-
http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/588547/seccion/akn588547-ds4-ds5-ds7
- bcnres:tieneTipoParticipacion = bcnres:Intervencion
- bcnres:tieneEmisor = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1178
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/588547/seccion/akn588547-ds4-ds5-ds7-sp6
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/588547/seccion/akn588547-ds4-ds5-ds7-sp5
- bcnres:tieneCalidad = http://datos.bcn.cl/recurso/temporal/1292
- rdf:type = bcnres:SeccionRecurso
- rdf:type = bcnres:Participacion
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1178
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2769
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3202
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/cargo/322
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/588547/seccion/akn588547-ds4-ds5
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/588547
- rdf:value = " El señor PALMA (Presidente).-
En discusión.
Ofrezco la palabra.
El señor MONTES.-
Creo que en la sesión anterior en que se trató este proyecto nuestros argumentos fueron suficientemente claros en cuanto a lo que proponemos en esta indicación, de manera que ahora no insistiré mayormente en explicar nuestra posición y sólo me referiré al contenido esencial de aquélla.
El espíritu con que abordamos este problema cuando se discutió la actual ley de la Televisión, nuestra posición de entonces en el sentido de que las universidades chilenas tuviesen acceso a este medio de comunicación de masas, continúa siendo la misma.
Por tales razones, aunque consideramos justa la proposición esencial contenida en el proyecto que se ha discutido y aprobado en el Senado, iniciado en una moción de los Senadores por Valparaíso y Aconcagua, que tiende a eliminar las restricciones contenidas en la ley 17. 377 que afectan al Canal 4 de Valparaíso, estimamos que nuestro criterio tampoco puede ser restrictivo como lo establece la actual ley respecto de las demás universidades del país.
Por eso, la indicación formulada por nosotros modifica el artículo 2º de la ley 17. 377, estableciendo que tienen derecho a tener canales de televisión las entidades allí consignadas, agregándose una nueva letra que dice las demás universidades reconocidas por el Estado. Y éste es el problema fundamental.
Los autores del proyecto han manifestado que tal indicación significará entrabar o perjudicar al canal de la Universidad Católica de Valparaíso. Nosotros, ni ayer ni ahora, hemos visto contradicción alguna entre estas posiciones, porque consecuentes con lo que sosteníamos antes en cuanto a que no deben restringirse las posibilidades del Canal 4 de la Universidad Católica de Valparaíso, tampoco consideramos justo tener un criterio restrictivo respecto de las demás universidades del país. A mayor abundamiento, debo decir que nuestra indicación contiene una limitación para el resto de los institutos de enseñanza superior del país, para aquellos que en la actualidad no están autorizados para tener canales de televisión, en el sentido de que sólo podrán operar con canales que cubran el territorio de sus respectivas sedes, y no más allá.
Pensamos que las universidades que desarrollan sus labores en las zonas que representamos en el Parlamento deben tener los mismos derechos de la Universidad Católica de Valparaíso.
Realmente, deploramos mucho la actitud asumida por los señores Senadores que presentaron este proyecto, en cuanto a que encuentran bueno lo que es favorable a la Universidad Católica de Valparaíso con lo cual estamos de acuerdo pero consideran malo que ese derecho se extienda al resto de las universidades del país. Debo decir que con su último punto de vista estamos en total desacuerdo. Nuestra proposición tiende a resguardar los derechos de las otras universidades del país, a las cuales hoy la ley les niega la posibilidad de tener sus canales de televisión.
Creemos que el problema no es tan complejo ni tan abracadabrante, como han señalado aquí algunos señores Senadores, que no sea posible superar ni resolver.
Nos atrevemos a fundar en forma tan breve la indicación que hemos formulado, a pesar de los fundamentos dados por algunos señores Senadores representantes de Valparaíso en la sesión pasada sobre su proposición, que niega al resto de las universidades del país la posibilidad de tener también sus canales de televisión. Queremos dejar constancia muy ciará de este hecho.
La Universidad de Concepción nos ha entregado el mandato de requerir del Senado de la República la posibilidad de contar con una autorización legal para operar un canal de televisión a través del cual pueda llevar adelante también su función esencial, que, entre otras, es la difusión universitaria. Pero el Senado le niega esta oportunidad.
Nosotros creemos que este problema debe ser repensado. Si no sucede así, debido a las mayorías que operan en el Congreso es absolutamente claro que por esta vía no se logrará resolver el problema que nosotros queremos solucionar de la Universidad Católica de Valparaíso, al negar la misma posibilidad a las otras universidades. Esto es muy claro.
Como hemos señalado antes, como se lo hicimos presente a los representantes de la Universidad Católica de Valparaíso y como lo repetimos ahora, no podemos comprender cómo puede aplicarse un criterio semejante al negar, debido a otros problemas, a aquellos llamados complejos problemas de la televisión chilena que han hecho valer algunos señores Senadores, la posibilidad de que el resto de las universidades del país tenga acceso a la televisión. Al respecto, como es natural, cada cual cargará con la responsabilidad de sus actos. Pero nosotros tenemos, por lo menos, la obligación de representar no diría sólo el pedido, sino más bien las exigencias de las universidades de las zonas que representamos, en este caso concretamente de la provincia de Concepción, cuya universidad debe tener acceso a la televisión de nuestro país.
También hemos hecho presente, mediante los argumentos dados por el Honorable señor Contreras a propósito de estas indicaciones, lo que le ocurre a una de las principales universidades de Chile: la Universidad Técnica del Estado, que tampoco tiene autorización para operar un canal universitario de televisión, porque se lo ha negado el Parlamento. Por ello, para nosotros, la situación al respecto es muy clara y concreta.
Esperamos que en el transcurso de los trámites parlamentarios posteriores a éste pueda modificarse el criterio adoptado en el Senado sobre esta materia. Hemos visto una posición muy cerrada de los señores Senadores que sólo desean resolver el problema del Canal 4 de la Universidad Católica de Valparaíso, al negar igual posibilidad al resto de los planteles universitarios. Sin embargo, recordando aquella vieja frase de que la esperanza es el último de los sentimientos que muere en el corazón del hombre, esperamos que en el transcurso de los posteriores trámites de la iniciativa pueda adoptarse un criterio distinto respecto de este punto, que nos parece tan justo, tan nítido, tan claro y tan fundamental, con el fin de sancionar, desde el punto de vista legal, los derechos que tiene cada universidad del país a disponer de un canal de televisión.
Por lo expuesto, nuestros votos serán favorables a la indicación que hemos presentado.
"