REPUBLICA DE CHILE DIARIO DE SESIONES DEL SENADO PUBLICACION OFICIAL LEGISLATURA 313ª, ORDINARIA Sesión 47ª, en martes 7 de septiembre de 1971 Ordinaria (De 16.14 a 19.25) PRESIDENCIA DE LOS SEÑORES PATRICIO AYLWIN AZOCAR, PRESIDENTE, Y RICARDO FERRANDO KEUN, VICEPRESIDENTE. SECRETARIOS, EL SEÑOR PELAGIO FIGUEROA TORO, Y EL PROSECRETARIO, SEÑOR DANIEL EGAS MATAMÁLA. INDICE. Versión taquigráfica. Pág. I.- ASISTENCIA II.- APERTURA DE LA SESION III.- TRAMITACION DE ACTAS IV.- LECTURA DE LA CUENTA Supresión de reajustabilidad a determinadas deudas habitacionales. Preferencia 3679 Derecho a voto de los analfabetos. Preferencia 3679 Réplica a observaciones sobre alcances a declaraciones del Ministro de Economía. Homenaje a Brasil 3680 Ataques de Director General de Investigaciones a Senador señor Hamilton 3680 V.- FACIL DESPACHO: Proyecto de ley, en primer trámite, que otorga permiso de tráfico regular a líneas aéreas comerciales (queda pendiente la discusión) 3689 Proposición de archivo (se aprueba) 3689 Proyecto de ley, en tercer trámite, que otorga subvención para Círculo del Personal en Retiro de las Fuerzas Armadas "Sargento 1º Sinecio Jara Muñoz", de Talca (se aprueba) 3689' VI.- ORDEN DEL DIA: Observaciones, en segundo trámite, al proyecto que fija las rentas del Presidente de la República, Ministros de Estado y otros funcionarios (se despachan) 3690 Proyecto de ley, en cuarto trámite, que modifica el Código del Trabajo y crea tribunales y cargos en la Judicatura del Trabajo (se despacha) 3691 Proyecto de ley, en primer trámite, que autoriza a la Junta de Adelanto de Arica para constituir e integrar sociedades (se aprueba) 3693 Proyecto de ley, en segundo trámite, que concede recursos para la construcción de hospital y local para Liceo de Hombres de San Fernando (se aprueba) 3694 Proyecto de ley, en primer trámite, que establece un poder comprador permanente de papas por ECA en Chiloé (queda pendiente la discusión) 3694 Proyecto de ley, en cuarto trámite, que suprime la reajustabilidad a determinadas deudas habitacionales (queda pendiente la discusión). 3705 VII.- TIEMPO DE VOTACIONES: Fijación de día para conocer de la acusación entablada en contra del Ministro de Obras Públicas y Transportes, don Pascual Barraza Barraza (se acuerda) 3708 Publicación de discursos 3709 VIII.- INCIDENTES: Peticiones de oficios (se anuncian) 3709 Réplica a observaciones sobre alcances a declaraciones públicas del Ministro de Economía (observaciones del señor Ibáñez) 3713. Negativa de Canal Nacional de Televisión a cumplir disposiciones sobre el derecho de réplica (observaciones del señor Ibáñez) 3716 Política internacional de Chile. Aniversario de la Independencia de Brasil (observaciones del señor Ibáñez) 3720 Anexos. DOCUMENTOS: 1.- Proyecto de ley, en cuarto trámite, que regula el ejercicio del derecho a voto de los analfabetos 3724 2.- Proyecto de ley, en segundo trámite, que establece un impuesto a la transferencia de automóviles, camionetas y station wagons, en beneficio de la Federación Chilena de Automovilismo Deportivo 3724 3.- Informe de la Comisión de Gobierno recaído en el proyecto que autoriza a la Municipalidad de Fresia para contratar empréstitos 3725 4.- Informe de la Comisión de Relaciones Exteriores recaído en el proyecto de acuerdo que aprueba el Convenio de la UNESCO, relativo a la lucha en contra de las discriminaciones en la enseñanza 3726 5.- Informe de la Comisión de Educación Pública recaído en el proyecto de acuerdo que aprueba el Convenio de la UNESCO, relativo a la lucha en contra de las discriminaciones en la enseñanza 3729 6.- Informe de la Comisión de Relaciones Exteriores recaído en el proyecto de acuerdo que aprueba el Convenio Relativo a los Servicios Aéreos suscrito entre Chile y Bélgica 3730 7.- Informe de la Comisión de Relaciones Exteriores recaído en el proyecto de acuerdo que aprueba el Convenio sobre Transporte Aéreo suscrito entre Chile y la República de Cuba 3733 8.- Informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento recaído en la acusación constitucional deducida por el señor Norberto Seckel Frankestein en contra del señor Ministro de Obras Públicas y Transportes, don Pascual Barraza Barraza . 3737 9.- Informe de la Comisión de Hacienda recaído en el proyecto que libera de impuestos, derechos y cualquier otro gravamen la internación al país de una ambulancia destinada a la Congregación de las Religiosas Hospitalarias del Santísimo Corazón de Jesús 3740 10.- Informe de la Comisión de Obras Públicas recaído en el proyecto que establece que la Corporación de Servicios Habitacionales transferirá una vivienda en la ciudad de Talca a doña Iris Cid Pardo, viuda del ex funcionario de la Dirección de Vialidad señor Manuel Mejías Ramírez 3741 11.- Informe de la Comisión de Salud Pública recaído en el proyecto que denomina "Hospital Regional Doctor Leonardo Guzmán" al Hospital Regional El Salvador, de Antofagasta 3743 12.- Informe de la Comisión de Trabajo y Previsión Social recaído en el proyecto que aumenta las remuneraciones mínimas de los empleados de farmacia 3744 13.- Moción de los Honorables Senadores señores Carmona, Lorca, Musalem, Palma y Reyes, con la que inician un proyecto que establece normas sobre publicidad del índice de Precios al Consumidor 3749 14.- Moción del Honorable señor Aylwin, con la que inicia un proyecto que establece que los dueños de predios rústicos de superficie no superior a cuarenta hectáreas de riego básicas, que sean expropiados por la construcción de Embalse Convento Viejo, tendrán derecho a que la Corporación de Reforma Agraria les asigne tierras de valor equivalente al de sus actuales predios 3752 VERSION TAQUIGRAFICA. I.- ASISTENCIA. Asistieron los señores: Acuña Rosas, Américo Aylwin Azocar, Patricio Ballesteros Reyes, Eugenio Campusano Chávez, Julieta Carmona Peralta, Juan de Dios Carrera Villavicencio, María Elena Chadwick Valdés, Tomás Durán Neumann, Julio Ferrando Keun, Ricardo, Foncea Aedo, José Fuentealba Moena, Renán García Garzena, Víctor Gumucio Vives, Rafael Agustín Hamilton Depassier, Juan Ibáñez Ojeda, Pedro Irureta Aburto, Narciso Jerez Horta, Alberto Juliet Gómez, Raúl Lorca Valencia, Alfredo Miranda Ramírez, Hugo Montes Moraga, Jorge Musalem Saffie, José Noemi Huerta, Alejandro Ochagavía Valdés, Fernando Olguín Zapata, Osvaldo Palma Vicuña, Ignacio Prado Casas, Benjamín Reyes Vicuña, Tomás Silva Ulloa, Ramón Tarud Siwady, Rafael, y Valente Rossi, Luis. Concurrió, además, el señor Ministro de Justicia, don Lisandro Cruz Ponce. Actuó de Secretario el señor Pelagio Figueroa Toro y de Prosecretario el señor Daniel Egas Matamata. II.- APERTURA DE LA SESION. -Se abrió la sesión a las 16.14, en presencia de 16 señores Senadores. El señor AYLWIN (Presidente).- En el nombre de Dios, se abre la sesión. III.- TRAMITACION DE ACTAS. El señor AYLWIN (Presidente).- Se da por aprobada el acta de la sesión 43ª, que no ha sido observada. Las actas de las sesiones 44ª, 45ª y 46a, quedan en Secretaría a disposición de los señores Senadores hasta la sesión próxima, para su aprobación. (Véanse las actas aprobadas en el Boletín). IV.- LECTURA DE LA CUENTA. El señor AYLWIN (Presidente).- Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretaría. El señor PROSECRETARIO.- Las siguientes son las comunicaciones recibidas: Mensajes. Cinco de Su Excelencia el Presidente de la República. Con el primero, hace presente la urgencia para el despacho de los siguientes proyectos de ley: 1) El que establece normas que permitan a los imponentes que queden cesantes continuar las operaciones de adquisición de viviendas (pendiente en segundo trámite constitucional. En tabla). -Se califica de "simple" la urgencia. 2) El que regula el ejercicio del derecho a voto de los analfabetos (pendiente en cuarto trámite constitucional. En tabla). -Se califica de "simple" la urgencia. 3) El que suprime la reajustabilidad de determinadas deudas habitacionales (pendiente en cuarto trámite. En tabla). -Se califica de "simple" la urgencia. Con el segundo, retira la urgencia hecha presente para el despacho del proyecto de ley que establece normas para los casos de paralización de industrias, establecimientos o empresas que hayan sido declarados en quiebra. -Queda retirada la urgencia. Con el tercero, concede el patrocinio constitucional necesario para tramitar el proyecto de ley, iniciado en moción del Honorable Senador señor Aylwin, que beneficia, por gracia, a doña María Luisa Elcira Ovalle Rodríguez. -Se manda agregarlo a sus antecedentes y el proyecto pasa a la Comisión de Asuntos de Gracia. Con los dos últimos, solicita el retiro de los siguientes proyectos de ley que se encuentran pendientes en segundo trámite constitucional en esta Corporación, iniciados en Mensajes de Su Excelencia el Presidente de la República: El que modifica el artículo 17 del Código de Minería. El que modifica diversas disposiciones del Código de Minería. -Se accede. Oficios. Seis de la Honorable Cámara de Diputados. Con el primero, comunica que ha tenido a bien aprobar el informe de la Comisión Mixta de Diputados y Senadores, designada para resolver las dificultades producidas con motivo de las insistencias de ambas Cámaras en diversos artículos del proyecto de ley que modifica el Código Orgánico de Tribunales y dicta nuevas normas relativas al Poder Judicial. -Se manda comunicarlo a Su Excelencia el Presidente de la República. Con el segundo, comunica que ha tenido a bien aprobar, con excepción de la que indica, las enmiendas introducidas por el Senado al proyecto de ley que regula el ejercicio del derecho a voto de los analfabetos (véase en los Anexos, documento 1). -Queda para tabla. Con el que sigue, comunica que ha tenido a bien prestar su aprobación al proyecto de ley que establece un impuesto a la transferencia de automóviles, camionetas y station wagons, en beneficio de la Federación Chilena de Automovilismo Deportivo (véase en los Anexos, documento 2). -Pasa a la Comisión de Hacienda. Con los tres últimos, comunica que ha tenido a bien aprobar las modificaciones introducidas por el Senado a los siguientes proyectos de ley: Fique denomina "Guillermo Labarca Hubertson" a la Escuela Nº 9, de Panguipulli. El que crea la comuna subdelegación de Entre Lagos, en el departamento de Osorno. 3) El que establece normas aplicables a la ejecución de obras en las Fuerzas Armadas. -Se manda archivarlos. Uno de los señores Ministros de Hacienda y de Defensa Nacional, con el que formulan indicación al proyecto de ley que libera a los espectáculos deportivos del impuesto establecido en el inciso segundo del artículo 30 de la ley Nº 14.171, y establece diversas disposiciones modificatorias de la ley Nº 17.276. -Se manda agregarlo a sus antecedentes. Dieciocho, de los señores Ministros del Interior, de Educación Pública, y de Salud Pública, y de los señores Contralor General de la República, Superintendente de Seguridad Social, Subsecretario de la Vivienda y Urbanismo, Vicepresidente Ejecutivo de la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, Vicepresidente Ejecutivo de la Corporación de Fomento de la Producción, Director General del Servicio de Seguro Social, Director General del Servicio Nacional de Salud y Director Técnico de la Corporación de Reforma Agraria, con los cuales dan respuesta a las peticiones que se indican, formuladas por los Honorables Senadores señores Acuña (1), Aguirre Doolan (2), Baltra (3), Foncea (4), Fuentealba (5), Luengo (6), Ochagavía (7), Olguín (8), Pablo (9), Papic (10), Silva Ulloa (11), Valente (12) y Valenzuela (13) : Ampliación de local de la Escuela Nº 27, de Valdivia. Ambulancia para localidad de Buchupureo, Ñuble. Construcción de escuela en reducción de Trapa-Trapa, Bío-Bío. Nuevo local para Escuela de Enseñanza Básica Nº 6, de Talca. Créditos para asentados de Hacienda "Santa Elena", Angol. Construcción de local para Liceo de Enseñanza Media de Puerto Saavedra. Desperfectos en calderas de Hospital de Punta Arenas. Préstamo a empleados públicos de Iquique. Construcción de locales para establecimientos educacionales que señala. 10) Reparaciones en establecimientos de enseñanza que indica. Ambulancia para posta de Máfil, Valdivia. Categoría de Tenencia para Retén de Máfil, Valdivia. Reglamento de la ley Nº 17.228. Desperfectos en calderas de Hospital de Punta Arenas. Nómina de adquirentes de viviendas en Población "Pueblo Nuevo", de Iquique. Encasillamiento de Personal Auxiliar de Servicios Menores del Ministerio de Educación. 13) Entrega de fondos provenientes de Ley del Cobre. Creación de Agencia del Servicio de Seguro Social en Lolol, Colchagua. -Quedan a disposición de los señores Senadores. Dos del señor Subsecretario General de Gobierno, con los que da respuesta a igual número de oficios de esta Corporación mediante los cuales se puso en conocimiento de Su Excelencia el Presidente de la República, para los efectos del patrocinio constitucional necesario, los siguientes proyectos de ley, iniciados en mociones de los Honorables señores Senadores que se indican: Del señor Hamilton, que exime del impuesto establecido en el artículo 9º de la ley Nº 12.120 a los residentes de las provincias de Aisén y Magallanes que adquieran divisas para trasladarse por tierra a otro punto del país. Del señor Aguirre Doolan, que beneficia al personal de choferes de la Empresa de Transportes Colectivos del Estado jubilado por salud irrecuperable. -Quedan a disposición de los señores Senadores. Uno del señor Contralor General de la República, con el que remite un ejemplar del Estado de Fondos Fiscales y Balance Presupuestario de Entradas y Gastos, correspondiente al mes de junio de 1971. -Pasa a la Oficina de Informaciones. Informes. Uno de la Comisión de Gobierno, recaído en el proyecto de la Honorable Cámara de Diputados, que autoriza a la Municipalidad de Fresia para contratar empréstitos (véase en los Anexos, documento 3). Uno de la Comisión de Relaciones Exteriores y otro de la de Educación Pública, recaídos en el proyecto de acuerdo de la Honorable Cámara de Diputados, que aprueba el Convenio de la UNESCO, relativo a la lucha en contra de las discriminaciones en la enseñanza (véanse en los Anexos, documentos 4 y 5). Dos de la Comisión de Relaciones Exteriores, recaídos en los siguientes proyectos de acuerdo de la Honorable Cámara de Diputados: 1) El que aprueba el Convenio relativo a los Servicios Aéreos, suscrito entre Chile y Bélgica (véase, en los Anexos, documento, 6). 2) El que aprueba el Convenio sobre Transporte Aéreo suscrito entre Chile y la República de Cuba (véase en los Anexos, documento 7). Uno de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, recaído en la acusación constitucional deducida por el señor Norberto Seckel Frankestein en contra del señor Ministro de Obras Públicas y Transportes, don Pascual Barraza, en conformidad a lo establecido en el artículo 42, atribución 2ª, de la Constitución Política del Estado (véase en los Anexos, documento 8). Informe de la Comisión de Hacienda recaído en el proyecto de ley de la Honorable Cámara de Diputados que libera de impuestos, derechos y cualquier otro gravamen la internación al país de una ambulancia destinada a la Congregación de las Religiosas Hospitalarias del Santísimo Corazón de Jesús (véase en los Anexos, documento 9). Uno de la Comisión de Obras Públicas y otro de la Comisión de Asuntos de Gracia, recaídos en el proyecto de ley de la Honorable Cámara de Diputados, que establece que la Corporación de Servicios Habitacionales transferirá una vivienda en la ciudad de Talca a doña Iris Cid Pardo, viuda del ex funcionario de la Dirección de Vialidad señor Manuel Mejías Ramírez (véase en los Anexos, documento 10). Uno de la Comisión de Salud Pública, recaído en el proyecto de ley, iniciado en moción de los Honorables Senadores señores Carmona y Olguín, que denomina "Hospital Regional Doctor Leonardo Guzmán" al Hospital Regional El Salvador, de Antofagasta (véase en los Anexos, documento 11). Uno de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, recaído en el proyecto de ley de la Honorable Cámara de Diputados, que aumenta las remuneraciones mínimas de los empleados de farmacia (véase en los Anexos, documento 12). Uno de la Comisión de Asuntos de Gracia y otro de la Revisora de Peticiones, recaídos en el proyecto de ley de la Honorable Cámara de Diputados, que otorga una pensión, por gracia, a doña Graciela del Carmen Montero Fehrman. Uno de la Comisión de Asuntos de Gracia, recaído en el proyecto de ley, iniciado en moción del Honorable Senador señor Ferrando, que beneficia, por gracia, a doña Benilde Schneider Eble. -Quedan para tabla. Mociones. Una de los Honorables Senadores señores Carmona, Lorca, Musalem, Palma y Reyes, con la que inician un proyecto de ley que establece normas sobre publicidad del índice de Precios al Consumidor (véase en los Anexos, documento 13). -Pasa a la Comisión de Economía y Comercio. Una del Honorable Senador señor Aylwin, con la que inicia un proyecto de ley que establece que los dueños de predios rústicos de superficie no superior a cuarenta hectáreas de riego básicas, que sean expropiados por la construcción del Embalse Convento Viejo, tendrán derecho a que la Corporación de Reforma Agraria les asigne tierras de valor equivalente al de sus actuales predios (véase en los Anexos, documento 14). -Pasa a la Comisión de Agricultura y Colonización. Una de los Honorables Senadores señores Aylwin, Ferrando y Fuentealba, que autoriza la importación y libera del pago de derechos la internación de vehículos motorizados tipo "jeep" o camionetas destinados a organizaciones campesinas. Una del Honorable Senador señor Lorca, con la que inicia un proyecto de ley que establece diversos beneficios en favor de los pensionados de la Caja de Previsión de Empleados Particulares. -Se manda comunicar a Su Excelencia, el Presidente de la República para los efectos del patrocinio constitucional necesario. Permiso constitucional. El Honorable Senador señor Baltra solicita permiso para ausentarse del país por más de 30 días, a contar del día 6 del mes en curso. -Se accede. Creo útil, urgente y necesario que el Senado lo trate, a fin de que, si se produce un eventual quinto trámite, la Cámara alcance a despacharlo antes del término de la legislatura ordinaria. El señor AYLWIN (Presidente).- Para dar preferencia en el Orden del Día a un asunto, se requiere el acuerdo de los dos tercios de los Comités. En consecuencia, sería cuestión de que los señores Comités reunieran las firmas necesarias, y si lo logran, la Mesa atenderá el pedido, ya que por sí sola no puede dar preferencia a un proyecto. En todo caso, se tramitará el acuerdo respectivo. DERECHO A VOTO DE LOS ANALFABETOS. PREFERENCIA. SUPRESION DE REAJUSTABILIDAD DE DETERMINADAS DEUDAS HABITACIONALES. PREFERENCIA. El señor VALENTE.- Pido la palabra. El señor AYLWIN (Presidente).- Para referirse a la Cuenta, tiene la palabra Su Señoría. El señor VALENTE.- Señor Presidente, durante la Cuenta acabamos de calificar de "simple" la urgencia hecha presente por el Ejecutivo para el proyecto que suprime la reajustabilidad de determinadas deudas habitacionales, que se encuentra en cuarto trámite constitucional y ubicado en el octavo lugar de la tabla de hoy. En sesiones anteriores acordamos despacharlo con prioridad, dada su importancia, aparte que tenía urgencia. Por lo tanto, solicito de la Mesa ver la posibilidad de obtener un acuerdo de Comités, para despacharlo en la sesión de hoy -podría ser en la última media hora del Orden del Día- o ubicarlo en el primer lugar de la tabla de mañana. El señor MONTES.- Pido la palabra. El señor AYLWIN (Presidente).- Sobre la Cuenta, tiene la palabra el señor Senador. El señor MONTES.- Se dio cuenta de que de la Cámara de Diputados llegó, en un nuevo trámite constitucional el proyecto que regula el ejercicio del derecho a voto de los analfabetos, con lo cual estaría en condiciones de figurar en la tabla. Ahora bien, considerando que en la Cuenta se señala que la Cámara ha tenido a bien aprobar, con excepción de la que indica, las enmiendas que le introdujo el Senado, me atrevo a proponer tratarlo y despacharlo en los últimos cinco minutos del Orden del Día de esta sesión, o que se vea la posibilidad de colocarlo en lugar preferente en la tabla de la sesión ordinaria de mañana, con el objeto de que sea ley cuanto antes. El señor AYLWIN (Presidente).- Señor Senador, si se dio cuenta del proyecto en la presente sesión, debe figurar en la tabla de mañana. Además, si tiene urgencia y está en cuarto trámite constitucional, debe ocupar el primer lugar. En todo caso, si hubiera alguna duda, la Mesa tramitaría un acuerdo de Comités. REPLICA A OBSERVACIONES SOBRE ALCANCES A DECLARACIONES DEL MINISTRO DE ECONOMIA. HOMENAJE A BRASIL. El señor IBAÑEZ.- Deseo informar al Senado que en la hora de Incidentes de hoy daré respuesta a la diatriba que escribió en mi contra el Honorable señor Teitelboim, quien, no obstante ser muy riguroso defensor del Reglamento del Senado, no me advirtió ni me notificó de que me aludiría. Por eso, ya anuncio ahora que me referiré a él. El señor AYLWIN (Presidente).- No se refiere a la Cuenta la intervención de Su Señoría. El señor IBAÑEZ.- Todos los señores Senadores han hablado sobre la tabla, señor Presidente. El señor MONTES.- No, señor Senador: sobre la Cuenta. El señor IBAÑEZ.- Todos los señores Senadores que me precedieron en el uso de la palabra pidieron modificaciones de la tabla. El señor MONTES.- Sobre asuntos de la Cuenta. El señor IBAÑEZ.- Pidieron modificaciones de la tabla, señor Senador. Como decía, en la hora de Incidentes deseo referirme a dos asuntos que, me parece, interesan al Senado. Y quiero desde ya advertir que uno de ellos está relacionado con la actitud del Canal 7 de Televisión, que impide ejercer el derecho a réplica desconociendo los acuerdos del Consejo Nacional de Televisión. El señor MONTES.- Eso nada tiene que ver con la Cuenta. El señor IBAÑEZ.- El otro -lo advierto también a tiempo, por si algún señor Senador desea intervenir- se relaciona con un homenaje que rendiré a Brasil. Y quiero que lo sepan los Honorables colegas, por si alguno desea participar. ATAQUES DE DIRECTOR GENERAL DE INVESTIGACIONES A SENADOR SEÑOR HAMILTON. El señor HAMILTON.- ¿Me permite, señor Presidente? Quiero pedir al Senado que me conceda diez minutos para referirme a un problema que no sólo me atañe en forma personal, sino que, indirectamente, a todos los señores Senadores. El señor AYLWIN (Presidente).- El Honorable señor Hamilton ha pedido a la Mesa solicitar el asentimiento unánime de la Sala para usar de la palabra por diez minutos para referirse a un asunto ajeno a la Cuenta. El señor MONTES.- No conocemos la materia de que se trata. Ya en una ocasión anterior... El señor HAMILTON.- Puedo informar a Su Señoría de qué materia se trata, pues no deseo sorprender a nadie. El señor MONTES.- Evidentemente; pero el Honorable señor Ibáñez nos sorprendió con este tipo de problemas, y se creó una situación muy desagradable. El señor IBAÑEZ.- ¿Porque anuncié que intervendría en la hora de Incidentes ? El señor HAMILTON.- En estos momentos estoy siendo objeto de una campaña de difamación por parte de determinados sectores, mediante la cual se me ha injuriado, calumniado e infamado. Recuerdo que en numerosas oportunidades otros señores Senadores, enfrentados a situaciones parecidas, han solicitado, en esta misma parte de la sesión, que se les concedan algunos minutos para defenderse, y jamás se les ha negado tal derecho. No tengo intención de ocultar cuál es el tema que trataré: me referiré a las declaraciones hechas sobre mí por el Director de Investigaciones. De manera que no estoy pasando gatos por liebres. Derechamente, estoy diciendo para qué pido que se me concedan diez minutos en esta oportunidad. El señor AYLWIN (Presidente).- ¿Habría acuerdo en la Sala para acceder a lo solicitado por el Honorable señor Hamilton? El señor MONTES.- Siempre que nosotros podamos disponer también de algún tiempo para responder, si lo estimamos necesario. El señor IBAÑEZ.- Lógico. El señor HAMILTON.- Conforme. El señor AYLWIN (Presidente).- Con la venia de la Sala, Su Señoría puede usar de la palabra por diez minutos. El señor HAMILTON.- Deploro tener que distraer la atención del Senado sobre un tema ajeno a las materias que deben tratarse en esta sesión. Sin embargo, me parece que su gravedad justifica que así lo haga. El día viernes 3 del presente la opinión pública se vio conmovida con la triste noticia del desaparecimiento de una avioneta del Servicio de Investigaciones y de tres funcionarios de este organismo: dos pilotos y el Inspector Jefe del servicio de la guardia personal del Presidente de la República. Esta avioneta habría desaparecido en el viaje de regreso al país, después de acompañar al Presidente de la República en su gira al exterior. La versión oficial que se entregó y que aparece en el diario "El Mercurio" del día 3 fue extraordinariamente escueta e incompleta. Simplemente, dice lo siguiente: "Por su parte, el Subsecretario del Interior emitió una declaración confirmando esta noticia. Explicó que este avión participaba en la gira del Presidente Allende. Despegó desde Nieva a las 8.46 del miércoles con destino al aeropuerto de Guayaquil, lugar al que no llegó a la hora prefijada." Ese es el comunicado oficial que conoció el país. El mismo día que se publicó esta versión, recibí en la sala del Vicepresidente de la Corporación a un familiar muy directamente vinculado con uno de los tres tripulantes del avión. Esa persona me entregó importantes antecedentes relacionados con esta materia, que no habían sido mencionados en el parte oficial. Porque compartía la preocupación general respecto de la suerte de los tres chilenos desaparecidos y porque no figuraban en el parte oficial, los entregué al conocimiento público. Al mismo tiempo, me formulé algunas interrogantes con relación a ese viaje y pedí una investigación al Ministerio del Interior. Leeré la parte pertinente de la versión periodística, a fin de que los señores Senadores que no la conocieron puedan apreciar el exacto alcance de ellas: "De acuerdo a las denuncias hechas a Hamilton, el avión iba sobrecargado. Aparte de la carga el avión llevaba pistolas, bombas lacrimógenas y paquetes con afiches de la campaña de Allende. "En la cabina se instalaron tambores de aceite como estanques suplementarios de bencina. Por tierra, dos días antes del despegue del monomotor habían partido dos patrulleras de Investigaciones con las que el avión debía mantener contacto permanente. "El Senador Hamilton agregó: "El itinerario del avión fue el siguiente, de acuerdo a los datos que se me han proporcionado : Santiago-Arica; Arica-Lima; Lima-Tumbes. En este pueblito de Tumbes, ubicado entre las fronteras de Perú y Ecuador, la máquina estuvo 36 horas. De allí volvió a Quito. De Quito a Guayaquil. Y de este último punto nuevamente a Quito. En seguida, se dirigió a Bogotá. "De regreso partió el avión en la ruta interior que siguió el avión Boeing en que viaja el Presidente Allende, la que no es recomendable y es peligrosa para aviones chicos, que normalmente toman la ruta costera." "Hamilton puntualizó que la máquina desapareció el 1° de septiembre y pasaron 36 horas sin conocerse la noticia. Asimismo dijo que la máquina tuvo un aterrizaje forzoso en Nieva, desde donde despegó a las 10 horas del día 1º de septiembre. "El Senador en relación con el viaje y desaparecimiento de la máquina formuló las siguientes interrogantes: ¿qué papel cumplía este avión y por qué se envió con todos los riesgos del caso un monomotor y no se empleó otro medio?, ¿para qué se requería armas y bombas lacrimógenas? "¿El Director de Investigaciones dio cuenta a sus superiores del viaje del Pipper y de las camionetas y por qué se han ocultado todos los antecedentes de ambos viajes?" "La declaración termina diciendo: "Espero que el Ministerio del Interior realice una investigación para determinar las causas del desaparecimiento con sus ocupantes y espero que sancionen a las personas que dispusieron un viaje tan descabellado"." Hasta ahí las declaraciones que reprodujo un diario de la tarde de ese día, que transcriben las informaciones que recogí, las interrogantes que planteé y que se estaba planteando también gran cantidad de chilenos y la investigación que, sugerí, debía realizar el Ministerio del Interior. Los antecedentes de hecho -me referiré a ellos a continuación- no han sido desvirtuados y permanecen en pie. Las interrogantes no han sido aclaradas, y hasta ahora, que yo sepa, no se ha iniciado investigación alguna. Mientras tanto, ¿qué ha ocurrido? El señor Director de Investigaciones, en una actitud absolutamente desusada; en términos injuriosos y calumniosos; demostrando un descontrol impropio de quien tiene la alta responsabilidad de dirigir la policía civil, se refirió al representante popular que habla, que se había limitado a expresar la inquietud de un pariente de uno de los desaparecidos y planteado las interrogantes que se hacían en ese momento todos los chilenos a quienes preocupaba el caso, en términos absolutamente injuriosos y tratando inútilmente de descalificarme. A fin de aprovechar al máximo el tiempo que gentilmente me ha otorgado la Sala, pido insertar en esta parte de mi intervención la declaración que entregué al respecto. -El documento cuya inserción se acuerda más adelante, dice como sigue: "Días atrás, entregué antecedentes de hecho que recibí con relación al riesgoso viaje al exterior de la avioneta de Investigaciones y sus tripulantes desaparecidos; solicité una investigación del Ministerio del Interior para esclarecer lo ocurrido y determinar las responsabilidades consiguientes, y formulé algunas interrogantes que, a la luz de esos tristes acontecimientos, se hacen muchos chilenos. "Los hechos que relaté son ciertos y no han sido desvirtuados; la investigación que pedí aún no se ha iniciado y las interrogantes planteadas permanecen sin respuesta. "No obstante, como única y poco convincente reacción, he sido objeto de una declaración pública en la que el señor Director del Servicio de Investigaciones intenta vanamente de descalificarme con injurias y calumnias. "Esas declaraciones constituyen delito y de ellas responderá el señor Paredes ante la Justicia Ordinaria. "Sorprende que el Jefe de Investigaciones, frente a la justificada preocupación de un representante popular por la suerte corrida por tres meritorios servidores públicos, trate de eludir la responsabilidad que pueda caberle en el desaparecimiento de ellos, intentando descalificar a quien ha puesto en conocimiento público hechos y circunstancias que habían sido deliberadamente ocultados. "En lo personal no me alcanzan las ofensas del señor Paredes ni lo seguiré en el camino de la diatriba. "Sus declaraciones sólo contribuyen a configurar su absoluta falta de idoneidad para desempeñar las delicadas responsabilidades que le han sido confiadas; y su irracional reacción mueve a preocupación, porque revela el descontrolado temperamento de quien detenta el poder de la policía civil y demuestra que su permanencia en el cargo constituye un riesgo serio para todo chileno que, desde cualquier ángulo, discrepe de sus posiciones extremistas. "El país tiene derecho a conocer todos los antecedentes de la descabellada aventura en que el Director de Investigaciones embarcó a tres de sus subordinados, cuya suerte preocupa hoy a todos los chilenos. "Sorprenderá que en las angustiosas circunstancias en que viven los familiares de los funcionarios desaparecidos y sus colegas del Servicio, el señor Director de Investigaciones abandone despreocupadamente el país para asistir a una conferencia internacional de rutina." El señor HAMILTON.