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- rdf:value = " MOCION DEL HONORABLE SENADOR SEÑOR PRADO, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE FIJA LA JORNADA DE LOS TRABAJADORES DEL COMERCIO DE VIÑA DEL MAR.
En virtud de lo establecido por el artículo 32 de la Ley Nº 17.365, publicada en el Diario Oficial de fecha 6 de octubre de 1970, la jornada de los trabajadores del comercio es de 44 horas semanales.
La distribución de esas 44 horas ha sido reglamentada mediante los Decretos del Ministerio de Trabajo y Previsión Social (Subsecretaría de Transportes) N°s. 589, 1.050 y 1.155, publicados en las ediciones del Diario Oficial de los días 23 de enero, 27 y 25 de noviembre, del año 1971, respectivamente.
Como consecuencia de dicha reglamentación ha quedado establecido que la jornada debe distribuirse en ocho horas diarias, de lunes a viernes, y cuatro horas en la mañana de los días sábados.
El comercio de la ciudad de Viña del Mar está autorizado por la Ilustre Municipalidad para abrir sus establecimientos el día sábado en la tarde, pese a lo cual ha debido mantenerlos cerrados ante la negativa de empleados y obreros para trabajar en dicho lapso, fundamentada en la circunstancia prevista en el considerando anterior.
Es de toda evidencia conveniente que los establecimientos comerciales de Viña del Mar se mantengan abiertos las tardes del día sábado, ya que no se concibe una ciudad turística sin comercio, justamente en la oportunidad en que hay más afluencia de la población flotante, tanto nacional como extranjera. Debe recordarse que la ley que autorizó el funcionamiento del Casino Municipal durante la temporada de invierno, tuvo en vista la necesidad de estimular, durante los días de fines de semana, un comercio múltiple, que no es sólo de Restaurantes y Hoteles, cuya instalación ha sido un factor útil para la vida económica de Viña del Mar.
Por otra parte, resulta de toda justicia que la jornada de trabajo de los obreros y empleados del comercio no exceda de 44 horas semanales.
En consecuencia, siendo necesario conciliar los intereses de la ciudad, del comercio y del país en general, con aquéllos de los obreros y empleados, la solución del problema sería el cierre del comercio de Viña del Mar los lunes en las mañanas.
Por tanto, se propone el siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único.- Agrégase el siguiente inciso al artículo 32 de la Ley Nº 17.365, publicada en el Diario Oficial de fecha 6 de octubre de 1960.
Sin perjuicio de lo anterior, en la ciudad de Viña del Mar la jornada de los trabajadores del comercio se distribuirá de la siguiente manera: cuatro horas en la tarde de los días lunes y ocho horas diarias los días martes a sábado, inclusive.
(Fdo.): Benjamín Prado Casas.
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