REPUBLICA DE CHILE DIARIO DE SESIONES DEL SENADO PUBLICACION OFICIAL. LEGISLATURA 313, ORDINARIA. Sesión 39ª, en martes 24 de agosto de 1971. Ordinaria. (De 16.14 a 19.50). PRESIDENCIA DE LOS SEÑORES PATRICIO AYLWIN AZOCAR, PRESIDENTE, Y ALEJANDRO NOEMI HUERTA, PRESIDENTE ACCIDENTAL. SECRETARIOS, EL SEÑOR PELAGIO FIGUEROA TORO, Y EL PROSECRETARIO, SEÑOR DANIEL EGAS MATAMALA. INDICE. Versión taquigráfica. I.- ASISTENCIA 3169 II.- APERTURA DE LA SESION 3169 III.- TRAMITACION DE ACTAS 3169 IV.- LECTURA DE LA CUENTA 3169 Modificación del artículo 67 de la ley Nº 17.416 3173 Autorización a la Comisión de Gobierno para sesionar simultáneamente con la Sala 3173 Reglamentación de ley de quiebras. Trámite a Comisiones de Legislación y de Economía 3173 Declaración del Presidente del Senado sobre publicaciones de prensa a raíz de querella entablada contra periodista del diario "La Nación" 3174 V.- FACIL DESPACHO: Proyecto de ley, en segundo trámite, que denomina "General René Schneider Chereau" a Escuela Nº 58, de Santiago, y Nº 29, de San Bernardo (se despacha) 3186 Proyecto de ley, en segundo trámite, que denomina "Eugenio Matte Hurtado" al Liceo de Hombres Nº 14 de Santiago, y "Ernesto Bohn" al Liceo de Hombres N° 2, de Temuco (se despacha)... 3187 Proyecto de ley, en segundo trámite, que reajusta las pensiones de la Sección Tripulantes de la Caja de Previsión de la Marina Mercante Nacional (se despacha) 3188 Proyecto de ley, en primer trámite, que establece que los Departamentos u Oficinas de Bienestar de las reparticiones fiscales extenderán sus beneficios a los jubilados de las mismas (se despacha) 3191 Proyecto de ley, en primer trámite, que otorga recursos para la realización de diversas obras públicas en las provincias de Valdivia y Llanquihue (queda pendiente la discusión) 3191 VI.- ORDEN DEL DIA: Proyecto de ley, en segundo trámite, que regula el derecho a voto de los analfabetos (se despacha) 3201 Denominación de "Guillermo Labarca Hubertson" a Escuela Nº 9, de Panguipulli 3207 Normas para constitución de consejos directivos y directorios de diversas instituciones de Previsión 3207 Proyecto de ley, en segundo trámite, que establece franquicias para automóviles armados en el país destinados a taxis (queda pendiente la discusión) 3207 VII.- TIEMPO DE VOTACIONES: Publicación de discursos 3213 VIII.- INCIDENTES: Peticiones de oficios (se anuncian) 3214 Situación de la provincia de Aisén a raíz de la erupción del volcán Ventisquero (observaciones del señor Ochagavía) 3219 Anexos. Pág. DOCUMENTOS: 1.- Proyecto de ley, en cuarto trámite, que suprime la reajustabilidad de determinadas deudas habitacionales 3230 2.- Proyecto de ley, en segundo trámite, que transfiere gratuitamente a la Municipalidad de Pinto un inmueble fiscal ubicado en dicha comuna 3231 3.- Proyecto de acuerdo, en segundo trámite, que aprueba el Convenio relativo a Servicios Aéreos suscrito entre Chile y Bélgica 3231 4.- Proyecto de acuerdo, en segundo trámite, que aprueba el Convenio sobre Transporte Aéreo suscrito entre Chile y la República de Cuba 3332 5.- Proyecto de ley, en segundo trámite, que otorga a cada Colegio Profesional el derecho a elegir un representante ante el Consejo Normativo Superior de la Universidad de Chile 3224 6.- Proyecto de ley, en segundo trámite, que faculta al Presidente de la República para destinar fondos con el objeto de que la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos adquiera la casa donde nació el grumete Pantaleón Segundo Cortés Gallardo 3224 7.- Proyecto de ley, en segundo trámite, que modifica el artículo 67 de la ley Nº 17.416, con relación a las importaciones que efectúan determinadas instituciones 3235 8.- Proyecto de ley, en segundo trámite, que modifica la ley Nº 10.323, que liberó de derechos la internación de minerales de anhídrido fosfórico y abonos elaborados 3236 9.- Proyecto de ley, en segundo trámite, que modifica la ley número 17.169, que creó los Consejos Regionales de Turismo, en lo relativo al período de funcionamiento del Casino de Puerto Varas 3238 10.- Proyecto de ley, en segundo trámite, que desafecta de su calidad de bien nacional de uso público el terreno que indica en San Vicente de Tagua Tagua y autoriza al Presidente de la República para transferirlo gratuitamente al Cuerpo de Bomberos de esa comuna 11.- Proyecto de ley, en segundo trámite, que modifica la ley número 11.224 y declara que la Sociedad con quien el Fisco realizará la permuta autorizada por la misma es la que individualiza 3238 12.- Proyecto de ley, en segundo trámite, que autoriza al Servicio Nacional de Salud para transferir gratuitamente a la Municipalidad de San Carlos el predio que indica 3239 13.- Observaciones, en segundo trámite, al proyecto que fija una pensión presuntiva a los funcionarios que cesen en sus funciones en la Empresa de los Ferrocarriles del Estado 3-40 14.- Segundo informe de las Comisiones de Hacienda y de Obras Públicas, unidas, recaído en el proyecto que establece franquicias para los automóviles armados en el país destinados a taxis. . . 3242 15.- Moción del señor Foncea, con la que inicia un proyecto que concede personalidad jurídica a la Arquidiócesis Católica Apostólica Ortodoxa de Chile 3258 16.- Moción del señor Musalem, con la que inicia un proyecto de ley que establece que las exigencias de edad máxima establecidas por la ley Nº 16.346, de legitimación adoptiva, no regirán durante un año 3260 17.- Moción del Honorable señor Reyes, con la que inicia un proyecto de ley que incorpora a la Planta de Operación Transporte de la Empresa de Transportes Colectivos del Estado a las personas que indica 3263: VERSION TAQUIGRAFICA. I.- ASISTENCIA. Asistieron los señores: Acuña Rosas, Américo Aguirre Doolan, Humberto Aylwin Azocar, Patricio Baltra Cortés, Alberto Ballesteros Reyes, Eugenio Bulnes Sanfuentes, Francisco Campusano Chávez, Julieta, Carmona Peralta, Juan de Dios Carrera Villavicencio, María Elena Chadwick Valdés, Tomás Durán Neumann, Julio Foncea Aedo, José García Garzena, Víctor Hamilton Depassier, Juan Irureta Aburto, Narciso Jerez Horta, Alberto Juliet Gómez, Raúl Musalem Saffie, José Noemi Huerta, Alejandro Ochagavía Valdés, Fernando Palma Vicuña, Ignacio Papic Ramos, Luis Prado Casas, Benjamín Reyes Vicuña, Tomás Silva Ulloa, Ramón Tarud Siwady, Rafael Teitelboim Volosky, Volodia Valente Rossi, Luis, y Valenzuela Sáez, Ricardo. Actuó de Secretario el señor Pelagio Figueroa Toro y de Prosecretario el señor Daniel Egas Matamata. II.- APERTURA DE LA SESION. -Se abrió la sesión a las 16.14, en presencia de 17 señores Senadores. El señor AYLWIN (Presidente).- En el nombre de Dios, se abre la sesión. III.- TRAMITACION DE ACTAS. El señor AYLWIN (Presidente).- Se da por aprobada el acta de la sesión 34ª, que no ha sido observada. Las actas de las sesiones 35ª a 38ª quedan en Secretaría a disposición de los señores senadores hasta la sesión próxima, para su aprobación. (Véase en el Boletín el acta aprobada). IV.- LECTURA DE LA CUENTA. El señor AYLWIN (Presidente).- Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretaría. El señor PROSECRETARIO.- Las siguientes son las comunicaciones recibidas: Mensajes. Cuatro de Su Excelencia el Presidente de la República. Con el primero, convoca al Congreso Nacional a legislatura extraordinaria a contar del 19 de septiembre próximo, con el objeto de que se ocupe en los siguientes proyectos de ley: 1) El que crea el Ministerio de la Familia. (Cámara de Diputados, primer trámite). 2) El que crea el Ministerio del Mar. (Cámara de Diputados, primer trámite). 3) El que establece normas sobre indígenas. (Cámara de Diputados, primer trámite). 4) El que concede personalidad jurídica a la Central Única de Trabajadores de Chile. (Cámara de Diputados, primer trámite). Con el segundo, comunica que se ausentará del territorio de la República, a contar de esta fecha, en visita oficial a las Repúblicas de Perú, Ecuador y Colombia. -Se manda archivarlos. Con el tercero, solicita el acuerdo constitucional necesario para ascender a Capitán de Navio al Capitán de Fragata señor Alfonso Parodi Capelo. -Pasa a la Comisión de Defensa Nacional. Con el último, hace presente la urgencia para el despacho de los siguientes asuntos: 1) Proyecto de ley que denomina "Amelia Cabrera viuda de Cardones" a la Escuela Fiscal Nº 62, de Melipilla (pendiente en segundo trámite en la Comisión de Educación Pública). -Se califica de "simple" la urgencia. 2) Proyecto de ley que modifica el artículo 67 de la ley Nº 17.416, en relación con las importaciones que realizan determinadas instituciones (pendiente en segundo trámite en la Comisión de Hacienda). -Se califica de "simple" la urgencia. 3) Proyecto de acuerdo que aprueba el Convenio relativo a servicios aéreos suscrito entre Chile y Bélgica (pendiente en segundo trámite en la Comisión de Relaciones Exteriores). -Se califica de "simple" la urgencia. . 4) Proyecto de ley que modifica la ley N° 11.224, y declara que la sociedad con quien el Fisco realizará la permuta autorizada por ella es la que individualiza (pendiente en segundo trámite en la Comisión de Agricultura y Colonización). -Se califica de "simple" la urgencia. 5) Proyecto de acuerdo que aprueba el Convenio de Transporte Aéreo suscrito entre Chile y la República de Cuba (pendiente en segundo trámite en la Comisión de Relaciones Exteriores). -Se califica de "simple" la urgencia. 6) Proyecto de ley que introduce diversas modificaciones a la ley Nº 11.622, sobre arrendamiento de habitaciones y locales comerciales ((pendiente en cuarto trámite. En tabla). -Se califica de "simple" la urgencia. Oficios. Veintidós de la Honorable Cámara de Diputados. Con el primero, comunica que ha tenido a bien no insistir en la aprobación de la enmienda que introdujo al proyecto que modifica el artículo 110 de la ley número 17.399, sobre gastos de publicidad de las instituciones del sector público, que fue rechazada por el Senado. Con los cinco siguientes, comunica que ha tenido a bien aprobar en los mismos términos en que lo hizo el Senado, los siguientes proyectos de ley: 1) El que destina fondos para la terminación del "Grupo Arquitectónico O'Higginiano", ubicado en Chillán Viejo. 2) El que concede el grado de General de Brigada Aérea al Comandante de Grupo (R) señor Roberto Herrera Ramírez. 3) Los que benefician, por gracia, a las siguientes personas: Baudilio Casanova Valenzuela. Ester Jünemann viuda de Alamos. Juan Ramón Maturana Reyes. -Se manda comunicarlos a Su Excelencia el Presidente de la República. Con el séptimo, comunica que ha tenido a bien aprobar, con excepción de las que indica, las modificaciones introducidas por el Senado al proyecto de ley que suprime la reajustabilidad de determinadas deudas habitacionales (véase en los Anexos, documento 1). -Queda para tabla. Con los doce siguientes, comunica que ha tenido a bien prestar su aprobación a los proyectos de ley que se indican: 1) El que transfiere gratuitamente a la Municipalidad de Pinto un inmueble fiscal ubicado en dicha comuna (véase en los Anexos, documento 2). -Pasa a la Comisión de Gobierno. 2) Proyecto de acuerdo que aprueba el Convenio relativo a Servicios Aéreos suscrito entre Chile y Bélgica (véase en los Anexos, documento 3). 3) Proyecto de acuerdo que aprueba el Convenio sobre Transporte Aéreo suscrito entre Chile y la República de Cuba (véase en los Anexos, documento 4). -Pasan a la Comisión de Relaciones Exteriores. 4) El que otorga a cada Colegio Profesional el derecho a elegir un representante ante el Consejo Normativo Superior de la Universidad de Chile (véase en los Anexos, documento 5). 5) El que faculta al Presidente de la República para destinar fondos con el objeto de que la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos adquiera la casa donde nació el grumete Pantaleón Segundo Cortés Gallardo (véase en los Anexos, documento 6). -Pasan a la Comisión de Educación Pública. 6) El que modifica el artículo 67 de la ley Nº 17.416, en relación con las importaciones que efectúan determinadas instituciones (véase en los Anexos, documento 7). 1) El que modifica la ley Nº 10.323, que liberó de derechos la internación de minerales de anhídrido fosfórico y abonos elaborados (véase en los Anexos, documento 8). -Pasan a la Comisión de Hacienda. 8) El que modifica la ley Nº 17.169, que creó los Consejos Regionales de Turismo, en lo relativo al período de funcionamiento del Casino de Puerto Varas (véase en los Anexos, documento 9). -Pasa a la Comisión de Economía y Comercio. 9) El que desafecta de su calidad de bien nacional de uso público el terreno que indica en San Vicente de Tagua Tagua y autoriza al Presidente de la República para transferirlo gratuitamente al Cuerpo de Bomberos de esa comuna (véase en los Anexos, documento 10). El que modifica la ley Nº 11.224 y declara que la Sociedad con quien el Fisco realizará la permuta autorizada por la misma es la que individualiza (véase en los Anexos, documento 11). El que autoriza al Servicio Nacional de Salud para transferir gratuitamente a la Municipalidad de San Carlos el predio que indica (véase en los Anexos, documento 12). -Pasa a la Comisión de Agricultura y Colonización. 12) El que beneficia, por gracia, a doña Graciela del Carmen Montero Fehrman. -Pasa a la Comisión de Asuntos de Gracia. Con el vigésimo, complementa los acuerdos comunicados en relación con las observaciones formuladas por el Ejecutivo al proyecto de ley que fija una pensión presuntiva a los funcionarios que cesen en sus funciones en la Empresa de los Ferrocarriles del Estado (véase en los Anexos, documento 13). -Se manda agregarlo a sus antecedentes. Con los dos últimos, comunica que ha tenido a bien aprobar las modificaciones introducidas por el Senado a los siguientes proyectos de ley: 1) El que denomina "Ex Vicepresidente Edmundo Pérez Zujovic" a la actual Avenida Costanera Norte de Antofagasta. 2) El que autoriza la erección de un monumento a la memoria del Obispo Manuel Larraín Errázuriz, en Talca. -Se manda archivarlos. Doce, de los señores Ministros del Interior, de Educación Pública, de Obras Públicas y Transportes, del Trabajo y Previsión Social, y de Salud Pública, y de los señores Presidente del Consejo de Defensa del Estado, Vicepresidente Ejecutivo de la Caja de Empleados Públicos y Periodistas y Gerente de la Corporación de Obras Urbanas, con los cuales dan respuesta a las peticiones que se indican, formuladas por los Honorables Senadores señores Acuña (1), Aguirre Doolan (2), Foncea (3), Jerez (4), Ochagavía (5), Olguín (6), Silva Ulloa (7), y Valente (8) : 1) Carácter de bien nacional de uso público de caminos que señala de la provincia de Osorno. 2) Instalación de teléfono público en Las Canchas, Talcahuano. 3) Pavimentación de camino entre comuna de Villa Alegre y Linares. 4) Pavimentación de calle Pedro León Gallo en Coelemu. Necesidades Educacionales de la provincia de Ñuble. 5) Instalación de grupo electrógeno en Melinka, Chiloé. Cuartel para Retén de Carabineros de Puyuhuapi, Aisén. 6) Ambulancia para Policlínica de Belén, Arica. 7) Asignación de departamentos en Población Luis Emilio Recabarren, Antofagasta. 1) Pago de subsidio de cesantía a imponentes que indica. Informe acerca de juicio que señala. Diversas consultas al Ministerio del Trabajo y Previsión Social. -Quedan a disposición de los señores Senadores. Uno del señor Ministro de Defensa Nacional, de carácter reservado, con el que da respuesta a una petición del Honorable Senador señor Olguín. -Queda en la Secretaría a disposición de los señores Senadores. Uno de la Junta de Adelanto de Arica, con el que comunica una resolución adoptada en relación con determinadas disposiciones del proyecto de ley que suprime la reajustabilidad de determinadas deudas habitacionales. -Se manda agregarlo a sus antecedentes. Informe. Segundo Informe de las Comisiones de Hacienda y de Obras Públicas, unidas, recaído en el proyecto de ley de la Honorable Cámara de Diputados que establece franquicias para los automóviles armados en el país y que se destinen al servicio de taxis (véase en los Anexos, documento 14). -Queda para tabla. Mociones. Una del Honorable Senador señor Foncea, con la que inicia un proyecto de ley que concede personalidad jurídica a la Arquidiócesis Católica Apostólica Ortodoxa de Chile (véase en los Anexos, documento 15). Una del Honorable Senador señor Musalem, con la que inicia un proyecto de ley que establece que las exigencias de edad máxima establecidas por la ley N° 16.346, de legitimación adoptiva, no regirán durante un año (véase en los Anexos, documento 16). -Pasan a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento. Una del Honorable Senador señor Reyes, con la que inicia un proyecto de ley que reincorpora a la Planta de Operación Transporte de la Empresa de Transportes Colectivos del Estado a las personas que indica (véase en los Anexos, documento 17). -Pasa a la Comisión de Trabajo y Previsión Social. Una del Honorable Senador señor Valente, con la que inicia un proyecto de ley que declara que el beneficiario de la ley número 15.589 señalado como don Eduardo Juan Luna Arancibia, es don Juan Eduardo Lima Arancibia. -Pasa a la Comisión de Asuntos de Gracia. Una del Honorable Senador señor von Mühlenbrock, con la que inicia un proyecto de ley que beneficia, por gracia, a don Daniel González García. -Se manda comunicarla a Su Excelencia el Presidente de la República para los efectos del patrocinio constitucional necesario. Dos del Honorable Senador señor Ferrando, con las que inicia los siguientes proyectos de ley: 1) El que recarga en un 5% el consumo de energía eléctrica en la provincia de Cautín, en beneficio de sus municipalidades. 2) El que establece que el Matadero Frigorífico de Temuco estará obligado al pago del derecho municipal establecido por el artículo 102 de la ley Nº 11.704. Una del Honorable Senador señor Rodríguez, con la que inicia un proyecto de ley que autoriza al Presidente de la República para establecer una plaza de peaje en el camino entre Santiago y Farellones. -Pasan a la Cámara de Diputados donde constitucionalmente deben tener su origen. Permisos constitucionales. El Honorable señor Bulnes solicita permiso constitucional necesario para ausentarse del país por más de 30 días, a contar del 31 del mes en curso. -Se accede. El Honorable Senador señor Luengo solicita el permiso constitucional necesario para ausentarse del país por más de 30 días, a contar de esta fecha. -Se accede. El Honorable Senador señor Rodríguez solicita permiso constitucional para ausentarse del país por más de 30 días a contar de esta fecha. -Se accede. MODIFICACION DEL ARTICULO 67 DE LA LEY Nº 17.416. El señor AYLWIN (Presidente).- Hago notar a los señores Senadores que durante la Cuenta se calificó de "simple" la urgencia hecha presente por el Ejecutivo al proyecto que modifica el artículo 67 de la ley Nº 17.416, referente a las importaciones que realizan determinadas instituciones, que actualmente se encuentra en la Comisión de Hacienda, donde se tramitan actualmente des iniciativas con urgencia. Por lo tanto, y de conformidad al artículo 46 de la Constitución Política del Estado, solicito el asentimiento de la Sala para que el plazo de la urgencia empiece a regir desde la fecha en que la Comisión despache uno de esos proyectos. Acordado. El señor HAMILTON.- Pido la palabra, señor Presidente. AUTORIZACION A LA COMISION DE GOBIERNO PARA SESIONAR CONJUNTAMENTE CON LA SALA. El señor HAMILTON.- Solicito de la Mesa recabar el" acuerdo de la Sala a fin de que a partir de las 8 de la noche de hoy la Comisión de Gobierno pueda sesionar conjuntamente con la Sala, la que eventualmente estaría en ese momento en la hora de Incidentes. La verdad es que, por una inadvertencia de mi parte, por desconocimiento del Reglamento en esta materia, cometí un error, que puede corregirse si se concede dicha autorización. El señor AYLWIN (Presidente).- Si le parece a la Sala, se otorgará la autorización solicitada por el Honorable señor Hamilton. Acordado. REGLAMENTACION DE LEY DE QUIEBRAS. TRAMITE A COMISIONES UNIDAS DE LEGISLACION Y DE ECONOMIA. El señor BALTRA.- Señor Presidente, se encuentra en la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento un proyecto de ley que reglamenta la ley de Quiebras. A juicio de los miembros de ese organismo, la iniciativa -la hemos analizado-, aparte su aspecto meramente jurídico-le-gal, reviste gran importancia desde el punto de vista económico. Se refiere fundamentalmente a problemas de esta natura-laza. Formulamos indicación para que dicho proyecto sea conocido por las Comisiones de Constitución y de Economía y Comerció, unidas, pues consideramos que ello posibilitará realizar un estudio más completo sobre la materia. El señor AYLWIN (Presidente).- Los señores Senadores han tomado conocimiento de la indicación del Honorable señor Baltra. Sobre el particular, tiene la palabra el Senador señor Hamilton. El señor HAMILTON.- Estoy de acuerdo con la proposición del Honorable colega, porque el referido proyecto, si bien no puede escapar al conocimiento de la Comisión de Legislación, por referirse a una materia jurídico-procesal, como es la quiebra, encierra en el fondo todo un planteamiento de orden económico, lo cual hace indispensable, como manifestó Su Señoría, el pronunciamiento de la Comisión de Economía y Comercio. La citada iniciativa está con urgencia. Pues bien, hoy día tuve oportunidad de enterarme, a través del señor Subsecretario de Gobierno, de que la intención del Ejecutivo es retirar la urgencia, para posibilitar que el Senado conozca el proyecto con la tranquilidad que la importancia de la materia aconseja. Esa razón abona también la solicitud del Honorable señor Baltra. El señor AYLWIN (Presidente).- Si le parece a la Sala, se acogerá la indicación del Honorable señor Baltra y la iniciativa se remitirá a las Comisiones de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento y de Economía y Comercio, unidas. Acordado. DECLARACION DE PRESIDENTE DEL SENADO SOBRE PUBLICACIONES DE PRENSA A RAIZ DE QUERELLA ENTABLADA CONTRA PERIODISTA DEL DIARIO "LA NACION" El señor AYLWIN (Presidente).- Solicito la venia de la Sala para dar lectura a una declaración que estimé de mi deber emitir con relación a publicaciones aparecidas en los últimos días relativas a una actuación del Presidente del Senado. Acordado. La declaración dice: "En relación a la campaña, orquestada por prensa, radio y televisión, de que estoy siendo objeto en estos días, considero necesario informar a la opinión pública lo siguiente: "1º.- En una crónica del diario "La Nación", publicada sin firma responsable, se calificó de "infamia" una actuación del Senado." El texto apareció en "La Nación" del sábado 5 de junio; se titula "La infamia", y en el párrafo pertinente dice: "pensamos que la sesión del martes pasado constituyó la infamia más grande de un Poder Público contra un medio de comunicación social". "En cumplimiento del deber propio de mi cargo de velar por la dignidad de la Corporación que presido, requerí la intervención de los Tribunales en conformidad a la ley. "Yo no sabía, ni podía saber, que esa crónica había sido redactada por una señora embarazada. Y creía que el Director de "La Nación" era hombre. "Si dicho director hubiera actuado como tal, habría asumido personalmente las molestias que con su conducta ha descargado sobre una mujer embarazada. "Es falso que yo haya dado instrucciones a mi abogado para suspender la excarcelación de la señora Mora con el fin de matenerla detenida el fin de semana. Mal podría haberlo hecho, puesto que no tengo abogado en el proceso y, cuando la detención ocurrió, estaba en mi zona, fuera de Santiago." Sólo regresé al amanecer del sábado, acompañado del señor Edecán, porque andaba en visita oficial, en mi calidad de Presidente del Senado. "Lo que sucedió fue que el Procurador encargado de informarme de la causa, al no poder encontrarme para obtener instrucciones, decidió suspenderla. "Impuesto el sábado de lo ocurrido, y ante la petición de la Mesa Directiva del Colegio de Periodistas, no tuve inconveniente en desistirme sobre la base de que ese organismo gremial juzgue el caso en conformidad a las normas de su ley orgánica. "La señora Mora fue encargada reo el 9 de agosto. Si yo me dejara llevar por suposiciones, como se hace por mis detractores, podría decir que es inverosímil que la defensa jurídica de "La Nación" haya ignorado durante diez días la existencia de dicha encargatoria de reo y que se postergó hasta el viernes 20 la detención de la señora Mora con el fin deliberado de provocar el escándalo que se ha querido formar en torno a este asunto. "2º.- Una Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, prescindiendo de mi desistimiento, ha anulado todo lo actuado en el proceso poique éste no habría podido iniciarse a requerimiento del Presidente del Senado, sino sólo del Ministro del Interior o del Intendente, y porque el desacato al Senado sólo se cometería cuando las palabras injuriosas se vierten de viva voz y no por escrito. "Con el respeto que me merecen las decisiones judiciales, no acierto a explicarme esa teoría, en mi concepto francamente absurda. "El artículo 26 de la ley Nº 12.927 que invoqué en mi requerimiento, autoriza para formularlo al Senador, Diputado o Magistrado afectado por el delito de difamación, injuria o calumnia. Las injurias contra el Senado -que constituyen desacato- afectan indudablemente a los Senadores que lo integran. Es contra toda lógica que yo pueda requerir la iniciación del proceso si soy injuriado individualmente como Senador, y no pueda hacerlo si lo soy colectivamente con mis demás colegas al injuriarse en conjunto al Senado de que soy miembro y que presido. "Tampoco es efectivo que las injurias "de palabra" que configuran el delito de desacato sólo puedan cometerse "por medio de la expresión oral". El Diccionario de la Lengua que se invoca en abono de esa tesis, define la expresión "palabra" como "sonido o conjunto de sonidos articulados que expresan una idea" y, también, como "representación gráfica de estos sonidos". Es decir, la voz "palabra" comprende tanto la hablada como la escrita. Y donde el legislador no distingue, no es lícito al intérprete hacerlo. "Como me he desistido de la acción, y no tengo ningún ánimo persecutorio -cosa absolutamente ajena a mi carácter- no ejercitaré los recursos procesales que podría haber intentado para corregir este manifiesto error. "3º.- En cuanto a la campaña de diatribas que, cual jauría desencadenada, han desatado algunos órganos publicitarios en mi contra," -en contra del Presidente del Senado- "constituye una demostración palpable del típico procedimiento inescrupuloso de desprestigio y descalificación a las personas mediante insultos y mentiras de que, a falta de razones, se valen los grupos de mentalidad totalitaria en su intento de acaparar la totalidad del poder. "Es falso que yo haya perseguido como abogado a dirigentes sindicales. Eso puede haberlo hecho un encumbrado dirigente de la Unidad Popular. En mi larga vida profesional, nunca fui abogado de empresas contra trabajadores y muchas veces, en cambio, defendí a éstos. "Es falso que mientras doña Olivia Mora estaba detenida, yo paseaba por la costa en el automóvil del Senado. Llegué a Santiago desde mi zona el sábado y no me he movido de aquí. "A qué seguir. No me rebajaré a contestar todos los chismes que, con procacidad e indisimulado odio, abundan en bocas o plumas venenosas. "Quienes crean que por ese medio pueden arredrarme, como con tantos se intenta en estos días en la mejor campaña de amedrentamiento que conoce la historia cívica de Chile, se equivocan. Ningún insulto ni amenaza me apartará de lo que considere, en mi conciencia, mi deber. 4º.- Verdaderamente resulta asombroso que los mismos que diariamente rasgan vestiduras ante cualquier palabra, escrita o hablada, que pueda herir la epidermis de los personeros del Poder Ejecutivo y piden las penas del infierno contra quienes las vierten, se singularicen por el empleo majadero del insulto, la calificación de intenciones, el adjetivo peyorativo y el lenguaje grosero en contra de los Poderes Legislativo y Judicial y de la Contraloría General de la República. "Invito al pueblo de Chile" -y a los señores Senadores- "a reflexionar sobre esta manifiesta inconsecuencia y no dejarse engañar ni atrapar por la trampa a través de la cual, mediante el desprestigio sistemático de nuestras instituciones y de las personas que tienen la enteraza de decir lo que piensan, se persigue abrir camino al totalitarismo." El señor TEITELBOIM.- Pido la palabra, señor Presidente. La señora CARRERA.- Pido la palabra. El señor JEREZ.- Pido la palabra. El señor AYLWIN (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Teitelboim; luego, la Honorable señora Carrera y, en seguida el Senador señor Jerez. El señor TEITELBOIM.- Honorable Senado, nosotros esperábamos una declaración de parte del Senador señor Patricio Aylwin. Y la esperábamos tranquila y reconocedora, como jurista que es Su Señoría, del hecho de que había incurrido en un grave error desde el punto de vista legal, en razón de lo cual la Sexta Sala de la Corte de Apelaciones, como él lo expresó, estimó que no debía haberse iniciado sumario alguno en contra de la periodista señora Olivia Mora sobre la base de la querella deducida por el Senador democratacristiano señor Patricio Aylwin. En efecto, en el fallo los Ministros Marcos Abur-to Ochoa, Antonio Raveau Sotomayor y Rafael Briones manifestaron que el Presidente del Senado no podía arrogarse la representación de toda la Corporación para iniciar una demanda, ni menos tomarse atribuciones para entablar querellas recurriendo al artículo 203 del Código Penal, que son privativas del Presidente de la República, del Ministro del Interior y del Intendente de la provincia. Dicho fallo de la Sexta Sala de la Corte de Apelaciones sólo contó con el voto disidente del Ministro Hernán Cereceda Bravo, el mismo que votó a favor del Senador señor Raúl Morales Adriasola cuando se pidió su desafuero por habérselo acusado de tener implicancia en el proceso que se seguía a raíz del homicidio del General René Schneider. Creemos que la Sexta Sala cumplió la ley y que el profesor de Derecho y actual Presidente del Senado, Honorable señor Patricio Aylwin, se equivocó respecto de ella. Quiero saber, además, si el Presidente de la Corporación consultó previamente a los Comités para deducir su querella. Porque, al fin y al cabo, aun si la ley lo hubiera facultado para deducir acción en nombre del Senado, me parece de absoluta correspondencia con el carácter representativo de su investidura -no es un cargo simplemente individual, sino con relación a un organismo compuesto por 50 miembros- que hubiera consultado la opinión de los distintos Comités. Yo no sé si lo hizo. No he tenido noticias de que lo haya hecho. El señor AYLWIN.- ¿Me permite una interrupción, señor Senador? El señor TEITELBOIM.- Con mucho gusto. El señor AYLWIN.- Señor Senador, no consulté a los Comités porque el Reglamento del Senado es claro al imponer a su Presidente la obligación de resguardar la dignidad de la Corporación. Expresamente dispone: "Sólo con acuerdo del Senado o por disposición de este Reglamento, podrá el Presidente dirigirse de palabra o comunicarse por escrito en nombre de la Corporación, salvo en los períodos de receso, en que lo hará libremente, debiendo dar cuenta al Senado en la primera sesión que celebre. "En todo caso, podrá actuar en representación del Senado en resguardo del fuero parlamentario y de la dignidad de la Corporación,..." De acuerdo con la tradición, todos los Presidentes del Senado, en forma ininterrumpida, cada vez que consideran lesionada la dignidad de la Corporación actúan de inmediato como su conciencia les aconseja. El señor TEITELBOIM.- Yo creo que el Presidente, antes de dar un paso de tal gravedad, debe consultar a la Sala. Entiendo que cuando se produjo el hecho que indujo a la presentación de la querella, la Corporación no estaba en receso. Y aunque lo hubiera estado, era perfectamente posible conversar con los Comités. En verdad, se consulta a éstos respecto de todo lo que reviste cierto carácter extraordinario, aun en situaciones que pudiéramos estimar de importancia muy relativa. Pero cuando se quiere actuar en nombre del Senado, donde hay opiniones conocidamente antagónicas o distintas, es de toda prudencia que el señor Presidente consulte a los diversos Comités. El puede, en un momento determinado, decir que actuó en representación de una mayoría; pero la verdad es que se hace absolutamente indispensable consultar a los Comités. El señor BULNES SANFUENTES.- Pero no es lo que dice el Reglamento. El señor TEITELBOIM.- No es lo que dice el Reglamento y es lo que dice el Reglamento. En efecto, éste dispone: "salvo en los períodos de receso", y no estábamos en esa circunstancia. El señor BULNES SANFUENTES.- No dice eso, sino que "en todo caso, podrá actuar en representación del Senado en resguardo del fuero parlamentario y de la dignidad de la Corporación." El señor TEITELBOIM.- Ya vamos a ir más al fondo. El señor BULNES SANFUENTES.- No conozco disposición alguna que dé esa facultad a los Comités. Si algo está excedido en la Corporación, son las atribuciones que se toman los Comités. El señor TEITELBOIM.- Lo expresado por el Honorable señor Bulnes nos obliga a ir más a fondo en el asunto. Si se ha vulnerado la dignidad de este hemiciclo, la verdad es que nosotros podríamos preguntar por qué se dedujo esta querella ante una expresión genérica respecto del Senado, en circunstancias de que, en virtud del contexto de la crónica, se desprende que ella se refería a ciertos y determinados Senadores y por una causa muy concreta. Celebro el hecho de que el Presidente de la Corporación se pronuncie contra una campaña de diatribas y hable de "grupos de mentalidad totalitaria, que en su afán de controlar totalmente el Poder, recurren a las injurias y a las calumnias", y de que no se rebajará a contestar los "chismes". Pero, en seguida, y con visible contradicción, el Honorable señor Aylwin, que tiene una alta investidura que respetar, dice que él "creía que el Director de "La Nación" era hombre". Esta es una injuria grave, dicha por el Presidente del Senado, quien habló desde la testera. Y, naturalmente, no podemos calificar esta expresión como de un rigor, de una seriedad, de un respeto para los demás, que pueda sentar cátedra. Por lo contrario, ella entra de lleno en el plano y calificación de la diatriba. Pero la verdad es que el problema no lo originó el Director del diario "La Nación", sino el querellante, y éste no es otro que el Honorable señor Aylwin. Además, el señor Senador dice que las injurias contra el Senado configuran la mayor campaña de amedrentamiento que conoce la historia de Chile. No, contra el Senado se conocen mucho mayores campañas de amendrentamiento, como una que hizo el ex Presidente de la República Arturo Alessandri Palma, quien nos motejó hasta el infinito -lo saben hasta los niños de las escuelas- como "los viejos del Senado" e hizo toda una tremenda campaña en contra de esta Corporación. Y no lo hizo mal tampoco el Presidente Eduardo Frei cuando la Sala le negó autorización para viajar a los Estados Unidos. Basta ver algunos titulares de "La Nación" de aquella época. Sin embargo, nosotros jamás calificamos al Director de ese rotativo bajo el Gobierno del señor Frei, como de "poco hombre". El señor AYLWIN.