-
http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/588551/seccion/akn588551-po1-ds6-ds8-ds20
- bcnres:tieneTipoParticipacion = bcnres:Intervencion
- bcnres:tieneEmisor = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3808
- bcnres:tieneCalidad = http://datos.bcn.cl/recurso/temporal/1292
- rdf:type = bcnres:SeccionRecurso
- rdf:type = bcnres:Participacion
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/256
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3808
- rdf:value = " El señor HAMILTON.-
Pido a los señores Senadores que me dejen hablar, con el exclusivo propósito de que los demás colegas que puedan participar en el debate no se vean disminuidos en su derecho a causa de la intervención mía.
En primer lugar, como no se pudo fundar el voto respecto del artículo anterior, relacionado con las 91 empresas, muy brevemente quiero decir que, en realidad, ese artículo efectivamente es inconstitucional, porque se trata de un veto aditivo que contiene ideas nuevas no incluidas ni hechas valer durante la tramitación del proyecto por el Ejecutivo.
La indicación a que se ha referido el Honorable señor Gumucio, planteada por el Gobierno en la Cámara de Diputados, no es la misma idea. Es muy distinta.
A este respecto, sólo quiero señalar que, siendo absolutamente inconstitucional, podríamos proceder de dos maneras para hacer valer la inconstitucionalidad. En primer lugar, declarando su improcedencia por inconstitucional, con lo cual impediríamos que la materia siguiera su curso en la tramitación de los vetos, que la pudiera conocer la Cámara de Diputados y que pudiera ser objeto de un ulterior plebiscito. Como queremos evitar cualquier problema que impida la consultar popular que aquí ofreció el señor Ministro de Justicia, no recurriremos a esa forma de hacer valer la inconstitucionalidad. Procederemos en la otra forma, que es fundamentando nuestra oposición al veto por ser inconstitucional.
Con relación al problema de la participación, quiero explicar que nosotros somos partidarios de toda iniciativa para establecer la participación de los trabajadores. La hemos auspiciado y apoyado.
En este proyecto concebimos dos formas de participación: una limitada o subordinada al Estado o a los particulares, en las áreas estatal o privada, respectivamente, pero con participación efectiva, real y auténtica, en el sentido de que sean los propios trabajadores los que la designen.
Y otra, que es nuestro modelo por eso hemos establecido la idea de las empresas de trabajadores, consistente en ir creando y haciendo crecer un área en que el poder la administración de los excedentes esté en manos de los trabajadores.
Respecto de esta disposición del veto, votaremos favorablemente el informe, porque estamos de acuerdo con la idea esencial de que en el área propiamente estatal, donde reconocemos que el Estado debe tener la propiedad, el manejo y la responsabilidad como en el cobre, el salitre, el hierro, el acero, el carbón, la electricidad y otros, los trabajadores tengan realmente una participación efectiva y auténtica, aunque sea minoritaria, en la administración de las empresas.
En cambio, rechazaremos para ser breves aquellas disposiciones con las que estamos en desacuerdo por razones doctrinarias; aquellas que no son materias propias de la Constitución, ni siquiera de la ley, sino de reglamento o de instrucciones, y que incluso en la aplicación práctica de esta experiencia en materia de participación podrían dar a la idea una rigidez que pudiera perjudicar la marcha productiva de las empresas estatales.
De manera que vamos a votar favorablemente el informe, acogiendo la idea fundamental y la mayor parte de las expresiones que en esta materia ha planteado el Gobierno, y no así otras cosas con las cuales estamos francamente en desacuerdo que son las menos y aquellas que no corresponden al texto constitucional ni debieran estar en él.
"
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/588551/seccion/akn588551-po1-ds6-ds8
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/588551