- El señor Director de Investigaciones no se refirió a ninguna de las interrogantes, no trató ninguno de los antecedentes que yo proporcioné ni agregó nada sobre la materia. Simplemente, en el más puro estilo nazi-totalitario, trató de descalificar personalmente a quien había hecho la denuncia, calumniándolo, infamándolo e injuriándolo -porque lo trató de ladrón, de vanidoso y de fresco-, para sintetizar en tres adjetivos las ofensas formuladas por él. Como la versión de sus declaraciones difiere entre lo publicado por "El Siglo", "Puro Chile" y "Clarín", tomaré una de ellas, de acuerdo con la cual el señor Director de Investigaciones, frente a los antecedentes de hecho que yo entregué expresa lo, siguiente: "Lo que pasa es que a ese señor Hamilton se le está achicando el bolsillo y no puede enriquecerse como lo hacía con turbios negocios durante el régimen anterior." No hay precedentes en la historia política de nuestro país, que yo sepa, de que un funcionario del nivel e importancia del Director de Investigaciones se haya referido, no digo en términos iguales, sino remotamente parecidos, a un representante popular. Si tuviéramos que hacer memoria -aquí está presente el Honorable señor' Chadwick-, tendríamos que recordar que durante la Administración pasada el Subdirector de Investigaciones, que en aquel entonces tenía también la calidad de dirigente sindical, después de haber sido directamente ofendido por el Honorable señor Altamirano, replicó en términos políticos. El Senador Altamirano, se querelló. La querella fue acogida, y ese funcionario fue declarado reo por haber faltado al crédito y por haber menospreciado la persona del parlamentario en referencia. Y el Ministro del Interior de esa época, el señor Leighton, suspendió por algún tiempo del ejercicio de su cargo al Subdirector de Investigaciones. No hubo, entonces, injuria alguna, imputación de delito alguno; no hubo calumnia ni falsedad alguna por parte de ese funcionario de Investigaciones para con el Senador Altamirano. El señor FERRANDO (Vicepresidente).- Ha terminado el tiempo de Su Señoría. El señor HAMILTON.- Pido a la Sala que tenga a bien prorrogarme el tiempo. Trataré de ser lo más breve, a fin de poner término a mis observaciones. No tengo interés en extenderme demasiado. Me limitaré a lo estrictamente necesario. El señor MONTES.- ¿Dispondremos todos de igual tiempo? El señor FERRANDO (Vicepresidente).- ¿Habría acuerdo de la Sala para prorrogar el tiempo al Honorable señor Hamilton hasta por cinco minutos? Acordado. Puede continuar Su Señoría. El señor HAMILTON.- Agradezco a los señores Senadores su deferencia. En consecuencia, no se ha tratado de aclarar, o siquiera de refutar lo que he sostenido. Sólo se ha procurado descalificarme personalmente, injuriarme y suponerme toda clase de intenciones. Con posterioridad se conocieron las declaraciones, no del Director de Investigaciones, sino del señor Subdirector, quien ha recogido algunas de las afirmaciones de hecho que di a conocer públicamente; y las del señor Subsecretario del Interior, que también se refirió a alguna de esas afirmaciones. En primer término, sostienen que la avioneta no llevaba propaganda. Yo no puedo comprobar -tal vez nunca lo podremos saber con seguridad absoluta- si la llevaba o no la llevaba, sí iba en la camioneta o en las patrulleras que hacían el viaje por tierra. En todo caso, no creo que la llevara personalmente el Presidente de la República en el avión Boeing de LAN o los periodistas que lo acompañaron en aviones de la FACH. Pero todos los que vimos las transmisiones de Televisión Nacional sobre la llegada del Presidente Allende a Bogotá, pudimos apreciar también los mismos afiches que hace algún tiempo se pegaban en las calles de Santiago y que ahora eran exhibidos por muchos simpatizantes y manifestantes que concurrieron a dar la bienvenida al Presidente de Chile en esa ciudad. En segundo lugar, se sostiene que era absurdo pensar que pudieran ir bombas lacrimógenas en esa avioneta sobrecargada. Sin embargo, un cable de la Asociated Press publicado en el diario "Las Ultimas Noticias" del 2 de septiembre, dice otra cosa. Ahí se puede leer, textualmente: "El diario "El Vespertino", de Bogotá dice que "Los detectives chileno llegaron a esgrimir armas y arrojaron dos bombas lacrimógenas contra los guardaespaldas colombianos, cuando su actitud se hizo más irreconciliable."" En seguida el Subsecretario del Interior ha dicho que éste era un viaje de rutina, y no descabellado, como sostuve yo; y que se había hecho en otras oportunidades. Al respecto, citó de paso el viaje del Presidente Frei a Punta del Este. Yo quiero rectificarlo y decirle con claridad que eso es de falsedad absoluta, pues nunca la avioneta monomotor de Investigaciones salió de Chile durante el régimen anterior. Es muy distinto mandar un avión a Punta del Este, balneario muy cercano a Chile y a donde se viaja por una ruta conocida y sin peligros, que mandarlo a Bogotá, por una ruta larga, desconocida y difícil. Es muy distinto que el Director de Investigaciones vaya personalmente -como lo hizo Emilio Oelckers- a preocuparse con la debida anticipación de las medidas de protección que la policía local iba a prestar al Presidente de Chile, que enviar a un funcionario, que no es de la más alta jerarquía en Investigaciones, a una misión similar. Y más diferente aún es hacer un viaje por una ruta internacional con un avión bimotor, como lo hizo a Punta del Este don Emilio Oelckers, que realizarlo en un aparato monomotor, en una ruta tan arriesgada y peligrosa, como lo demuestra el hecho que hoy día todos lamentamos. En seguida, se ha dicho que hubo gran preocupación de las autoridades de Gobierno. No cabe duda alguna de que Su Excelencia el Presidente de la República debe estar preocupado, como tienen que estarlo también el señor Ministro del Interior y todas las personas que directa o indirectamente tienen alguna responsabilidad en el Servicio de Investigaciones; pero también consta en "La Prensa" la declaración de un abogado serio y responsable, ex diplomático y político chileno, consuegro del piloto del avión, quien dijo que a los tres días de ocurridos los hechos fue él quien habló con los servicios de rescate de Ecuador y Perú, porque hasta ese momento ninguna autoridad chilena se había puesto en contacto con ellos para solicitarles que iniciaran la búsqueda del avión y sus tripulantes. Estos son los hechos. Ninguno de ellos ha sido refutado. Nadie ha dado una explicación del viaje de ese avión ni qué hicieron sus tripulantes durante 36 horas en un pueblito en el Norte del Perú. Lo único que se ha hecho a través de la prensa, la radio y la televisión, es una campaña sistemática destinada a descalificarme, por parte de los hombres que hoy día son Gobierno y que ayer hicieron ruda oposición y negaron la sal y el agua. La Administración del señor Frei no procedió en tal forma, pues, como Gobierno de mentalidad democrática, respetó a la Oposición, aun cuando ésta se excedió. Sin embargo, ahora que nosotros, desde la Oposición, estamos indirectamente colaborando con la actual Administración, cuando a veces discrepamos de ella o le hacemos algunas objeciones, se nos califica de antipatriotas o de sediciosos y se atropella nuestra investidura parlamentaria,... El señor AYLWIN (Presidente).- Ha terminado el tiempo de Su Señoría. El señor HAMILTON.- ... en una campaña difamatoria que el Gobierno con todo su poder creciente de difusión, maneja sin ninguna consideración y en forma totalitaria, tratando de acallar toda oposición. El señor AYLWIN (Presidente).- Puede usar de la palabra el Honorable señor Jerez. El señor JEREZ.- El Honorable señor Hamilton, como cualquier otro Senador, lógicamente tiene todo el derecho de defenderse de las imputaciones que se hagan a su persona; pero ahora estamos discutiendo un hecho muy concreto derivado de las denuncias hechas por Su Señoría y que fueron recogidas por cierta prensa. En primer lugar, cabe hacer presente que el Honorable señor Hamilton ha puesto en duda las informaciones del Subsecretario del Interior; sin embargo, nosotros debemos creer las que él nos trae no obstante habérselas proporcionado una persona anónima, que no se responsabiliza de ellas. Sólo en la última parte de su intervención, el Honorable colega mencionó el hecho de que un abogado le entregó algunos antecedentes relacionados con el Servicio de Rescate Aéreo del país en que se produjo el accidente. Estimo muy débil su argumentación, porque toda ella se basa en lo dicho por una persona que no conocemos, que no se responsabiliza por lo expresado y cuyo nombre ignoramos. El Honorable señor Hamilton, que es abogado, debe saber que ningún tribunal se puede pronunciar sobre un hecho -en este caso, el Senado debe formarse juicio, y en ese sentido procederá como tribunal-, sobre la base de una información o testimonio de personas que no se responsabilicen o sobre las cuales no se sabe absolutamente nada, máxime si se pretende argumentar fundándose en ese testimonio. Por otro lado, la suposición del señor Senador respecto del material que llevaba el avión adolece de la misma debilidad,' porque el aparato aún no ha aparecido. Por lo tanto, si el Subsecretario del Interior u otra persona responsable afirma que el avión no transportaba propaganda, tenemos derecho a creer que no la llevaba, sobre todo si el señor Senador funda su denuncia en los antecedentes que le entregó una persona que desconocemos. A fin de que no se haga más escándalo sobre la obligación que tienen la guardia personal del Presidente y el Servicio de Investigaciones de resguardar la integridad del Mandatario chileno cuando sale al extranjero, debo dar a conocer a Sus Señorías que en el diario "Tribuna" de hoy aparece una información en la cual se da a conocer que en Bogotá se habría producido un incidente muy sospechoso: un grupo de tres o cuatro automóviles habría tratado de violentar la caravana e introducirse en lugares donde no les correspondía. Las personas que los ocupaban habrían actuado de manera tan violenta y arbitraria que debieron ser repelidas. Agrega el texto de la noticia que el Servicio de Investigaciones, hoy día tan vilipendiado por el Honorable señor Hamilton, puso en su lugar a quienes asumieron una actitud en extremo sospechosa. El señor HAMILTON.- No he vilipendiado al Servicio de Investigaciones; le tengo gran respeto, porque lo conozco de cerca. El señor JEREZ.- En todo caso, Honorable colega, queda claro que es indispensable adoptar el máximo de precauciones para resguardar la vida del Presidente de la República, máxime cuando aquí en Chile, elementos reaccionarios han pretendido torcer la voluntad del pueblo y que no asumiera el actual Jefe del Estado, a costa de la sangre de un distinguido general, y cuando existe la certeza de que quien defiende las posiciones que sostiene Allende corre el riesgo de que agentes de potencias extranjeras que tienen interés en que fracase el experimento chileno, puedan atentar contra el Mandatario chileno. Por ello, el Servicio de Investigaciones tiene la obligación -y ello no constituye un mérito- de proceder en la forma más expedita posible. En consecuencia, si el avión transportaba armas o éstas se llevaban por vía terrestre, bien hecho está, porque la gente que custodia la persona del Presidente de la República no podrá cumplir su cometido si no posee un poder de defensa similar al de que disponen sus adversarios. Reitero que la noticia no proviene ni de la prensa de Gobierno ni de los periódicos adversarios de la Oposición, sino de un diario que se caracteriza por su reconocido antagonismo al Gobierno, el cual denunció el hecho que nosotros sólo conocimos a través de la prensa. Desde luego, es indiscutible que la investigación debe hacerse; pero mientras tanto no se puede desconocer que el Jefe del Estado visitó el cuartel de Investigaciones y que el señor Ministro del Interior sostuvo entrevistas con el Director de ese servicio para referirse a los hechos y aclararlos. De manera que el Gobierno cumplirá rigurosamente la obligación de esclarecer estos hechos. Por último -para que puedan opinar otros señores Senadores, ya que entiendo que así lo harán-, deseo recordar que hace pocos años se produjo una situación similar, cuando falleció el ex Director de Investigaciones, señor Emilio Oelekers.. Me refiero a este asunto para dar respuesta a las observaciones del Honorable señor Hamilton. Respecto de ese accidente, la Oposición de esa época no hizo gran caudal político, ni procedió en forma tan agresiva ni tratando de crear un clima de duda en cuanto a las razones que habrían motivado el viaje y las causas que originaron el accidente. Tampoco se lucubró acerca de si el avión era de uno o dos motores; si en esa oportunidad el aparato transportaba propaganda política, ni tampoco se inquirió acerca del motivo de su misión. El señor FONCEA.- Pero eso ocurrió dentro del territorio nacional. El señor HAMILTON-Las situaciones son muy distintas. El señor JEREZ.- Perdónenme, señores Senadores. Ese es un criterio totalmente estrecho, pues no veo qué razón hay para sentar diferencias según si el accidente se produjo aquí o allá. Lo importante es aclarar la responsabilidad de los funcionarios del Servicio de Investigaciones. Por lo demás, supongo que nadie pretenderá desconocer que es el Jefe del Estado quien maneja las relaciones internacionales, y que diversos organismos, como ocurre con el Servicio de Investigaciones, encargado de velar por la seguridad del Primer Mandatario, también dependen directamente del Ejecutivo. En la oportunidad en que falleció Emilio Oelckers, la Oposición, contrariamente a lo señalado por el Honorable señor Hamilton, no negó la sal ni el agua, ni tuvo una actitud venenosa ni crítica, sino que simplemente lamentó lo ocurrido. Por lo demás, allí no se aclaró nada; de manera que no se venga ahora a pedir acuciosidad cuando no se la tuvo en otra oportunidad para esclarecer otros hechos similares. El señor MONTES.- ¿Quedan algunos minutos para hacer algunas observaciones? El señor AYLWIN (Presidente).- Le restan ocho minutos, señor Senador. El señor MONTES.- A nuestro juicio, con este tipo de denuncias a que ha hecho mención el Honorable señor Hamilton, se pretende obnubilar o empañar lo que es más importante: la gran victoria política que para el país y para los chilenos ha significado el viaje del Presidente de la República a tres países de América Latina, lo cual abre «1 camino para consolidar nuestras relaciones con el resto del continente. Esta gira ha tenido resultados favorables para el desarrollo de nuestras naciones, y no sólo para el Gobierno de la Unidad Popular o la persona del Presidente de la República. Por ello, nos extraña que dejando de lado ese acontecimiento y sin decir una palabra acerca del éxito alcanzado estos últimos días en materia de relaciones internacionales por el Presidente Allende, se intente empañar el gran significado de esa gira con pequeñas intrigas y con una oposición que yo llamaría de mínima dimensión. Incluso se trata de escarbar simples nimiedades y anécdotas intrascendentes, que puedan señalar, de una u otra manera,... El señor HAMILTON.- ¿ Acaso son intrascendentes las vidas de otras personas? El señor MONTES.- Me voy a referir a eso, señor Senador. Si Su Señoría con alturas de miras, hubiera lamentado ese suceso en toda la magnitud que significa la pérdida de ese avión y la muerte de los tres funcionarios de Investigaciones, concordaríamos en que sus palabras tienen alguna validez; pero cuando se pretende aprovechar esa desgracia para fines de oposición pequeña, no podemos sino calificar de mezquinas intrigas y de afán publicitario indecoroso el que se pretenda utilizar tal tipo de expedientes para obnubilar el importante significado que para el país tiene la gira del Presidente de la República. ¿Qué desea el Honorable señor Hamilton? En la práctica ha acusado a esos funcionarios de Investigaciones de incumplimiento de su deber, de contrabandistas, de realizar actividades ilícitas, de llevar armas hacia otros países, de transportar propaganda política. Inclusive habla de tambores de aceite y gasolina, etcétera, También se ha referido al incidente que se habría producido entre la guardia personal del Presidente Allende y la policía de Colombia, en Bogotá. Recuerdo que en un programa teledifundido anoche o antenoche, la periodista Silvia Pinto preguntó al señor Ministro de Relaciones Exteriores, señor Clodomiro. Almeyda, si era efectivo el incidente. Según la noticia que esa profesional leyó, repetida ahora por el Honorable señor Hamilton, los hechos habrían ocurrido en la losa, alrededor del aparato que el Presi-dente de Chile tomaría para viajar al Perú y posteriormente regresar a Chile. Lógicamente, estas pequeñas intrigas, como las he catalogado, tratan de crear-problemas con las naciones amigas, empañar el alto significado que para el país tiene la gira del Presidente Allende y alegrarse de una desgracia, haciendo una publicidad que, a mi juicio, no se aviene a la seriedad con que un Senador debe enfrentar problemas trascendentes para la nación. Era cuanto quería decir. Si algún minuto resta de mi tiempo, le concedo una interrupción al Honorable señor Jerez. El señor JEREZ.- Quiero dar a conocer a la Sala que acabo de hablar con el Subdirector de Investigaciones, el compañero Carlos Toro, quien iba a solicitar más antecedentes sobre esta situación. Dicho funcionario me expresó lo siguiente: que la familia del piloto Binder ha entregado una declaración a Investigaciones en la cual desmiente terminantemente lo aseverado por el abogado señor Rau, que es otro de los elementos de juicio usados por el Honorable señor Hamilton en esa oportunidad y en su intervención de esta tarde. Es decir, aparte que el primer informante es un ente anónimo, desconocido y que no se responsabiliza de sus afirmaciones, quien sí lo hace, el señor Rau, ha sido desmentido por una declaración, que se publicará mañana, de la familia del piloto Binder. El señor OCHAGAVIA.- ¿ Cuánto tiempo queda, señor Presidente? El señor AYLWIN (Presidente).- Restan dos minutos, señor Senador. El señor OCHAGAVIA.- En nombre de les Senadores de estas bancas, deseo manifestar que no entraremos a juzgar las declaraciones hechas por el Honorable señor Hamilton. Tampoco estamos en condiciones de poder establecer los hechos que Su Señoría planteó y las interrogantes que se formula. Sin embargo, deseamos decir que, a nuestro juicio, un parlamentario tiene derecho a formularse las preguntas que el señor Senador se planteó, cualquiera que sea la opinión que ellas puedan merecer a los organismos de Gobierno. Concretamente, denunciamos la campaña de desprestigio -en nuestro concepto, absolutamente incalificable-, mediante la cual el Ejecutivo y sus personeros -en este caso, funcionarios de alta jerarquía- pretenden descalificar a parlamentarios, a representantes del pueblo, que en este momento hacen uso de una atribución legítima. Tal procedimiento refleja una actitud orquestada, dirigida por el Gobierno y por instrumentos a su servicio, que plantean, a través de sus medios de expresión, los puntos de vista del Ejecutivo. Rechazamos tal proceder y levantamos nuestra protesta por esa práctica, en la cual se pretende incluir a todos aquellos que hoy son Oposición, y que envuelve un espíritu absolutamente antidemocrático. Repito: no nos pronunciamos sobre la materia planteada por el Honorable señor Hamilton, pero protestamos por las actitudes antes señaladas y lamentamos que ninguno de los señores Senadores que intervinieron esta tarde haya dicho algo al respecto. El señor JEREZ.- Excúseme, señor Senador. Está muy equivocado. .. El señor OCHAGAVIA.- Si la Mesa lo autoriza, con el mayor agrado le concederé una interrupción. El señor AYLWIN (Presidente).- Queda medio minuto. El señor JEREZ.- Comencé diciendo que reconozco al Honorable señor Hamilton su derecho a defenderse. Deseo recordar que hace un año, en un debate habido en el Senado, Su Señoría, que no pertenecía al partido de Gobierno, injurió al Honorable señor Hamilton. El señor OCHAGAVIA.- No estamos debatiendo si debemos conceder al Honorable señor Hamilton el derecho a defenderse. Sólo queremos dejar constancia de que son inaceptables las ofensas de que ha sido víctima un parlamentario por parte de funcionarios del Ejecutivo, y por ello protestamos. El señor AYLWIN (Presidente).- Ha terminado el tiempo, señor Senador. El señor CHADWICK.- Pido la palabra, señor Presidente. Fui aludido por el Honorable señor Hamilton, quien mencionó mi nombre en forma ambigua, y no quiero dejar pasar la ocasión sin aclarar algunos conceptos. El señor AYLWIN (Presidente).- Lo lamento, pero ya terminaron los quince minutos de que disponían los señores Senadores para responder las observaciones del Honorable señor Hamilton. V.- FACIL DESPACHO. PERMISO DE TRAFICO REGULAR A LINEAS AEREAS COMERCIALES. El señor FIGUEROA (Secretario).- Corresponde tratar un proyecto iniciado en moción del Honorable señor Hamilton que establece que la Junta de Aeronáutica Civil otorgará permiso de tráfico aéreo regular a las líneas aéreas comerciales que indica para operar la ruta entre Santiago y las provincias de Aisén y Magallanes. -Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de ley (moción del señor Hamilton): En primer trámite, sesión 26», en 27 de julio de 1971. Informe de Comisión: Obras Públicas, sesión 37», en 17 de agosto de 1971. Discusión: Sesiones 43ª, en 31 de agosto de 1971; 44ª, en 1º de setiembre de 1971. El señor FIGUEROA (Secretario).- La iniciativa tiene informe de la Comisión de Obras Públicas. Su discusión quedó pendiente en la sesión realizada el día primero del mes en curso y estaba con el uso de la palabra el Honorable señor Hamilton. Por su parte, ha llegado a la Mesa una petición, de acuerdo con el artículo 124 del Reglamento, de clausurar el debate. El señor AYLWIN (Presidente).- En conformidad al Reglamento, la petición de clausura del debate debe votarse en la próxima sesión ordinaria. PROPOSICION DE ARCHIVO. El señor FIGUEROA (Secretario).- Proyecto, iniciado en moción de los Honorables señores Papic e Irureta, que destina 20% de los fondos consignados en el artículo 43 de la ley Nº 17.382 a las Municipalidades de Valdivia, Osorno y Llanquihue. -El informe figura en los Anexos de la sesión 38ª, en 18 de agosto de 1971. El señor FIGUEROA (Secretario).- La Comisión de Hacienda, en informe suscrito por los Honorables señores Palma (Presidente), Ibáñez, Musalem y Silva Ulloa, recomienda a la Sala enviar al Archivo la iniciativa, por haberse legislado sobre el particular. -Se aprueba el informe de la Comisión. SUBVENCION PARA CIRCULO DEL PERSONAL EN RETIRO DE LAS FUERZAS ARMADAS "SARGENTO 1º SINECIO JARA MUÑOZ", DE TALCA. El señor FIGUEROA (Secretario).- Proyecto, en tercer trámite constitucional, que autoriza al Presidente de la República para otorgar una subvención al Círculo del Personal en ¡Retiro de las Fuerzas Armadas "Sargento Primero Sinecio Jara Muñoz", de Talca. -Los antecedentes sobre el proyecto figuran" en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de ley (moción de los señores Aylwin y Foncea): En primer trámite, sesión 22ª, en 20 de julio de 1971. : " En tercer trámite, sesión 44ª,"en 1º de setiembre de 1971. Informe de Comisión: Hacienda, sesión 27ª, en 28 de julio de 1971. Discusión: Sesión 30ª, en 4 de agosto de 1971 (se aprueba en general y particular). El señor FIGUEROA (Secretario).- La Cámara modificó el proyecto del Senado intercalando en el inciso primero del artículo único, a continuación de la cifra "Eº 1.000.000", lo siguiente: "y al Círculo "Sargento Segundo Santiago Torres" de Puerto Montt, Eº 10.000.". En el mismo inciso, ha puesto en plural los términos "destine" y "sede social". -Se aprueba el proyecto con las modificaciones señaladas. VI. ORDEN DEL DIA. FIJACION DE RENTAS DE PRESIDENTE DE LA REPUBLICA, MINISTROS DE ESTADO Y OTROS FUNCIONARIOS. VETO. El señor FIGUEROA (Secretario).- Corresponde debatir las observaciones del Ejecutivo, en segundo trámite, al proyecto que establece el monto de las rentas que percibirán el Presidente de la República, los Ministros de Estado y otros funcionarios. -Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de ley: En segundo trámite, sesión 61ª, en 27 de abril de 1971. Observaciones en segundo trámite, sesión 36ª, en 17 de agosto de 1971. Informes de Comisión: Gobierno, sesión 6ª, en 10 de junio de 1971. Gobierno (veto), sesión 43ª, en 31 de agosto de 1971. Discusión: Sesión 9ª, en 16 de junio de 1971 (se aprueba en general y partícula). El señor FIGUEROA (Secretario).- La Comisión de Gobierno, en informe suscrito por los Honorables señores Lorca (Presidente), García, Hamilton y Montes, sugiere a la Sala aprobar la primera observación del Ejecutivo y rechazar la segunda, al igual que ha procedido la Cámara. El señor FERRANDO (Vicepresidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. Si le parece a la Sala, se aprobará el proyecto en la forma propuesta por la Comisión. El señor MONTES.- No, pido votación. El señor FERRANDO (Vicepresidente).- En votación. El señor FIGUEROA (Secretario).- ¿Se aprueban o no las observaciones? El señor JULIET.- Estamos todos de acuerdo. El señor HAMILTON.- Estamos de acuerdo, señor Presidente. El señor FIGUEROA (Secretario).- Hay dos observaciones. La Comisión recomienda aprobar la primera y rechazar la segunda. El señor JULIET.- Procedamos en la misma forma en que lo hizo la Comisión. El señor FERRANDO (Vicepresidente).- Se ha pedido votación. El señor JULIET.- Pero respecto de la primera todos los sectores estamos de acuerdo en aprobarla. El señor FERRANDO (Vicepresidente).- Repito, se pidió votación. Si le parece a la Sala, se aprobará la primera observación. El señor OCHAGAVIA.- Ruego al señor Presidente mirar hacia este lado, pues estamos pidiendo votación. El señor FERRANDO (Vicepresidente).- En votación la primera observación del Ejecutivo. - (Durante la votación). El señor IBAÑEZ.- Voy a votar al final, porque nadie ha explicado de qué se trata. El señor OCHAGAVIA.- Por eso pedí votación. El señor FIGUEROA (Secretario).- La Comisión, a la cual asistió el Honorable señor García, acordó por unanimidad aprobar la primera observación. El señor IBAÑEZ.- Entonces, se aprueba. -Se aprueba la observación (24 votos, todos por la afirmativa). El señor FIGUEROA (Secretario).- En cuanto a la segunda, tanto la Cámara como la Comisión la desecharon. Cualquiera resolución que adopte el Senado al respecto, no surte efecto. El señor FERRANDO (Vicepresidente).- Si le parece a la Sala, el Senado rechazará esta observación. El señor MONTES.- Sé que no tiene objeto, pero pido votación. El señor FERRANDO (Vicepresidente).- En votación. -Se rechaza la observación (16 votos contra 8). MODIFICACION DEL CODIGO DEL TRABAJO Y CREACION DE TRIBUNALES Y CARGOS EN LA JUDICATURA DEL TRABAJO. CUARTO TRAMITE. El señor FIGUEROA (Secretario).- Proyecto de ley, en cuarto trámite constitucional, que modifica el Código del Trabajo y crea tribunales y nuevos cargos en la judicatura del trabajo. -Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de ley: En segundo trámite, sesión 1ª, en 1º de junio de 1971. En cuarto trámite, sesión 43ª, en 31 de agosto de 1971. Informe de Comisión: Legislación, sesión 22ª, en 20 de julio de 1971. Discusión: Sesiones 29ª, en 3 de agosto de 1971 (se aprueba en general); 34ª, en 12 de agosto de 1971 (se aprueba en particular). El señor FIGUEROA (Secretario).- La Cámara de Diputados aprobó las modificaciones introducidas por el Senado, con excepción de las siguientes, que rechazó: En el artículo 8º, la que tiene por objeto sustituir el inciso final del artículo 496 del Código del Trabajo, que se reemplaza en esta disposición. El señor FERRANDO (Vicepresidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. En votación. -(Durante la votación). El señor AYLWIN.- Al discutirse esta iniciativa nos encontramos con que el sistema establecido por la Cámara tendía a que en todos los lugares donde no hay juez del trabajo, el de letras fuera juez tramitador, y el asunto se enviara para su fallo al del trabajo del departamento correspondiente. En la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, lo mismo que en la Sala, las opiniones se dividieron, porque algunos estimamos que tal sistema era absolutamente inconveniente y que rompía la unidad del proceso. Con todo, habiendo prevalecido una opinión favorable a dicho procedimiento, hubo acuerdo de todos los sectores del Senado -en la Comisión, primero, y en la Sala, después- para establecer una excepción en los asuntos que se promuevan en Isla de Pascua y en los procesos laborales de cuantía inferior a dos sueldos vitales mensuales del departamento de Santiago. Se pensó que establecer que un pleito del trabajo que se producía en Isla de Pascua debía ventilarse allí y posteriormente enviarse al juez de Valparaíso para su fallo, era crear un sistema sumamente engorroso, y que remitir el asunto para su sentencia a un juez distinto del que lo tramitó, en los pleitos de cuantía inferior a dos sueldos vitales mensuales, resultaba también muy oneroso para la parte trabajadora. Por tal motivo, hubo acuerdo en la Comisión, -si mal no recuerdo, fue el propio señor Ministro de Justicia quien hizo la sugerencia- para exceptuar a los asuntos laborales de cuantía inferior a dos sueldos vitales mensuales, que el Senador que habla pretendió, sin éxito, elevar a cinco. Según ello, aunque por regla general regirá el sistema fijado en el proyecto, de que las cuestiones se ventilen ante un juzgado y se fallen en el juzgado del trabajo, cuando se trate de pleitos en Isla de Pascua o de cuantía inferior a dos sueldos vitales, el juez tramitador, que será el juez de letras del1 departamento respectivo, será a la vez el juez sentenciador, con lo cual se aligerará y facilitará la tramitación de estos juicios de poca monta. Por tales razones, voto por que el Senado insista en su criterio, que en la ocasión anterior fue unánime. -Se acuerda insistir (23 votos por la afirmativa y 1 pareo). El señor FIGUEROA (Secretario).