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- rdf:value = " El señor VALENZUELA.-
Le he cedido mi tiempo al Honorable señor Moreno.
Satisfacción de la Democracia Cristiana por la reforma constitucional.
El señor MORENO.-
En esta oportunidad, quiero reiterar la profunda satisfacción con que los Senadores de la Democracia Cristiana que hemos presentado la iniciativa de reformar la Constitución a fin de establecer garantías reales para los campesinos, los pequeños y medianos agricultores, los comerciantes y los transportistas, vaya a ser votada por el Senado en el día de hoy.
La angustia de los campesinos y pequeños agricultores.
Presentamos este proyecto por instrucciones de nuestro partido. Lo hicimos porque, a través de nuestros contactos con los campesinos y pequeños agricultores, hemos podido recoger la angustia y desesperación en que ellos están sumidos, debido a la forma como los ha tratado el
Gobierno de la Unidad Popular. El conocimiento de su drama, la verdadera crisis no sólo ya de confianza sino que de la verdad con la cual ellos se enfrentan, es lo que motivó a la Democracia Cristiana a presentar esta reforma constitucional, a fin de establecer en nuestra Carta Fundamental las garantías verdaderas y reales que les den el pleno derecho a obtener lo que por ley no pudieron obtener, no obstante estar expresamente consignado, y que ahora vamos a consagrar en la Constitución.
El Gobierno del engaño.
Esta iniciativa obedece a que estamos frente a un Gobierno que ha hecho del engaño y de la falsedad su norma de conducta permanente. Esta situación, que se está dando en todas las esferas de la actividad económica y social tiene fuerza y solidez, más que en ningún otro lugar, en el sector agrícola, especialmente en el caso particular de los campesinos y de los pequeños agricultores.
Al iniciarse este Gobierno, todos creían que se iba a respetar y a cumplir lo que pasó a ser la Biblia Sagrada de las promesas: el Programa de las 40 Medidas por desgracia, no sólo ha sido retirado de la venta al público, sino que han fondeado el Programa de la Unidad Popular; pero basta leer y comparar lo que se ofreció a los trabajadores de la tierra y a los pequeños agricultores con lo que hoy día se ha hecho con ellos, para entender que la falsedad, la tergiversación y la traición permanente a las promesas es lo que está llevando a los campesinos a protestar y a rebelarse contra el Gobierno.
Para que quede constancia de lo anterior, pido insertar en el texto de mi intervención los números 3 y 4 del documento de la Unidad Popular sobre Las Cuarenta Medidas, en los cuales se ofreció a los campesinos la propiedad de la tierra, la asignación en forma familiar de ella, el otorgamiento de títulos de dominio, etcétera, nada de lo cual hoy está ocurriendo en la realidad práctica de la acción de la Corporación de la Reforma Agraria.
¡Al fin se sacan la careta!
Lo que es más grave aún, es que nada de lo ofrecido estaba consignado en el criterio y en el espíritu de las indicaciones que con la firma del Presidente de la República llegaron al Senado para esta reforma, indicaciones que yo me atrevo a calificar de plenas de descriterio técnico y que muestran hasta dónde llega la insensatez de quienes no entienden lo que pasa en la agricultura y que con su fanático ideologismo están llegando a perder la perspectiva de lo que conviene al país y a los trabajadores de la tierra.
Pido también insertar en mi discurso las indicaciones números 2 y 10 del señor Presidente de la República, con el objeto de que se puedan comparar con lo dicho en el Programa de la Unidad Popular y así apreciar lo que se prometió y juraron cumplir y lo que hoy día están haciendo.
El señor PALMA (Presidente).-
Oportunamente se requerirá el acuerdo de la Sala para acceder a lo solicitado por Su Señoría.
Los números 3 y 4 de Las Cuarenta Medidas, cuya inserción se acordó con posterioridad, son los siguientes:
3.- Las tierras expropiadas se organizarán preferentemente en formas cooperativas de propiedad. Los campesinos tendrán títulos de dominio que acrediten su propiedad sobre la casa y el huerto que se les asigne y sobre los derechos correspondientes en el predio indivisible de la cooperativa.
Cuando las condiciones lo aconsejen, se asignarán tierras en propiedad personal a los campesinos, impulsando la organización del trabajo y de la comercialización sobre bases de cooperación mutua.