- ¿Me permite una interrupción, Honorable Senador? El señor TEITELBOIM.- Inmediatamente después, porque quiero terminar mis observaciones. El señor HAMILTON.- ¿Me permite, Honorable colega ? El señor TEITELBOIM.- No, señor Senador. Si en esta Sala todos nos conocemos. Su Señoría tiene perfecto derecho a usar de la palabra, y oportunamente podrá hacerlo. Deploro el lenguaje grosero y el epíteto peyorativo usado por el señor Presidente de la Corporación, quien, además, difícilmente podrá desprenderse de una responsabilidad grave por tratar de amedrentar a la prensa sin reparar en quién es la víctima ni en la situación en que ésta se encuentra. Porque el Honorable señor Aylwin bien pudo no saber en el momento en que dedujo la querella, quién era el autor de la crónica; pero es evidente que lo supo después, porque transcurrieron muchos días de esto y sabía perfectamente cuál era la situación en que se encontraba la señora Mora. Y se ha producido el desistimiento donosamente, cuando en realidad la Corte ya había declarado que esa querella nunca debió haberse iniciado, porque el Presidente del Senado no tenía atribuciones para hacerlo. Pienso que éste constituye un capítulo triste de la Corporación y que realmente no se ha cautelado la dignidad de la Presidencia del Senado al deducir esta querella contra una mujer en estado de gravidez, contra una periodista, todo lo cual lesiona los valores de la libertad y del derecho de información, y también del respeto humano. La señora CARRERA.- Señor Presidente, he pedido la palabra, más que nada, porque me han causado profunda extrañeza las expresiones del Presidente del Senado. Su Señoría habló, por ejemplo, de "mentalidad totalitaria", que es, precisamente, uno de los "slogans" que ha puesto en práctica la máquina publicitaria de la Derecha en contra del Gobierno de la Unidad Popular; de "campaña de amedrentamiento jamás vista", y de que él creía que el Director de "La Nación" era hombre". A mi juicio, tal como expresó el Honorable señor Teitelboim, ésta es una forma muy peyorativa de referirse a una persona. Además, Su Señoría da a esa expresión un carácter muy especial, porque por este tipo de epítetos -aunque no estuviéramos en el Senado- nadie podría querellarse. En efecto, dicha expresión puede temarse de dos maneras: o el Honorable señor Aylwin creyó primero que el Director del diario "La Nación" era hombre y después se dio cuenta de que no lo era, o bien, dio a la frase su verdadero significado y, en consecuencia, es peyorativa. El señor HAMILTON.- Está en la versión, en el discurso del Honorable señor Aylwin. La señora CARRERA.- He escuchado con toda claridad, Honorable señor Hamilton. Efectivamente, figura en la versión taquigráfica. Sin embargo, debo insistir en que ésta constituye una manera muy especial de insultar; un modo de expresarse que no permite decir "usted está insultando en esta forma". Ahora mismo, el Honorable señor Hamilton seguramente recurrirá a algún argumento tendiente a hacer creer a la opinión pública que lo que se quise decir no era que el señor Waiss es "poco hombre". Esta forma de insultar se podría calificar de diferentes maneras, pero yo prefiero no hacerlo. En todo caso, es como tirar una piedra y esconder la mano. Y eso, realmente, es chocante en el Presidente de una Corporación que parece sentirse tan lleno de una dignidad que es herida en forma tan fácil. Respecto de la campaña totalitaria de desprestigio, pienso que efectivamente en nuestra política está actuando una fracción fascista empeñada en acciones de esa naturaleza mediante el uso de dos órganos escritos de difusión y de otros más. Por desgracia, uno no siempre dispone de la paciencia suficiente para tragarse toda la basura que se publica en esos medios. Varios órganos de difusión de la Derecha fascista se han dedicado a emporcar las relaciones de todo tipo, tanto políticas como humanas, en este país. Existe, por ejemplo, una revista que nunca he leído, llamada "Sepa", la cual, según todas las informaciones que tengo, se caracteriza por hacer publicaciones plagadas de injurias, calumnias y mentiras, desde la tapa hasta la contratapa. No me referiré a ella, pues sus condiciones la hacen aparecer fuera de serie. Es una pieza publicitaria que, con el correr del tiempo, será posible observar en los museos. Pero hay otros órganos de difusión, menos confidenciales, que también se leen, como son los diarios "Tribuna" y "La Prensa", en los cuales también se vierte toda clase de mentiras y calumnias. Y al referirme a ellos, yo quisiera preguntar si no se ofende también la dignidad de la Corporación cuando se calumnia a una Senadora, porque, personalmente, he sido insultada y calumniada en numerosas oportunidades. La verdad es que, en algunos momentos de reflexión, tales ataques me han llegado a alegrar. Porque si yo fuera una persona tan insignificante que no hiciera daño de alguna manera a mis enemigos, aunque sólo sea por el hecho de existir, seguramente no se darían el gusto de tejer calumnias y mentiras acerca de mi persona. Me eleva la moral el hecho de que de alguna manera mis enemigos se den el trabajo de hacerlo; los enemigos de la clase popular, los enemigos del pueblo, los enemigos del cambio, los enemigos de que este Gobierno realmente haga tales transformaciones que resulte irreversible el proceso de la revolución chilena. Soy una pequeña parte de la Unidad Popular. Si los enemigos del pueblo se preocupan de mí, será porque algún daño les hago. Y esto, en las ocasiones en que he tenido que soportar esos embates, me ha consolado, me ha servido de apoyo, me ha dado fortaleza moral. Pues bien, creo que también se hiere la dignidad del Senado cuando se calumnia a un Senador. Y que yo sepa, nunca se ha preocupado esta Corporación de que se haya calumniado a uno de sus miembros, como se ha hecho conmigo. En este momento tengo presentada una querella contra el diario derechista "Tribuna", que estoy absolutamente cierta de ganar, si es que hay un mínimo de justicia en este país. Mis abogados están muy seguros de ello, porque ese periódico ha vertido las más infames y calumniosas noticias en sus páginas. "La Prensa" ha publicado iguales calumnias, pero lo ha hecho en la forma como se ha expresado el Honorable señor Aylwin -que creía que "era hombre", frase de la que no puede captarse bien el sentido, pues puede interpretarse de dos maneras-; es decir, desgraciadamente, no lo hizo de modo que mis abogados pudieran iniciar una querella contra ese diario. Digo "desgraciadamente", porque creo que esas acciones deben hacerse en conjunto; al mismo tiempo que en contra de "Tribuna", querellarse con "La Prensa". Pero este último periódico lo hizo más hábilmente, y mis abogados no han podido querellarse en contra de él, en circunstancias de que ambos órganos de difusión obedecían a todo un plan, que también ha utilizado la radio, y del que esto a que me refiero es sólo una parte. La campaña de infamias, injurias y calumnias en que los órganos de difusión del fascismo y de la Derecha están empeñados en contra del Gobierno de la Unidad Popular tiene, en realidad, un peso bastante grande; no todo el que ellos quisieran, pero tiene un peso bastante grande. Y es bueno que la opinión pública sepa, que podamos demostrarle a ella que quienes rasgan sus vestiduras, se echan ceniza sobre la cabeza hablando de que los insultan y los persiguen, son los que están persiguiendo al resto de la gente, insultándola y calumniándola. Contra el diario "Tribuna" se presentarán pronto otras querellas de las mismas razones mencionadas, por otros personajes que no son Senadores, por cierto, pero que también tienen -así lo pensamos- toda clase de derechos civiles. En el caso que nos preocupa, pareciera andar el ladrón detrás del juez. O tal vez sea la costumbre de cierta clase social, la de creer que son ellos los únicos que pueden decir toda clase de insultos, calumnias y mentiras contra los representantes del pueblo, sin que les pase nada, sin recibir nada en cambio, la que ahora les haga tener una piel tan delicada frente a cualquier palabra escrita que aparezca en los diarios. Creo que el error cometido por el Presidente del Senado, y que la justicia chilena le ha señalado, a pesar de ser él hombre de leyes, lo hará pensar dos veces antes de actuar, y tal vez que debe consultarse previamente a los Comités, aunque ello no esté en el Reglamento. Ocurre que a los Comités se nos llama para toda clase de asuntos. A mi juicio, si así se procede es porque el mecanismo de Los Comités ayuda al funcionamiento del Senado. Y así como en las especies biolóficas, la función crea el órgano, según decía Darwin, algunas de las actuales funciones de los Comités deberán establecerse en Jo futuro en el Reglamento. Al parecer, ellos son eficientes, son útiles, y lo que el trato más o menos deferente ha transformado en una costumbre en este Senado, no tiene por qué dejarse de lado en una ocasión como ésta. Prueba de ello está en los hechos que nos encontramos analizando esta tarde y a propósito de los cuales la misma justicia chilena, que nunca se ha caracterizado por defender los intereses de las clases populares ni de los parlamentarios de estas bancas, haya tenido que explicar al señor Presidente cuál era su derecho. Nada más. El señor NOEMI (Presidente accidental).- Tiene la palabra el Honorable señor Jerez. El señor JEREZ.- Señor Presidente,, antes de hacer unas breves observaciones sobre este tema, quisiera consultar al Honorable señor Aylwin si acaso la lectura del documento que él ha hecho esta tarde en el Senado no tiene otro objetivo que informar a los Senadores, o si en el fondo involucraba de su parte alguna petición de solidaridad frente a lo actuado como Presidente de esta Corporación. El señor AYLWIN.- Mi propósito ha sido exclusivamente el de informar a la Sala de una actuación del que habla, cuestionada hasta ahora no por Senadores, sino por órganos de publicidad, y respecto de la cual el Presidente de esta Corporación ha adoptado algunas actitudes o hecho algunas declaraciones que me pareció' que debía dar a conocer a los señores Senadores. El señor JEREZ.- Gracias. Me alegro de que así sea, porque la verdad de las cosas es que considero desafortunada la actuación de Su Señoría. Desde luego, el Honorable señor Aylwin tiene fama de hombre ponderado, y creo que su respuesta contenida en el documento que hace poco leyó, no ha sido consecuente con esa imagen que de su persona existe. La opinión que yo, personalmente, tengo de don Oscar Waiss, a pesar de que lo conozco muy poco -no habré hablado más de dos veces en mi vida con él-, es muy distinta de la que emana de ese juicio un tanto ofensivo que Su Señoría ha estampado en ese documentó. Me parece que es un hombre muy consecuente, un luchador infatigable por sus ideas, un hombre muy respetable desde el punto de vista de la conducta política que ha observado desde el tiempo que lo conocemos. Creo que el señor Senador no usó una expresión muy feliz al referirse a una "campaña de amedrentamiento". En efecto, todo esto se motivó por el juicio, acogido por el diario "La Nación" que mereció a un periodista, una sesión del Senado convocada para tratar un tema muy concreto, el enjuiciamiento de un programa de televisión, y en la cual, según nuestro parecer y el de muchos otros Senadores, aunque fuéramos la minoría del Senado, se hizo uso abusivo del derecho de esta Corporación a pronunciarse, pues se tergiversó realmente el verdadero alcance de ese programa. Y la verdad es que en aquella oportunidad, como en otras -no sólo por medio de algunos personeros del Senado, sino de cierta prensa e incluso de la Cámara de Diputados- se ha hecho ese enjuiciamiento a un programa de ese canal de televisión con el claro afán de amedrentar, precisamente, a quienes están trabajando en él y de coartar el legítimo derecho que les asiste de usarlo como medio de expresión de ideas. Por otra parte, por mucho que se quiera presentar al Senado como una institución un poco abstracta, desligada de quienes la integran por la representación que tienen de los partidos políticos, creo que debió tenerse en cuenta, cuando se actuó en representación del Senado, que no todos pensamos de la misma manera ni hemos llegado aquí por la misma puerta. En aquella ocasión concreta, hubo posiciones diversas, y así como hubo quienes solidarizaron con la acusación que se planteó en contra del canal por un programa en que se pretendía que se atacaba o se condenaba a la colonia árabe, otros estuvimos de acuerdo con la forma como ese programa se había hecho. Debió haberse tenido en cuenta que no era el Senado el que formulaba esa acusación, sino un sector del Senado; y que muchos de los que estamos aquí no nos sentíamos interpretados de ninguna manera por la defensa que de esta Corporación ha hecho su Presidente, porque el Senado no es sólo una entidad de carácter jurídico, no es una entidad de carácter institucional: es la expresión legítima de opiniones divergentes. Y en ese caso concreto, las opiniones no fueron de ningún modo unánimes; por lo contrario, fueron discordantes, y se expresaron con toda libertad. Quiero decir también que no queda en muy buen pie el Fiscal de la Corte Suprema. He tenido ocasión de leer, si no me equivoco en "Las Ultimas Noticias" de hoy, una entrevista hecha al Honorable señor Aylwin, donde se dice que éste consultó, antes de proceder, al Fiscal de la Corte Suprema, quien habría manifestado la opinión de que procedían la querella y la actuación posterior que tuvo el Presidente del Senado. Felizmente, la resolución de la Sexta Sala ha puesto las cosas en su lugar. En consecuencia, concordando ampliamente con los planteamientos de la Honorable señora Carrera y del Honorable señor Teitelboim, creo que la actuación del Presidente del Senado y la del Fiscal que le entregó los antecedentes que lo indujeron a proceder de manera tan incorrecta y errónea, no ha sido afortunada; y, a mi juicio, el Presidente del Senado, a pesar de que discrepo de sus puntos de vista, tiene bastantes conocimientos jurídicos como para no necesitar que se le aconseje -tan malamente- antes de actuar. El señor AYLWIN.- Señor Presidente, seré breve, pues no deseo entrar a una polémica con mis Honorables colegas. Quiero decir, primero, que actué en mi calidad de Presidente del Senado. Si se insulta a la Corporación, alguien tiene que actuar en resguardo de ella. El artículo en cuestión decía: "Pensamos que la sesión del martes pasado constituyó la infamia más grande de un poder público contra un medio de comunicación social". Es decir, se calificaba a la sesión del Senado de "infamia". Me pareció que mi deber era el de pedir a los tribunales que aplicaran la ley. Segundo: no he dicho a ningún periodista que yo hubiera consultado previamente al señor Fiscal de la Corte Suprema. Lo que dije -si se ha publicado otra cosa debe ser a causa de mala interpretación de mis palabras- fue que en el sumario que siguió el Ministro sumariante se requirió informe del Fiscal respectivo y que éste estimó, lo mismo que el Ministro sumariante, que esos términos, empleados para referirse al Senado, constituían el delito de desacato que castiga el artículo 263 del Código Penal. Tercero: Honorable señora Carrera, me parece que en los años que llevamos aquí nos conocemos. No creo que Su Señoría ni nadie pueda decir de mí que soy de los que tiran la piedra y esconden la mano. Acostumbro a asumir plenamente la responsabilidad de mis actos. Finalmente, en cuanto al carácter o tono de la declaración, es cierto que habitualmente uso un lenguaje ponderado; pero lenguaje ponderado no quiere decir lenguaje blandengue o débil. Aquí ha habido y hay colegas cuyas palabras suelen sonar a latigazos. Yo no tengo ese don, pero creo que en determinadas ocasiones las cosas deben ser llamadas por su nombre, sin eufemismos. Después de haber estado recibiendo durante cuatro días toda clase de insultos por la radio, la prensa y la televisión, presentándoseme como un individuo desalmado, que está persiguiendo a una pobre mujer embarazada, creo que el mínimo derecho que tengo es el de contestar manifestando lo que pienso sobre quienes actúan de esa manera. En todo caso, saben los señores Senadores que mi conducta, como hombre en la vida privada, como político en la vida pública, como Senador en este recinto y como Presidente del Senado mientras la Corporación quiera tenerme en tal calidad, será siempre de respeto hacia las personas, de franqueza y lealtad. Nada más. El señor NOEMI (Presidente accidental).- Tiene la palabra el Honorable señor Reyes. El señor REYES.- En primer término, debo anunciar la solidaridad de los Senadores democratacristianos con el Presidente del Senado, no sólo como un acto de adhesión política, sino también porque nos parece que su actuación ha sido correcta. Frente a un artículo del diario "La Nación", sin firma, en el cual se calificaban en forma absolutamente inaceptable las actuaciones del Senado, el Honorable señor Aylwin, como Presidente de esta rama del Congreso, entabló una querella, en virtud de la cual se han producido los hechos que todos conocemos. De ese artículo sin firma, el primer responsable era el director del periódico mencionado, el que, sin embargo, no asumió su responsabilidad, sino que la hizo recaer, en apariencia, en la periodista que lo había redactado. Se argumentó aquí que habría sido preferible que antes de presentarse esa querella se consultara a los Comités; pero quedó claramente establecido que ese trámite no sólo no está previsto en el reglamento, sino que incluso es deber del Presidente del Senado proceder en defensa y prestigio de la Corporación. Precisamente eso fue lo que hizo el Honorable señor Aylwin en su oportunidad. Se han querido confundir los hechos o presentar el cuadro a la inversa: cuando otros órganos de expresión también estuvieren incurriendo en exceso de calificativos hacia el actual régimen o en abusos semejantes a los que motivaron el reclamo del Senado, nosotros los estaríamos justificando. De ninguna manera: condenamos por igual cualquier exceso en la publicidad, porque creemos que es uno de los males que hoy día imperan en Chile. Pero no se pretenda, al hacer cargos por lo que pudiera afectar a los sectores gobernantes, que no existe igual ánimo o más encono todavía en los órganos de publicidad que condenan o que pretenden descalificar a los medios de Oposición. Ha puesto fin a este proceso una Sala de la Corte de Apelaciones, al no acoger la reclamación interpuesta, por dos considerandos. Creo que el Presidente del Senado ha hecho bien en señalarlos como infundados, por cuanto, si el señor Presidente no se hubiera desistido de la querella -así lo entiendo yo-, el juicio debió continuarlo para su rectificación. Sin ser abogado, me parece sencillamente absurdo que una Corporación como la nuestra no pueda hacer, por sí misma o por medio de su personero máximo, el reclamo correspondiente por cualquier ofensa que se le infiera. De la misma manera, me parece absurdo que la expresión "ofensas de palabra" quiera constreñirse a las expresiones verbales. Repito: si el señor Presidente del Senado no se hubiera desistido, habría valido la pena continuar el juicio, sólo con el objeto de rectificar el error en que, en mi concepto, ha incurrido la Corte de Apelaciones. Se consultó denantes al Presidente del Senado cuál es el sentido de su planteamiento en esta Sala. Su Señoría dijo que no está pidiendo un respaldo expreso -al comenzar mis palabras señalé que nosotros se lo damos-, sino que creyó de su deber informar a la Corporación, porque, abusivamente y deformando los hechos, toda una máquina de propaganda se ha ensañado, tomando pie en aquel acto, para desprestigiarlo personalmente y restar autoridad a esta institución. Es por eso que protestamos. El señor GARCIA.- También nosotros queremos manifestar nuestra opinión. Frente a un artículo del diario de Gobierno que insulta al Senado con estas palabras: "pensamos que la sesión del martes pasado constituyó la infamia más grande de un poder público", y con estas otras: "Es una vergüenza que el Senado se reúna durante cuatro horas para hablar y opinar de un programa de televisión que ningún parlamentario vio", nos parece bien que el Presidente de la Cámara Alta entable las acciones judiciales pertinentes, porque es laudable que defienda la dignidad de ella. Lo consideramos así no sólo porque es deber de todo Presidente de una corporación y de ella misma defenderse, sino también porque hay una campaña sostenida contra el Parlamento, impulsada por motivos políticos que conocemos perfectamente. De manera que concordamos con lo actuado por el Honorable señor Aylwin. En cuanto a las infamias y calumnias del diario "Tribuna" de que hablaba la Honorable señora Carrera, debo recordar a la señora Senadora que estos diarios nacieron después que "Clarín" y "Puro Chile" durante meses y años saquearon la honra de todas las personas decentes de este país. En contra del señor Jorge Alessandri se hizo una campaña cuyas expresiones ni siquiera fue posible repetir aquí. En esta Sala di lectura a 30 recortes de "Puro Chile", para cuya publicación en la versión oficial fue necesario borrar de ellos algunas palabras, por ser irreproducibles. Al Honorable señor Bulnes Sanfuentes, sentado a mi lado, se le ha dicho lo peor que se puede decir a un Senador de la República. Incluso, se han publicado fotografías señalándolo como culpable del delito de sedición. Esta, campaña se hacía diariamente en esos periódicos, y toda ella estaba orquestada con una propaganda de radio y televisión. Como se han lanzado estas infamias y esta clase de calumnias en forma permanente, no quedó más que editar periódicos que hablaran un lenguaje muchísimo más fuerte. Porque no estamos dispuestos a que todos los días nos injurien, a que nos insulten y a que se busquen pretextos para predisponer a la opinión pública contra los parlamentarios de Oposición. No olvidemos que este mismo diario "La Nación", no hace mucho, a raíz del asesinato del señor Pérez Zujovic, dijo que consideraba sospechoso que yo estuviera preparado para hablar en la sesión y que al parecer sabía que se iba a cometer el crimen. De manera que el diario de Gobierno, que significa diez mil millones o quince mil millones de pesos de pérdida a los contribuyentes de todo Chile, no sólo se dedica a escribir infamias en contra de esta Corporación, sino también en contra de sus integrantes, suponiéndoles intenciones y haciendo creer a la gente que uno de ellos pudo estar mezclado en al complot que costó la vida al señor Pérez Zujovic, tratando de disminuir la inmensa responsabilidad de los grupos VOP y MIR, autores morales, espirituales y materiales de esos hechos. Por estas consideraciones, cuando escuché a la señora Senadora quejarse del lenguaje del diario "Tribuna", creí estar frente a una persona que no había vivido en Chile los últimos dos años e ignoraba lo que ha pasado con esos pasquines que todos los días traen basura en sus informaciones a la opinión pública. Se van a encontrar con que pagaremos con la misma moneda, porque no estamos dispuestos a soportar que todos los días nos injurien de esa manera. En mi intervención, también deseo hacer un alcance al aspecto jurídico y a la resolución de la Ilustrísima Corte de Apelaciones. La ley de Seguridad Interior del Estado es oscura; está mal redactada; fue hecha precipitadamente, con fines políticos, y no con conocimientos jurídicos claros. De manera que a veces es difícil interpretarla. El señor TEITELBOIM.- ¿Cuándo se dictó? El señor GARCIA.- Debe haberse promulgado en las postrimerías del Gobierno del señor Ibáñez. Ignoro el nombre de su .autor; pero quienquiera que lo sea, puedo decirle que no es una ley bien redactada ni armónica y que muchos de sus preceptos se prestan a interpretaciones distintas. Por ejemplo: entre otros delitos, ese cuerpo legal castiga a "los que ultrajaren públicamente la bandera, el escudo o el nombre de la patria y los que difamen, injurien o calumnien al Presidente de la República, Ministros de Estado, Senadores o Diputados..." Sanciona, además, los delitos de desacato, trasladando a ella un delito configurado en el Código Penal, lo cual demuestra falta de armonía en sus disposiciones. El artículo 26 de la ley de Seguridad Interior establece lo siguiente: "Si se tratare del delito de desacato a que se refieren los artículos 263 y 264 del Código Penal. . .", etcétera. ¿Y qué dice el artículo 263 del Código Penal? Lo siguiente: "El que de hecho o de palabra" -aquí caben los escritos- "injuriare gravemente al Presidente de la República, o a alguno de los cuerpos colegisladores..." Sin duda que "La Nación" injuria a uno de los cuerpos colegisladores cuando sostiene que "la sesión del martes pasado constituyó la infamia más grande de un poder público". Al hacerlo, está cometiendo el delito de desacato configurado en el artículo 263 del Código Penal. Pues bien, el proceso por los delitos previstos en el artículo 263, que debería tramitarse de acuerdo con la norma general del Código de Procedimiento Penal, se tramita en conformidad a la ley de Seguridad Interior del Estado, cuyo artículo 26, en el título sobre jurisdicción y procedimiento, establece que si se trata de esos delitos "... el proceso se iniciará por requerimiento o denuncia del Presidente del respectivo Tribunal" -aparentemente se refiere a los tribunales de justicia- "o del magistrado afectado, según corresponda." Sin embargo, esta disposición no deja en claro cómo debe entablarse la acción cuando el delito afecta al Senado. De manera que hay una omisión que, a mi juicio, debe salvarse recurriendo a otras disposiciones; a las que dicen que el Senador o Diputado ofendido pueden entablar ellos mismos la acción. En otras palabras, el Presidente del Senado, que tiene el carácter de Senador, puede iniciar la acción, y a mi juicio está bien entablada; sin dejar de reconocer que, en más de una oportunidad, algunas de las disposiciones de la ley de Seguridad Interior del Estado resultan oscuras y contradictorias. Quiero dejar a salvo la posibilidad de que, frente a. nuevas calumnias o injurias, el Presidente del Senado pueda incoar, como tal, las acciones pertinentes. Y en ese caso, los tribunales deberán reconocer que tiene personería suficiente para tramitarlas. Dejo constancia de que yo no estoy de acuerdo con la resolución del Honorable señor Aylwin de desistirse de la acción judicial, pues Su Señoría no sabía a qué persona afectaba. Por lo demás, desconocemos quién escribió el artículo, y considero una cobardía refugiarse en una periodista en estado de gravidez para lanzar ese tipo de infamia. Dejando aparte el problema jurídico, me parece que debería haberse llevado a cabo una investigación para saber quién inspiró la publicación en el diario de Gobierno; y, seguramente, nos habríamos encontrado con la sorpresa de que, entre los periodistas de "La Nación" -si no me equivoco, hay alrededor de 60 ó 70-, uno de ellos dirige la sección política, y es el que ha inspirado este tipo de publicaciones. A mí me interesaba no tanto el castigo como la investigación, para saber quiénes están tratando de desacreditar a los Poderes Públicos. En muchas oportunidades hemos pedido que cese este clima de injurias y de insultos. Nosotros somos los que más hechos sufrido con él. Es difícil hallar alguno de esos' periódicos que no contenga publicaciones deshonestas, calumniosas o sucias en contra de cualquiera de los parlamentarios de Oposición. Hemos manifestado al Gobierno que si desea paz pública y tranquilidad para lograr el desarrollo del país, lo primero que debe hacer para conseguirlas es promover en los órganos de difusión que él controla el uso de un lenguaje distinto al que en este momento estamos rectificando y combatiendo. La señora CARRERA.- ¿Me permite una interrupción, señor Senador? El señor GARCIA.- No, Honorable colega. Como Su Señoría es partidaria de conceder las interrupciones al final de la intervención, en esa oportunidad se la daré, para después continuar con el uso de la palabra. Deseo dejar perfectamente en claro que, frente a esa campaña, debemos seguir con nuestro predicamento: que los tribunales de justicia pongan pronto remedio a ese tipo de periodismo, que conduce a nuestro país a los peores males, pues lo llena de odios y enemistades. Por lo tanto, todo lo que signifique buscar un medio para evitar esa clase de actitudes, contará íntegramente con nuestra colaboración. La señora CARRERA.- ¿Me puede conceder ahora la interrupción? El señor GARCIA.- Sí, señora Senadora; ahora se la concedo. El señor NOEMI (Presidente accidental).- Con la venia dé la Mesa, tiene la palabra la Honorable señora Carrera. La señora CARRERA.- En realidad, no entiendo al Honorable señor García. Tal vez no he puesto suficiente atención a sus palabras, aunque siempre dedico la mejor parte de mi cerebro para escucharlo, porque, por lo general, me ilustra bastante. Su Señoría ha pedido que reine la paz y la calma en los espíritus. En mi opinión, eso se halla dentro de la "tónica" pública, señor Senador. Pero, al mismo tiempo, califica a ciertos diarios de deshonestos, calumniosos y sucios, y agrega, salvo que no le haya entendido bien, que como no quieren ser víctimas, han fundado, supongo que su partido, el Nacional, o su clase social... El señor GARCIA.- No se trata de clase social, señora Senadora. Mi partido, sí. La señora CARRERA.- Muy bien. Entonces, su partido ha creado un diario que les haga pelea. En consecuencia, con eso quiere decir que tal publicación también es deshonesta, calumniosa y sucia. ¡Y después de ello, pide paz en los espíritus! Realmente, no lo entiendo bien: primero, se califica a cierta prensa con determinadas características; y luego, los mismos que así la denominan fundan otra con esos mismos atributos, para defenderse. Repito: no comprendo muy bien la lógica del Honorable señor García. Si siguiéramos su raciocinio, y el señor Senador de improviso calificara a determinadas personas de la Unidad Popular, supongamos, de caníbales, y dijera que en ese grupo existe una brigada de ellos, pregunto a Su Señoría: ¿empezaría usted a formar caníbales en su partido? El señor VALENTE.- ¡Ya lo son...! La señora CARRERA.- El Honorable señor Valente dice que ya lo son. El señor GARCIA.- ¡Soy comedor, pero no tanto... ! La señora CARRERA.- En cierto modo, yo creo lo afirmado por el Honorable señor Valente. En todo caso, me parece que las palabras del Honorable señor García no se condicen con los puntos de vista que le hemos oído exponer en otras oportunidades. A mi juicio, no son de prócer los argumentos dados por el señor Senador en representación del Partido Nacional. Estarnos acostumbrados a escuchar desde esas bancas palabras para el mármol, pero en esta oportunidad como que no lo han sido. El señor GARCIA.- Recupero el uso de la palabra. Evidentemente, mis expresiones no fueron para el mármol. Lo que he querido decir muy claramente es que cuando a una persona se la injuria, se la calumnia o se trata de ensuciarla todos los días, debe responder con energía. No se trata de que los diarios que contestan los insultos sean calumniosos o injurien. Simplemente usan un lenguaje más duro para quienes ejercen ese tipo de periodismo. De eso se trata, y agradeceré a Su Señoría no deformar ni tergiversar mis palabras. En resumen, hay diversas maneras de proceder ante publicaciones deshonestas: una, es no hacer nada, política usada por nosotros durante bastante tiempo; otra, denunciar a quienes injurian, querellarse criminalmente contra todos los que cometen esa clase de delitos y obtener que los tribunales de justicia actúen enérgicamente, y, además, no amnistiar ni indultar a quienes incurren en tales excesos, ya que es la única manera de evitar que proliferen y que todo el mundo se sienta en la impunidad para cometer ese tipo de hechos, que los Senadores de estas bancas condenamos con firmeza. He terminado, señor Presidente. V.- FACIL DESPACHO. DENOMINACION DE "GENERAL RENE SCHNEI-DER CHEREAU" A ESCUELAS N° 58 DE SANTIAGO Y Nº 29 DE SAN BERNARDO. El señor FIGUEROA (Secretario),- En primer lugar, corresponde ocuparse en un proyecto de la Cámara que denomina "General René Schneider Chereau" a la Escuela Nº 58, de Santiago, y a la Escuela Básica Nº 29, de San Bernardo. -Los antecedentes sobre el proyecto figure a en los Diarios de Sesiones que se indican. Proyecto de ley: En segundo trámite, sesión 15ª', en 30 de junio de 1871. Informe de Comisión: Educación, sesión 33ª, en 11 de agosto de 1971. El señor FIGUEROA (Secretario).- La Comisión de Educación Pública, en informe suscrito por los Honorables señores Ferrando (Presidente), García, Montes y Valenzuela, recomienda a la Sala aprobar el proyecto en los mismos términos en que lo hizo la Cámara. La iniciativa consta de un artículo único. El señor NOEMI (Presidente accidental).- En discusión general y particular el proyecto. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. Si le parece a la Sala, se aprobará. Aprobado. Queda terminada su discusión. El señor GARCIA.- Excúseme, señor Presidente. En la Comisión me abstuve de aprobar el proyecto por estimar que inducía a confusión poner el mismo nombre a dos escuelas de la provincia de Santiago. Iba a pedir que tal denominación recayera en la más importante, pues, repito, designar en una misma forma a dos establecimientos educacionales provocará confusiones. Pero como el señor Presidente ya dio por aprobado el proyecto, no tengo más que decir. DENOMINACION DE "EUGENIO MATTE HURTADO" A LICEO DE HOMBRES Nº 14 DE SANTIAGO Y DE "ERNESTO BOHN" A LICEO DE HOMBRES Nº 2 DE TEMUCO. El señor FIGUEROA (Secretario).- Proyecto de la Cámara que denomina "Eugenio Matte Hurtado" al Liceo de Hombres Nº 14 de Santiago, y "Ernesto Bohn" al Liceo de Hombres Nº 2 de Temuco. -Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de ley: En segundo trámite, sesión 20ª, en 13 de julio de 1971. Informe de Comisión: Educación, sesión 33ª, en 11 de agosto de 1971. El señor FIGUEROA (Secretario).- La Comisión de Educación Pública, en informe suscrito por los Honorables señores Ferrando (Presidente), García, Montes y Valenzuela, recomienda a la Sala, con la abstención del Honorable señor García, aprobar el proyecto en los mismos términos en que viene de la Cámara. El señor AYLWIN (Presidente).- En discusión general y particular el proyecto. Ofrezco la palabra. El señor GARCIA.