- La Cámara desechó la supresión del artículo' 13, que dice: "Créanse Juzgados del Trabajo en los departamentos de Arica, Los Andes, San Fernando, Curicó, Cauquenes, Arauco, 'Angol, Castro, Chile Chico, y en aquellos cuyo promedio anual de ingreso de causas supere a ochenta causas mensuales por cada juzgado. "El Presidente de la República dictará el decreto respectivo para el cumplimiento de esta disposición, cuando las disponibilidades presupuestarias lo permitan." El Senado rechazó la disposición. El señor FERRANDO (Vicepresidente).- En discusión. Ofrezco la palabra. El señor CRUZ (Ministro de Justicia).- La Cámara insistió en su primitivo precepto, que permite al Ejecutivo crear, tan pronto como disponga de los recursos necesarios, por medio de un decreto, los juzgados que señala. Tal sistema está establecido en nuestra legislación respecto de los juzgados de menores y de los de menor cuantía, los cuales pueden ser creados por el Ejecutivo mediante la dictación de un decreto y sin necesidad de recurrir a una ley. Como en la práctica será necesario instalar tales juzgados del trabajo en diversas ciudades del país, la Cámara aprobó por unanimidad la indicación pertinente, la cual fue patrocinada por un señor Diputado. Por tales razones, solicito al Senado no insistir en el rechazo de la disposición. El señor FERRANDO (Vicepresidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. En votación. - (Durante la votación). El señor GARCIA.- Considero que debemos insistir en nuestro criterio, por cuanto tales departamentos, en especial Los Andes, San Fernando, Curicó, Cauquenes, Arauco, Angol, Castro y Chile Chico, no tienen un movimiento judicial que justifique la medida. Se pretende crear juzgados paralelos, en circunstancias de que los que hay ahora son suficientes. Si se tratara de establecerlos en Santiago, estaría de acuerdo, pero no podemos crear dichos organismos en lugares donde no se necesitan con la urgencia que se los requiere en otras partes. Hay una política tendiente a crear juzgados de acuerdo con el números de causas que a ellos ingresen. A mi juicio, ésta es la única fórmula técnica de hacerlo. Las apreciaciones no sirven absolutamente de nada. En su oportunidad, la disposición fue rechazada, por estimarse injustificado crear nuevos juzgados que sólo tratarían, una, dos o tres causas en el mes, constituyendo un dispendio de energías y de profesionales. Por tales razones, somos partidarios de rechazar el criterio de la Cámara. El señor CHADWICK.- La propia disposición contesta al Honorable señor García, pues se exige que por lo menos haya un ingreso de 80 causas mensuales. En consideración a la necesidad de que los trabajadores dispongan de tribunales a los cuales acudir en defensa de sus derechos, no insistiremos. -Se acuerda no insistir (19 votos por la no insistencia, 3 por la insistencia y 1 pareo), y queda terminada la discusión del proyecto en este trámite. AUTORIZACION A JUNTA DE ADELANTO DE ARICA PARA CONSTITUIR E INTEGRAR SOCIEDADES. El señor FIGUEROA (Secretario).- Proyecto de ley, iniciado en moción del Honorable señor Valente, que faculta a la Junta de Adelanto de Arica para constituir e integrar sociedades. -Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de ley (moción del señor Valente): En primer trámite, sesión 45ª, en 9 de marzo de 1971. Informes de Comisión: Economía, sesión 10ª, en 22 de junio de 1971. Economía (segundo), sesión 40ª, en 25 de agosto de 1971. Discusión: Sesiones 19ª, en 7 de julio de 1971; 31ª, en 5 de agosto de 1971 (se aprueba en general); 44ª, en 1° de setiembre de 1971. El señor FIGUEROA (Secretario).- La Comisión de Economía y Comercio propone diversas modificaciones en su segundo informe. -Reglamentariamente, por no haber sido objeto de indicaciones ni de enmiendas, se aprueban los artículos 1º, 2º y 3º. El señor FIGUEROA (Secretario).- Seguidamente, la Comisión propone reemplazar el artículo 4º por el siguiente: "Lo dispuesto en los artículos anterior-res será aplicable, al igual que para la Junta de Adelanto de Arica, a la Corporación de Magallanes y demás organismos públicos de desarrollo regional. "Los Tesoreros provinciales o comunales serán los responsables de depositar los recursos que correspondan a los organismos de desarrollo regional en sus respectivas cuentas corrientes tan pronto aquéllos se recauden. "La Contraloría General de la República examinará y juzgará las cuentas de la Corporación de Magallanes, pero sus resoluciones no estarán sujetas al trámite de toma de razón por parte de aquella institución." -Se aprueba la enmienda propuesta por la Comisión, con la abstención de los Senadores socialistas. El señor FIGUEROA (Secretario).- Respecto del artículo 5°, la Comisión propone sustituir la expresión "De un representante de las Juntas de Vecinos del departamento de Arica, elegido en votación directa y secreta por todos los miembros de dichos organismos;" por la siguiente: "De un representante de los pequeños industriales del departamento de Arica, elegido en votación directa y secreta por todos ellos en conformidad al reglamento que al efecto dictará el Presidente de la República dentro de los 30 días siguientes a la promulgación de la presente ley;". -Se aprueba la enmienda pro-puesta por la Comisión, con la abstención de los Senadores socialistas, y queda terminada la discusión del proyecto en este trámite. CONSTRUCCION DE HOSPITAL Y LOCAL PARA LICEO DE HOMBRES DE SAN FERNANDO. El señor FIGUEROA (Secretario).- Proyecto de ley de la Cámara de Diputados que concede recursos para la construcción de un hospital y de un local para el Liceo de Hombres de San Fernando. -Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de ley: En segundo trámite, sesión 9ª, en 20 de junio de 1967. Informes de Comisión: Obras Públicas, sesión 21ª, en 18 de julio de 1967. Obras Públicas (segundo), sesión 42ª, en 26 de agosto de 1971. Hacienda, sesión 42ª, en 26 de agosto de 1971. Discusión: Sesión 58ª, en 6 de febrero de 1968. El señor FIGUEROA (Secretario).- El proyecto cuenta con segundos informes de las Comisiones de Hacienda y de Obras Públicas. La primera de ellas propone modificar el informe de la Comisión de Obras Públicas, sustituyendo el proyecto en su totalidad por un solo artículo. -Se aprueba el informe de la Comisión de Hacienda, y queda terminada la discusión del proyecto en este trámite. PODER COMPRADOR PERMANENTE DE PAPAS POR ECA EN CHILOE. El señor FIGUEROA (Secretario).- Proyecto de ley, iniciado en moción del Honorable señor Hamilton, que establece que la Empresa de Comercio Agrícola mantendrá permanentemente un poder comprador de papas en la provincia de Chiloé. -Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de ley (moción del señor Hamilton): En primer trámite, sesión 9ª, en 16 de junio de 1971. Informes de Comisión: Economía, sesión 19ª, en 7 de julio de 1971. Economía (segundo), sesión 43ª, en 31 de agosto de 1971. Discusión: Sesiones 34ª, en 12 de agosto de 1971 42ª, en 26 de agosto de 1971 (se aprueba en general). El señor FIGUEROA (Secretario).- La Comisión de Economía y Comercio, en su segundo informe, suscrito por los Honorables señores Hamilton (Presidente), Carmona y Noemi, hace presente a la Sala que todos los artículos del proyecto fueron objeto de indicaciones, y que la primera enmienda consiste en sustituir el artículo 3º por el siguiente: "Artículo 3.- El Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, dentro de los primeros quince días del mes de septiembre de cada año, fijará el precio mínimo que pagará la Empresa de Comercio Agrícola por cada kilogramo de papa que compre de conformidad al artículo 1°. Este precio regirá desde el día 16 de septiembre hasta el día 15 del mismo mes del año siguiente. "El precio que se determine de conformidad al inciso primero se reajustará anualmente en el porcentaje de alza que experimenten los costos de producción de la papa, el que en caso alguno podrá ser inferior al que se aplique al salario mínimo campesino en el lapso señalado en el inciso precedente de vigencia del precio de la papa en el período inmediatamente anterior. "Si la Empresa de Comercio Agrícola, durante el período de vigencia del precio de compra de papas en la provincia de Chiloé referido en el inciso primero, pagare un precio superior por el mismo producto en la provincia de Llanquihue, deberá reajustar aquél al de éste en forma automática." El señor FERRANDO (Vicepresidente).- En discusión. Ofrezco la palabra. El señor VALENTE.- Cuando se estudió el primer informe de este proyecto, se escucharon algunas opiniones del Vicepresidente de la Empresa de Comercio Agrícola y de otros funcionarios que señalaron la ninguna necesidad de legislar sobre esta materia, porque la institución estaba adoptando todas las medidas planteadas en esta iniciativa: abrir un poder compra permanente de papas en la provincia de Chiloé, realizar algunas obras públicas para almacenar el producto y asegurar a los pequeños productores de la zona la venta de sus cosechas. Hace pocos días leímos en la prensa la determinación de la Empresa de Comercio Agrícola de abrir poder comprador permanente del tubérculo y de poner en marcha toda esta política de defensa de los productores de Chiloé, consistente en adquirir la totalidad de su producción a un precio conveniente. Esta información fue confirmada por el Vicepresidente de la ECA, quien señaló que la ley sería prácticamente inoperante, pues en la zona se están llevando a cabo todas aquellas medidas tendientes no sólo a regularizar la situación de los productores y a propender a un ordenamiento de la producción, sino también a industrializar la papa, hecho fundamental y básico para el desarrollo de la zona. En esa información del señor Vicepresidente, se mencionaba que la Empresa de Comercio Agrícola está planteando la industrialización del tubérculo con el propósito de no desperdiciarlo, como ha sucedido hasta este momento. Expresó que no se vendía cierta producción de papa de mala calidad por no tener acogida en el consumidor, y que por tal motivo no cabía otra posibilidad que industrializarla. En ese sentido, quiero advertir al Senado que esta información del señor Vicepresidente es compartida por nosotros, y la damos a conocer ahora a fin de que la Corporación la conozca y resuelva sobre la base de la política que está siguiendo la ECA en la provincia de Chiloé. El señor OCHAGAVIA.- Lamento contradecir al Honorable señor Valente, cuya fuente de información, por representar Su Señoría al extremo norte del país, debe provenir sólo de lo expresado por el señor Vicepresidente de la ECA y. no de lo que haya podido constatar. Digo lo anterior porque quienes somos representantes de la región austral podemos asegurar al Senado que en estos meses la situación existente en esas provincias ha sido extraordinariamente grave y totalmente distinta de lo planteado por el señor Vicepresidente de la ECA a través del Senador comunista señor Valente. La provincia de Chiloé ha vivido trastornos climáticos muy serios, porque durante la temporada de verano no pudo cosecharse cereales ni forraje, aunque hubo una cosecha abundante de papas. Como es habitual, la comercialización de este producto, -por desgracia, el mercado es restringido-, proveniente de pequeños propietarios, se debe hacer sobre una producción estimada en 200 mil sacos, cifra que no corresponde a una información mía, sino a datos oficiales entregados y reconocidos por funcionarios de los organismos del agro. La situación es absolutamente grave, porque la Empresa de Comercio Agrícola recientemente, la semana pasada, a raíz de la discusión de este proyecto, reabrió el poder comprador de papas en Chiloé: en la capital de la provincia, Ancud, durante dos días a la semana, y en Castro, durante tres días. Por lo tanto, existe absoluta e imperiosa necesidad de que el pequeño productor de un monocultivo -por desgracia, tradicionalmente ha sido la única fuente de ingresos de la provincia- tenga seguridad de que su cosecha se venderá. De esta manera podría abastecerse al mercado de Santiago, que en estos momentos carece de toda clase de alimentos como carne, pollos y huevos, problema que las dueñas de casa están palpando a diario. Tal escasez ha motivado importaciones de Argentina y de otros países que, precisamente, llegan cuando el producto nacional es abundante. Chile, por su ecología, está en condiciones de convertirse en el productor más importante del tubérculo, que es una fuente vital de alimentación popular. Lamentablemente, no existe ninguna planificación. ¿Y cuál es la planificación que debería haber en una economía, a fin de dar seguridad al productor de que su cosecha se venderá en el mercado? Primero que todo, otorgamiento de créditos para comprar abonos. En Chiloé y en las demás provincias que represento, se está pagando este año a cien escudos el saco de guano. Esto es muy grave, pues la cantidad de fertilizante que necesitan las tierras de esa zona es muy elevada. Y con ese precio por el abono y los 5C0 pesos por kilo de papa que está pagando la ECA, la verdad de las cosas es que los costos de producción prácticamente no se alcanzan a cubrir. Si nosotros garantizáramos a la provincia un poder comprador estable, a un precio que justificara el costo y una legítima utilidad, el país estaría en condiciones no sólo de autoabastecerse, sino también de exportar papas. La zona es especialmente apta, no sólo para el cultivo de papa de consumo, sino también para reproducir semillas de las variedades hoy día resistentes a enfermedades que, como el tizón, han afectado los cultivos y creado problemas bastante serios. Por estas razones, quiero rectificar las palabras del Honorable señor Valente manifestando que un proyecto da esta naturaleza no sólo es necesario, sino indispensable, para que la Empresa de Comercio Agrícola establezca un poder comprador permanente y sin limitaciones relativas a la calidad ni a la cantidad del producto. La semana pasada me decía en Castro un pequeño agricultor que tenía 200 sacos de papas, pero que no las podía vender porque la apertura del poder comprador no lo beneficiaba por aparecer como un productor demasiado grande. Casos como éste, que me parece absurdo, son los que se pretende evitar mediante este proyecto de ley. Además, si la iniciativa no se refiriera a calidad y cantidad, la Empresa de Comercio Agrícola podría comercializar el tubérculo y distribuirlo al resto del país, previo tratamiento en sus frigoríficos. En cuanto al artículo 3º, que la Comisión de Economía y Comercio sustituyó por otro, que establece que el Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, dentro de los primeros quince días de septiembre de cada año fijará el precio mínimo, desearía que no sólo se refiriera al reajuste de este precio. Echo de menos -no soy miembro de la Comisión- la posibilidad de considerar en el precio el costo y una legítima utilidad. Lo importante es que la Empresa de Comercio Agrícola, al adquirir la papa, tome en cuenta los legítimos costos. Somos partidarios de aprobar el artículo 3º en los mismos términos en que lo hizo la Comisión. La señora CAMPUSANO.- Quisiera formular una consulta. Leyendo el informe, vemos que el Honorable señor Baltra manifestó que esta iniciativa era inconstitucional. Desearía saber la opinión de la Mesa sobre el particular, pues la Comisión que aprobó el proyecto está presidida por el Honorable, señor Hamilton, autor del mismo. No sé cómo podría dirimirse este problema: algunos señores Senadores formulan dudas acerca de la constitucionalidad del proyecto, y la Comisión de Economía, presidida por el Honorable señor Hamilton -autor del proyecto, repito-, lo aprueba. El señor HAMILTON.- ¿Me permite una interrupción, señora Senadora? Es efectivo que el Honorable señor Baltra manifestó dudas en el seno de la Comisión sobre la constitucionalidad de la iniciativa. Pero para absolverlas, se pidieron diversos informes en derecho a profesores y funcionarios del Servicio, y todos ellos estuvieron de acuerdo en que era constitucional. En mérito de lo anterior, no el Senador que habla, autor del proyecto, sino el Honorable señor Lorca, que presidía en esa oportunidad la Comisión, lo declaró constitucional. Por lo demás, el proyecto está aprobado en general, y ahora, en segundo informe, sólo nos cabe pronunciarnos sobre las indicaciones formuladas a algunos artículos. El señor JULIET.- Le pido una interrupción, señora Senadora. La señora CAMPUSANO.- Se la concedo con todo agrado. El señor JULIET.- Me parece de extraordinaria importancia, no obstante que la iniciativa se encuentra en segundo informe, tratar de comprender las razones de esa inconstitucionalidad, motivo de la consulta de la Honorable señora Campusano. El decreto con fuerza de ley 274, de 1960, que creó la Empresa de Comercio Agrícola, le dio facultades para crear oficinas y determinar el poder comprador de los productos que a ella conciernan. Por consiguiente, hemos invadido las facultades administrativas del Jefe del Estado, a quien le corresponde la tuición de la ECA y de otros organismos estatales o semiestatales, y estamos cometiendo una evidente trasgresión constitucional. En modo alguno me satisface el informe del profesor Alejandro Silva Bascuñán, que figura en un anexo del primer informe. Se refiere a la labor de colegislador que correspondería al Congreso en el aspecto administrativo, y cita, por vía ejemplar, la colaboración que al Parlamento corresponde en ciertas materias de orden administrativo. Pero no se aboca al caso preciso del proyecto del Honorable señor Hamilton, que, en nuestra opinión, invade abiertamente una facultad constitucional del Jefe del Estado. La iniciativa obliga a crear una oficina y un poder comprador, lo que viola la atribución del Presidente de la República establecida en el artículo 45 de la Carta Política, y en todo su articulado no se ve ningún financiamiento, con lo cual se trasgrede también otra norma constitucional en virtud de la cual todo proyecto de ley que irrogue gastos debe proveer los fondos necesarios para solventarlo. El Honorable señor Hamilton dijo que se pidieron informes a varios profesores. Se solicitaron a don Alejandro Silva Bascuñán y a don Enrique Silva Cimma, El señor Enrique Silva no habrá dado su informe por ser miembro del Tribunal Constitucional, pues me parece que un juez no puede anticipar su juicio. La Comisión hizo mal en pedirle su informe, pues lo colocaba en situación difícil. Pues bien, retomando la idea, creo que estarnos en un trámite en que sólo nos cabe pronunciarnos sobre las modificaciones aprobadas por la Comisión en su segundo informe. Pero reclamo del Senado la consideración del hecho señalado. En mi concepto -evidentemente modesto, frente a la clara argumentación del Profesor Alejandro Silva, consignada en un informe de 6 páginas-, aquí se observan tres transgresiones constitucionales: en primer término, la invasión por el Congreso de atribuciones que el artículo 72 de la Carta Fundamental entrega exclusivamente al Presidente de la República; en segundo lugar, infracción del artículo 45, en cuanto se crea una nueva oficina pública mediante una moción parlamentaria, y tercero, la aprobación de un precepto que crea un nuevo gasto sin financiarlo debidamente, como es obligación del Congreso. En consecuencia, participo de la aprensión de la Honorable señora Campusano. A pesar de que estamos en la discusión particular de la iniciativa, y sintiéndolo mucho, porque creo que la proposición del Honorable señor Hamilton, complementada por el Honorable señor Ochagavía, responde a las necesidades de la zona y por ello habrá de estudiar el problema el Presidente de la República, me opondré a cada una de sus disposiciones, pues no quiero incurrir en la inconstitucionalidad que he advertido. La señora CAMPUSANO.- Concedo una interrupción al Honorable señor Silva Ulloa. El señor FERRANDO (Vicepresidente).- Con la venia de la Mesa, puede usar de la palabra el señor Senador. El señor SILVA ULLOA.- Por desgracia, no dispongo del texto vigente de la Constitución desde el 4 de noviembre. Pero entiendo, si la memoria no me es infiel, que el Tribunal Constitucional que se creó -ya debe de estar en funciones, pues fueron designados todos sus miembros- debe intervenir a petición de cualquier parlamentario y en cualquier trámite de un proyecto de ley, ya se trate de la inconstitucionalidad de todas o parte de sus disposiciones. Aún más, según recuerdo -no soy abogado, y sólo estoy tratando de rememorar lo que analizamos en sesiones anteriores-, con ese solo mérito debe suspenderse el conocimiento de la iniciativa hasta que se pronuncie el Tribunal. Me parece que nos encontramos en esta situación y, por consiguiente, debería suspenderse la tramitación de la iniciativa para requerir al Tribunal Constitucional su pronunciamiento sobre este punto. El señor PALMA.- Entonces, cerremos el Congreso. El señor SILVA ULLOA.- ¡Esto sí que es raro, o divertido, para no calificarlo de otra manera! Resulta que la reforma constitucional que creó este Tribunal fue obra del Partido Demócrata Cristiano. El señor HAMILTON.- Pero la disposición constitucional no dice lo que supone Su Señoría. El señor SILVA ULLOA.- Tal vez mis conocimientos sobre el particular no sean suficientes como para dilucidar el problema, que queda al alcance de los constitucionalistas. Sólo estoy aplicando el sentido común, y es así como se debe obrar. El señor HAMILTON.- ¿Me permite una interrupción, señor Senador? El texto constitucional establece expresamente que el reclamo de inconstitucionalidad no suspenderá la tramitación de los proyectos. Así lo dice el artículo 79 de la Constitución Política. La señora CAMPUSANO.- No he concedido interrupciones al señor Senador. Yo tengo el uso de la palabra. El señor HAMILTON.- Si alguien tiene dudas al respecto, que plantee la cuestión de inconstitucionalidad; pero ello no suspende la tramitación de la iniciativa. La señora CAMPUSANO.- Me preocupa este proyecto. No niego la capacidad del Honorable señor Hamilton, pero me parece que éste no es un proyecto de ley, sino un reglamento para la Empresa de Comercio Agrícola. Por ejemplo, aquí se habla de que las papas deben pagarse a 55 centésimos el kilo; de que el precio debe cancelarse siempre al contado y en dinero efectivo; de los sacos que deben ocuparse, y de infinidad de otras menudencias propias de un reglamento y no de una ley. Además, se obliga a ECA a habilitar las bodegas necesarias para la recepción, selección, almacenamiento y despacho de la producción de papas que deberá adquirir de acuerdo con estas disposiciones, etcétera. Digo que me preocupa el proyecto, porque todo lo que aquí se ha planteado, como el aprovechamiento de este producto y su industrialización, coincide con los planteamientos de la Empresa de Comercio Agrícola. Como manifestó el Honorable señor Ochagavía, ya se ha abierto un poder comprador, aunque pequeño, de sólo dos veces a la semana, según señaló Su Señoría. Este organismo tiene una programación respecto de múltiples productos agrícolas para beneficiar a diversas provincias. Por ejemplo, sé que están construyendo silos en el puerto de Coquimbo. De manera que si este proyecto dispone la inversión de los recursos de la institución en otros fines, la construcción de esos silos, que permitiría dar trabajo a algunos de los muchos cesantes «le la provincia que durante cinco años ha sufrido los efectos de la sequía, no se podría continuar. Durante toda nuestra vida política hemos sido defensores de la provincia de Chiloé y hemos promovido iniciativas para favorecer su economía. Sabemos del dolor, de la miseria y del sufrimiento de sus habitantes. Deploramos que ni el Honorable señor Hamilton, que fue Ministro del Gobierno anterior, ni el Honorable señor Ochagavía, que participó en el Gobierno del señor Alessandri, se hayan preocupado de solucionar entonces los graves problemas del pueblo chilote. La señora CARRERA.- Pido la palabra. El señor FERRANDO (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría. La señora CARRERA.- Previamente, y con la venia de la Mesa, concedo una interrupción al Honorable señor Silva Ulloa. El señor SILVA ULLOA.- Deseo referirme al problema del Tribunal Constitucional. La letra a) del artículo 78 b) establece que es atribución de este tribunal "resolver las cuestiones sobre constitucionalidad que se susciten durante la tramitación de los proyectos de ley y de los tratados sometidos a la aprobación del Congreso." En seguida, en el inciso segundo de la letra f) de dicho artículo, se expresa que "en el caso de la letra a), el Tribunal sólo podrá conocer de la materia a requerimiento del Presidente de la República, de cualquiera de las Cámaras o de más de un tercio de sus miembros en ejercicio, siempre que sea formulado antes de la promulgación de la ley." Vale decir, la cuestión puede plantearse en cualquier estado de la tramitación del proyecto. Más adelante, el precepto señala que el Tribunal deberá resolver dentro de diez días. El Honorable señor Hamilton denantes leyó sólo una parte de la disposición. Tal como señaló Su Señoría, "el requerimiento no suspenderá la tramitación del proyecto", pero el precepto agrega que la parte impugnada -en este caso la totalidad del proyecto- "no podrá ser promulgada hasta la expiración del plazo referido, salvo que se trate de las materias", etcétera. El señor HAMILTON.- Se suspende la promulgación, pero no la tramitación del proyecto. La señora CARRERA.- Le concedí una interrupción al Honorable señor Silva Ulloa, no al Honorable señor Hamilton. El señor SILVA ULLOA.- En todo caso, he planteado el problema de la inconstitucionalidad apoyándome en los brillantes argumentos del Honorable señor Juliet. Hago mías sus expresiones y, aún más, voy más lejos: pido aplicar lo que establece la Constitución en este tipo de problemas. El señor HAMILTON.- Lo que se pretende es empantanar el proyecto. El señor JEREZ.- ¿Qué opina el Honorable señor García ? La señora CARRERA.- ¿Desea una interrupción el Honorable señor Senador? El señor GARCIA.- Muchas gracias, Honorable colega; pediré la palabra para referirme a este punto. El señor JULIET.- ¿Me permite una interrupción, Honorable señora Carrera? La señora CARRERA.- Con mucho gusto. El señor JULIET.- Deseo recoger la interrupción del Honorable señor Hamilton en el sentido de que se quiere empantanar el proyecto. No creo que Su Señoría tenga atribuciones para interpretarnos. No he pretendido retardar el despacho de la iniciativa. Por el contrario, reconocí el interés del señor Senador por la zona que representa. Pareciera que el Honorable señor Hamilton festinara un problema tan serio como el que he planteado. En todo caso, si desde el punto de vista jurídico estuviere equivocado, merecería la consideración correspondiente de Su Señoría. No es el propósito nuestro, ni de las Honorables señoras Campusano y Carrera, ni del Honorable señor Silva Ulloa, empantanar el despacho del proyecto. Estamos aplicando nuestro criterio respecto de un problema constitucional. De allí que pida al Honorable señor Hamilton que, por lo menos, no interprete mi intención, que no ha sido la supuesta por el señor Senador. Por el contrario, reconozco en Su Señoría su propósito por defender los intereses regionales. Pero, por sobre todo, debo atenerme al espírtu de la Constitución que nos rige y que debemos respetar. El señor HAMILTON.- ¿Me permite una interrupción, señora Senadora? La señora CARRERA.- Con la venia de la Mesa, concedo una interrupción al Honorable señor Hamilton. El señor HAMILTON.- Veo que no alcanzaremos a tratar ahora el proyecto. Se nos agotará el Orden del Día. Lo que creo que se persigue, se logrará. Expresé que se trata de empantanar el proyecto, pero no califiqué la intención del Honorable señor Juliet, ni tampoco se la supongo. Lo dije basado en diversos hechos. Se presenta un proyecto de ley para establecer un poder comprador de la producción de papas en la provincia de Chiloé, lo que constituye el gran anhelo de todos los modestos productores de la zona. Al plantearse la idea, el Vicepresidente de la Empresa de Comercio Agrícola dice: "Estoy de acuerdo. La política que consigna el proyecto es la que seguirá el servicio a mi cargo." En consecuencia, no hay contradicción alguna entre el proyecto y la política del Gobierno, en teoría. Aquél sólo contribuye a asegurar que dicha política se cumpla más allá de la buena voluntad de los funcionarios. Cuenta con el respaldo de todas las federaciones campesinas, de asentamientos y de pequeños propietarios de Chiloé, cuyas bases lo han discutido y le han formulado observaciones. Además tiene el respaldo -como se expresa en documentos que tengo a la mano- de los organismos del agro de la Unidad Popular en la provincia de Chiloé. Sin embargo, se presenta el proyecto y, ¿qué ocurre? Un Senador -no hago ninguna suposición sobre su proceder, menos estando ausente- plantea dudas sobre la constitucionalidad de la iniciativa. El mismo sugiere -y todos lo aceptamos- contar con dos informes en derecho. En vez de dos, tuvimos cuatro: el del profesor Alejandro Silva Bascuñán, el del profesor y Secretario de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado Rafael Eyzaguirre; el del funcionario de la misma Comisión, don Rafael Larraín, y el del Prosecretario del Senado, señor Daniel Egas, todos coincidentes en la absoluta constitucionalidad del proyecto. Este pasa a la Comisión de Gobierno, donde se pide otro informe a la de Constitución, que el Presidente y demás miembros de la misma están dispuestos a evacuar. Un señor Senador se opone a ello. En consecuencia, si para pronunciarse sobre la procedencia de la iniciativa el Presidente de la Comisión de Gobierno, Honorable Senador Alfredo Lorca, hubiese esperado tal informe, aquélla habría quedado empantanada. ¡ Casualidad...! Pues bien, el proyecto pasa a la Comisión de Gobierno, donde diversos señores Senadores rotan para intervenir hasta que se agotan y se agotan las sesiones. Una noche, con la asistencia del Honorable señor Valente -es decir, mientras había Senadores de Gobierno en la Comisión-, aprobamos el proyecto porque no estaban los Senadores que sólo iban a hablar. Pasa a la Sala, y a todos nos consta lo que demoró aquí su aprobación. Después, vuelve nuevamente a la Comisión de Gobierno. Allí se aprueba en particular, se acogen ciertas modificaciones propuestas por algunos Senadores del Partido Radical y otras planteadas por los organismos de los campesinos por intermedio del Senador que habla. Se elabora el segundo informe y empiezan nuevamente los mismos reparos opuestos desde el primer día, como si no hubiera ocurrido nada. Entonces, no es una mala suposición - y no veo en esto nada personal- pensar que lo que se quiere es empantanar este proyecto, con el que todos están de acuerdo pero que nadie quiere que se apruebe; que cuenta con el respaldo de los productores y que consigna la misma política que ECA desea llevar a cabo, pero con la diferencia de que asegura que así se haga. En definitiva, llegamos a este estado de la tramitación del proyecto. Reconozco que la imaginación, la inteligencia y el talento de Sus Señorías podrían retardar aún más su despacho. Pero no tanto. A pesar de todos estos inconvenientes, llegará el momento en que el Senado tendrá que pronunciarse. Si algún Honorable colega, no obstante todos estos informes en derecho, tiene dudas sobre la constitucionalidad de la iniciativa, puede plantearlas. La Constitución también señala la forma como hacerlo. Hay un Tribunal que puede conocer de esas dudas. Por mi parte, yo no las tengo. Aún más, ni siquiera las tengo sobre lo que decidiría el Tribunal Constitucional, si llegado el caso tuviera que pronunciarse. Pido mayor seriedad a la Corporación. Se puede estar en contra de un proyecto como éste. Pero debe permitirse que la iniciativa prospere, porque detrás de ella hay miles de agricultores a quienes se ha ofrecido, no una, sino muchas veces -en alguna medida recojo el cargo que planteaba la Honorable señora Campusano: incluso en el Gobierno anterior- un mayor poder comprador para sus productos. En la Administración pasada no tuve nada que ver con la ECA ni con Chiloé. Pero lo que tenga de bueno o de malo ese Gobierno, es de responsabilidad de uno. Se abrió un poder comprador, se mantuvo, y otras veces se suprimió, tal como ha sucedido ahora. Ahora se dice que el señor Vicepresidente de la ECA expresó que en dicha zona estaba abierto el poder de compra'; pero escuché a otro Senador de la región decir que en Chiloé no hay poder comprador de papas en este momento. Por eso los productores del tubérculo quieren tener la seguridad de un poder de compra, porque la papa constituye "el sueldo de los chilotes", usando una expresión muy en boga en el país. Por tal motivo, hemos estudiado y presentado esta importante iniciativa -también llamamos a medio mundo a la Comisión-, que queremos que llegue al Ejecutivo, quien verá si la veta o no, si la veta para suprimirla o modificarla, o la promulga como ley, sin enmiendas. En contra de la opinión del Honorable señor Valente, adoptamos un acuerdo, porque esto no es una bandera política, sino una solución al principal problema de los modestos productores de Chiloé. Sesión tras sesión hemos debatido este punto. Siempre decimos que estamos de acuerdo para votar la iniciativa, pero llegado el momento de hacerlo, se vota en contra, mientras otros conciudadanos se pudren en la miseria, en el agua, en la ignorancia, porque no queremos entregarles una herramienta por la cual vienen luchando desde hace mucho tiempo. Sin embargo, sólo algunos se pronuncian a favor y los demás lo hacen en contra. El señor CHADWICK.