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- rdf:value = " El señor JULIET.-
Señor Presidente, comprendo el gran interés manifestado por los Honorables señores Moreno, Valenzuela y García por el veto a este proyecto, pues ellos están al corriente de la grave situación por que atraviesa la Municipalidad de Coinco. De manera que justifico su interés en el rechazo de la observación del Ejecutivo. Sin embargo, he pedido la palabra con el propósito de adherir a lo expresado por el Honorable señor Contreras.
Fui el autor de la moción que dio origen a la ley Nº 17.253, y la inspiración que tuve fue otorgar a algunas municipalidades de regiones muy pobres -de las cuales dos están en la provincia de Linares- recursos suficientes para que pudieran atender al progreso de sus comunas. Y he visto con satisfacción que se han realizado obras como áreas verdes, gimnasios, balnearios populares, jardines infantiles, y entregado cuotas de cooperación para obras camineras, de regadío, etcétera.
Esta medida que hoy se propone para una comuna de O'Higgins podría el día de mañana extenderse a las otras siete comunas beneficiadas con el impuesto que dispone la ley mencionada, con lo cual se vería frustrado el propósito que tuvo el legislador frente a esta materia y la intención que animó a las comunas para formular un plan de desarrollo y de progreso. Como digo, se trata de comunas pobres que no cuentan con recursos extraordinarios, pero que con la ley Nº 17.253 tuvieron la posibilidad de contar con un presupuesto adicional las sumas que han recibido las municipalidades las han destinado a obras que han ido en beneficio del hombre pobre, como ocurre, por ejemplo, en Catillo, en las Termas de Panimávida, donde se construyó un balneario popular al cual concurren los días domingo cerca de 10 mil personas modestas que van a tomar baños de agua termal y a quienes se está atendiendo por medio de edificaciones pequeñas para su esparcimiento deportivo, aparte que se han levantado juegos infantiles.
Al levantar mi voz en el Senado no lo hago porque desconozca las razones de los tres colegas a que me referí -comprendo su interés-, sino porque mañana se puede lesionar el presupuesto -les pido que pienso en esto- que otorga la ley Nº 17.253 a otras comunas, como Parral, Col-bún, o los recursos que entregan las Termas del Soco, en Ovalle, y nos podríamos encontrar con que el impuesto que propusimos para alentar el progreso, simplemente vaya a servir para cancelar sueldos y salarios.
De allí que siento mucho tener que desoír la opinión de mis tres colegas que están muy interesados en el problema; pero velo por que la ley Nº 17.253 se cumpla íntegramente -así lo deseo-, puesto que los beneficios que brinda su aplicación los he palpado y observado, y he visto con satisfacción cómo se ha ido cumpliendo el propósito inicial de la ley.
Ahora bien, si el presupuesto de la Municipalidad de Coinco fuera insuficiente para llevar a cabo el plan extraordinario de obras que debe realizar con los recursos que le proporciona la ley mencionada, nada impide que con cargo a ellos contrate, como son para el progreso. ..
El señor GARCIA.-
No pueden, señor Senador. De lo contrario, lo harían.
El señor JULIET.-
Puede ser que Su Señoría tenga razón.
De todas maneras, las municipalidades pueden recurrir a otras fuentes de financiamiento.
Ya mediante el impuesto a los fósforos, que beneficia a Talca, se estuvieron sacando diferentes partidas. Por ejemplo, se destinaban para el deporte sumas fabulosas del presupuesto que por ley lograron para el progreso de Talca. Por eso, tuvimos que limitarlo a no más del 5% del tributo, para evitar que Talca también quedara desilusionada de los recursos que le proporciona esa legislación.
Por las razones expuestas, aceptaré el veto. Lo voy a aceptar en defensa de la inspiración que tuvo la ley Nº 17.253, y con el propósito de que siga y continúe el plan de progreso que se está llevando a efecto con verdadero interés y entusiasmo por las municipalidades de las 7 u 8 comunas beneficiadas, según me parece.
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