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- rdf:value = " El señor VALENTE.-
El inciso segundo, nuevo, del artículo 1º transitorio debe considerarse con relación al inciso primero, que consigna que las personas que a la fecha de la dictación de la presente ley hubieren obtenido de la Subsecretaría de Transportes una resolución para importar taxis, mantendrán ese derecho.
Quedaron más o menos setecientas cuarenta personas con los registros de importación aprobados, y el Gobierno ha estimado que quienes no pudieron concretar la importación de un vehículo por haber vencido el 4 de febrero del año en curso el plazo de la ley, deben poder recuperar ese derecho.
El inciso primero recupera esta franquicia para los propietarios de taxis, y el inciso segundo, nuevo, consigna que el mismo derecho lo tendrán los choferes que no son dueños de un vehículo de alquiler y que estén en las mismas condiciones.
Por lo tanto, se trata de una disposición de toda justicia.
No sé si procede o no procede reglamentariamente, pero solicito dividir la votación del inciso primero, a fin de eliminar las palabras "y cubrir su valor".
El inciso primero establece que los interesados "deberán presentar sus registros de importación en el Banco Central de Chile y cubrir su valor dentro del plazo de ciento ochenta días, contado desde la publicación de la presente ley." Estimo correcto y justo el plazo de ciento ochenta días que se da para revalidar los registros, pero prácticamente una utopía financiar el valor del vehículo en ese mismo lapso. Ningún taxista, sea propietario o chofer, está en condiciones de solventar la adquisición del vehículo en un plazo tan breve. De ahí que pida la posibilidad de dividir la votación, a fin de eliminar las palabras "y cubrir su valor", para que la última parte del inciso quede como sigue: "para lo cual deberán presentar sus Registros de Importación en el Banco Central de Chile dentro del plazo de ciento ochenta días, contado desde la publicación de la presente ley".
Además, como en el proyecto se establece un sistema especial de créditos que autoriza al Banco del Estado para otorgar préstamos, a veinticuatro meses mínimos, para adquirir vehículos, siempre y cuando el taxista mantenga en dicho organismo, durante sesenta días, por lo menos, un ahorro previo equivalente al 10% del préstamo correspondiente, creo que la revalidación de estos registros -se trata de personas que prácticamente tenían aprobada la importación de un automóvil para alquiler-- debería contar también con el mismo sistema crediticio.
Por tales motivos, los Senadores comunistas aprobaremos el artículo lº transitorio completo, con los dos incisos, pero pidiendo eliminar las palabras de que hice mención.
"
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