- ¿Me permite una interrupción, Honorable señora Carrera? El señor OCHAGAVIA.- ¿Me permite una interrupción, señora Senadora? La señora CARRERA.- Sólo quiero plantear algunas ideas más. Antes, concederé una interrupción al Honorable señor Chadwick, y al final de mi intervención, una al Honorable señor Ochagavía. El señor CHADWICK.- Creo que las palabras del Honorable señor Hamilton merecen una respuesta, porque la duda planteada por el Honorable señor Juliet está muy lejos de carecer de fundamentos plausibles. Por muchos informes que se hayan evacuado acerca de la constitucionalidad de este proyecto de ley, es obvio que obliga al Gobierno a realizar determinados actos que la Constitución le reserva, como es la administración del país. Basta tener en cuenta la observación de la Honorable señora Campusano, cuando pregunta qué va a pasar con lo que ECA tiene proyectado respecto de los silos de la provincia de Coquimbo. ¡Si la administración del Estado no se puede manejar por leyes especiales! En virtud del artículo 60 de la Constitución Política, el Presidente de la República tiene el carácter de Jefe Supremo, por lo cual se dice que no hay ninguna autoridad por encima de él en la Administración. Por tanto, no se lo puede obligar, mediante esta iniciativa, a adoptar toda una política concreta que no esté de acuerdo con la personal dirección que imprima al Estado. Me pregunto qué acaecería en la economía nacional si mediante este tipo de leyes generalizamos el estilo de decir lo que tiene que hacer el Estado en materia de compra. ¿No podría distorsionarse toda la economía nacional? El señor GARCIA.- Se está distorsionando toda la economía con la política de compra de acciones. El señor CHADWICK.- Me estoy refiriendo a un tema específico. Rogaría al Honorable señor García no hacerme interrupciones un tanto impertinentes, que no tienen relación directa con la materia en debate. El señor GARCIA.- Comprendo que no son pertinentes con la materia, pero lo son en el orden político. El señor CHADWICK.- Si Su Señoría quiere arrastrarme al debate político, puedo decirle que el Estado lleva adelante una política aprobada en el veredicto del 4 de septiembre de 1970. Nada de lo que se hace es ajeno al programa de la Unidad Popular, que establece que se pondrán en ejecución todas estas medidas. De manera que no se puede decir... El señor IBAÑEZ.- Ese programa no fue aprobado por la ciudadanía, señor Senador. El señor CHADWICK.- El programa fue ratificado por el voto popular. Indiscutiblemente, cuando se eligió al actual Presidente de la República se estaba aceptando que el Estado tuviera la dirección que el programa señala. El señor OCHAGAVIA.- Eso pregúnteselo a los Senadores de enfrente. En verdad, nosotros no participamos en ese acuerdo. El señor CHADWICK.- Sus Señorías se reservan el derecho a disentir. Eso está dentro de la libertad de opinión. Pero no pueden obligar a los demás a tener igual opinión. Eso está fuera de toda lógica democrática. De esta manera están poniendo en duda la legitimidad con que el Gobierno cumple lo que ofreció al pueblo y lo que éste tuvo en cuenta al votar para elegir al actual Mandatario. De ahí que la interrupción del Honorable señor García sea impertinente tanto en la forma como en el fondo. Ahora me referiré a lo que es la materia de mis observaciones. Pienso que ha llegado el momento en que, a través de la consulta de un tercio de los miembros del Senado, se eleve la cuestión al Tribunal Constitucional, a fin de que éste dirima el alcance y las limitaciones que el Poder Legislativo tiene en materia de administración del Estado. Acompañaré al Honorable señor Juliet, si estima conveniente llevar adelante su doctrina -que yo comparto- respecto de la constitucionalidad de este proyecto, en la consulta que un tercio de este Senado puede hacer -como recordaba el Honorable señor Hamilton- al Tribunal Constitucional. No lo haremos para torpedear este proyecto, que puede considerarse que resuelve necesidades urgentes y muy concretas de Chiloé. Estoy por pensarlo así. Pero no puedo dejar de estimar que no podemos embarcar al Gobierno en una política totalmente anárquica, consistente en administrar el Estado sobre la base de las iniciativas de algunos parlamentarios. Formulamos esta reserva porque queremos ser leales con el Senado, diciendo que si bien el proyecto fue despachado por la Sala, la Constitución señala que hay plazo hasta antes de la promulgación de la ley para formular la cuestión, lo que haremos oportunamente. No consultaremos a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado, por estimar que sus integrantes tienen un tanto comprometida su opinión, ya que han participado en el despacho del proyecto. Vamos a ir al Tribunal Constitucional; pero lo haremos sin el ánimo de obstruir el proyecto, aunque el señor Senador se ría. El señor HAMILTON.- Me reía porque el Honorable señor Foncea dijo que "las papas se iban a podrir". La señora CARRERA.- No me pronuncio sobre la constitucionalidad de la iniciativa, porque no tengo los elementos técnicos para ello. Pero me parece, también, que existen serias dudas que deben resolverse de alguna manera. Aunque el proyecto sea procedente, lo encuentro irracional. Estoy en contra de él, no por desconocimiento de la tragedia de Chiloé -estoy muy al tanto de ella, porque es una de las provincias que más me agrada visitar-, que tiene graves problemas económicos en toda su población. Sin embargo, pienso que nadie que tenga conocimientos de economía o que incluso alguna vez haya desempeñado labores administrativas en algún Gobierno, por reaccionario o reformista que éste haya sido, podrá creer que el proyecto en debate constituye la solución para una o más provincias. Me parece que no. La sola lectura de su artículo 1º llama extraordinariamente la atención, y cabe preguntarse qué pretende, qué hay tras esto y qué intención se tiene al reglamentar lo que el Ejecutivo debe hacer en sectores determinadísimos, al decir: "La Empresa de Comercio Agrícola establecerá un poder comprador permanente, sin limitación de calidad o de cantidad, para adquirir toda la producción de papas de la provincia de Chiloé que sea apta para el consumo humano. " ¡Menos mal que se exige "que sea apta para el consumo humano!" Después, en el artículo 4º, como lo hizo presente la Honorable señora Campusano, el proyecto señala que ECA facilitará en préstamo, libre de todo costo para el productor, los sacos u otros envases necesarios para las papas. El señor HAMILTON.- Se trata de pequeñas cosas, pero que son importantes para los pequeños productores. La señora CARRERA.- Escuché con bastante paciencia e interés al señor Senador, sin interrumpirlo. El señor HAMILTON.- Sólo me basta con esta interrupción. La señora CARRERA.- No le concedí la interrupción, señor Senador: se lo tomó. Señor Presidente, ruego llamar la atención al Honorable señor Hamilton, pues está muy exaltado. En seguida, el artículo 6° dispone que la Empresa de Comercio Agrícola no se podrá negar a recibir la producción de papas. Eso implica tener lugares de acopio. Aunque ese organismo no los posea en la actualidad, estará obligado a recibir la producción de papas, inclusive en la calle, porque la ley lo ordena. El mismo precepto expresa que la ECA deberá cancelar oportunamente la producción de papas a que se refiere el artículo 1º de esta ley, y que la negativa injustificada será sancionada con la suspensión hasta por seis meses del o de los funcionarios responsables, lo cual será determinado por la Contraloría General de la República a requerimiento del interesado o de cualquiera otra persona. Agrega que, en caso de reincidencia, la pena se podrá doblar. A continuación, el artículo 6º expresa: "Lo establecido en el inciso anterior es sin perjuicio del derecho del productor afectado a solicitar del juez de letras que corresponda a su domicilio el pago del valor de la producción injustificadamente rechazada y cualquier perjuicio que hubiere sufrido como consecuencia del mismo rechazo." Todo esto se dispone respecto de las papas, con la agravante de que no se especifica ni su calidad ni su cantidad. Inclusive, puede ocurrir que papas que no se produzcan en Chiloé, si hay alguna probabilidad de transportarlas, se lleven a esa provincia para venderlas como cosechadas allí. Además, en ninguna parte se dice si esas papas se consumirán en Chiloé o en otro lugar del país. De la discusión habida parece desprenderse que se trata de la última alternativa; sin embargo, el proyecto nada dice acerca del transporte del tubérculo al resto del país. Sé que el Honorable señor Ochagavía es muy versado en esta materia, y podría preguntarle acerca del transporte. Inclusive podría consultárselo al Honorable señor Hamilton, si no fuera por mi temor a que pronuncie otro largo discurso. Porque si se trata sólo de comprar la papa de Chiloé para llevar algún alivio económico al pequeño productor -a pesar de no ser Senadora por la zona, me consta que están muy mal en este sentido-, para qué hablamos de la papa. A mi juicio, lo lógico sería subvencionar a la población de Chiloé, porque transporte no hay, como lo sabe el Honorable señor Ochagavía. Muchas veces el costo del flete para determinado tipo de papas -el proyecto ni siquiera fija la calidad- es muchísimo más caro que el producto que se lleva. De manera que la papa que se trajera de Chiloé habría que venderla a un precio irrisorio, porque no podría cancelarse una suma elevada por un producto de mala calidad, ya que la iniciativa señala que de todas maneras debe comprarse, a cualquier precio. Como al llevarla al continente no se puede obtener un buen precio, resulta más conveniente no transportarla, porque el flete es sumamente caro. El señor OCHAGAVIA.- ¿ Me permite una interrupción, señora Senadora? La señora CARRERA.- Con todo agrado. El señor OCHAGAVIA.- Comprendo que el proyecto entra en una materia netamente reglamentaria, pero ha habido que abordar este tipo de legislación porque la ECA no ha cumplido con su objetivo. Precisamente, una de las finalidades que se consideraron para crear este organismo fue establecer este tipo de seguridad para el pequeño productor y dar adecuado abastecimiento a todo el país. El proyecto del Honorable señor Hamilton ha sido impugnado por diversos señores Senadores, no creo que con el ánimo de torpedearlo. Por lo menos muchos están en una actitud constructiva. En este momento, Chile importa 200 millones de dólares en alimentos. Su Excelencia el Presidente de la República ya dijo que posiblemente esa cantidad se iba a duplicar, y los recursos no existen. El problema de la calidad de la papa que aquí se ha planteado, ya que el proyecto consigna que no importará la calidad del producto, se suscita porque la ECA en su reglamento ha establecido un "calibraje" que no corresponde. . . El señor FERRANDO (Vicepresidente).- ¿Me permite, señor Senador? Como en virtud de un acuerdo de Comités debemos ocuparnos a continuación en otro proyecto, queda pendiente la discusión de esta iniciativa, y con la palabra la Honorable señora Carrera. SUPRESION DE REAJUSTABILIDAD A DETERMINADAS DEUDAS HABITACIONALES. El señor FIGUEROA (Secretario).- En conformidad a un acuerdo de los Comités, corresponde ocuparse en el proyecto, en cuarto trámite constitucional, que suprime la reajustabilidad de determinadas deudas habitacionales. -Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de ley: En segundo trámite, sesión 72ª, en 18 de mayo de 1971. En cuarto trámite, sesión 39ª, en 24 de agosto de 1971. Informes de Comisión: Obras Públicas, sesión 23ª, en 21 de julio de 1971. Obras Públicas (segundo), sesión 27ª, en 28 de julio de 1971. Discusión: Sesiones 23ª, en 21 de julio de 1971; 25ª en 22 de julio de 1971 (se aprueba en general); 30ª, en 4 de agosto de 1971 (se aprueba en particular). El señor FIGUEROA (Secretario).- La Cámara aprobó las enmiendas introducidas por el Senado, con excepción de las que indica. En primer lugar, desechó todas las modificaciones introducidas por el Senado al artículo 1º. El señor FERRANDO (Vicepresidente).- En discusión. Ofrezco la palabra. El señor HAMILTON.- ¿De qué se trata? El señor FIGUEROA (Secretario).- Son las modificaciones al artículo 1º, señor Senador. El señor HAMILTON.- ¿Me permite la palabra, señor Presidente? Respecto de ésta y de otras modificaciones, que fundamentalmente se refieren al límite dentro del cual operará el sistema de la no reajustabilidad, quiero fijar cuál será en este trámite la posición de los Senadores democratacristianos. Al término de nuestro Gobierno, establecimos una limitación de la reajustabilidad: la de 45 metros cuadrados. Las viviendas de tales dimensiones quedaban exentas de reajuste, por entenderse que, sin lugar a dudas, eran construcciones económicas. La actual Administración, en cumplimiento de una medida de su programa, envió al Parlamento un proyecto de ley que proponía aumentar -ése es el fondo del proyecto- los límites de la no reajustabilidad, de 45, a 80 metros. Este es el criterio que aprobó el Senado, con la ligera enmienda de haber aumentado el límite a 85 metros. La Cámara de Diputados, en el primer y tercer trámites, fue partidaria de extenderlo hasta 100 metros. Nosotros -queremos decirlo con toda honradez- estuvimos de acuerdo con los 85 metros, a pedido expreso del Gobierno, por intermedio del Ministro de la Vivienda. No obstante haber actuado en esa forma y haber contribuido en la Comisión a trabajar a conciencia y a mejorar ostensiblemente la iniciativa, en diversas poblaciones de las que quedaban afectadas por la diferencia de reajustabilidad entre los 85 y 100 metros, los mismos que estaban propiciando determinadas posiciones en el Congreso expresaron que la Democracia Cristiana, y particularmente el Senador que habla, eran impedimentos para que se lograra aumentar el nivel, por sobre lo que el Gobierno quería, a 100 metros. Nosotros, para facilitar el despacho de la iniciativa e impedir que haya nuevos trámites, y que quienes hagan demagogia desde el Ejecutivo carguen con las consecuencias de su actitud, votaremos en este trámite como lo hizo la Cámara de Diputados, es decir, por que se aumente el límite a 100 metros. En esta forma, el proyecto saldrá luego del Parlamento, y allá verá el Gobierno si acepta esta posición o si insiste en la suya, originalmente apoyada por nosotros, de los 80 u 85 metros, con las excepciones que se quieran establecer. Esa es nuestra posición respecto de estos artículos en que la insistencia de la Cámara consiste en aumentar de 85 a 100 metros el nivel bajo el cual operará el sistema de la no reajustabilidad. El señor VALENTE.- Señor Presidente, nosotros no insistiremos en las modificaciones que introdujo el Senado y procuraremos que el proyecto sea despachado tal como lo aprobó la Cámara de Diputados en su primer trámite y lo ratificó en el tercero. Sin embargo, quiero manifestar que el Gobierno, por intermedio del Ministro de la Vivienda, declaró en la Comisión que en principio era partidario de suprimir la reajustabilidad de precios y saldos de precios de las viviendas de superficie inferior a 80 metros. Pero con posterioridad, por un acuerdo concertado entre ese Ministerio y otros organismos gubernamentales, se acordó mantener lo aprobado por la Cámara: que la no reajustabilidad alcance también a las viviendas cuya superficie mínima de construcción inicial fuera de hasta 100 metros cuadrados. Ello se debió a razones bastante valederas; entre otras, la de que numerosas poblaciones, como por ejemplo, las construidas por VIENOR en las provincias cupreras, están formadas por casas de superficies superiores a 80 y 85 metros; y también la de que en Santiago existen numerosas poblaciones que están ocupadas por personas de clase media -empleados y funcionarios- que tienen igual característica. Por lo tanto, nos pareció, lo mismo que al Gobierno, que no era posible marginar del beneficio a estos sectores y, en consecuencia, se manifiesta la voluntad de aplicar la no reajustabilidad a todas las viviendas de superficie inferior a 100 metros cuadrados. Además, en el proyecto también queda muy claramente establecido, según lo aprobado por la Cámara, la forma como deben venderse a los personales activos y pasivos de las Fuerzas Armadas y de Carabineros las viviendas que ellos están ocupando en estos momentos. Se establece allí que toda vivienda ubicada fuera de los recintos militares o policiales bede ser vendida a las familias que la están ocupando, se trate de personal en servicio activo o que se haya acogido a retiro. Como la disposición aprobada por la Cámara es mucho más clara, nosotros estimamos que el Senado no debería insistir y aprobarla tal como la despachó la otra rama del Congreso. Por último, no se trata de demagogia ni de aprovechar el trámite de este proyecto para sacar provecho de tipo político-electoral. Se trata de una aspiración que desde hace muchos años mantenemos los parlamentarios que ahora somos Gobierno y antes fuimos Oposición. Desde que fue dictado el D.F.L. Nº 2, en 1959, si mal no recuerdo, venimos proponiendo la derogación o revisión del sistema por encontrarlo absolutamente inconveniente e ineficaz, sobre todo para cumplir el anhelo de cada familia que adquirió una vivienda por este sistema para pagar el valor de su casa en plazo prudencial. Hemos visto que la reajustabilidad, en lugar de permitir la posibilidad cierta de que una familia pague el valor de su vivienda, significaba, de acuerdo con el sistema, una demora y un sobreprecio que no era posible seguir cancelando por parte de los adquirentes. En seguida, la recuperación de los valores invertidos mediante el cobro de los dividendos alcanzaba a menos del 50% de la amortización, debido a los exagerados dividendos que el sistema imponía a las familias adquirentes o acogidas al D.F.L. Nº 2, para viviendas construidas por la CORVI, las cajas de previsión y otros organismos dedicados a este tipo de obras. Por consiguiente, nosotros también participamos de la idea de aprobar el proyecto tal como fue despachado por la Cámara y, por eso, los Senadores comunistas no insistiremos en las enmiendas introducidas por el Senado en el segundo trámite constitucional. El señor OCHAGAVIA.- ¿Me permite, señor Presidente? El señor FERRANDO (Vicepresidente).- Advierto a los señores Senadores que sólo restan tres minutos. Tiene la palabra el Honorable señor Hamilton. El señor HAMILTON.- Deseo agregar algo más con relación a este precepto. En la letra d) del artículo 1º del proyecto despachado por nosotros, figuraba la situación relacionada con los personales de las Fuerzas Armadas y de Carabineros de Chile que ocupan casa fiscal. La Cámara aprobó una indicación que los favorecía, pues facultó al Gobierno para entregarles en propiedad dichas viviendas. En la Comisión del Senado, la unanimidad de sus miembros -me tocó presidirla entonces- éramos partidarios de la idea de esa rama del Congreso y de entregar a los personales de los institutos armados las casas que estaban ocupando desde hacía tiempo. Sin embargo, nos encontramos allí con una indicación -figura con el Nº 15 en el boletín correspondiente- formulada nada menos que por los señores Ministros del Interior y de Defensa Nacional, en virtud de la cual a aquéllos prácticamente se les denegaba el derecho que les estaba reconociendo la Cámara de Diputados, en razón de las exigencias que hacían las Fuerzas Armadas y Carabineros de Chile para contar con las casas que ocupaban sus personales, para los servicios propios de la Defensa Nacional y del Cuerpo de Carabineros. Entonces, en la Comisión hicimos un trabajo unánime tendiente a buscar una fórmula que permitiera, simultáneamente, que dichos personales tuvieran acceso a la propiedad de las viviendas, tal como ellos lo deseaban, como se les había prometido y como lo había acordado la Cámara y, al mismo tiempo, reservar determinadas casas, como las construidas dentro de los recintos militares, por ejemplo, para las exigencias legítimas de la Defensa Nacional. Con ello perseguimos principalmente que la disposición aprobada por el Congreso no fuera posteriormente objeto, por parte del Ejecutivo, de un veto que destruyera, una vez más, el legítimo derecho de esos personales a ser propietarios de sus habitaciones. Pero lo que acordaron la Comisión y la Sala del Senado fue rechazada por la Cámara. El señor FERRANDO (Vicepresidente).- Ha terminado el Orden del Día. El señor HAMILTON.- Permítame, señor Presidente. ¿No podríamos prorrogar el tiempo hasta despachar el proyecto? El señor FERRANDO (Vicepresidente).- Esa es una petición que sólo puede plantearse antes de terminar el tiempo, no después de concluido. El señor JULIET.- El señor Presidente advirtió oportunamente a la Sala que sólo quedaban tres minutos. El señor HAMILTON.- Entonces quiere decir que aquí hay sectores que desean que no se apruebe nada. Nos reunimos sólo para postergar las cosas. El señor JULIET.- El señor Presidente advirtió que sólo restaban tres minutos del Orden del Día. El señor HAMILTON.- Con señas cordiales o poco cordiales, el hecho es que la iniciativa no se despacha. El señor VALENTE.- ¿No podría colocarse el proyecto en el primer lugar del Orden del Día de la tabla de mañana? El señor FIGUEROA (Secretario).- Le corresponde el segundo lugar en esa tabla, porque en el primero figura el proyecto sobre los analfabetos, de acuerdo con la antigüedad de las urgencias. El señor HAMILTON.- Entonces la discusión del proyecto queda pendiente para mañana, y yo con el uso de la palabra. El señor VALENTE.- Hablemos poco... El señor OCHAGAVIA.- ¡Cómo poco! El señor VALENTE.- Hemos tenido que contestar algunas aseveraciones que no correspondían a la realidad. El señor OCHAGAVIA.- Su Señoría es el único que ha hablado, prácticamente. VII.- TIEMPO DE VOTACIONES. ACUSACION CONSTITUCIONAL EN CONTRA DEL MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES, DON PASCUAL BARRAZA. El señor FIGUEROA (Secretario).- En virtud de lo dispuesto en el artículo 184 del Reglamento, corresponde fijar el día en que la Corporación comenzará a conocer de la acusación constitucional entablada por un particular en contra del Ministro de Obras Públicas y Transportes, don Pascual Barraza Barraza. El señor FERRANDO (Vicepresidente).- Si le parece a la Sala, se fijará el martes próximo. El señor OCHAGAVIA.- ¿No son ocho los días reglamentarios? Me gustaría que el señor Secretario nos lo confirmara. El señor VALENTE.- Estamos de acuerdo en que se trate el próximo martes. El señor HAMILTON.- ¿ Cuándo vence el plazo del Senado para pronunciarse? El señor FIGUEROA (Secretario).- No tiene plazo. El señor HAMILTON.- Como esta acusación no reviste importancia; que ya la rechazamos por unanimidad en la Comisión, y que, en cambio, nos quitará tiempo de la legislatura ordinaria postergando la tramitación de otros proyectos, como consecuencia de las intervenciones que harán diversos señores Senadores para pronunciarse respecto de aquélla, pido tratarla después del 18 de septiembre, si reglamentariamente procede. El señor FUENTEALBA.- A menos que se acuerde aprobar sin debate el informe de la Comisión, que es unánime. El señor VALENTE.- No tenemos interés alguno en pronunciar discursos. Votemos ahora. El señor CHADWICK.- ¿Por qué no la rechazamos de inmediato? El señor FIGUEROA (Secretario).- No se puede votar en esta sesión. El señor VALENTE.- ¿Por qué no la votamos mañana? El señor FIGUEROA (Secretario).- El Senado debe conocer de la acusación previa relación de todos los antecedentes que la originaron. La Comisión acaba de despachar su informe. No habría tiempo de preparar ese relato para el día de mañana, aunque sí para el martes. El señor VALENTE.- Podríamos tratarla en los diez minutos siguientes al término del Orden del Día del martes. El señor HAMILTON.- Estoy de acuerdo con Su Señoría y también para tratarla el lunes, si lo desea. El señor FIGUEROA (Secretario).- El asunto debe ceñirse en forma estricta a normas de procedimiento que fija el Reglamento de la Corporación y que no se pueden variar. El señor FERRANDO (Vicepresidente).- Quiero reiterar a los señores Senadores la proposición que ya les hice: dejar el pronunciamiento respecto de esta acusación para el martes próximo, oportunidad en que dispondremos del tiempo necesario para hacerlo. Si le parece a la Sala, así se acordará. Acordado. PUBLICACION DE DISCURSOS. El señor FIGUEROA (Secretario).- Indicación del Honorable señor García para publicar in extenso la intervención del Honorable señor Ibáñez en Incidentes de la sesión ordinaria del miércoles1 de septiembre. El señor OCHAGAVIA.- Se entendería que esa publicación abarca también el debate producido con motivo de la intervención del Honorable señor Ibáñez. El señor FERRANDO (Vicepresidente).- Si al Senado le parece, se aprobaría en esta forma. Acordado. El señor FIGUEROA (Secretario).- Indicación del Honorable señor Montes para publicar in extenso el discurso pronunciado por el Honorable señor Teitelboim en Incidentes de la sesión del miércoles pasado. E indicación del Honorable señor Ferrando para publicar in extenso el discurso pronunciado por el Honorable señor Palma en la hora de Incidentes de la misma sesión. -Se aprueba. El señor FERRANDO (Vicepresidente).- Se suspende la sesión por veinte minutos. -Se suspendió a las 18.25. -Se reanudó a las 18.49. VIII.- INCIDENTES. PETICIONES DE OFICIOS. El señor FERRANDO (Vicepresidente).- Continúa la sesión. El señor EGAS (Prosecretario).- Se han recibido diversas peticiones de oficios formuladas por los señores Senadores. El señor FERRANDO (Vicepresidente).- Se les dará curso en la forma reglamentaria. -Los oficios cuyo envío se anuncia son los siguientes: Del señor Aylwin: TELEFONO PUBLICO PARA "CERRO ALTO" EN CONSTITUCION (MAULE). "Al señor Ministro del Interior, a fin de que se disponga por la Dirección de Servicios Eléctricos que la Compañía de Teléfonos de Chile instale un teléfono público en el sector "Cerro Alto" de la ciudad de Constitución, en la provincia de Maule." INCORPORACION DE CONSTITUCION A REGIMEN DE ASIGNACION DE ZONA (MAULE). "Al señor Ministro de Hacienda, a fin de solicitarle que se incorpore la comuna de Constitución al régimen de asignación de zona, en razón del aumento experimentado en esa ciudad por el costo de la vida con motivo del incremento de la población, fenómeno originado por los trabajos de construcción del puerto, de la instalación de la planta de celulosa y del plan de forestación." ABASTECIMIENTO DE CARNE PARA CAUQUENES, CONSTITUCION Y CHANCO (MAULE). "Al señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción, a fin de solicitarle que se adopten urgentemente las medidas necesarias para asegurar el abastecimiento de carne en las ciudades de Cauquenes, Constitución y Chanco, afectadas desde hace varios meses por grave escasez de ese alimento." REPOSICION DE ADUCCION DE AGUA POTABLE PARA CONSTITUCION (MAULE). "Al señor Ministro de Obras Públicas y Transportes, a fin de solicitarle que la Dirección de Obras Sanitarias reponga la aducción que lleva agua potable a Constitución, desde Las Raíces, levantada con motivo de las obras de la planta de celulosa, y cuyo retiro puede provocar escasez de agua para el consumo del balneario en el verano." APORTE PARA PAVIMENTACION DE AVENIDA EN CAUQUENES (MAULE). "Al señor Ministro de Obras Públicas y Transportes, para que la Dirección de Planeamiento y Urbanismo haga a la I. Municipalidad de Cauquenes, en la provincia de Maule, un aporte igual al realizado por ésta, de Eº 150.000, para pavimentar la Avenida Doctor Mesa, de esa localidad." CONSTRUCCION DE VIVIENDAS EN CONSTITUCION (MAULE). "Al señor Ministro de la Vivienda y Urbanismo, para representarle la necesidad imperiosa y urgente de poner en marcha un programa intenso de construcción de viviendas en Constitución, cuya población se ha incrementado considerablemente con motivo de los trabajos de construcción del puerto de Maguillín, de la instalación de planta de celulosa y del plan de forestación." Del señor Carmona: PROBLEMAS DE LOS LICEOS DE ANTOFAGASTA Y DEL COLEGIO INDUSTRIAL DE ARICA (TARAPACA). "Al señor Ministro de Educación Pública, con el objeto de que atienda y dé solución a los siguientes problemas planteados, primero, por la Asociación de Funcionarios Paradocentes Unidos de los Liceos de Antofagasta, y segundo, por el Colegio Industrial de Arica. "1.