También se destinarán tierras para crear empresas agrícolas estatales con la tecnología moderna.
4.- En casos calificados se asignarán tierras a los pequeños agricultores, arrendatarios, medieros y empleados agrícolas capacitados para el trabajo agropecuario.
El texto de las dos indicaciones mencionadas es el siguiente:
2.- Agréganse a continuación del inciso octavo los siguientes incisos nuevos:
Los predios que el Estado o los organismos o entidades que de él dependen adquieran a cualquier título para la realización de la reforma agraria, sea cual fuere la organización transitoria que en ellos se hubiere constituido, serán asignados o destinados definitivamente a voluntad de los campesinos, en el plazo y forma que disponga la ley. No obstante, tratándose de unidades productivas de importancia preeminente para el desarrollo de la agricultura, de la economía o para la seguridad nacional, por su incidencia en el comercio exterior, por requerir una fuerte concentración de ¡capital o utilización de tecnología avanzada, su vinculación con la producción agro-industrial, su significativa aptitud forestal, sus condiciones ecológicas o por sus características geopolíticas, las tierras que las constituyen pasarán a formar parte de las áreas social o mixta de la economía. Igual destino tendrán los predios respecto de los cuales sus trabajadores permanentes soliciten y acuerden con el Estado incorporarlos a una de esas dos áreas.
Para ser beneficiario del proceso de reforma agraria no se requerirá tener la candad de trabajador permanente al momento de la toma de posesión material del predio correspondiente.
Los campesinos que formen parte de la organización transitoria de los predios incorporados al proceso de reforma agraria, mientras ésta subsista, tendrán derecho al uso y goce exclusivo de una casa-habitación y de una extensión de terreno correspondiente a su huerto o cerco; cuando la tierra se asigne o se destine definitivamente se transferirán en dominio a los campesinos la casa que durante el período transitorio hubieren habitado y el huerto, salvo que los trabajadores acuerden lo contrario.
Los campesinos tendrán derecho a participar en la administración de las unidades productivas agrícolas que pasen a formar parte de las áreas social o mixta de la economía. Asimismo tendrán derecho a participar, a través de los consejos campesinos que funcionen a nivel comunal, provincial y nacional, en la definición, ejecución y control de la política agraria.
Para agregar la siguiente frase final al inciso octavo del artículo 10 Nº 10 de la Constitución Política del Estado:
En todo caso, la expropiación comprenderá, además del suelo, las mejoras, instalaciones, utensilios, equipos, maquinarías, viviendas, construcciones y animales del predio y, en general, todos los bienes mueblas o inmuebles destinados al uso, cultivo o beneficio del mismo, cuando los intereses de la reforma agraria así lo aconsejen.
El señor MORENO.-
Aquí ya no estamos ante discursos retóricos ni declaraciones. El país vive una crisis de confianza en el Presidente de la República y en su Gobierno, porque no se han respetado ni el programa que prometieron ni la Constitución y la ley con la cual juraron trabajar y gobernar, como tampoco se ha respetado el derecho de participación del campesino, ni siquiera el de dar su opinión en este Gobierno.
¿A qué campesinos dicen representar?
Para mí resulta un sarcasmo que aquí, desesperados por la falta de argumentos, los Senadores de la Unidad Popular vengan a leer declaraciones que han obtenido ayer o anteayer de organizaciones campesinas, declaraciones que, por desgracia, serán una prueba más del incumplimiento y del engaño a que se ha sometido a los campesinos. Basta leer lo que han publicado sobre la materia los propios partidos políticos cercanos a este Gobierno.
El primer acto del Gobierno en materia agrícola fue la dictación del decreto 481, del Ministerio de Agricultura, que establecía la creación del Consejo Nacional Campesino. Como ese organismo representaba lo que los trabajadores de la tierra pensaban, lo declararon cerrado, y hasta el día de hoy ni siquiera han tomado en cuenta su opinión. A los campesinos los han engañado, los tienen postergados, los han tramitado; en una palabra, se han reído de ellos.
En realidad, si bien en un tiempo quisieron ser sutiles en sus propósitos, en el último tiempo han descubierto desembozadamente sus intenciones.
