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- rdf:value = " EXTENSION DE ASIGNACION DE ZONA A NUEVAS LOCALIDADES.
Al señor Contralor General de la República, en los siguientes términos:
La ley Nº 17.840, publicada en el Diario Oficial del 17 de noviembre de 1972, declaró que la extensión de la asignación
de zona a nuevas localidades y la fijación de porcentajes para el pago de estas remuneraciones dispuestas por la ley Nº 17.654, modificatoria de la ley Nº 17.593, beneficia a todos los funcionarios y empleados del sector público cuya legislación otorga derecho a ese beneficio.
El inciso segundo del artículo único de la citada ley señala que esta declaración beneficia, asimismo, a los obreros de los organismos mencionados, en las provincias en que expresamente se haya establecido esa asignación para el personal de obreros, y a todos los trabajadores de la Empresa de Ferrocarriles del Estado que prestan sus servicios en las provincias y localidades mencionadas en aquellas leyes.
Esta disposición, a mi juicio, incorpora el beneficio de la gratificación de zona a los obreros del sector público que sirven en aquellas reparticiones en que los empleados públicos perciben tal gratificación y, en consecuencia, se nivela el beneficio de la asignación de zona tanto para el empleado como para el obrero de la respectiva repartición pública.
En vista de haber surgido diversas interpretaciones a esta norma legal, agradeceré al señor Contralor General se sirva dictaminar respecto de los precisos y verdaderos alcances de la ley Nº 17.840.
"
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