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- rdf:value = " CONSTRUCCION DE HOGARES Y OTORGAMIENTO DE BECAS PARA HIJOS DE CAMPESINOS Y MAPUCHES.
El señor EGAS (Secretario subrogante).-
Proyecto de ley de la Cámara de Diputados que crea un Fondo Especial para la construcción de hogares y otorgamiento de becas en beneficio de los hijos de campesinos y mapuches.
Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 1ª, en 28 de septiembre de, 1971.
Informes de Comisión:
Educación, sesión 14ª, en 26 de abril de 1972.
Hacienda, sesión 14ª, en 26 de abril de 1972.
El señor EGAS (Secretario subrogante).-
El proyecto cuenta con informes de las Comisiones de Educación Pública y de Hacienda. El primero, suscrito por los Honorables señores Ferrando (Presidente), García y Valenzuela, propone diversas enmiendas al articulado. El segundo, firmado por los Honorables señores Palma (Presidente), García y Silva Ulloa, también recomienda modificar el texto de la iniciativa.
El señor AYLWIN (Presidente).-
En discusión general del proyecto.
Ofrezco la palabra.
El señor FERRANDO.-
La verdad es que entramos a debatir un proyecto aparentemente obvio y sencillo, opinión que ¡se confirma al examinar los artículos.
Sin embargo, se trata de una iniciativa de trascendencia muy especial para la niñez campesina de Chile, que es la beneficiada con ella. Se pretende reunir fondos para atender en forma más completa el proceso educacional de los niños y jóvenes campesinos. Además, dentro de ese aspecto, se desea dar un tratamiento diferenciado y especialísimo a los hijos de los mapuches, punto al cual quiero referirme principalmente.
Estamos convencidos de que la única manera, o por lo menos la más importante, de resolver los problemas del grupo social formado por los mapuches los cuales viven mayoritariamente en las provincias de Malleco y Cautín y al norte de la de Valdivia consiste, junto con encarar el aspecto económico relacionado con la tierra, en prepararlos culturalmente, en educarlos, a fin de que se conviertan en ciudadanos eficientes, capaces de afrontar adecuadamente la lucha por la vida. Sólo así quedarán en condiciones de entregar a la comunidad de que forman parte un esfuerzo más calificado, de acuerdo con la preparación que adquirirán.
Si a ese grupo social se le mantiene simplemente dentro de la actividad agrícola de la zona donde vive, nunca se logrará su integración total a la nacionalidad chilena, como se pretende, y a la legislación común. Siempre será objeto de legislaciones especiales y proteccionistas. ¿Cómo podría salvarse tal situación? Dando a los mapuches la posibilidad de una educación diferenciada. Es decir, no sólo es necesario preocuparse de que reciban una formación humanística, la que imparte la enseñanza media, sino, fundamentalmente, una educación media técnica y profesional que los prepare para un desempeño económico distinto de aquel que actualmente realizan. La actividad en que se los prepare, deberá capacitarlos para servir en distintas regiones del país, según su especialización.
El proyecto en debate establece un pequeño tributo por servicio telefónico, consistente en el pago mensual del equivalente a una cuota CORVI. El rendimiento del impuesto lo estimó la Comisión de Educación en 72 millones de escudos anuales, aproximadamente. Es buen aporte para la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, que esta institución destinará a la atención de los hijos de los campesinos chilenos. Una parte de los recursos se utilizará en la zona comprendida entre Bío-Bío y Llanquihue, para atender de preferencia la educación de los hijos del campesino mapuche, por medio de la entrega de vestuario y textos de educación básica, la creación de hogares para la educación media y superior y el otorgamiento de becas para la enseñanza universitaria.
En la medida en que el niño mapuche logre incorporarse a la educación general del país, gracias a la asistencia que le proporcionará la Junta de Auxilio Escolar y Becas, con los recursos obtenidos en virtud del mencionado tributo, creo que en Chile habremos dado un paso de importancia en lo relativo a la integración de la minoría que representa el pueblo mapuche.
Quiero destacar que la iniciativa que nos ocupa se originó en una moción del Diputado democratacristiano señor Pedro Alvarado, y que la Comisión de Educación del Senado la trató con especial atención, por estimar que constituye verdadera solución para el problema educacional de la gente del campo, la que hasta ahora siempre ha estado más abandonada con respecto a su educación.
Si para conseguir el progreso del país es indispensable que la población propiamente campesina disminuya y parte de ella se transforme en otra de vida urbana, incorporada al trabajo de las industrias y a otras actividades, la única manera de lograrlo es haciendo que previamente esos hijos de campesinos alcancen un grado de educación que les permita desempeñarse en un medio distinto de aquel en que nacieron.
Por eso, los Senadores de las bancas democratacristianas votaremos favorablemente el proyecto en debate en general y, si no hubiera indicaciones, también en particular, a fin de que se convierta en ley de la República a la brevedad.
El señor BALTRA.-
Señor Presidente, como acaba de señalarlo el Honorable señor Ferrando, esta iniciativa reviste gran interés, porque trata de resolver, en parte por lo menos, el grave problema económico-social que afecta a los hijos de campesinos a causa del bajo ingreso de sus padres y a las escasas posibilidades de que tal ingreso les permita continuar sus estudios. Además, como lo destaca el informe, existe gran desigualdad en cuanto a las oportunidades de educación entre el muchacho que vive en los principales centros urbanos y el hijo de campesinos, dadas las dificultades de comunicación y las inclemencias del tiempo, sobre todo en las zonas austral y sur del país.
Este problema económico-social es mucho más grave para los hijos de los mapuches. En verdad, el problema de este sector en gran parte es de tierras; pero también lo es de educación y cultura. Y si tomamos en cuenta que la población mapuche de Chile puede estimarse hoy más o menos en 500 mil personas, vale la pena destacar lo he hecho otras veces en el Senado que entre ellos hay sólo 45 con título universitario y no más de 300 con título de profesor primario. Por cierto, esto no se debe a inferioridad intelectual de raza, sino a que en gran parte el pueblo mapuche ha estado al margen de la educación y la cultura. Por eso, ellos mismos intuyen que uno de los caminos que puede conducirlos a la solución de sus grandes problemas económicos y sociales pasa, sin duda, a través de la escuela. Por tal razón, siempre han insistido en la necesidad de que la sociedad chilena les proporcione las mismas oportunidades de educación que al resto de los hijos del pueblo.
El proyecto de ley en debate establece un impuesto a los servicios telefónicos, el que, según el informe de la Comisión de Hacienda, produciría un rendimiento aproximado de 45 millones de escudos al año. De esta suma debería destinarse, según el texto aprobado, una cantidad no inferior a 20% para favorecer exclusivamente a estudiantes hijos de campesinos mapuches. Por consiguiente, los recursos previstos para otorgarles becas ascenderían más o menos a 9 millones de escudos al año.
De acuerdo con lo informado a la Comisión por el Director de Asuntos Indígenas, en 1972 esa Dirección, por medio de su Asesoría Educacional y de Asistencia Social, proporcionará a los hijos de mapuches becas por un monto aproximado de. 26 millones de escudos. De manera que, con el financiamiento dado por esta iniciativa legal, el dinero destinado a financiar becas para este grupo alcanzaría a los 35 millones de escudos. Es decir, habría un aumento sustancial respecto de la cantidad que se otorga actualmente, sin que, por cierto, ello signifique resolver de manera completa el problema económico y social que afecta a los hijos de mapuches y sus oportunidades de educación.
El proyecto que nos ocupa representa, sin duda, un avance, un progreso, y los Senadores de estas bancas lo votaremos favorablemente.
El señor PALMA.-
Señor Presidente, lo dicho por el Honorable señor Baltra prácticamente ha servido para informar respecto de lo que la Comisión de Hacienda modificó en las disposiciones de este proyecto de ley. La verdad es que se dio una nueva redacción a la iniciativa, pues adolecía de algunas deficiencias.
Ante todo, cabe hacer notar que los propios servicios públicos quedaban afectados por el nuevo tributo, lo que obligó a reestudiar los rendimientos calculados. Por eso, a pesar de que las líneas telefónicas son mucho más que las 232 mil que tributarán, el proyecto sólo rinde 45 millones de escudos y no los 72 millones que originalmente se habían previsto. Pero, en todo caso, se trata de una cantidad significativa, ya que el 20 % de ella se destinará específicamente a la educación de los hijos de mapuches, con lo cual se agregan alrededor de 10 millones de escudos a los 26 millones que en la actualidad destina a este fin la Dirección de Asuntos Indígenas.
También se modificaron las disposiciones del proyecto de la Cámara en el sentido de que preferentemente los fondos obtenidos se destinarán a becas, y en forma subsidiaria a la construcción de establecimientos, hogares, etcétera. Y ello porque, después de intercambiar ideas sobre la materia, se pudo apreciar que los fondos para becas tenían una incidencia social mucho mayor que los destinados a construcciones, como lo proponía originalmente la iniciativa.
Como dijo el Honorable señor Ferrando, contribuiremos con nuestros votos a aprobar la iniciativa del Diputado demócrata-cristiano Pedro Alvarado, representante por Cautín, que tiende a resolver en parte muy significativa un problema angustioso, como es el de la educación del sector campesino e indígena.
El señor VALENZUELA.-
Señor Presidente, este proyecto de ley, originado en una moción del Diputadopor Cautín señor Pedro Alvarado, indudablemente significa un avance extraordinario en dos aspectos fundamentales: primero, al dar mayor oportunidad de educación a los hijos de los campesinos, definiéndose en la propia ley lo que se entiende por tales, para los efectos de beneficiarlos; segundo, ¡entregar determinada suma, un porcentaje fijo del impuesto establecido en la ley, para cumplir idéntica finalidad respecto de los hijos de mapuches.
Hago presente, además, que de acuerdo con las disposiciones del proyecto, la Dirección de Asuntos Indígenas debe proporcionar obligatoriamente una suma no inferior al 20% de los ingresos totales de la ley para este fondo específico que se refiere a la educación de los hijos de los mapuches.
En cuanto al equipamiento, mantención y construcción de hogares, la iniciativa dispone que debe existir por lo menos uno por provincia. Sobre el particular, quiero hacer notar, pese a que soy Senador por la zona central, que en aquellas oportunidades en que por circunstancias partidarias me ha correspondido ir a otras regiones del país, especialmente al Sur, he podido comprobar que esas escuelas hogares, como ocurre en Aisén, por ejemplo, dan resultados extraordinariamente positivos. De ahí que en la Comisión de Educación hayamos considerado muy importante el proyecto de ley que nos ocupa, no sólo por lo relacionado con las becas, sino también por lo que atañe a la construcción de hogares.
Lo anterior implica el desarraigo de hábitos y costumbres que muchas veces no son los mejores para la educación de la niñez y la juventud, y la posibilidad de que en lugares tan inclementes como los de la zona sur el niño pueda disponer de las condiciones de salud y habitación adecuadas para desarrollarse en mejor forma frente a sus estudios.
