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- rdf:value = " 15MOCION DEL HONORABLE SENADOR SEÑOR FONCEA, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE CONCEDE PERSONALIDAD JURIDICA A LA ARQUIDIOCESIS CATOLICA APOSTOLICA ORTODOXA DE CHILE.
Honorable Senado:
La primera Iglesia Oratodoxa en Chile fue fundada por una pequeña comunidad de origen árabe que llegó al país hace alrededor de cincuenta años.
En sus comienzos la Ortodoxia, prominentemente de origen árabe, pasó inadvertida en el país. Sin embargo, a medida que pasaron los años y una vez que nació y creció la primera generación de hijos chilenos que adquirieron una cultura, educación y modos de vidas locales, los progenitores se dieron cuenta que su papel en la escena nacional era mucho más que transitorio, y vaciaron sus energías no sólo para llegar a ser ejemplares ciudadanos de nuestra patria, sino también para perpetuar en ella la fe cristiana ortodoxa. A pesar de sus limitados recursos, de encontrarse en un medio en donde la fe ortodoxa era desconocida, se dedicaron a la hermosa pero difícil tarea de fundar una Iglesia Ortodoxa para mantener viva la llama de esta fe, conservada y practicada a través de generaciones por cerca de veinte siglos.
El primer Prelado ortodoxo que llegó al país fue el Arzobispo Metropolitano de Tiro y Sidón S. E. Monseñor Elias Dib, paladín de la fe ortodoxa en Chile y pastor de extraordinarias condiciones espirituales, bajo cuya sabia dirección se organizó en Chile la Iglesia Ortodoxa y se construyó el primer templo, dedicado a la memoria de uno de los más grandes santos de la cristiandad, San Jorge Mártir.
Existen actualmente en Chile y a lo largo de todo su territorio, aproximadamente 150 mil fieles ortodoxos, de los cuales 120 mil son árabes, siendo los restantes de origen eslavo y helénico que se han incorporado a todas las actividades del país, colaborando en ellas con positivismo y lealtad. Tiene miembros destacados en todos los campos, como las artes, las ciencias, el comercio, la industria y en la política en donde se han desempeñado como Ministros da Estado, altos funcionarios de Gobierno y representantes del Cuerpo Diplomático de Chile.
En Chile la Iglesia Ortodoxa está íntimamente ligada a las obras de beneficencia y participa activamente en ellas. Es así como ejerce su apostolado en el Hogar del Niño de la Sociedad de Damas Sirio-Palestina; atiende a más de 50 infantes a quienes les da formación física, cultural, moral y espiritual; ejerce también labores de beneficencia en el Hogar de Ancianos y Policlínica en la Gran Avenida, fundado por la Unión Arabe de Beneficencia y en el Policlínico Sirio de la Juventud Homsiense. Poseen también un cementerio ortodoxo en Puente Alto y un Monasterio de Monjas, como igualmente, una Escuela de niños ubicada en El Arrayán y participan en la atención del Hogar de Ancianos Rusos, ubicado en la comuna de Conchalí.
Por las razones anteriores y en atención a la vasta actividad que desarrolla en Chile la Iglesia Ortodoxa, se ha considerado que no puede permanecer en el país como una comunidad extranjera sino que ha de incorporarse totalmente a él, ya que sus hijos son del país y como tales desean una Iglesia que los interprete en este sentido, sin que ello signifique abandonar en absoluto la fe, tradición y culto ortodoxo.
En virtud de estos antecedentes, someto a vuestra consideración, el siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo único.- Concédese personalidad jurídica a la Arquidiócesis Católica Apostólica Ortodoxa de Chile, la que se regirá por sus Estatutos y por las normas canónicas y eclesiásticas aplicables a dicha institución religiosa.
La personalidad jurídica que se concede por el inciso anterior regirá por el solo ministerio de la ley, a contar desde el depósito de un ejemplar de sus Estatutos en el Ministerio de Justicia.
Artículo transitorio.- Los Estatutos de la Arquidiócesis Católica Apostólica Ortodoxa de Chile deberán ser propuestos, para su aprobación, al Ministerio de Justicia, dentro del plazo de sesenta días de publicada esta ley, y deberán contener, en forma especial, las siguientes menciones:
a) Su representación legal, judicial y extrajudicial;
b) Los órganos que conformarán la Arquidiócesis, su integración y la forma en que sesionarán y adoptarán sus acuerdos;
c) Las facultades y obligaciones de su Consejo;
d) El domicilio de la Arquidiócesis, y
e) El patrimonio de la misma.".
(Fdo.) : José Foncea.
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