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- rdf:value = " 15.- MOCION DEL HONORABLE SENADOR SEÑOR HA-MILTON CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE CASTRO PARA EXPROPIAR EL TEATRO REX, DE ESA. CIUDAD.
Honorable Senado:
En el mes de junio de 1971, falleció en Castro el señor Luis Jiménez Pérez, ex Regidor de la Ilustre Municipalidad de Castro y propietario - entre otras cosas - del teatro Cine Rex de esa ciudad. Los bienes quedados a su fallecimiento forman la herencia intestada en la cual están interesados seis hermanos del extino y los herederos directos de aquellos familiares.
A raíz de las inquietudes manifestadas por la Ilustre Municipalidad de Castro en orden a adquirir el Teatro Rex de esa ciudad para destinarlo al desarrollo de actividades culturales y ponerlo al servicio de todo el pueblo de esa esforzada zona, se tramitó en el Congreso Nacional un proyecto de ley que estableció que el producto del impuesto a la herencia que debía pagar la Sucesión del señor Jiménez Pérez se destinaba a dicha Corporación para invertirlo íntegramente en la adquisición, mejoras y reparaciones del inmueble.
Este proyecto trasformado en Ley de la República con el N° 17.539 del 27 de noviembre de 1971, además de señalar en su artículo 1º la destinación del impuesto a la herencia, faculta a la Municipalidad de Castro para contratar uno o más empréstitos hasta por Eº 500.000 para destinarlo a la adquisición, alhajamiento, reparaciones o mejoras del teatro.
Actuando en conformidad a lo señalado en la Ley precitada, la Ilustre Municipalidad de Castro, no sólo por acuerdo de los dos tercios de sus regidores en ejercicio, sino por la unanimidad de sus miembros, aprobó de común acuerdo con los interesados en la Sucesión de don Luis Jiménez Pérez, la fijación del precio de compraventa en Eº 1.000.000 y sus condiciones de pago.
Para cancelar la cuota al contado del precio fijado, se obtuvo del Instituto CORFO-Chiloé un empréstito por la suma de Eº 500.000 a cinco años plazo, con servicio del 20% anual y a un interés del 12% anual. Este crédito fue concedido en condiciones muy favorables para esa Municipalidad ya que no es reajustable. La suma del préstamo fue entregada a la Tesorería Comunal de Castro en espera de poder entregársela a la sucesión una vez que ésta estuviera en condiciones de realizar la escritura respectiva.
Considerando que el Teatro Cine Rex se encuentra sin funcionar desde hace aproximadamente un año, la Central Única de Trabajadores procedió a tomarse el inmueble por la lentitud con que se desarrollaban los trámites de compra. Posteriormente, de común acuerdo con la Municipalidad y, en la seguridad de que la Corporación adquiriría dicho inmueble a la mayor brevedad para ponerlo al servicio del pueblo, entregaron el local.
El 5 de julio de 1972, la señora Isabel Jiménez Pérez y la señora
, en representación de y ambas
- según manifestaron - con el acuerdo unánime de los herederos entregaron en comodato precario a la Ilustre Municipalidad de Castro el teatro cine Rex con todas sus maquinarias, equipos, instalaciones y útiles según se desprende del inventario levantado con esa fecha y que forma parte integrante del acta de entrega que obra en poder de la Corporación edilicia.
Posteriormente se supo que como consecuencia de la demora en obtenerse la posesión efectiva, algunas de las partes interesadas - en la necesidad de contar a breve plazo con dineros que le permitieran mejorar sus respectivos niveles de vida - vendieron acciones y derechos a un inversionista de Castro, quien adquirió 4 de las 6 partes de la sucesión.
Conocido el cambio de interesados que se había producido en la Sucesión del señor Jiménez Pérez, se citó a la Municipalidad en dos oportunidades al señor Ernesto Rojas Vásquez, comprador de las 4 partes a que se ha hecho mención, para conocer su pensamiento y para saber si respetaba el acuerdo anterior en orden a vender el Teatro Cine Rex a la Municipalidad en el precio tratado. Como su negativa fuera rotunda y la ciudadanía de Castro ha luchado durante tanto tiempo para tener su propio teatro, a solicitud de esa Ilustre Municipalidad y de su pueblo, tengo el agrado de proponer a vuestra consideración el siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único.- Declárase de utilidad pública y autorízase a la Municipalidad de Castro para expropiar para sí el Teatro Rex de esa ciudad, por acuerdo de los dos tercios de sus regidores en ejercido.
Dicha expropiación se regirá por las disposiciones del Decreto Nº 103, de 21 de febrero de 1968, del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, en lo que sean aplicables.
La indemnización será fijada en el mismo acuerdo municipal de expropiación por el mismo quórum de regidores y no podrá ser inferior al avalúo para las contribuciones de bienes raíces ni superior a cinco veces el mismo valor, incluyendo en él las mejoras que se hubieran introducido en el inmueble.
La Municipalidad señalada podrá tomar posesión material del inmueble una vez acordada la expropiación y antes de que se hubiere perfeccionado la transferencia respectiva.
La Municipalidad podrá aplicar en el pago de la indemnización correspondiente o en las reparaciones necesarias los fondos de la ley Nº 17.359 y otros ingresos que determinen los dos tercios de sus regidores en ejercicio.
(Pdo.): Juan Hamilton D., Senador.
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