- La Asociación de Funcionarios Paradocentes de los Liceos Unidos de Antofagasta me manifiesta que en el mes de agosto del presente año, el personal de Ecónomos de los liceos de esa ciudad se vio favorecido en sus remuneraciones, al aumentárseles sus grados hasta 4 y 5 veces más como compensación por no habérseles considerado en el proyecto del personal administrativo de los liceos. Con este mejoramiento, la mayoría, con sólo 4° año de humanidades, quedó con un sueldo de Eº 8.000, ya que de la 5ª Categoría Administrativa pasaron a la 5ª Categoría Directiva, y del grado 3 al grado 5ª Administrativa. "A juicio de los integrantes de la Asociación de Funcionarios Paradocentes, esta medida no es de justicia, puesto que ellos, con 30 y más años de servicios y en condiciones de jubilar, se encuentran percibiendo un sueldo de Eº 3.000, tomando en cuenta la gratificación de zona y los trienios. "El Director del Colegio Industrial de Arica me ha planteado el problema que se le ha creado con la no entrega de implementos para su Laboratorio de Física y Química, automóviles, maquinarias, equipos y herramientas llegados en convoy argentino." Del señor Fuentealba: PAGO DE PRESTAMOS PARA ELECTRIFICACION RURAL EN "EL LITRE" (BIO-BIO). "Al señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción, con el fin de que la Corporación de Fomento de la Producción amplíe de 6 a 12 años el plazo de los empréstitos para electrificación rural, con el objeto de que los pequeños propietarios de la comunidad de "El Litre", de la comuna de Los Angeles, puedan instalar servicios de alumbrado en sus casas particulares y en sus predios cuyo monto alcanza a Eº 15.000, que deberían restituir en seis cuotas, lo que les resulta extremadamente gravoso e imposible de asumir." DOTACION DE UN PROFESOR Y CONSTRUCCION DE HABITACION PARA PERSONAL DOCENTE DE ESCUELA FISCAL Nº 11 DE "EL LITRE" (BIO-BIO). "Al señor Ministro de Educación Pública, con el fin de que se dote a la Escuela Fiscal Nº 111, de la localidad El Litre, de la comuna de Los Angeles, de un profesor más, en atención a que tiene más de 80 alumnos y un solo profesor. Asimismo, para que se construya casa habitación para los maestros." CASA HABITACION PARA PROFESORES DE ESCUELA Nº 9 DE "CERRO COLORADO" (BIO-BIO). "Al señor Ministro de Educación Pública, con el fin de que en la Escuela Nº 9, de Cerro Colorado, comuna de Los Angeles, se construya habitación para los dos profesores de ella, los cuales ocupan en la actualidad dos salas de clases, de un total de cuatro, en circunstancias de que hay que atender 180 alumnos." ELECTRIFICACION DE ESCUELAS FISCALES Nºs 85, 111 Y 9 DE LOS ANGELES (BIO-BIO). "Al señor Ministro de Educación Pública, para que obtenga que la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales aporte una suma razonable para la electrificación de las Escuelas fiscales Nºs 85, 111 y 9 de la comuna de Los Angeles." Del señor Hamilton: RECURSOS A LA MUNICIPALIDAD DE COIHAIQUE PARA REPARAR DAÑOS PRODUCIDOS POR ERUPCION VOLCANICA (AISEN). "Al señor Ministro de Hacienda, a fin de que atienda a la petición de la Municipalidad de Coihaique para que se le asignen fondos extraordinarios a fin de atender las graves consecuencias derivadas de la erupción volcánica que afecta especialmente a Puerto Ingeniero Ibáñez, Villa Cerro Castillo y otros lugares." FONDOS PARA LA MUNICIPALIDAD DE COIHAIQUE (AISEN). "Al señor Ministro de Hacienda, solicitándole que tenga a bien adoptar las medidas que permitan acelerar la tramitación de la solicitud de la Municipalidad de Coihaique al Banco del Estado, de 300 mil escudos, para solucionar problemas urgentes de esa comuna, pendiente de la resolución de ese Ministerio. "La Oficina del Banco en Coihaique la remitió a Santiago con fecha 27 de julio de 1971." Del señor Ochagavía: ACTIVIDADES DE GRUPOS DENOMINADOS "MIEMBROS DE LA OPERACION SALTAMONTES" EN CHILOE. "Al señor Ministro del Interior, denunciando la presencia en Chiloé de un grupo de elementos que se denominan Miembros de la Operación Saltamontes, dependientes de la Consejería Nacional de Desarrollo Social, que están promoviendo en esa provincia toda clase de desórdenes, llegando, inclusive, a la violencia. Se tomaron las oficinas de la Sociedad Austral de Electricidad S. A. (SAESA), filial de ENDESA. Han llenado la ciudad de pinturas, estropeando los edificios. Han incitado a la toma de las carnicerías y de terrenos particulares. Han realizado reuniones públicas sin el permiso correspondiente, en las que se ha insultado incluso a las autoridades. "Esos elementos usan vehículos fiscales de la Corporación de Servicios Habitacionales, en días festivos, patentes BN-41 y AA-84, manejados por Samuel Aracena Trossi y Abel Díaz Vilca, los que fueron requisados por Carabineros. "Es importante agregar que en dicho grupo se encuentran varios extranjeros, quienes serían los dirigentes de esta acción destinada a movilizar políticamente a la gente, en especial a las poblaciones, y exigir el cumplimiento del programa del Gobierno. "En atención a lo expuesto, solicito que se me envíe nómina de tales elementos, rentas que ganan, situación de los extranjeros en cuanto a la visa de ingreso y su calidad funcionaría. Asimismo, pido la inmediata disolución de esos grupos, e investigar la responsabilidad de quienes los dirigen y han incitado a todas esas actitudes fuera de la ley." TRANSPORTE DE MERQADERIAS CHILENAS POR ARGENTINA. "Al señor Ministro de Relaciones Exteriores, a fin de solicitarle la modificación del Convenio Argentino-Chileno para el transporte de mercaderías entre Magallanes, Aisén y Chiloé Continental y el resto de Chile a través de Argentina, vía terrestre, ya que las actuales exigencias argentinas hacen imposible, por su alto costo y difícil trámite, ese medio indispensable de desarrollo regional, y no corresponden a la reciprocidad chilena en cuanto al tránsito argentino en nuestro territorio." FACILIDADES CREDITICIAS Y TRIBUTARIAS PARA POBLADORES DE LOCALIDADES AFECTADAS POR ERUPCION VOLCANICA EN AISEN. Al señor Ministro de Hacienda, solicitándole adoptar las siguientes medidas administrativas o legales, según proceda -a través del veto, en el proyecto de reconstrucción, que abarca a la provincia de Aisén-, a favor de la zona afectada por la erupción del volcán Ventisquero: "1.- Condonación de intereses y prórroga de todos los vencimientos comprendidos entre el 1º de junio de 1971 y el 31 de mayo de 1972, para ser cancelados en esta última fecha (Banco del Estado, CORFO e INDAP). "2.- Prórroga de la segunda cuota del impuesto a la renta de los agricultores y con vencimiento al 30 de noviembre de 1971, para el día 31 de mayo de 1972. - "Dictación de una ley que condone multas e intereses para impuestos morosos, por un plazo de noventa días contado desde su publicación en el Diario Oficial y con relación a los contribuyentes de la provincia de Aisén. "Prórroga al 31 de mayo de 1972 de la tercera cuota de impuesto a la renta y global complementario. Además, de la segunda cuota del impuesto CORVI correspondiente al año tributario de 1971. "3.- Se instruya a los organismos fiscales y de crédito que corresponda a fin de que se estudie urgentemente la mejor manera de ir en ayuda de los sectores de la población más directamente afectados por los recientes sucesos acaecidos en la provincia. "4.- Asignar fondos extraordinarios a la I. Municipalidad de Coihaique y Puerto Aisén para atender especialmente la Villa Cerro Castillo, Puerto Ingeniero Ibáñez y otras localidades más dañadas por la erupción volcánica." FARO EN RIO HUEQUE, PENINSULA DE AYACARA (CHILOE). "Al señor Ministro de Obras Públicas y Transportes, con el objeto que se sirva destinar los recursos necesarios para construir un faro en la barra del río Hueque, en la península de Ayacara, Chiloé Continental." SUSPENSION DE CREDITOS AL SECTOR PUBLICO POR LA EMPRESA DE COMERCIO AGRICOLA (ANTOFAGASTA). "A los señores Gerente General y Fiscal de la Empresa de Comercio Agrícola, en los siguientes términos: "La Asociación de Obreros Portuarios de Antofagasta me ha comunicado que la Empresa de Comercio Agrícola ha suspendido los créditos al sector público, acarreando las graves consecuencias que son de suponer. "Ruego a Ud. informarme a qué se debió la suspensión de los créditos y qué posibilidades habría para modificar el procedimiento del sistema crediticio que beneficia al sector público, a fin de poder seguir prestando este servicio." Del señor Olguín: CREACION DE CARGO DE OFICIAL DE PRESUPUESTO EN LICEO DE CALAMA (ANTOFAGASTA). "A los señores Director General de Educación Secundaria y Jefe de Presupuestos del Ministerio de Educación Pública, en los siguientes términos: "Por oficio Nº 292 del 31 de agosto del presente año, don Raúl Aracena Villarroel, Rector del Liceo de Hombres de Calama, está solicitando a la Oficina de Presupuestos del Ministerio de Educación la creación de una plaza para oficial de presupuestos, cargo que es absolutamente necesario para el buen funcionamiento de ese plantel educacional, ya que cuenta con medio pupilaje y un alumnado que sobrepasa las 800 plazas. "Por una, orden emanada verbalmente del Jefe de Presupuesto, se autorizó al señor Rector de dicho establecimiento para poner en funciones a una persona que cumpliera con los requisitos exigidos a contar del 1° de abril de 1971, orden que se está solicitando ratificar." El señor FERRANDO (Vicepresidente).- En Incidentes, el primer turno corresponde al Comité Social Demócrata. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. El segundo turno corresponde al Comité Mixto. El Partido Democracia Radical, que figura en primer lugar entre los miembros de dicho Comité, ha cedido 12 minutos de su tiempo al Honorable señor Ibáñez. Tiene la palabra el Honorable señor Ibáñez REPLICA A OBSERVACIONES SOBRE ALCANCES A DECLARACIONES PUBLICAS DEL MINISTRO DE ECONOMIA. El señor IBAÑEZ.- Señor Presidente, el miércoles pasado, cuando se inició la hora de Incidentes, me encontraba en los comedores del Senado. También estaba ahí el señor Teitelboim, quien vino presuroso a la Sala para intervenir en el primer turno de Incidentes de ese día. Pocos minutos después fui advertido de que el señor Senador estaba haciendo referencias a mi persona. Me incorporé inmediatamente a la sesión y participé en ella, respondiendo los cargos sin fundamentos, los conceptos injuriosos y las alusiones de todo orden que el señor Teitelboim creyó del caso hacer respecto de mí. En consecuencia, mi respuesta a sus palabras en esa parte' de la sesión la di el mismo día en que él las pronunció, y no necesito volver sobre ellas. Pero sólo con posterioridad he venido a imponerme de la diatriba que el señor Senador tenía preparada y que leyó mientras yo estaba ausente de la Sala. Deseo llamar la atención del Senado ante un hecho bien curioso: cada vez que yo uso de la palabra, el señor Teitelboim me interrumpe a pretexto de aparecer como celoso defensor de la corrección de los procedimientos y de las buenas maneras que deben mantenerse en el Senado. Pero en esa actitud suya, como en la generalidad de sus actuaciones políticas, el señor Senador procede con una hipocresía absoluta. Si realmente él fuese respetuoso de las normas de convivencia que existen en esta Corporación, se habría sentido en la obligación de advertirme al salir del comedor, que se referiría a mi persona, para que yo estuviese presente cuando me hiciera los gravísimos cargos que responderé a continuación. Contesto ahora sus palabras diciendo que el señor Teitelboim cometió un acto, no sólo de incorrección, sino de cobardía moral, porque no se atrevió a pedirme que estuviera presente cuando él formulara imputaciones muy serias, las que, desde luego, rechazo en la forma más airada. Muy distinto es el proceder mío, pues esta tarde, con tiempo, al iniciarse la sesión, informé y notifiqué a la representación del Partido Comunista que yo daría respuesta a las diatribas e infamias que el señor Senador pronunció en mi ausencia. Por tanto, tengo fundada razón para sostener que el señor Teitelboim es un cobarde, porque procede como tal. Sólo muy brevemente voy a referirme a algunas picarescas apreciaciones que Su Señoría hizo sobre mi actuación en el Senado, cuando sostuvo que yo utilizo esta Corporación como un trampolín para hacer una noticia escandalosa que tenga resonancia en la prensa. Creo que mis largos años de vida parlamentaria no autorizan a nadie para expresar lo que dijo el señor Senador, y estoy cierto de que la opinión pública, que me conoce bien, tiene un juicio absolutamente diferente del que él expresó. El señor Teitelboim quiso justificar sus palabras aludiendo a la larga, tenaz y fructuosa campaña que yo realicé en relación con el túnel Lo Prado. Sostuvo en aquella sesión que yo, que atravesaba todas las semanas ese túnel, nunca hice en el Senado una rectificación de mis acusaciones y un reconocimiento autocrítico de que el Senador que habla habría estado equivocado en todo lo que sostuvo hasta que dicha obra se terminó. La verdad es que -y le ruego, señor Presidente, excusarme si mis palabras parecieran carecer de modestia- gran parte de los impulsos que obligaron a la construcción de ese túnel, se debió a la campaña que realizó el Senador que habla. No es inmodestia de mi parte tener que referirme a ello, porque la opinión pública también tiene un concepto claro sobre esta materia, y porque el testimonio de que la Administración anterior no tenía el propósito de hacer esa obra vital para las provincias de Valparaíso y de Santiago, está en la rectificación, a un alto costo, que ese Gobierno efectuó del trazado del camino por la Cuesta de Barriga, cuesta que fue pavimentada con cuatro vías, tratando en esta forma de aplacar la presión de la ciudadanía de Valparaíso y de postergar o, simplemente, dejar de construir el túnel Lo Prado. La presión de esa opinión pública, las campañas que me correspondió encabezar y los emplazamientos políticos que hice a la Administración anterior, la decidieron finalmente a construir ese túnel. Por consiguiente, cada vez que lo atravieso me siento muy orgulloso de haber contribuido en la medida de mis fuerzas y de mis posibilidades a que se realizara una obra de tan positivo progreso para ambas provincias y para el país. Lo mismo tengo que contestar al Honorable señor Teitelboim respecto de su referencia a mi actuación en Longotoma, cuando, a petición de los campesinos de ese predio, asumí su defensa durante la pasada Administración. El señor Senador dice que me precio de ser un campeón del orden y del respeto a la propiedad privada, y que, sin embargo, actué convertido en guerrillero, tratando de arrastrar a unos cuantos campesinos apatronados para atrincherarse y resistir la acción de la autoridad. Nuevamente el señor Teitelboim incurre en un error o en una falsedad. Yo asumí tal actitud precisamente en defensa de los derechos de esos campesinos, que fueron conculcados bajo el Gobierno anterior, cuando éste propuso hacer con ellos y con otros campesinos asentados lo que, en escala gigantesca, intenta hacer la Administracin actual: someterlos políticamente, privarlos de su independencia y de su libertad y tenerlos a disponibilidad de capataces políticos para contar con una fuerza dócil que respalde los propósitos del Gobierno. A mi juicio, todo ello vulneraba en forma gravísima la independencia de esos trabajadores y los privaba de sus derechos. Por eso asumí su defensa. Hoy día no son sólo los campesinos de Longotoma los que claman por la opresión en que viven bajo el régimen de reforma agraria, agravado hasta extremos increíbles por el Gobierno actual. Bien se sabe que el Gobierno -con franqueza que es preciso reconocer- ha advertido que su propósito no es el de cumplir la ley, haciendo propietarios a esos campesinos, sino transformar los predios expropiados en haciendas estatales, con lo cual los campesinos quedarán definitivamente en condición de siervos, semejante a la que tenían los hombres que labraban la tierra durante el medievo. Por último, debo referirme a la majadera imputación que me ha hecho en otras ocasiones el Honorable señor Teitelboim en cuanto a que yo represento el maridaje política-negocios, y a que mis actuaciones públicas estarían condicionadas por mis intereses privados. Se necesita ser demasiado majadero y ridículo para hacer una afirmación de tal naturaleza, puesto que el país entero sabe de la independencia con que actúo, y la forma en que arriesgo, sin adoptar precauciones de ninguna especie no solamente mi posición y los bienes que poseo, sino que, inclusive, mi integridad física, frente al clima de amenazas y violencia que vive nuestro país. Jamás he callado mis juicios adversos al Gobierno, por poderoso o amenazante que sea, cuando está de por medio da defensa del interés de Chile. En consecuencia, si hay políticos en nuestra patria a quienes jamás se podrá hacer semejante cargo, yo me cuento entre ellos. No puede decirse lo mismo del señor Teitelboim. El percibe un estipendio de su partido para ejercer sus cargos políticos y por realizar sus funciones dentro del Senado y fuera de él, inclusive la de injuriar y denigrar a un Senador, como lo hizo conmigo. Hasta para efectuar esas actividades, él recibe dinero del Partido Comunista. Comprendo que a lo largo de la Historia muchas funciones han sido realizadas indistintamente por personas motivadas por una ideología o por un impulso patriótico, y por personas que, profesionalizadas reciben una paga para efectuar tales trabajos. Esa fue la condición de los condotieros del Renacimiento: hombres que ponían su espada al servicio de quien la pagaba mejor. El Honorable señor Teitelboim percibe un sueldo para actuar en política, y los hombres que así actúan, sea en la guerra o en la política... El señor FERRANDO (Vicepresidente).- Ha terminado el tiempo del Comité de la Democracia Radical. En el turno del Comité Mixto, ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. En el tiempo del Comité Nacional, puede continuar Su Señoría. El señor IBAÑEZ.- Gracias, señor Presidente. Decía que los hombres que así procedían tenían un nombre, que puede ser considerado peyorativo por algunos, pero que es la denominación que les corresponde. Ellos fueron conocidos y se les conoce en la actualidad con el nombre de "mercenarios". Y, para mí, el señor Teitelboim es un mercenario de la política. Por consiguiente, no le reconozco derecho ni título alguno para emitir juicios sobre mi persona ni sobre ningún otro político que haya llegado a esta Corporación al igual que yo: con un limpio título dado por el pueblo y sin otra meta que la de servir los altos intereses del país y de las provincias que representamos. Por lo tanto, no acepto las insolencias del señor Teitelboim y rechazo las palabras que pronunció, porque sostengo que él es incapaz de comprender a las personas que primero se esfuerzan en su vida por tener una posición independiente que les permita actuar después digna e independientemente en política sin recibir sueldos de nadie o hacerse ingresos indebidos mediante su gestión. La vida de hombres de trabajo iguales a mí es la garantía evidente de la rectitud de nuestros procedimientos y del absoluto desinterés con que actuamos en la vida pública. NEGATIVA DE CANAL NACIONAL DE TELEVISION A CUMPLIR DISPOSICIONES SOBRE EL DERECHO DE REPLICA. El señor IBAÑEZ.- La semana pasada me referí detenidamente a la campaña de difamación de que he sido objeto por diversos órganos de prensa, uno de cuyos últimos ecos fue precisamente esa intervención del señor Teitelboim. Me referí a la campaña de los órganos de prensa del Gobierno, o controlados por éste, y lo hice con motivo de las declaraciones falsas del señor Ministro de Economía, por las cuales intentaba descargar sobre mí parte de su responsabilidad por la escasez de alimentos que afecta a muchos hogares chilenos. En aquello oportunidad, hice presente que, además de los diarios y publicaciones de la Unidad Popular, se había sumado a esta campaña difamatoria el Canal de Televisión Nacional, que en el programa Página Libre, televisado el día 29 de agosto, hizo alusiones de extrema gravedad en mi contra, llegando incluso a imputarme la comisión de diversos delitos, sin que me hubiera sido posible, hasta aquella fecha, contar con el libreto de esa diatriba para iniciar las querellas pertinentes o utilizar los recursos que las leyes me franquean, a fin de defenderme de las calumnias propaladas en mi contra. Destaqué la circunstancia de que los ciudadanos y, en especial, los políticos de Oposición, se encontraban inermes frente a estos hechos, ya que el derecho a réplica que consignan diversas disposiciones legales para estos casos, era tan sólo nominal, debido a que el control que los comunistas ejercen sobre la televisión impide defenderse, e impide, sobre todo, rectificar y denunciar los propósitos difamatorios de este tipo de programas que se difunden a través del país. Lo anterior se ha visto plenamente confirmado por la actitud del Canal de Televisión Nacional que, pasando por sobre la, ley y desobedeciendo instrucciones terminantes del Consejo Nacional de Televisión, como lo voy a demostrar, me impidió defenderme de las calumnias de que me hizo víctima. Los episodios de este caso tienen que ser conocidos en todos sus detalles por el Senado, porque configuran y confirman el propósito de una campaña que, mediante ataques a la honorabilidad de los parlamentarios que no se someten a la Unidad Popular, persigue el desprestigio del Parlamento y del sistema democrático, que tiene su expresión más representativa precisamente en el Congreso. Impuesto de la transmisión de ese programa del domingo 29 de agosto, solicité el lunes 30, por intermedio de la Oficina de Informaciones del Senado, que se me hiciera llegar el texto del libreto leído en mi contra. El martes 31, en compañía del representante del Senado en el Directorio del Consejo Nacional de Televisión, don Rolando Molina, acudí personalmente al Canal, para que se me permitiera responder las imputaciones calumniosas de que había sido objeto. El Subdirector señor Helvio Soto, de filiación comunista -debo hacer notar que los ejecutivos más ira-portantes del Canal 7 son militantes del Partido Comunista-, no pudo encontrar ni obtener el texto del libreto, pero me anunció que mi demanda de que se me concedieran breves minutos para replicar personalmente, sería estudiada. Al día siguiente, 1º de septiembre, el señor Soto envió una carta al señor Rolando Molina, manifestando que, a su juicio, no correspondía ceder el tiempo que yo había solicitado, y trató de justificar su actitud en consideraciones absolutamente inaceptables, adjuntado, a la vez, el texto del libreto del programa en referencia. Ese mismo día miércoles se reunió el Consejo Nacional de Televisión e, impuesto por el señor Molina de mi solicitud a Canal 7 y de la respuesta del señor Helvio Soto, resolvió ocuparse en mi protesta por la negativa del Canal 7 a concederme el derecho a réplica que la ley me otorga y cuyo cumplimiento exigí. El Consejo conoció todos los antecedentes y estudió el texto de la diatriba leída en mi contra. ¿Qué se afirma, en resumen, en ese programa, en lo que a mí se refiere? Que soy propietario de un monopolio; que recomiendo a clientes de supermercados que acaparen productos alimenticios; que deliberadamente estoy impidiendo que una Compañía que sería de mi propiedad, según ese Canal, produzca lo suficiente. Todo esto, según consta del texto adjuntado por el señor Soto, fue ilustrado con numerosas fotografías mías mostrándome en diversas actitudes. El programa transmitido por Canal 7 no se contentó con hacer por su propia cuenta tales afirmaciones, cuya falsedad he demostrado pública y reiteradamente y que, repito, significan imputarme la comisión de diversos y muy graves delitos; sino que, ante mi justificada protestadme negó toda posibilidad de defenderme, concediendo sólo la rectificación por escrito de las cifras falsas que se difundieron. Al Consejo Nacional de Televisión no le cupo dudas de que dicho programa constituía una difamación calumniosa, y resolvió, por unanimidad, ordenar perentoriamente al Canal 7 concederme cuatro minutos. Para conocimiento del Senado solicito que el texto de la comunicación enviada por dicho Consejo al Presidente de Televisión Nacional, se inserte en la versión de mi discurso. El señor FERRANDO (Vicepresidente).- Oportunamente, se solicitará el acuerdo de la Sala para acceder a dicha petición. -El documento cuya inserción se acuerda más adelante, es el siguiente: "Santiago, 2 de septiembre de 1971. "Señor "Presidente de la Empresa Nacional de Televisión. "Canal 7. "Presente. "Señor Presidente: "El domingo 29 de agosto recién pasado en el programa "Página Libre", que se transmite a las 20 horas por ese Canal se vertieron expresiones injuriosas y ofensivas para la persona del Honorable Senador Pedro Ibáñez Ojeda. "Al respecto, el Consejo resolvió disponer que ese Canal otorgue al Senador señor Pedro Ibáñez en el mismo programa el domingo próximo cuatro minutos a fin de que personalmente, pueda contestar los conceptos que estima ofensivos. "Lo que comunico a usted para su cumplimiento. "Saluda a usted muy atentamente. "Waldo Suárez Zambont. Subsecretario de Educación. Presidente Subrogante del Consejo Nacional de Televisión." El señor IBAÑEZ.- Gracias, señor Presidente. No puedo dejar de destacar la importancia que reviste la resolución adoptada por el Consejo Nacional de Televisión, porque el acuerdo a que me acabo de referir adquiere en este caso especial relieve, por dos hechos que debo mencionar: en primer término, por haber sido adoptado por la unanimidad de sus miembros presentes y, en seguida, por la calidad y variada militancia política de sus integrantes. En efecto, concurrieron a este acuerdo, el señor Jaime Bellalta; representante de la Universidad Católica de Santiago; el abogado señor Jorge López, de la Universidad Católica de Valparaíso; los señores Ministros de la Corte Suprema, don Eduardo Ortiz y don José María Eyzaguirre; los señores Enrique Krauss, ex Ministro del Gobierno de la Democracia Cristiana, y Sergio Onofre Jarpa, representante de la Honorable Cámara de Diputados; los señores Eduardo Palma, Rolando Molina y Humberto del Canto, representantes del Senado, y este último ex tesorero de la campaña presidencial del actual Presidente de la República. Finalmente, el señor Subsecretario de Educación Pública, don Waldo Suárez, de militancia socialista, que presidía el Consejo en ausencia de su titular, el señor Ministro de Educación. Pues bien, todas estas personas coincidieron unánimemente en estimar que había existido una difamación en mi contra, al tenor del propio documento entregado por el señor Helvio Soto y dispusieron que se me concedieran cuatro minutos para replicar, de acuerdo a la orden, transcrita por carta, que he dado a conocer. Pero esto no es todo. El señor Enrique Krauss pidió que se dejara expresa constancia de que, a su juicio, el ataque implicaba imputar la comisión de diversos delitos económicos a un Senador de la República, lo que consideraba inadmisible. Yo me aprestaba a concurrir el domingo pasado al Canal 7, cuando, el viernes anterior, el propio señor Soto declaró, bajo su firma, que no cumpliría el acuerdo del Consejo y notificó que yo no dispondría de dicho espacio, según consta de una nueva carta enviada por el señor Soto a don Rolando Molina, y cuyo texto me permito rogarle, señor Presidente, sea incluido también en mi intervención. El señor FERRANDO (Vicepresidente).- En el momento oportuno, se requerirá el acuerdo de la Sala para acceder-a dicha publicación. -El documento cuya inserción se acuerda más adelante, es del tenor siguiente: "Santiago, septiembre 3 de 1971. "Señor "Rolando Molina R. "Presente. "Estimado señor: "A última hora de hoy he recibido una nota suya. Se la contesto de inmediato, como lo he hecho con las anteriores comunicaciones que he recibido y que dicen relación al tema que preocupaba a su representado, el Honorable Senador don Pedro Ibáñez. "Me permito señalarle que usted estampa, sobre su propia firma, la comprobación de nuestro temor: se ha dado por configurado un hecho sin que se hayan tomado, antes, las medidas para verificar la existencia del hecho y su dimensión exacta. Dice usted que "las alusiones, según me han expresado otras personas, son mayores. . .". Acépteme que le señale que no hay otras alusiones que digan relación al Senador Ibáñez y la comprobación la podrá usted hacer: 1.- En el libreto completo del programa que ha sido oportunamente enviado a la OIR y respondiendo a su petición; 2.- En la visión del programa cuestionado y cuya cinta de "video tape" será enviada al Senado y conforme a la petición que hemos tenido en ese sentido. "Las mismas razones hemos expuesto al Consejo Nacional de Televisión para hacerle presente que nos eximiremos de las instrucciones que él ha considerado dentro de sus atribuciones el impartir, porque llegamos a la convicción precisa de que tales instrucciones habían sido inspiradas por juicios de oídas o de terceros y no por la verificación exacta y real de los hechos. "Comprenderá usted, señor Molina, que sería una grave falta de respeto a la institución a la que pertenezco, una falta de respeto a usted y a mí, el admitir que se cumplan actos que, en lo último y en lo definitivo, va a aparecer como una sanción a nuestro canal y por una falta que no hemos cometido. O, al menos, permítame que cumpla con gestos de elemental honestidad funcionaría, lo que incluye mi deber de exigirles, a quienes solicitan algo de nosotros, cumplan con el elemental deber que les cabe: actuar con todos los verdaderos antecedentes debidamente conocidos y estudiados. "Por las razones expuestas -y lo lamento de veras- le ruego que considere el que no hemos programado presentación personal alguna del señor Pedro Ibáñez el domingo próximo. Sin embargo, le reitero lo prometido y que constituye para nosotros una obligación: puede ser dirigida una rectificación o una aclaración escrita al Departamento de Prensa de Canal 7 y que diga relación con el contenido estricto del programa "Página Libre" del domingo 29. "Le saludo cordialmente, Helvio Soto S. Director. Televisión Nacional de Chile." El señor IBAÑEZ.