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    • rdf:value = " IRREGULARIDADES EN INDUSTRIA AUTOMOTRIZ DE ARICA (TARAPACA). Al señor Ministro del Trabajo y Previsión Social en los siguientes términos: El Sindicato Industrial y el Sindicato Profesional de Empleados de la Industria Automotriz “General Motors” de Arica ha informado al suscrito que esa Empresa desconoce algunos puntos de las actas de avenimiento pactadas y no obstante los reiterados reclamos presentados a la Inspectoría del Trabajo de esa ciudad, los empresarios se empeñan en desconocer sus compromisos con los trabajadores. Los puntos incumplidos por parte de la empresa son los siguientes: 1.- Sindicato Industrial: a).- Préstamo por vacaciones de un mes de salario base, pagado al momento de hacer uso del feriado. Se descuenta de la participación del 10% ley 15.575, artículo 107; b).- Todo el punto 18 del Acta de Avenimiento de 1970. c).- Encasillamiento. No se ha hecho la evaluación de cargos y funciones. Los plazos 1° de junio y 1° de septiembre de 1970 están vencidos; d).- Bonificación especial. Se estableció una asignación especial para el personal que trabaje en la Sección Lavado, de Eº 250 mensuales, los que no se han pagado; e).- Reemplazos. Para el personal que haga un reemplazo de mayor categoría se estableció un salario de acuerdo al aumento de una categoría de salario; este salario se hará efectivo desde el décimo día hábil de producido y hasta que termine el reemplazo; f).- No se cumple la Resolución Nº 90 de la Dirección del Trabajo, de 15 de febrero de 1966, que determina un descanso de 45 minutos después de la colación; g).- Reiteradamente la empresa produce despidos arbitrarios, y h).- No computan los días sábados, domingos y festivos trabajados en el año para los efectos de las vacaciones. 2.- Sindicato Profesional: a).- Bono de vacaciones. No cumple el pago de un mes de sueldo al empleado que haga uso de su feriado legal; b).- Préstamo por vacaciones. Tampoco paga este préstamo concedido en las mismas condiciones que a los obreros; c).- Nivelación de sueldos. No obstante haberse vencido el plazo de 90 días para la fijación de un sistema de escalas de sueldos, además de promociones y vacantes, la empresa no ha dado cumplimiento a este punto del acta; d).- Tampoco paga el recargo del 100% obtenido para trabajo en días festivos y domingos. Por último, la empresa también ha efectuado despidos arbitrarios de empleados, ha iniciado una tenaz persecución sindical con presiones de toda índole para que los dirigentes y empleados renuncien a pertenecer al Sindicato. Agradeceré al señor Ministro impartir las instrucciones más terminantes para que se ponga atajo a estos desmanes contra los trabajadores y se obligue a esa empresa a dar cumplimiento a los beneficios pactados y que ahora desconoce. Acompaño a la presente una copia del memorándum que me han enviado los Sindicatos de la Industria General Motors. "
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