- Deseo plantear el problema que nos ocupó en la Comisión a propósito de la nominación de calles o escuelas. Nada hay más ingrato que oponerse a dar a una escuela el nombre de una persona que, generalmente, reúne muchos méritos. Pero, ¿qué sucedEº Como a menudo se presenta esta clase de proyectos, tal honor no siempre es merecido. Además, no existe un reglamento para determinar cuándo debe concederse esa distinción y cuándo debe denegarse. Pido a la Mesa sugerir a los Comités la posibilidad de estudiar un reglamento sobre concesión de estos honores, el cual, a mi juicio, debería consignar que toda petición de dar un nombre a una escuela, camino, puente o aeródromo, se base en determinados informes respecto de la persona, como por ejemplo sus antecedentes, la aprobación de la municipalidad donde ella vivió para conceder la distinción y el visto bueno de los organismos públicos pertinentes, para evitar confusiones y a fin de que esos honores logren el objetivo perseguido. Es decir, tal como se hace al conferir condecoraciones, las que no se otorgan porque sí, sino fundadas en motivos, razones o antecedentes que señalan méritos. En el fondo, el sistema en uso en el Senado funciona gracias a la buena voluntad de algunos parlamentarios, quienes muchas veces se ven en compromisos que no pueden eludir. A veces, se han dado nombres a algunas calles, y después de un tiempo, nadie sabe el origen de ellos. En muchas ocasiones, hasta las municipalidades ignoran qué razón hubo para distinguir en esa forma a una persona ya fallecida. Por las razones expuestas, me he abstenido en votar estas nominaciones mientras no exista en el Senado un reglamento o un sistema para conceder ese honor a quienes realmente lo merezcan. Es muy molesto oponerse en la Sala a tales designaciones, como sucedió días atrás, pues a menudo los Senadores no se sienten en libertad para impedir que se rinda un homenaje a una persona ya fallecida. Inclusive, para sus familiares puede resultar una ofensa tal oposición de parte de algunos miembros del Senado. En cambio, si estas materias se estudiaran en la Comisión y se aplicara un reglamento, al llegar a la Sala no habría dudas sobre los merecimientos del nominado para recibir el homenaje. -Se aprueba el proyecto, y queda terminada su discusión. REAJUSTE DE PENSIONES DE LA SECCION TRIPULANTES DE LA CAJA DE PREVISION DE LA MARINA MERCANTE NACIONAL. El señor FIGUEROA (Secretario),- Corresponde ocuparse en un proyecto de la Cámara que reajusta las pensiones que concede la Sección Tripulantes de la Caja de la Marina Mercante Nacional. -Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de ley: En segundo trámite, sesión 30ª, en 4 de agosto de 1971. Informe de Comisión: Trabajo, sesión 34ª, en 12 de agosto de 1971. El señor FIGUEROA (Secretario).- El informe de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, suscrito por los Honorables señores Ballesteros (Presidente), Musalem y García, sugiere aprobar la iniciativa en los mismos términos en que la despachó la Cámara. El proyecto consta de un artículo único. Por su parte, el Ejecutivo formuló una indicación para sustituir el artículo único por el siguiente: "Reajústanse por una sola vez todas las pensiones -excluidas las de gracia- que cancela la Sección Tripulantes de Naves y Operarios Marítimos de la Caja de Previsión de la Marina Mercante Nacional, en la siguiente forma: "a) Las pensiones a las cuales una vez aplicado el reajuste del 29,4% queden en un valor inferior al monto de la Pensión Mínima del año 1971, se les elevará a dicho monto, y se les aplicará, además, un reajuste complementario de 10,5%. "b) Las pensiones a las cuales una vez aplicado el reajuste del 29,4% queden entre el monto de la Pensión Mínima e inferiores o igual al monto del sueldo vital mensual, escala "A", del departamento de Santiago, se les aplicará un reajuste adicional do 10,5% ; "c) Las pensiones a las cuales una vez aplicado el reajuste del 29,4% queden en un monto entre uno y dos sueldos vitales mensuales, escala "A", del departamento de Santiago, se les aplicará un reajuste adicional de 8,5%, y "d) Las pensiones a las cuales una vez aplicado el reajuste del 29,4% queden en un monto superior a dos sueldos vitales mensuales, escala "A", del departamento de Santiago, se les aplicará un reajuste adicional del 5,5%. "Los reajustes que concede la presente ley se cancelarán en el complemento que medie entre el límite máximo de reajuste de cada letra de este artículo y el 29,4%, ya pagado por la Sección. "No se imputará a dicho complemento la mayor suma o porcentaje en que hayan aumentado las pensiones mínimas canceladas por la Sección al 31 de diciembre de 1970 -por sobre dicho 29,4%- hasta alcanzar su valor mínimo actualizado para el presente año, conforme al texto vigente del inciso final del artículo 31 de la ley Nº 10.662. "Si por efecto ele una reliquidación anterior o posterior a la cancelación del reajuste que otorga la presente ley, alguna pensión se elevase de cualquiera de los tramos consultados en las escalas de las letras a), b), c) y d) de este artículo a uno superior, el reajuste que le corresponderá por el presente año sólo será el relativo al tramo en que se ubique definitivamente la pensión reliquidada." El señor AYLWIN (Presidente).- En discusión general y particular el proyecto. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. El señor VALENTE.- La iniciativa en debate tiene por finalidad resolver un problema que afecta a los pensionados de la Sección Tripulantes de la Caja de Previsión de la Marina Mercante Nacional. Este personal pasivo reajusta sus salarios de acuerdo con el promedio de los subsidios del año precedente, de modo que no rigen respecto de estos ex trabajadores las disposiciones que se dictan cada año en la ley de Reajustes. Durante 1970, el salario medio de subsidios tuvo una variación de 29,4%. Es decir, un porcentaje inferior al alza del cesto de la vida producido ese año, y en conformidad al cual se reajustaron, como mínimo, tanto las pensiones como los sueldos y salarios del año pasado. El proyecto en discusión pretende resolver tal situación aumentando de 29,4% a 34,9% el reajuste mínimo a que tendrán derecho dichos pensionados. El Ejecutivo hizo llegar una indicación modificatoria de esta parte del artículo único del proyecto en debate, y, por lo que hemos escuchado de la lectura hecha por el señor Secretario, el reajuste mínimo no sólo será de 34,9%, sino que aumentará en determinados porcentajes, lo cual mejorará notablemente las pensiones de esos ex servidores. Estimamos conveniente la iniciativa. Y la indicación complementaria del Ejecutivo la ha perfeccionado. Los afectados por la medida de que en virtud de disposiciones legales se reajusten sus pensiones no de acuerdo con el alza del costo de la vida, han solicitado a lo largo del país el rápido despacho de este proyecto, porque desde enero están recibiendo pensiones aumentadas en un porcentaje inferior al fijado en la ley de Reajustes del año pasado. El Senado debe tener en cuenta esta información para despachar el proyecto a la brevedad posible. Las enmiendas introducidas al proyecto por el Ejecutivo aumentan los reajustes otorgados a dicho sector de trabajadores asegurándoles una pensión mínima, de acuerdo con los porcentajes que el Servicio de Seguro Social determine para tal efecto en el curso de este año. Votaremos favorablemente la indicación del Ejecutivo. El señor BALLESTEROS.- En la sesión ordinaria de la semana pasada, solicité que la Mesa, en uso de sus prerrogativas, incluyera este proyecto en la Tabla de Fácil Despacho. Por lo tanto, agradezco la deferencia que ella ha tenido al acceder a mi petición. Como dijo el Honorable señor Valente, el proyecto en debate -por lo menos el primitivo- es obvio y sencillo. Su objetivo es reajustar, de acuerdo con el alza experimentada por el índice de precios al consumidor, las pensiones otorgadas por la Sección Tripulantes de la Caja de Previsión de la Marina Mercante Nacional. Es decir, en 34,9%. A la inversa de lo que ocurre en el Servicio de Seguro Social, la ley Nº 16.662 dispone que deberán aumentarse en conformidad al alza experimentada por el salario medio de subsidios del año precedente sobre el del año en que la pensión se concedió, y ese salario medio, como aquí se ha dicho, asciende ahora a 29,4%, en circunstancias de que el alza del costo de la vida fue de 34,9%; o sea, hay cinco puntos de diferencia. Se produce, entonces, una situación distinta de la que existe en el Servicio de Seguro Social, organismo en el cual el índice de subsidios es superior al alza del costo de la vida. Por eso, se ha tomado en cuenta este último porcentaje. Es decir, para beneficiar al personal de la Sección Tripulantes se reajustan sus pensiones de acuerdo con el índice del costo de la vida. El Ejecutivo propone sustituir totalmente la iniciativa que él mismo patrocinó -todos sabemos que en materias previsionales tiene facultades exclusivas y excluyentes- por una indicación que fija una escala de reajustes. La indicación se formuló en el día de hoy, de modo que sólo ahora nos imponemos de su contenido. En verdad, ella consigna y recoge observaciones hechas por diversos señores Senadores durante los debates en la Comisión. Se trata de favorecer las pensiones más bajas y deterioradas de la Sección de Tripulantes de la Caja de Previsión de la Marina Mercante Nacional, otorgándoles un porcentaje mayor de reajuste, de acuerdo con la escala señalada en las letras a), b), c) y d) de la indicación. Desde este aspecto, ella es positiva, y anuncio que la votaremos favorablemente, y esperamos que la Cámara de Diputados, inspirada en los mismos propósitos que hoy día animan al Senado, le dé trámite de urgencia. Sin embargo, debido a la premura con que se formuló la indicación, aunque prefiero creer que se trata de una equivocación, se incurrió en una inadvertencia. El proyecto primitivo establecía, como es norma e imperativo del orden constitucional, la forma de financiamiento. El inciso final de la iniciativa del Senado -que la indicación propone sustituir totalmente- expresaba que "El mayor gasto que resulte por la aplicación de la presente ley, se hará con cargo a los recursos generales de la Sección, para cuyo efecto se entenderá modificado el presupuesto respectivo." Y este inciso no lo reproduce la indicación. Pues bien, si nos limitamos a sustituir el artículo único del proyecto primitivo por el artículo único propuesto por el Ejecutivo, nos encontraremos ante el contrasentido de estar despachando un proyecto sin financiamiento. Por estimar que el Ejecutivo no tuvo tal propósito y que el error se debe a una inadvertencia originada seguramente en su falta de experiencia, propongo considerar la indicación como sustitutiva del inciso primero del artículo único, y no de la parte final. Lamentablemente, y no obstante haber solicitado con mucha anticipación el texto de la iniciativa -que ha llegado precisamente en el día de hoy-, sólo hace pocos momentos he podido obtener la copia en la cual advertí el error que he señalado, y que solicito corregir, porque de lo contrario despacharíamos un proyecto desfinanciado, contrariando las normas constitucionales. Formulo indicación al respecto. El señor VALENTE.- Estamos de acuerdo. El señor AYLWIN (Presidente).- Si le parece a la Sala, se aprobará el proyecto y, al mismo tiempo, la indicación del Ejecutivo, considerándola sustitutiva del inciso primero del artículo único. Acordado. EXTENSION A JUBILADOS DE BENEFICIOS DE LOS DEPARTAMENTOS U OFICINAS DE BIENESTAR. El señor FIGUEROA (Secretario).- Proyecto de ley, iniciado en moción del Honorable señor Musalem, que establece que los Departamentos u Oficinas de Bienestar de las reparticiones fiscales extenderán sus beneficios a los jubilados de las mismas. -Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de ley (moción del señor Musalem): En primer trámite, sesión 20ª, en 13 de julio de 1971. Informe de Comisión: Trabajo, sesión 34ª, en 12 de agosto de 1971. El señor FIGUEROA (Secretario).- La Comisión de Trabajo y Previsión Social, en informe suscrito por los Honorables señores Ballesteros (Presidente), Musalem y García, recomienda a la Sala aprobar el proyecto, que consta de un artículo único. -Se aprueba el proyecto en general y particular, y queda terminada su discusión en este tramite. RECURSOS PARA OBRAS PUBLICAS EN VALDIVIA Y LLANQUIHUE. El señor FIGUEROA (Secretario).- Proyecto de ley de la Cámara de Diputados que otorga recursos para la realización de diversas obras públicas en las provincias de Valdivia y Llanquihue. -Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de ley: En primer trámite, sesión 1ª, en 14 de octubre de 1969. Informe de Comisión: Hacienda, sesión 37ª, en 17 de agosto de 1971. El señor FIGUEROA (Secretario).- La Comisión de Hacienda, en informe suscrito por los Honorables señores Palma (Presidente), Ibáñez, Musalem y Silva Ulloa, recomienda aprobar el proyecto con la modificación que indica. El señor AYLWIN (Presidente).- En discusión general y particular. Ofrezco la palabra. El señor ACUÑA.- A mi juicio, el proyecto en debate no reviste el carácter de obvio y sencillo que deben tener los asuntos incluidos en la tabla de Fácil Despacho, porque las enmiendas introducidas por la Comisión de Hacienda son de extrema gravedad. Ellas afectan fundamentalmente a algunos organismos de suma importancia en lo relativo a las inversiones públicas de las provincias del sur. Me refiero a los Comités Programadores de Valdivia, Osorno y Llanquihue, creados en virtud de un proyecto que, a lo largo de muchos años, patrocinamos con tesón y perseverancia el Honorable señor Irureta y el que habla. Al proyecto en debate, que en su artículo 1º establece que "De los impuestos que se recauden en las provincias de Valdivia, Cautín y Llanquihue excluido el de compraventa, las Tesorerías Provinciales pondrán a disposición de las Municipalides de cada provincia el 5% de dichos impuestos", se le han introducido agregados de extraordinaria importancia. No tengo ninguna objeción acerca de la idea primitiva de entregar dicho porcentaje a las municipalidades para abordar problemas propios. Sin embargo, he recibido comunicaciones del Alcalde de la Municipalidad de Osorno, don Sergio Villar, en las cuales deplora que no se haya considerado para tales efectos a la provincia de Osorno y a sus cinco comunas. Pero lo más grave -y que naturalmente no comparto; lo digo con franqueza- es una indicación patrocinada en la Comisión de Hacienda por el Honorable señor Papic, acogiendo seguramente -nos consta porque todos los Senadores y parlamentarios de la zona recibimos notas y comunicaciones al respecto- algunas sugerencias de las municipalidades, que solicitaban fondos extraordinarios para financiar sus presupuestos mediante la modificación de la ley Nº 17.382, que creó el Comité Programador de Inversiones para las provincias de Valdivia, Osorno y Llanquihue. La indicación pretende restar el 20% de los fondos de ese Comité, que para el año 1971 llegan a 193 millones de escudos, en beneficio de las municipalidades de las tres provincias mencionadas. Reitero que no comparto tal predicamento, y así se lo he manifestado a diversos regidores y alcaldes de la zona, por considerarlo de suma gravedad. El desfinanciamiento que afecta a las municipalidades se ha prolongado por muchos años, y se ha denunciado insistentemente, aunque no se ha podido hallar, por medio de la modificación de la ley orgánica de Municipalidades, una solución definitiva. Estimo que debemos abordar medidas de fondo que permitan proporcionar recursos a todas las municipalidades del país, y no sólo a algunas de ellas. Pero lo más grave es que se ha recurrido a la vía sencilla y simple de restar fondos a un plan destinado al desarrollo regional en esas tres provincias, que se promovió fundamentalmente para incentivar la vida económica de la zona sur; para llevar a cabo obras públicas extraordinarias en beneficio del desarrollo económico y social de esa región; para terminar o paliar la cesantía creando industrias, incentivando la artesanía, el turismo y, en fin, todas las actividades económicas y de desarrollo que permitan llevar a cabo también, en el orden social, más bienestar y dignidad a los pobladores y a los sectores más modestos de la zona. La indicación en referencia tiene el inconveniente de que destruye en parte un fondo de financiamiento importante, conseguido después de largos períodos de lucha, durante los cuales tuvimos que quebrar la mano, como se dice vulgarmente, a muchos sectores, organismos y autoridades. Así logramos esta herramienta, esta palanca de progreso para Valdivia, Osorno y Llanquihue. En la actualidad, los 193 millones de escudos que provee la ley 17.382, ley de desarrollo regional de esas tres provincias, se están empleando para ejecutar un programa elaborado técnicamente por los Comités Programadores de Inversiones, la Oficina de Planificación Nacional y diversos Ministerios, con participación de autoridades y representantes de la zona. En tales Comités Programadores de Inversiones, participan diversas reparticiones del sector público; ODEPLAN, mediante sus departamentos regionales; las Cámaras de Comercio respectivas; industrias; la Central Unica de Trabajadores y, también, las municipalidades. Naturalmente, entre todas estas entidades se estudia la mejor manera de enfrentar la inversión de esos recursos extraordinarios, obtenidos con tanto sacrificio, para llevar a cabo, como digo, obras de progreso, de desarrollo, que permitan mejorar la situación de esas tres provincias y elevar el estándar social y el bienestar general de sus probladores, fundamentalmente de los trabajadores más modestos, no sólo de la actividad dependiente, sino también de la independiente, como pequeños y medianos agricultores, artesanos, pequeños industriales, es decir, de todas las personas que laboran en distintas actividades económicas de la zona para subsistir y que despliegan su esfuerzo en beneficio de la comunidad. Este año, por ejemplo -quiero extenderme un poco en esta materia, porque la iniciativa es realmente de mucha gravedad -, se llevará a cabo la inversión de 62 millones 823 mil escudos en la provincia de Llanquihue. El programa de inversiones correspondiente incluye incentivos para la actividad maderera; pequeñas industrias; agricultura; recursos pesqueros ; programas forestales; creación de bancos ganaderos, destinados a beneficiar la actividad de pequeños y medianos agricultores, a los campesinos incorporados en los asentamientos, dentro del proceso de reforma agraria, con el objeto de entregarles animales de reproducción, como vaquillas. Esta última materia es de vasta significación social, por cuanto no se recurre al sistema bancario normal, que era gravoso e inaccesible generalmente para miles y miles de pequeños y medianos campesinos. En lo relativo al programa de inversiones para Valdivia y Osorno -aprobado por decreto del Ministerio de Hacienda Nº 499, de 3 de marzo de 1971-, puedo decir que consigna una serie de incentivos y de inversiones de enorme significación en beneficio de esas provincias, como una fundición regional en Valdivia; construcción de caminos; curtiembres; fábricas de productos alimenticios; cultivos y ganadería; fomento del turismo, de la pequeña industria, etcétera. Para ilustrar mayormente el carácter y el alcance del mecanismo o herramienta configurado por los Comités de Inversiones -lesionados gravemente por la indicación a que me referí, ya que les resta 20% de sus presupuestos-, solicito insertar el decreto 500, del Ministerio de Hacienda, de 3 de marzo de 1971, que aprueba el Programa de Inversiones de Llanquihue, y el decreto 499, del mismo Ministerio y de igual fecha, que aprueba el Programa de Inversiones de Valdivia y Osorno. -Los documentos que más adelante se acuerda insertar son los siguientes: REF.: Aprueba Programa de Inversiones de Llanquihue Nº 500.- Santiago, 3 de marzo de 1971.- Hoy se decretó lo que sigue: Vistos: lo señalado en la ley 17.382 que creó el Comité Programador de Inversiones de Llanquihue en la ley 17.399, art. 166; el Decreto Nº 2744 de 25 de noviembre de 1970, de Hacienda, lo acordado en sesión del Comité Programador de Inversiones de Llanquihue de fecha 26 de febrero de 1971, Decreto: 1º.- Apruébase el siguiente Programa de Inversiones para la Provincia de Llanquihue, por la suma de sesenta y dos millones ochocientos veintitrés mil escudos, que se distribuyen entre los proyectos de los sectores que se indican y cuya ejecución estará a cargo de las instituciones que se señalan: SECTOR ORIGEN PROYECTO INSTITUCION MONTO 1.- Estudios e investigaciones para la industria, y pesca Estudio factibilidad de complejo maderero de Fresia Investigación nivel tecnológico pesquero Estudio de factibilidad planta de aluminio Estudio pequeña industria y artesanía Estudio ecológico de las poblaciones naturales de mariscos de importancia económica U.T.E Eº 600.000 U.T.E 900.000 CORFO 800.000 S.C.T 300.000 463.670 Universidad Austral. 2.- Agropecuario Inseminación artificial .... Programa reforestación . . .2.3 Plan Ñadis 2.4 Banco Ganadero de Vientres SUB-TOTAL Eº 3.063.670 S.A.G 900.000 S.A.G 354.500 S.A.G 2.000.000 CORFO 10.000.000 3.- Turismo 3.1 Balnearios Populares en Puerto SUB-TOTAL Eº 13.254.500 5.1 5.2 5.3 SECTOR ORIGEN 4.- Transporte y Comunicaciones . . . 5.- Vivienda 6.- Complementarían Social PROYECTO Varas y Maullín 3.2 Aporte Empresa Regional de Tu rismo Programa rampas Long-Calbuco Puerto Varas - Río Frío (Segunda Etapa) Pavimentación Puerto Montt-Chin-quihue 4.5 Acceso Lago Chapo 4.6 Acceso Pedraplén _ Calbuco . . 4.7 Estudio de Proyectos (camino Llico, Estaquilla y San Pedro) . . Programa CORVI . . . Programa CORMU Adquisición terrenos y urbanización sitios Pargua y Población Emergencia El Frutillar 5.4 5.5 5,6 Programa COU Programa CORHABIT Programa Dirección Planificación y Desarrollo Urbano 6.1 6.2 Postas Sanitarias Electrificación de escuelas rurales. INSTITUCION MONTO Consejo Regional Tu rismo 4.000.000 Consejo Regional Tu rismo 1.000.000 SUB-TOTAL Eº 5.000.000 M.O.P.T Eº 1.000.000 M.O.PT. ....... 2.100.000 M.O.PT 3.000.000 M.O.PT 3.120.000 M.O.PT . 150.000 M.O.PT 225.000 M.O.PT 1.000.000 SUB-TOTAL Eº 10.595.000 CORVI 14.406.000 CORMU 840.000 CORMU y CORVI . . 3.200.000 COU 4.553.000 CORHABIT 1.020.000 DPEC 1.520.000 SUB-TOTAL Eº 25.539.000 S.N.S 1.335.000 Coop. Rural Eléctrica Llanquihue ,,..., 809.296 SECTOR ORIGEN 7.- Administración y Control Progra ma PROYECTO Cursos extraordinarios de Capacitación Embarcación gobierno interior . . Aporte Ministerio de Tierras . . Alcantarillado Fresia (estudio) . Gimnasio Instituto Comercial Pto. Montt 7.1 Adquisición y mantención vehícu los ; 1 Secretaria MONTO INSTITUCION INACAP 372.000 INTENDENCIA . . . 556.000 Ofic. Tierras 1.748.926 M.O.PT 300.000 SCEE. . 100.000 SUB-TOTAL Eº 5.221.222 ORPLAN 149.608 SUB-TOTAL Eº 149.608 TOTAL GENERAL. . Eº 62.823.000 2º.- El estudio de factibilidad de un complejo maderero para ser ubicado en la zona de Fresia, debe ser realizado por la Universidad Técnica del Estado, a través de su Instituto Tecnológico con sede en la Provincia de Llanquihue, con la colaboración del Instituto Forestal. 3º.- La distribución de los fondos asignados al proyecto contenido en el Nº 5.3 la hará el Programador de Desarrollo Urbano del Ministerio de la Vivienda y organismos de Puerto Montt. 4º.- La recuperación total o parcial de los recursos que se asignan para el desarrollo del programa de Inseminación Artificial, constituirán un fondo especial para la ampliación y mejoramiento del programa en la Provincia de Llanquihue. 5º.- La recuperación total o parcial de los recursos que se asignan para el programa de electrificación rural de escuelas, será destinada a la electrificación de postas sanitarias y estaciones médicas rurales de la Provincia de Llanquihue. 6º.- El aporte al Banco Ganadero de Vientres deberá destinarse a establecer un poder de compra y venta en la Provincia de Llanquihue durante el año agrícola 1971-1972. 7º.- El aporte asignado con el Nº 3.2 deberá ser utilizado en proyectos para la Provincia de Llanquihue. 8º.- El gasto que demande el presente decreto se financiará con cargo al ítem 08/01/01.112.002 del Presupuesto de Capital del Ministerio de Hacienda. Refréndese, tómese razón, comuniqúese y publíquese.- Salvador Allende G.- Américo Zorrilla R. Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento. Saluda atentamente a Ud.- Patricio Morales Salinas." "Ref.: Aprueba Programa de Inversiones de Valdivia y Osorno. Hoy se decretó lo que sigue: Nº 499.- Santiago, 3 de marzo de 1971. Vistos: lo señalado en la ley 17.382, que creó el. Comité Programador de Inversiones de Valdivia y Osorno; en la ley 17.399, artículo 166; el Decreto Nº 2.744 de 25 de noviembre de 1970, de Hacienda, lo acordado en sesión del Comité Programador de Inversiones de Valdivia y Osorno de fecha 19 de febrero de 1971. Decreto: 1º.- Apruébase el siguiente Programa de Inversiones para las provincias de Valdivia y Osorno, por la suma de ciento treinta millones ciento setenta y siete mil escudos, que se distribuyen entre los proyectos de los sectores que se indican y cuya ejecución estará a cargo de las instituciones que se señalan: Sector origen Proyecto Provincia Institución Monto 1.- Industria. 1. 1. Fundición Regional. Valdivia. SCT Eº 2.000.000 1. 2. Fábrica Bolsas y Mangas Polietileno. Valdivia. SCT 800.000 1. 3. Fábrica de Pickles y Vinagres. Valdivia. SCT 500.000 1. 4. Industrialización subproductos matadero. Osorno. SCT 1.500.000 1. 5. Curtiembre de cueros finos. Osorno. SCT 2.000.000 1. 6. Industrialización del ganso. Osorno. SCT 800.000 1. 7. Fábrica de Quesos Prosados. Osorno. SCT 800.000 1. 8. Locales Exposición y Venta P. I. A. Valdivia-Osorno. SCT 800.000 1. 9. Línea de crédito fomento P. I. A. Valdivia-Osorno. SCT 4.000.000 1.10. Parque Industrial. Osorno. Municipalidad 1.200.000 1.11. Estudio Proyectos Industriales. Valdivia-Osorno. CORFO 300.000 Subtotal....................................... Eº 14.700.000Sector origen Proyecto Provincia Institución ' Monto -- - 2.- Apropecuario. 2. 1. Cultivo Artificial de Mitilidos. Valdivia-Osorno. SAG. Eº 300.000 2. 2. Crianza Artificial de Salmo- nídeos. Valdivia. U. Austral 300.000 2. 3. Reforestación. ' Osorno. Corp. Reforestación 2.000.000 Subtotal.................................... Eº 2.600.000 3.- Turismo. 3. 1. Restauración Fuertes Históri- cos. Valdivia. MOPT. Eº 480.000 3. 2. Hostería Terminal Costanera. , Valdivia. MOPT. 1.000.000 3. 3 Habitaciones Turístico-Estu- diantiles. Valdivia. U. Austral 4.500.000 3. 4. Habitaciones Turístico-Estu- diantiles. Valdivia. U. T. E. 4.800.000 3. 5. Lancha Municipal Turismo. Valdivia. Municipalidad 1.500.000 3. 6. Lancha Turismo Panguipulli. Valdivia. Cons. Reg. Turismo. 700.000 3. 7. Construcción y habilitación de Campings. Valdivia-Osorno. Cons. Reg. Turismo. 600.000 3. 8. Habilitación Balnearios Populares. Valdivia-Osorno. Cons. Reg. Turismo. 1.000.000 3. 9. Parque Nacional Puyehue. Osorno. Direc. de Parques. 7.000.000 3.10. Línea Crédito Fomento Turismo. Valdivia-Osorno. SCT 5.500.000 3.11 Cons. Reg. Turismo Valdivia-Osorno. Valdivia-Osorno. Cons. Reg. Turismo. 700.000 3.12. Estudio Proyectos Reservas y Parques Regionales. Valdivia-Osorno. Direc. de Parques. 100.000 Subtotal................................ . , , Eº 27.880.000 4.- Transporte y comunicación. 4. 1. Camino San José-Mehuín. Valdivia. MOPT. Vial. Eº 5.550.000 4. 2. Camino Panguipulli-Choshuen- co. Valdivia. Vial. MOPT 5.152.000 4. S. Camino Río Bueno-Lago Ranco. Valdivia. Vial. MOPT 8.250.000 4. 4. Puente sobre Río Cruces. Valdivia. Vial. MOPT 2.000.000 4. 5. Camino Cuatro Vientos-Puer to Octay. Osorno. Vial. MOPT 9.000.000 4. 6. Camino Osorno - Bahía Mansa. Osorno. Vial. MOPT 4.700.000 4. 7. Camino Osorno-Puerto Octay. Osorno. Vial. MOPT 9.000.000 4. 8. Camino Internacional Puyehue. Osorno. Vial. MOPT 8.250.000 4. 9. Estudio camino internacional Huahún. Valdivia. Vial. MOPT 670.000 Subtotal Eº 52.572.000 5.- Equipamiento social básico. 5. 1. Sistema Hospitalario Valdivia. Valdivia. SCEH Eº 6.000.000 5. 2. Hospital de Osorno. Osorno. SCEH 7.400.000 5. 3. Liceo Niñas Valdivia. Valdivia. SCEE 960.000 5. 4. Escuela Modelo Las Vegas. Osorno. Arquitect. MOPT. 8.000.000 5. 5. Estación de Ferrocarriles. Valdivia. FF. CC. E. 1.000.000 5. 6. Terminal de Buses. Osorno. Municipalidad. 500.000 5. 7. Terminal de Buses. Valdivia. Municipalidad. 1.000.000 5. 8. Ambulancia Aérea. Valdivia. Club Aéreo. 200.000 Subtotal Eº 20.060.000 Sector origen Proyecto Provincia Institución Monto 6.- Vivienda. 6. 1. Sociedad de Remodelación de Valdivia. ' Valdivia. CORMU. 2.000.000 6. 2. Sociedad de Remodelación de Valdivia. Valdivia. Municipalidad. 1.000.000 6. 3. Construcción 525 viviendas económicas. Valdivia. CORHABIT. 9.365.000 Subtotal Eº 12.365.000 Total General Eº 130.177.000 2º.- Los recursos que se asignan en el presente Decreto al Servicio de Cooperación Técnica y cuya inversión supone la recuperación total o parcial de ellos, constituirán un fondo especial de dicho servicio destinado exclusivamente al Fomento de Turismo y de la pequeña industria y artesanado de las provincias de Valdivia y Osorno. 3º.- Los fondos que se asignan para los proyectos Nºs. 3.2; 3.3; 3.5 y 3.9 se otorgan como aportes del Consejo Regional de Turismo a los organismos ejecutores de dichos proyectos, para los efectos de constituir sociedades para la administración y explotación de las obras correspondientes, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 3º, Nº 6 de la ley 17.169. 4º.- El gasto que demande el presente Decreto se financiará con cargo al ítem 08-01-01-112.002 del Presupuesto de Capital del Ministerio de Hacienda. Refréndese, tómese razón, comuniqúese y publíquese. (Fdo.): Salvador Allende Gossens.- Américo Zorrilla Rojas. Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento. Saluda atentamente a Ud. Patricio Morales Salinas." El señor ACUÑA.- Al mismo tiempo, quiero expresar que en la zona se ha labrado ya toda una conciencia destinada a obtener el aprovechamiento más positivo, más efectivo económicamente y más fructificador para el desarrollo y los fines sociales que se persiguen. Una serie de organismos, como la Central Unica de Trabajadores, las cámaras de comercio, las municipalidades, los comités Programadores, han estado trabajando y estudiando la mejor manera de efectuar la inversión de todos esos recursos. Los diarios de la zona han publicado las líneas de inversión. Por ejemplo, tengo aquí "El Correo de Valdivia", donde figuran los créditos de fomento que otorgará el Servicio de Cooperación Técnica a la pequeña industria y artesanado, en virtud de esta ley. Reitero mi petición en el sentido de incorporar en mi discurso los documentos que mencioné, que comprueban la trascendencia de un mecanismo que implica, además de postergar a la zona, la gravedad de restarle 20% de sus recursos. Yo me opongo a esta iniciativa, por las razones que di, sin perjuicio de hacer todos los esfuerzos posibles para bucar un financiamiento que palie la situación de las municipalidades del país, y consecuencial-mente, las de mi zona. El señor AYLWIN (Presidente).- Si le parece a la Sala, se insertarán los documentos a que se refirió el señor Senador. Acordado. Ha terminado el tiempo de Fácil Despacho. -Queda pendiente la discusión del proyecto. VI.- ORDEN DEL DIA. DERECHO A VOTO DE LOS ANALFABETOS. El señor FIGUEROA (Secretario).- Corresponde continuar discutiendo el proyecto de la Cámara de Diputados que regula el ejercicio del derecho a voto de los analfabetos. La Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, en informe suscrito por los Honorables señores Fuentealba (Presidente), Aylwin (Hamilton), Bulnes Sanfuentes, Gumucio y Juliet, recomienda a la Sala aprobar el proyecto con modificaciones. -Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de ley: En segundo trámite, sesión 16», en 30 de diciembre de 1970. Informe de Comisión: Legislación, sesión 37ª, en 17 de agosto de 1971. Discusión: Sesión 38°, en 18 de agosto de 1971. -Se aprueba en general el proyecto. El señor CHADWICK.- ¿Qué plazo se dará para presentar indicaciones? El señor AYLWIN (Presidente).- No se ha fijado, señor Senador. La urgencia de este proyecto vence pasado mañana; en consecuencia, debemos despacharlo hoy. Se han formulado diversas indicaciones. La Mesa estima que sólo una de ellas es procedente. El señor Secretario le dará lectura. El señor FIGUEROA (Secretario).- Indicación formulada por el Honorable señor Rodríguez para agregar, después del inciso primero del artículo 87 de la Ley General de Elecciones, lo siguiente: "No se considerarán nulos los votos con preferencias marcadas a la lista y a un candidato de la misma lista. Estas cédulas se escrutarán como votos de lista." El señor AYLWIN (Presidente).- El resto de las indicaciones introducen a la Ley General de Elecciones enmiendas que no tienen nada que ver, específicamente, con el derecho a voto de los analfabetos. El señor FIGUEROA (Secretario).- La verdad es que junto con el señor Presidente estudiamos estas indicaciones. Ellas modifican en general la Ley de Elecciones y recaen en diferentes materias. Por ejemplo, una de ellas empieza diciendo : "Producida la vacante de un cargo de Senador o Diputado por fallecimiento o dimisión, pasará a ocupar este cargo el candidato del mismo partido afectado que hubiere obtenido la segunda más alta mayoría de lista en la elección donde fue elegido el fallecido o dimisionario." El señor AYLWIN (Presidente).- Son materias de la Ley General de Elecciones que no dicen relación al objeto específico o a la idea matriz del proyecto, que es el derecho a voto de los analfabetos. En consecuencia, en conformidad al Reglamento, la Mesa las declara improcedentes. En discusión la indicación declarada procedente. El señor FIGUEROA (Secretario).- Esta indicación, a la que ya di lectura, incide en la norma que establece que una cédula con más de una marca será nula, El señor OCHAGAVIA.- Quiero formular una consulta. Entiendo que el sentido de la indicación es el siguiente: que la cédula donde figuren los nombres de varios candidatos y esté marcada con más de una preferencia, se declarará nula. ¿O, en este caso, el sufragio se computa como voto de lista? ¿Este es el alcance de la indicación? El señor AYLWIN (Presidente).- La idea es la siguiente. La ley en proyecto introduce para los analfabetos el voto de lista. Estas personas pueden sufragar marcando también su preferencia al emblema, de acuerdo con la disposición de la misma ley. Si una cédula tuviera dos preferencias, una al emblema y otra a un nombre, el voto sería nulo. La indicación del Honorable señor Rodríguez consiste en que el voto así emitido sea válido. El señor CARMONA.- Ese voto se agregaría a los de la lista. El señor AYLWIN (Presidente).- Tal como se ha redactado la indicación, entiendo que ese sufragio se escrutaría como voto de lista, porque, no obstante tener dos preferencias, no se declararía nulo. El señor GARCIA.- Para entender claramente este asunto, debo decir que, a mi juicio, la indicación no se refiere sólo al voto de los analfabetos, sino al de cualquier ciudadano. Por eso, disiento de la opinión de la Mesa. El señor OCHAGAVIA.- También debió declararla improcedente. El señor AYLWIN (Presidente).- Al respecto, la Mesa tuvo dudas, pero decidió estimarla procedente, porque el mismo artículo fue objeto de otra indicación expresa en el proyecto. El señor REYES.- Quiero hacer una consulta. Como aquí no parece haberse entendido claramente el sentido de la indicación, quisiera que se leyera de nuevo y que, si hubiese necesidad, se modificara su texto, para lo cual se facultaría a la Mesa. En general, entendemos lo que estamos votando, pero tal vez la indicación pueda redactarse mejor. El señor FIGUEROA (Secretario).- La indicación del Honorable señor Rodríguez agrega, después del inciso primero del artículo 87 de la Ley General de Elecciones, lo siguiente: "No se considerarán nulos los votos con preferencias marcadas a la lista y a uno de los candidatos de la misma lista. Estas cédulas se escrutarán como votos de lista." El señor REYES.- Siempre que sean preferencias marcadas al mismo lado. El señor FIGUEROA (Secretario).