- Muchas gracias, señor Presidente. Todo lo anterior deja sobradamente comprobado lo que denuncié la semana pasada en esta misma tribuna: que los ciudadanos chilenos e incluso los que recibimos una investidura parlamentaria, están absolutamente indefensos e inermes frente a las difamaciones que en su contra efectúa Televisión Nacional. Este hecho no puede ser más grave. Pero adquiere características peores si se considera la sucesión de vejámenes y difamaciones de que han sido objeto miembros del Congreso, el último de los cuales lo ha sufrido el propio Presidente del Senado, nuestro colega el Honorable señor Patricio Aylwin. Advierto a los señores Senadores que esta actitud representa una amenaza que, progresivamente y a su hora, se hará extensiva en contra de todos y cada uno de los miembros de esta Corporación. Ahora me ha tocado a mí. Mañana podrán ser los colegas radicales, y no se piense que está demasiado lejos el día en que le corresponda el turno hasta al propio señor Teitelboim, ya que todos sabemos que su posición ideológica en el campo político está claramente a la derecha del MIR, de modo que bastará que a esos extremistas les parezca que el Honorable señor Teitelboim o algún otro señor Senador comunista hayan incurrido en actitudes revisionistas para que los hagan víctimas de sus ataques y los pongan en la picota del escándalo a manos de los difamadores del Canal de televisión estatal. Mis advertencias no envuelven ninguna exageración. La violencia, la anarquía y la desaprensión que prevalecen en el Canal 7 se demuestran además por otro hecho, que estoy seguro habrá de causar una dolorosa sorpresa a todos los Honorables Senadores. Me refiero a la circunstancia de que el Presidente de Televisión Nacional, el respetable hombre público y ex Senador socialista, don Eugenio González, ha debido adoptar una actitud que, por las informaciones que poseo, implicaría su alejamiento definitivo de ese Canal, ante la imposibilidad de poner atajo a los desmanes que a diario ocurren en esa empresa. Quiero manifestar, por de pronto, mis agradecimientos al señor Eugenio Gonzáles, por haberme hecho saber sus sentimientos de rechazo a las ofensas de que fui objeto, sin que él pudiera impedirlas, porque se encuentra haciendo uso de un permiso indefinido, a la espera, según parece, de la decisión que adopte el Presidente de la República sobre la renuncia que él habría presentado a su cargo. A título informativo, agrego que, en la actualidad, se desempeña como presidente subrogante en ese Canal, el señor Demetrio Gutiérrez. De los antecedentes que he expuesto, me parece que, en resguardo de la dignidad del Senado y la honra de sus integrantes, sería altamente recomendable que consideráramos la posibilidad de realizar un verdadero proceso público a las actuaciones de Televisión Nacional, por lo que me permito sugerir al señor Presidente que si lo estima conveniente, estudie esta proposición. De ser necesario, podría citarse a una reunión de Comités, y pedir la comparecencia de los representantes del Honorable Senado ante el Consejo Nacional de Televisión, para que informen sobre lo que acontece en el Canal 7. Pienso que tampoco deberíamos prescindir de la idea de una sesión especial para analizar en todos sus alcances y perspectivas esta gravísima situación que dejo denunciada. Por último, estimo que la opinión pública merece que el Senado se preocupe en alguna forma de impedir que se continúe utilizando a la televisión como un medio de propaganda política, de "con-cientización" ideológica, de degradación moral y cultural del país, y, lo que es peor, como herramienta de odios y presiones, de difamación de las honras y personas o grupos de personas, a fin de satisfacer los propósitos políticos de aquellos militantes que controlan y manejan a su amaño este importante medio de comunicación social. En cuanto atañe a mi persona, he querido hacer público los engaños y los procedimientos ilegales y tortuosos, y el desaprensivo desconocimiento de sus obligaciones legales por parte de Televisión Nacional. Termino mis palabras expresando mi más enérgica protesta por habérseme impedido utilizar ese medio de comunicación para denunciar las infamias de que he sido víctima, privándome con tal objeto del derecho de réplica que la ley me concede, y que el propio Consejo Nacional de Televisión ratificó y dispuso por la unanimidad de sus miembros. POLITICA INTERNACIONAL DE CHILE. ANIVERSARIO DE LA INDEPENDENCIA DE BRASIL. El señor IBAÑEZ.- La visita del Presidente Allende a las naciones hermanas de Ecuador, Colombia y Perú, y el tenor de sus discursos oficiales y de las declaraciones conjuntas han puesto en evidencia un hecho importante y auspicioso en las relaciones iberoamericanas. La posición del gobernante chileno a favor del principio de no intervención o, más explícitamente, de "no intromisión" en la vida política de otros pueblos, fue no sólo invariablemente reiterada, sino demostrada por el hecho mismo de visitar naciones y Gobiernos cuyas orientaciones políticas difieren -en algunos casos, en forma notoria- de las que ahora prevalecen en Chile. Con igual o mayor evidencia quedó confirmada la voluntad del Jefe del Estado de respetar a todos los Gobiernos cuando en fecha reciente visitó a Salta para entrevistarse con el Mandatario argentino, General señor Lanusse. La posición prudente, amistosa y cordial del gobernante de Chile -que se abstiene de emitir juicios sobre ningún Gobierno-, y que guarda el sentido de las proporciones al no intentar influencias políticas ni liderazgos sobre otros pueblos, revive la buena tradición chilena a la vez que responde al bien entendido interés de nuestra patria. En la misma medida en que tratemos con cordialidad y respeto a las demás naciones de América, recibiremos también el respeto y el afecto de todas ellas. Pero en el plano de las posiciones internacionales de los pueblos iberoamericanos, esta línea chilena marca una nueva y muy distinta orientación para las fuerzas que profesan ideas marxistas. Hasta la fecha, el marxismo se había identificado en su conducta internacional con los actos de intervención y con las amenazas que han caracterizado las agresivas posiciones de Fidel Castro. Pero ahora surge desde Chile una línea, no sólo diferente, sino opuesta a la del dictador cubano, dando origen a una dualidad de enfoques, a una contraposición de métodos y a una disconformidad de tácticas que introduce una especie de competencia con la fuente -hasta ahora monopólica- que inspiraba la posición, marxista en materias de política internacional. ¿Cuál línea habrá de triunfar en definitiva en los círculos marxistas de nuestro hemisferio? ¿La prudente y sensata del Presidente Allende, o la entrometida y vociferante de Fidel Castro? Deseamos de corazón que sea la primera, puesto que fortalece la convivencia pacífica y permite a cada pueblo concentrar sus energías en la solución de sus propios problemas, que no son pocos. Coinciden mis reflexiones con motivo del viaje y del retorno del Presidente Allende con una gran fecha histórica en América: el aniversario de la independencia de Brasil, que se celebra en el día de hoy. Nuestra vinculación con ese pueblo hermano, a través de una larga tradición de cordial amistad, bastaría para asociarnos con júbilo a la celebración de su fiesta nacional. Pero, además, hemos estado y seguimos unidos por circunstancias históricas inalteradas, y de tal gravitación, que han hecho de la permanente amistad de Brasil y Chile un factor de ponderación y de equilibrio con repercusiones altamente favorables para las buenas relaciones de muchos pueblos de América. Sé que no escaparán a la sagacidad del Presidente Allende las benéficas consecuencias de mantener en su integridad los lazos que por tantos años hemos cultivado con Brasil, y que tampoco dejará de valorar en su política de acercamiento a todos los pueblos del continente las posibilidades inconmensurables que ofrece Brasil en un momento de la historia latinoamericana en que la integración económica constituye una de las mejores alternativas de progreso colectivo, a la vez que de desarrollo de las economías de cada nación. Con frecuencia escuchamos informaciones deprimentes sobre el subdesarrollo y la carencia de expectativas para los pueblos de América. Dichas apreciaciones se basan en consideraciones generales y vagas, y en cifras que reflejan promedios continentales que, por lo mismo, no son relevantes de la situación particular de ningún país. Tomada así, en su conjunto, América Latina aparece como una gran abstracción en la que, lamentablemente, se dan casos de pueblos que progresan lentamente, se encuentran estancados o retroceden. En cambio, hay otros que atraviesan períodos florecientes y cuya pujanza progresista permite considerarlos como destacados y estimulantes modelos. Es, precisamente, el caso de Brasil. Ello se demuestra fundamentalmente por el crecimiento de su producto interno bruto, que en 1969 fue de 9,5%, ritmo sorprendente que se mantiene y acrecienta en el año recién pasado y en lo que va corrido del actual. Esta comprobación de su impresionante desarrollo económico explica la elevación que han experimentado los salarios en términos reales, puesto que en el año último la diferencia entre el índice de inflación -que fue el más bajo del último decenio- y el aumento promedio de los ingresos personales dio una diferencia de 6% a favor de obreros y empleados. En el año en curso se observa, además, un progresivo decrecimiento de la inflación, hasta el punto de que se estima que su tasa no será superior a 10%. En su comercio exterior las exportaciones han logrado niveles "record", sobrepasando los 2.700 millones de dólares. Pero es muy importante destacar que este incremento se debe en forma sustancial a la venta de productos manufacturados, que alcanzó ya la suma impresionante de 450 millones de dólares. Para el año actual se calcula que el ingreso proveniente de las exportaciones llegará a los 3.000 millones de dólares, de los cuales 600 millones corresponderán a productos manufacturados. Tan altos volúmenes explican, asimismo, el aumento de las reservas de Brasil, que superan la suma de 1.200 millones de dólares, lo que coloca a esa nación entre los diez países con mayor solvencia internacional. Por otra parte, un estudio de la CE-PAL demuestra que Brasil es uno de los países cuyo desarrollo ha sido posible no obstante tener uno de los más bajos aportes de capital extranjero. El presupuesto fiscal, financiado íntegramente sin recurrir a emisiones, mostró asimismo el déficit más bajo en muchos años, representativo apenas del 0,4% del producto interno bruto. Cabe destacar que el aumento del ingreso nacional está asociado a una expansión industrial superior al 11% anual, y que la composición de dicho ingreso es muy equilibrada, puesto que el crecimiento de la producción agrícola del año actual será de 9% a 11% superior al del año recién pasado. También es importante señalar el efecto conjunto de la acción del Gobierno federal y de los estímulos económicos destinados a elevar el nivel de vida del noreste de ese gran país. El resultado de dicha política se ha traducido en nuevas fuentes de empleo que absorbieron 500 mil trabajadores de esa zona. Los medios de transporte registran importantísimos avances. La red ferroviaria federal ha adquirido cien locomotoras General Electric fabricadas en España. La producción de automóviles totalmente fabricados en Brasil ha alcanzado en 1970 a 400 mil vehículos. En los primeros tres meses de 1971 la cantidad asciende a 140 mil, o sea, más de veinte veces la producción de todas nuestras armadurías. La industria naval desarrolla un programa que, entre los años 1971 y 1975, implicará una inversión de cerca de mil millones de dólares. Por otra parte, se considera la construcción de barcos por un total de un millón 600 mil toneladas, cifra que contrasta con las construcciones navales del período comprendido entre 1960 y 1969, que llegaron en total a un millón de toneladas brutas. Por último, es preciso mencionar la importante red de comunicaciones aéreas, que ha permitido una conexión expedita y eficiente entre todas las regiones de ese inmenso país. De su amplio complejo de líneas aéreas, es preciso destacar la Compañía Varig, empresa totalmente privada, cuyas acciones pertenecen casi exclusivamente al personal que labora en ella. Varig no sólo es una empresa notablemente bien administrada, sino que figura entre las diez compañías de aeronavegación más grandes del mundo. Pero Brasil no se destaca solamente en el campo de las actividades económicas y en el vigoroso desarrollo alcanzado en años recientes. Las expresiones de su vida artística son sobradamente conocidas, famosas y difundidas a través de muestras de renombre mundial -la Bienal de Sao Paulo, por ejemplo-, para necesitar referirme a ellas. Pero sí debemos recalcar la amplitud del esfuerzo educacional que realiza esa gran nación hermana y que ha llevado a figurar al presupuesto en educación, por primera vez, como el rubro más importante de los gastos del Gobierno federal. De este modo, ha sido posible abrir 170 mil nuevas vacantes para el primer año de la educación superior, lo que casi equivale al total de matrículas de la más alta enseñanza existente en 1966, En el otro extremo de la labor educacional, debe consignarse que el programa de alfabetización permitió la incorporación al contingente letrado de medio millón de brasileños adultos en el último año. La labor de alfabetización se prosigue con mayor intensidad en el curso de 1971, y tiene la meta de incorporar, en un período muy breve, a un millón y medio o dos millones de adultos todavía no alfabetizados. Estos someros antecedentes y cifras permiten apreciar el vigoroso progreso material e intelectual que exhibe Brasil en el día de hoy. Asimismo, permite medir las posibilidades de intercambio y de integración económica que podríamos y deberíamos alcanzar con esa gran nación, porque su inmensa extensión territorial y sus recursos naturales se suman a la laboriosidad y a la fuerza consumidora de sus 92 millones de habitantes -dos veces la población de Francia-, y se multiplican ahora por la tasa asombrosa de su crecimiento económico. Son estas circunstancias las que nos hacen felicitarnos de las notables realizaciones del pueblo hermano, en el día en que conmemoramos su aniversario patrio, y desear, a la vez, muy de corazón, que continúe por su senda de progreso, a fin de obtener para sus habitantes los más altos niveles de vida espiritual y material. Son estas realidades las que deberán estimularnos a consolidar ahora, con mayores motivos que antes, una amistad que ha sido extraordinariamente grata para el pueblo de Chile, y a estrechar esa cordial vinculación, inalterada por más de un siglo, que se ha reflejado, además, en una muy eficaz contribución a las buenas y equilibradas relaciones internacionales de todas las naciones de este continente. He dicho. El señor FERRANDO (Vicepresidente).- El turno siguiente corresponde al Comité Socialista. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Se levanta la sesión. -Se levantó a las 19.27. Dr. Raúl Valenzuela García, Jefe de la Redacción. ANEXOS. DOCUMENTOS: 1 PROYECTO DE LEY, EN CUARTO TRAMITE CONSTITUCIONAL, QUE REGULA EL EJERCICIO DEL DERECHO A VOTO DE LOS ANALFABETOS. Santiago, 3 de septiembre de 1971. La Cámara de Diputados ha tenido a bien aprobar las enmiendas introducidas por ese Honorable Senado al proyecto de ley que regula el ejercicio del derecho a voto de los analfabetos, con excepción de la que consiste en sustituir el encabezamiento y el primero de los incisos que se agregan en el Nº 4º del artículo 2, que ha rechazado. Lo que tengo a honra comunicar a V. E. en respuesta a vuestro oficio Nº 11.371, de fecha 26 de agosto del año en curso. Acompaño los antecedentes respectivos. Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Fernando Sanhueza Herbage.- Jorge Lea-Plaza Sáenz. 2 PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS QUE ESTABLECE UN IMPUESTO A LA TRANSFERENCIA DE AUTOMOVILES EN BENEFICIO DE LA FEDERACION CHILENA DE AUTOMOVILISMO DEPORTIVO. Santiago, 2 de septiembre de 1971. Con motivo de la moción, informe y antecedente que tengo a honra pasar a manos de V. E., la Cámara de Diputados ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente Proyecto de ley: "Artículo único.- Establécese un impuesto de un dos por mil a las transferencias de automóviles, camionetas y station wagons, el que será cobrado y percibido por las Tesorerías Comunales respectivas. Las sumas recaudadas serán giradas mensualmente por la Tesorería General de la República directamente a la Federación Chilena de Automovilismo Deportivo para el fomento y desarrollo del automovilismo deportivo de velocidad.". Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Fernando Sanhueza Herbage.- Jorge Lea-Plaza Sáenz. 3 INFORME DE LA COMISION DE GOBIERNO RECAIDO EN EL PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS QUE AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE FRESIA PARA CONTRATAR EMPRESTITOS. Honorable Senado: Los artículos 1º a 8º de esta iniciativa legal autorizan a la Municipalidad de Fresia para contratar créditos hasta por la suma de un millón de escudos, que deberá ser invertida en la ejecución de obras de adelanto local. Los empréstitos se financiarán con la tasa parcial del uno por mil del impuesto territorial destinada al efecto, ajustándose su servicio y demás características a las normas usuales en este tipo de proyectos. El artículo 9º dispone que las municipalidades del país autorizadas en virtud de una ley para contratar empréstitos con el objeto de costear determinadas obras, podrán aplicarlos a otras distintas en el caso de que las primitivas hayan sido ya realizadas con otra clase de financiamiento. Los nuevos fines a que se destinará el producto de los créditos, deberán ser acordados por los dos tercios de los regidores en ejercicio de la correspondiente municipalidad y en sesión extraordinaria especialmente citada para ello. La Comisión aprobó unánimemente la iniciativa en estudio, a la que introdujo algunas enmiendas meramente formales. En consecuencia, tenemos el honor de recomendaros, por unanimidad, que aprobéis el proyecto de ley en informe con las siguientes modificaciones de forma: Artículo 4° Sustituir la referencia al "artículo 2 del Decreto de Hacienda Nº 2.047, de 29 de julio de 1965, reglamentario de la ley Nº 15.021" por otra al artículo 16 de la ley Nº 17.235". Artículo 9º Sustituir las palabras "ser reemplazadas" por "reemplazarlas". Sala de la Comisión, a 1º de septiembre de 1971. Acordado en sesión celebrada en el día de ayer, con asistencia de los Honorables Senadores señores Lorca (Presidente), Foncea y García. (Fdo.): Jorge Tapia Valdés, Secretario. 4 INFORME DE LA COMISION DE RELACIONES EXTERIORES RECAIDO EN EL PROYECTO DE ACUERDO DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS QUE APRUEBA LA CONVENCION DE LA UNESCO RELATIVA A LA LUCHA CONTRA LAS DISCRIMINACIONES " EN LA ESFERA DE LA ENSEÑANZA. Honorable Senado: Vuestra Comisión de Relaciones Exteriores tiene el honor de informaros acerca del proyecto de acuerdo de la Honorable Cámara de Diputados que aprueba la Convención de la UNESCO relativa a la lucha contra las discriminaciones en la esfera de la Enseñanza. A las sesiones en que se trató este asunto asistieron el Subsecretario interino de Relaciones Exteriores, señor Rigoberto Díaz, el Director de Organismos Internacionales del mismo Ministerio, señor Germán Carrasco, el funcionario del Ministerio de Educación Pública y Presidente de la Comisión Nacional del Convenio "Andrés Bello", señor Hernán Recart y el abogado de FIDES Secundaria, señor Juan Frontaura. Esta Comisión estimó conveniente, antes de emitir un pronunciamiento sobre la Convención en referencia, solicitar al Senado que ella fuera previamente examinada por la Comisión de Educación Pública, a fin de determinar en su seno si tal instrumento se aviene o no con los principios y disposiciones vigentes entre nosotros en esta materia. Así fue acordado por la Corporación, y la Comisión técnica indicada emitió su informe el día 11 de agosto pasado, expresando que el tratado no le merecía reparo alguno, con la sola excepción de una aclaración formal que creyó necesario hacer. El objeto de la Convención -que fue aprobada por la Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, (la Ciencia y la Cultura (UNESCO) el 14 de diciembre de 1960, en París-, es evitar cualquiera discriminación que pudiera hacerse en la enseñanza, explicitando de este modo la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que condena dicha actitud y afirma el derecho de todos a la educación. Este propósito está formulado como un cuerpo orgánico de recomendaciones a los Estados Miembros, en orden a que adopten las políticas y las medias legales y administrativas que permitan que la educación llegue a toda la población, sin exclusiones, limitaciones o preferencias basabas en la raza, sexo, religión, idioma, etc. Hubo consenso en vuestra Comisión para estimar que existe contradicción entre diversas disposiciones de esta Convención y que muchas de ellas están redactadas de modo ambiguo. Sin embargo, del contexto general se desprende que la intención es evitar posibles discriminaciones en la enseñanza, sobre todo en aquellos lugares en que realmente se producen, por lo que se .consideró adecuado dejar constancia de cuales son las reservas que a los diversos miembros de vuestra Comisión les sugiere el articulado. El artículo 1 define lo que se entiende por discriminación para los efectos de la Convención, y el 2 describe diversas situaciones que no son consideradas como discriminatorias. Respecto de este último, algunos señores Senadores manifestaron su inquietud por la frase inicial que dice: "En el caso de que el Estado las admita", la que consideraron poco feliz, ya que por un simple acto de la autoridad podrían pasar a ser discriminatorias las situaciones allí consignadas. Con todo, hubo acuerdo en estimar que esta disposición no quiere decir que se requerirá la autorización del Estado para configurar los tipos de enseñanza allí señalados, sino que, en el evento de que éstos existan y sean tolerados por aquél, no constituirán discriminación. Por otra parte, el encabezamiento que comentamos tiene su razón de ser en que hay Estados que no admiten ninguno de los tipos de enseñanza a que se refiere la norma. Además, suscitó dudas el precepto contenido en la letra c) del mismo artículo 2, por cuanto algunos señores Senadores consideraron que él permitiría que se desvirtuara la educación de carácter confesional, mediante el expediente de hacer ingresar alumnos de otra religión o que carezcan de ella. En realidad, este artículo debe entenderse en concordancia con las letras b) y c) del artículo 5, que consagran el derecho de los padres a dar a sus hijos enseñanza privada y la educación religiosa y moral que se conforme a sus propias convicciones, y el de las minorías nacionales a establecer y mantener escuelas y a enseñar su propio idioma. Se hizo presente también, en relación con la letra a) del artículo 4, que puede plantearse el caso de que aquellos establecimientos privados que imparten enseñanza primaria se vean impedidos de hacerlo si el Estado no les otorga los recursos necesarios, puesto que se establece la gratuidad de este grado de educación sin distinción de ninguna especie. Incluso se planteó que el tratado, tal como está concebido, podría vulnerar de alguna manera las garantías constitucionales, especialmente en lo que dice relación con el Nº 7º del artículo 10 de la Carta Fundamental. Sobre este particular, el representante del Ministerio de Educación Pública puntualizó que desde la perspectiva del Ejecutivo la Convención no tiene relación ni se plantea el problema del costo de la enseñanza, sino que su aplicación debe ser con miras a una efectiva democratización de la misma, en términos de asegurar a toda la población iguales posibilidades de acceso a ella y de evitar que le sea limitada a determinados grupos o personas por consideraciones discriminatorias. La situación actual es que solamente la enseñanza primaria fiscal es gratuita por disposición legal; ningún otro grado de la educación del Estado ni ninguno de los de la particular es obligatoriamente gratuito. La reforma constitucional que empezó a regir el 9 de enero pasado ofrece una contribución económica que garantice su financiamiento a toda la enseñanza privada que se imparta gratuitamente y sin fines de lucro. Por su parte, otros miembros de vuestra Comisión consideraron que la ratificación de la presente Convención por parte de Chile no ofrece ninguna dificultad, ya que nuestro ordenamiento jurídico interno se ajusta a los principios que la inspiran y, además, ella debe ser enfocada como parte de un proceso mundial que tiende a hacer efectivos los derechos humanos, el que reviste una mucho mayor relevancia para otras zonas del globo, con un desarrollo social y cultural distinto del nuestro. Desde otro punto de vista, se argumentó que, en todo caso, las normas de la Constitución Política del Estado prevalecen sin duda por sobre las reglas contenidas en un tratado internacional, las que tienen un rango equivalente al de la ley en la jerarquía de los preceptos jurídicos. Os hacemos presente que, de conformidad con el artículo 9 de esta Convención, ella no admite reservas. En general, las disposiciones procesales que ella contiene son las usuales en este tipo de acuerdos originados en el ámbito de la Organización de las Naciones Unidas. A la fecha, la Convención de la UNESCO relativa a la lucha contra las discriminaciones en la esfera de la enseñanza ha sido ratificada por Francia, Israel, Liberia, U. R. S. S., Cuba, Bielorrusia, Ucrania, Noruega, Nueva Zelandia, Checoslovaquia, Costa Rica, Dinamarca, Argentina, Albania, Hungría, Rumania, Polonia, Líbano, Mongolia, Madagascar, China, Países Bajos, Italia, Perú, Sierra Leona, Senegal, Suecia, Brasil, República Federal de Alemania, Congo (Brazaville), Venezuela, Túnez y Luxemburgo. Además, han adherido a ella República Centroafricana, Reino Unido, República Arabe Unida, Bulgaria, Kuwait, Dahomey, Yugoslavia, Filipinas, Guinea, Australia, Indonesia, Panamá, República de Viet Nam, Níger, Irán, Marruecos, Uganda, Argelia, España, Nigeria y Chipre. También se ha hecho extensiva a numerosos territorios cuya situación jurídica determina que sus relaciones internacionales sean manejadas por otro Estado y ha adherido Suazilandia, que no es miembro de UNESCO. Vistos los antecedentes expuestos, vuestra Comisión de Relaciones Exteriores aprobó, por unanimidad, el proyecto de acuerdo que se refiere a la Recomendación en informe, y os recomienda adoptar un acuerdo similar. Sala de la Comisión, a 6 de septiembre de 1971. Acordado en sesión de fecha 1º del mes en curso, con asistencia de los Honorables Senadores señores Reyes (Presidente), García y Teitelboim. Además, se trató en las sesiones de fecha 21 y 28 de julio pasado, con asistencia de los Honorables Senadores señores Reyes (Presidente), Bulnes, Juliet, Pablo y Teitelboim. (Fdo.) : Rafael Eyzaguirre E., Secretario. 5 INFORME DE LA COMISION DE EDUCACION PUBLICA, RECAIDO EN EL PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS QUE APRUEBA EL CONVENIO UNESCO, RELATIVO A LA LUCHA EN CONTRA DE LAS DISCRIMINACIONES EN LA ENSEÑANZA. Honorable Senado: Con fecha 28 de julio último, la Sala remitió a esta Comisión el Proyecto de Acuerdo de la Honorable Cámara de (Diputados que aprueba el Convenio de UNESCO relativo a la lucha en contra de las discriminaciones en la enseñanza, con el objeto de que, una vez realizado un estudio previo, fuere remitido para su informe a la Comisión de Relaciones Exteriores. El referido instrumento internacional es una "Recomendación" para que los Estados miembros de la Conferencia de UNESCO adopten las medidas necesarias para dar efecto legal en sus respectivos territorios, a los principios formulados en ella. Luego de definir lo que se entiende por "discriminación" en el artículo 1 y señalar infracciones a este principio, la "Recomendación", en su Artículo II, enumera una serie de situaciones excepcionales que no caben en dicho concepto. En seguida, se indica el conjunto de medidas que se orientarían a eliminar o prevenir discriminaciones en este campo, incluso derogar todas las disposiciones legislativas y administrativas que fueren contrarias o pudieren dar lugar a infracciones. En general, los Estados miembros deben realizar todos los esfuerzos necesarios en el sentido de dar cumplimiento a esta "Recomendación", debiendo resumir en sus informes periódicos a la Organización, en las fechas que ésta determine, cuáles han sido las disposiciones legislativas y reglamentarias y demás medidas que hubieren adoptado para la aplicación de sus estipulaciones. Las disposiciones del Convenio no merecieron reparo alguno a los miembros de vuestra Comisión, con excepción del artículo 9º que dispone que "no se admitirá ninguna reserva a la presente Convención", acerca del cual el Honorable Senador señor Valenzuela pidió dejar constancia de su opinión, en el sentido de que dicha norma ha querido significar que, por ningún motivo, un país podrá hacer reserva con respecto a ciertos grupos de sus habitantes, estableciendo discriminaciones que atenten en contra de los derechos humanos. Con esta aclaración, vuestra Comisión de Educación Pública, por unanimidad, prestó su aprobación al Proyecto de Acuerdo y os recomienda adoptar similar resolución. Sala de la Comisión, a 11 de agosto de 1971. Acordado en sesión de fecha de hoy, con asistencia de los Honorables Senadores señores Ferrando (Presidencte), Montes, Ochagavía y Valenzuela. (Fdo.): Andrés Rodríguez Cruchaga, Secretario. 