Su propósito es uno solo, el que responde a una concepción teórica de la vida y a una concepción ideológica de lo que debe ser el manejo de los bienes de producción en nuestro país: quieren la socialización de la tierra y de los medios de comercialización que dependen de la agricultura; quieren la estatificación de todas las fuentes de producción. Primero usaron los resquicios, y cuando se dan cuenta de que los resquicios no les son suficientes, abren verdaderos boquetes en contra de la Constitución y de la ley. Pero se han topado con una sorpresa que no esperaban, porque después de haber hablado de que tendrían la unidad obrero campesina, advierten que casi no van quedando obreros al lado de ellos y que los campesinos les han dado vuelta las espaldas porque han entendido que el Gobierno de la Unidad Popular está contra los trabajadores de la tierra, de los campesinos y de los pequeños agricultores.
Se han negado a constituir los asentamientos.
Por eso estamos viviendo un drama durante estos dos años: el drama de ver que la ley de Reforma Agraria en su artículo 66 - en la fundación de mi voto de esta tarde reproduciré las palabras del ex Senador Corbalán, a quien le rendimos homenaje ¡y le renovamos nuestras expresiones de admiración, porque tuvo el coraje de decir lo que pensaba, sin estar sometido a instrucciones de su partido o a la oportunidad u oportunismo de un instante para disfrazar o esconder su pensamiento - establece única y exclusivamente el asentamiento como fórmula transitoria que media entre la expropiación y la asignación definitiva de la propiedad de la tierra. Así lo dijo el ex SenadorCorbalán. Así está consignado en los Diarios de Sesiones del Senado y en los informes de las Comisiones. Felicitó a la Democracia Cristiana y a quienes defendíamos sus ideas por haber establecido en forma tan precisa la disposición respectiva, que contenía una fórmula transitoria que llevaba necesariamente a la asignación de la tierra. Llega a ser un sarcasmo el que, invocando su memoria respetable, hoy día vengan a tratar de cambiar los términos de lo que fue la verdad y a tratar de obtener falsos dividendos de tipo político. Ya ni siquiera eso les da resultado, porque las pruebas de lo que ha ocurrido son más grandes que los argumentos que puedan dar aquí.
Por ello este Gobierno se ha negado desde el primer día a respetar el artículo 66 de la ley de Reforma Agraria. No ha construido un solo asentamiento, y ha declarado enfáticamente que no quiere hacerlo, porque a su juicio el asentamiento lleva a la propiedad de la tierra.
La ignorancia de los Senadores del Gobierno.
Realmente lamento que Senadores como el Honorable señor Jerez sean tan ignorantes en materia agrícola y vengan a levantar su voz para decir que un asentamiento es igual que un CERA. La verdad es que debería buscar mejores asesores, porque eso ni siquiera se aceptaría en un curso de primer año universitario. Basta la sola lectura para darse cuenta de que ambas cosas son distintas, de que corresponden a otra concepción, de que buscan otro destino y de que producen, por lo tanto, consecuencias distintas, no sólo productivas, sino que desde el punto de vista de la propiedad de la tierra.
La falsedad de los CERAS.
Por estas consideraciones, el actual Gobierno ha tratado, en forma mañosa y artera, de hacer creer a los campesinos que hay instrumentos legales para constituir los CERAS o comités campesinos.
Pido igualmente insertar en el texto de mi discurso las páginas 16, 17 y parte de la 18 del informe de las Comisiones de Constitución, Legislación, Justicia y de Agricultura, unidas, en las cuales aparece la verdad de lo que es el CERA, la verdadera interpretación de lo que dice la ley.