- Este proyecto de ley establece el voto de lista. Propone que cada lista tendrá, además del nombre de los candidatos, el emblema del partido correspondiente. O sea, la persona que no sabe leer y tiene dificultades para individualizar a un candidato por su nombre, podrá marcar su preferencia al lado del símbolo, que puede consistir en un dibujo. Si el analfabeto marca su preferencia al candidato y al emblema, ese voto será nulo. La indicación del Honorable señor Rodríguez persigue dar validez a esa clase de cédulas. El artículo 87 de la ley 14.852, General de Elecciones, dice: "Serán nulas y no se escrutarán, las cédulas en las que aparezcan preferencias marcadas a dos o más candidatos y aquellas en que figuren nombres de extraños a las listas declaradas. De todo esto se dejará constancia en el acta, y las cédulas anuladas se agregarán al respectivo sobre de que trata el artículo 88, previa constancia al dorso de ellas del hecho de su anulación y de la circunstancia de haberse reclamado o no de esta decisión." La iniciativa en debate introduce una pequeña modificación al artículo 87 de esa ley, en cuanto reemplaza, en su inciso primero, la frase "aparezcan preferencias marcadas a dos o más candidatos", pollas expresiones "aparezca marcada más de una preferencia". Esto, en virtud de que la iniciativa en debate introduce el sistema de voto de lista. El señor PALMA.- Me parece inconveniente la indicación. El proyecto en debate permite que los analfabetos emitan sus votos por medio de un sistema bastante práctico, igual al que se emplea en otros países -y no sólo para los analfabetos-, para individualizar en las cédulas a los respectivos partidos: se imprimen en ellas emblemas representativos de cada colectividad. El analfabeto puede fácilmente aprender esos símbolos, reconocerlos y marcar los de su preferencia. Pero el mecanismo que se propone en la indicación podría prestarse no sólo para obviar el problema de los votos que los analfabetos marquen con más de una preferencia, sino también para establecer un sistema de control de sus votos haciendo determinadas combinaciones. Por ejemplo, en Santiago, que elige 18 Diputados, en su primer distrito, podrían idearse otras tantas combinaciones marcando sucesivamente a cada uno de los candidatos. Este control de votos, que podría llevarse a cabo con toda facilidad, es un vicio que nuestra Ley Electoral ha tratado de evitar. Votaré negativamente la indicación, por estimar que constituye un retroceso respecto del nivel que hemos alcanzado en cuanto al saneamiento electoral. El señor GARCIA.- Quisiera entender bien los argumentos planteados por el Honorable señor Palma. Su Señoría considera que el mecanismo propuesto en la indicación permitiría controlar la votación de ciertos electores. Por ejemplo, si yo deseo saber cómo votará Fulano de Tal, le diré: "Vote por la lista y, además, por el candidato que lleva el número 1." Luego, para saber la forma de votar de Zutano, le diré "Vote por la lista y por el candidato número 2", y así sucesivamente. De manera que tengo 18 combinaciones posibles. Ese es el argumento del Honorable señor Palma. Creo que la indicación del Honorable señor Rodríguez permitirá, por lo menos en Santiago, marcar sus votos a 18 de las 150 personas que votan en cada mesa. En otros puntos del país sucederá lo mismo respecto de cinco, seis o más personas, según el número de candidatos que se elijan. Por estas razones, votaré negativamente. El señor HAMILTON.- Comprendo la buena fe con que planteó la indicación el Honorable señor Rodríguez. Tuve esa misma duda, y así lo hice presente en la Comisión: señalé que muchas veces los electores, sobre todo en los sectores populares y en las regiones más apartadas, erróneamente, pero manifestando en forma clara su preferencia, marcan simultáneamente al partido y al candidato por quien votan. Sin embargo, la Comisión la rechazó y ni siquiera se dejó constancia de ella en el informe, porque, como lo han expresado algunos señores Senadores, no obstante la justicia de su espíritu, podría prestarse para el cohecho. En estas circunstancias, la indicación fue retirada por su autor. Por estas razones, votaré en contra. El señor VALENTE.- No tengo una mente tan ágil como para suponer lo que los señores Senadores han hecho presente: que una disposición de esta naturaleza podría prestarse para el control de votos. La indicación del Honorable señor Rodríguez sólo tiene por objeto evitar que se pierdan los votos en que los electores no marcan a un candidato, sino a la lista de un partido político. El señor HAMILTON.- Está equivocado, señor Senador. La indicación del Honorable señor Rodríguez opera cuando se marcan dos preferencias: una a la lista y otra a cualquier candidato de la misma, lo cual permitiría una forma de control. El señor VALENTE.- La indicación del Honorable colega dice lo siguiente: "No se considerarán nulos los votos con preferencias marcadas a la lista y a un candidato de la misma lista. Estas cédulas se escrutarán como voto de lista." Es decir, si un elector, sea analfabeto o no lo sea, llega a la cámara secreta, marca con su lápiz el nombre de su candidato y luego -esto sucederá especialmente con los analfabetos, que suponen que aquella señal es insuficiente, que con ella no identifican su preferencia de manera adecuada- hace lo mismo con el símbolo del partido político que apoya, según la indicación del Honorable señor Rodríguez ese voto no se anulará, sino que deberá computarse a la lista. Considero que ello es absolutamente lógico, pues implica respetar la voluntad del elector, la que no puede desatenderse o desecharse por un simple error al marcar el voto. La indicación tiene un fondo de justicia, pues concreta una aspiración que siempre hemos destacado en las iniciativas que hemos despachado y en todos nuestros pronunciamientos: el respeto de la voluntad del elector. Por estas razones, votaremos favorablemente. El señor VALENZUELA.- Considero que el respeto de la voluntad del elector se manifiesta evitando todas las formas que permitan torcer la expresión de su decisión electoral. Nuestra legislación se ha perfeccionado en tal forma, que en la actualidad es imposible el cohecho, vicio extraordinariamente difundido en épocas pasadas, antes de la vigencia de la Ley General de Elecciones. El ejemplo planteado por el Honorable señor Valente confirma que la indicación podría prestarse a los abusos expuestos por el Honorable señor Palma, para torcer la voluntad del elector, pues permitiría muchas combinaciones de marcas, y sabemos de la habilidad de los chilenos en esta materia. Todos estimamos que las elecciones deben desarrollarse en un ambiente democrático, a fin de que el voto sea la real expresión de la voluntad del pueblo; pero considero que la indicación, no obstante el espíritu con que se ha presentado, podría suscitar ese tipo de problemas. Por estas razones, también votaré negativamente. El señor CHADWICK.- La indicación del Honorable señor Rodríguez tiene una clara finalidad y no necesita de muchas explicaciones. Es muy grande el número de votos que deben anularse en todas las elecciones por pequeños errores en que incurren los electores al marcar sus preferencias. Por eso, cuando se trata de legislar para facilitar el voto de los analfabetos, el Honorable señor Rodríguez ha creído oportuno presentar una indicación tendiente a evitar que sea todavía mayor el número de sufragios anulados. Sin embargo, las reflexiones que aquí se han hecho realmente obligan a meditar. Encuentro razón al Honorable señor Palma. Pienso que una indicación como ésta, guiada por un buen propósito, podría utilizarse para servir un mal fin. Estimo indispensable evitar el juego de controles de los votos, que con toda facilidad pueden establecerse mediante el sistema de preferencias. Por estas razones, votaré en contra de la indicación del Honorable colega, a pesar de que participo de la idea que la informa, en cuanto tiende a disminuir el número de nulidades, que falsean la real expresión del electorado. Vemos que el porcentaje de votos nulos resulta muy elevado en cada elección. Por ejemplo, recuerdo que en la complementaria de Valparaíso, en la comuna de Viña del Mar, se anularon más de dos mil votos, seguramente por pequeñeces como ésa. Pero también es cierto que no se puede abandonar la idea de que el voto debe escapar de todo control. Por esto, creo interpretar mejor el propósito del Honorable señor Rodríguez votando en contra de su indicación. El señor FONCEA.- Por una parte, el rechazo de esta indicación aumentaría considerablemente la cantidad de votos nulos, pues mediante esta iniciativa se restablece el voto de lista, que actualmente no existe en nuestro país, de modo que el ciudadano, que por regla general no está muy bien informado de este tipo de problemas, sobre todo en las zonas agrícolas, tenderá a votar por el partido de sus afecciones y, al mismo tiempo, dentro de esa lista, por un candidato determinado. Así, por ejemplo, un elector que quiera votar por el Partido Comunista marcará su preferencia por la lista respectiva, y si desea favorecer a un candidato determinado -pongamos por caso al Honorable señor Valente-, hará una segunda marca en este sentido. Pero, por otro lado, discrepo de la última interpretación que se dio a la indicación del Honorable señor Rodríguez. De otro modo, la votaría favorablemente, ante el peligro de que aumente el número de votos nulos. Me parece que más lógico sería computar los votos con doble marca a favor del candidato de que se trate, no de la lista en general. Si la indicación así lo estableciera, la suscribiría. Aún más, creo que en tal caso deberíamos aprobarla unánimente, puesto que de esa manera quedaría establecida en forma clara la voluntad del elector. No sé si reglamentariamente es procedente modificar la indicación en este sentido. El señor AYLWIN (Presidente).- No podemos enviar de nuevo el proyecto a Comisión, dado el plazo de urgencia próximo a vencer. Pero no hay ningún inconveniente en que otro señor Senador presente una indicación que consigne esa idea. El señor VALENTE.- Me parece que la observación del Honorable señor Foncea es del todo lógica: el voto debería favorecer al candidato y no a la lista, con lo cual se obviaría cualquier interpretación dudosa. El señor CARMONA.- Considero valederos los argumentos que se han hecho presentes en este debate, especialmente los que planteó al comienzo el Honorable señor Palma y, desde luego, los que acaba de formular el Honorable señor Foncea. Ellos señalan que una indicación de tal naturaleza trasciende los objetivos de este proyecto de ley, que son los de facilitar el voto de los analfabetos. La indicación más bien dice relación a una enmienda a la Ley General de Elecciones. En efecto, por medio del procedimiento propuesto se trata de evitar las nulidades de votos. Si de esto se trata, con las mismas razones que se dan a favor de la indicación del señor Senador, yo podría proponer que se declaren válidos los votos en que se marcan más de dos preferencias, y que ellos se computen a favor de las respectivas listas, ahora que se establece el sistema de voto de lista en virtud del proyecto en debate. Igualmente, considero lógicas y acertadas las observaciones del Honorable señor Foncea, en el sentido de que cuando una persona, sea analfabeta o no lo sea, vote por la lista y por un candidato de la misma, el voto se considere a favor de éste y no de aquélla, pues en este caso no hay duda de la intención del elector de favorecer a determinado candidato. Inequívocamente, la voluntad del elector fue ésta, de modo que hizo una marca al lado del candidato y, para que no quedara duda de su propósito, hizo otra al lado del respectivo emblema del partido. Por tales razones, me parece que la indicación debe merecer un estudio mucho más lato, y me atrevería a proponer que la desecháramos, ya que es la única que se ha presentado. De este modo, la iniciativa pasará a la Cámara de Diputados, donde puede formularse una indicación atinente a la materia o presentarse un proyecto que modifique la ley de Elecciones, porque el caso planteado no es el único que puede ocurrir. En efecto, al establecerse el voto a favor de la lista de los partidos o tendencias políticas, pueden surgir situaciones como las que anoté: que haya dos o más preferencia para candidatos de una misma lista. En tal eventualidad, me parece que, por las mismas razones que se han expuesto a favor de la indicación que votamos, no debería anularse un voto de esta naturaleza, pues acusa la tendencia inequívoca de parte del elector de favorecer a determinado partido político o tendencia. El señor FONCEA.- Quiero agregar algunas opiniones. No sé a quién se le ocurrió volver al sistema de votos de lista. No me lo explico, porque todos resultamos elegidos con el nuevo sistema, que, por lo demás, es bastante bueno. Creo no equivocarme al decir que cuando regía el sistema de voto de lista, el voto marcado a la lista y a uno de los candidatos se computaba a este último, lo que se aviene a la tesis que he sostenido. El señor NOEMI.- Lo que se permitía era no marcar la preferencia a determinado candidato. El señor FONCEA.- Eso es voto de lista. Soy parlamentario más años que Su Señoría, y puedo decirle que sí había voto por lista. Para no dilatar el debate, deseo preguntar si se puede modificar la indicación en el sentido de computar el voto al candidato a quien se le marca la preferencia y no a la lista. El caso que señaló el Honorable señor Carmona no es igual, porque si alguien marca preferencia a dos candidatos de una misma lista, no se puede entrar a interpretar la voluntad de ese elector. El señor AYLWIN (Presidente).- Propongo la siguiente fórmula: votar el texto de la indicación tal como está, o pronunciarse sobre la sustitución de la frase final "estos votos se escrutarán como votos de lista" por "estos votos se escrutarán a favor del candidato a quien se haya marcado la preferencia." El señor HAMILTON.- Se trata de dos votaciones, señor Presidente. El señor AYLWIN (Presidente).- En votación la indicación del Honorable señor Rodríguez. -(Durante la votación). El señor TEITELBOIM- A pesar de que se ha leído varias veces, me agradaría escuchar nuevamente el texto de la indicación. El señor FIGUEROA (Secretario).- La indicación tiene por objeto agregar el siguiente inciso al artículo 87 de la ley general de Elecciones: "No se considerarán nulos los votos con preferencia marcados a la lista y a uno de los candidatos de la misma lista. Estas cédulas se escrutarán como votos de lista." -Se rechaza la indicación (14 votos por la negativa y 3 por la afirmativa). El señor FIGUEROA (Secretario).- El señor Presidente pone en votación la misma idea contenida en la indicación anterior, pero cambiando la segunda parte, por la siguiente: "Estos votos se escrutarán en favor del candidato a quien se haya marcado la preferencia." El señor AYLWIN (Presidente).- En votación. - (Durante la votación). El señor GARCIA.- Los mismos argumentos que se dieron para rechazar la indicación anterior sirven para desaprobar la actual, ya que no veo ninguna diferencia entre ambas. Si la otra fue desechada casi por unanimidad, ahora el Senado, a mi juicio, debe proceder de la misma forma. Sin embargo, han quedado pesando en el ambiente algunas palabras del Honorable señor Chadwick. Estoy seguro de que Su Señoría cometió un error al decir que en la última elección extraordinaria para elegir un Diputado hubo dos mil votos nulos en Viña del Mar. Creo que jamás los votos nulos alcanzan al uno por ciento del electorado. Por tanto, no puede haber sido tan considerable la cifra de votos nulos, de acuerdo con el sistema que hemos aplicado durante los últimos años. En todo caso, quisiera que el Honorable señor Prado -él debe recordarlo- dijera si hubo o no hubo dos mil votos nulos en Viña del Mar. El señor PRADO.- Esos votos nulos corresponden a toda la provincia. El señor AYLWIN (Presidente).- Estamos en votación, señor Senador. El señor GARCIA.- Por las mismas razones que rechacé la indicación anterior, voto en contra de ésta. El señor PALMA.- Que se rechace con la misma votación. El señor FONCEA.- Mi voto es favorable. El señor AYLWIN (Presidente).- - Si le parece a la Sala, se rechazará la indicación, pero agregando a favor el voto del Honorable señor Foncea. El señor TEITELBOIM.- Perdón, señor Presidente. Las des votaciones no son contradictorias: pueden ser subsidiarias. En esta oportunidad, los Se ¡adores comunistas también votamos favorablemente. -Se rechaza la indicación, con el voto a favor del Honorable señor Foncea y de los Senadores comunistas, y queda, terminada la discusión del proyecto. DENOMINACION DE "GUILLERMO LABARCA HUBERTSON" A ESCUELA N° 9, DE PANGUIPULLI. El señor FIGUEROA (Secretario).- Correspondería ocuparse en el proyecto que denomina "Guillermo Labarca Hubertson" a la Escuela Nº 9 de Panguipulli, pero no ha sido informado por la Comisión respectiva. El señor VALENZUELA.- Brevemente quiero explicar por qué la Comisión de Educación Pública no evacuó el informe. La personalidad de don Guillermo Labarca simplemente es merecedora de ser recordada por la ciudadanía. Por eso, la Comisión no objeta la iniciativa de dar su nombre a una escuela; pero estimó que no se habían allegado los antecedentes del caso para saber si el señor Labarca tuvo alguna vinculación con ese plantel educacional o con la ciudad de Panguipulli. Esa es la única razón por la cual no se ha evacuado el informe respectivo. NORMAS PARA CONSTITUCION DE CONSEJOS DIRECTIVOS Y DIRECTORIOS DE DIVERSAS INSTITUCIONES DE PREVISION. El señor FIGUEROA (Secretario).- Correspondería tratar a continuación el proyecto de la Cámara que establece nuevas normas para la constitución de consejos directivos y directorios de diversas instituciones de previsión. Sin embargo, tampoco ha sido informado por la Comisión respectiva. FRANQUICIAS PARA AUTOMOVILES ARMADOS EN EL PAÍS DESTINADOS A TAXIS. El señor FIGUEROA (Secretario).- Proyecto de la Cámara que establece ciertas franquicias para los automóviles armados en el país que se destinen al servicio de taxis. -Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de ley: En segundo trámite, sesión 1ª, en 1º de junio de 1971. Informes de Comisión: Hacienda, sesión 27ª, en 28 de julio de 19.71. Obras Públicas, sesión 27ª, en 28 de julio de 1971. Discusión: Sesión 33ª, en 11 de agosto de 1971 (se aprueba en general). El señor FIGUEROA (Secretario).- Las Comisiones de Hacienda y de Obras Públicas, unidas, en informe suscrito por los Honorables señores Palma (Presidente) , Ballesteros, Acuña, García y Silva Ulloa, por la de Hacienda, y por los Honorables señores Hamilton, Papic, Acuña, García y Valente, por la de Obras Públicas, recomiendan aprobar el proyecto con las modificaciones contenidas en el segundo informe. Las Comisiones Unidas hacen presente a la Sala que no fueron objeto de indicaciones ni enmiendas en este trámite los artículos 1º, 2º, 5º, 6º, 7º, 8º, 9º, 10, 11, 15, 17, 18, 19, 20, 22, 23, 24, 26, 27 y 28 permanentes, y 2º a 8º transitorios. El señor AYLWIN (Presidente).- En conformidad al Reglamento, quedan aprobados. El señor VALENTE.- ¿El artículo 14 está aprobado en las mismas condiciones? El señor FIGUEROA (Secretario).- No, señor Senador. El señor AYLWIN (Presidente).- Fue objeto de indicaciones rechazadas. El señor FIGUEROA (Secretario).- La primera modificación consiste en sustituir en el artículo 3º, en su segunda oración, la expresión ", previo informe de cada una de las Municipalidades del país", por la siguiente: "una relación que sirva a todas las Municipalidades del país para determinar."; reemplazar en su tercera oración el vocablo "tal", por "todo", y agregar entre la palabra "resolución" y el punto final que la sigue, la siguiente frase : "a menos que así lo solicite la respectiva Municipalidad por acuerdo adoptado por los dos tercios de los regidores en ejercicio." El señor ALYWIN (Presidente).- En discusión el artículo. Ofrezco la palabra. El señor FONCEA.- Estaba viendo la nómina de las indicaciones formuladas durante la discusión general del proyecto que analizamos. En el artículo 3º el Honorable señor Hamilton presentó una para sustituirlo por el de la Cámara de Diputados. Sobre este mismo precepto, el Honorable señor Ibáñez propuso agregar el inciso que indica. Sin embargo, no encuentro ninguna tendiente a variar sustancialmente el artículo 3º, que quita otra facultad a las municipalidades, que ya han visto muy cercenadas sus atribuciones. En efecto, el precepto aprobado en el primer informe establece que el Presidente de la República, previo informe de cada una de las municipalidades del país, fijará el número de patentes de automóviles de alquiler que podrá otorgarse en cada comuna. La verdad es que, según un decreto con fuerza de ley de hace dos o tres años, el número de taxis en cada comuna se determinará -tengo entendido que existe un estudio bastante completo sobre el particular- de acuerdo con el número de habitantes de ella. De acuerdo con esta norma, el número de vehículos de alquiler puede variar de un año para otro, siempre y cuando las municipalidades respectivas así lo soliciten y den las razones o fundamentos para ello. Sin embargo, no comprendo por qué ahora se quita esa atribución a los municipios y que ni siquiera se les da la oportunidad de informar sobre la materia, a fin de que la resolución final se adopte previo informe de ella. Más aún, en las Comisiones se agregó una frase que tampoco entiendo y que dice lo siguiente: "una relación que sirva a todas las Municipalidades del país para determinar". . . ¿De qué relación se trata, ¿Es una referencia que se hace a un hecho? Más adelante, en el artículo 3º del segundo informe, después de haberse eliminado el informe de las municipalidades, se incurre en la contradicción de señalar que podrá prescindirse del informe municipal si éste no fuere evacuado dentro del plazo de 30 días de requerido por la mencionada Subsecretaría. Desde luego, el artículo está mal redactado, porque, por un lado, elimina el informe municipal -con lo cual estoy en desacuerdo-, y por otro, después hace referencia a él. Por lo demás, no veo cuál es la indicación que permitió modificar el artículo 3º. Además, al final, se hace referencia al número de taxis por comuna, pero para el solo efecto de que, por acuerdo de los dos tercios de los regidores en ejercicio, las municipalidades puedan solicitar disminución de la cuota que se les ha fijado en el año anterior. En buenas cuentas, aun cuando todo el mundo patrocina y defiende una política de descentralización, mediante este artículo se quita una atribución a las municipalidades, que son las únicas que conocen el problema, y sólo se les deja la que mencioné: que por acuerdo de los dos tercios de los regidores en ejercicio puedan solicitar la disminución de la cuota de taxis. En primer lugar, formulo una cuestión de orden reglamentario, y en segundo, quisiera que alguien me explicara la contradicción que aparece en el artículo 3º al hacer referencia al informe de la municipalidad, que no es previo y que ha desaparecido. Por último, como idea de fondo, considero que a las municipalidades no se les puede quitar más atribuciones. Me parece ignominioso que las autoridades centrales establezcan el número de automóviles de alquiler que deba haber en San Clemente, por ejemplo, porque nadie puede conocer mejor que las autoridades locales las necesidades existentes a este respecto en los distintos puntos del país. Por eso, solicito que se me dé una explicación satisfactoria acerca de las enmiendas introducidas al artículo 3º del primer informe. El señor GARCIA.- Señor Presidente, aparte los problemas que señaló el Honorable señor Foncea, quiero hacer presente uno más grave todavía, De acuerdo con el artículo 3º del segundo informe, el Primer Mandatario "fijará una relación que sirva a todas las Municipalidades". O sea, deberá establecer una relación entre el número de habitantes y la cantidad de automóviles de alquiler. Por lo tanto, se aplicará el mismo sistema a la comuna de San Clemente, o a la de Maule, o a la de Marchigüe -para referirme a la Agrupación que represento-, y a la de Las Condes. No creo que sea buen procedimiento establecer que se destinarán tantos taxis como sea el número de habitantes que tenga cada comuna. Desconozco si en Las Condes se requieren muchísimos más automóviles de alquiler que en San Clemente, o viceversa, porque ello, en último término, depende de la necesidad que la ciudadanía tenga de movilizarse en esa forma. Lo único que sé es que hoy día nadie puede viajar en taxi en nuestra ciudad si no tiene mucha paciencia y agilidad para alcanzar un vehículo de esta especie cuando está desocupado. Las personas que usan automóviles de alquiler no podrán menos que confirmar lo que estoy diciendo. A mi juicio, la base escogida para efectuar la relación es muy mala. Porque uno se traslada a otras zonas del país -por ejemplo, a San Fernando-, y siempre encuentra taxis desocupados. En consecuencia, no establezcamos ese tipo de relación, sino que cada comuna determinará el número de taxis que necesita. Y esto debe ser exclusiva atribución municipal. El señor AYLWIN (Presidente).- Ofrezco la palabra. El señor FONCEA.- He pedido una explicación, señor Presidente. El señor AYLWIN (Presidente).- Hay una cuestión previa que planteó el Honorable señor Foncea: la inadmisibilidad de la enmienda que hizo la Comisión, por no haber existido indicación al respecto. En consecuencia, procederíamos a votar primero la cuestión previa. El señor PALMA.- ¿Me permite, señor Presidente? El señor AYLWIN (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor PALMA.- Ha sido costumbre en todas las Comisiones, en el curso de los debates y como variantes de las indicaciones, introducir pequeñas enmiendas o algunas ideas nuevas. Sobre esa base actuaron las Comisiones Unidas, y lo hicieron por unanimidad. Por lo tanto, no se han contradicho en absoluto los procedimientos habituales, que, evidentemente, no se ajustan del todo a las normas del Reglamento. El señor AYLWIN (Presidente).- ¿Insiste en la cuestión previa que planteó, Honorable señor Foncea? El señor FONCEA.- No quiero ser majadero. Pero me habría gustado una explicación más de fondo. Si la norma se justifica, por la razón que dio el Honorable señor Palma, puedo no hacer cuestión. Pero sucede que no se nos da ninguna explicación, ni menos se nos dice cómo quedará el precepto, que debemos despacharlo con redacción adecuada. Después del segundo punto seguido se expresa: "Podrá prescindirse del informe municipal"... Se hace referencia al informe que las Comisiones resolvieron eliminar. Sin embargo, me interesa aclarar el fondo del problema: ¿por qué se quita a las municipalidades la referida facultad? Quiero creer que ello se debe a la escasez de automóviles. Estuve de paso en las Comisiones Unidas -no soy miembro de ellas-, y me enteré de que se encontraba allí un representante de la Comisión Automotriz de la CORFO: el señor Musa. Me permití preguntarle cuántos automóviles se habían armado en el curso del año 1961. El señor Musa comenzó de inmediato a referirse a los vehículos armados en 1970 -la respuesta aparece en la página 4 del primer informe, pero no se dice que se originó en una pregunta mía, porque a mí nunca me hacen figurar- y señaló que se habían armado 22.000, anticipando que para este año serían 25.000 a 30.000. Entonces le pregunté, porque discrepé de su apreciación, debido a los comentarios y reclamos que se han formulado por la no entrega de automóviles a quienes se han inscrito para adquirirlos, cuántos vehículos se habían armado hasta la fecha -28 de julio de 1971-; el señor Musa respondió que 6.000 unidades, y agregó que "duplicando los turnos de trabajo se logrará alcanzar en el segundo semestre la meta propuesta." Consideré que esto sería un milagro. No sé si los calores del verano permitan armar mayor número de vehículos. Si al 28 de julio la producción llegó a 6.000 unidades -a juicio de muchos, fue menor-, no veo cómo en el segundo semestre se podrá llegar a 25.000 ó 30.000. Yo relaciono esto -y podría ser una explicación- con la limitación que se impone a los municipios para que no exijan cuotas superiores a las fijadas. En caso contrario, considero carente de lógica la disposición, máxime cuando al final establece que dos tercios de los regidores en ejercicio de la respectiva municipalidad podrán pedir disminución de la cuota de patentes. El señor NOEMI. -A mi juicio, el Honorable señor Foncea está en la razón. Las Comisiones Unidas, en la discusión particular, reemplazaron la siguiente frase del artículo 3º del primer informe: "previo informe de cada una de las Municipalidades del país". El señor VALENTE.- Esa frase está en los dos artículos, señor Senador. El señor NOEMI.- No, Honorable colega. El precepto del primer informe decía: "el número de automóviles que deberá armarse o fabricarse en Chile para destinarlos al servicio de alquiler. Asimismo, fijará, previo informe de cada una de las Municipalidades del país, el número de patentes"... En el segundo informe se eliminó esa frase, estableciéndose: "para destinarlos al servicio de alquiler. Asimismo, fijará una relación que sirva a todas las Municipalidades"... Y más adelante se dispone: "Podrá prescindirse del informe municipal"... ¿De qué informe municipal podrá prescindirse si se eliminó la frase que hacía referencia a él? Por lo tanto, hay una evidente contradicción. El señor HAMILTON.- Señor Presidente, estaba tratando de recordar lo que pretendieron las Comisiones Unidas, tanto en el primer informe como en el segundo, respecto del artículo 3º. El proyecto tiene urgencia. Se ha trabajado intensamente en su despacho. La referida fue una de las disposiciones menos controvertidas. No había reparado en los puntos que han merecido objeciones de algunos colegas. Recuerdo que éste es uno de los artículos que quedaron para ser redactados -porque se discutieron las ideas- por la Secretaría. Como es natural, hay un error de redacción. Pero, en todo caso, me quedo con el precepto del segundo informe. De acuerdo con el artículo del primer informe, el Presidente de la República escucha a las municipalidades; en conformidad al del segundo, fija una relación de acuerdo con la pauta que la misma ley le fija, y son los municipios los que determinan el número de patentes. En consecuencia, quienes creen ver desde ese punto de vista un cercenamiento de las facultades de las municipalidades tendrían que estar de acuerdo con el artículo del segundo informe, que da mayor participación a aquéllas. Si la idea general fuera ésa, podríamos autorizar a la Mesa para corregir el error de redacción, a fin de que no hubiera dificultades de tal índole en el texto del artículo 3º. En todo caso, hago presente que las ideas contenidas en dicho precepto se aprobaron unánimemente en las Comisiones Unidas. Por otra parte, debo aclarar que la indicación que presenté para suprimir el artículo 3º no se refiere al precepto que mencionó el Honorable señor Foncea, sino al artículo 4º, que era 3º en el proyecto de la Cámara. El señor VALENTE.- Señor Presidente, sin duda el artículo 3º adolece de un error de redacción. No sé si reglamentariamente podríamos facultar a la Mesa para que redacte de manera adecuada la idea, aprobada en forma unánime en las Comisiones Unidas, de dejar en manos del Presidente de la República, por intermedio de la Subsecretaría de Transportes, la fijación del número de automóviles destinados a taxis en cada comuna del país. Y esto para concordar con una medida que ya está en manos de esa Subsecretaría, que antes radicaba en los municipios: la fijación de las tarifas. Además, el decreto que se dictó -me parece que el 22 de septiembre de 1968 ó 1969- para determinar la dotación de automóviles de alquiler en cada comuna fija una cuota de taxis inferior al número de vehículos de esa índole que se encuentran en servicio. Por lo tanto, si se aplicara rigurosamente dicho decreto, habría que eliminar gran cantidad de taxis que están trabajando. Ese cuerpo legal está obsoleto; debe modificarse en forma urgente, a fin de normalizar la situación de los vehículos de alquiler que se hallan en servicio. Estoy de acuerdo con el artículo 3º aprobado en el segundo informe. Dejo en claro, sí, que la idea es que las municipalidades se desliguen de lo relativo a la fijación de cuotas para el otorgamiento de patentes de taxis. Se cometen muchas arbitrariedades, muchos abusos; y no es atentar contra la autonomía de los municipios plantear el ordenamiento de un servicio público de gran importancia a lo largo del país. Lamentablemente, cada vez que se lleva a cabo una elección municipal los alcaldes plantean el otorgamiento de patentes de taxis sin tasa ni medida, creando con ello conflictos entre las corporaciones edilicias y los sindicatos respectivos, o entre éstos, todo lo cual, como es evidente, distorsiona el servicio y crea caos y confusión. En consecuencia, estimamos que, facultando a la Mesa para redactarlo en forma tal que no se contraponga con las ideas en él planteadas, podríamos aprobar el artículo 3º acogido unánimemente por las Comisiones Unidas. El señor CARMONA.- Procedamos así. El señor FONCEA.- No. El señor PALMA.- Por el hecho de que el artículo 3º fue aprobado en forma unánime en las Comisiones Unidas, no quería que se reabriera debate sobre el particular en la Sala. Sin embargo, debido a la forma como se ha planteado la cuestión, deseo agregar algunas palabras a lo ya expresado por quienes participaron en la discusión promovida en esos organismos. Mediante dicho precepto se pretenda encontrar una fórmula fluctuante, variable, que responda a las necesidades reales que los municipios van teniendo con relación al servicio de taxis, que, como se dijo, es un servicio público. ¿Debe ser un servicio relacionado con qué? Con las personas a quienes presta atención y con otra serie de aspectos. Si en determinado momento aumenta la población de una zona, debe incrementarse el número de taxis; si aquélla baja, éste tiene que disminuir. Pero sucede que con frecuencia hay contradicciones en las actitudes que adoptan los sindicatos de la locomoción, los dirigentes o las municipalidades, por una serie de razones perfectamente explicables. Por este motivo, las Comisiones acordaron exigir una especie de norma genérica a la cual deberían sujetarse las municipalidades en cada caso. Esa norma se determina de acuerdo con rubros tales como el aumento o disminución de la población, la calidad de turística o no turística que pueda tener la comuna, y otros como la mayor demanda originada por el desarrollo industrial, etcétera. En todo caso, es evidente que debe estipularse una norma genérica que se aplique por cada uno de los municipios. Se tuvo que recurrir a esta medida a raíz de que el decreto 522 del Ministerio de Obras Públicas, dictado el 22 de septiembre de 1969, al fijar una cantidad rígida de vehículos para la locomoción colectiva, creó un problema que en la práctica los respectivos organismos edilicios han debido superar por vías extralegales. Se citó, por ejemplo, el caso de ciertas municipalidades a las cuales les estaba permitido autorizar la circulación de determinado número de taxis, en circunstancias de que tenían cinco veces esa cantidad; y el de algunos municipios que autorizaron la circulación de un número ínfimo de automóviles de alquiler con relación a sus habitantes. Por lo tanto, es preciso consignar una norma genérica que cada corporación edilicia aplique con criterio acorde con las condiciones que se presentan en cada comuna. Como la redacción del artículo que nos ocupa, en un pequeño detalle, quedó entregada a la secretaría de la Comisión -a ello hizo referencia el Honorable señor Hamilton-, me parece que la nueva redacción debe tener presente el error consistente en hacer referencia al informe municipal respectivo. El señor NOEMI (Presidente accidental).