS EN EL PUERTO DE VALPARAISO.- OFICIO. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Dentro del tiempo del Comité Nacional, ofrezco la palabra. El señor GODOY.- ¿Cuántos minutos quedan? El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Restan cuatro minutos, señor Diputado. El señor GODOY.- Pido la palabra. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Puede hacer uso de la palabra Su Señoría. El señor GODOY.- Señor Presidente, el domingo pasado, estuve visitando la rada del puerto de Valparaíso, y vi, con bastante sorpresa, que había varios mercantes rusos a la gira. Exactamente, eran cuatro. Le pregunté a la gente de la zona sobre qué hacían estos barcos que estaban a la gira en el puerto de Valparaíso, salvo un barco oceanográfico, y me informaron que hacía, más o menos un mes que se encontraban allí estos barcos, vuelvo a repetir, a la gira, no atracados al muelle. Como es de público conocimiento, resulta extraordinariamente oneroso para un barco, estar en un puerto por tanto tiempo, a menos que exista una razón lógica. Lo natural es que los barcos atraquen al muelle, descarguen las mercaderías que traen y carguen algo de retorno a su país o a países intermedios. Por eso, vuelvo a repetir, me llama mucho la atención dada la carestía de lo que esto significa para los barcos rusos, que ellos estén durante un mes en el puerto de Valparaíso. Respecto al barco oceanográfico, debo manifestar que la Marina chilena tiene barcos oceanográficos y que aquí hay gran, des especialistas en la materia. De manera que yo quisiera, señor Presidente, que se me informara -y, en realidad, no sé a quién dirigirle el oficio, me imagino que será al Jefe del Litoral o al Director General del Litoral, solicitaría a la Mesa que lo indicara- para que se informe a la Cámara, respecto de qué negocio, qué mercancía traen estos barcos. Además, respecto de las mercaderías que llevan hacia afuera, por qué están tanto tiempo en esta rada y si han pagado los impuestos correspondientes. La segunda pregunta sería: ¿Si es necesario que haya un barco oceanográfico ruso instalado frente a la costa chilena haciendo estudios, en circunstancias que la Marina nacional tiene cartas y toda clase de estudios, hechos con mucha dedicación y profundidad? Yo pediría se oficiara haciendo estas consultas al Ministerio que corresponda. Muchas gracias. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Se enviará el oficio solicitado por Su Señoría al señor Ministro de Defensa Nacional. 22.- NECESIDAD DE UNA PRONTA SOLUCION AL CONFLICTO COLECTIVO DECLARADO EN LA LINEA AEREA NACIONAL.- DISPOSICION OPORTUNA DE PASAJES EN ESTE SERVICIO PASA LOS PARLAMENTARIOS.- OFICIO. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Puede hacer uso de la palabra el Diputado señor Guerra. El señor GUERRA.- Señor Presidente, sólo para pedir a la Mesa que se dirija oficio al señor Ministro de Economía con el objeto que se dé una pronta solución a la huelga declarada en LAN, pues ella está afectando ostensiblemente a las provincias extremas del país, en especial a Tarapacá. Y aprovecho la ocasión, señor Presidente, para manifestar también que la Línea Aérea Nacional debe adoptar las medidas necesarias para que los parlamentarios que deban viajar a provincia tengan en forma oportuna sus pasajes, pues constantemente hay dificultades. Ordinariamente, cuando uno hace un viaje rápido a su provincia, al regresar tiene inconvenientes. Solicitaría, señor Presidente, que también la Cámara oficiara al señor Vicepresidente, a través del respectivo Ministerio, para que los parlamentarios dispongan oportunamente de los pasajes que requieran. Nada más, señor Presidente. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Se enviará el oficio solicitado por Su Señoría al señor Ministro de Obras Públicas y Transportes. El señor DE LA FUENTE.- A nombre del Comité Nacional. El señor LAEMMERMANN.- Y en mi nombre también, señor Presidente. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- En nombre del Comité Nacional y del Diputado señor Laemmermann. El señor TAPIA.- ¿Queda algún minuto? El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Queda medio minuto. Ha terminado el tiempo del Comité Nacional. El turno siguiente corresponde al Comité Comunista. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. El turno siguiente corresponde al Comité Socialista. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. El turno siguiente corresponde al Comité de la Izquierda Cristiana. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. El turno siguiente corresponde al Comité Radical. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. 23.- CONSTRUCCION DEL CAMINO LONGITUDINAL EN EL SECTOR LOS LAGOS A RUCACO.- OFICIO El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- El turno siguiente corresponde al Comité Radical Independiente de Izquierda. Ofrezco la palabra. El señor JAUREGUI.- Pido la palabra. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Puede hacer uso de la palabra el Diputado señor Jáuregui. El señor JAUREGUI.- Señor Presidente, en varias ocasiones me he ocupado en esta Cámara de señalar la conveniencia de proceder a la terminación del camino Longitudinal en el sector de Los Lagos a Rucaco. El problema es muy serio, porque se trata de un camino longitudinal de más de 4 mil kilómetros, y sólo en este sector de 36 kilómetros carece de pavimentación y no está habilitado; en tal forma, que todos los viajeros, tanto de la provincia de Osorno como de Llanquihue y Chiloé, deben dar la vuelta por Valdivia, lo que significa una ruta de más de 40 kilómetros que deben recorrer de más, con la consiguiente pérdida de tiempo y, al mismo tiempo, con el desgaste en cuanto a vehículos, neumáticos, bencina y lubricación. Ya en una oportunidad en que me referí a esta misma materia, traje un estudio estadístico de la Dirección de Vialidad que revelaba que con el pasaje de vehículos que hay anualmente a través de esta ruta por Valdivia, había un costo de más de 10 millones de escudos para la gente que tenía que utilizar el Longitudinal pasando por Valdivia. Es obvio, entonces que, al construir el Longitudinal en el sector de Los Lagos a Rucaco, se va a ahorrar esta vuelta por Valdivia, pero, desgraciadamente, hasta el momento nada hemos conseguido. Ha habido reuniones citadas por las Municipalidades de las provincias de Valdivia, Osorno y Llanquihue, y se han tomado acuerdos para pedir al Ejecutivo y al Ministerio de Obras Públicas y Transportes, la rápida terminación del Longitudinal en este sector sin que hasta el momento nada se haya obtenido. El año pasado, en mayo de 1971, una delegación de alcaldes y regidores se entrevistaron con Su Excelencia el Presidente de la República y con el señor Ministro de Obras Públicas y Transportes, y se obtuvo en aquella ocasión la promesa de parte del Ministro de Obras Públicas de destinar la suma de 6 millones 500 mil escudos para la terminación de este camino durante el año 1971. Ha terminado el año y hasta el momento no se ha invertido un solo centavo en la terminación de este camino. Yo quiero, en consecuencia, solicitar al señor Presidente se oficie al señor Ministro de Obras Públicas y Transportes para que esta suma que prometió invertir en el año 1971 sea invertida a la mayor brevedad en este roes de enero da 1972, y que al mismo tiempo se destinen los fondos necesarios, que son del orden, más o menos, de los 60 millones de escudos, para la terminación del camino Longitudinal en el sector de Los Lagos a Rucaco. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Se enviará el oficio solicitado por Su Señoría, al señor Ministro de Obras Públicas y Transportes. El señor JAUREGUI.- Gracias. El señor TAPIA.- Y en mi nombre. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- En nombre del Diputado señor Tapia. 24.- CONSTRUCCION DE UNA PLANTA ELEVADORA DE AGUAS SERVIDAS EN EL SECTOR DE RAHUE BAJO (OSORNO).- OFICIO El señor JAUREGUI.