He querido sumar mi voz a la de otros señores Senadores para felicitar al autor de la iniciativa, el Diputado señor Pedro Alvarado, porque a mi juicio se ha preocupado de un problema de candente actualidad y ha iniciado un proyecto que representa un beneficio muy grande para los hijos de los campesinos y de los mapuches.
Por último, me parece que no existen diferencias fundamentales, sino más bien de forma, como me apunta el Honorable señor Silva Ulloa, entre el informe de la Comisión de Educación y el de la de Hacienda. Por eso, pienso que sería conveniente aprobar el de esta última, pues en él se precisan los problemas económicos a que se refirió el Honorable señor Palma, y significa un mejor ordenamiento del proyecto.
El señor RODRIGUEZ.-
Señor Presidente, la verdad es que esta iniciativa, muy plausible, complementa o fortalece la política que está realizando el Gobierno en vasta escala. Porque no cabe duda no tengo los datos a la mano de que el número de metros cuadrados construidos, por la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales ha quebrado todos los records establecidos en años anteriores. Incluso, ese organismo ha celebrado un contrato o convenio con la Corporación de la Reforma Agraria, en virtud del cual, con los recursos propios de esta última, más los de la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales, se desarrolla un plan dirigido en general a elevar el nivel de la instrucción primaria y la cultura de los hijos de campesinos. Yo diría que, por vez primera, se lleva con gran aliento este impulso educacional a la zona agraria, en virtud de los planes generales que ha puesto en práctica el Gobierno de la Unidad Popular.
El proyecto de ley que nos ocupa, indudablemente, pone el acento en el estímulo a los estudios primarios, secundarios y superiores de los hijos de los campesinos y fundamentalmente de los mapuches.
Sin embargo, me asalta una inquietud y por ello quiero formular una consulta a los miembros de la Comisión; no sé si a los de la de Hacienda o a los de la de Educación. Creo que se cometió un error al eliminar los porcentajes de 60% y 40%: el primero destinado a la construcción y equipamiento de hogares, y el segundo, al otorgamiento de becas. Como el artículo pertinente consagra la obligatoriedad de establecer por lo menos un hogar en cada una de las provincias, podría pensarse que la posibilidad de otorgar becas no será posible mientras no se termine este plan de construcciones escolares. Por lo tanto, las becas no las obtendrían los hijos de campesinos y de mapuches si se eliminan los porcentajes que fijaba el proyecto primitivo. En efecto, dice el artículo 39 que propone la Comisión: La Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas destinará preferentemente recursos de este Fondo Especial a la adquisición, construcción, mantención y equipamiento de Hogares, debiendo existir* por lo menos, uno de ellos en cada provincia, y el resto deberá destinarlo al otorgamiento de becas, de acuerdo con lo dispuesto en el inciso primero del artículo 1° de la presente ley.
Concedo una interrupción al Honorable señor Silva Ulloa.
El señor AYLWIN (Presidente).-
Con la venia de la Mesa.
El señor SILVA ULLOA.-
El aspecto a que se refiere Su Señoría lo enmendó la Comisión de Hacienda, cuyo informe no tiene el Honorable señor Rodríguez. En efecto, la Comisión de Hacienda propone reemplazar el artículo 3° por el siguiente: La Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas destinará preferentemente recursos de este Fondo Especial al otorgamiento de becas, y el resto deberá destinarlo a la adquisición, construcción, mantención y equipamiento de Hogares, debiendo existir, por lo menos, uno de ellos en cada provincia.
¿Qué se pretende? Que los hijos de campesinos y de mapuches campesinos dispongan de inmediato de becas. Y como, naturalmente, las construcciones tendrán que proyectarse y adecuarse a las disponibilidades de materiales que existan en el país, el otorgamiento de becas tendrá que verificarse de acuerdo con esa progresión. Por eso, para que no se estancaran los fondos y constituyeran una ayuda inmediata, se dio esa redacción al artículo en la Comisión de Hacienda.
Muchas gracias.
El señor RODRIGUEZ.-
Ojalá ocurra lo que dice el señor Senador, pero creo que no debieran haberse eliminado los porcentajes de 60% y 40%, pues con ellos se aseguraban recursos para la construcción y para el otorgamiento de las becas.
La otra inquietud que tengo, y que incluyo a la vez en mi consulta, es por qué, en el caso de los mapuches, se menciona sólo a los hijos de los campesinos. Creo que en la zona de Temuco, en las ciudades de la provincia de Cautín y en el propio Santiago, hay numerosos hijos de obreros mapuches, como los panificadores. ¿Por qué a estos hijos de mapuches urbanos, por así llamarlos, no se les daría oportunidad también para conseguir becas? Creo que la intención del Diputado autor del proyecto fue favorecer a los hijos de mapuches, sin pensar en si ellos viven en el campo o en la ciudad. No sé si estaremos a tiempo de corregir este vacío de la ley en debate, para favorecer por igual a los hijos de los mapuches campesinos y a los que vivan y trabajen en la ciudad como obreros o artesanos, que no son pocos.
Finalmente, quiero sugerir y redactaré una indicación al respecto que este proyecto beneficie también a los hijos de los nativos de la Isla de Pascua, pues considero que todo lo que signifique estimular a los pascuenses es bueno para acercar cada vez más esa comunidad al continente. Es cierto que las autoridades se han preocupado, en diversas etapas, de proporcionar alicientes a los nativos de la Isla de Pascua, pero creo que hay que hacer mucho más por ellos. De ahí que me atreva a insinuar que se acoja mi iniciativa de extender estos beneficios a los hijos de los pascuenses, con el fin de que puedan obtener becas en el continente.
El señor PALMA.-
¿Me permite una interrupción, señor Senador?
El señor RODRIGUEZ.-
Cómo no.
El señor AYLWIN (Presidente).-
Con la venia de la Mesa, tiene la palabra Su Señoría.
El señor PALMA.-
Efectivamente, como lo ha dicho el Honorable señor Rodríguez, se estima que en el país, según datos que dio el Director de Asuntos Indígenas, la cantidad de indígenas llega a los 450 mil: 300 mil radicados en la zona de La Frontera y 150 mil en las ciudades, especialmente en Santiago, Valparaíso y Concepción. Para estos últimos sirven,, evidentemente, todas las atenciones que presta la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, que trata de modo parejo a los habitantes de las ciudades y atiende, por consiguiente, todos los problemas de los muchachos de escasos ingresos en cuanto a su concurrencia a las escuelas primarias y secundarias y a las universidades.
Proporcionó otros datos: hay una cantidad significativa, no muy numerosa pero significativa, de estudiantes de origen mapuche radicados en las ciudades y que reciben incluso becas universitarias. Así, pues, los que residen en las áreas urbanas están comprendidos en las disposiciones que rigen a la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas y en las posibilidades que abre esta institución, a la cual se entrega también el manejo del Fondo Especial, con el que de alguna manera podrá reafirmar su tarea, especialmente en favor de los mapuches.
Pero quiero destacar que el proyecto de ley en debate tiene por objeto fundamental auxiliar a los hijos de los campesinos y, entre ellos, en una cuota importante, a los hijos de los mapuches. Por consiguiente, me parece que la disposición, tal como ha quedado después de un debate bastante extenso, cubre los diversos aspectos que se desea abordar, en la forma más equitativa posible.
Esa era la explicación que quería, dar al Honorable señor Rodríguez.
El señor AYLWIN (Presidente).-
Puede continuar el Honorable señor Rodríguez.
El señor RODRIGUEZ.-
Había terminado mis observaciones, señor Presidente. Estoy redactando la indicación tendiente a incluir en el proyecto a los hijos de los nativos de Isla de Pascua.
El señor AYLWIN (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Contreras.
El señor CONTRERAS.-
Señor Presidente, nosotros daremos nuestra aprobación en general a esta iniciativa, pero somos de opinión de que no debiera hacerse Una distribución muy rígida del dinero, en porcentajes destinados a determinadas zonas. Creemos que, sin lugar a dudas, el hijo del campesino mapuche es uno de los niños más abandonados hasta ahora. Pero a lo largo del país, en todas las provincias, hay hijos de campesinos, muchos de elios en zonas realmente inhóspitas, como los que viven al interior de las provincias de Tarapacá y Antofagasta, gente que ni siquiera dispone de vías de comunicación terrestre. Por eso estimamos que debe dejarse alguna facultad a la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas para distribuir equitativamente los fondos que se le confían.
Por otra parte, me parece, en lo relativo al financiamiento, que no debiera de considerarse el impuesto a los teléfonos públicos. Sabemos con cuántas dificultades tropiezan en la actualidad los habitantes de las mal llamadas poblaciones marginales. La mayoría de ellos no tiene a su alcance ni siquiera un modesto teléfono público en algunas poblaciones. Que ese impuesto se aplique también a los teléfonos públicos quizás pueda significar que, en vez de ampliar a las poblaciones esta vía de comunicación, ella se restrinja.
Pero quiero felicitar a los miembros de la Comisión de Hacienda por haber eliminado el inciso primero del artículo 1º del proyecto que proponía la Comisión, de Educación Pública. ¿Por qué razón? Porque en aquel inciso se hablaba de la enseñanza básica, media, superior y universitaria. Me parece buen criterio de la Comisión de Hacienda suprimir esa disposición, porque en el campo chileno no sólo se requiere enseñanza básica, media, superior y universitaria; hacen falta muchas escuelas granjas y muchas escuelas industriales, pues gran parte de la emigración de los hijos de campesinos a las ciudades se debe precisamente a que en el campo no obtienen una remuneración que les permita vivir. En la mayoría de los casos, provienen de familias que poseen predios agrícolas insuficientes, como ocurre concretamente con las reducciones mapuches, en razón de haber aumentado considerablemente el número de los miembros de la familia y de haberse producido por esta causa la división de las tierras. Es decir, en vez de acrecentarse la superficie de tierra en proporción al aumento de la familia, aquélla se ha ido reduciendo. En consecuencia, según mi parecer, es indispensable que la Comisión, o la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, considere de preferencia esta necesidad de impartir enseñanza en los campos, principalmente mediante escuelas agrícolas, para que el hijo del campesino aprenda alguna profesión, o algunas profesiones, y de este modo no sería menester llevar a los campos gente de la ciudad, que tiene una manera diferente de pensar y de vivir, a la que hay que aclimatar y ambientar. Debemos, además, tomar en cuenta que el único que quiere la tierra es el que ha nacido en ella. El es el que debe aprender, en las escuelas granjas, a manejar una máquina, a curtir un cuero; un poco de carpintería. En buenas cuentas, hay que entregar profesionales a la agricultura mediante la educación de los hombres del campo. Y otro tanto debe hacerse por medio de escuelas industriales.