- Tiene la palabra el Honorable señor Aylwin. El señor AYLWIN.- Seré muy breve, señor Presidente. El asunto planteado en el segundo informe requeriría mucho mayor estudio. Por eso, aconsejaría mantener el precepto aprobado en el primer informe. En verdad, no se trata sólo de la situación reglamentaria que planteó el Honorable señor Foncea, en lo cual, por lo demás, Su Señoría tiene razón. Si bien, de acuerdo con la práctica, se pueden introducir enmiendas a los preceptos, siempre con relación al texto o al tenor de las indicaciones formuladas, el artículo 104 del Reglamento dice: "En el segundo informe la Comisión podrá proponer la aprobación o el rechazó de las indicaciones o su modificación o aprobación parcial. Podrá, asimismo, proponer otras enmiendas en relación con las indicaciones aprobadas." Entendemos que podemos modificar las indicaciones; pero aquí no se enmienda ninguna de ellas: simplemente, se introduce una materia nueva. El sistema de la relación previa, según el cual el Ejecutivo deberá establecer una proporcionalidad de acuerdo con el número de habitantes, a fin de que las comunas o los municipios determinen después la cantidad de taxis con relación a dicha proporcionalidad, en mi concepto es bastante peligroso o puede resultar injusto en ciertos casos. Pienso en Constitución, por ejemplo. La población normal de esa ciudad es de 5 mil habitantes, pero suele llegar a 20 mil, 30 mil ó 40 mil en la época de veraneo. La cuota de taxis se determina con relación a los habitantes que el censo reconoce; y hay que aplicarla. Si se fija uno por cada mil habitantes, a Constitución deberán destinarse cinco automóviles de alquiler. Sin embargo, durante el verano esa determinación es improcedente. El informe previo de la municipalidad, en cambio, permite tomar en cuenta todas esas circunstancias. Por ello, considero preferible el precepto del primer informe. El señor NOEMI (Presidente accidental).- Advierto a los señores Senadores que queda un minuto para el término del Orden del Día. El señor CARMONA.- Votemos. El señor HAMILTON.- Si se ha hecho cuestión reglamentaria respecto de la forma como aprobaron las Comisiones el artículo 3º en el segundo informe, no nos cabe más que aprobar el del primero. El señor CHADWICK.- Así es. El señor NOEMI (Presidente accidental).- Se podría proceder a votar este artículo. El señor CARMONA.- Votemos, y que se funde el voto. El señor PALMA.- ¿Me permite, señor Presidente ? En cuanto a lo dicho por el Honorable señor Aylwin, deseo manifestar que la citada relación no se refiere exclusivamente al número de personas, como señala el informe, sino también a la cantidad de turistas y a otra serie de factores que deban considerarse. El señor NOEMI (Presidente accidental).- Ha terminado el Orden del Día. Queda pendiente la discusión del proyecto, y con el uso de la palabra, el Honorable señor Palma. VII.- TIEMPO DE VOTACIONES. PUBLICACION DE DISCURSOS. El señor FIGUEROA (Secretario).- Indicación del Honorable señor Lorca para publicar in extenso los discursos pronunciados por los Honorables señores Ferrando y Morales Adriasola en Incidentes de la sesión ordinaria del miércoles 18 de agosto. -Se aprueba. El señor FIGUEROA (Secretario).- Indicación del Honorable señor Hamilton para publicar in extenso la intervención del señor Presidente y las de los demás señores Senadores pronunciadas al comienzo de esta sesión. -Se aprueba. El señor NOEMI (Presidente accidental).- Se suspende la sesión por 20 minutos. -Se suspendió a las 19. -Se reanudó a las 19.21. VIII.- INCIDENTES. PETICIONES DE OFICIOS. El señor NOEMI (Presidente accidental).- Continúa la sesión. El señor EGAS (Prosecretario).- Han llegado a la Mesa diversas peticiones de oficios. El señor NOEMI (Presidente accidental).- En conformidad al Reglamento, se enviarán dichos oficios en nombre de los señores Senadores que los han solicitado. -Los oficios cuyo envío se anuncia son los siguientes: Del señor Aguirre Doolan: HOTEL PARA TALCAHUANO (CONCEPCION). "Al señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción y por su intermedio a la Corporación de Fomento de la Producción, a fin de que la entidad Filial-Corfo denominada HONSA estudie la posibilidad de construir y habilitar un hotel en la localidad de Talcahuano, comuna y departamento del mismo nombre de la provincia de Concepción. La densidad po-blacional de la región y el notable aumento de población flotante, hacen indispensable la construcción de un moderno hotel." AMPLIACION DE ESCUELA Nº 6, LOS ALAMOS (ARAUCO). "Al señor Ministro de Educación Pública, a fin de que las reparticiones respectivas estudien y programen la ampliación de la Escuela Nº 6, de Lebu, ubicada en la localidad de Los Alamos de la provincia de Arauco, cuyo aumento de matrícula hace imprescindible la construcción de 5 salas de clase, comedores, cocina y despensa, y una casa para un auxiliar, toda vez que el establecimiento queda sin ningún tipo de cuidado al término de las clases." AUTOPISTA ENTRE CONCEPCION Y CHIGUAYANTE (CONCEPCION). "Al señor Ministro de Obras Públicas y Transportes, solicitándole que se consulten los fondos en el Presupuesto de 1972, previo estudio del organismo correspondiente, para iniciar los trabajos de una autopista entre Concepción y la ciudad de Chiguayante, cuyo incremento habitacional y densidad de población, cercana a 40.000 habitantes, hace absolutamente insuficiente el actual camino, único medio de comunicación vial." TERMINACION DE PUENTE CUPAÑO (ARAUCO). "Al señor Ministro de Obras Públicas y Transportes, y por su intermedio a la Dirección de Vialidad, a fin de que se destinen los fondos necesarios para dar término este año a los trabajos del Puente Cupaño, que sirve a los departamentos de Arauco y Lebu, en la provincia de Arauco, dando salida a los productos de las localidades de Los Alamos, Los Cambuchos, Las Corrientes y Cupaño, hacia Pilpilco, Curanilahue, Lota, Coronel y Concepción." PUERTO PESQUERO INDUSTRIAL PARA LEBU (ARAUCO). "Al señor Ministro de Obras Públicas y Transportes, a fin de que se hagan las consultas del caso y se contraten créditos externos en los países que estén dispuestos a concederlos, para la construcción de un puerto pesquero-industrial en la ciudad de Lebu, capital de la provincia de Arauco. "Además de la conveniencia geoeconómica, por tratarse de un lugar donde confluyen factores positivos como la gran producción minera, maderera, agrícola y ganadera, y el hecho de ser Lebu el puerto más próximo de la provincia de Malleco, debe tenerse en cuenta que se trata de una gran zona pesquera que cuenta con alto índice de cesantía y ha sido permanentemente postergada." CEMENTERIO PARA CHIGUAYANTE (CONCEPCION). "Al señor Ministro de Salud Pública, y por su intermedio al Servicio Nacional de Salud, con el objeto de que se instale en la localidad de Chiguayante, comuna de Concepción, de la misma provincia, un cementerio local que permita a sus habitantes depositar los restos de sus deudos sin necesidad de concurrir a Concepción. Hace algún tiempo, el Ministerio del Interior destinó a este fin determinada suma de dinero que debía complementarse con una erogación popular que no se efectuó, pero que ahora se puede hacer. "Pava tal objetivo, las organizaciones cívicas e industrias de la región están dispuestas a colaborar." Del señor Carmona: DIFICULTADES EN IMPORTACION DE REPUESTOS PARA VEHICULOS DE LOCOMOCION COLECTIVA Y DE CARGA EN EL NORTE GRANDE "Al señor Ministro de Hacienda en los siguientes términos: "El Block de Cámaras de Comercio del Norte Grande me ha expuesto la difícil situación que se presenta a la locomoción colectiva y transportadores de carga en el abastecimiento de repuestos para sus vehículos. Los problemas de importación de repuestos se han agudizado por el depósito previo del diez mil por ciento que se exige a los importadores, lo que hace prácticamente imposible todo tipo de operación en tal sentido. Nos expresan lo sinteresados que de seguir tal sistema, se producirá nuevamente una paralización de esos servicios y las lógicas consecuencias para la población. En consecuencia, ruego al señor Ministro que, atendiendo a esta crítica situación, tenga a bien anular el depósito previo indicado." PROSPECCION PETROLERA EN PICA (TARAPACA). "Al señor Ministro de Minería, en los siguientes términos: Tengo en mi poder una petición formulada por la Ilustre Municipalidad de Pica, en el sentido de solicitar al señor Ministro de Minería obtenga de la Misión Científica Soviética que actualmente está realizando una prospección petrolífera en la región del Salar de uyuni (Bolivia), pueda extender sus trabajos de prospección a la zona adyacente chilena, jurisdicción de la Comuna de Pica. Obran en poder de dicha Municipalidad antecedentes que revelan la posibilidad cierta de la existencia de petróleo en la zona interior del pueblo de Pica. Expresan que se han establecido afloramientos de esquistos betuminosos en el sector de Chacarillas y en las cercanías del pueblo de Huatacondo, según lo expresan los estudios realizados por los geólogos del Instituto de Investigaciones Geológicas, señores Carlos Gatte Olivier y Roberto J. Dingman. "Basándome en los antecedentes expuestos y que también han sido entregados al señor Presidente de la República, ruego al señor Ministro de Minería estudie la posibilidad de obtener de la Misión Científica Soviética, actualmente en el vecino país, que extienda a la zona indicada los trabajos de prospección." VIVIENDAS PARA SINDICATO DE INDUSTRIA GRAFICA DE ARICA (TARAPACA). "Al señor Vicepresidente de la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas (Sección Periodistas) en los siguientes términos: "El Sindicato Industrial de Obreros y Empleados de la Industria Gráfica de Arica me ha solicitado hacer presente a usted la inquietud de los integrantes del Sindicato, en orden a obtener de esta institución previsional, construya en el puerto de Arica, u obtenga de CORHABIT el destino de una población para este sector de imponentes que hasta la fecha no cuentan con vivienda propia. "El Sindicato en referencia cobija alrededor de 90 asociados de la industria gráfica, quienes en un 90% arriendan casa o viven allegados a sus familiares. "Como esta solicitud es digna de considerarse, ruego al señor Vicepresidente, que se sirva estudiarla, a fin de dar satisfacción a los peticionarios." PROBLEMAS DE TRANSPORTE POR NUEVO SISTEMA IMPLANTADO POR COMPAÑIA DE COBRE DE CHUQUICAMATA (ANTOFAGASTA). "Al señor Presidente de la Compañía de Cobre de Chuquicamata S. A., exponiéndole la preocupación del Sindicato de Dueños de Camiones de Calama ante la decisión de los ejecutivos de la Compañía de entregar todo el transporte a una sola firma (Transportes Quinteros Concepción), modificando substancialmente el anterior sistema de entregar la carga a varios transportistas de la zona. "Esta decisión de la compañía da un carácter monopolista al nuevo sistema implantado. Y como él no corresponde a la línea gubernamental, ruego al señor Presidente de la Compañía de Cobre estudiar la situación creada y darle una solución adecuada, incorporando a los transportes de la empresa a todos los dueños de camiones que han quedado al margen de ella." EQUIPO RETRANSMISOR DE TELEVISION PARA TOCOPILLA (ANTOFAGASTA). "Al señor Gerente General de Televisión Nacional de Chile, para informarle de que en el puerto de Tocopilla se ha producido un profundo malestar por la postergación producida para instalar los equipos retransmisores de televisión en la citada localidad. Nos informan que la Municipalidad acordó un aporte de 260.000 escudos para la ejecución de obras civiles, e incluso está dispuesta a poner mano de obra y fomentar una campaña económica para participar en la adquisición del transmisor y de la antena repetidora. "Como la cooperación de la población de Tocopilla es apreciable, ruego a usted hacer presente estos antecedentes al señor Gerente General de Televisión Nacional para que resuelva favorablemente la petición del puerto de Tocopilla." INSTALACION DE EQUIPO DE TELEVISION EN INMEDIACIONES DE SALITRERA VICTORIA (TARAPACA). "Al señor Gerente General de Televisión Nacional de Chile, a fin de darle a conocer la petición que me ha sido formulada por instituciones, gremios del pueblo de Pica y Salitrera Victoria. Me expresan que han tenido conocimiento de que la repetidora de televisión instalada en Iquique será retirada y trasladada a Santiago, y ante el deseo de las poblaciones mencionadas de contar con este poderoso instrumento de progreso que es la televisión, solicitan que se instale en las inmediaciones de la Salitrera Victoria, solucionando perfectamente sus conexiones con los programas de Canal 7 de Televisión Nacional de Chile. "Estimo que esta petición es justa, y por tal motivo solicito al señor Gerente General que le dé su aprobación." Del señor Durán: TERRENO PARA CONSTRUIR GIMNASIO CERRADO EN CERRO ÑIELOL (TEMUCO). Al señor Ministro de Tierras y Colonización y a la Dirección General de Deportes del Estado: al primero, solicitándole sus informaciones respecto de la posible cesión de los terrenos adyacentes al cerro Ñielol, ocupado por dos canchas rudimentarias de fútbol, para la ejecución de un gimnasio cerrado en Temuco, dependiente del Consejo Local de Deportes del Estado; a la segunda, pidiéndole su valioso apoyo a la petición formulada al Ministerio de Tierras y Colonización sobre cesión de terrenos en el Cerro Ñielol, en Temuco, para la ejecución de un gimnasio cerrado, dependiente de ese organismo." ENERGIA ELECTRICA PARA CURARREHUE (CAUTIN). "A ENDESA (Empresa Nacional de Electricidad), solicitándole que se sirva informar sobre las posibilidades de abastecimiento de energía de la localidad de Curarrehue (provincia de Cautín), lugar fronterizo, en la ruta internacional Villarrica-Pucón-Curarrehue- Puesco Tromén, en el límite argentino. Su proximidad a las provincias de Neuquén, Río Negro y Santa Cruz asegura la ejecución definitiva de un paso argentino y es de sumo interés chileno superar el estado subdesarrollado de esta zona, que será de gran interés turístico permanente de las provincias argentinas ya mencionadas." Del señor Hamilton: ELEMENTOS PARA EL CUERPO DE BOMBEROS DE PUERTO NATALES (MAGALLANES). "Al señor Ministro del Interior, acerca de la petición formulada por el Cuerpo de Bomberos de Puerto Natales a la Junta Nacional para que se le provea de los equipos más urgentes: 2 carros tanques con todos sus implementos, trajes incombustibles con máscaras antigases, ropas de agua para los voluntarios, 60 cascos protectores tipo bomberil, una moto-bomba portátil necesaria para lugares no accesibles a los carros tanques." SUPLEMENTO DE DIVISAS PARA PRESUPUESTO DE AISEN. "Al señor Ministro de Hacienda, respecto de la petición de la Cámara de Comercio de Aisén al Banco Central de Chile para suplementar el presupuesto de divisas para la provincia de Aisén en US$ 600.000 para el resto del año." FALTA DE ATENCION MEDICA EN PUERTO GUADAL (AISEN). "Al señor Ministro de Salud, haciéndole presente que los pobladores de Puerto Guadal, provincia de Aisén, deben ir a Chile Chico para atención médica, lo que les resulta muy oneroso. "Si no es posible destinar un médico estable, habría que ver la posibilidad de que un médico y un dentista presten atención profesional durante 10 días en el mes." Del señor Luengo: HABILITACION DE RUTA CAMINERA EN IMPERIAL (CAUTIN). "Al señor Ministro de Obras Públicas y Transportes, solicitándole que tenga a bien considerar la posibilidad de acceder a la petición contenida en el memorándum de los pequeños y medianos propietarios de la zona de Alto Chelle a Puerto Domínguez, ubicada en el departamento de Imperial, provincia de Cautín, que se relaciona con la habilitación adecuada de la ruta caminera que, partiendo desde la línea férrea del ferrocarril de Freire a Toltén, entre Teodoro Schmidt y Hualpín, llega hasta Puerto Domínguez, y su inclusión en el plan de emergencia en actual elaboración y aplicación." Del señor Ochagavía: MATERIAL PARA CUERPOS DE BOMBEROS DE NATALES Y PORVENIR (MAGALLANES). "Al señor Ministro del Interior, con el objeto de solicitarle que la comisión encargada de los repartos de materiales para las diversas compañías de bomberos del país considere a los Cuerpos de Natales y Porvenir, ya que en la actualidad estas instituciones no cuentan con los materiales necesarios para combatir todo tipo de incendios, se produzcan éstos en la ciudad, en los bosques, parcelas o huertos cercanos a la ciudad." GABINETE DE QUIMICA Y FISICA PARA LICEO NOCTURNO DE ENSEÑANZA MEDIA DE PUNTA ARENAS (MAGALLANES). "Al señor Ministro de Educación Pública, con el objeto de solicitarle que del presupuesto para 1972 se destinen los fondos necesarios para proporcionar un gabinete de química y física al Liceo Nocturno de enseñanza media de Punta Arenas. "Se hace presente que el señor Ministro contestó negativamente una petición similar para el presente año, razón por la cual se reitera la solicitud para el próximo y así poder asegurar con tiempo la solución de un problema planteado por gran número de alumnos del citado establecimiento." URBANIZACION DE SECTOR POBLACIONAL DE PUNTA ARENAS (MAGALLANES). "Al señor Ministro de Obras Públicas y Transportes, para que disponga que la Secretaría a su cargo proceda a urbanizar el sector denominado Miraflores Alto, en Punta Arenas. "La junta de vecinos del lugar ha representado la urgencia de poner las soleras y pavimentar las calzadas debido al serio problema que significa para los habitantes del sector el transitar por sus calles, dañadas de consideración con las recientes y torrenciales lluvias e inundaciones." ABASTECIMIENTO DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS Y REPARACION DE VIAS CAMINERAS EX PUNTA ARENAS (MAGALLANES). "A los señores Ministros del Interior y de Obras Públicas y Transportes, para solicitarles que adopten las medidas tendientes a normalizar las actividades de Punta Arenas y otros lugares de la zona, afectados por las recientes inundaciones. "Se hace necesario adoptar medidas respecto del normal abastecimiento de productos alimenticios y de la reparación inmediata de las vías camineras de la zona afectada." El señor NOEMI (Presidente accidental).- En Incidentes, el primer turno corresponde al Comité Nacional. Puede hacer uso de la palabra el Honorable señor Ochagavía. SITUACION DE LA PROVINCIA DE AISEN A RAIZ DE LA ERUPCION DEL VOLCAN VENTISQUERO. El señor OCHAGAVIA.- Señor Presidente, Honorable Senado: Después de haber visitado durante cuatro días la provincia de Aisén, afectada por uno de los accidentes telúricos más graves que conoce la historia del país y que tiene a los habitantes de esa provincia sumidos en angustia por la situación que viven y por su futuro, me siento obligado a dar a conocer a la opinión pública del resto de Chile la magnitud de la catástrofe que ha significado la erupción del volcán Ventisquero, ubicado al sur de Puerto Aisén y Coihaique. En un principio, la erupción fue atribuida al volcán Hudson. Pero, en realidad, es el volcán Ventisquero, que se encuentra más al norte del anterior, el que entró en erupción el jueves 12 del presente y que desde esa fecha hasta el día de hoy despide en forma ininterrumpida una masa incalculable de arena, ceniza y humo, más toneladas de lava que cubrieron el valle del río Huemules. Cuando recibí las primeras noticias de la catástrofe llamé a Aisén y después quise tomar contacto con el Ministro del Interior. Esto último fue el lunes 16, el mismo día en que dicho Secretario de Estado intentó llegar a la zona con el objeto de conocer la magnitud de la tragedia. El martes 17 me propuse trasladarme a Aisén, pero por desgracia el avión canceló el viaje por condiciones climáticas, y sólo pude llegar el miércoles 18, siendo el primer Senador en hacerlo. A mi arribo en el avión Caravelle de LAN, pude apreciar, mediante los instrumentos del avión, que la enorme columna de ceniza, humo y arena tenía una altura de más o menos quince mil metros y cubría un espacio como masa de unos cincuenta kilómetros. Me refiero a una "masa" porque todo ese material volcánico ha sido trasladado hasta 500 kilómetros de distancia, hasta la costa de la vecina República Argentina, en el Oriente. Decía que desde el jueves 12, el volcán Ventisquero no ha dejado de lanzar material. Los vientos dominantes en la zona, al igual que un remolino, un día soplan hacia el Este, al día siguiente hacia el Oeste, y también hacia el Sur y Norte. Es así como todos los esfuerzos por llevar animales a algunas zonas que estén liberadas de la acción del volcán son infructuosas, se pierden por el efecto de los vientos cambiantes. El valle más afectado por la acción del volcán ha sido el del río Huemules, que fue barrido por la lava, que arrastró consigo toneladas de nieve que se derritió desde el cráter. Ese valle, de sesenta kilómetros de longitud por tres o cuatro kilómetros de ancho, quedó reducido absolutamente a la nada. Tres metros de lava, nieve y fango están depositados en el lecho de lo que fue el valle del río Huemules, después de haber atropellado a su paso casas, animales y campos. En ese valle encontraron la muerte por lo menos cinco personas. Tuve ocasión de conversar con el padre y la madre de las dos pequeñas que prácticamente fueron arrebatadas de la mano de aquélla en el momento en que el torrente de lava corría por el valle. Como es natural, esa mujer, que se encuentra en el hospital de Puerto Aisén, está síquicamente traumatizada por la tragedia que le tocó vivir. Me entrevisté con todos los pobladores del valle del río Huemules, los que perdieron sus terrenos, el trabajo de decenas de años, y que en este momento reclaman del poder público la posibilidad de volver a empezar. Así es la gente de Aisén, ésta es la fortaleza de los hombres que han colonizado esa zona de la Patagonia chilena. Quiero esta tarde, junto con señalar algunos de los hechos que pude constatar, poner el acento en la fortaleza de los hijos de Aisén; destacar que en el valle de Alto Río Ibáñez, donde 500 pobladores fueron víctimas de un verdadero aluvión de arena, ceniza y humo -viví el día viernes junto ellos- sólo quedaron los hombres para tratar de salvar sus animales, después de haber sido evacuados sus familiares, en porcentaje importante. Ahí pude captar cómo esa gente se mantiene con su fe, con su fortaleza, cuando está viviendo momentos de incertidumbre, sin saber si el día de mañana seguirá existiendo. Para darse cuenta de ello, hay que haber estado cerca del volcán, viajado por toda la provincia de Aisén, llegar a Balmaceda, a más de un centenar de kilómetros de la erupción, ver la pista cubierta por una capa de ceniza y cayendo sobre ella una lluvia permanente que impedía la operación de aviones, por el peligro de que las turbinas se atascaran con la arena. Ver despegar el avión de LAN era un espectáculo dantesco. Llevaba detrás de las turbinas un torrente de humo, ceniza y arena que hacía de ese espectáculo algo nunca visto. Tuve ocasión de sobrevolar, a no más de un centenar de metros, el cráter del volcán Ventisquero en plena erupción. Fue una experiencia que no olvidaré mientras viva. En un avión de la Fuerza Aérea, en compañía de personal de la misma, llegarnos hasta el cráter del volcán, que ocupa un espacio que es imposible "medir. Se habla de uno, de dos, de tres kilómetros de cráter. La verdad es que no podría decir cuál es su diámetro. Aprovechando una corriente de viento que soplaba hacia el Poniente, pudimos acercarnos al cráter, y la escena que presenciamos fue realmente algo inimaginable. La columna de humo, ceniza y arena era una masa de kilómetros y de más de diez mil metros de altura, según fue medida por expertos con los instrumentos de aviación. Pero más abajo de eso están precisamente el cráter y la lava, toneladas de tierra y lava que se levantan a centenares de metros de altura para caer nuevamente; y todo ello salpicado por rayos que cruzan esa masa, debido a las diferencias enormes de temperatura entre aquello que sale hirviendo y los doce o quince grados bajo cero que hay en el exterior. Ahí uno siente realmente la pequeñez del ser humano frente a la naturaleza desatada, con una furia que no se sabe qué proyecciones pueda tener. Y siguiendo con este proceso de accidentes telúricos en la zona, tenemos que en ella se están produciendo temblores constantes y que afectan a toda la región, a más de cien kilómetros a la redonda del lugar de la erupción. Al mismo tiempo, está cayendo esa lluvia de arenas y ceniza que alcanza, en sectores como el del valle de Alto Río Ibáñez, por ejemplo, a sesenta centímetros. '¡Imagínese, señor Presidente, lo que significan sesenta centímetros de arena y ceniza! Y ello, sin considerar el peligro de la lava que se ha ido acumulando y que se puede desbordar. El viernes 20 me tocó pasar el día en el valle de Alto Río Ibáñez, en la localidad de Cerro Castillo y en el pueblo de Puerto Ibáñez, que está en la ribera norte del lago General Carrera, hubo ese día una lluvia de ceniza y arena de más de seis centímetros de espesor. Señor Presidente, el paisaje de la provincia de Aisén, que por su blancura en esta época se ve maravilloso desde el avión Jet, y que se eleva a gran altura, actualmente presenta una imagen en verdad impresionante: todo es gris oscuro, como producto de la erupción del volcán Ventisquero. Esto es lo que tiene a los hijos de Aisén en un estado de inquietud y de angustia. Quiero destacar, desde esta tribuna del Senado, la realidad de la magnitud de la catástrofe, hasta dónde se puede predecir, pues si los señores Senadores me preguntaran cuáles serán las proyecciones del desastre, no podría contestarles. Hasta este momento, han desaparecido valles; algunas familias perdieron su casa, su campo, sus animales. Han quedado ya inutilizados campos posiblemente para siempre. Está la mayor parte de los campos de la provincia recibiendo esa lluvia de arena y ceniza, que no sabemos todavía que efectos ha de producir sobre una región eminentemente ganadera. Llovió dos días después del jueves 12. Pensarnos que esa lluvia lavaría los pastos. Por desgracia, no ocurrió así, sino que se formó una masa "ligosa" encima del pasto y del "ramoneo", como se llama el alimento de algunos arbustos que en este tiempo de invierno aprovecha el ganado. En consecuencia, los animales no pueden prácticamente subsistir. Quiero traer también a esta tribuna algo que recogí y que me duele decirlo en un momento en que no caben distingos entre Gobierno y Oposición. Antes de salir hacia la zona, me entrevisté con el señor Subsecretario del Interior. Le dije que iba a la provincia de Aisén, que recorrería la zona, que visitaría los lugares más afectados, que conversaría con los jefes de la zona de emergencia, que miraría y traería una visión de la realidad que pudiera constatar. Sin embargo, encontrándome en Aisén tuve oportunidad de escuchar, no las noticias, porque no tenía tiempo de oír informaciones -andábamos hasta altas horas de la madrugada y teníamos que salir muy temprano-, el malestar de la gente de Aisén provocado por declaraciones que habían oído del señor Ministro del Interior, quien calificó de irresponsables a algunos periodista regionales que transmitieron informaciones para que la opinión pública del Norte, de aquí, de Santiago, conociera la realidad del siniestro. A mi juicio, ellos se limitaron a transmitir la real imagen de los hechos. El señor Ministro calificó de alarmistas algunas informaciones. La verdad es que produjo profundo malestar esta actitud del señor Ministro del Interior, ya que precisamente él, que fue al Sur con la intención de verificar los hechos y de proponer las medidas más inmediatas que correspondiera adoptar para atender a las consecuencias de la catástrofe, no pudo cumplir esta tarea; y no la pudo cumplir no por falta de un deseo personal -lo reconozco-, sino porque las condiciones climáticas lo obligaron a estar el día lunes prácticamente encerrado en Puerto Montt, y en el instante en que tuvo posibilidad de volar sólo pudo llegar a Balmaceda, sin haber podido siquiera conversar con las autoridades de la provincia. Luego, sin haber podido sobrevolar la zona, pues no había visibilidad, ni haber podido conversar con los afectados ni haber visto la realidad de la provincia, y habiendo estado sólo unos minutos en el aeropuerto de Balmaceda, que se encuentra en el extremo Oriente de la provincia, el señor Ministro estaba calificando de alarmistas las informaciones de aquellas personas que estaban viendo lo que ocurría y sigue ocurriendo. Comprendo que la actitud de quienes estábamos allí como autoridades no podía ser la de dar allá informaciones que provocaran alarma. Todo lo contrario; mis intervenciones se encuadraron en el más estricto marco de procurar dar tranquilidad a los ciudadanes. Pero desde la distancia en que me encuentro y ante la necesidad de que el país conozca la real magnitud de la tragedia que vive la provincia de Aisén, creo de mi deber dar a conocer la realidad de lo que vi y que comunicaron algunos periodistas No puedo prever lo que ocurra mañana. Después de la extensa entrevista tenida con los jefes de la zona de emergencia, me permití manifestarles mi preocupación en cuanto a tomar medidas preventivas frente a la imprevisible necesidad de hacer una movilización masiva de sectores importantes de la provincia. Esta acción debería hacerse mediante elementos de transporte de la Armada Nacional. Las informaciones que estoy dando se las entregué al jefe de la zona de emergencia, a fin de que, en coordinación con la base naval de Talcahuano, pudiera estudiar tal posibilidad. Al jefe de la zona de emergencia solicité algunas cosas de inmediata necesidad. En la zona no hay buenos aviones en condiciones de volar, por el clima. Sólo existe un aparato Beechcraft, muy antiguo. Por esta razón, pedí a ese funcionario la destinación de dos aviones Twinotter para Balmaceda, aviones que pueden operar en canchas cortas. De igual manera, solicité el traslado de dos helicópteros de la FACH, pues había sólo uno. El otro estaba en Puerto Montt el miércoles 18, cuando llegué a la zona. Esos aparatos han hecho una labor muy importante, la cual debió ser interrumpida por las condiciones imperantes a raíz de la erupción volcánica. Asimismo, requerí asignar una patrullera rápida de la Armada a la Gobernación Marítima de Aisén, que actualmente no cuenta con embarcaciones de ese tipo. Sólo se han estado usando lanchas pesqueras y las pertenecientes a los servicios públicos. ¿Cómo es posible no contar con una patrullera rápida en una zona con más de trescientas millas de litoral, afectada por la erupción de un volcán y donde la situación de los habitantes de las islas y de la costa debe ser atendida? Quiero reforzar aquí esta petición que hice al jefe de la zona de emergencia en cuanto a la necesidad de trasladar de inmediato una patrullera rápida. Sé que en Valdivia se hallan embarcaciones de la calidad que he señalado. También deseo expresar mi inquietud frente a las pérdidas sufridas por los pobladores del valle del río Huemules y dar a conocer a la opinión pública y al Senado la situación en que vive esa gente. Al respecto, solicito que en esta parte de mi discurso se inserte una nónima de las personas afectadas, entre los cuales fi-, guran algunos ya muertos, como Manuel Olavarría Muñoz. El señor NOEMI (Presidente accidental).- Oportunamente, se solicitará el acuerdo de la Sala, señor Senador. -El documento, cuya inserción se acordó con posterioridad, es el siguiente: "Intendente de la provincia de Aisén. Proporciona nómina damnificados Valle Río Huemules. Nº 998. Puerto Aisén, 19 de agosto de 1971. Señor Intendente: El señor Secretario-Abogado de esa Intendencia me comunicó que, por orden de US., el suscrito serviría de enlace entre los colonos damnificados por el aluvión y terremoto del Valle del Río Huemules y las autoridades del agro, a fin de solucionar su aflictiva situación. Para ello he sostenido dos entrevistas de positivos resultados con los pobladores en cuestión, y como resultado de ellas empiezo por elevar al superior conocimiento de US., la nómina de los pobladores efectivamente damnificados de esa región, con los títulos de dominio que tenían, hectáreas concedidas y decreto y fecha pertinente : NOMBRE TITULO DECRETO Y FECHA HAS. Miguel Vega Alvarez T. D. 1.247 13-11-59 650 Daniel Vega Pérez T. D. 1.544 11-11-60 572 Guillermo Montero Solís T. G. 583 30- 3-65 650 Nota: Estos tres lotes, por fallecimiento del señor Miguel Vega Alvarez y venta del señor Guillermo Montero, estaban en poder del señor Daniel Vega Pérez, o sea, en un total de 1.872 Hás. Se supone que, fuera de instalaciones, cercos y empastadas, en este campo se perdieron en total más de 320 vacunos. Lucio Cadagan Kosas : T.C. 1.590 25-11-64 850 Diego Amable Cadagán Rosas, que había vendido, por compromiso privado, sus terrenos a don Lucio 2º Cadagan ... T. G. 892 4- 7-63 600 Héctor Edecio Mauret Díaz T. D. 1.369 20-10-64 700 Leontina Rosas Cadagán T. D. 1.369 20-10-64 600 arrendamiento, ya vencido, la superficie de 1.180 Hás., expediente que está en poder del Consejo de Defensa del Estado por cobro de arrendamientos no pagados. Instaló en estos suelos al verdadero dueño de las mejoras y ocupante, don Francisco Humberto Ruiz Ma-yorga, quien vive en Puerto Aisén, y había introducido ya mejoras ingentes en estos suelos. El expediente respectivo está en la Jefatura Zonal, en Coi- haique 1.180 Sigifredo Silva Vásquez T. D. 754 6- 6-63 595 María D. Barría Cárcamo T. D. 513 19- 3-65 650 Pablo Donarte García Pérez T. G. 514 19- 3-65 593 Julio A. Villegas Pérez T. G. 911 20- 6-67 600 José Raúl Oyarzún González T. G. 952 17- 2-70 593 En consecuencia, pobladores con título concedido por el Ministerio de Tierras, que salvaron con vida y que fueron ya evacuados por las autoridades son, de acuerdo con esta lista: once pobladores. Habría que agregar a esta nómina los herederos de don Pablo Donardo García, hoy Sucesión, que no se han presentado y que no han demostrado, según su hermano don Pablo Donardo García Pérez, mayor interés en ayudar a rescatar, ayudar o solucionar sus problemas. El señor Pablo Donardo García había obtenido título definitivo de dominio por decreto número 788, de 13 de abril de 1965, por 600 Hás. A la nómina anterior habría que agregar los siguientes pobladores que ocupaban terrenos, ya sea en calidad de peticionarios a título gratuito, ventas directas, inquilinos, arrendatarios, etcétera: Daniel Contreras San Martín: solicitó en arrendamiento más o menos 600 Hás. de terrenos fiscales. José Dagoberto Oyarzún Mancilla: solicitó a título gratuito más o menos 400 Hás. José Aníbal Rojas Almonacid: solicitó a título gratuito más o menos 400 Hás. René Oyarzún Vargas, que tenía arrendadas por escritura particular 200 Hás. a don Pablo Donardo García Pérez. Don José Julián Volivero Quequén, chileno, soltero, que trabajaba como puestero en el campo de don Pablo Donardo García Pérez y que perdió todos sus enseres y elementos de trabajo. Deseo dejar muy en claro ante US. lo siguiente: al examinar esta lista, se ve que cada peticionario o concesionario pretendía un lote de 600 Hás., término medio; esto es lo que la ley de Colonización contempla en su capacidad máxima, pero no quiere decir que todo el predio sea aprovechable. El Valle del Río Huemules fue de formación volcánica muy reciente, como US. lo sabe; sus suelos estaban constituidos por material de pésima calidad, necesitando en ellos el poblador el doble o triple de terreno para mantener un vacuno adulto, que en otra parte de la provincia con suelos de mejor calidad. En la región del Valle del Río Huemules mi servicio había ya mensurado un total de . 