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- rdf:value = " El señor AYLWIN (Presidente).-r
Ofrezco la palabra.
El señor PABLO.-
¿Me permite, señor Presidente?
Muy brevemente, quiero dejar constancia de que, por desgracia, el Ejecutivo no otorgó su patrocinio a dos indicaciones que formulé. La primera, se relaciona con el personal de ASMAR, el cual, en mi concepto, debería incluirse en el precepto que concede la bonificación de 37%, o sea, como si se tratara de aquellos trabajadores con remuneraciones bajas dentro de la Administración Pública. Y ello por dos razones: porque efectivamente un gran porcentaje de servidores de ASMAR percibe rentas bajas y porque, como consecuencia de la aprobación del aumento de sueldos para las Fuerzas Armadas se producirá un desnivel en materia de remuneraciones entre personas que están laborando en un mismo lugar. En ASMAR, junto con los obreros que tienen la calificación exclusiva de funcionarios que podríamos llamar civiles, a pesar de estar sometidos al reglamento militar, trabajan también los de la filiación azul y los de las Fuerzas Armadas. Estos otros personales tendrán un reajuste de carácter extraordinario; en cambio, los empleados - ya que los obreros de ASMAR se rigen por un reajuste proporcional al aumento del salario mínimo -, que alcanzan a 1.200 ó 1.300, obtendrán un reajuste equivalente exclusivamente a 22,1%. El resto del personal, no obstante trabajar en los mismos lugares y realizar una misma actividad, recibirá un reajuste mucho mayor.
Esa es la razón por la cual solicité al Ejecutivo dar trato preferente a este personal: otorgarle, como lo señalaba la indicación que formulé, la bonificación que se da a los servicios postergados.
La segunda indicación que el Gobierno no hizo suya está relacionada con el personal de Educación. En las indicaciones presentadas quedó de manifiesto que en los beneficios para los jefes de 5ª Categoría Directiva, Profesional y Técnica, quedó excluido un grupo no superior a treinta personas. Confío en que el Ejecutivo mediante el veto pueda regularizar esta situación, que estimo injusta.
Asimismo, se entrega una bonificación especial para los directores que desempeñan los grados 10º a 12º de la escala, en circunstancias de que hay otros funcionarios que realizan labores de supervisión, sin ser directores. Y, como he dicho en otras oportunidades, para una misma función debe existir la misma remuneración.
Esas son las razones por las cuales he querido insistir sobre el particular.
"
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