Exponemos estas ideas con el propósito de que las tomen en cuenta en el segundo informe, si lo consideran conveniente los miembros de la Comisión.
Damos nuestros votos favorables al proyecto.
El señor PAPIC.-
Señor Presidente, me alegro de esta iniciativa de la que es autor el Diputado democratacristiano Pedro Alvarado, porque con ella, convertida en ley de la República, se complementará una tarea muy importante, una de las obras sustanciales que se realizaron en el Gobierno del Presidente Frei y de la Democracia Cristiana.
Fueron centenares las escuelas que entonces se construyeron en los campos de Chile. Tenemos el caso, por ejemplo, de las provincias de Valdivia, Osorno y Llanquihue, que represento en el Congreso: centenares de escuelas se levantaron en los sectores rurales, en donde jamás habían tenido acceso a la educación primaria los hijos del campesinado. Pero como no se podía dar una solución total a ese problema, que era muy grave, quedaron evidentemente algunos vacíos en la tarea, como por ejemplo la construcción de internados. Resulta muy doloroso comprobar, como nos ha correspondido, que hijos de campesinos tengan que recorrer en pleno invierno, bajo la lluvia, cinco, seis o más kilómetros para llegar a la escuela primaria.
De ahí que con esta iniciativa no sólo se dé solución a la necesidad de otorgar becas en especial al sector mapuche y en genera] a los hijos de los campesinos. Lo que me parece muy importante es que se abre la posibilidad de construir escuelas hogares, con lo cual evidentemente se resolverá de modo más eficaz este grave problema.
En cuanto al impuesto que se cobrará por cada servicio telefónico en esto difiero con el Honorable señor Contreras, creo que no será muy gravoso, ya que el valor de la cuota CORVI actualmente de alrededor de quince escudos en definitiva se cargará a las entradas generales de cada empresa. Me alegro de que este gravamen no afecte a los sectores más modestos de la población.
Pensamos que esta iniciativa beneficiará a los hijos de los campesinos, al abrirles mayores posibilidades de instrucción y educación, de acuerdo con los planes que establezca el Ministerio del ramo.
Por las razones expuestas, aprobaremos esta iniciativa.
El señor ACUÑA.-
Al igual como lo señaló el Honorable señor Baltra, quiero manifestar nuestra adhesión al proyecto en debate, que tiene extraordinaria significación social, por cuanto tiende, fundamentalmente, a elevar la condición intelectual y educacional de los hijos de los trabajadores del campo, llámense campesinos, obreros o pequeños, agricultores. En parte principal beneficiará también a los hijos de los mapuches, ya que un porcentaje importante de los recursos se destinará a entregarles mejores condiciones de vida y herramientas para luchar en ella.
Esta es otra iniciativa dentro de la inquietud y esfuerzo que se está realizando para mejorar las condiciones de vida de los hijos de los campesinos, la gente más modesta de Chile.
En lo que concierne a los hijos de los mapuches, quiero expresar que en el proyecto que legisla sobre los indígenas y que estamos estudiando en las Comisiones de Agricultura y de Legislación, hemos establecido algunas disposiciones que reflejan la inquietud de muchos sectores para entregar recursos extraordinarios al nuevo Instituto de Desarrollo Indígena que se crea. Con ello se pretende dar una solución al campesino mapuche en cuanto a la propiedad de la tierra y una atención preferente a sus hijos en la parte educacional.
Comprendemos que el problema más importante y básico que afecta a la población indígena de Chile es el de la educación, que, agregado a la extremada pobreza que sufren, hace que se reduzcan aún más sus posibilidades de incorporarse con mejores herramientas de lucha a la sociedad en que vivimos.
Quiero recalcar la idea planteada por el Honorable señor Rodríguez, quien propuso extender el beneficio no sólo a los hijos de los mapuches, sino que también a los de los indígenas de la Isla de Pascua. Sin embargo, la verdad es que en Chile existen muchos indígenas: están los aimarás, en el Norte; los mapuches, en el Sur; los indígenas de la isla de Pascua. De modo que hacer una enumeración sería un poco restrictivo. Creo que el propósito se cumpliría de manera más positiva si a la frase una suma no inferior al 20% de estos ingresos favorecerá exclusivamente a estudiantes hijos de campesinos mapuches, se agregan las palabras e indígenas. Con esto se comprendería a todos los grupos étnicos indígenas de Chile, dispersos en las diferentes regiones del territorio.
Aparte lo anterior, debo expresar que la idea contenida en el artículo 3º es de suyo justa y positiva: se establece que la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas deberá construir, mantener y equipar hogares estudiantiles para los hijos de campesinos, mapuches e indígenas y que por lo menos deberá existir uno en cada provincia.
En la actualidad, los hijos de campesinos que viven en el Sur de Chile y reciben educación, naturalmente experimentan una tragedia extraordinaria, aparte que también realizan un gran esfuerzo para salir adelante, porque allá prácticamente llueve en forma intensa todo el año escolar, de marzo a diciembre. En efecto, los hijos de los modestos campesinos diariamente deben recorrer cuatro, cinco, diez o más kilómetros para llegar a las distintas escuelas para recibir la educación básica; de manera que su situación es muy distinta de la de otros estudiantes hijos de trabajadores, especialmente de los sectores urbanos, por difíciles que sean las condiciones que afronten para educarse.
Los hogares estudiantiles son una necesidad básica en el campo. No se saca nada con construir una, dos, tres o cuatro escuelas en determinada zona rural para los hijos de los campesinos si éstos no tienen posibilidad de vivir en un hogar que les permita recibir una educación especializada y continuada, y también recibir la ayuda del Estado a través de una alimentación adecuada y de becas que impliquen aspectos como el vestuario, por ejemplo.
Los Senadores de la Izquierda Radical, conscientes de la realidad que vivimos en este aspecto y de la importancia de la iniciativa en debate, le prestaremos nuestra entusiasta adhesión.
El señor MONTES.-
Señor Presidente, quiero referirme a un asunto planteado en el penúltimo inciso del artículo 2º aprobado por la Comisión de Hacienda.
Creo que lo resuelto allí corresponde a la realidad y a las necesidades concretas. Si bien es cierto que se otorga el 20% de los ingresos a favorecer exclusivamente a los hijos de los campesinos mapuches, o lo es menos que un poco antes se habla de estudiantes hijos de campesinos y minifundistas, dentro de los cuales quedarían incluidos todos los otros sectores que aquí se han mencionado.
En verdad, lo propuesto por el Honorable señor Acuña agregar las palabras e indígenas a la frase en que se habla de los mapuches podría ser una solución; pero si la redacción del precepto permanece tal como está, los grupos señalados, por ser campesinos, quedarían incluidos en lo que se dispone al comienzo de artículo.
Por lo tanto, me parece que este tipo de detalles no toca el fondo del problema.
Sin embargo, debo expresar que me llama la atención la frase final de este inciso, que establece: Una suma no inferior al 20% de estos ingresos favorecerá exclusivamente a estudiantes hijos de campesinos mapuches que vivan en las comunidades indígenas, debiendo aportarse: otra cantidad semejante para este mismo fin y por ministerio de esta ley, por la, Dirección de Asuntos Indígenas. Un señor Senador entiendo que el Honorable señor Palma expresó que el rendimiento total del proyecto será de más o menos 40 o 45 millones de escudos. O sea, el 20% de esa cantidad ascenderá a 8 o 9 millones de escudos. Y si una suma semejante debe aportar, por mandato de la ley en estudio, la Dirección de Asuntos Indígenas, significa que este precepto ordena a un organismo fiscal efectuar un desembolso. En verdad, no estoy seguro de si ello requiere patrocinio constitucional t me asalta la duda al respecto.
Entiendo que cuando el Ejecutivo patrocina un proyecto de ley y lo incluye en la Convocatoria, no necesariamente patrocina también indicaciones parlamentarias relativas a aportes financieros por parte del Estado. Esto se deduce de precedentes sentados en la Corporación.
En realidad, no tengo la certeza de que el Ejecutivo haya patrocinado que la Dirección de Asuntos Indígenas aporte, por ministerio de la ley en proyecto, alrededor de 9 millones de escudos. Hago hincapié en este punto, no para oponerme, sino para esclarecer una situación que podría pasar inadvertida y que no sería procedente desde el punto de vista constitucional.
Además, debe tenerse en cuenta que, como ya se ha hecho presente, en el Parlamento se halla otro proyecto que legisla sobre asuntos indígenas, y que en el Senado se ha realizado un estudio bastante acucioso primero en la Comisión de Agricultura y luego en la de legislación.
Entre otras materias, la iniciativa a que me refiero, contiene una disposición según la cual la Dirección de Asuntos Indígenas deberá financiar, preferentemente becas para los hijos de los campesinos mapuches que no estén trabajando la tierra ni radicados en zonas rurales, a los que la terminología del proyecto denomina como ausentes; es decir, favorece a aquellos mapuches qué viven en las ciudades. Hago esta referencia porque denantes preguntó el Honorable señor Rodríguez si las disposiciones del proyecto en debate favorecían o no a los hijos de mapuches que viven en las ciudades, y por qué se beneficiaría sólo a los hijos de mapuches que trabajan la tierra.
Como se puede apreciar, la redacción que tiene el proyecto en debate es correcto desde este punto de vista, toda vez que la otra iniciativa prevé la posibilidad de que la Dirección de Asuntos Indígenas otorgue becas a los hijos de mapuches que viven en las ciudades, los cuales podrán optar a ellas si cumplen los requisitos necesarios: falta de recursos y otras especificaciones que la reglamentación general establezca para estos efectos, en lo que también estamos de acuerdo.
En virtud de ese otro proyecto, la Dirección de Asuntos Indígenas adquiere bastante relevancia, por sus nuevas atribuciones para cumplir los objetivos que se le encomiendan, lo cual nos lleva a pensar que también crecerá su responsabilidad económica. Esto es absolutamente claro, ya que surgen nuevas obligaciones, mucho mayores que las que hoy día tiene.
Si esto es así, me preocupa que se pretenda hacer recaer en esta Dirección nuevos e importantes compromisos económicos en el proyecto que actualmente se discute en las Comisiones, como también en la iniciativa que ahora se debate en la Sala.
Debemos examinar este problema, porque aun cuando estamos de acuerdo con las finalidades del proyecto, tenemos que mirar sus normas con algún cuidado, porque las nuevas obligaciones de orden financiero que se están imponiendo a la Dirección de Asuntos Indígenas podrían ser difíciles de cumplir. Creo que, en este caso, debemos dictar una norma legal que pueda llevarse a la práctica y no una que se remita a señalar buenas intenciones. Es preciso que los aportes económicos sean de una cuantía que permita realizar esta obra de tanta importancia, como lo ha reconocido en la Sala prácticamente la unanimidad de los señores Senadores.
El señor BALTRA.-
¿Me permite una interrupción, Honorable colega?