9.203 Hás. Más las pretendidas sin mensurar 1.400 " Total colonizado 10.603 Hás. De este total colonizado se estima que estaba habilitado, en términos medios, nada más que un 40 % ; el resto estaba constituido por mallines inaprovechables, montaña de mala calidad, suelos arenosos, etcétera; en consecuencia, este 40 % sobre las 10.603 Hás. da un total de suelos explotables que existían, 4.241,2 Hás., en las cuales se mantenían en total aproximado de más o menos 1.200 vacunos, al corte, repartidos entre todos los pobladores que indico. Además de ellos, fallecieron, sin dejar nada en el terreno ni herederos, los siguientes pobladores: Casildo Delgado Vásquez, T. G. decreto 1.060, de 20-6-70, 700 Hás. Manuel Olavarría Muñoz, peticionario de T. G. por 200 Hás. donde alcanzó a tener mejoras de consideración. En resumen, los suelos afectados en la zona de Huemules estaban constituidos por terrenos de mala calidad, de formación geológica reciente, donde un poblador necesitaba de tres a cuatro veces más terreno empastado para alimentar una cabeza de ganado vacuno que en una zona mejor, y donde los colonos tuvieron que hacer todo, desde el camino de acceso hasta el más ínfimo cerco y pertrecho de su campo, hoy desgraciadamente perdido. Es cuanto puedo informar a US. sobre el particular. Saluda atentamente a US. (Fdo.) : Santiago Eduardo Figueroa Zanelli, Jefe Tierras Aisén. Al señor Intendente de la provincia de Aisén. Puerto Aisén." El señor OCHAGAVIA.- También deseo que en la oportunidad en que la Mesa pida el acuerdo de la Sala para la inserción solicitada, se incluya un documento en que se consignan las peticiones hechas por esos pobladores a los organismos ejecutivos. Quiero destacar la importancia que tiene el hecho de que esos colonos de Aisén quieran seguir trabajando allí. Lo desean porque nacieron para robarle, con su esfuerzo, a una región inhóspita un pedazo de tierra para la cría de ganado. En la provincia hay tierras fiscales en arrendamiento. Ellos piden prioridad en esos arrendamientos que caducan, y tienen derecho a demandarlo, a fin de que todos los que fueron damnificados tengan acceso a un retazo de terreno que les permita vivir y trabajar, pero no bajo la concepción con que el Gobierno está llevando a cabo el proceso de reforma agraria, es decir, en los asentamientos. Estos colonos no quieren ser asentados ni ser dirigidos. Ellos han aprendido a luchar contra la naturaleza, a criar animales y a enfrentarse a la adversidad, como lo dicen en un de los párrafos de sus peticiones. Al igual que el anterior, solicito la inserción de este documento, que entrego a la Mesa. El señor NOEMI (Presidente accidental).- Oportunamente se solicitará el acuerdo necesario. -El documento, cuya inserción se acordó con posterioridad, es el siguiente: "En Puerto Aisén, a 19 de agosto de 1971, los abajo firmantes, todos damnificados con la catástrofe del Valle del Río Huemules, y en conocimiento que, por orden del señor Intendente de la provincia de Aisén, se ha designado al Jefe de la Oficina de Tierras y Bienes Nacionales de Puerto Aisén, para que, recogiendo nuestras inquietudes y deseos, las resuma y las presente a la autoridad máxima de la provincia, a fin de que, reunido posteriormente el Comité del Agro con el señor Intendente y nosotros, se discuta y llegue a una solución en común. En consecuencia, primeramente dejamos establecido lo siguiente: 1º-Nos produce una profunda satisfacción ver que el señor Intendente desde el primer momento se ha preocupado de nuestro gravísimo problema y aceptamos prestar nuestras declaraciones ante el Jefe de Tierras, funcionario al cual conocemos muchos años y nos merece la confianza del caso. 2°.- Empezamos nuestra declaración por adjuntar la lista de los damnificados del Valle del Río Huemules, que perdieron todas sus pertenencias, animales y enseres y que, en consecuencia, han quedado arruinados, lista que corre aparte. 3°.- Declaramos, unánimemente, que no deseamos constituirnos en asentamiento alguno dependiente de la Corporación de la Reforma Agraria, dado a que por años y años estamos acostumbrados a desempeñar nuestra labor agropecuaria en forma independiente, y deseamos mantener este sistema de vida, pues consideramos que es el único compatible con nuestras costumbres y con posibilidades de éxito individual para cada uno de nosotros. 4º.- Rechazamos también la idea de instalarnos en suelos fiscales ubicados en cualquier zona del litoral, por las siguientes razones: Nos costó años y años hacer en el Valle del Río Huemules, desde el camino de acceso hasta las empastadas, soportando un clima muy lluvioso (2.500 a 4.000 mm. de agua caída al año); se trata de suelos de muy difícil habilitación. Por ser suelos de mala calidad, de formación reciente, de origen volcánico, no estamos dispuestos a volver a soportar la tragedia que nos ha ocurrido y que costó la vida a parientes nuestros, pérdidas dolorosas que sólo pueden soportarse una vez. En los suelos del litoral hay que introducir, además de roces, empastes, etc., sistemas de drenaje y habilitación de suelos, que ya no estamos en condiciones de volver a repetir, y por último La zona del litoral, a pesar de todo el empeño que no dudamos pondrá el Supremo Gobierno, por el mal clima permanente, es sumamente aislada, y llegar a ella por barco o construir los caminos necesarios demandará largos años de trabajo, lo que nos obligará a nosotros también a perder largos años de vida, en espera de disponer de medios para sacar nuestros productos. Por lo tanto, reunidos todos los abajo firmantes, pedimos al Jefe de la Oficina de Tierras de Puerto Aisén, haga llegar al señor Intendente de la Provincia y a fin de que sirva de base de discusión con nosotros y el Comité del Agro, como nos ha prometido, nuestras aspiraciones en el sentido que pasamos a exponer: Deseamos ser unánimemente instalados en campos fiscales, concedidos en arrendamiento por el Estado y ubicados dentro de la comuna de Aisén o de Coihaique, preferiblemente en la zona de Ñirehuao, donde sabemos, por ejemplo, que la Sucesión Reyes Mellafe debe devolver al Fisco 2.780 Hás. de terrenos. No deseamos que se quite todo el terreno a estos herederos, pero consideramos que, dejándoles a ellos una parte, puede disponerse de por lo menos 2.180 Hás., que podrían ser repartidas entre algunos de nosotros, previo estudio del capital y terreno que cada uno de nosotros perdió en el Río Huemules y, en consecuencia, en parte proporcional a este capital perdido, sería el lote que pedimos que se nos entregue. A este párrafo deseamos aclarar muy bien lo siguiente: no creemos que todos los damnificados pueden caber en este lote de la Sucesión Reyes, sino que lo ponemos como ejemplo y que sirva de base de discusión, y pensamos que, si al hacer un loteo armónico, faltan terrenos, hay innumerables otros arrendatarios, en la misma región, a los cuales podría restarse terrenos donde instalar a los damnificados nuestros que no tendrían cabida en el primer lote enunciado, ya sea por falta de suelos, por mala calidad de ellos, o por imposibilidad de lotearlos en pequeños retazos. Deseamos que esta entrega se haga antes del 1º de octubre del año en curso y estamos dispuestos a pagar el valor del terreno y de las mejoras, según lo fijen las autoridades respectivas, pidiendo para ello el máximo de plazo posible, que rogamos a las autoridades estudiar, ya que, comprendiendo que no puede perjudicarse al actual arrendatario, es muy viable que el Estado disponga de los dineros necesarios para cancelarle al contado sus mejoras y nosotros, a su vez, pagarle al Estado a varios años plazo, el valor de estos suelos, más las mejoras. Por último, pedimos que el loteo correspondiente se haga en forma armónica, que consulte suelos de veranada e invernada para cada uno de nosotros y que al respecto se nos mantenga constantemente informados a través de nuestros representantes, que en Puerto Aisén serán los señores Héctor E. Mauret Díaz, Lucio Román Cadagán Rosas, José Raúl Oyarzún González y Francisco H. Ruiz Mayorga. Hacemos esta petición con el bien entendido que deseamos el título de propiedad de los suelos que se nos dará, ya sea con una reforma de la actual ley de Colonización en su artículo 6° o bien manteniendo en el único caso nuestro el sistema de ventas directas, no exigiéndonos, dada nuestra tragedia, el pago al contado del 20% del valor del terreno y de las mejoras, sino que ampliando el plazo de pago de 10 años contemplados en la ley a 15 años en cuotas anuales, iguales y vencidas; estamos dispuestos a aceptar sean reajustables en la forma como la ley actual de Colonización lo indica. Terminamos esperando que el señor Intendente, al recibir de parte del Jefe de Tierras esta declaración, se movilice lo más rápidamente posible para llegar a una pronta y definitiva solución. Héctor Edecio Mauret Díaz, carnet 11551 de Puerto Aisén. Lucio Román Cadagán Rosas, carnet 10677 de Aisén, quien firma en representación de su señora madre, doña Leontina Rosas Cadagán y de su hijo don Lucio Segundo Cadagán Ojeda. Humberto Fco. Ruiz Mayorga, carnet 24666 de Puerto Aisén. Sigifredo Silva Vásquez, carnet 22884 de Puerto Aisén, quien firma también en representación de su esposa, doña María Delmira Barría Cárcamo. José Raúl Oyarzún González, carnet 9191 de Puerto Aisén, quien firma también en representación de su hijo, don José Dagoberto Oyarzún Mansilla. Pablo Donaldo García Pérez, carnet 14777 de Puerto Aisén. José Julián Coliboro Guequén, carnet 32116 de Puerto Aisén. René Oyarzún Vargas, carnet 33126 de Puerto Aisén." El señor OCHAGAVIA.- Señor Presidente, dije que cuando los chilenos vivimos la adversidad no debe haber Oposición ni Gobierno en las tareas por realizar. Sin embargo, deseo formular una crítica por lo que pude personalmente comprobar. La jefatura de la zona de emergencia entregó a los ejecutivos del agro la operación de movilización y recepción ganadera de los valles que debían ser evacuados. Por desgracia, comprobé que tales ejecutivos carecían de capacidad para realizar esas tareas. A los colonos les hicieron juntar más de mil quinientos animales. El jueves 19 tenían quinientos; mil doscientos, el viernes, y más de dos mil, el sábado. El día en que yo me encontraba allá, el viernes 20, estaba expedito el camino a Coihaique. Sin embargo, sólo llegaron cuatro camiones, tres de los cuales pertenecían a particulares que iban a adquirir ganado y que incluso fueron objetados por dichos funcionario. Dije al jefe del agro que se encontraba en la zona, señor Torres: "Comprendo que usted quiera defender la situación de los campesinos, de los pobladores; pero hágalo de tal forma que esta gente no sea víctima de un pago injusto, sino que reciban un precio legítimo". Le exigí que se respetara a los colonos afectados un precio mínimo que pagara INDAP. No es posible que en una situación de emergencia los ejecutivos del agro no hayan tenido capacidad suficiente para organizar una flota terrestre de camiones, máxime cuando existe un número importante de vehículos en la provincia de Aisén. Este hecho me llevó a solicitar al jefe de la zona de emergencia que la operación de traslado no quedara en manos de esos ejecutivos, concretamente del señor Enrique Villalobos, que ocupa el cargo de jefe. Este funcionario, a mi juicio, ha demostrado falta de experiencia, porque fue uno de los impulsores de la errada política ganadera que estamos cosechando: dictar un decreto para impedir la matanza de hembras bovinas en una zona donde el invierno es crudo, donde es necesario reducir el 30% ó 40 %de los animales, porque no hay forraje debido a que la nieve cubre los campos en invierno. Tal medida no puede llevarse a la práctica en Aisén ni en Chiloé, especialmente en el departamento de Palena, porque allí los animales se están muriendo de hambre. Los dirigentes de los ganaderos vinieron a decirme que cuatro o cinco de ellos se habían entrevistado con el señor Ministro de Agricultura, quien les contestó que se iba a derogar o prorrogar la vigencia del decreto 123, que prohíbe la matanza de esos animales, que son hembras de rechazo y no las mejores para la reproducción que se guardan. El ganado se está muriendo por centenares en Aisén y Chiloé, y esencialmente porque no hay forraje en la provincia y el traslado de él desde fuera por el puerto de Chacabuco a los valles interiores es una tarea realmente difícil. ¡Sin embargo, ahí están los teóricos planificando lo que será la acción de ese comité ejecutivo del agro! El señor Villalobos pretende dictar un nuevo decreto para impedir la salida de animales vivos que no sean beneficiados en el matadero frigorífico que existe en Puerto Chacabuco. Tal medida significaría el monopolio del Estado, al entregarle el único poder de compra. Cuando el año pasado hubo competencia de compradores del Norte, esa medida determinó para quienes vendieron sus animales al matadero frigorífico una pérdida de más de quinientos mil pesos por cabeza. Piensen los señores Senadores que esa suma representa, en la práctica, el fruto de un año de trabajo de un pequeño colono o poblador de esa zona. ¿Cuántos minutos me restan, señor Presidente? El señor NOEMI (Presidente accidental).- Cuatro minutos, señor Senador. El señor OCHAGAVIA.- Señor Presidente, en el debate del proyecto de ley-sobre reconstrucción de Valparaíso, cuando ya había empezado la erupción volcánica, manifesté al señor Ministro de Hacienda que estábamos entregando al Gobierno más recursos de los que necesitaba para reparar los daños del sismo, y que ellos se los dábamos para que los destinara a la provincia de Aisén. Necesitamos conceder a la zona una moratoria de impuestos; entregarle un programa extraordinario de construcción de casas destinadas a quienes han perdido las suyas; dar a quienes han perdido sus campos la posibilidad de cultivar otros; dotar a la Armada, por intermedio del Ministerio de Defensa, de un buque patrullero, con base en el puerto de Chacabuco, cuya acción debería estar reforzada por dos helicópteros de la FACH, con base en Balmaceda y en servicio permanente, y dos aviones Twin-otter. Estas medidas tienden a satisfacer necesidades permanentes. Todo lo referente a la reubicación de las personas y a la restitución de sus bienes, y a aquella gente respecto de la cual ignoramos si van a recuperar sus campos, debe quedar encuadrado dentro de un programa crediticio extraordinario, a fin de que de esta manera la provincia pueda recuperar su ritmo de trabajo, crear nuevas industrias y absorber la cesantía que en este momento existe. Deseo que el Gobierno cumpla con la provincia de Aisén. Espero que lo haga, porque ella significa mucho para Chile, ya que podría ser el granero abastecedor de carne. Espero que en la misma medida en que estos chilenos han conquistado patria para hacerla suya, las autoridades ejecutivas del Gobierno los ayuden con normas sensatas y no con una planificación que queda en el terreno de lo teorizante y que ha significado la muerte de muchos animales en invierno, porque no dejaron salir las hembras bovinas que había en exceso; no con determinaciones que signifiquen la mantención de un matadero frigorífico antieconómico con el único objeto de aprovechar una errada inversión fiscal, lo cual impide obtener hoy el justo precio del ganado, que constituye la única riqueza de los pobladores y colonos de Aisén. Por eso, es necesario llevar a la práctica medidas que signifiquen aplicar un criterio económico con medidas que den ingresos y seguridad para la gente que vive y trabaja en esa zona tan abandonada. No se les puede aplicar un proceso de reforma agraria que signifique despojos, pues debemos estar reconocidos de estos compatriotas nuestros que en esa provincia están haciendo patria con mucho mayor mérito que lo que significa vivir aquí en la capital, porque hay que ser dos veces chileno para vivir en Aisén, sometida al aislamiento, a accidentes climáticos, temporales de nieve y ahora a la erupción de un volcán cuyas proyecciones no podemos predecir. Todo esto lo reclamo para la provincia de Aisén. Desde luego, anuncio que mi colectividad, el Partido Nacional, entregará toda su capacidad, experiencia y esfuerzo para hacer realidad las aspiraciones de esa zona en cuanto a entregarle las condiciones que permitan que los hombres que están viviendo en esa tierra puedan seguir viviendo en ella y trabajando y, de esa manera, impulsar el desarrollo de una provincia que tanto puede dar a Chile. Dejo planteadas las peticiones a que he hecho referencia. El señor NOEMI (Presidente accidental).- Ruego al señor Senador concretar sus peticiones. El señor OCHAGAVIA.- Deseo que se dirija oficio al señor Ministro de Defensa en lo relativo a los siguientes asuntos: dotación de un buque patrullero para el puerto de Chacabuco; dos aviones del tipo Twin-otter y dos helicópteros de la FACH, con base en Balmaceda y Aisén; al señor Ministro de Agricultura, en cuanto a rechazar el decreto que pretende impedir que salga de la zona ganado en pie para ser comercializado en el resto del país, y a mis observaciones sobre la incapacidad de los ejecutivos del agro para dirigir las operaciones de traslado y pago justo del ganado de los colonos afectados, y, por último, al señor Ministro de Hacienda, en lo referente a que se cumpla el compromiso de dar a Aisén los recursos que necesita -ya sea en el veto al proyecto de ley sobre reconstrucción para las provincias de Valparaíso y vecinas o en otra iniciativa- para un programa extraordinario a favor de la zona, de moratoria de impuestos, como asimismo, de otorgamiento de créditos y de entrega de viviendas y campos que permita recuperar sus bienes, con amplias facilidades, a quienes los perdieron después de toda una vida de esfuerzo y trabajo. El señor NOEMI (Presidente accidental).- Se enviarán los oficios solicitados en nombre de Su Señoría, de conformidad con el Reglamento. El turno siguiente corresponde al Comité Social Demócrata. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. En el tiempo del Comité Mixto, ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Se levanta la sesión. -Se levantó a las 19.50. Dr. Raúl Valenzuela García, Jefe de la Redacción. ANEXOS. DOCUMENTOS. 1 PROYECTO DE LEY, EN CUARTO TRAMITE CONSTITUCIONAL, QUE SUPRIME LA REAJUSTABILIDAD DE DETERMINADAS DEUDAS HABITACIONALES. Santiago, 19 de agosto de 1971. La Cámara de Diputados ha tenido a bien aprobar las enmiendas introducidas por ese Honorable Senado al proyecto de ley que suprime la reajustabilidad de determinadas deudas habitacionales, con excepción de las que a continuación se indican, que ha rechazado: Artículo 1 Todas las modificaciones introducidas a este artículo. Artículo nuevo La que consiste en agregar un artículo nuevo signado con el número 2. Artículos 2, 3 y 4 Las que tienen por objeto sustituirlo por otros que han pasado a ser 3, 4 y 5, respectivamente. Artículo 5 Las que tienen por finalidad intercalar una coma (,) entre las palabras "Habitacionales" y "relativos" y sustituir el guarismo "100" por "85", en el inciso primero. Artículo 7 Las que consisten en suprimir los incisos sepundo y tercero de este artículo. Artículo 9 Como se indicó anteriormente, ha rechazado la sustitución propuesta y su inclusión como letra f) en el artículo 1. Artículos nuevos Las que tienen por objeto consultar los artículos nuevos signados con los números 16 y 18. Lon que tengo a honra comunicar a V. E. en respuesta a vuestro oficio N° 11.188, de fecha 9 del mes en curso. Acompaño los antecedentes respectivos. Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Femando Sanhueza Herbage.- Jorge Lea-Plaza Sáenz. 2 PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS QUE TRANSFIERE GRATUITAMENTE A LA MUNICIPALIDAD DE PINTO UN INMUEBLE FISCAL UBICADO EN DICHA COMUNA. Santiago, 19 de agosto de 1971. Con motivo de la moción, informes y demás antecedentes que tengo a honra pasar a manos de V. E., la Cámara de Diputados ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente Proyecto de ley: "Artículo único.- Transfiérese, gratuitamente a la Municipalidad de Pinto, el inmueble fiscal en que funcionó la ex Escuela Nº 21 de la comuna de Pinto, departamento de Chillán, provincia de Ñuble, ubicada en Avenida Santa María s/n, inscrita a fojas 606, Nº 1607 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Chillán, correspondiente al año 1911, con una superficie aproximada de 2646 metros cuadrados y cuyos deslindes según el plano Nº 92.139 de Ñuble son los siguientes: Norte, Avenida Domingo Santa María, en 42 metros; Este Amelia Carrasco, hoy Sucesión Elcira Carrasco, en 63 metros; Sur, Paulino Hernández, hoy Mario González, en 42 metros; Oeste, Sucesión Irarrázabal, hoy Horacio Mera, en 63 metros. La Municipalidad de Pinto destinará el inmueble a que se refiere el inciso anterior a Posada Campesina, para proporcionar albergue nocturno a los pequeños propietarios que trafiquen con sus productos a los centros de consumo.". Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Fernando Sanhueza Herbage.- Jorge Lea-Plaza Sáenz. 3 PROYECTO DE ACUERDO DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS QUE APRUEBA. EL CONVENIO RELATIVO A SERVICIOS AEREOS, SUSCRITO ENTRE CHILE Y BELGICA. Santiago, 18 de agosto de 1971. Con motivo del Mensaje, informe y demás antecedentes que tengo a honra pasar a manos de V. E., la Cámara de Diputados ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente Proyecto de acuerdo: "Artículo único.- Apruébase el "Convenio relativo a los Servicios Aéreos" suscrito con Bélgica el 5 de noviembre de 1966, y su Anexo de Rutas.". Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Fernando Sanhueza Herbage.- Jorge Lea-Plaza Sáenz. 4 PROYECTO DE ACUERDO DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS QUE APRUEBA EL CONVENIO SOBRE TRANSPORTE AEREO SUSCRITO ENTRE CHILE Y LA REPUBLICA DE CUBA. Santiago, 18 de agosto de 1971. Con motivo del Mensaje, informe y demás antecedentes que tengo a honra pasar a manos de V. E., la Cámara de Diputados ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente Proyecto de acuerdo: "Artículo único.- Apruébase el Convenio sobre Transporte Aéreo suscrito con la República de Cuba, en Santiago, el 25 de febrero de 1971, y su Anexo.". Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Fernando Sanhueza Herbage.- Jorge Lea-Plaza Sáenz. Conciudadanos del Senado y de la Cámara de Diputados: El día 25 de febrero último fue firmado en nuestra capital un convenio bilateral relativo a servicios aéreos comerciales entre Chile y Cuba. En virtud de dicho instrumento, cada una de las Partes otorga a la otra los derechos que permitan establecer rutas y servicios comerciales regulares, entre los territorios de ambas Partes y más allá de ellos. Se especifican en su articulado, además, las regulaciones bajo las cuales deberán establecerse los servicios, los derechos que se acuerdan a las empresas designadas por ambas Partes, las normas que deberán observarse para la fijación de tarifas, las condiciones bajo las cuales podrán utilizarse las facilidades aeroportuarias y los sistemas de ayuda a la aeronavegación, aplicación de las leyes y reglamentos de cada Parte relativos a la entrada, permanencia y salida de pasajeros, tripulaciones y carga, etcétera. Especial importancia se ha dado a la conveniencia de que las autoridades competentes de ambas Partes se consulten entre sí, cuando las circunstancias lo requieran, con un espíritu de franca colaboración. Se establecen procedimientos adecuados para la concertación y materialización de estos contactos. En el anexo al convenio se establecen los cuadros de rutas que podrán operar las empresas de ambos países y se hacen consideraciones relativas al tráfico llamado de quinta libertad del aire. Al mismo tiempo, las Partes aprovechan la ocasión para designar a las empresas que podrán gozar de los derechos que emanan de dicho instrumento y que son Línea Aérea Nacional, en el caso de Chile, y Compañía Consolidada Cubana de Aviación, en el caso de Cuba. Se establecen recíprocamente los derechos necesarios para que las compañías de Chile y Cuba operen entre La Habana y Santiago, y también más allá de La Habana, en el caso de la empresa chilena, y más allá de Santiago, en el caso de la cubana. Cabe destacar que las autoridades de Línea Aérea Nacional-Chile han estudiado en forma seria y detenida la factibilidad de las rutas que se le abren en virtud de este instrumento bilateral y que las conclusiones a que llegan no pueden ser más atrayentes. En efecto, la empresa estatal chilena proyectaba establecer una nueva frecuencia semanal a Europa -además de las dos que ya tiene a tra-v.s de Buenos Aires y Río de Janeiro- vía La Habana, con escalas en "Madrid y París y con terminal en Frankfurt. Antes de materializar esta operación necesita recibir nuevo material de vuelo, cuya adquisición está gestionando en estos momentos. La entrada de LAN Chile en esta ruta aparece rodeada de muy favorables perspectivas por tratarse de vías muy escasamente frecuentadas por transportadores internacionales. Se sabe que a La Habana sólo llegan una compañía soviética, una checa y una española, lo que hace que su mercado se abra para la compañía chilena en condiciones muy ventajosas. Como dato ilustrativo se pueden mencionar las posibilidades del tramo La Habana Madrid. En la actualidad, la compañía española "IBERIA" opera esta ruta con un factor ocupacional promedio de un 98%, con una frecuencia semanal. El Gobierno cubano garantiza a Línea Aérea Nacional-Chile una ocupación media de un 82%. Más promisorias son, aún, las posibilidades más allá de La Habana, hacia los otros puntos que opera en Europa LAN Chile, en los que la empresa estatal chilena serviría como único transportador aéreo que ofrecería vuelos desde Cuba sin trasbordos. Es interesante destacar a este respecto que, según investigaciones de mercado efectuadas por personeros de la compañía chilena en París, una sola agencia de turismo de la capital francesa embarcó, en el curso de 1970, aproximadamente 15.000 pasajeros a Cuba, los que tuvieron que viajar a través de diferentes combinaciones. En lo que dice relación con el tramo Santiago-La Habana, baste decir que sólo LAN Chile y Cubana de Aviación lo operarán comercialmente, por lo menos en el futuro previsible. El Gobierno de Chile, por las razones anotadas, ha procedido a la concertación de este acuerdo en la convicción de que constituye un paso muy positivo en beneficio del incremento de nuestras redes de comunicaciones aéreas, abriendo nuevas y muy favorables prespectivas para las operaciones de la empresa estatal chilena de aeronavegación comercil. Por ello, de acuerdo a lo establecido en los artículos 43, Nº 5, y 72, Nº 16, de la Constitución Política del Estado, vengo en someter a vuestra elevada consideración el siguiente Proyecto de acuerdo: "Artículo único.- Apruébase el Convenio sobre Transporte Aéreo suscrito con la República de Cuba, en Santiago, el 25 de febrero de 1971, y su Anexo." (Fdo.) : Salvador Allende G.- Clodomiro Almeyda M. 5 PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS QUE OTORGA A CADA COLEGIO PROFESIONAL EL EDRECHO A ELEGIR UN REPRESENTANTE ANTE EL CONSEJO NORMATIVO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DE CHILE. Santiago, 18 de agosto de 1971. Con motivo de la moción e informe que tengo a honra pasar a manos de V. E., la Cámara de Diputados ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente Proyecto de ley: "Artículo 1º.- Cada Colegio Profesional existente en el país y que haya sido creado por ley, tendrá derecho a elegir un representante para que integre el Consejo Normativo Superior de la Universidad de Chile, el que deberá haberse titulado en dicha Universidad. Artículo 2º.- Cada Colegio Profesional elegirá representante al Consejo Normativo Superior cuando renueve sus directivas nacionales y durará en el cargo el mismo tiempo que aquéllas." Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Fernando Sanhueza Herbage.- Jorge Lea-Plaza Sáenz. 6 PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS QUE FACULTA AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA PARA DESTINAR FONDOS CON EL OBJETO DE QUE LA DIRECCION DE BIBLIOTECAS, ARCHIVOS Y MUSEOS ADQUIERA LA CASA DONDE NACIO EL GRUMETE PANTAEEON 2º CORTES GALLARDO. Santiago, 18 de agosto de 1971. Con motivo de la moción e informes que tengo a honra pasar a manos de V. E., la Cámara de Diputados ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente Proyecto de ley: "Artículo único.- Facúltase al Presidente de la República para que, con cargo al próximo Presupuesto de la Nación, destine hasta la cantidad de Eº 250.000, para la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos, con el objeto de que adquiera, por compra directa o expropiación, la casa donde nació el héroe de Iquique, Grumete Pantaleón Segundo Cortés Gallardo, ubicada en la calle Grumete Cortés s/n., de la ciudad de Quirihue, la habilite, previas las reparaciones necesarias y la destine a Biblioteca Pública y Museo Histórico.". Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Fernando Sanhueza Herbage.- Jorge Lea-Plaza Sáenz. 7 PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS QUE MODIFICA EL ARTICULO 67DE LA LEY N° 17.416, EN RELACION CON LAS IMPORTACIONES QUE EFECTUAN DETERMINADAS INSTITUCIONES. Santiago, 18 de agosto de 1971. Con motivo del Mensaje e informe que tengo a honra pasar a manos de V. E., la Cámara de Diputados ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente Proyecto de ley: "Artículo único.- Sustituyese el inciso segundo del artículo 67 de la ley Nº 17.416, de 9 de marzo de 1971, por los siguientes: "Las Instituciones, Empresas, Servicios y Sociedades a que se refieren las disposiciones citadas en el inciso anterior, que tengan presupuestos en dólares, deberán solucionar el tributo antes señalado en dicha moneda, y, aquellos que no lo tengan, en moneda nacional al tipo de cambio bancario que rija a la fecha en que se curse el registro o autorice la solicitud de importación respectiva. En las operaciones de importación que se realicen con coberturas diferidas, las Instituciones, Empresas, Servicios y Sociedades indicadas en el inciso primero de este artículo, el impuesto podrá ser pagado en forma fraccionada y de acuerdo a las normas que determine el Director Nacional de Impuestos Internos, con informe favorable del Comité Ejecutivo del Banco Central de Chile.". Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Fernando Sanhueza Herbage.- Jorge Lea-Plaza Sáenz. 8 PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS QUE MODIFICA LA LEY Nº 10.323, QUE LIBERO DE DERECHOS LA INTERNACION DE MINERALES DE ANHIDRIDO FOSFORICO Y ABONOS ELABORADOS. Santiago, 18 de agosto de 1971. Con motivo del Mensaje, informe y demás antecedentes que tengo a honra pasar a manos de V. E., la Cámara de Diputados ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente Proyecto de ley: "Artículo único.- Reemplázanse las normas del artículo único de la ley Nº 10.323, modificado por el artículo 59 de la ley Nº 17.382, por las que a continuación se establecen: "Artículo 1°.- Libérase la importación de minerales da anhídrido fosfórico y de abonos elaborados que efectúe el Banco del Estado de Chile de los derechos arancelarios y demás gravámenes que se perciben por las Aduanas, de la tasa de despacho establecidas en el artículo 190 de la ley Nº 16.464 y sus modificaciones, de los impuestos a que se refiere la ley Nº 12.120 y sus modificaciones y, en general, de todo impuesto, regalía, tasa, sobretasa, tarifa adicional y derecho, incluso los que correspondan a la Empresa Portuaria de Chile por almacenaje, movilización, operaciones complementarias, uso de vías, arrastre de carros, etcétera, comprendidos en el Decreto Nº 285, de 5 de julio de 1968, del Ministerio de Obras Públicas y Transportes y demás servicios semejantes o equivalentes. Artículo 2º.- La importación de minerales anhídrido fosfórico y de abonos elaborados, destinados a la fabricación de abonos nacionales de uso agrícola, gozará también de la liberación del artículo anterior, cualquiera que sea el importador, siempre que haya sido autorizada previamente por el Ministerio de Agricultura. El decreto respectivo deberá llevar, además, la firma del Ministro de Hacienda. Artículo 3°.- La Empresa Portuaria de Chile facturará al Fisco las tarifas de almacenaje, movilización y cualesquiera otras que le corresponda cobrar por los servicios derivados de la importación de los minerales y abonos exentos en virtud de lo dispuesto en los dos artículos precedentes.". Artículo transitorio.- Los recursos que la Empresa Portuaria de Chile haya obtenido por la aplicación del artículo 59 de la ley Nº 17.382 los transferirá, dentro del plazo estipulado en dicha ley, al Banco del Estado de Chile con el fin de que éste bonifique en igual cantidad el precio de venta de los productos importados en conformidad a la ley Nº 10.323.". Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Fernando Sanhueza Herbage.- Jorge Lea-Plaza Sáenz. 9 PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS QUE MODIFICA LA LEY N° 17.169, QUE CREO LOS CONSEJOS REGIONALES DE TURISMO, EN LO RELATIVO AL FUNCIONAMIENTO DEL CASINO DE PUERTO VARAS. Santiago, 19 de agosto de 1971. Con motivo de la moción e informe que tengo a honra pasar a manos de V. E., la Cámara de Diputados ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente Proyecto de ley: "Artículo 1º.- Modifícase el artículo 12 de la ley Nº 17.169, en el sentido de que el establecimiento para el esparcimiento y recreación turística, funcionará, además del tiempo señalado en dicho precepto legal, los días viernes, sábados y domingos, como también en los días festivos y sus vísperas, en el período que media entre los días 16 de marzo y 14 de septiembre de cada año. Artículo 2º.- El valor de las entradas de acceso al establecimiento señalado, como asimismo el valor de los carnets y tarjetas, establecidos en el Decreto Supremo Nº 1.258, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, de 26 de noviembre de 1969, se destinarán íntegramente, en la forma y condiciones indicadas en los artículos 3º y 6º de la ley Nº 17.169, a ser invertidos en los fines que esos artículos señalan. Artículo 3º-Las utilidades líquidas de la explotación del establecimiento mencionado, que se produzcan en el período indicado en el artículo lº de la presente ley, se destinarán, por el Consejo Regional de Turismo de Llanquihue, Chiloé y Aisén, como sigue: Un 70% a los fines indicados en los números 1 y 6 del artículo 3º de la ley Nº 17.169. Un 30% a los fines indicados en el Nº 2 del artículo 3º de la ley Nº 17.169. Artículo 4º.- Para fijar el monto de las utilidades de la explotación del establecimiento, se confeccionarán dos balances, uno correspondiente a la temporada indicada en el artículo 12 de la ley Nº 17.169, y otro, correspondiente al período indicado en la presente ley. Artículo 5º.