- Señor Presidente, hace dos semanas, tuve oportunidad de asistir a una reunión de la Junta Vecinal Nº 3, de la provincia de Osorno, reunión muy concurrida en que se hizo presente el grave problema que afecta al sector de Rahue Bajo por el hecho de no estar terminada la planta elevadora de aguas servidas para el alcantarillado de esta zona. En este sector existen más o menos cinco mil habitantes que en este momento tienen serios problemas de orden médico-sanitario exclusivamente por el hecho de que esta planta elevadora de aguas servidas no ha sido construida. Sobre el particular, debo decir que estas obras vienen pidiéndose desde hace varios años y ya una firma, la firma Salvadores-Muñoz, obtuvo un contrato para la terminación de la construcción de esta planta, por un monto de Eº 269.000. Por desgracia, esta firma no cumplió su contrato, el cual fue rescindido, más o menos en octubre de 1971. De tal manera, que un amplio sector, alrededor de cinco mil habitantes, en una ciudad que tiene todo el resto urbanizado, no cuenta con esta planta elevadora de aguas servidas, lo que está creando un gravísimo problema médico-sanitario a la población. Quisiera que se enviara un oficio al señor Ministro de Obras Públicas para que, a la mayor brevedad, se termine con la construcción de esta planta elevadora que solucionará los problemas a un gran sector de la zona de Rahue, de la provincia de Osorno. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Se enviará el oficio al señor Ministro de Obras Públicas. El señor JAUREGUI.- Muchas gracias, 25.- HOMENAJE A LA MEMORIA DEL EX SARGENTO DE CARABINEROS, SEÑOR MANUEL PEREZ CONTRERAS.- NOTA DE CONDOLENCIAS El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Dentro del tiempo del Comité Radical Independiente de Izquierda, ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. El turno siguiente corresponde al Comité Independiente que ha cedido su tiempo al señor Pedro Alvarado. Puede hacer uso de la palabra Su Señoría. El señor ALVARADO.- Señor Presidente, la comuna de Pucón, de la provincia de Cautín, que es el lugar turístico de mayor atracción del país, donde concurre un selecto público no sólo de Chile, sino de las más diversas partes del mundo, y que contrasta con la realidad socio-económica que viven sus habitantes, que luchan en forma heroica por subsistir y sobreponerse a los rigores del clima, ha sido, una vez más, víctima de la furia de la naturaleza. En esta oportunidad, en que han fallecido y desaparecido 15 personas, quiero dedicar este escaso tiempo para rendir un homenaje póstumo a otra víctima del Cuerpo de Carabineros, al Sargento Manuel Pérez Contreras, que perdió la vida por servir a la comunidad. Deseo que se envíen, en mi nombre, las condolencias al Cuerpo de Carabineros y a la familia de este funcionario fallecido: señor Manuel Pérez Contreras. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Se enviarán las notas de condolencias solicitadas por Su Señoría. El señor DE LA FUENTE.- Y en nombre del Comité Nacional. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Además, en nombre del señor Merino, del señor De la Fuente y del Comité Nacional. 26.- ADHESION A PETICIONES DE OFICIO HECHAS POR OTROS SEÑORES DIPUTADOS CON MOTIVO DE LA TRAGEDIA PRODUCIDA POR LA ERUPCION DEL VOLCAN VILLARRICA El señor ALVARADO.- Debo informar, que inmediatamente de producida la erupción del volcán Villarrica, fuimos avisados de esta catástrofe, por ser parlamentario de la provincia. El Diputado señor Sergio Merino, quien tenía otras obligaciones que cumplir en Santiago como Presidente de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de la Cámara de Diputados no pudo concurrir a la zona. Por tal motivo, me trasladé a la comuna de Pucón a comprobar la magnitud de lo ocurrido. En compañía del Regidor demócrata-cristiano, Feisal Eltit y del ex Regidor Luis Manzur, recorrimos la zona hasta donde nos fue posible, para verificar los efectos de la tragedia. Pudimos comprobar que los habitantes de la zona no obstante haber perdido todo lo que poseían se habían sobrepuesto en forma heroica, como dije anteriormente, a los rigores de la naturaleza. Señor Presidente, como parlamentario de la zona, también quiero adherirme a las solicitudes de oficio que se han hecho aquí a pesar de que reconozco que los departamentos del Ministerio de Obras Públicas han sido muy consecuentes y han actuado en forma rápida para solucionar los problemas de vialidad. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Se agregará el nombre de Su Señoría a esos oficios. Ha terminado el tiempo del Comité Independiente. Por haber llegado la hora de término, se levanta la sesión. -Se levantó la sesión a las 18 horas 43 minutos. Roberto Guerrero Guerrero, Jefe de la Redacción de Sesiones.