El señor MONTES.-
Con mucho gusto.
El señor AYLWIN (Presidente).-
Con la venia de la Mesa, tiene la palabra Su Señoría.
El señor BALTRA
Coincido plenamente con la inquietud que planteó el Honorable señor Montes, porque, de acuerdo con la ley en proyecto, de los 45 millones de escudos que presumiblemente rendirá el mencionado impuesto, una suma no inferior al 20% de estos ingresos favorecerá exclusivamente a estudiantes hijos de campesinos mapuches que vivan en las comunidades indígenas,; o sea, 9 millones de escudos. Y agrega el inciso tercero del artículo 2º: debiendo aportarse otra cantidad semejante para este mismo fin y por ministerio de esta ley, por la Dirección de Asuntos Indígenas. Sin embargo, como hasta la fecha esa Dirección concede becas por un monto de 26 millones 500 mil escudos al año, podría suceder que, para cumplir con ese aporte, debiera disminuir las becas que otorga en la actualidad, con lo cual no se obtendría el objetivo que se busca.
En consecuencia, me parece que el problema planteado por el Honorable señor Montes es digno de consideración, porque si no se busca financiamiento para los 9 millones de escudos que deberá aportar la Dirección de Asuntos Indígenas, la cantidad destinada a los estudiantes hijos de campesinos mapuches que vivan en las comunidades indígenas no será de 18 millones de escudos, como lo quiere la ley en proyecto, sino de sólo 9 millones de escudos.
Muchas gracias.
El señor MONTES.-
Señor Presidente, con relación a este problema, temo dos cosas. Primero, que el precepto sea inconstitucional; me asaltan dudas sobre el particular, no tengo seguridad, y por eso lo planteo a la Mesa. Y, segundo, temo que desde un punto de vista práctico, concreto, de interés para el propio despacho de la ley, esa norma sea incluso inconveniente, de acuerdo con las observaciones que formuló el Honorable señor Baltra y con las del Senador que habla.
En seguida, quiero referirme brevemente a una cuestión que mereció un planteamiento del Honorable señor Contreras y de la que también hizo mención un Senador democratacristiano. Se trata del inciso segundo del artículo 1º dé la Comisión de Hacienda, atinente a los teléfonos de uso público.
El citado organismo exceptuó del pago del impuesto consignado en el artículo 1ºa tina gran cantidad de servicios telefónicos, lo que me parece razonable: fiscales, del Parlamento, del Poder Judicial, de la Contraloría General de la República, etcétera; o sea, dichos servicios no estarían afectos al pago de ese tributo.
Comparto la opinión que dio aquí al respecto el Honorable señor Contreras, porque la verdad de las cosas es que los teléfonos de uso público tienen una función bien particular, cumplen una misión de tipo social indudable. Creo que no hay parlamentario para citar sólo este caso que en alguna oportunidad no haya tratado de solucionar el problema de carencia de teléfonos de uso público en alguna población, en el campo, en un lugar alejado, etcétera, porque se trata de un servicio indispensable.
En mi concepto, es inconveniente gravar a los servicios telefónicos señalados. Por lo demás, no creo que sean tantos como para provocar un descenso vertical de la tributación.
Luego, hay una segunda razón, y lo digo con mucha franqueza: el propio Presidente de la República anunció que se propondrá un proyecto de ley para estatificar la Compañía de Teléfonos. Por lo menos a nuestro juicio, ésa es una razón más para no estatuir que el referido impuesto, cuando los teléfonos sean de uso público, los pague la Empresa, porque sería como una forma de traspaso de dinero para ese fin por parte del Estado, operación que éste efectúa ordinariamente, y de acuerdo con las normas legales respectivas.
El señor JULIET.-
Lo pagará el particular.
El señor MONTES.-
Probablemente, de mantenerse el impuesto, deberán pagarlo los usuarios de los teléfonos públicos, que en general son personas a quienes deberíamos relevar de esa obligación, porque tienen dificultades para pagar.
Por lo tanto, nosotros insistimos en este, aspecto, y ruego a la Mesa tomar en cuenta la observación formulada por el Honorable señor Contreras, en el sentido de excluir a los teléfonos de uso público del impuesto en referencia.
El señor AYLWIN (Presidente).-
Ruego hacer llegar la indicación por escrito a la Mesa.
El señor MONTES.-
Muy bien.
El señor AYLWIN (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Luengo.
El señor LUENGO.-
Señor Presidente, empiezo señalando que ésta es una excelente iniciativa. Y quiero dejar constancia de mi felicitación al Diputado señor Pedro Alvarado, representante de la provincia de Cautín, quien fue autor del proyecto, con lo cual demuestra gran preocupación por un fuerte sector de ciudadanos que viven en esa zona, respecto de los cuales en este instante el Ejecutivo revela profunda inquietud, porque se está discutiendo, como aquí se decía, una nueva ley que trata de modificar la legislación indígena vigente, a fin de solucionar una serie de problemas suscitados a lo largo de la existencia de la raza aborigen.
Estimo que, en general, la ley en proyecto está bastante bien concebida. Opino que sus disposiciones son muy armónicas y, en gran medida, serán de mucha eficacia para cumplir la finalidad que persigue la iniciativa. De manera que de mis palabras puede desprenderse mi voto favorable al proyecto de ley en estudio.
En particular, quiero referirme también al precepto que comentó el Honorable señor Montes: el inciso tercero del artículo 2° del texto de la Comisión de Hacienda.
A mi juicio, en esa norma hay una frase que deberíamos eliminar. El Honorable señor Montes señalaba que la frase final del inciso tercero le merecía dudas de orden constitucional. Confieso que yo también las tenía. Pero, más que eso, pienso que se trata de un precepto mediante el cual se pretende administrar los recursos de la ley en proyecto, misión que corresponde más bien al Ejecutivo, a través de sus organismos, y no al Congreso Nacional, porque, de acuerdo con la Carta Fundamental, el Presidente de la República es quien administra el Estado. Por eso, me parece que dicho precepto es inconveniente, como lo es también y lo he dicho en repetidas oportunidades que mediante iniciativas legales tratemos materias relacionadas con la Administración.
La frase en referencia establece que la Dirección de Asuntos Indígenas deberá aportar, para favorecer a los estudiantes hijos de campesinos mapuches que vivan en las comunidades indígenas, una cantidad equivalente al 20% que señala el precepto. En el hecho, ese organismo otorga actualmente becas a los hijos de los mapuches, vivan o no en las comunidades indígenas. En las ciudades habitan también hijos de campesinos mapuches. Por eso, la referida Dirección concede las becas sin hacer distingos en cuanto al lugar de residencia.
Por tal motivo, considero absolutamente innecesario que mediante la ley en proyecto obliguemos a la Dirección de Asuntos Indígenas a efectuar el aporte que señala el inciso tercero del artículo 2°.
Y, como bien recordaba el Honorable señor Montes, en el proyecto que actualmente discute la Comisión de Legislación del Senado se consigna un precepto que establece claramente que en los casos en que la ley califica de ausente de la comunidad indígena a un miembro de ella, no se priva a sus hijos del derecho a obtener una beca de las que otorga la .Dirección de Asuntos Indígenas. De manera que, en mi opinión, está perfectamente garantizada la posibilidad de obtener becas, tanto para los hijos de los campesinos mapuches que vivan en las comunidades indígenas como para los que no habiten en la comunidad propiamente tal.
En consecuencia, formulo indicación para suprimir la frase final de la segunda parte del inciso tercero del artículo 2°; o sea, para redactar el precepto de la siguiente manera: Los recursos que otorga la presente ley estarán destinados a favorecer a estudiantes hijos de campesinos y minifundistas. Una suma no inferior al 20% de estos ingresos favorecerá exclusivamente a estudiantes hijos de campesinos mapuches que vivan en las comunidades indígenas. La coma que sigue a la palabra indígenas se reemplazaría por un punto y la frase que dice debiendo aportarse otra cantidad semejante para este mismo fin y por ministerio de esta ley, por la Dirección de Asuntos Indígenas quedaría eliminada, porque de acuerdo con los antecedentes que expuse está de más. Como dije, el objetivo que persigue dicha norma está absolutamente garantizado en la actualidad, pues la Dirección de Asuntos Indígenas dispone de 26 millones 500 mil escudos, consignados en el Presupuesto de este año, para otorgar ese tipo de becas.
El señor AYLWIN (Presidente).-
Ruego a Su Señoría hacer llegar, la indicación por escrito a la Mesa.
Tiene la palabra el Honorable señor Valenzuela.
El señor VALENZUELA.-
Señor Presidente, quiero hacerme cargo de dos observaciones formuladas en la Sala.
En primer lugar, respecto de los teléfonos de uso público en este punto recogeré los planteamientos de los Honorables señores Montes y Contreras, pienso que toda la legislación que estamos dictando en beneficio de los hijos de campesinos y de mapuches carecerá de significado profundo si no cuenta con un mínimo de solidaridad por parte de la clase trabajadora. Esa es la realidad.
Yo pregunto: ¿qué representa para una población que tiene un teléfono público dar 15 escudos al mes a fin de permitir que los hijos de campesinos y de mapuches puedan educarse? Económicamente, nada. En cambio, tiene un gran significado social: demuestra la solidaridad de esos pobladores de la ciudad para con los hijos de los campesinos y de mapuches.
Si a los pobladores urbanos les gusta que en la ciudad haya escuelas donde sus hijos puedan instruirse como corresponde, ¿no es lógico que piensen, y deban pensar, que los hijos de los campesinos, y especialmente los de aquellos que viven en zonas inhóspitas como lo hemos planteado aquí y como lo señaló muy bien el Honorable señor Acuña, tengan igual posibilidad? ¿Por qué no van a colaborar? Comprendería una actitud negativa si se estuviera exigiendo una suma exorbitante; pero se trata de un aporte mínimo, insignificante.
Por otra parte, no sé qué dictaminará la Mesa sobre el problema constitucional planteado respecto de la Dirección de Asuntos Indígenas.
¿Qué establece la frase final del inciso tercero del artículo 2º? Que ese organismo deberá aportar, en beneficio de los estudiantes hijos de campesinos mapuches que vivan en las comunidades indígenas, una cantidad equivalente al porcentaje que señala dicho precepto. ¿Por qué? Porque se trata de otorgar una suma mínima, siempre indispensable, lo que no significa que la Dirección de Asuntos Indígenas no continúe otorgando becas a los hijos de mapuches residentes en la ciudad, quienes, naturalmente, también requieren de este beneficio. Creo que no representa ningún problema de tipo constitucional el hecho de asignar para esa finalidad específica una cantidad mínima de la suma total que la Dirección de Asuntos Indígenas destina a la concesión de becas. Desde el punto de vista práctico, estimo muy atendible esta norma, ya que, como digo, importa destinar el mínimo imprescindible para el objetivo señalado.
