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- rdf:value = " El señor CONTRERAS.-
Dimos anteriormente nuestra opinión sobre el particular.
Es cierto que con el acuerdo que adoptará el Senado en esta ocasión se facilitará el despacho del proyecto, cuya finalidad principal es la creación de la comuna de Pueblo Hundido, idea con la cual estamos de acuerdo, y que no ha sido observada.
A nuestro juicio, debió acordarse insistir ante la Cámara, aun cuando ésta ya se había pronunciado sobre ese punto. Pero no hay ningún impedimento de orden reglamentario para que pueda rectificar su decisión. De haberse procedido así, se habría permitido entregar a la comuna de Chañaral el 10% de los recursos que percibe ENAMI por la compra de los minerales de los relaves del río Salado, a fin de destinarlos al desarrollo de determinado plan de obras. Insisto en que a ese municipio se le reducirán considerablemente sus ingresos con motivo de la creación de la comuna de Pueblo Hundido.
En resumen, estimo que el artículo 10 habría permitido a la Municipalidad de Chañaral recuperar parte de los ingresos que perderá.
Habríamos sido partidarios de acoger el retiro del veto. En consecuencia, nos pronunciaremos en contra del informe de la Comisión de Hacienda, que lo aprueba.
De aquí a que se presente la nueva iniciativa, que la patrocine el Ejecutivo y la despache el Congreso, pasarían tres o cuatro meses.
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