- Para determinar las utilidades líquidas del establecimiento, durante el lapso indicado en la presente ley, se deducirá de las utilidades brutas, el costo de explotación en el mismo período, costo que se fija como máximo en una suma igual al 35% de la cifra presupuestada de las referidas utilidades brutas. En todo caso, el costo de explotación durante el año calendario no podrá exceder del 55% de las utilidades brutas presupuestadas para el mismo año. Artículo 6º.- El funcionamiento del establecimiento, en el período indicado en la presente ley, se regirá, en cuanto le sea aplicable, por las normas establecidas en el Decreto Supremo Nº 175, del 16 de febrero de 1971, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.". Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Fernando Sanhueza Herbage.- Jorge Lea-Plaza Sáenz. 10 PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS QUE DESAFECTA DE SU CALIDAD DE BIEN NACIONAL DE USO PUBLICO AL TERRENO QUE INDICA EN SAN VICENTE DE TAGUA TAGUA Y AUTORIZA AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA PARA TRANSFERIRLO GRATUITAMENTE AL CUERPO DE BOMBEROS DE ESA COMUNA. Santiago, 18 de agosto de 1971. Con motivo de la moción e informe que tengo a honra pasar a manos de V. E., la Cámara de Diputados ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente Proyecto de ley: "Artículo único.- Desaféctase de su calidad de bien nacional de uso público a un terreno y edificaciones pertenecientes a la Escuela Granja de la Colonia Agrícola El Tambo, ubicado en la comuna de San Vicente de Tagua Tagua, provincia de O'Higgins, que corresponde a la esquina sur-oriente del total de las construcciones de esa Escuela, con los siguientes deslindes: Norte, en 65 metros con terrenos de la Escuela Granja; Sur, con 65 metros con el camino público; Este, en 60 metros con terrenos de la Escuela Granja; Oeste, en 60 metros con terrenos y otras construcciones de la Escuela Granja. Autorízase al Presidente de la República para transferir a título gratuito el terreno individualizado en el inciso anterior al Cuerpo de Bomberos de San Vicente de Tagua Tagua, para el funcionamiento de la 5ª Compañía de Bomberos de El Tambo.". Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Fernando Sanhueza Herbage.- Jorge Lea-Plaza Sáenz. 11 PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS QUE MODIFICA LA LEY Nº 11.224 Y DECLARA QUE LA SOCIEDAD CON QUIEN EL FISCO REALIZARA LA PERMUTA AUTORIZADA POR LA MISMA ES LA QUE INDIVIDUALIZA. Santiago, 18 de agosto de 1971. Con motivo del Mensaje e informe que tengo a honra pasar a manos de V. E., la Cámara de Diputados ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente Proyecto de ley: "Artículo único.- Declárase que la razón social de la Compañía con la cual se autoriza al Presidente de la República para efectuar la permuta a que se refiere la ley Nº 11.224, es "The Antofagasta (Chili) and Bolivia Railway Company Limited", y que se sustituye el inciso segundo del artículo único de dicha ley por el siguiente: "El terreno que The Antofagasta (Chili) and Bolivia Railway Company Limited permutará con el predio fiscal precedentemente individualizado se encuentra ubicado en la ciudad de Antofagsta, tiene la forma de un triángulo con una superficie de 7.800 metros cuadrados y los siguientes deslindes: Sur, terrenos The Antofagasta (Chili) and Bolivia Railway Company Limited, en 51 metros; Este, calle Miramar, en 115 metros, Población Miramar, en 128 metros y terrenos fiscales baldíos, en 65 metros; Oeste, terrenos The Antofagasta (Chili) and Bolivia Railway Company Limited, en 300 metros, y Norte, vértice del triángulo con terrenos The Antofagasta (Chili) and Bolivia Railway Company Limited.".". Dios guarde a V. E. (Fdo.): Fernando Sanhueza Herbage.- Jorge Lea-Plaza Sáenz. 12 PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS QUE AUTORIZA AL SERVICIO NACIONAL DE SALUD PARA TRANFERIR GRATUITAMENTE A LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS EL PREDIO QUE INDICA. Santiago, 18 de agosto de 1971. Con motivo de la moción, informe y demás antecedentes que tengo a honra pasar a manos de V. E., la Cámara de Diputados ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente Proyecto de ley: "Artículo 1º.- Autorízase al Servicio Nacional de Salud para transferir, a título gratuito, a la Municipalidad de San Carlos, el predio ubi-cabo en calle Vicuña Mackenna Nº 410, de esta ciudad, que tiene las siguientes dimensiones: al norte, en 17,80 metros y 12,20 metros; al sur, en 30 metros; al oriente, en 43,40 metros y al poniente, en 38,20 metros y 5,20 metros. Esta transferencia se hará efectiva una vez que se traslade la escuela que funciona en dicho predio. Artículo 2º.- La Municipalidad de San Carlos deberá construir en dicho predio un inmueble en el que deberán funcionar los servicios municipales. Artículo 3°.- Declárase de utilidad pública y autorízase a la Municipalidad de Corral para expropiar los terrenos cuyos propietarios, ubicación y roles de avalúos se indican: 15-1 Sucesión Otto Ebers C.: Avenida 6 de Mayo. 15-2 Teodoro Brummer H.: Avenida 6 de Mayo. 15-3 Sucesión Tomás Brummer: Avenida ¡6 de Mayo.". Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Fernando Sanhueza Herbage.- Jorge Lea-Plaza Sáenz. 13 OBSERVACIONES DEL EJECUTIVO, EN SEGUNDO TRAMITE CONSTITUCIONAL, AL PROYECTO DE LEY QUE FIJA UNA PENSION PRESUNTIVA A LOS FUNCIONARIOS DE LA EMPRESA DE LOS FERROCARRILES DEL ESTADO QUE CESEN EN SUS FUNCIONES. Santiago, 19 de agosto de 1971. La Cámara de Diputados ha tenido a bien rechazar las observaciones formuladas por Su Excelencia el Presidente de la República al proyecto de ley que fija una pensión presuntiva a los funcionarios que cesen en las actividades en la Empresa de los Ferrocarriles del Estado y ha insistido en la aprobación de los textos originales, con excepción de la formulada al artículo 2º, que ha aprobado. Acompaño los antecedentes respectivos. Dios guarde a V. E. (Fdo.): Fernando Sanhueza Herbage.- Jorge Lea-Plaza Sáenz. Texto de las observaciones del Ejecutivo. Santiago, 11 de septiembre de 1970. Por Oficio Nº 632 de 13 de agosto de 1970, Vuestra Excelencia ha tenido a bien comunicarse que el Honorable Congreso Nacional ha prestado su aprobación al Proyecto de Ley que establece una pensión presuntiva para los funcionarios de los Ferrocarriles del Estado. El artículo 1º del proyecto de ley contempla el derecho que los funcionarios de Ferrocarriles del Estado tienen de percibir el 50% de la pensión de la jubilación mientras se tramita el expediente respectivo. Se hace presente que el derecho a percibir un 50% de la pensión mientras se tramita el expediente de jubilación, ya se encuentra establecido, de una manera general, en el artículo 43 de la ley Nº 13.305, por lo que no se justifica una nueva legislación sobre el particular. Por tal motivo esta disposición se veta por estimarla innecesaria. El artículo 2º modifica la letra e) de la ley Nº 12.522, extendiendo el beneficio del montepío en favor de las hermanas solteras del causante, mayores de 55 años que no tengan previsión y de las hermanas inválidas de cualquier edad. El texto de este artículo debería aclararse en el sentido de dejar establecido que el beneficio para la hermana inválida procederá siempre que sea soltera y que carezca de previsión. - Para este fin, propongo que el citado artículo 2º se reemplace por el siguiente: Artículo 2º.- "Argégase la siguiente letra e) al artículo 3º de la ley Nº 12.522. "e) Las hermanas solteras del causante mayores de 55 años y las inválidas de cualquier edad, siempre, en ambos casos, que sean solteras, no tengan previsión y hayan vivido a expensas del causante, cuando faltaren los beneficiarios señalados en las letras precedentes, el 75% de la pensión de montepío por partes iguales y con derecho a acrecer entre ellas". El artículo 3º del proyecto de ley determina: Artículo 3º.- "El personal de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado que haya cesado o cese en su cargo por causa que no sea la comisión de delito, tendrá derecho a que se le consideren para los efectos de su eventual jubilación, los servicios prestados en la Empresa que con anterioridad a la cesación de su cargo". La norma contenida en el citado artículo 3º del proyecto de ley es absolutamente inconveniente, por cuanto significa el desconocimiento de disposiciones permanentes sobre pérdida del derecho a jubilación que están establecidas, como efecto de la comisión de actos o hechos de mucha gravedad y que van contra la disciplina que es dable exigir de los funcionarios que atienden un servicio público, de tanta importancia como la Empresa de los Ferrocarriles del Estado. Actualmente las únicas causales de separación que originan la pérdida al derecho de jubilación son las que se señalan en el artículo 1º del Decreto con Fuerza de Ley N° 290 de 20 de mayo de 1931, y son las siguientes: a) Falta de honradez; b) Abandono injustificado del servicio; c) Actos u omisiones de carácter delictuoso que irroguen perjuicios a la Empresa; d) Negligencia reiterada en el cumplimiento del deber, y Actos de insubordinación del empleado u obrero con sus superiores. Las medidas de separación indicadas son dispuestas por la Superioridad del Servicio después de haberse instruido el sumario administrativo respectivo y cumpliéndose con todas las formalidades que significan una garantía para el funcionario afectado, a fin de evitar cualquiera medida que signifique una arbitrariedad. De tener fuerza de ley la disposición del artículo 3? todo personal que haya sido afectado con una medida de separación de las señaladas en el artículo 1º del D.F.L. 290 de 1931, podrá obtener su jubilación por los servicios prestados con anterioridad en la Empresa, puesto que ellas no han significado propiamente la comisión de un delito, expresión que supone la aplicación de una pena por la Justicia Ordinaria. El artículo 3º significa el desconocimiento del principio de que todo funcionario público puede estar afectado en tres formas distintas de responsabilidad, cuales son la responsabilidad administrativa, la responsabilidad civil y la responsabilidad penal (artículos 175, 176 del D.F.L. Nº 388 de 1960, artículo 28 del D.F.L. Nº 94 de 1960). Las tres responsabilidades son independientes y corresponden a conceptos diferentes, por lo cual no es dable exigir como condición para la pérdida del derecho a obtener jubilación que el empleado u obrero haya cometido un delito común; teniendo en cuenta, además, que toda comisión de delito, supone como una exigencia del concepto mismo del delito, que el afectado haya sido objeto de la aplicación de una pena polla Justicia Ordinaria. Siendo la responsabilidad administrativa independiente de la responsabilidad penal y correspondiéndole a la propia autoridad administrativa como una función inherente a su cargo la facultad disciplinaria, atenta contra el principio de la separación de los Poderes Públicos el cercenamiento de esa facultad, al determinarse, como la hace el artículo 3º, que sólo la comisión de un delito es causal de pérdida del derecho a jubilación. El Ejecutivo no ve inconveniente en el futuro de estudiar este problema con mayores antecedentes dada la importancia y trascendencia que involucra. Por estas razones el Ejecutivo veta este artículo supresivamente. El artículo 4º establece que: Los años servidos en la Empresa de los Ferrocarriles del Estado serán válidos para los efectos de jubilar en otro sistema previsional, debiendo la Empresa concurrir con la parte que le corresponda en el pago de las jubilaciones respectivas". Esta disposición contenida en el artículo 4º es absolutamente innecesaria, por cuanto sobre la materia existe la ley sobre continuidad de la previsión, que contempla la misma disposición planteada. En consecuencia se veta supresivamente el artículo 4º. Por las razones expuestas y en uso de la facultad que me otorga el artículo 53 de la Constitución Política del Estado, vengo en vetar el proyecto de ley, que Su Excelencia se ha servido comunicar por Oficio Nº 632 de 13 de agosto de 1970, en la forma como se ha señalado en el texto del presente oficio. Dios guarde a V. E. (Fdo.): Eduardo Frei Montalva.- Eugenio Celedón Silva. 14 SEGUNDO INFORME DE LAS COMISIONES DE HACIENDA Y DE OBRAS PUBLICAS, UNIDAS, RECAIDO EN EL PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS QUE ESTABLECE FRANQUICIAS PARA LOS AUTOMOVILES ARMADOS EN EL PAIS Y QUE SE DESTINEN AL SERVICIO DE TAXIS. Honorable Senado: Las indicaciones presentadas durante la discusión general constan del boletín Nº 25.254. Antes de entrar al estudio de ellas, el Honorable Senador señor Valente solicitó el acuerdo unánime para modificar el artículo 1º del proyecto, en orden a eximir del impuesto de primera transferencia así como del impuesto especial que en esa disposición se establece a los taxis del departamento de Arica, en virtud de que los automóviles particulares están exentos de dicho impuesto de compraventa. Esta indicación no pudo ser considerada por cuanto la Mesa estimó que requería patrocinio constitucional de Su Excelencia el Presidente de la República. El Honorable Senador señor Palma pidió también el asentimiento de las Comisiones Unidas para modificar el artículo 3º del proyecto que autoriza al Presidente de la República, por intermedio de la Subsecretaría de Transportes, para fijar el número de patentes de automóviles de alquiler que podrá otorgarse por cada comuna en el año siguiente. El Presidente de las Comisiones Unidas expresó que era de toda conveniencia que esta determinación se hiciera en base a pautas generales, como son población, monto de presupuestos municipales, número de turistas, etcétera y que no fuere posible tener criterios diferentes para las distintas Municipalidades. Asimismo estima que debe dejarse la posibilidad de reducir el número de patentes en determinadas comunas cuando así sea solicitado por el Municipio respectivo. El Honorable Senador señor Silva Ulloa señaló que por decreto N° 522 del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, publicado en el Diario Oficial de fecha 22 de septiembre de 1969, se fijó la dotación de automóviles de alquiler por comunas y se establecieron normas de carácter permanente para incorporar otros automóviles al servicio de taxis. Concordó con el señor Palma en la enmienda que sugirió pues ella también reconoce a la Subsecretaría de Transportes tuición absoluta sobre el particular. El Honorable Senador señor Valente piensa que las cuotas fijadas en el decreto referido por el señor Silva Ulloa han quedado cortas y que en numerosas Municipalidades el Alcalde, bajo su responsabilidad exclusiva, concede nuevas patentes de automóviles de alquiler. Estima de toda conveniencia entregar esta determinación a la Subsecretaría de Transportes, acogiendo también la proposición del señor Palma. Por unanimidad se acuerda modificar el artículo 3º en los términos que os proponemos más adelante. La indicación Nº 1, de! Honorable Senador señor Hamilton, tiene por objeto sustituir el artículo 4? de nuestro primer informe por el artículo 3º del proyecto de la Honorable Cámara de Diputados. La diferencia fundamental entre ambas disposiciones radica en que según el proyecto de la Honorable Cámara de Diputados todo el proceso de asignación de vehículos para taxis se entrega a la Federación Nacional de Sindicatos Profesionales de Choferes de Taxis de Chile, interviniendo la Subsecretaría de Transportes sólo por la vía de ¡a ratificación de dichas asignaciones, en cambio el artículo aprobado por las Comisiones Unidas en su primer informe dispone que la presentación de los postulantes se hará a través de la FENATACH, pero la calificación de ellos y la asignación de vehículos se efectuará por la Subsecretaría de Transportes. Otra diferencia importante está en que de acuerde al proyecto de la Honorable Cámara de Diputados sólo pueden ser beneficiados con la asignación de vehículos los miembros de Sindicatos afiliados a. la FENA-TACH, a diferencia de nuestro artículo 4º en que se da acceso tanto a los miembros de Sindicatos afiliados como a los no afiliados a ella. El Honorable Senador señor Hamilton fundamentó su indicación dando a conocer una comunicación que le fuera enviada por la FENA-TACH, la que en su parte pertinente expresa: "Como antecedente podemos señalar que en una comida ofrecida al Primer Mandatario por el gremio de taxistas y por consultas directas formuladas a Su Excelencia el Presidente de la República, éste manifestó en repetidas oportunidades que consideraba de plena justicia que el gremio se inquietara y solicitara su actuación directa en la calificación y asignación de taxis, ya que ellos mejor que nadie conocen la realidad de sus asociados y sus responsabilidades como gremialistas. En relación con el nuevo planteamiento formulado y que en su artículo 3° dice que corresponde a la Subsecretaría calificar y asignar los taxis, se produce una contradicción desde todo punto de vista incomprensible por cuanto la Federación Nacional ha planteado con claridad meridiana su posición de controlar y participar activamente en la calificación y asignación de estos vehículos, posición que en su misma forma fue aprobada por la Honorable Cámara de Diputados.". El mencionado señor Senador manifestó que él había apoyado las modificaciones que propusieron las Comisiones Unidas en el primer informe, por cuanto durante la votación de ellas se dieron seguridades de que contaban con el respaldo de la FENATACH. Al tomar conocimiento de que tal afirmación era inexacta presentó indicación para suprimir estas enmiendas y así lo dio a conocer al señor Subsecretario de Transportes, don Hernán Morales, el que a su vez le ha hecho llegar una comunicación que en parte dice como sigue: "Debo reiterar al señor Senador lo afirmado por mí en cuanto a que el texto que finalmente fue aprobado por las Comisiones Unidas correspondió al propuesto por la FENATACH, presentado por su Secretario General don Froilán Cisternas y suscrito por el Honorable Senador don Ramón Silva Ulloa. "Ello se desprende, además, del documento cuya copia fotostática tengo el agrado de acompañarle. "Respecto al presunto compromiso del Ejecutivo en orden a no vetar la disposición legal en el supuesto de que la asignación fuera hecha directamente por FENATACH y no por un organismo público como es la Subsecretaría de Transportes, debo expresarle que ello no es efectivo y buena prueba de ello es que en el oficio del Ministerio de Hacienda, por el que propone diversas indicaciones, establece específicamente el pensamiento del Gobierno en cuanto a que la asignación debe hacerla la Subsecretaría de Transportes, basándose en lo establecido en los reglamentos que el Presidente de la República dicte, previo informe de una Comisión integrada por representantes de FENATACH y la Subsecretaría a mi cargo.". Las Comisiones Unidas concedieron audiencia a las autoridades máximas de la FENATACH, quienes además de insistir en las ideas expuestas en su comunicación al Honorable Senador señor Hamilton, objetaron aquella parte del artículo que da derecho a asignación de vehículos a miembros de Sindicatos no afiliados a la Federación en razón de que ello involucra un abierto perjuicio a la organización gremial, pues de transformarse en ley se permitiría el paralelismo sindical. Respondiendo a una observación del Honorable Senador señor Silva Ulloa el Presidente de la FENATACH, señor Juan Jara, confirmó que el Sindicato Profesional de Dueños y Choferes de Taxis Europeos se encuentra afiliado a la organización que dirige. El Honorable Senador señor Silva Ulloa, durante la discusión de este artículo, insistió reiteradamente que la calificación y asignación debía ser efectuada por un organismo público que estuviere afecto a fiscalización por parte de la Contraloría General de la República, requisito que no cumple la mencionada Federación. Por su parte el Honorable Senador señor Hamilton insistió en que había que fortalecer y dar activa participación en la administración de sus respectivos intereses a los organismos representativos de los trabajadores. Finalmente fue puesta en votación la indicación de sustitución del artículo 4º, resultando aprobada por siete votos contra tres, correspondientes a los Senadores radicales independientes y al señor Silva Ulloa. La indicación Nº 2, del Honorable Senador señor Ibáñez, se dio por aprobada con la misma votación anterior, por concordar sus ideas con las precedentemente reseñadas. La indicación Nº 3, de los Honorables Senadores señores Lorca, Ochagavía y Silva Ulloa, fue rechazada por unanimidad por no concordar con las ideas centrales que orientan esta iniciativa de ley. La indicación Nº 4, del Honorable Senador señor Silva Ulloa, para suprimir el artículo 12 del proyecto, que a su vez deroga el artículo 35 de la ley Nº 17.318, que autoriza la importación de vehículos de alquiler para choferes no propietarios de taxis, fue también rechazada por unanimidad. No obstante lo anterior las Comisiones Unidas tomaron conocimiento de una comunicación del Comando Nacional de Taxistas No Dueños, que preside don Arturo Morales, en la que expresan que oportunamente, de acuerdo a la disposición legal citada, se inscribieron para internar automóviles 1.369 postulantes en todo el país, asignándose, con posterioridad, sólo una cuota de importación, con financiamiento del Banco Central de Chile, de 150 vehículos. El Comando Nacional de Taxistas No Dueños solicita que se le asignen a los choferes no propietarios inscritos vehículos en condiciones especiales de financiamiento. El Honorable Senador señor Silva Ulloa manifestó que el problema expuesto se encuentra considerado en el artículo 1º transitorio de la presente iniciativa de ley, el que no obstante la derogación del artículo 35 de la ley Nº 17.318, que dispone el artículo 12 de este proyecto, establece que las personas que se acogieron a dicha disposición legal antes del plazo que venció el 28 de noviembre de 1970, conservarán el derecho a importar vehículos al amparo de las franquicias tributarias vigentes al 30 de diciembre de 1970 siempre que cubran el valor de los respectivos registros de importación dentro del plazo de 180 días contado desde la publicación de la presente ley. El problema radica, según el señor Silva Ulloa, en que los interesados no disponen del financiamiento adecuado para cubrir estos registros de importación dentro del plazo mencionado. Para subsanar esta situación propuso dar a los taxistas no propietarios una solución de alternativa, estableciendo en la ley que aquellos que no puedan importar el vehículo tendrán un derecho preferente para obtener la entrega de un automóvil armado en el país, de conformidad a la presente ley, para ser destinado al servicio de taxis. Esta última enmienda propuesta por el señor Silva fue aprobada, por unanimidad, como inciso segundo del artículo 1º transitorio. La indicación Nº 5, de los Honorables Senadores señores Lorca, Ochagavía y Silva Ulloa, que establece que el Banco del Estado de Chile otorgará un financiamiento obligatorio para la adquisición de vehículos destinados al servicio público de transporte de pasajeros y carga, fue rechazada por unanimidad, porque no se consideró conveniente modificar lo acordado acerca de esta materia en el artículo 15 de nuestro primer informe. La indicación Nº 6, de los Honorables Senadores señores Acuña y Aguirre, que tiene por objeto agregar una frase al artículo 14, fue también rechazada por unanimidad, por estimarse preferible dejar entregada a la potestad reglamentaria del Presidente de la República y no a una facultad delegada la materia que plantea. Las indicaciones números 7 y 8 no pudieron ser consideradas por requerir iniciativa de Su Excelencia el Presidente de la República. La indicación número 9, de los Honorables Senadores señores Hamilton y Valente, tiene por objeto autorizar a la Subsecretaría de Transportes para eximir de la obligación de pintar de color amarillo a los taxis destinados al servicio especial de aeropuertos. Esta indicación fue rechazada por cuatro votos a favor y seis en contra, en atención a que el inciso segundo del artículo 26 del proyecto autoriza a la Subsecretaría de Transportes para establecer distintivos y color diferentes a los automóviles de alquiler de aeropuertos. Por lo expresado anteriormente y en virtud de lo establecido en el artículo 25 del proyecto fue rechazada la indicación Nº 10. Con el voto en contra de los Senadores de la Unidad Popular y el señor Silva Ulloa y los votos a favor de los Senadores democratacristianos y nacionales fue aprobada la indicación signada 11, de los señores Hamilton y Lorca, que incluye entre los vehículos respecto de los cuales la Subsecretaría de Transportes podrá determinar su color y distintivo a los funerarios. Por unanimidad fue rechazada la indicación Nº 12, de los Honorables Senadores señores Lorca y Ochagavía. La indicación signada 13, del Honorable Senador señor Silva Ulloa que declara servicio público a la industria del transporte de pasajeros y carga, fue rechazada por cuatro votos contra seis, correspondiendo éstos a los Senadores democratacristianos y nacionales, quienes no participan de la conveniencia de declararlo servicio público pues ello restringe la libertad gremial de los trabajadores que en ella laboran. Unánimemente se rechazó la indicación Nº 14. La indicación 15 no pudo ser considerada por requerirse iniciativa de Su Excelencia el Presidente de la República. La indicación Nº 16 fue rechazada por encontrarse contemplada en el artículo 28 del proyecto. La indicación Nº 17 también fue rechazada por unanimidad. La indicación Nº 18, de los Honorables Senadores señores Ballesteros y Lorca, tiene por objeto agregar un artículo nuevo al proyecto para establecer la obligación de los conductores de vehículos de transporte dé pasajeros y de carga que se desempeñen a las órdenes de un empleador de mantener vigente un seguro de daños a terceros. Las Comisiones Unidas concordaron en la conveniencia del establecimiento de un seguro de daños a terceros, pero estimaron que él debía ser de cargo del propietario del vehículo y no del conductor o chofer como lo dispone la indicación. De este modo se protegerá siempre al tercero que resulte afectado en una colisión con uno de estos vehículos. Ademán, a proposición del Honorables Senador señor Hamilton se acordó permitir que en el caso de que el vehículo de alquiler, bus o camión resultare dañado como consecuencia del manejo descuidado de su chofer no propietario y así se determinare en sentencia judicial, el propietario tendrá derecho a descontar hasta el 10% de las remuneraciones que perciba el chofer para recuperar el monto del daño causado. A sugerencia del Honorable Senador señor Silva Ulloa se da facultad al Presidente de la República para que determine un procedimiento expedito que permita pagar la prima de este seguro en el momento de renovación de la patente anual del vehículo. A indicación del Honorable Senador señor Valente se acordó hacer extensivos los beneficios que se contemplan en los artículos lº y 2º transitorios de este proyecto de ley a las personas que habiten en zonas de tratamiento aduanero especial y que hubieren sido autorizadas antes del 4 de febrero de 1971 por la Subsecretaría de Transportes para importar vehículos destinados al servicio de alquiler. No hubo acuerdo en vuestras Comisiones Unidas para introducir enmiendas a diversos artículos del proyecto, solicitadas por el Honorable Senador señor Lorca, para acoger diversas peticiones formuladas por las Cooperativas de Choferes de Taxis (COFETACH), las que no fueron oportunamente presentadas como indicaciones. Para los efectos de lo establecido en el artículo 106 del Reglamento, dejamos constancia de lo siguiente: I.- Artículos que no fueron objeto de indicaciones ni de modificaciones en este trámite: 1º, 2º, 5º, 6º, 7º, 8º, 9º, 10, 11, 15, 17, 18, 19, 20, 22, 23, 24, 26, 27 y 28 permanentes, y 2? a 8º transitorios. II. Artículos que sólo fueron objeto de indicaciones declaradas improcedentes: 16 y 21. III.- Artículos que sólo fueron objeto de indicaciones rechazadas: 12 y 14. IV.- Artículos que fueron objeto de modificaciones: 3º, 4º, 13 y 25 permanentes y 1º transitorio. V.- Artículos nuevos aprobados en este trámite: 29 y 30 permanentes y 9º transitorio. VI.- Indicaciones aprobadas: 1, 2, 11 y 18. VII.- Indicaciones rechazadas: 3, 4, 5, 6, 9, 10, 12, 13, 14, 16 y 17. VIII.- Indicaciones declaradas improcedentes: 7, 8 y 15. Por consiguiente deben darse por aprobados sin debate los artículos indicados en los números I y II como asimismo los del Nº III, siempre que las indicaciones de que fueron objeto los contenidos en este último no sean renovadas en su oportunidad. Las modificaciones introducidas a los artículos señalados en el Nº IV y los artículos del Nº V deben discutirse y votarse, como también las indicaciones a que se refiere el Nº VII, siempre que ellas fueren renovadas en forma reglamentaria. En mérito de las consideraciones precedentes, vuestras Comisiones de Hacienda y de Obras Públicas, Unidas, tienen a bien proponeros la aprobación del proyecto de ley contenido en su primer informe, con las siguientes modificaciones: Artículo 3º Sustituir, en su segunda oración, la expresión ", previo informe de cada una de las Municipalidades del país," por la siguiente: "una relación que sirva a todas las Municipalidades del país para determinr". Reemplazar, en su tercera oración, el vocablo "tal" por "todo". Agregar, entre la palabra "resolución" y el punto (.) final que la sigue, la frase que a continuación se transcribe: "a menos que así lo solicite la respectiva Municipalidad por acuerdo adoptado por los dos tercios de los regidores en ejercicio". Artículo 4º Sustituirlo por el artículo 3º del proyecto de la Honorable Cámara de Diputados. Artículo 13. Reemplazar, en su inciso final, la expresión "de taxi'' por la siguiente: "al cual está destinado el vehículo". Artículo 25 Intercalar, entre los vocablos "servicios" y "de" las palabras "funerarios y". Agregar, a continuación del artículo 28, los siguientes artículos permanentes, nuevos: "Artículo 29.- Los propietarios de los vehículos del servicio público de pasajeros y carga estarán obligados a mantener vigente un seguro por un monto mínimo de diez sueldos vitales mensuales, clase A), del departamento de Santiago, para indemnizar los daños y perjuicios que originen a terceros con los vehículos a su cargo. El Presidente de la República reglamentará la forma en que las Municipalidades, al renovarse anualmente las patentes de los vehículos referidos en el inciso precedente, retendrán las primas de este seguro que cobre el Instituto de Seguros del Estado. Artículo 30.- Los propietarios de los vehículos del servicio público de pasajeros y carga tendrán derecho a descontar hasta el 10% del total de las remuneraciones que perciban los conductores de estos vehículos cuando por sentencia ejecutoriada se determine que los daños sufridos por los vehículos a cargo de ellos sean de su responsabilidad.". Artículo 1º, transitorio. Agregar como inciso segundo el siguiente, nuevo: "Los taxistas no propietarios que no dispongan de los medios económicos para solventar la importación y que se habían inscrito en la Subsecretaría de Transportes del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, podrán optar a la adquisición de un automóvil armado o fabricado en el país, para lo cual se les reconocerá su mejor derecho y preferencia para la entrega.". Consultar como artículo 9º transitorio el siguiente nuevo: "Artículo 9º-Lo dispuesto en los artículos 1º y 2º transitorios se aplicará también a las personas domiciliadas en las zonas donde rijan las leyes 12.008, 13.039, 14.824 y 16.894 que hayan sido autorizadas por la Subsecretaría de Transportes, antes del 4 de febrero de 1971, para importar un vehículo destinado al servicio de alquiler.". En virtud de las modificaciones precedentes, el proyecto de ley queda como sigue: Proyecto de ley: Artículo 1°.- Los automóviles armados y/o fabricados en Chile destinados al servicio de taxis, que cumplan con los requisitos que más adelante se indican, gozarán de las siguientes franquicias: a) Exención del impuesto especial de fabricación establecido en el artículo 11 de la ley Nº 12.084 y sus modificaciones. b) Sustitución del impuesto a la primera transferencia establecido en el artículo 4º bis de la ley Nº 12.120, por un impuesto único de un 4% sobre el precio de venta de dicho vehículo al taxista. Para estos efectos se extenderá como primera venta aquella mediante la cual el taxista adquiere el dominio del vehículo nuevo. c) Las piezas, partes, conjuntos y subconjuntos que sea necesario importar para la fabricación de estos automóviles estarán exentas de todos los derechos e impuestos, incluidos los adicionales, que se perciban por intermedio de las Aduanas, cualquiera que sea la zona o el régimen bajo el cual se efectúe la importación, quedando comprendidos aun aquellos exigibles con motivo de su introducción al resto del país, desde zonas aduaneras de tratamiento especial. d) Los Registros de Importación y demás documentación necesaria para realizar las importaciones a que se refiere la letra anterior, estarán exentos del impuesto establecido en el inciso octavo del Nº 14 del artículo 1º de la ley Nº 16.272 y sus modificaciones. Artículo 2º.- Sólo podrán acogerse a las franquicias del artículo anterior, las industrias que hayan obtenido u obtengan la calidad de industria nacional de vehículos motorizados, incluyéndose aquellas instaladas o que se instalen en zonas de tratamiento aduanero especial, y siempre que el porcentaje de integración de partes y piezas, conjuntos y subconjuntos nacionales destinados a emplearse en la fabricación de automóviles de alquiler, no sea inferior al 40% del valor FOB del vehículo original extranjero terminado. Las piezas, partes, conjuntos y subconjuntos de integración nacional estarán contenidas en las listas que se establezcan en la forma y condiciones que determinen los reglamentos, que para estos efectos dictará el Presidente de la República. El Presidente de la República, previo informe de la Comisión para el Fomento de la Industria Automotriz, podrá aumentar el porcentaje indicado en el inciso primero de integración de partes, piezas, conjuntos y subconjuntos nacionales. Artículo 3º.- El Presidente de la República, por intermedio de la Subsecretaría de Transportes del Ministerio de Obras Públicas, determinará, en el mes de septiembre de cada año, el número de automóviles que deberá armarse o fabricarse en Chile para destinarlos al servicio de alquiler. Asimismo, fijará una relación que sirva a todas las Municipalidades del país para determinar el número de patentes de automóviles de alquiler que podrá otorgarse por cada comuna en el año siguiente. Podrá prescindirse del informe municipal si éste no fuere evacuado dentro del plazo de 30 días de requerido por la mencionada Subsecretaría, pero, en todo caso, el número de patentes a fijarse a la respectiva Municipalidad no podrá ser inferior al vigente para el año en el cual se dicte la resolución, a menos que así lo solicite la respectiva Municipalidad por acuerdo adoptado por los dos tercios de los regidores en ejercicio. Artículo 4º.