El señor LUENGO.-
¿Me permite, señor Senador?
El señor VALENZUELA.-
Le concedo una interrupción al Honorable señor Luengo.
El señor LUENGO.-
Agradezco la interrupción que me otorga el Honorable señor Valenzuela, pues me permitirá aclarar lo siguiente. En el hecho, la Dirección de Asuntos Indígenas ten la actualidad está otorgando mucho más del 20% señalado en el artículo 2º para becas de hijos de mapuches que viven en comunidades indígenas, porque la ley le da amplias facultades para estos efectos. Por eso, es absolutamente innecesaria esta disposición. Además, puede suceder que en un momento determinado dicho organismo destine a esa finalidad 50% o 60% más de los recursos que le da la ley de Asuntos Indígenas, o a la inversa, una proporción inferior, porque ello depende del número de postulantes a becas que haya.
Insisto: desde el punto de vista práctico este precepto es absolutamente innecesario.
El señor VALENZUELA.-
Lo que acaba de expresar el Honorable señor Luengo abona la tesis que sostengo, porque la ley en proyecto no cercena fondos a la Dirección de Asuntos Indígenas. Simplemente, le impone una obligación: aportar una suma equivalente al 20% de los ingresos del proyecto, para el cumplimiento de la finalidad específica de favorecer a hijos de campesinos mapuches que vivan en comunidades indígenas. Eso es todo. Por eso, estimo que no hay ningún problema para aprobar la norma en los términos en que lo hizo la Comisión de Educación.
El señor OCHAGAVIA.-
Los Senadores nacionales, que en las Comisiones de Educación y de Hacienda aprobamos el proyecto en discusión, consideramos indispensable expresar también en la Sala, nuestras palabras de apoyo a esta iniciativa, pues tiende a facilitar las posibilidades de acceso a una mejor educación a los hijos de campesinos.
Para cumplir dicha finalidad, la iniciativa establece diversos impuestos.
Algunos señores Senadores han mencionado los problemas que afectan a los campesinos de la zona austral. Sobre el particular, estimo de toda justicia favorecer a aquellos hogares campesinos que no están en condiciones de educar a sus hijos en los liceos y escuelas de las ciudades. Ello implica un esfuerzo que no está al alcance de los ingresos de los pequeños agricultores o minifundistas, que son los beneficiarios del proyecto en debate.
Deseo expresar algunas palabras de apoyo también a algo que mencionó un señor Senador.
Estimo muy importante que estas escuelas no sólo impartan educación básica, media o superior, sino que, esencialmente, en ellas el hijo del campesino se prepare en buena forma para la explotación agrícola, que en las zonas de minifundios es mucho más difícil. El aprovechamiento de tipo artesanal de los recursos naturales, así como las industrias derivadas de la pequeña agricultura, reclaman una capacitación superior.
Por lo tanto, esta iniciativa merece todo nuestro apoyo. Beneficiará al campesino y al indígena, ayudará a la capacitación de los hijos dejos campesinos y creará hogares que permitan que en las zonas aisladas, de clima inhóspito...
El señor AYLWIN (Presidente).-
Advierto al señor Senador que ha terminado el tiempo acordado para debatir este proyecto.
El señor OCHAGAVIA.-
Podría votarse de inmediato, entonces.
El señor AYLWIN (Presidente).-
Así se hará.
El señor OCHAGAVIA.-
Pero antes de ello, quiero preguntar a la Mesa, o a los miembros de la Comisión, si es posible agregar al artículo 3° la idea de que los fondos que se obtengan mediante los impuestos establecidos en esta iniciativa, puedan depositarse en una cuenta especial.
La señora CAMPUSANO.-
El artículo 2° del proyecto se refiere a la idea planteada por Su Señoría.
El señor OCHAGAVIA.-
Muy bien.
He terminado mis observaciones.
Se aprueba en general el proyecto.
El señor AYLWIN (Presidente).-
Antes de votar en particular las indicaciones formuladas, considero que la Mesa tiene el deber de pronunciarse sobre la duda de constitucionalidad planteada sobre el párrafo segundo del inciso tercero del artículo 2º del texto despachado por la Comisión de Hacienda.
He estudiado el asunto con relación a lo dispuesto en el artículo 45 de la Carta Fundamental, relativo a las materias que exigen iniciativa exclusiva del Presidente de la República, y resulta que la destinación o asignación de un gasto a un servicio público, como es el caso, no figura en dicho precepto. Junto con el señor Secretario revisamos la disposición constitucional y comprobamos que la norma legal propuesta no cabe dentro de su enumeración. En consecuencia, a juicio de la Mesa, el párrafo no podría considerarse inconstitucional por tal concepto.
Personalmente, me han asaltado dudas de que podría ser inconstitucional en relación con lo dispuesto en el artículo 44, Nº 4, de la Carta Fundamental, relativo a la Ley de Presupuestos. Tal norma dice: No podrá el Congreso aprobar ningún nuevo gasto con cargo a los fondos de la Nación, sin crear o indicar, al mismo tiempo, las fuentes de recursos necesarios para atender a dicho gasto.
En el fondo, la norma en referencia impone a un servicio público, que tiene un presupuesto para determinados fines, un nuevo gasto no incluido en ese presupuesto. Sin embargo, debo hacer presente que, según el informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, que figura en la página 570 del Manual del Senado, se ha estimado que esa norma se refiere sólo a los gastos consignados en la Ley de Presupuestos para tener vigencia en el respectivo año presupuestario. En consecuencia, tal norma constitucional no sería aplicable a este caso. De ahí que la Mesa estime que...
El señor JULIET.-
Salvo que se agregue la siguiente expresión: a partir del Presupuesto de 1973. Formulo indicación en tal sentido.
El señor AYLWIN (Presidente).-
Si Su Señoría hace llegar tal indicación a la Mesa, quedaría totalmente resuelto el problema.
En consecuencia, la Mesa estima que no es inconstitucional él párrafo en referencia, sin perjuicio de la apreciación que sobre su fondo pueda merecerle a la Sala.
Se dará lectura a las indicaciones.
El señor EGAS (Secretario subrogante).-
Las indicaciones llegadas a la Mesa son las siguientes:
De los Honorables señores Contreras y Montes para eliminar el inciso segundo del artículo 1º del texto despachado por la Comisión de Hacienda, y para agregar en el inciso final del artículo 1º la frase: y de uso público.
Del Honorable señor Baltra, para reemplazar en el inciso tercero del artículo 2º la cifra 20% por 40%.
Del Honorable señor Acuña, para sustituir el inciso tercero del artículo 2º por el siguiente: Los recursos que otorga la presente ley estarán destinados a favorecer a estudiantes hijos de campesinos y minifundistas. Una suma no inferior al 40% de estos ingresos favorecerá exclusivamente a estudiantes hijos de campesinos mapuches e indígenas.
Del Honorable señor Luengo, para suprimir la frase final del inciso tercero del artículo 2º desde donde dice: debiendo hasta Indígenas, reemplazando la coma que antecede a la frase por un punto.
De los Honorables señores Rodríguez y Chadwick, para intercalar un inciso cuarto, nuevo, en el artículo 2° del proyecto despachado por la Comisión de Hacienda, que diga: De idénticos beneficios gozarán los estudiantes originarios de Isla de Pascua.
Del Honorable señor Juliet, para agregar en el inciso penúltimo del artículo 2° sustituyendo el punto final por una coma, lo siguiente: a partir del año 1973.
El señor AYLWIN (Presidente).-
Mañana vence la urgencia de este proyecto. Por ello, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 137 del Reglamento, corresponde a la Sala pronunciarse de inmediato sobre las indicaciones formuladas.
El señor EGAS (Secretario subrogante).-
La primera indicación es de los Honorables señores Contreras y Montes, y consiste en eliminar el inciso segundo del artículo l9 y agregar al último inciso la frase siguiente: y de uso público.
El señor AYLWIN (Presidente).-
En votación la primera parte de la indicación.
(Durante la votación).
El señor CONTRERAS.-
El Honorable señor Valenzuela expresó que los trabajadores de las ciudades deben contribuir a financiar esta iniciativa, respecto de la cual todos nos hemos pronunciado favorablemente. Estamos de acuerdo en que debe existir un deber solidario, principalmente del proletariado urbano, para con los campesinos. No nos cabe ninguna duda de que así debe ser.
Pero al formular mi planteamiento, sostuve que esta disposición puede prestarse para que las empresas telefónicas limiten la instalación de servicios en aquellos sectores donde viven pobladores que carecen de los recursos necesarios para tener un teléfono particular. Previendo esta situación, y considerando indispensable ampliar la cantidad de teléfonos públicos muchas poblaciones no cuentan ni siquiera con un teléfono para casos de emergencia, estimamos necesario suprimir esta disposición.
En cuanto al deber de los trabajadores urbanos hacia los campesinos, especialmente para con los hijos de éstos, concordamos perfectamente en ello. Pero las razones que me mueven a votar favorablemente la indicación son las que acabo de formular.
Voto que sí.
El señor GARCIA.-
Es evidente que se ha incurrido en un error, porque si suponemos que desde un teléfono público se hacen veinte llamadas diarias, cada una de ellas costará, en vez de 500 pesos, 525 pesos, y si fueran cuarenta llamadas, 512,50 pesos. De manera que se gravará a la gente con 12 pesos por llamada telefónica. Este es todo el problema.
Voto que no.
El señor RODRIGUEZ.-
Votaré favorablemente la indicación; pero hace un momento expresaba mis dudas a los Honorables señores Montes y Contreras. Creo que su intención fue liberar del impuesto a los servicios telefónicos de uso público instalados en las calles, en las poblaciones, en las aldeas. Me parece que su propósito no se extiende a los teléfonos ubicados en lugares cerrados, porque forman parte del servicio telefónico de un establecimiento, restaurante o fuente de soda. Por eso creo que la intención es un tanto vaga. Si se aprueba, ojalá se pueda corregir mediante la vía del veto del Ejecutivo.
El señor LUENGO.-
Voto por mantener la disposición. Creo que en realidad se trata de una cantidad ínfima. Entiendo que actualmente el valor de la cuota CORVI es de alrededor de 15 escudos. Si tomamos en cuenta que una llamada en un teléfono público cuesta 500 pesos, resulta que con 30 llamadas se pagará la cuota del mes. Y creo que en un teléfono público fácilmente se hacen 200 o 300 llamadas diarias, porque están permanentemente ocupados. Son muchas realmente las llamadas que se hacen.
Reitero que, dada la finalidad con que se establece el gravamen, éste es de un monto ínfimo, por lo cual creo que no vale la pena eliminar la disposición.
Voto en contra.
El señor EGAS (Secretario subrogante).-
Resultado de la votación: 16 votos por la negativa' y 10 votos por la afirmativa.
