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- rdf:value = " El señor CONTRERAS.-
Señor Presidente, creo que nada tiene que ver la observación que se discute con los argumentos que entregó el Honorable señor García.
En primer lugar, porque para ocupar un sitio fiscal es indispensable hacer una presentación a la Oficina de Bienes Nacionales, que autoriza al interesado para instalarse en un terreno de esa índole, previo pago de un arrendamiento por determinado tiempo creo que son cinco años; y sólo después de transcurrido dicho período esa persona tiene derecho a pedir título gratuito de dominio.
En consecuencia, estamos llenando los balnearios de personas pudientes que hallándose en condiciones de adquirir un bien raíz, lo hacen acogiéndose a los beneficios que otorga la ley. Y, además, después tienen la desvergüenza de prohibir la entrada a los balnearios, por su cuenta y riesgo, aun cuando las playas son libres.
Estimo preferible, en vez de dar o regalar los sitios fiscales, conceder esta autorización con el propósito de que el Fisco los pueda vender directamente o en subasta pública. No se trata de conceder un beneficio a los ocupantes ilegales de terrenos del Fisco, sino de favorecer a quienes los han ocupado en forma legítima, han requerido el beneficio establecido en la ley y han pagado durante cinco años la renta de arrendamiento correspondiente.
"