- Los conductores profesionales dueños de no más de un taxi interesados en renovar y los conductores no propietarios, que deseen adquirir los vehículos a que se refieren los artículos anteriores, deberán reunir los requisitos que señalen al efecto los reglamentos que el Presidente de la República dicte, previo informe de una Comisión integrada por representantes de la Federación Nacional de Sindicatos Profesionales de Choferes de Taxis de Chile (FENATACH) y de la Subsecretaría de Transportes del Ministerio de Obras Públicas y Transportes. La asignación la efectuará la Federación Nacional de Sindicatos Profesionales de Choferes de Taxis de Chile (FENATACH), la que será ratificada posteriormente por la Subsecretaría de Transportes, basándose la asignación y ratificación en lo establecido en dicho reglamento. En caso de que esta Comisión no evacue el informe respectivo, dentro del plazo de 30 días, desde que sea requerida por el Presidente de la República podrá prescindirse del informe. Sin perjuicio de lo anterior, deberán en todo caso cumplir los siguientes requisitos: Ser socio al día de un Sindicato Profesional de Choferes de Taxis afiliado a la Federación Nacional de Sindicatos Profesionales de Choferes de Taxis de Chile (FENATACH) y cumplir cada una de las disposiciones establecidas en el D.F.L. 1 de la Subsecretaría de Transportes de 8 de julio de 1970. Estar en posesión del carnet profesional Conductor Clase A) de la respectiva Municipalidad en plena vigencia. Acreditar honorabilidad mediante la presentación de un certificado tipo D) de la Dirección de Registro Civil e Identificación. Presentar certificado de Impuestos Internos que acredite que se encuentra al día en el cumplimiento de sus deberes tributarios y tener como única actividad la de taxista. Acreditar no tener otra actividad o renta aparte de la de taxista que le signifique un ingreso adicional superior a tres sueldos vitales mensuales, Escala A) del Departamento de Santiago. Para los efectos de esta disposición, no se considerará actividad el derecho y la percepción de beneficios previsionales, tales como pensiones de jubilación, montepío e invalidez. Artículo 5º.- Si el ingreso principal de un taxista fallecido hubiere sido la explotación de un automóvil de alquiler, su viuda será considerada como su sucesora legal y tendrá derecho a renovar dicho vehículo de acuerdo a esta ley. Artículo 6º.- Los chasis de buses, de taxibuses y de automóviles, destinados al transporte colectivo de pasajeros, armados o fabricados en Chile por industrias que tengan la calidad de industria nacional de vehículos motorizados, incluyendo aquellas ubicadas en zonas de tratamiento aduanero especial, podrán acogerse a las franquicias establecidas en el artículo 1º de la presente ley, siempre que el porcentaje de integración de partes, piezas, conjuntos y subconjuntos nacionales destinados a emplear se en la armaduría o fabricación de dichos vehículos no sea inferior al 15% del valor FOB del vehículo original extranjero terminado. Las piezas, partes, conjuntos y subconjuntos de integración nacional estarán contenidas en las listas que se establezcan en la forma y condiciones que determinen los reglamentos que para estos efectos dictará el Presidente de la República. En todo caso el Presidente de la República, previo informe de la Comisión para el Fomento de la Industria Automotriz, podrá aumentar el porcentaje de partes, piezas, conjuntos y subconjuntos de integración nacional. Artículo 7º.- Exímese del impuesto de compraventas a la primera transferencia de las carrocerías nuevas para chasis de buses, taxibuses y autobuses a que se refiere el artículo anterior. Artículo 8º.- Las empresas que no dieren cumplimiento a los porcentajes mínimos de integración de piezas, partes, conjuntos y subconjuntos nacionales, establecidos en los artículos 2º y 6º de la presente.ley, quedarán afectas al pago del impuesto especial establecido en el artículo 11 de la ley Nº 12.084 y sus modificaciones posteriores y de todos los demás derechos, impuestos y gravámenes de que hayan sido liberadas. Artículo 9º.- Prohíbese, por el término de cuatro años, el uso de los vehículos adquiridos de acuerdo con la presente ley para un destino diferente del transporte colectivo de pasajeros o del servicio de alquiler, según corresponda. La infracción a esta prohibición será penada como delito de fraude aduanero y sancionada, en todo caso, con el comiso del vehículo. El vehículo decomisado será rematado por el Servicio de Aduanas, destinándose un 20% de su producto como galardón al denunciante y el 80% restante será de beneficio fiscal, a menos que hubiere un saldo de precio pendiente del vehículo, en cuyo caso se pagará éste con antelación. Los propietarios de automóviles de alquiler, además de las sanciones indicadas, deberán integrar en la Tesorería Comunal respectiva las diferencias de valor que hubiere entre la patente de alquiler y la particular, incluidos los recargos legales, a contar del año en que se cometió la infracción. Las denuncias por infracciones a lo dispuesto en el inciso primero, serán presentadas a la Subsecretaría de Transportes, organismo que remitirá los antecedentes debidamente informados a la Superintendencia de Aduanas. Sin perjuicio de lo dispuesto en la letra d) del artículo 39 de la Ordenanza de Aduanas, los vehículos que por accidente dejen de ser aptos para el servicio, serán desafectados por resolución de la Subsecretaría de Transportes. La desafectación excluirá al vehículo de las prohibiciones señaladas en los incisos anteriores y en el artículo 10. Artículo 10.- Los vehículos beneficiados con las franquicias de la presente ley, que no hayan sido desafectados en conformidad al inciso final del artículo anterior, no podrán ser transferidos, dados en arrendamiento, ni a su respecto podrá celebrarse ninguna clase de contratos que signifique su explotación por cuenta de otra persona, ni la celebración de contratos de promesa estos actos, sin autorización de la Subsecretaría de Transportes, la que la otorgará siempre que los vehículos continúen destinados al transporte colectivo de pasajeros. La Subsecretaría deberá pronunciarse respecto de la autorización a que se refiere el inciso anterior, en el plazo de 30 días, contado desde aquel en que se le entreguen los antecedentes respectivos. En caso de incumplimiento de lo establecido en el inciso primero de este artículo dentro de los 4 años siguientes a la fecha de facturación de la primera adquisición del vehículo, deberá enterarse en arcas fiscales el monto de los derechos, impuestos, tributos aduaneros y demás gravámenes de que hayan sido liberados de conformidad a la presente ley. Quedan solidariamente obligadas a este pago las personas naturales o jurídicas que intervengan en los actos o contratos respectivos. Se exceptúan de lo dispuesto en este artículo las adjudicaciones efectuadas en pública subasta a raíz de juicios iniciados como consecuencia del cobro ejecutivo de préstamos otorgados para la adquisición del vehículo por el Banco del Estado de Chile u otros organismos fiscales, semifiscales o de administración autónoma. Artículo 11.- No se aplicará lo dispuesto en los artículos 9º y 10 de la presente ley en caso de fallecimiento del adquirente del vehículo. En este evento, acreditado el hecho, la Subsecretaría de Transportes autorizará la transferencia y/o desafectación del vehículo con respecto a su destino. Artículo 12.- Derógase el artículo 35 de la ley Nº 17.318. Artículo 13.- Los taxis y los chasis de buses, autobuses y taxibuses de la locomoción colectiva y carrocerías a que se refiere la presente ley podrán ser objeto del contrato de prenda industrial con el fin de garantizar créditos otorgados por el Banco del Estado de Chile u otros organismos fiscales, semifiscales o de administración autónoma. Quien adquiera cualquiera de los bienes mencionados en pública subasta, en juicio iniciado por los acreedores antedichos o por los cesionarios o endosatarios de dichos contratos de prenda, podrá destinarlos a cualquier uso sin incurrir en ninguna de las sanciones o impuestos establecidos en esta ley. En caso de realización de la prenda, el propietario del vehículo subastado sólo tendrá derecho, en caso de que el precio del remate sea superior al valor de la deuda, a recuperar para sí sólo la parte del precio que haya cancelado hasta la fecha del remate. El excedente, en caso que lo hubiera, será de beneficio fiscal. Mientras no haya fallo en los juicios de prenda industrial a que se refieren los incisos anteriores, los vehículos gravados con ella quedarán en depósito en poder de sus presuntos propietarios, quienes no podrán ocuparlos sino en el servicio al cual está destinado el vehículo. Artículo 14.- Destínase el 50% de los recursos que se encuentren empozados en la Caja de Previsión de Empleados Particulares, con motivo de la aplicación del artículo 11 de la ley Nº 15.722, a inversiones de construcción y habilitación que la Federación Nacional de Sindicatos Profesionales de Choferes de Taxis de Chile señale para sede, bodegas y estaciones de servicio de ésta y de sus sindicatos bases. La Caja de Previsión de Empleados Particulares depositará dentro del plazo de 90 días contado desde la fecha de publicación de la presente ley los fondos referidos en el inciso anterior en una cuenta que a nombre de la Federación Nacional de Sindicatos Profesionales de Choferes de Taxis de Chile abra en la Corporación de la Vivienda. La referida Federación podrá girar los fondos mencionados contra estados de pago de obras previamente aprobadas por la Corporación de la Vivienda. Artículo 15.- Autorízase al Banco del Estado de Chile para otorgar préstamos con el objeto de financiar la adquisición de vehículos de transporte colectivo de pasajeros o de alquiler, siempre que ella se realice de acuerdo con las normas establecidas en la presente ley. Dichos préstamos podrán cubrir el valor total del vehículo y serán amortizados en un plazo mínimo de 24 meses, el que podrá ser ampliado a 36 meses si el Consejo del Banco del Estado así lo acuerda en casos especiales. Para optar a estos préstamos, el taxista deberá mantener en el Banco del Estado durante 60 días, como mínimo, un ahorro previo equivalente al 10% del préstamo correspondiente. Artículo 16.- Autorízase la importación y libérase del pago de los derechos de internación, de almacenaje y, en general, de todos los derechos e impuestos que se perciban por las Aduanas, así como de los impuestos adicionales y depósitos de internación, a las partes y piezas, conjuntos y subconjuntos destinados a la armaduría de radio-teléfonos y a la adquisición de marcadores de tarifas denominados "taxímetros", que importe la Federación Nacional de Sindicatos Profesionales de Choferes de Taxis de Chile (FENATACH) para dotar de estos elementos a los automóviles que se asignen de acuerdo a esta ley. Artículo 17.- Aclárase en el artículo 52 de la ley Nº 17.276 de 15 de enero de 1970, los términos "implementos" entendiéndose por tales los chasis, carrocerías, motores, repuestos, accesorios y otros. Agrégase en el inciso segundo del mismo artículo, después de la palabra "pista", seguido de una coma (,) lo siguiente: "sean nuevos o usados,". Artículo 18.- Declárase que el Consejo Directivo de la Federación Nacional de Sindicatos Profesionales de Choferes de Taxis de Chile, estará compuesto por siete consejeros nacionales con sede en Santiago y seis consejeros nacionales con sede en los Consejos inter-provinciales de esta Federación. Los primeros formarán el Comité Ejecutivo de dicho organismo. Artículo 19.- Agrégase al artículo 15 de la ley Nº 14.824, de 13 de enero de 1962, el siguiente inciso nuevo: "Igualmente podrán considerarse nacionales las partes y piezas provenientes de países integrantes de la Asociación Latinoamericana de Libre Comercio, cuya importación sea compensada con la exportación de partes y piezas de producción nacional a terceros países no adheridos al Tratado de Montevideo.". Artículo 20.- Créase un Fondo de Renovación destinado a financiar la adquisición y reemplazo permanente de vehículos destinados al servicio de taxis. Dicho fondo so formará con un aporte mensual de los taxistas cuyo monto será fijado por la Comisión Automotriz de la Corporación de Fomento de la Producción, previa consulta al gremio, el que será depositado directamente en el Banco del Estado de Chile, de acuerdo con el mecanismo que establezcan ese Banco y la mencionada Comisión. Este sistema se regirá por las normas que dicte el Presidente de la República en el Reglamento de la presente ley. Artículo 21.- Autorízase la creación de una Central Nacional de Abastecimiento y Servicios, dependiente de la Federación Nacional de Sindicatos Profesionales de Choferes de Taxis de Chile, y los Economatos de Distribución y Servicio de los Sindicatos bases de esta organización. La Central y los Economatos tendrán los mismos beneficios de las Cooperativas y se regirán por el Estatuto que el Presidente de la República dictará para tales efectos, previo informe de la Subsecretaría de Transportes. Artículo 22.- Derógase la letra b) del inciso tercero del artículo 1° de la ley N° 17.361. Artículo 23.- Las facturas de vehículos adquiridos con las franquicias de esta ley, indicarán que están sujetos a las prohibiciones establecidas en los artículos 9º y 10 de la presente ley. Los Conservadores de Bienes Raíces al inscribir las facturas indicadas en el inciso anterior, anotarán las prohibiciones señaladas en los artículos 9º y 10, quedando obligados a indicarlas en cualquier certificación solicitada en relación a los vehículos beneficiados por la presente ley. Los Notarios Públicos, que sean requeridos para autorizar cualquiera de los contratos señalados en el artículo 10, respecto de vehículos aptos para el transporte colectivo de pasajeros y para automóviles con patente de alquiler, con menos de 4 años de fabricación, exigirán a los interesados un certificado del Conservador de Bienes Raíces acreditando que los vehículos no están sujetos a las prohibiciones de los artículos 9º y 10. En caso de estar sujetos a las prohibiciones señaladas, deberán acompañar copia de la resolución de la Subsecretaría de Transportes en que se autoriza la celebración del contrato. Los Notarios dejarán constancia en la respectiva escritura del cumplimiento de este requisito, sin lo cual ésta no será autorizada. Artículo 24.- Autorízase la creación de servicios especiales de transporte turístico terrestre, mediante automóviles y autocares que reúnan los requisitos y características adecuadas, según lo establezcan conjuntamente la Subsecretaría de Transportes, del Ministerio de Obras Públicas y Transportes y la Dirección de Turismo dependiente del Ministerio de Economía. Artículo 25.- Modifícase la ley Nº 16.602 en el sentido de que los automóviles de alquiler que presten servicios funerarios y de turismo deberán estar pintados con un color distintivo y standard conforme lo determine la Subsecretaría de Transportes del Ministerio de Obras Públicas y Transportes. En igual forma los autocares que se dediquen a esta actividad deberán tener características y color standard. Artículo 26.- La Subsecretaría de Transportes establecerá distintivos especiales a los taxis colectivos, para diferenciarlos de los demás automóviles de alquiler. Con este fin podrá incluso establecer un color diferente al exigido por la ley Nº 16.602. Los automóviles que sean autorizados para -efectuar servicio colectivo deberán ser destinados exclusivamente a este fin, no podrán tener taxímetro y llevarán en su parachoques delantero una placa que los identifique como taxi colectivo. Esta placa será fabricada por la Casa de Moneda de Chile, de acuerdo con las características que fije la Subsecretaría de Transportes. Asimismo, podrá establecerse distintivos y color diferentes a los automóviles de alquiler de Aeropuertos. Artículo 27.- Dentro de los treinta días siguientes a la promulgación de la presente ley, los Institutos CORFO de Chiloé y de Aisén y la Corporación de Magallanes, establecerán líneas de crédito en favor de los afiliados a los respectivos Sindicatos de Dueños de Camiones para la importación de camiones y taxibuses destinados a la renovación e incremento del material rodante con que atienden las necesidades de esas provincias, en condiciones similares a las establecidas para créditos otorgados por los mismos Institutos a otras actividades productivas. Artículo 28.- Agrégase, en el inciso quinto del artículo 5º de la ley Nº 14.824, a continuación de la expresión "los vehículos", lo siguiente: " y taxibuses". Artículo 29.- Los propietarios de los vehículos del servicio público de pasajeros y carga estarán obligados a mantener vigente un seguro por un monto mínimo de diez sueldos vitales mensuales, clase A), del departamento de Santiago, para indemnizar los daños y perjuicios que originen a terceros con los vehículos a su cargo. El Presidente de la República reglamentará la forma en que las municipalidades, al renovarse anualmente las patentes de los vehículos referidos en el inciso precedente, retendrán las primas de este seguro que cobre el Instituto de Seguros del Estado. Artículo 30.- Los propietarios de los vehículos del servicio público de pasajeros y carga tendrán derecho a descontar hasta el 10% del total de las remuneraciones que perciban los conductores de estos vehículos cuando por sentencia ejecutoriada se determine que los daños sufridos por los vehículos a cargo de ellos sean de su responsabilidad. Artículos transitorios. Artículo 1º.- Las personas que a la fecha de la presente ley hubieren obtenido de la Subsecretaría de Transportes del Ministerio de Obras Públicas y Transportes autorización para importar taxis por Resolución publicada en el Diario Oficial y reunieron los requisitos establecidos en el artículo 188 de la ley N° 16.617, prorrogado por el artículo 35 de la ley N° 17.318, conservarán el derecho de importarlo con las franquicias tributarias vigentes1 al 30 de diciembre de 1970, para lo cual deberán presentar sus Registros de Importación en el Banco Central de Chile y cubrir su valor dentro del plazo de 180 días contado desde la publicación de la presente ley. Los taxistas no propietarios que no dispongan de los medios económicos para solventar la importación y que se habían inscrito en la Subsecretaría de Transportes del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, podrán optar a la adquisición de un automóvil armado o fabricado en el país, para lo cual se les reconocerá su mejor derecho y preferencia para la entrega. Artículo 2º.- Los taxistas propietarios que hubieren sido autorizados por la Subsecretaría de Transportes, por Resolución publicada en el Diario Oficial, para realizar importaciones de vehículos de alquiler, por haber cumplido los requisitos señalados en el artículo 3º transitorio de la ley Nº 16.426, con anterioridad al 4 de febrero de 1971, conservarán el derecho de importarlos con las franquicias tributarias vigentes al 30 de diciembre de 1970 para lo cual deberán presentar los Registros de Importación correspondientes y cubrir el valor de los vehículos dentro del plazo de 180 días contado desde la publicación de la presente ley. El mismo derecho tendrá la cónyuge o cualquiera de los hijos legítimos del taxista propietario fallecido con anterioridad o con posterioridad a ejercitar el derecho por medio de la postulación, siempre que continúe en el ejercicio de la misma actividad. Artículo 3º.- Las personas beneficiadas con las disposiciones de los artículos 1º y 2º transitorios, que no dispongan de los medios económicos para solventar esta importación, podrán optar a la adquisición de un automóvil armado o fabricado en el país, para lo cual se les reconocerá su mejor derecho y preferencia para la entrega. En las vacantes que se produzcan por este concepto para efectuar tales importaciones, deberán ser considerados aquellos postulantes, que habiendo sido seleccionados, en virtud de las disposiciones del Decreto Nº 25 del Ministerio de Obras Públicas y Transportes no alcanzaron a ser publicados en el Diario Oficial antes del 4 de febrero de 1971, para cumplir lo cual se confeccionará y publicará una lista de espera por estricto orden de antigüedad del vehículo. Artículo 4º.- Para los efectos de dar cumplimiento al artículo 2º transitorio, se eleva en la suma de US$ 300 la cantidad máxima autorizada por el Banco Central, precio FOB, por cada taxi. Artículo 5º.- Para los efectos dispuestos en los artículos anteriores, los importadores habituales de automóviles deberán efectuar las importaciones como mandatarios de los taxistas autorizados y sólo podrán otorgar créditos en moneda nacional, fijándose como precio máximo del automóvil el que resulte de la conversión del valor OF del mismo más los derechos aduaneros e impuestos que le afecten convertidos al tipo de cambio oficial vigente al momento del aforo. Dicho valor podrá recargarse en el monto de la comisión de importación que el Sindicato acuerde con el importador habitual en el momento de encargarle y convenir la importación. Toda compra que exceda este precio más los intereses correspondientes, será sancionada como delito de fraude sin perjuicio de las devoluciones a que haya lugar en favor del taxista por el exceso en el cobro. Artículo 6º.- Congélase el tipo de cambio con que se han adquirido los vehículos destinados a taxis, al valor que tenía dicho tipo de cambio al 31 de diciembre de 1970. Artículo 7º.- Los automóviles de alquiler importados por taxistas propietarios, con las franquicias establecidas en el artículo 1º transitorio de la ley Nº 16.426, que al 1º de julio de 1971 realizaban transporte turístico, quedan excluidos de las prohibiciones establecidas en el inciso 49 del artículo 14 de la ley Nº 17.203, para el solo efecto de continuar en dicha actividad. Artículo 8º.- Los dueños de vehículos señalados en los artículos 1º y 2º transitorios de la ley Nº 16.426, que hayan transferido estos vehículos antes de la publicación de la presente ley, sin autorización previa de la Subsecretaría de Transportes, podrán solicitarla con posterioridad a la celebración del respectivo contrato, siempre que lo hagan dentro de 6 meses a contar de la publicación de la presente ley. Artículo 9º.- Lo dispuesto en los artículos 1º y 2º transitorios se aplicará también a las personas domiciliadas en las zonas donde rijan las leyes 12.008, 13.039, 14.824 y 16.894 que hayan sido autorizadas por la Subsecretaría de Transportes, antes del 4 de febrero de 1971, para importar un vehículo destinado al servicio de alquiler.". Sala de las Comisiones Unidas, a 24 de agosto de 1971. Acordado en sesión celebrada el día 18 del presente, con asistencia de los Honorables Senadores señores Palma (Presidente), Ballesteros, Acuña, García y Silva Ulloa, por la Comisión de Hacienda, y de los Honorables Senadores señores Hamilton, Papic, Acuña, García y Valente, por la de Obras Públicas. (Fdo.) : Pedro Correa Opaso, Secretario. 15 MOCION DEL HONORABLE SENADOR SEÑOR FONCEA, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE CONCEDE PERSONALIDAD JURIDICA A LA ARQUIDIOCE-SIS CATOLICA APOSTOLICA ORTODOXA DE CHILE. Honorable Senado: La primera Iglesia Oratodoxa en Chile fue fundada por una pequeña comunidad de origen árabe que llegó al país hace alrededor de cincuenta años. En sus comienzos la Ortodoxia, prominentemente de origen árabe, pasó inadvertida en el país. Sin embargo, a medida que pasaron los años y una vez que nació y creció la primera generación de hijos chilenos que adquirieron una cultura, educación y modos de vidas locales, los progenitores se dieron cuenta que su papel en la escena nacional era mucho más que transitorio, y vaciaron sus energías no sólo para llegar a ser ejemplares ciudadanos de nuestra patria, sino también para perpetuar en ella la fe cristiana ortodoxa. A pesar de sus limitados recursos, de encontrarse en un medio en donde la fe ortodoxa era desconocida, se dedicaron a la hermosa pero difícil tarea de fundar una Iglesia Ortodoxa para mantener viva la llama de esta fe, conservada y practicada a través de generaciones por cerca de veinte siglos. El primer Prelado ortodoxo que llegó al país fue el Arzobispo Metropolitano de Tiro y Sidón S. E. Monseñor Elias Dib, paladín de la fe ortodoxa en Chile y pastor de extraordinarias condiciones espirituales, bajo cuya sabia dirección se organizó en Chile la Iglesia Ortodoxa y se construyó el primer templo, dedicado a la memoria de uno de los más grandes santos de la cristiandad, San Jorge Mártir. Existen actualmente en Chile y a lo largo de todo su territorio, aproximadamente 150 mil fieles ortodoxos, de los cuales 120 mil son árabes, siendo los restantes de origen eslavo y helénico que se han incorporado a todas las actividades del país, colaborando en ellas con positivismo y lealtad. Tiene miembros destacados en todos los campos, como las artes, las ciencias, el comercio, la industria y en la política en donde se han desempeñado como Ministros da Estado, altos funcionarios de Gobierno y representantes del Cuerpo Diplomático de Chile. En Chile la Iglesia Ortodoxa está íntimamente ligada a las obras de beneficencia y participa activamente en ellas. Es así como ejerce su apostolado en el Hogar del Niño de la Sociedad de Damas Sirio-Palestina; atiende a más de 50 infantes a quienes les da formación física, cultural, moral y espiritual; ejerce también labores de beneficencia en el Hogar de Ancianos y Policlínica en la Gran Avenida, fundado por la Unión Ara-be de Beneficencia y en el Policlínico Sirio de la Juventud Homsiense. Poseen también un cementerio ortodoxo en Puente Alto y un Monasterio de Monjas, como igualmente, una Escuela de niños ubicada en El Arrayán y participan en la atención del Hogar de Ancianos Rusos, ubicado en la comuna de Conchalí. Por las razones anteriores y en atención a la vasta actividad que desarrolla en Chile la Iglesia Ortodoxa, se ha considerado que no puede permanecer en el país como una comunidad extranjera sino que ha de incorporarse totalmente a él, ya que sus hijos son del país y como tales desean una Iglesia que los interprete en este sentido, sin que ello signifique abandonar en absoluto la fe, tradición y culto ortodoxo. En virtud de estos antecedentes, someto a vuestra consideración, el siguiente Proyecto de ley: "Artículo único.- Concédese personalidad jurídica a la Arquidiócesis Católica Apostólica Ortodoxa de Chile, la que se regirá por sus Estatutos y por las normas canónicas y eclesiásticas aplicables a dicha institución religiosa. La personalidad jurídica que se concede por el inciso anterior regirá por el solo ministerio de la ley, a contar desde el depósito de un ejemplar de sus Estatutos en el Ministerio de Justicia. Artículo transitorio.- Los Estatutos de la Arquidiócesis Católica Apostólica Ortodoxa de Chile deberán ser propuestos, para su aprobación, al Ministerio de Justicia, dentro del plazo de sesenta días de publicada esta ley, y deberán contener, en forma especial, las siguientes menciones: a) Su representación legal, judicial y extrajudicial; b) Los órganos que conformarán la Arquidiócesis, su integración y la forma en que sesionarán y adoptarán sus acuerdos; c) Las facultades y obligaciones de su Consejo; d) El domicilio de la Arquidiócesis, y e) El patrimonio de la misma.". (Fdo.) : José Foncea. 16 MOCION DEL HONORABLE SENADOR SEÑOR MUSALEM, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE QUE LAS EXIGENCIAS DE EDAD MAXIMA ESTABLECIDOS POR LA LEY Nº 16.346 DE LEGITIMACION ADOPTIVA, NO REGIRAN DURANTE UN AÑO. Honorable Senado: En virtud de la ley Nº 16.346, de 20 de octubre de 1965, se estableció en Chile la institución de la legitimación adoptiva, uno de cuyos principales fundamentos es el de evitar el sufrimiento moral a que están expuestos quienes, viviendo como hijos de familia, descubren que, en realidad, las personas que ellos creían sus padres y a los que profesan el cariño y respeto de tales, no son sus verdaderos padres. La referida ley, además, evitó la práctica frecuente en Chile de inscribir como propio a hijos ajenos, delito que se cometía, normalmente, con el laudable propósito de amparar a niños huérfanos o abandonados, y, por último, ideó un sistema que permite identificar totalmente al legitimado con su nueva familia. El artículo 2º de la ley Nº 16.346 dispone, en primer lugar, que "sólo podrán legitimar adoptivamente los cónyuges", salvo las excepciones que el mismo artículo contempla; que dichos cónyuges deben tener cinco o más años de casados; la edad de éstos debe ser superior a treinta años y menor de sesenta y cinco años; que debe existir una diferencia de más de veinte años con el menor que pretende legitimarse, y que el menor haya estado bajo la tuición o cuidado personal de los ligitimantes por un término no inferior a dos años. Los requisitos establecidos por la ley responden a la naturaleza y contenido de la institución; en efecto, se trata, especialmente en lo que a límites de edad se refiere, de asegurar condiciones que se asemejen en cuanto sea posible a la realidad. Se trata que el "pretendido vínculo biológico" entre legitimantes y legitimado pueda, ante terceros, aparecer como "verosímil" y, básicamente, que al propio beneficiado no llegue a presentársele dudas acerca de los reales lazos que lo unen con su familia adoptiva. Sin embargo, pese a la amplitud de los límites de edad establecidos por la ley, se ha detectado la existencia de una multitud de casos particularmente humanos respecto de los cuales el instituto de la legitimación adoptiva no ha podido operar. Es la situación de muchos matrimonios que han amparado a un menor durante muchos años, bridándole la misma atención, cariño y cuidados que los que podrían haber entregado a un hijo propio, quienes, en la actualidad, no pueden legitimarlo adoptivamente por escapar su situación de los estrictos marcos de la ley. Haciéndose cargo de este problema, los artículos 6º y 7º de la ley Nº 17.099, de 12 de febrero de 1969, dispusieron, respectivamente, que "los requisitos de edad mínima y de diferencia de edad con el menor, establecidos en el inciso anterior (se refiere al inciso primero del artículo 2° de la ley Nº 16.346), no les serán exigibles al legitimante por adopción que ya tenga un parentesco legítimo o natural con aquél" y "durante el plazo de un año a contar desde la fecha de promulgación de esta ley, no regirán las exigencias de edad máxima establecidas en los artículos 2º y 3º de la ley Nº 16.346, para el legitimante y legitimado adoptivamente, en su caso.". El plazo señalado en la última de las disposiciones transcritas está vencido. En la actualidad, como se dijo, habiendo transcurrido el plazo establecido en el artículo 7º de la ley Nº 17.099, nuevamente están surgiendo, cada vez con mayor frecuencia, casos que, a veces por pocos meses, no caben dentro de los límites de edad establecidos en el artículo 29 de la ley sobre legitimación adoptiva, muchos de los cuales pudieron haber quedado resueltos de haberse acogido oportunamente a la excepción contenida en el artículo 7º de la ley Nº 17.099. Lamentablemente, por falta de información o de conocimiento y de asesoría adecuada, situaciones como las indicadas aún están sin solución. Por todas estas razones, el Senador que suscribe estima del caso proponeros un proyecto de ley destinado a no hacer aplicables, por el plazo de un año, las exigencias de edad máxima establecidas en los artículos 2º y 3º de ley Nº 16.346, para el legítimamente y el legitimado, en su caso. En tal virtud, tengo el honor de proponeros la aprobación del siguiente Proyecto de ley: "Artículo único.- Durante el plazo de un año, contado desde la fecha de publicación de la presente ley, no regirán las exigencias de edad máxima establecidas en los artículos 2º y 3º de la ley Nº 16.346, para el legitimante y legitimado adoptivamente, en su caso.". (Fdo.) : José Musalem Saffie. 17 MOCION DEL HONORABLE SENADOR SEÑOR REYES, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE REINCORPORA A LA PLANTA DE OPERACION TRANSPORTE DE LA EMPRESA DE TRANSPORTES COLECTIVOS DEL ESTADO A LAS PERSONAS QUE INDICA. Honorable Senado: El DFL. Nº 169, de 1960, Orgánico de la Empresa de Transportes Colectivos del Estado, estatuye, en su artículo 24, que el Director de la misma podrá aplicar al personal toda clase de medidas disciplinarias, incluso la declaración de vacancia del cargo, sin sujeción a sumario, cuando el personal auxiliar cometiere faltas, abusos, imprudencias o negligencias en el ejercicio de sus funciones. El artículo 9º de la ley N° 17.252, modificó el referido artículo 24, disponiendo que la aplicación de las medidas disciplinarias se resolverán por el Director de la Empresa, previo informe de la Comisión de Disciplina, que estará integrada, además, por un representante del personal. Un grupo de 51 funcionarios fueron exonerados por faltas menores, el día 1º de enero de 1970 y la medida de declaración de vacancia de sus cargos no guardó relación alguna con las ínfimas infracciones cometidas. Se trata, en su mayor parte, de personas casadas y con hijos, que han quedado en la cesantía. Corresponde, pues, por razones de justicia, reincorporarlos a la Empresa a fin de evitarles mayores daños. Esto es plenamente fatible, ya que en la Planta de Operación Transporte de la Empresa existen actualmente alrededor de 200 vacantes. Por estas consideraciones, someto a vuestro estudio el siguiente Proyecto de ley: "Artículo 1º.- Déjanse sin efecto las medidas disciplinarias aplicadas en virtud de lo dispuesto en el artículo 24 del DFL. Nº 169, de 1960, a los ex funcionarios que se indican, de la Planta de Operación Transporte de la Empresa de Transportes Colectivos del Estado: Ficha Nombre 4066 Luis Núñez López 6376 Osvaldo Quiroz Zúñiga 3453 Jorge Andaluz San Martín 5001 Raúl Alcaide González 6134 Herbert Quezada Gómez 6331 Waldo Castro Pérez 5116 Celín Rivas Valenzuela 6113 Carlos Araneda Araneda 6232 Alejandro Marabolí Cepeda 5137 Bernardo González Cantillana 6191 José Rojas Rojas 5037 Roberto Gutiérrez Gutiérrez 6435 Leonardo Hormazábal Torrens 6010 Nicanor Echeverría Lobos 370 Feliciano Melo Vega 235 Adolfo Rojas Muñoz 6348 Raúl Torreblanca Valladares 5079 Angel Meza Araneda 5113 Ramón Fuentes Salgado 5066 Manuel Riquelme Ramírez 4308 Luis Villagrán Yáñez 4042 Germán Schultz Villanueva 4126 Sergio Paz Zapata 3360 Mario Alfaro Araya 4460 Pedro Albornoz Contreras 6360 Amador Jerez Farías 4017 Jorge Vargas Contreras 6013 Pedro Castro Gutiérrez 5281 Manuel Flores Fernández 4366 Albino Cortez Bustamante 4164 Mario Quiroz Farías 4364 Pedro Briceño Baltierra 4428 Héctor Pérez Pérez 4429 Eduardo Quinteros Quinteros 6439 Luis Gálvez Román 4058 Luis Moraga Cruz 4378 José Sáez Salazar 3223 Víctor Avalos Pietromoni 5266 Víctor Muñoz Benítez 5280 Orlando González González 6086 Luis Silva Salinas 6052 Julio Munizaga Contreras 4102 Jorge Reyes Rodríguez 6100 Pedro Castro Díaz 3458 Juan Gómez Gómez 3315 Hernán Arenas Arenas 4032 Hugo Allende Berríos 6148 Julio Muñoz Hernández 4492 Patricio Iguerzon Zamorano 3500 José Alcaíno 6430 Guillermo Espejo Bobadilla Artículo 2º.- Reincorpórase, a partir de la fecha de esta ley, a la Planta de Operación Transporte de la referida Empresa, a las personas indicadas en el artículo anterior, las cuales deberán ser encasilladas en los mismos grados que tenían al momento de su separación de la Empresa y con la remuneración asignada en la actualidad a dichos grados.". (Fdo.) : Tomás Reyes V.