El señor NOEMI (Presidente accidental).-
Rechazada la primera parte de la indicación.
El señor EGAS (Secretario subrogante).-
La otra parte de la indicación de los Honorables señores Contreras y Montes consiste en agregar en el último inciso del artículo l° la frase y de uso público.
El señor VALENZUELA.-
Que se rechace con la misma votación, pues es consecuencia de la indicación anterior.
El señor NOEMI (Presidente accidental).-
Si le parece a la Sala, se rechazaría con la misma votación anterior.
Acordado.
El señor EGAS (Secretario subrogante).-
El Honorable señor Acuña propone sustituir el inciso tercero del artículo 2° por el siguiente: Los recursos que otorga la presente ley estarán destinados a favorecer a estudiantes hijos de campesinos y minifundistas. Una suma no inferior al 40% de estos ingresos favorecerá exclusivamente a estudiantes hijos de campesinos mapuches e indígenas.
En resumen, tomando como base el informe de la Comisión de Hacienda, el Honorable señor Acuña, en su indicación, propone elevar el guarismo 20% a 40%; eliminar la frase que dice que vivan en las comunidades, y colocar la conjunción e antes de la palabra indígenas, eliminando la frase final que dice debiendo aportarse otra cantidad semejante para este mismo fin y por ministerio de esta ley, por la Dirección de Asuntos Indígenas.
El señor NOEMI (Presidente accidental).-
En votación.
(Durante la votación).
El señor BALTRA.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor NOEMI (Presidente accidental).-
Con la venia de la Sala, puede fundar el voto en primer lugar el Honorable señor Baltra.
El señor BALTRA.-
Presenté una indicación que en parte coincide con la que estamos votando, en cuanto a elevar el porcentaje de 20% a 40%. ¿En qué casos? Lo subordino al hecho de que se .apruebe la indicación del Honorable señor Luengo, suprimiendo la obligación que se impone a la Dirección de Asuntos Indígenas de aportar otro tanto. Si se suprime esta frase, propongo elevar el porcentaje del 20% al 40%, porque entonces el fondo para becas siempre queda en los 18 millones de escudos que se quiere.
El señor VALENZUELA.-
Votemos primero la frase.
El señor NOEMI (Presidente accidental).-
Estamos en votación.
¿Habría acuerdo de la Sala para suprimir la frase?
El señor GARCIA.-
No, señor Presidente.
El señor NOEMI (Presidente accidental).-
Continúa la votación.
El señor ACUÑA.-
¿Me permite la palabra para fundar el voto, señor Presidente?
El señor VALENZUELA.-
Antes que continúe la votación, ¿por qué no se vota la indicación para suprimir la frase final?
El señor NOEMI (Presidente accidental).-
Hice la consulta y no hubo acuerdo.
El señor REYES.-
No hubo acuerdo para suprimir la frase, pero no para votar la indicación.
El señor NOEMI (Presidente accidental).-
¿Habría acuerdo para votar separadamente la supresión de la frase?
El señor RODRIGUEZ.-
¿Cuál es la indicación que se vota?
El señor EGAS (Secretario subrogante).-
La indicación que se está votando es la del Honorable señor Acuña, que sustituye el inciso tercero del artículo 2° por el siguiente: Los recursos que otorga la presente ley estarán destinados a favorecer a estudiantes hijos de campesinos y minifundistas. Una suma no inferior al 40% de estos ingresos favorecerá exclusivamente a estudiantes hijos de campesinos mapuches e indígenas.
El señor ACUÑA.-
¿Me permite la palabra, señor Presidente, para fundar el voto?
El señor RODRIGUEZ.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor NOEMI (Presidente accidental).-
Con la venia de la Sala, puede fundar el voto el Honorable señor Rodríguez y después el Honorable señor Acuña.
El señor RODRIGUEZ.-
En realidad, aun cuando a la indicación del Honorable señor Acuña la guía un buen propósito, está, como quien dice si se me perdona la expresión complicando el asunto.
La iniciativa legal en debate responde fundamentalmente a favorecer a un grupo, que son los mapuches. El Honorable señor Acuña ha dicho que hay aimarás, que hay quechuas por alguna parte... Bueno, seguramente eso es efectivo, pero el volumen de esos grupos no es de tanta consideración ni gravitación en la comunidad nacional como la que tiene el sector mapuche. Por tal motivo yo pensé que era útil por razones, incluso, yo diría de estrategia política incluir a la Isla de Pascua. En consecuencia, creí conveniente favorecer a los hijos de nativos pascuenses; pero ya extender el beneficio a los hijos de todos los indígenas, significará que no atenderemos ni a los mapuches ni a los pascuenses. Por eso, rechazaré la indicación del Honorable señor Acuña, aun cuando comprendo que ella es muy generosa y universal. Pero no por ser universal y generosa vamos a favorecer a sectores muy reducidos que hay en Chile. Además, me parece un poco exagerado aumentar el porcentaje de 20% a 40%, porque si se trata de favorecer a los hijos de los campesinos y dentro de este concepto están los hijos de los campesinos mapuches, con la indicación estaríamos desnaturalizando un poco la iniciativa.
El señor ACUÑA.-
Lamentablemente, hay una confusión en cuanto a la captación de todas las ideas en una discusión como ésta, pues en un segundo informe debieron haberse armonizado las indicaciones que se han planteado.
Mi indicación tiende, en primer lugar, a suprimir la obligación que se impone a la Dirección de Asuntos Indígenas, por cuanto estimo que es una obligación un poco absurda si así pudiera calificársela de que ese organismo deba entregar un 20% más, en circunstancias de que no sabemos cuál es su presupuesto definitivo. Por eso, elimino esta frase.
En segundo lugar, mi indicación también suprime la expresión que vivan en las comunidades indígenas, porque los mapuches no sólo están radicados en ellas: hay una cantidad enorme, miles de mapuches con títulos singulares de dominio de propiedad, que viven en el campo no en comunidades.
En tercer lugar, al agregar la expresión hijos de campesinos mapuches e indígenas, he querido dar una amplitud genérica al problema.
En la Comisión estuvimos durante largas semanas escuchando a los antropólogos de la Dirección de Asuntos Indígenas del Ministerio de Tierras, quienes nos vinieron a dar cátedra al respecto. Nos explicaron que la labor de la Dirección de Asuntos Indígenas, que en lo futuro se denominará Instituto de Desarrollo Indígena, abarcará no sólo a los mapuches, sino que a todos los grupos étnicos descendientes de indígenas, llámense mapuches, huilliches, aimarás, diaguitas en el norte, collas, etcétera.
Respecto de los pascuenses, recuerdo que en la disertación que nos dieron los antropólogos de la Dirección de Asuntos Indígenas, informaron que los pascuenses corresponden también a un grupo étnico indígena, considerado dentro de las tareas del Instituto, al cual quieren darle atención preferente. Por tal razón, para abarcar en su integridad el problema, agregué la expresión campesinos mapuches e indígenas. Indudablemente que la Dirección de Asuntos Indígenas y la Junta de Auxilio Escolar y Becas deberán hacer una distribución de fondos proporcional a la cantidad de indígenas que exista en cada sector, entre los cuales habrán de comprender el grupo étnico de la Isla de Pascua.
El señor MONTES.-
¿Me permite la palabra para fundar el voto de inmediato?
El señor NOEMI (Presidente accidental).-
Con la venia de la Sala, puede fundar el voto Su Señoría.
El señor MONTES.-
Yo creo que las dos indicaciones que se están tratando en este momento tienen relación muy íntima.
No somos contrarios a ver la posibilidad de que la segunda indicación pueda ser votada primero, como aquí se ha propuesto, porque de ello podría depender la solución que se dé a la indicación del Honorable señor Acuña.
Por ejemplo, estoy de acuerdo con la formulación hecha por el Honorable señor Acuña en el sentido de eliminar la frase que vivan en las comunidades indígenas. Me parece que esto da una posibilidad más amplia a la norma y no restringe su aplicación. Desde este punto de vista, considero correcta la indicación.
Sin embargo, no estamos de acuerdo en elevar el porcentaje a 40% si se mantiene la última frase, porque significaría decirle a la Dirección de Asuntos Indígenas: No aporte 9 millones, sino 18 millones, en una actitud absolutamente inconstitucional.
En segundo término, quiero observar que nuestra opinión respecto de la última frase, es que, de acuerdo con el segundo precepto constitucional leído por el señor Presidente del Senado, es atribución exclusiva del Presidente de la República, 310 del Congreso Nacional, imponer gastos a un servicio, tal como se hace en esa indicación. De manera que, desde este punto de vista, no compartimos de ninguna manera la tesis de la Mesa.
En cuanto al aspecto de fondo del problema, nos preguntamos: si la Dirección de Asuntos Indígenas dispone de una cantidad de más o menos 26 millones de escudos para financiar becas, ¿qué ocurrirá si este proyecto le impone la obligación de destinar 9 millones de escudos para financiar becas? Que va a sacar fondos de esos 26 millones para financiar becas y en resumen no se aportará nada. Es decir, me parece que en .el fondo esta disposición no significa absolutamente nada, porque es claro y evidente que la Dirección de Asuntos Indígenas, como lo señaló denantes el Honorable señor Baltra, se verá en la obligación de echar mano del presupuesto de que dispone para esa finalidad, porque si no ¿de dónde obtiene estos recursos? Simplemente los tendrá que trasladar. Por otro lado, aparte ésta, a la Dirección de Asuntos Indígenas se le están dando en el proyecto que se discute, otras obligaciones. De manera que nosotros tenemos que operar sobre realidades. Por tal razón, proponemos suprimir la última frase, en la que se impone a la Dirección de Asuntos Indígenas la obligación de aportar una cantidad equivalente, en este caso, a 9 millones de escudos; primero por ser inconstitucional y, en seguida, porque, desde el punto de vista práctico, no significará ningún nuevo aporte a los fondos de que dispone la Dirección para otorgar becas a los indígenas y campesinos del país.
Creo que nuestro planteamiento ha sido claro.
Me permito sugerir que, antes de resolver sobre la indicación del Honorable señor Acuña, votemos la última, porque ello facilita la solución del problema planteado por Su Señoría. Insisto en que es previo tratar la última indicación, aun cuando en el orden formal aparezca primero la presentada por el señor Senador.
El señor NOEMI (Presidente accidental).-
Hace un instante solicité el asentimiento para votar la indicación que suprime la frase final. En vista de lo que acaban de exponer los señores Senadores, insisto una vez más en recabar el acuerdo de la Sala para dividir la votación.
La indicación del Honorable señor Acuña contiene tres aspectos: aumenta del 20% al 40% los fondos destinados exclusivamente a favorecer a los hijos de campesinos mapuches; agrega después de las palabras campesinos mapuches la expresión e indígenas, y suprime la frase final, que dice: ... que vivan en las comunidades indígenas, debiendo aportarse otra cantidad semejante para este mismo fin y por ministerio de esta ley, por la Dirección de Asuntos Indígenas.
