-
http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/588154/seccion/akn588154-po1-ds27-ds31-ds32
- bcnres:tieneTipoParticipacion = bcnres:Intervencion
- bcnres:tieneEmisor = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1648
- rdf:type = bcnres:Participacion
- rdf:type = bcnres:SeccionRecurso
- bcnres:tieneCalidad = http://datos.bcn.cl/recurso/temporal/1292
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1648
- rdf:value = " El señor BALLESTEROS.-r
Como podrá apreciarlo la Mesa, el artículo 8º contiene dos ideas perfectamente separables. La primera de ellas es la referente a las remuneraciones del personal de la Caja de Previsión Social de los Comerciantes, los cuales no estarán sujetas al tope que establece el D. F. L. Nº 68. La segunda idea, cuya votación separada solicité, faculta al Consejo provisional de ese organismo para que dentro del último trimestre de 1973 fije, por una sola vez, la planta del personal y sus remuneraciones. Esto último lo consideramos del todo desaconsejable por la flexibilidad que queremos dar a esa caja con el objeto de que pueda modificar, no una sola vez, sino las que estime convenientes, la planta del personal y sus remuneraciones, conforme al carácter autónomo que se le ha otorgado. Este es el motivo por el cual rechazaremos esta última facultad.
"
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/588154/seccion/akn588154-po1-ds27-ds31
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/588154