El documento mencionado, cuya inserción se acordó con Posterioridad, es el siguiente:
El señor Cox dice que el Nº 3 del artículo 224 de la ley Nº 16.640 modificó al D.F.L R.R.A. Nº 11, de 1963, que es el Estatuto Orgánico de CORA, y, en lo referente al destino de las tierras que se incorporaban al proceso, facultó a esa Corporación para formar, dirigir y administrar centros de reforma agraria. Conforme a esta disposición el Consejo de CORA, en virtud de sus atribuciones, el 20 de agosto de 1971 reglamentó la formación de los CERA.El Honorable Senador señor Moreno dice que todo el procedimiento fijado en la ley Nº 16.640, especialmente en el capítulo relativo al destino de las tierras, está encaminado a instalar un asentamiento por un período transitorio, para ir posteriormente a la asignación de la tierra. El gran debate durante la discusión de la ley fue cuál sería la forma de asignación. La intención del Gobierno anterior y lo que queda establecido en la ley fue que la tierra se asignaría a los campesinos y por ello se expresó que la primera opción sería la asignación de tipo familiar, y otras dos adicionales: la de tipo comunitario o cooperativo y la mixta. En la parte final del artículo 67 se estableció que las tierras podrían también ser destinadas a otros objetivos, pero que no son los CERA ni las haciendas estatales. Este espíritu de la ley consistente en otorgar a los campesinos la propiedad de la tierra, está presente en todo el texto de la ley. El artículo 224 de la ley de reforma agraria introduce modificación al Estatuto Orgánico de CORA, es decir a un cuerpo de normas ajeno a la ley de reforma agraria, de modo que concluir que allí se encontraría consagrada la forma central de organización de los campos, que serían los CERA, es utilizar un resquicio legal inaceptable. Señala que Su Señoría es el autor de esa terminología, la que tuvo por objeto resolver un problema de dualidad de nombres con que se denominaban situaciones distintas. En efecto, la ley 15.020 estableció colonias agrícolas y la parcelación de los predios en propiedades familiares, quedando en rezago, en propiedad de lo que se subentendió posteriormente que era una cooperativa de reforma agraria, la infraestructura del predio. Por ejemplo, en el caso de la Hacienda Hospital, de la Hacienda Mariposas y de la Hacienda Santa Fe, la casa, la bodega, el policlínico, no son de propiedad de los asignatarios de las parcelas individuales, sino que constituyen una entidad jurídica distinta que no es una cooperativa asignataria, sino una cooperativa cuya forma no está precisada claramente. Como la ley 16.640 estableció que habría cooperativas de asignatarios y cooperativas asignatarias, ocurría que se iba a denominar de la misma manera a situaciones distintas: lo que venía de las colonias de la Caja de Colonización Agrícola o del inicio de la ley 15.020 (las casas de la Hacienda Hospital) se estimó necesario que eso se denominara centro de reforma agraria, pero comprendía las casas y no las tierras.En cuanto a la asignación de la casa, el Honorable Senador señor Moreno expresa que para dar seguridad a los campesinos y para evitar abusos, era indispensable mantener la disposición contenida en el proyecto.Por acuerdo de la Sala, originado en una petición formulada más adelante por el señor Rodríguez, se insertan a continuación las palabras pronunciadas en la misma Comisión por el señor Chadwick respecto de lo expresado por el señor Cox:El Honorable Senador señor Chadwick expresa que de lo escuchado se desprende que los centros de reforma agraria están consultados en una ley despachada por el Congreso y actualmente vigente, de tal manera que podrá decirse que a esa forma jurídica de organización se le está dando una orientación distinta, pero no podrá decirse que la creación de los CERA constituye una violación de la ley de reforma agraria.Agrega que cuando asumió el Gobierno la Democracia Cristiana tuvo que emplear la ley de reforma agraria Nº 15.020, patrocinada por el Gobierno anterior, ya que no había otra ley que se ajustara a la concepción que la Democracia Cristiana tenía sobre lo que debía ser la reforma agraria. Cabe recordar que la Democracia Cristiana había estado en desacuerdo con la ley Nº 15.020, a la que había considerado insuficiente para llevar adelante un proceso de reforma agraria. Para operar con esa ley no había otra manera que infundirle un nuevo espíritu. No es honesto entonces criticar al Gobierno actual porque utiliza una ley despachada en el anterior y le infunde un nuevo espíritu. Eso no justifica en caso alguno elevar a la categoría de disposición constitucional un conjunto de ideas que hacen imposible continuar con la aplicación de la ley de reforma agraria.
El señor MORENO.-
¡Hasta cuándo vamos a aceptar argumentos tinterillescos de parte de quienes no tuvieron la voluntad de decir lo que verdaderamente querían hacer!
Doy gracias al señor Presidente de la República porque, aunque haya sido al final del período dramático que viven los campesinos, se hayan sacado la careta y hayan dicho que lo que quieren son las haciendas estatales. Esta es la verdad.
Por eso no se les ha entregado a los campesinos la propiedad de la tierra, no se han constituido sus asentamientos, y a los pequeños agricultores se los ha cercado y arrinconado, abusando y prostituyendo la reforma agraria.