Solicito el acuerdo de la Sala para dividir la votación.
El señor OCHAGAVIA.-
No hay acuerdo.
El señor JULIET.-
No comprendo por qué la Mesa se ha enredado tanto con este asunto.
¿Por qué no votamos la indicación del Honorable señor Luengo, que suprime la frase final señalada?
El señor NOEMI (Presidente accidental).-
Precisamente es lo que estoy proponiendo, señor Senador: que se divida la votación.
El señor LUENGO.-
Su Señoría ha olvidado que hay una indicación mía que se refiere sólo a la supresión de la frase final.
El señor OCHAGAVIA.-
Estamos en votación, señor Presidente.
El señor PAPIC.-
Pero, ¿qué estamos votando?
El señor NOEMI (Presidente accidental).-
Toda la indicación del Honorable señor Acuña, porque no hubo acuerdo para dividir la votación.
El señor LUENGO.-
No hubo acuerdo para aprobar la supresión, pero sí para votarla.
El señor PALMA.-
Pido la palabra para fundar mi voto, señor Presidente.
El señor NOEMI (Presidente accidental).-
Solicito el acuerdo de la Sala para que pueda fundar su voto de inmediato el señor Senador.
Acordado.
Tiene la palabra el Honorable señor Palma.
El señor PALMA.-
Creo que lo que planteó el Honorable señor Montes viene a resolver el problema, según los datos que hay al respecto.
La verdad es que la obligación que se establece para la Dirección de Asuntos Indígenas, de aportar una cantidad semejante a la que por medio de esta ley se destine a la enseñanza de los indígenas, se cumple ampliamente en la actualidad, ya que, según los antecedentes que se proporcionaron en la Comisión, ese organismo destinó en el año en curso para otorgar becas a los mapuches no para otras finalidades, sino exclusivamente para ésta y para la construcción de viviendas y fines de asistencia social la suma de 26 millones 500 mil escudos; es decir, dos veces y media lo que debería destinar con tal objeto en virtud de este proyecto. En consecuencia, como se ha dicho, la frase final resulta inútil.
El señor JULIET.-
Por eso, votemos la indicación del Honorable señor Luengo.
El señor PALMA.-
Y, seguramente, una política similar se seguirá en el futuro.
El señor NOEMI (Presidente accidental).-
Perdón, señor Senador.
Me acaban de informar que hay acuerdo para votar la supresión de la frase final del inciso.
El señor PALMA.-
Votaré por el rechazo de esa frase en el momento oportuno.
Ahora, la idea de subir del 20% al 40% el aporte también la discutimos en la Comisión.
El objetivo preciso de este proyecto no es únicamente el de ayudar a los mapuches, sino también a los campesinos e indígenas en general. Además, la Dirección de Asuntos Indígenas hoy proporciona ayuda en el Norte y en Aisén; de manera que su labor no se restringe sólo, como podría pensarse, a la región donde habitan los mapuches, a la Frontera. Por eso, pienso que incluso mantener el 20%, ya resulta un porcentaje bastante elevado si consideramos el número de niños campesinos que serían favorecidos con esta iniciativa con relación al número de niños propiamente mapuches que resultarían beneficiados. Por lo tanto, estimo que debe mantenerse la cifra actual, de 20%, suprimiendo la frase final del inciso.
El señor JULIET.-
O sea, vota favorablemente la indicación del Honorable señor Luengo.
El señor NOEMI (Presidente accidental).-
Se me informa que ahora hay acuerdo para votar la indicación que suprime la frase final.
Si le parece a la Sala, así se procederá.
Acordado.
En votación.
(Durante la votación).
El señor NOEMI (Presidente accidental).-
Solicito el acuerdo de la Sala para que funden sus votos en primer lugar lo Honorables señores Carmona y Ochagavía.
Acordado.
El señor CARMONA.-
Soy partidario de conservar la frase final, la que dice relación con los hijos de campesinos mapuches que vivan en comunidades indígenas, por una razón muy sencilla.
Esta iniciativa tiene por finalidad fundamental financiar la dación de becas para los hijos de campesinos y minifundistas en general, y la disposición en referencia establece la obligación de destinar una suma no inferior al 20% de los ingresos que resulten de la aplicación de la ley para favorecer exclusivamente a estudiantes hijos de campesinos mapuches que vivan en las comunidades indígenas. Ahora bien, ¿por qué me parece que debe mantenerse la frase final? Porque tanto en la Cámara de Diputados como en la Comisión de Educación del Senado se estudió prolijamente este asunto, y si se concluyó que era necesario establecer la obligación de atender primordialmente a los hijos de campesinos mapuches que vivan en las comunidades indígenas, de seguro es porque este problema confieso que no lo conozco debe requerir solución urgente. Me parece que eliminar la frase vendría únicamente a redundar en el aumento de las becas que en estos momentos se dan a los hijos de los campesinos, pero no serviría al fin específico de destinar, por lo menos, una suma mínima para la atención de un problema que, según se desprende del proyecto y de su estudio tanto en la Cámara como en la Comisión técnica del Senado, requiere atención preferente.
Por eso, soy contrario a la indicación para suprimir la frase en referencia.
El señor LUENGO.-
Pido la palabra para fundar mi voto, señor Presidente.
El señor NOEMI (Presidente accidental).-
Estamos en votación, señor Senador, y ya hubo acuerdo para que fundara su voto el Honorable señor Ochagavía.
El señor OCHAGAVIA.-
No tengo inconveniente en dar preferencia al Honorable señor Luengo.
El señor OCHAGAVIA.-
Soy contrario a la supresión de la frase final del inciso, como se propone en la indicación del Honorable señor Luengo. Había ofrecido a la Mesa que diera preferencia al señor Senador para fundar su voto, pues tal vez luego de su exposición podría haber variado mi pensamiento.
El señor LUENGO.-
Seguramente lo habría hecho, señor Senador.
Pero no sé puede, señor Senador.
Tiene la palabra para fundar el votó Su Señoría.
El señor NOEMI (Presidente accidental).-
El señor OCHAGAVIA.-
He escuchado con atención los argumentos que se han dado, y, en verdad, me hace fuerza uno expuesto por el Honorable señor Carmona.
Quiero agregar algo más: si bien la Dirección de Asuntos Indígenas está destinando la suma de 26 millones en el año en curso para las becas de los indígenas, ello no es una obligación de dicho servicio. Por lo menos, no se dice en la ley. Por eso, con la frase que se propone suprimir se quiere establecer una obligación de aportar la suma de nueve millones con tal objeto.
El señor PALMA.-
Otros nueve millones.
El señor OCHAGAVIA.-
Yo pediría a la Mesa que aclarara si se trata de aportar nueve millones de los 26 que ya destina a este fin, o de nueve millones más.
Pienso que lo importante es que la Dirección de Asuntos de Indígenas tenga la obligación de hacer el aporte. Por eso, no soy partidario de suprimir la frase final.
El señor LUENGO.-
Procuraré ser lo más claro posible, pues creo que podría lograr que se apruebe mi indicación, que considero más conveniente.
En primer lugar, deseo destacar lo siguiente: para el año en curso ruego al Honorable señor Ochagavía que me escuche, pues dijo que tal vez con mi explicación podría modificar su criterio, por una ley vigente, la Dirección de Asuntos Indígenas dispone de un presupuesto ascendente a 26 millones 500 mil escudos para otorgar becas a los hijos de los indígenas.
El señor OCHAGAVIA.-
¿Está seguro Su Señoría que está vigente la ley?
El señor LUENGO.-
Sí, señor Senador. Incluso en el informe de la Comisión de Hacienda consta que el Director de Asuntos Indígenas manifestó que en el año en curso su organismo ha destinado a esta finalidad a la asesoría educacional y a la asistencia social, como se manifiesta textualmente en el informe, la suma de 26 millones 500 mil escudos, que se están distribuyendo por medio de becas para los hijos de los indígenas, vivan en comunidades o no.
Ahora bien, a través de esta iniciativa, que destina otros 45 millones de escudos para otorgar becas a hijos de campesinos y minifundistas, se trata de asignar de esos 45 millones de escudos, de acuerdo con el inciso tercero de su artículo 2°, otros nueve millones de escudos, de que dispondrá también la Dirección de Asuntos Indígenas para destinarlos a los hijos de los indígenas que vivan en comunidades, como señala la disposición. Pues bien, ¿qué objeto tiene esto, si la Dirección ya está cumpliendo esta finalidad con los recursos de que dispone por ley? En el hecho, la frase que se propone suprimir resulta un poco inocua, o, más bien dicho, perjudicial, porque obliga a la Dirección a entregar, además de los nueve millones de escudos que aquí se asignan en beneficio de los mapuches que vivan en comunidades, una suma equivalente que, de hecho, la Dirección ya está entregando para esta finalidad. Incluso, puede aportar mucho más si es necesario.
Por eso, estimo que la frase está absolutamente de más, porque no quita ni pone rey. Sólo significa una complicación, porque la Dirección de Asuntos Indígenas no entregará los 9 millones de escudos a otro organismo, sino que los administrará ella misma.
Por lo anterior, voto por la supresión de la frase.
El señor NOEMI (Presidente accidental).-
Solicito el asentimiento de la Sala para que pueda fundar su voto de inmediato el Honorable señor Ferrando.
Acordado.
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor FERRANDO.-
El aporte que hace para becas el Ministerio de Tierras y Colonización a través de su Dirección de Asuntos Indígenas no obedece a una ley especial permanente, sino a la ley de Presupuestos, que varía cada año. Puede que en un año asigne a este fin una cantidad, y que al siguiente destine otra distinta o bien no establezca suma alguna, ya que no se trata de una obligación. Por eso, se pretende obligar a la Dirección de Asuntos Indígenas en el futuro Instituto de Desarrollo Indígena, si se acuerda cambiar el nombre a aportar anualmente una cantidad idéntica a la que se destine a dicha finalidad por este proyecto, y que dependerá del producido del impuesto que él establece. Si se recaudan 1O millones, la Dirección aportará otro tanto. Porque el hecho es que la Dirección de Asuntos Indígenas o, más bien dicho, el Ministerio de Tierras y Colonización del cual dependen o tiene la obligación legal de destinar fondos para la enseñanza de los mapuches, sino que hasta el momento lo ha hecho porque, de acuerdo con sus funciones, ha estimado indispensable ayudar al desarrollo cultural de los indígenas mediante becas. Por eso hoy ha destinado esa cantidad. Podría suceder que en lo futuro no se la consigne en la ley de Presupuestos, pero, de acuerdo con el proyecto, deberá otorgársele por lo menos un porcentaje equivalente al 20%, como lo señala la disposición.
Por eso, soy partidario de mantener la frase.