6 INFORME DE LA COMISION DE RELACIONES EXTERIORES RECAIDO EN EL PROYECTO DE ACUERDO DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS QUE APRUEBA EL CONVENIO RELATIVO A LOS SERVICIOS AEREOS, SUSCRITO ENTRE CHILE Y BELGICA. Honorable Senado: Vuestra Comisión de Relaciones Exteriores tiene el honor de informaros el proyecto de acuerdo de la Honorable Cámara de Diputados, que aprueba el "Convenio relativo a los Servicios Aéreos", suscrito con Bélgica el 5 de noviembre de 1966, y su Anexo de Rutas. A la sesión en que se trató este asunto concurrieron el Subsecretario interino del Ministerio de Relaciones Exteriores, señor Rigoberto Díaz; el Director de Organismos Internacionales del mismo Ministerio, señor Germán Carrasco, y el funcionario del Departamento de Asuntos Especiales de la Dirección de Relaciones Internacionales, don Ignacio González. Con el objeto de desarrollar la cooperación internacional en el campo del transporte aéreo y establecer servicios aéreos entre los territorios de sus respectivos países, los Gobiernos de Chile y Bélgica concertaron el Convenio en referencia, mediante el cual las Partes se otorgan recíprocamente los derechos necesarios para que una empresa de transporte aéreo de cada uno de ellos efectúe tráfico aéreo internacional entre sus respectivos territorios, en las rutas que se especifican en el Anexo, que forma parte integrante de dicho instrumento. El Convenio consta de dieciséis artículos y el referido Anexo. Su finalidad principal es incentivar el comercio internacional mediante la incorporación de las líneas aéreas de ambos países a los servicios regulares de transporte, de carga y pasajeros, estableciendo las normas fundamentales por las que se regirá dicha navegación aérea. En cumplimiento de este compromiso, la línea belga "SABENA" inició, con fecha 15 de abril de este año, un servicio regular de transporte aéreo hacia nuestro país, poniendo así en aplicación administrativa la disposición del numeral 3 del artículo 16 del Convenio, que autoriza ponerlo en práctica antes de su ratificación. Numerosos son los países que han celebrado tratados sobre tráfico aéreo con Chile. Así, los tenemos con la República Federal de Alemania, Argentina, Brasil, Dinamarca, Ecuador, Estados Unidos de Norteamérica, Gran Bretaña, Holanda, Paraguay, Suecia, Suiza y Noruega. Además, están suscritos, aun cuando no ratificados, con Cuba y Perú. En general, una empresa, aérea, para operar en Chile, puede hacerlo de dos maneras: a través de un permiso de tráfico o mediante un Convenio aéreo, análogo al que os informamos, pacto que reviste las características de un tratado internacional. Hay algunas compañías aéreas, que son las menos, que operan en Chile de conformidad con el primero de los sistemas anotados. Tal es el caso, por ejemplo, de Air France, Avianca e Iberia; las demás lo hacen en virtud de Convenios. La diferencia entre estas dos modalidades está en que el permiso de tráfico es una autorización unilateral, que se da a una compañía aérea en uso de la soberanía del Estado otorgante, la que es esencialmente temporal y revocable, sin perjuicio de que el permiso se perpetúe durante muchos años. En cambio, en los Convenios hay una relación entre Estados, solemnizada por un tratado, lo que le da mayor estabilidad de tráfico a las líneas aéreas, las que, por consecuencia, quedan garantidas en su comercio internacional. A estos Convenios sólo se les puede poner término por un acuerdo entre los Estados pactantes, previo los trámites contemplados en el instrumento respectivo. Como se ve, en el caso de Bélgica se ha seguido el sistema del Convenio, que es el más generalizado en las relaciones con los países que tienen líneas aéreas hacia nuestro país. El texto del cuerpo principal del Convenio en informe se inicia en su artículo 1º con una serie de definiciones que son usuales en materia aeronáutica. Se definen los conceptos de "Convención", "Autoridades aeronáuticas", "Empresa designada", "territorio", "servicio aéreo", etc., remitiéndose en la mayoría de los casos al sentido que les asigna la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI). El artículo 2? establece los derechos recíprocos de las Partes, con el fin de establecer servicios aéreos internacionales regulares por las rutas que se especifican en el Anexo y, además, señala los derechos de que gozarán las empresas de transporte aéreo que operen en ambos países. El artículo 3º determina las condiciones que podrá exigir cualquiera de los signatarios para autorizar a una empresa aérea para establecer un servicio de navegación entre ambos países, de tal manera que si no se reúnen determinados requisitos que garanticen que dicha empresa podrá cumplir con las exigencias que impongan las autoridades aeronáuticas de un país, no le será otorgada la autorización para operar. El artículo 4º contiene una serie de normas básicas para dar cumplimiento al Convenio, comenzando por aquella que establece que las empresas designadas gozarán para la explotación de los servicios convenidos entre los territorios de las Partes Contratantes, de un tratamiento fundado en el principio de reciprocidad y de oportunidades equitativo. En el aspecto específico del tráfico aéreo, esta disposición contempla normas sobre: a) capacidad de las empresas para satisfacer las demandas previsibles del tráfico, hacia y desde el territorio del Estado contratante que designa a la empresa; b) el derecho de la empresa designada de transportar carga, personas, mercaderías o correspondencia, entre el territorio de la otra Parte contratante y los territorios de terceros países; c) derecho de la empresa designada a realizar tráficos regionales en las rutas previamente especificadas. Se entiende por tráficos regionales los que se realizan: 1) entre el territorio de una de las Partes contratantes y el territorio de países que Je son limítrofes, y 2) entre el territorio de una de las Partes contratantes y el territorio de otros países situados en el mismo continente al cual pertenezca dicha Parte y que, además, estén ligados a dicha Parte por convenios o programas internacionales de integración o cooperación económica, a los cuales ambas Partes le reconozcan este carácter en las notas diplomáticas que se intercambien; d) derecho o acuerdo entre las Partes respecto al tráfico de quinta libertad, que consiste en el "privilegio de tomar pasajeros, correo y carga destinados al territorio de cualquier otro Estado participante y el privilegio de desembarcar pasajeros, correo y carga procedente de cualesquiera de dichos territorios". Este derecho, tal como lo señala el numeral quinto, es complementario de los requerimientos del tráfico entre los territorios de las Partes Contratantes y a la vez subsidiario en relación a los requerimientos del tráfico de tercera y cuarta libertades entre el territorio de la otra Parte contratante y un tercer país de la ruta. La tercera libertad consiste en el privilegio de desembarcar pasajeros, correo y carga tomados en el territorio del Estado cuya nacionalidad posee la aeronave, y la cuarta en el privilegio de tomar pasajeros, correo y carga, destinados al territorio del Estado cuya nacionalidad posee la aeronave. El artículo 5º consagra la facultad de cualquiera de las Partes para suspender y revocar la autorización de explotación otorgada a una empresa aérea designada por la otra Parte, o para imponerle condiciones especiales para el ejercicio de los derechos que le corresponden en los casos que se especifican. Más adelante, se establecen las regulaciones bajo las cuales se podrán usar los aeropuertos y sus servicios anexos, las condiciones en que podrán internarse en el territorio de la otra Parte contratante el combustible, lubricantes, repuestos, etc., que pueda necesitar la empresa designada por uno de los Estados (artículo 6º). Asimismo, el Convenio contiene normas relativas a la determinación de las tarifas y cláusulas destinadas a la modificación del Pacto ya su entrada en vigor, como también disposiciones para proceder a su denuncia (artículos 9º, 11 y 13). Finalmente, el instrumento consulta los procedimientos para dirimir las divergencias que surjan de la aplicación e interpretación de sus disposiciones, estableciendo que cualquiera controversia será sometida a la decisión de un tribunal compuesto de tres árbitros, uno nombrado por cada Parte contratante y un tercero elegido por los dos así designados. En cuanto al Anexo, como ya se dijo, establece las rutas que podrán ser operadas por las empresas belga y chilena designadas al efecto por los respectivos Gobiernos. Vuestra Comisión de Relaciones Exteriores, con el mérito de los antecedentes expuestos, aprobó unánimemente el proyecto de acuerdo materia de este informe y os recomienda adoptar igual pronunciamiento. Sala de la Comisión, a 2 de septiembre de 1971. Acordado en sesión de fecha de ayer, con asistencia de los Honorables Senadores señores Reyes (Presidente), García y Teitelboim. (Fdo.) : Rafael Eyzaguirre Echeverría, Secretario. 7 INFORME DE LA COMISION DE RELACIONES EXTERIORES RECAIDO EN EL PROYECTO DE ACUERDO DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS QUE APRUEBA EL CONVENIO SOBRE TRANSPORTE AEREO SUSCRITO ENTRE CHILE Y LA REPUBLICA DE CUBA. Honorable Senado: Vuestra Comisión de Relaciones Exteriores tiene el honor de informaros el proyecto de acuerdo de la Honorable Cámara de Diputados que aprueba el Convenio sobre Transporte Aéreo suscrito con la República de Cuba, en Santiago, el 25 de febrero de 1971, y su Anexo de rutas. En el estudio de este proyecto, la Comisión contó con la colaboración del Subsecretario interino del Ministerio de Relaciones Exteriores, don Rigoberto Díaz; del Director de Organismos Internacionales del mismo Ministerio, don Germán Carrasco, y del funcionario del Departamento de Asuntos Especiales de la Dirección de Relaciones Internacionales, don Ignacio González. Con el propósito de fortalecer y desarrollar las relaciones mutuas en el campo del transporte aéreo, los Gobiernos de Chile y Cuba celebraron el 25 de febrero de este año un Convenio bilateral relativo a servicios aéreos comerciales entre los dos países, en virtud del cual cada una de las Partes otorga a Ja otra los derechos que permitan establecer rutas y servicios comerciales regulares entre los territorios respectivos y más allá de ellos. Expresa el Mensaje que "las autoridades de Línea Aérea Nacional-Chile han estudiado en forma seria y detenida la factibilidad de las rutas que se abren en virtud de este instrumento bilateral", lo que permite augurar un pleno éxito al tráfico aéreo que se concerta y beneficios recíprocos para los países signatarios del Convenio en informe. En efecto, la empresa estatal chilena proyecta establecer una nueva frecuencia semanal a Europa vía La Habana, con escalas en Madrid y París y con terminal en Frankfurt, para lo cual requerirá de nuevo material cuya adquisición se está actualmente gestionando. Es un hecho que los vuelos regulares ya establecidos a Europa vía Buenos Aires y Río de Janeiro han dado resultado ampliamente positivos, por lo que se estima que la nueva vía intercontinental a través de Cuba será muy beneficiosa para nuestro país, por tratarse de una ruta escasamente frecuentada por transportadores internacionales. Es así como a La Habana sólo llegan una compañía soviética, una checa y una española, lo que hace que su mercado se abra para LAN-Chile en condiciones extraordinariamente ventajosas, especialmente en el tramo La Habana-Madrid. En la actualidad, la compañía española "Iberia" opera esta ruta con un factor ocupacional promedio de un 98%, con una frecuencia semanal y, según el Mensaje, el Gobierno cubano garantiza a Línea Aérea Nacional una ocupación media de un 82%, que resulta de alta conveniencia para los intereses de la empresa chilena de aeronavegación. También se tomaron en cuenta las posibilidades comerciales de la ruta más allá de La Habana, en relación a los otros puntos que opera en Europa la LAN, lo que la convertiría prácticamente en el único transportador aéreo que tendría vuelos desde Cuba sin transbordos ni combinaciones intermedias como es en la actualidad. Según antecedentes que proporciona como dato ilustrativo la exposición de motivos que fundamenta el proyecto en estudio, una agencia de turismo francesa embarcó en el año 1970, por vía aérea, aproximadamente 15.000 pasajeros a La Habana, los que tuvieron que viajar a través de diferentes combinaciones y con varios transbordos, problemas que precisamente vendrá a solucionar LAN-Chile. En cuanto al tramo Santiago-La Habana, sólo será operado en un futuro previsible por Línea Aérea Nacional y Cubana de Aviación, lo que asegura a ambas compañías la certidumbre de una operación comercial favorable. El Convenio consta de diecinueve artículos y el Anexo, en el cual se establecen los cuadros de rutas que podrán operar las empresas de ambos países y se hacen consideraciones relativas al tráfico llamado de quinta libertad, que consiste en el privilegio de tomar pasajeros, correo y carga destinados al territorio de cualquier otro Estado participante y el privilegio de desembarcar pasajeros, correo y carga procedentes de cualesquiera de dichos territorios. Al mismo tiempo, las Partes designan en dicho documento a las empresas que podrán gozar de los derechos que emanan del Convenio y que son Línea Aérea Nacional, respecto de Chile, y Empresa Consolidada Cubana de Aviación, en el caso de Cuba. Puede decirse, en general, que el Instrumento en informe contiene las normas comunes de esta clase de pactos internacionales, como son las obligaciones y derechos recíprocos de las Compañías designadas por ambos países y las fórmulas jurídicas para llevar a la práctica el Convenio entre los Estados signatarios, posibilitando la solución de cualquiera controversia que pueda presentarse en materia de aplicación o interpretación del Tratado. Su articulado especifica, además, las normas que deberán observarse para la fijación de tarifas, las condiciones bajo las cuales podrán utilizarse los aeropuertos y los sistemas de ayuda a la aeronavegación, como también las regulaciones correspondientes a la entrada, permanencia y salida de pasajeros, tripulantes y carga. En este último punto, se aplicarán las leyes y reglamentos que tengan en vigencia cada uno de los países contratantes. El artículo 1º define diversas expresiones como "Autoridades Aeronáuticas", "Territorio", "Servicio Aéreo Internacional" y "Empresa Aérea Designada", o sea, precisa los conceptos o términos básicos que se emplean en las diversas disposiciones del Convenio, y el artículo 2º señala su objeto, que es establecer servicios aéreos entre ambos países, para lo cual se otorgan diversos derechos que consagra su texto y el Anexo correspondiente. El artículo 3º especifica los derechos de las empresas aéreas designadas mientras exploten los "servicios acordados", estableciendo sobre el particular las normas usuales para este tipo de Instrumentos, como son las facultades de sobrevolar los territorios de ambas Partes, hacer escalas en ellos, omitir en cualquier vuelo algún punto intermedio de la ruta descrita, embarcar y desembarcar pasajeros, correo y carga procedente de o con destino a la otra Parte Contratante o a otro Estado de acuerdo con lo señalado en el Anexo. Los artículos 4º y 5º consagran normas destinadas a poner en ejecución el Convenio, a hacerlo operante y, en determinados casos, a poner término a la autorización concedida a la empresa aérea designada por la otra Parte. Se establece allí que las autoridades aeronáuticas de ambos países podrán exigir que la empresa aérea designada por la otra Parte demuestre que está en condiciones de cumplir con las finalidades sobre operación y aprovechamiento de los servicios aéreos internacionales en forma normal y razonable. Se dispone, también, que cada Parte tendrá la facultad de rehusar o limitar los derechos que se conceden recíprocamente y aún denegar la autorización para operar, en cualquier caso en que no se pruebe a su solicitud que "la propiedad sustancial y el control efectivo de la empresa están en manos de nacionales o personas jurídicas de la Parte Contratante". El artículo 6º se refiere a las exenciones de derechos de aduana, de inspección y otros similares, que se otorgan a las aeronaves, a su equipo habitual, al combustible y lubricantes, a los suministros (incluso alimentos, bebidas y tabacos) a bordo de tales aeronaves, siempre que este equipo y provisiones permanezcan a bordo hasta el momento de su reexportación. Iguales exenciones se consultan para los suministros destinados al consumo en las aeronaves; para las piezas de repuesto y equipos necesarios para su mantenimiento, reparación y operación, como asimismo, para el combustible y lubricante destinados a su abastecimiento. El artículo 1° consagra el principio de que debe existir "justa e igual oportunidad para las empresas designadas de las dos Partes Contratantes para realizar los servicios acordados entre los territorios respectivos". Para ello, las capacidades de transporte que se ofrezcan deberán adaptarse a la demanda de tráfico, debiendo tomarse en consideración en los recorridos comunes sus mutuos intereses, a fin de no afectar en forma indebida los servicios. El artículo 8º se refiere a la fijación de tarifas para cada una de las rutas aéreas estipuladas o para los sectores de esas rutas, las que serán confeccionadas y modificadas de común acuerdo por las empresas aéreas designadas, siguiendo el método que ellas mismas escojan. El artículo 9º contiene normas para que las empresas aéreas respectivas sometan a la aprobación de las Autoridades Aeronáuticas de los dos países las frecuencias, horarios, tarifas, itinerarios y cualquier otra información adecuada que se relacione con la más eficaz operación de las rutas convenidas. El artículo 10 autoriza a cada empresa aérea para mantener en el territorio de la otra Parte su propio personal técnico y administrativo indispensable para el funcionamiento normal de los servicios. El artículo 11 contempla las siguientes reglas especiales relacionadas con el apresamiento y embargo de las aeronaves de las empresas designadas por las Partes Contratantes: A) No podrán ser apresadas o internadas por ningún motivo en el territorio de la otra Parte; B) No podrán ser embargadas, salvo por orden de los Tribunales competentes de la otra Parte Contratante para asegurar el resultado de acciones judiciales interpuestas ante dichos Tribunales por nacionales o domiciliados en el territorio de dicho Estado: 1) Por impuestos y contribuciones adeudados a ese Estado; 2) Por incumplimiento de las leyes laborales y previsionales, y 3) Por incumplimiento del contrato de transporte aéreo o por daños causados por las aeronaves a terceros en la superficie. El artículo 12 establece garantías recíprocas para el uso de todas las instalaciones disponibles para asegurar los servicios aéreos civiles, incluyendo radio y facilidades navegacionales, aeropuertos, medios de iluminación, atención en tierra y servicios meteorológicos. El artículo 13 hace aplicables las leyes, reglamentos y disposiciones de cada Parte Contratante en todo lo que se refiere a la entrada, estancia y salida de su respectivo territorio, a las aeronaves, pasajeros, tripulantes y carga. Los pasajeros en tránsito sólo estarán sujetos a un simple control y el equipaje y la carga en tránsito directo estarán exentos de derechos de aduana y otros similares. En materia de correspondencia aérea se aplicarán las normas vigentes de Acuerdos Internacionales. El artículo 14 se refiere a las discrepancias de interpretación o aplicación del Convenio en informe, estableciendo que si ellas surgen deberán ser solucionadas por medio de consulta directa entre las autoridades aeronáuticas de ambos países. En caso de no llegarse a una solución, la controversia deberá ser resuelta por la vía diplomática. El Convenio contiene, asimismo, normas para su ratificación, vigencia, modificación y denuncia (artículos 15 a 19), comprometiéndose ambas Partes a ponerlo en vigencia administrativa a contar de la fecha de su firma, lo que significa que cualquiera de las empresas aéreas designadas puede empezar a operar las rutas prefijadas cuando lo permitan sus disponibilidades de aeronaves y material de vuelo. En cuanto al Anexo de Rutas que forma parte del Convenio, hay que destacar, como ya se hizo presente en este informe, que contiene una cláusula que se refiere a la posibilidad de que las Partes se otorguen mutuamente el derecho de quinta libertad. Además, en dicho documento, como también se dijo, se designa a LAN-Chile y a la Empresa Consolidada Cubana de Aviación, con sedes en Santiago y La Habana, respectivamente, para operar las rutas que contiene el Anexo, en los tramos, forma y condiciones que allí se especifican. Vuestra Comisión de Relaciones Exteriores, con el mérito de los antecedentes anteriores, aprobó el proyecto de acuerdo en informe y os recomienda adoptar igual pronunciamiento. Sala de la Comisión, a 2 de septiembre de 1971. Acordado en sesión de fecha de ayer, con asistencia de los Honorables Senadores señores Reyes (Presidente), García y Teitelboim. (Fdo.) : Rafael Eyzaguirre E., Secretario. 8 INFORME DE LA COMISION DE CONSTITUCION, LEGISLACION, JUSTICIA Y REGLAMENTO, RECAIDO EN LA ACUSACION CONSTITUCIONAL DEDUCIDA POR DON NORBERTO SEOKEL FRANKESTEIN EN CONTRA DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES, DON PASCUAL BARRAZA BARRAZA EN CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 42, ATRIBUCION 2ª, DE LA CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO. Honorable Senado: Vuestra Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento tiene el honor de informaros, en conformidad a lo que dispone el artículo 183 del Reglamento de la Corporación, la acusación constitucional deducida por el señor Norberto Seckel-Frankestein en contra del señor Ministro de Obras Públicas y Transportes, don Pascual Barraza Barraza, en uso del derecho que le confiere el artículo 42, atribución 2ª, de la Constitución Política del Estado. A la sesión en que vuestra Comisión consideró la materia en informe concurrió, además de sus miembros, el Honorable Senador señor Jorge Montes. El acusador, don Norberto Seckel Frankestein, comerciante, domiciliado en Santiago, calle Agustinas 1070, Oficina 413, expresa que en el mes de octubre de 1964 entabló demanda de desahucio en contra de la empresa "Línea Interprovincial de Transportes" (L.I.T.), a fin de obtener la restitución del predio ubicado en calle Arturo Prat Nº 650 de esta ciudad, de una superficie aproximada de 1.819 metros cuadrados, sitio en el cual la demandada guarda los buses de su propiedad. En definitiva, prosigue el acusador, y luego de llegar hasta la Corte Suprema, que confirmó el fallo de segunda instancia, obtuvo que se diera lugar a la demanda. Pedido el cumplimiento del fallo, prosigue el señor Seckel, la Empresa L.I.T. se ha valido de "toda clase de subterfugios, de astutas artimañas" y de todo tipo de recursos para evitar el lanzamiento decretado por el Tribunal. Entre las actitudes que ha adoptado la demandada para evitar ser lanzada de los terrenos que ocupa, destaca el acusador que, en mayo de 1969, con ocasión de practicarse la diligencia de cumplimiento del fallo, la empresa sólo restituyó "una pequeñísima parte de los terrenos materia del desahucio" y como los terrenos ocupados colindan con otros de propiedad de la empresa "la sociedad demandada siguió guardando sus buses en el inmueble de Arturo Prat Nº 650, cuya mayor parte no había entregado.". Con el propósito de acelerar la restitución de los terrenos ocupados, el acusador hace presente que ha realizado diversas gestiones ante el Tribunal de la causa. Así, por ejemplo, solicitó que se practicara una inspección ocular y, hecho, que el Tribunal ampliara la orden de lanzamiento, haciéndola extensiva a la totalidad del predio; habiéndose acogido la petición, no pudo cumplirse lo resuelto por desinteligencia respecto de la resolución judicial, la que no fue interpretada acertadamente por el Mayor Comisario de Carabineros encargado de proporcionar directamente el auxilio de la fuerza pública. Señala el acusador que, como cada vez se fuera haciendo más difícil obtener la restitución material de la totalidad del predio, solicitó que el Tribunal oficiara a Shell Chile S. A. Petrolera, a fin de que se impartieran las instrucciones necesarias para que no se descargara más petróleo en la bomba que la demandada tiene instalada en el inmueble de calle Arturo Prat 644 al 650. Pidió también autorización para levantar un muro en la parte que deslinda los terrenos de propiedad del actor con los de la empresa demandada. Las resoluciones dictadas por el Tribunal sobre estas peticiones, favorable y negativa, respectivamente, dieron lugar a nuevos recursos y trámites judiciales. Sólo en noviembre de 1970, prosigue el acusador, la Corte Suprema acogió un recurso de queja que él interpusiera en contra de la Séptima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, fallo en el cual el más alto Tribunal de la República dejó constancia expresa que los Jueces recurridos "han incurrido en una falta y ocasionado con ello un perjuicio al recurrente, que este Tribunal debe remediar por esta vía". Como consecuencia de la resuelto por la Excelentísima Corte Suprema, prosigue el señor Seckel, "pedí al señor juez de primera instancia que ordenara completar el lanzamiento ya en parte producido, precediéndose con el auxilio de la fuerza pública anteriormente decretada, a fin de obtener la desocupación y restitución total de los terrenos de calle Arturo Prat 644 al 650, como asimismo al vaciamiento de la bomba de bencina allí instalada.". Señala el acusador que el Tribunal "accedió a lo solicitado y remitió oficio al señor Intendente de la provincia, para que concediera nuevamente el auxilio de la fuerza pública.". El señor Intendente de Santiago, prosigue el señor Seckel, dio curso a la fuerza pública y "en los precisos momentos en que ésta se disponía a cumplir las órdenes recibidas, el señor Ministro de Obras Públicas y Transportes ordenó al Intendente que dejara sin efecto la diligencia; a lo que este funcionario accedió.". Luego de exponer estos hechos, el acusador se refiere a los fundamentos legales de su libelo, para demostrar que en el caso se cumplen los requisitos que, según los precedentes establecidos por el Honorable Senado, deben concurrir para la concesión de este desafuero civil. En efecto, estima que en la especie el Ministro acusado ha cometido el acto que se le imputa, para demostrar lo cual bastaría que se oficiara a la Intendencia de la provincia de Santiago "a fin de que informe a la Honorable Corporación sobre la efectividad del hecho que sirve de fundamento a esta acusación, y si la orden ministerial fue verbal o por escrito". Agrega que el acto del Ministro de imposibilitar el lanzamiento, le ha causado serios daños patrimoniales, tanto por daño emergente, resultante de los gastos judiciales y honorarios profesionales cuanto por lucro cesante, si se consideran las rentas de arrendamiento que ha dejado de percibir. Finalmente, opina que es indiscutible el carácter injusto del daño que se le ha ocasionado, porque el Ministro habría infringido el artículo 4? de la Constitución Política del Estado, arrogándose atribuciones que la ley no le confiere e incurriendo, por lo mismo, en la comisión de un acto nulo. Hace notar que no es cuestionable el hecho de que el Ministro no tiene facultades ni competencia para dejar sin efecto una orden de lanzamiento emanada de los Tribunales de Justicia y mandada cumplir por el Intendente de la provincia. A mayor abundamiento, a su juicio, el Ministro ha incurrido en el delito que sanciona el inciso segundo del artículo 222 del Código Penal, al arrogarse atribuciones judiciales e impedir la ejecución de una providencia dictada por Tribunal competente. El señor Ministro de Obras Públicas y Transportes, que envió por escrito su defensa, expresa, en primer lugar, que "no me corresponde responsabilidad alguna en las acusaciones que se me imputan, toda vez que el suscrito no tuvo ningún tipo de intervención directa o indirecta, en la ejecución de las sentencias a que alude el acusador.". Señala, en seguida, que de conformidad con las disposiciones del D.F.L. Nº 22, sobre Régimen Interior, corresponde exclusivamente a los Intendentes y Gobernadores conceder el auxilio de la fuerza pública que se requiera para el cumplimiento de resoluciones judiciales. Por ello, expresa, "mal podría el Ministro de Obras Públicas y Transportes dar órdenes e instrucciones sobre estas materias.", destacando, además, que no existe dependencia jerárquica alguna del señor Intendente de la provincia, respecto del Ministro acusado. A mayor abundamiento, prosigue la defensa del señor Ministro, la acusación imputa la comisión de un delito -que sería el previsto y sancionado en el inciso segundo del artículo 222 del Código Penal- lo que hace inadecuado el procedimiento seguido por el acusador en conformidad con nuestro ordenamiento constitucional. Finaliza sus descargos expresando lo siguiente: "En este evento no siendo de mi competencia el problema formulado ni habiendo intervenido en él, en etapa alguna de su tramitación, el Ministro de Obras Públicas y Transportes que suscribe solicita a la Honorable Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado, que se sirva tener por contestada la acusación formulada por el señor Norberto Seckel Frankestein, y en definitiva, negar lugar a ella en todas sus partes por no ser efectivos los hechos expuestos en lo que a mi participación en ellos se refiere, como igualmente por no haber causado perjuicio alguno al acusador o haberme arrogado atribuciones que no me corresponden.". Vuestra Comisión, luego de estudiar los antecedentes de la acusación formulada, ha decidido por unanimidad que ella es improcedente. Desde luego, reparó vuestra Comisión en la falta de antecedentes fidedignos que acreditaren la veracidad de las afirmaciones contenidas en el libelo acusatorio. De esta manera, no sólo no resultan probados los hechos de carácter procesal expuestos por el señor Seckel, sino tampoco aquéllos relativos a la actuación que podría haber tenido el señor Ministro de Obras Públicas y Transportes. A este último respecto, en cambio, debió tomar en consideración la respuesta dada por el afectado, negando terminantemente toda participación en el proceso de ejecución de la sentencia dictada en favor del recurrente. Por otra parte, resultó claro para la Comisión que aun cuando hubiere existido tal tipo de acto, él no habría tenido en caso alguno carácter ministerial y no habría podido ser invocado como fuente de la decisión que podría haber tomado el señor Intendente de la provincia de Santiago. Este funcionario procede con virtual autonomía en lo que se refiere ai otorgamiento del auxilio de la fuerza pública en materia de lanzamientos, y sólo está supeditado jerárquicamente al Ministro del Interior, Secretario de Estado que no es imputado en la especie. En estas condiciones, la intervención que pudiere haber tenido el Ministro acusado ante el Intendente de la provincia de Santiago, lo que no consta en absoluto, habría tenido sólo el carácter de una información o sugerencia, siendo en todo caso responsable de la decisión que se tomare el Intendente aludido. El señor García, aludiendo a la falta de antecedentes probatorios, dejó constancia de su opinión en el sentido de que no compete al Senado en casos como el presente abrir una investigación y requerir por sí los medios de prueba que pudieren hacer verosímil la acusación. A su juicio, corresponde al acusador allegar aquella clase de probanzas que puedan convencer el ánimo de los señores Senadores en orden a la autenticidad de sus alegaciones, y no puede la Corporación entrar a suplir esta deficiencia. En mérito de las razones expuestas, vuestra Comisión, por unanimidad, tiene a honra recomendaros que declaréis que no ha lugar la admisión de la acusación deducida por don Norberto Seckel Frankestein en contra del señor Ministro de Obras Públicas y Transportes, don Pascual Barraza Barraza, por falta de méritos de la misma. Sala de la Comisión, a 7 de septiembre de 1971. Acordado en sesión de fecha 6 de septiembre de 1971, con asistencia-de los Honorables Senadores señores Fuentealba (Presidente), Acuña, Chadwick, García y Hamilton. (Fdo.) : Jorge Tapia Valdés, Secretario. 