Levanto mi voz en el Senado porque, en nombre de la Democracia Cristiana fui uno de los autores de esa ley, y no puedo dejar pasar que impunemente se argumente que se trata de un proceso de redistribución social de la tierra cuando, en el fondo, vienen a defender la quiebra absoluta y la proliferación de fórmulas políticas, que lo único que están haciendo es detener el progreso en nuestro país, provocando, además, una catástrofe productiva y moral por ineptitud e incompetencia de quienes hoy día nos gobiernan, especialmente en el sector agrícola.
La agricultura chilena está arruinada.
No entiendo cómo el Gobierno persiste en su criterio de estatificar la tierra productiva, como se observa claramente en las indicaciones cuya inserción solicité, en circunstancias de que todo el país sabe que si hoy día la agricultura está arruinada es porque el Gobierno la ha quebrado. No se debe al último para nacional, pues bastaría tener cierto conocimiento de la agricultura para darse cuenta de que las importaciones de alimentos no ascenderán a 500 millones de dólares el próximo año, sino, en realidad, a 750 millones de dólares, para con ello poder tener siquiera un nivel mínimo de alimentación para nuestra población, considerando que continuarán el racionamiento y la falta de alimentos.
No entiendo cómo el señor Presidente de la República puede afirmar con tanta tranquilidad que se deberán comprar 10 millones de quintales de trigo en 1973, a sabiendas de que la producción total de Chile no sobrepasa normalmente los doce millones de quintales anuales de ese cereal. Es decir, nos está notificando de que tendremos que adquirir en el extranjero más del 80% de las necesidades chilenas de consumo de trigo. Sin embargo, se persiste en la estatificación de la tierra, y se permiten proponer que ahora, cuando se han terminado las expropiaciones, de todos los grandes predios, de los latifundios, de los predios abandonados y mal explotados, de las grandes propiedades, ahora deben expropiarse los medianos y pequeños predios, incluyendo todos los inventarios. ¡Hay que tener muy poco criterio o muy poco sentido de la realidad para no darse cuenta de que con esta medida nadie tendrá un animal, ni siquiera una gallina, dentro de sus propiedades, si éstas les van a ser expropiadas y les van a quitar el capital que ellos han podido construir con su esfuerzo. Por eso, deberían por lo menos observar los ejemplos internacionales que hoy los golpean. Hace generaciones, a la Unión Soviética, que hoy tiene un sistema de agricultura socializada, se la llamó el granero de Europa. Hoy día se les debe caer la cara de vergüenza a quienes defienden ese sistema, pues al leer los cables internacionales nos imponemos de que ese país debe comprar en el granero de su peor enemigo la harina para hacer el pan para su propio pueblo.
La verdad es que hay que ser muy inconsecuente o muy porfiado para no entender que aquí el sistema está quebrado, pese a lo cual se insiste en la socialización absoluta de la tierra y de la producción.
Este proyecto de reforma constitucional no es una trampa. Trae justicia a los campesinos y proporcionará tranquilidad a los pequeños agricultores.
La desesperación de la Unidad Popular se debe a que esta iniciativa pondrá fin a la acción de los tramposos que han estado organizando el control de la economía chilena, y que han tratado de quedarse a la mala con el Poder, volviendo la espalda a las mayorías nacionales, que en cada rincón, en cada comuna y en cada predio agrícola, se manifiestan contrarias al Gobierno.
No entiendo cómo hay Senadores que se atreven a decir que representan o levantan la voz en nombre de los campesinos. En lugar de pasarse metidos en las oficinas o gabinetes del Gobierno, en la ciudad de Santiago, deberían ir a conversar con ellos.
Lo que los campesinos desean es que les entreguen sus tierras. Ellos querían la reforma agraria, y la siguen queriendo; pero para ser los libres destinatarios de la tierra para así poder construir su estabilidad y prosperidad futura.
Por eso, en nombre de la Democracia Cristiana, reitero nuestro orgullo y satisfacción como chilenos y Senadores por haber contribuido, aunque haya sido con modestia e imperfecciones, a incorporar en la Carta Fundamental de nuestra patria un derecho esencial para los hombres de la tierra, los campesinos y los pequeños agricultores.
He dicho.
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