El señor MONTES.-
En forma muy breve, deseo reiterar dos argumentos que hemos expuesto anteriormente.
En primer lugar, considero absolutamente claro que mediante este expediente no es posible imponer obligaciones financieras a organismos fiscales. Ello es indudable. Basados en este predicamento, en otra ley se podría establecer, por ejemplo, lo siguiente: El Ministerio de la Vivienda y Urbanismo destinará el 80% de su presupuesto, o 500 millones de escudos o mil millones de escudos para tal finalidad. El Congreso no cuenta con atribuciones para proceder en esa forma. Es absolutamente inconstitucional.
En segundo término, y en lo relativo al problema de fondo, me parece inútil colocar aquella frase en esta disposición legal, ya que el organismo pertinente dispone de los fondos necesarios para destinarlos a la misma finalidad. Al no crearse nuevos recursos y obligarlo a utilizar los mismos fondos de que dispone con ese objetivo, no estamos aportando nada nuevo a la destinación de becas.
Por tal razón, votaremos por la supresión de la frase, máxime cuando los dos argumentos que hemos señalado nos demuestran que ella está de más.
Se rechaza la indicación tendiente a suprimir la frase antes enunciada (13 votos por la negativa y 12 por la afirmativa).
El señor EGAS (Secretario subrogante).-
Indicación de los Honorables señores Acuña y Baltra para sustituir el guarismo 20% por 40%.
El señor NOEMI (Presidente accidental).-
En votación.
(Durante la votación).
El señor RODRIGUEZ.-
Entiendo que sus autores retiraron la indicación.
El señor BALTRA.-
Habiéndose mantenido la frase final, retiro mi indicación.
El señor ACUÑA.-
La cifra permanecería igual.
El señor NOEMI (Presidente accidental).-
¿Su Señoría retira también su indicación?
El señor ACUÑA.-
Sí, señor Presidente.
El señor MONTES.-
Debo advertir al señor Presidente que 13 señores Senadores votamos por la afirmativa. Como todos ellos se encuentran en la Sala, tal hecho es evidente.
El señor RODRIGUEZ.-
El Honorable señor Luengo votó al fundar su pensamiento.
El señor LUENGO.-
Tal vez no se computó mi voto.
El señor OCHAGAVIA.-
Esta es la primera vez que se objeta el recuento de una votación.
El señor MONTES.-
Se trata de nuestros votos, señor Senador.
El señor NOEMI (Presidente accidental).-
El resultado de la votación anterior, fue proclamado y computado debidamente por el señor Secretario. En este momento se está Votando la indicación para sustituir el guarismo 20% por 40%.
El señor MONTES.-
Reitero que 13 Senadores votamos por la afirmativa.
El señor NOEMI (Presidente accidental).-
Los autores de la indicación la retiraron, de modo que no cabe votarla. En consecuencia, resta pronunciarse respecto de la del Honorable señor Acuña que propone sustituir la frase que vivan en comunidades indígenas por las palabras e indígenas.
El señor JULIET.-
Aprobémosla.
La señora CAMPUSANO.-
¿Qué explicación se da al hecho de que aparezcan menos votos de los que en realidad debieran figurar en la votación?
El señor LUENGO.-
Me parece que eso es fácil de corregir.
El señor NOEMI (Presidente accidental).-
Reitero que la votación ya fue proclamada, y que se computó debidamente.
El señor MONTES.-
Señor Presidente, ¿cómo es posible proclamar dicha votación, en circunstancias de que votamos 13 señores Senadores por la afirmativa?
El señor OCHAGAVIA.-
Si un Senador se ha retirado de la Sala, ¿cómo es posible poner en duda lo que dice el señor Secretario?
La señora CAMPUSANO.-
No estamos reclamando por la votación de Sus Señorías, sino por la nuestra, que registra menos votos que los que realmente emitimos.
El señor MONTES.-
Eso es evidente.
El señor OCHAGAVIA.-
Hay un señor Senador que se sienta en las bancadas de Sus Señorías y cuya votación fue contraria.
La señora CAMPUSANO.-
¿A quién se refiere Su Señoría?
El señor OCHAGAVIA.-
Al Honorable señor Gumucio.
La señora CAMPUSANO.-
Siempre tengo la preocupación de escuchar atentamente al Honorable señor Gumucio, pues a veces vota en forma distinta de la de nosotros. Ahora lo hizo afirmativamente.
El señor OCHAGAVIA.-
Doy excusas a Su Señoría, pues el caso que yo citaba se produjo en la votación anterior.
El señor NOEMI (Presidente accidental).-
Recalco que la votación fue debidamente controlada y ya se proclamó. Además, no es obligación de la Mesa informar qué Senadores votaron y en qué forma lo hicieron; de modo que está terminada.
El señor VALENZUELA.-
En la duda, debe hacerse.
La señora CAMPUSANO.-
Que quede claramente establecido que trece de los Senadores presentes en la Sala votaron por la afirmativa.
El señor VALENZUELA.-
Aunque no constituya obligación de la Mesa, y ante las dudas surgidas, ¿por qué no se aclara el problema?
El señor OCHAGAVIA.-
Si la votación no fue nominal, ¿cómo podrá saberse la forma en que votaron los distintos señores Senadores?
El señor NOEMI (Presidente accidental).-
No es obligación de la Mesa informar cómo votó cada señor Senador.
Corresponde pronunciarse sobre el resto de la indicación del Honorable señor Acuña, que propone sustituir la frase que vivan en las comunidades indígenas por las palabras e indígenas.
Si le parece a la Sala, se aprobaría la indicación.
El señor RODRIGUEZ.-
Con mi voto en contra.
El señor NOEMI (Presidente accidental).-
Con los votos en contrario de los Honorables señores Rodríguez y Carmona.
El señor GARCIA.-
Y también con el mío.
El señor OCHAGAVIA.-
En ese casó debe votarse.
El señor NOEMI (Presidente accidental).-
En votación.
(Durante la votación).
El señor MONTES.-
Votaremos favorablemente la indicación por el siguiente motivo.
En el proyecto sobre indígenas, la terminología utilizada es indígenas, y no mapuches. Se ha procedido así para que dentro del concepto queden comprendidos todos los indígenas y no solamente los mapuches. El mapuche es indudablemente el grupo aborigen mayoritario, tal como aquí se ha señalado. Pero al mismo tiempo, si se incorpora el término indígena, entendemos que se hace para señalar que el otorgamiento de becas no sólo beneficiará a los hijos de los mapuches, sino también a los de los huilliches o a los de otro grupo de indígenas, los cuales, por exclusión, podrían quedar al margen.
Como entendemos la indicación en ese sentido, la votaremos favorablemente.
El señor TEITELBOIM.-
Deseo fundar mi voto.
Votaré favorablemente, pero con una preocupación ante la inadecuada redacción que se ha propuesto. Si se dice mapuches e indígenas se está suponiendo que los mapuches no son indígenas. Por eso, o bien se dice sólo indígenas o mapuches y demás indígenas.
El señor ACUÑA.-
El inciso dice campesinos mapuches.
El señor TEITELBOIM.-
Sé que hay muchos enredos, pero desde el punto de vista del idioma y de la lógica, constituye un absurdo. No sé si es posible decir y demás indígenas en vez de e indígenas.
El señor JULIET.-
Me parece muy bien.
El señor LUENGO.-
Puede hacerse por acuerdo unánime.
El señor NOEMI (Presidente accidental).-
Después de aprobarse la indicación es posible corregir la redacción, por acuerdo de la Sala.
¿Cómo vota Su Señoría?
El señor TEITELBOIM.-
Voto favorablemente, y al mismo tiempo formulo tal sugerencia respecto de la redacción.
El señor RODRIGUEZ.-
Voto negativamente porque perjudica a los mapuches.
Voto favorablemente, en el entendido señalado por el Honorable señor Teitelboim.
Se aprueba la indicación (16 votos por la afirmativa, 8 por la negativa y 1 pareo).
El señor LUENGO.-
El señor NOEMI (Presidente accidental).-
¿Habría acuerdo para reemplazar la conjunción e por las palabras y demás, a fin de corregir la redacción del precepto?
Acordado.
El señor EGAS (Secretario subrogante).-
Indicación de los Honorables señores Rodríguez y Chadwick para intercalar un inciso cuarto, nuevo, redactado en la siguiente forma: De idéntico beneficio gozarán los estudiantes originarios de Isla de Pascua.
El señor RODRIGUEZ.-
Estimo que mi indicación refuerza la idea. En todo caso, debo reclamar a la Mesa por cuanto mi proposición fue la primera que se le entregó. Sin embargó, trataron antes la indicación del Honorable señor Acuña, que, a mi juicio, desnaturaliza la idea.
Por tal razón, mantengo mi indicación y solicito que se apruebe.
El señor NOEMI (Presidente accidental).-
El señor Secretario me informa que deben tratarse en primer lugar las indicaciones que contengan ideas más generales.
El señor HAMILTON.-
Lo que abunda no daña.
El señor RODRIGUEZ.-
Así es.
El señor HAMILTON.-
Estoy de acuerdo con la inclusión de los pascuenses.
El señor VALENZUELA.-
Estimo conveniente la idea.
El señor FERRANDO.-
En realidad, debería decirse mapuches, pascuenses y demás indígenas.
El señor NOEMI (Presidente accidental).-
En votación la indicación de los Honorables señores Rodríguez y Chadwick.
{Durante la votación).
El señor RODRIGUEZ.-
La idea general que se ha estado discutiendo es la de beneficiar a los mapuches hijos de campesinos. Puede suceder que los pascuenses sean hijos de artesanos, con lo cual quedarían excluidos.
Voto que sí.
El señor MONTES.-
Deseo fundar mi voto.
El señor NOEMI (Presidente accidental).-
Solicito el acuerdo de la Sala para que el Honorable señor Montes pueda fundar su voto de inmediato.
Acordado.
El señor RODRIGUEZ.-
Estamos todos de acuerdo.
El señor NOEMI (Presidente accidental).-
¿Habría acuerdo?
Acordado.
El señor OCHAGAVIA.-
Y facultamos a la Mesa para que armonice la redacción de esta idea con la anteriormente aprobada.
El señor EGAS (Secretario subrogante).-
El Honorable señor Juliet ha formulado indicación para agregar, al final del inciso segundo, sustituyendo el punto por una coma, la siguiente frase: a partir del año 1973.
Se aprueba la indicación y queda terminada la discusión del proyecto.
El señor MONTES.-
¿Me permite, señor Presidente?
Quiero decir tan sólo breves palabras respecto de la última votación.
Por inadvertencia, nosotros no manifestamos nuestra opinión. No estamos de acuerdo con la indicación que se aprobó.
Por lo tanto, ruego al señor Presidente que por lo menos se deje constancia de nuestra posición.
El señor NOEMI (Presidente accidental).-
Se dejará constancia de lo señalado por Su Señoría.
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