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- rdf:value = " El señor PAPIC (Vicepresidente).-
Puede usar de la palabra Su Señoría.
El señor LUENGO.-
Creo que el Senador señor Montes tiene bastante razón en sus planteamientos, en particular en su propósito de dejar expresamente a salvo el derecho de los empleados del comercio que deban trabajar el día 6 de junio, que se declara Día Nacional del Comercio y, además, feriado legal para el personal de los establecimientos comerciales. Puede ocurrir que ese día determinados establecimientos tengan obligadamente que abrir, por una razón o por otra. Me parece lógico, entonces, que el personal que en ellos atienda en tal oportunidad tenga derecho a que se le pague el recargo correspondiente por concepto de trabajo en día feriado o domingo.
Creo, pues, que el señor Senador tiene toda la razón y que convendría introducir al texto del proyecto el agregado que él ha propuesto, con el fin de aclarar esta materia.
Además, quiero referirme al artículo transitorio, que dice: Deróganse todas las medidas adoptadas por los organismos estatales, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción y Municipales que tengan relación con el comercio, tales como: multas, partes, cierres e intervenciones, aplicadas con motivo de la conmemoración del Día del Comercio efectuada el 6 de junio de 1972.
El día 6 de junio numerosas autoridades debieron aplicar algunas multas o hacer algunas denuncias por infracciones que cometieron algunos establecimientos comerciales, pero que, naturalmente, no se relacionaban con el Día del Comercio. Pues bien, lo que en el fondo se pretende con esta disposición, es dejar sin efecto posibles multas o sanciones aplicadas a los comerciantes ese día 6 de junio por la autoridad administrativa y que pueden no tener ninguna relación con la celebración del Día del Comercio, pues ese día no estaba establecido como tal por ley, sino sólo por acuerdo de las asociaciones de comerciantes. De manera que, a mi juicio, ese artículo está de más y será observado por el Ejecutivo, porque puede significar la eliminación de muchas sanciones que tal vez se encuentren pendientes, por infracciones cometidas ese día pero que nada tengan que ver con la celebración del Día del Comercio.
El señor MORENO.-
Estaba cerrado el comercio ese día.
El señor FONCEA.-
Estaba cerrado. ¿De qué infracción podían acusarlo?
El señor LUENGO.-
Si estaba cerrado, ¿por qué se propone derogar las multas que puedan haberse aplicado por infracciones cometidas ese día?
El señor FONCEA.-
Precisamente, se aplicaron multas por estar cerrado.
El señor LUENGO.-
No puede ser por ese motivo.
Finalmente, yo pediría que se acogiera la indicación que ha formulado el señor Pablo, en el sentido de tratar otro proyecto mientras redacte su indicación el señor Montes, a menos que haya llegado ya a la Mesa...
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