9 INFORME DE LA COMISION DE HACIENDA RECAIDO EN EL PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS QUE LIBERA DE IMPUESTOS, DERECHOS Y CUALQUIER OTRO GRAVAMEN LA INTERNACION AL PAIS DE UNA AMBULANCIA DESTINADA A LA CONGREGACION DE LAS RELIGIOSAS HOSPITALARIAS DEL SANTISIMO CORAZON DE JESUS. Honorable Senado: La Congregación de las Religiosas Hospitalarias del Santísimo Corazón de Jesús es propietaria de la Clínica Santa Marta, de Santiago, para cuyo funcionamiento resulta indispensable el uso de una ambulancia. Este vehículo fue adquirido en la República Federal Alemana, pero no se dispone de los recursos para pagar sus derechos de internación. Las utilidades que se obtienen de la mencionada clínica se destinan íntegramente al financiamiento de diversas obras sociales que la mencionada Congregación mantiene en diversas ciudades de Chile, tales como la Escuela Hogar Agustín Gómez, en San Carlos, con capacidad para 180 niñas en situación irregular, la Escuela del Sagrado Corazón, que proporciona instrucción gratuita a 295 alumnas y Hogares de Ancianos en las ciudades de Linares, Chillán, Cauquenes, Rancagua y otras. La ambulancia a internarse es un modelo "Volkswagen", año 1972. La Comisión de Hacienda, por unanimidad, participó del criterio de otorgar la liberación que se solicita en el proyecto de ley, pero acordó modificarlo en el sentido de dejar claramente establecido que, además, se autoriza también la importación de la ambulancia y se limita su uso durante cinco años a los fines propios para los cuales se le interna. Por estas consideraciones os proponemos aprobar el proyecto de ley de la Honorable Cámara de Diputados, con las siguientes modificaciones; Artículo único Sustituir la palabra inicial "Libérase" por "Autorízase la importa-cien y libérase". Agregar el siguiente inciso segundo, nuevo: "Si dentro del plazo de cinco años contado desde su internación la ambulancia a que se refiere la presente ley fuere enajenada a cualquier título o se le diere un destino distinto del especificado, se aplicarán las sanciones establecidas para la infracción de lo dispuesto en la letra e) del artículo 197 del D.F.L. Nº 218, de 1953, sobre Ordenanza de Aduanas.". Sala de la Comisión, a 7 de noviembre de 1971. Acordado en sesión de esta fecha, con asistencia de los Honorables Senadores señores Silva Ulloa (Presidente), García y Juliet. (Fdo.) Pedro Correa, Opaso, Secretario. 10 INFORME DE LA COMISION DE OBRAS PUBLICAS RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS QUE ESTABLECE QUE LA , CORPORACION DE SERVICIOS HABITACIONALES TRANSFERIRA UNA VIVIENDA EN LA CIUDAD DE TALCA A DOÑA IRIS CID PARDO, VIUDA DEL EX FUNCIONARIO DE LA DIRECCION DE VIALIDAD SEÑOR MANUEL MEJIAS RAMIREZ. Honorable Senado: Vuestra Comisión de Obras Públicas tiene a honra informaros el proyecto de ley de la Honorable Cámara de Diputados que establece que la Corporación de Servicios Habitacionales transferirá una vivienda en la ciudad de Talca a doña Iris Cid Pardo, viuda del ex funcionario de la Dirección de Vialidad señor Manuel Mejías Ramírez. El domingo 18 de julio pasado, el señor Mejías Ramírez, operador de un bulldozer del Servicio de Conservación de la Dirección de Vialidad de Talca, guiado por su espíritu de servicio a la comunidad, decidió trabajar en forma voluntaria en la construcción de un camino de acceso a la localidad de La Placeta, en el sector cordillerano de la provincia de Talca, comuna de Río Claro. Encontrándose en plena faena, ocurrió el desgraciado accidente que le costó la vida, al precipitarse el vehículo que operaba a una profunda quebrada. El proyecto de ley en informe, junto con significar un reconocimiento póstumo a tan esforzado y desinteresado funcionario, pretende ir en auxilio de su viuda y de sus tres hijos menores, cuya situación económica es bastante precaria, mediante el otorgamiento, a título gratuito, de una vivienda en la ciudad de Talca. La Comisión, por unanimidad, reconoció la justicia de la iniciativa en informe, por lo que le prestó su aprobación. A continuación, consideró una indicación del Honorable Senador señor Foncea, que tiene por finalidad favorecer con un beneficio similar al señor Víctor Queirolo Reyes. El señor Queirolo Reyes, también funcionario de la Dirección de Vialidad, Oficina Provincial de Talca, perdió la vista en forma total y definitiva, a consecuencia de un accidente del trabajo ocurrido el día 11 de abril de 1969, con ocasión de la construcción del camino a Rapilemo, en la provincia de Talca. Vuestra Comisión tuvo a la vista certificados suscritos por diversas autoridades de ese Servicio en que consta la efectividad del aludido accidente, así como la causa fortuita que lo produjo y la gravedad de la lesión sufrida por el señor Queirolo. Asimismo, tuvo a la vista un informe suscrito por la Asistente Social de la Dirección de Vialidad, señora Malva Alvarez, en que consta que el señor Queirolo vive con su cónyuge y sus doce hijos -siete de ellos en edad escolar- en una casa de material ligero compuesta por solo dos habitaciones. Por las razones antedichas, vuestra Comisión estimó justo el beneficio que se propone en favor de este modesto funcionario y le prestó, también por unanimidad, su aprobación. En consecuencia, os proponemos aprobar el proyecto de ley de la Honorable Cámara de Diputados, agregando a su artículo único los siguientes incisos nuevos: "Asimismo, la citada Corporación otorgará título gratuito de dominio y transferirá sin costo alguno una vivienda definitiva en la ciudad de Talca a don Víctor Queirolo Reyes, funcionario de la Dirección de Vialidad, Oficina Provincial de Talca. La Corporación de Servicios Habitacionales dará prioridad a los asignatarios mencionados para la adjudicación de dichas viviendas, las que deberán tener un valor mínimo de 7.745 y máximo de 12.115 unidades reajustables, y no podrán enajenarse sin previo acuerdo del Consejo de dicha Corporación, antes de los diez años siguientes a la respectiva transferencia.". Sala de la Comisión, a 24 de agosto de 1971. Acordado en sesión de esta fecha, con asistencia de los Honorables Senadores señores Hamilton (Presidente), Ochagavía y Papic. (Fdo.): Andrés Rodríguez Cruchaga, Secretario. 11 INFORME DE LA COMISION DE SALUD PUBLICA RECAIDO EN EL PROYECTO DE LEY, INICIADO EN MOCION DE LOS HONORABLES SENADORES SEÑORES CARMONA Y OLGUIN, QUE DENOMINAN "HOSPITAL REGIONAL DOCTOR LEONARDO GUZMAN" AL HOSPITAL REGIONAL EL SALVADOR, DE ANTOFAGASTA. Honorable Senado; La iniciativa legal en informe tiene por objeto rendir un homenaje a la memoria del doctor Leonardo Guzmán Cortés, quien se destacara como médico, científico, escritor, conferenciante, profesor universitario y político. Como se expresa en la moción, el doctor Guzmán nació en Antofagasta, en el año 1890. Se graduó como médico cirujano y formó parte de la Comisión que combatió la fiebre amarilla en la zona norte. Ejerció su profesión en la ciudad mencionada y allí inició sus luchas políticas, cobijado bajo las banderas del Partido Radical, donde siempre militó. Fue elegido Diputado por Antofagasta en 1921 y reelegido en 1926, período durante el cual se constituyó en el principal autor e impulsor de la ley Nº 4059, denominada justicieramente como la "Carta Magna de los Derechos de los Empleados Particulares de Chile". En 1931 es designado Ministro de Educación. Diez años más tarde, bajo el Gobierno de don Pedro Aguirre Cerda, es llamado nuevamente a ejercer una Secretaría de Estado, esta vez la de Interior. Posteriormente el pueblo lo elige como Senador por Tarapacá y Antofagasta, cargo que desempeña hasta 1945. Su intensa actividad política en que se concretó su desvelo por el progreso del país no lo apartó de la medicina, a través de la cual también se canalizó su gran vocación de servicio público. Así, fue Presidente de la Sociedad de Cirugía de Chile y miembro honorario de la Sociedad de Radiología de Estados Unidos de Norte América y de la Academia de Medicina de Río de Janeiro. Ejerció la cátedra de Cancerología, adquiriendo tal renombre en esta especialidad que varias Universidades europeas le ofrecieron sus aulas para dictar clases y conferencias. Fue, asimismo, Director General de Sanidad. Finalmente, también fue escritor y en los tres libros que produjo se reflejan sus inquietudes políticas, sus afanes de lucha por el progreso del país y el entrañable cariño que sentía por Antofagasta, su provincia natal. Sólo la muerte, el 6 de mayo del año en curso, pudo detener su notable y positiva actividad. Concordando con los autores de la moción en análisis, la Comisión estimó que el doctor Leonardo Guzmán merece un homenaje especial en su tierra. Idéntico criterio expresó, en representación del Ejecutivo; el señor Subsecretario de Salud, quien recalcó la adhesión del Gobierno a la iniciativa. En consecuencia, vuestra Comisión de Salud Pública tiene el honor de recomendaros, por unanimidad, que aprobéis el siguiente "Proyecto de ley: Artículo único.- Denomínase "Hospital Regional Doctor Leonardo Guzmán" el Hospital Regional El Salvador, de Antofagasta.". Sala de la Comisión, a 2 de septiembre de 1971. Acordado en sesión de fecha de ayer, con asistencia de los Honorables Senadores señores Olguín (Presidente), Carmona y Noemi. (Fdo.) : Rafael Eyzaguirre Echeverría, Secretario. 12 INFORME DE LA COMISION DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL, RECAIDO EN EL PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS QUE AUMENTA LAS REMUNERACIONES MINIMAS DE LOS EMPLEADOS DE FARMACIA. Honorable Senado: Vuestra Comisión de Trabajo y Previsión Social ha estudiado el proyecto de ley de la Honorable Cámara de Diputados que aumenta las remuneraciones mínimas de los empleados de farmacia. A la sesión en que trató esta materia asistieron los señores Mario Martínez Ahumada y Humberto Andrade Puebla, Presidente y Secretario General, respectivamente, del Colegio de Químico-Farmacéuticos de Chile; Gerol Klein, Vicepresidente Nacional y Presidente del Regional Santiago de la Unión Nacional de Farmacias de Chile y René Haug, Secretario Ejecutivo de esta organización; Javier Veloso, Presidente del Sindicato de Empleados de Farmacias de Chile, y doña Bertina Pérez, don Andrés Vásquez, doña Margarita Catalán, don Luis Alvear y don Reinaldo Masana, en representación del mismo Sindicato. Se acompañan como Anexos de este informe los siguientes documentos: a) Memorándum de la Unión de Farmacias de Chile; b) Comunicación del Sindicato Profesional de Empleados de Farmacia; c) Informe de la Comisión de Remuneraciones de Empleados de Farmacia, y d) Reglamento del Registro Nacional de Empleados de Farmacia. El artículo 11 de la ley Nº 17.295, que creó el Registro Nacional de Empleados de Farmacia, dispone que el Reglamento determinará las remuneraciones que corresponderán a las distintas categorías de los empleados de farmacia. El artículo 3º transitorio de dicha ley otorgó un plazo de 90 días al Presidente de la República para dictar ese Reglamento. El Mensaje expresa qué "la anterior Administración -debido a que no contaba con suficientes elementos de juicio sobre la materia y no era posible obtenerlos dentro del plazo que la ley le dio para dictar el Reglamento- incorporó en éste una disposición que fijaba como sueldo mínimo el vital, como fórmula provisoria, en espera de los resultados del trabajo de una Comisión Especial que designó para informar sobre el particular, con miras a traducir en un proyecto de ley las conclusiones a que llegara." "Esta Comisión estuvo integrada por representantes del Ejecutivo (Servicio Nacional de Salud, Dirección de Industria y Comercio y Ministerio del Trabajo y Previsión Social), de los trabajadores (Registro Nacional de Empleados de Farmacia) y de los empleadores (Unión de Farmacias de Chile). La Comisión, después de estudiar los antecedentes propuso una fórmula contenida en el informe de 28 de octubre de 1970, tendiente a solucionar la situación de estos empleados, pues el artículo 11 de la ley Nº 17.295 en la práctica quedó sin aplicación al expirar el plazo para fijar remuneraciones superiores al mínimo general de todos los empleados." Según el referido informe -que se acompaña como anexo al presente- se efectuó un muestreo de las distintas categorías de farmacias. Al efecto, las de Santiago, Valparaíso-Viña del Mar y Concepción se dividieron en tres grupos: 1º.- Con más de 15 trabajadores; 2º-Con más de 5 y hasta 15; 3º-Con 5 trabajadores o menos. Los representantes de los empleados y empleadores designaron a dos farmacias por grupo, como las más representativas del muestreo. Las farmacias de Iquique, La Serena, Curicó, Talca y Temuco, se clasificaron según tuvieran tres o más dependientes y las que tuvieren menos de ese número, pidiéndoseles, a cada parte, que designasen a un establecimiento en cada ciudad como el más representativo. Además, las partes estuvieron de acuerdo en señalar como representativas de farmacias de ciudades pequeñas y de pueblos, las de Combarbalá, Olmué y Panguipulli. Luego, la Dirección de Industria y Comercio solicitó los balances a cada una de las farmacias seleccionadas y la Dirección del Trabajo, por su parte, visitó a los establecimientos incluidos en el muestreo, para revisar contratos, remuneraciones y otros datos. En base a estas informaciones se llegó a las siguientes conclusiones, adoptadas con el voto favorable de los representantes del Gobierno y de los trabajadores, dejando constancia los empleadores de su posición en un voto de minoría. En cuanto a remuneraciones, el aprendiz con menos de 5 años de antigüedad debería recibir 11/2 sueldos vitales del respectivo departamento; el aprendiz con 5 años o más de antigüedad, dos sueldos vitales, y el auxiliar y el práctico, dos 1/2 sueldos vitales. En cuanto a la incidencia de este aumento en los costos de cada farmacia, se declara en el informe que ella no justificaría un alza de los precios de los medicamentos, ya que él puede ser absorbido por las utilidades respectivas. El texto propuesto por el Ejecutivo reproduce esta escala de remuneraciones mínimas, así como la sugerencia de que su fijación legal no podrá significar disminución del monto de las remuneraciones o de los derechos o beneficios legales o contractuales que, a la fecha de vigencia de esta ley disfrutaban dichos empleados. El Reglamento de la ley Nº 17.295, sobre Registro Nacional de Empleados de Farmacia, dispone en su artículo 3º que se entenderá; por Farmacia todo establecimiento autorizado como tal por el Servicio Nacional de Salud y por empleado de farmacia, a todo empleado particular contratado para desempeñar labores en una farmacia, comprendiendo en ellas la recepción y despacho de recetas, el expendio de productos farmacéuticos, alimentos de uso médico, cosméticos, materiales de curación y de primeros auxilios y demás productos para cuya venta está autorizado esta clase de establecimientos, y todos los actos relativos a su adquisición, aprovisionamiento, almacenamiento y entrega al público. El artículo 4º del Reglamento establece que estarán obligados a formar parte del Registro Nacional todos los empleados de farmacia particulares mayores de 18 años, que desempeñan una o más de las labores señaladas y cuentan con la autorización para desempeñarse como "Aprendiz de Farmacia", "Auxiliar de Farmacia" o "Práctico de Farmacia", otorgada o revalidada por el Servicio Nacional de Salud. Para ser empleado de farmacia se requiere entonces, de acuerdo al artículo 31 de este Reglamento, tener 18 o más años de edad; estar autorizado por el Servicio Nacional de Salud para ejercer las actividades de Aprendiz, Auxiliar o Práctico de Farmacia, según corresponda; estar inscrito en el Registro Nacional del lugar de trabajo y estar al día en el pago de las cuotas del Registro. El artículo 41 dispone que para ocupar los servicios de una persona como Aprendiz, Auxiliar o Práctico, los requisitos de la autorización competente del Servicio Nacional de Salud y la inscripción en el Registro Nacional podrán acreditarse mediante el certificado y el carnet correspondiente. El Aprendiz de Farmacia debe tener una escolaridad mínima de 8º año de Enseñanza Básica. Actualmente en el país, son aproximadamente 2.000. El Auxiliar de Farmacia debe tener a lo menos 2º año de Enseñanza Media (4º año de Humanidades) y su número alcanza a 200 en todo el país. El Práctico de Farmacia, que son 50 personas en todo el país, reemplazan al farmacéutico y se les exige, además de una prueba de competencia, un certificado de haberse desempeñado como Auxiliar durante a lo menos 5 años. Los representantes de la Unión de Farmacias de Chile expresaron estar de acuerdo en mejorar las remuneraciones de los empleados y que, al efecto, era necesario buscar el debido financiamiento para que las pequeñas y medianas farmacias pudieran absorber el mayor gasto que ello significaría. En Chile, sólo el 5% de las 1.200 farmacias instaladas en el país, pueden ser consideradas como grandes. El 95% restante está compuesto por las medianas y pequeñas farmacias, que sufren una existencia lánguida y una difícil situación financiera y económica. En 1971, las farmacias del país han debido absorber el 34,9% de aumento de remuneraciones de su personal, que ha sido superior a esa cifra si se considera que el aumento de las imposiciones previsionales a partir del 1º de enero de este año, así como los mayores sueldos, han incidido en el monto de las gratificaciones, pago de horas extraordinarias, reajuste por años de servicios, etc. Esta situación se ha visto agravada porque desde marzo de 1970 no ha habido reajuste de precios de los productos, los que, a diferencia de otras mercaderías, no tienen un aumento considerable de venta. Además, el artículo 32 de la ley Nº 17.365, al considerar a los empleados de farmacia como empleados de comercio, les rebajó su horario de trabajo a 44 horas semanales -estando obligadas las farmacias a atender 48 horas-, lo que obliga a cancelar a estos personales, a partir del 25 de enero de 1971, 4 horas extraordinarias de trabajos. En relación directa con el proyecto en informe, manifestaron que objetan sus fundamentos mismos, ya que de acuerdo con el Reglamento de Farmacias, sólo existen dos tipos de empleados: los Aprendices y los Auxiliares, y no los Prácticos que son personas autorizadas para atender sus propias farmacias en pequeñas localidades donde no existen farmacias de farmacéuticos. Además, destacaron que estos personales no tienen absolutamente ninguna responsabilidad en el despacho de medicamentos, ya que ello es de la exclusiva responsabilidad del Químico-Farmacéutico, de acuerdo con el artículo 32 del Reglamento de Farmacias. El auxiliar, que es la escala más alta, sólo puede desempeñar "limitadas actividades", según lo establece el artículo 34. En cuanto al articulado mismo de esta iniciativa, consideraron injustificado fijar una remuneración mínima superior a un vital para aquel empleado que recién empieza a trabajar, como es el aprendiz, quien, además de no exigírsele ningún conocimiento previo especial como no sea la escolaridad mínima de 8? año de Enseñanza Básica, no tiene ninguna responsabilidad que afrontar. Por el contrario, el aprendiz con más de 5 años con el mismo empleador, -y no con más de 5 años desde la fecha que adquirió el carnet de tal- dada su mayor experiencia y conocimiento del trabajo, puede percibir un sueldo vital y medio. El auxiliar, cuya experiencia y preparación es muy superior, puede ganar dos sueldos vitales, cuando ha sido contratado en esa calidad. Con el objeto de que las medianas y pequeñas farmacias del país, que como se dijo son el 95% de las que existen, puedan financiar estos incrementos de remuneraciones, propusieron, como fórmula de financiamiento posible, considerar el sueldo del Químico-Farmacéutico como gasto, aclarando el artículo 22 de la ley Nº 16.585, lo que constituiría también una compensación por el turno gratuito que deben efectuar; y aumentar en tres puntos el margen de comercialización, sin que ello signifique un aumento de precios. Finalmente, expresaron que de aprobarse el proyecto en los términos en que viene propuesto, se producirá el cierre de gran número de pequeñas y medianas farmacias del país, con grave perjuicio para la salud pública de la comunidad. Los grandes establecimientos no sólo estarían en condiciones de cumplir estas disposiciones, sino que actualmente, la gran mayoría de ellos están pagando sueldos mayores que los contemplados en el proyecto. Los representantes del Sindicato Profesional de Empleados de Farmacias señalaron que los Sindicatos de todo el país establecieron una escala de remuneraciones que la ley Nº 17.295 no pudo establecer y que se fijaría posteriormente por medio del Reglamento. Este arancel tampoco fue determinado en él porque la parte empresarial no se pronunció a sus respecto, aduciendo que no podían absorber el mayor gasto que significaba. El arancel propuesto por los empleados de farmacia fijaba, para el aprendiz con menos de cinco años en la profesión, dos sueldos vitales; para el aprendiz con más de cinco años, tres sueldos vitales; y para el auxiliar y el práctico de farmacia, cuatro sueldos vitales. Expresaron que el aprendiz, contrariamente a lo dicho por los empleadores, atiende directamente al público en el despacho de recetas, debiendo conocer perfectamente cada uno de los medicamentos que despacha. La gran mayoría de los empleados de farmacia son aprendices con más de 20 años de servicios, que ganan un sueldo vital mensual o menos, según consta en los informes que obran en poder del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. El auxiliar o el práctico, para adquirir la debida autorización para desempeñarse como tal, debe rendir ante una Comisión de Farmacéuticos designada por el Servicio Nacional de Salud, un examen de conocimientos y experiencia y acreditar haberse desempeñado por lo menos durante 5 años como aprender, entre otros requisitos. En consecuencia, el conocimiento de la profesión se adquiere durante los tres o cuatro primeros años de trabajo, en que se realizan labores anexas en calidad de obrero, bajo el control directo del farmacéutico, obteniendo así la idoneidad que el mismo empleador farmacéutico tiene que testimoniar a través de la recomendación-certificado que se le exige al interesado para obtener su carnet de aprendiz en el Departamento de Farmacia del Ministerio de Salud Pública. De lo anterior se desprende que aunque teóricamente alguna persona puede obtener este carnet de aprendiz a pocos días de haberse iniciado en el trabajo, en ningún caso podría ejercer en esa calidad sin haber conocido antes el ramo de farmacia, ya que ha tenido que obtener, del farmacéutico regente, un testimonio de su idoneidad para conseguirlo. Finalmente, el Sindicato Profesional de Empleados de Farmacias manifestó su apoyo al despacho del proyecto de ley en informe en los términos en que viene formulado, puesto que son los sugeridos por la Comisión designada por la Administración pasada, luego de un acabado estudio sobre el particular. El proyecto de ley consta de un artículo único que dispone que los sueldos mínimos imponibles para las diversas categorías de empleados de farmacias del sector privado serán los siguientes: a) "Aprendía de Farmacia" con menos de cinco años en posesión del respectivo carnet profesional, un sueldo vital y medio mensual, escala A); b) "Aprendiz de Farmacia" con cinco años o más en posesión del respectivo carnet profesional, dos sueldos vitales mensuales, escala A), y c) "Auxiliar de Farmacia" y "Práctico en Farmacia" dos y medio sueldos vitales mensuales, escala A). Estos sueldos vitales mencionados están referidos a los fijados para el departamento respectivo. Estas remuneraciones mínimas no podrán significar disminución del monto de ellas o de los derechos y beneficios legales o contractuales que a la fecha de vigencia de esta ley disfruten los empleados de farmacia. Vuestra Comisión, luego de conocer y analizar los diversos antecedentes relativos a esta iniciativa, aprobó la disposición en general y particular, por unanimidad. En consecuencia, os recomienda la aprobación del proyecto de ley de la Honorable Cámara de Diputados en los mismos términos en que viene formulado. Sala de la Comisión, a 2 de septiembre de 1971. Acordado en sesión de esta fecha, con asistencia de los Honorables Senadores señores Ballesteros (Presidente), García, Montes y Musalem. (Fdo.): Andrés Rodríguez Cruchaga, Secretario. MOCION DE LOS HONORABLES SENADORES SEÑORES CARMONA, LORCA, MUSALEM, PALMA Y REYES, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE NORMAS SOBRE PUBLICIDAD DEL INDICE DE PRECIOS AL CONSUMIDOR. "Información pública del índice de precios al consumidor". En los últimos años se ha venido dando más realce al índice de precios al consumidor a raíz de que se fue creando alrededor de él una mayor conciencia e inquietud. El índice es una herramienta económica de real importancia en la vida económico-social del país, e incluso ha pasado a tener significación política. No sólo tiene por objeto la determinación técnica de las variaciones de precios de bienes y servicios en períodos determinados, si no que también están ligadas a este instrumento decisiones de alta implicancia en materias como sueldos y salarios y otras. Para que cumpla debidamente sus objetivos y dé garantía de veracidad a todos los ciudadanos, se requiere que esté sujeto a una amplia y permanente información sobre su contenido, resultados y significación, ya que las cifras que entrega no indican por sí solas lo que está sucediendo en materia de precios. En cambio la publicidad de ciertas informaciones y antecedentes del índice, además de las cifras de variación de precios, permite una visión más completa del mercado y de los precios reales existentes en él. Podríamos sintetizar la importancia del índice de Precios al Consumidor y de su publicidad y conocimiento oportuno en los siguientes puntos: 1.- Su gran significación para la adopción de decisiones tan trascendentales como el reajuste anual de sueldos y salarios de los trabajadores, los contratos con cláusula de reajustabilidad, reajustes de impuestos, multas, etc., todos basados en las cifras que entrega el índice de Precios del Instituto Nacional de Estadística y Censos; 2.- La necesidad de lograr una efectiva fiscalización de los consumidores en la política de precios. Cuando éstos tienen la impresión que el índice es un instrumento cuyo manejo corresponde a las autoridades, y muchas veces en un plano político, no forman una conciencia de su tarea cuotidiana en el resguardo y fiscalización de los precios; 3.- Esta es una de las oportunidades más importantes en la participación del pueblo consumidor en las decisiones, sobre política de precios, esto es, la de comprobar si los precios reflejados en el índice corresponden a los que encuentra en el mercado cuando va a comprar. Se trata de que su participación no quede reducida a la simple fiscalización. Para que el consumidor realice la tarea de fiscalizar, previamente deberá dársele una información amplia y fidedigna de los hechos relacionados con los precios que detecta el índice y en general sobre la política de precios. Si se sigue una política de precios sin dar conocimiento de ella y en general el sistema de hacer aparecer las alzas como simples fijaciones de precio, mal se puede contar con el consumidor para controlarlos; 4.- La posibilidad y necesidad de comprobar el comportamiento del precio de cada producto encuestado, en relación a su escasez en el mercado. Hasta hoy no se tiene conciencia como juega en la determinación de precios en el índice, la situación de abastecimiento de un producto; 5.- La posibilidad de chequear la exacta calidad de los productos que se comparan, para que se informe cuando se recurre a la reducción o baja de su calidad, como forma de evitar que el índice acuse un alza de precios que para el consumidor lo es, ya que paga el mismo precio por uno de menor calidad. Además existe la conveniencia de conocer los cambios exactos producidos en la calidad; 6.- La responsabilidad de todos los sectores ciudadanos de despejar las polémicas que se suscitan en torno a los resultados de este índice. La única forma de aclarar cualquier duda es entregando públicamente el máximo de antecedentes sobre su comportamiento; 7.- Por último en la esencia del índice de precios está que se sepa el exacto gasto en que incurre el consumidor para adquirir sus subsistencias esenciales. Además de los factores anteriores, hay conveniencia de hacer realidad la definición programática del Gobierno, de informar a la población sobre la forma en que se producen los distintos hechos económicos. Estas consideraciones de bien público y la necesidad de sacar lo más posible del debate político, un instrumento que debe contar con la fe del país, son las que nos llevan a proponer al Senado un proyecto de ley sobre la materia. En su artículo primero el proyecto establece que el índice de Precios al Consumidor deberá ser publicado en el Diario Oficial mensualmente, dentro de las 48 horas de su anuncio por el Instituto Nacional de Estadística, con la nómina de artículos, variación de sus precios y la unidad de medida en que se evalúa su precio. El artículo segundo agrega, además, que deberá definirse cada artículo del índice indicando sus atributos, características, condiciones, etc., y dentro del plazo de 30 días de la vigencia de esta ley deberá publicarse en el Diario Oficial. Cualquier modificación de calidad o tipo de productos en el índice deberá ser publicada previamente. Está demás agregar que estas modificaciones legales no tocan el secreto estadístico necesario para mantener la objetividad del índice. El Instituto Nacional de Estadística continúa decidiendo y aplicando integralmente la fórmula matemática de cálculo. Tampoco se altera el secreto en cuanto a las fuentes donde se detectan los precios. Proponemos al Senado el siguiente Proyecto de ley: Artículo 1.- En un plazo no superior a 48 horas desde el anuncio oficial hecho por el Instituto Nacional de Estadística, y no más allá de 10 días del término de cada mes, el índice de Precios al Consumidor deberá ser publicado mensualmente en el Diario Oficial, conteniendo, a lo menos, la siguiente información: Nómina de los artículos que lo constituyeren; Variación de sus precios con respecto al mes anterior, y con relación a diciembre, y Unidad de medida en que se evalúa su precio. Artículo 2º.- Los productos que constituyan la nómina a que se refiere el índice de Precios al Consumidor deberán ser definidos por sus características, condiciones, composición, marcas y atributos, en forma detallada y específica, individualización que se publicará completa en el Diario Oficial dentro de 30 días de entrar en vigencia la presente ley. En lo sucesivo cualquiera modificación que se introduzca en la calidad y composición o en el tipo de productos que se considere para el índice, deberá previamente ser publicada en el Diario Oficial." (Fdo.): José Musalem. Saffie.- Ignacio Palma Vicuña.- Tomás Reyes Vicuña.- Alfredo Lorca Valencia.- Juan de Dios Carmona Peralta. 14 MOCION DEL HONORABLE SENADOR SEÑOR AYLWIN, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE QUE LOS DUEÑOS DE PREDIOS RUSTICOS DE SUPERFICIES NO SUPERIORES A 40 HECTAREAS DE RIEGO BASICAS QUE SEAN EXPROPIADOS POR LA CONSTRUCCION DEL EMBALSE CONVENTO VIEJO, TENDRAN EL DERECHO A QUE LA CORA LES ASIGNE TIERRAS DE VALOR EQUIVALENTE Honorable Senado: La Construcción del Embalse Convento Viejo y sus obras complementarias, en las provincias de Colchagua y Curicó, está haciendo necesaria la expropiación de numerosos predios, tanto urbanos como rurales. Dichas expropiaciones se están ya realizando por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes con arreglo a las normas de su ley orgánica Nº 15.840 y del artículo 25 de la ley Nº 16.742. Conforme a estas disposiciones, la indemnización a que tendrán derecho los afectados será la que determine la Comisión de Hombres Buenos designados por el Ministerio referido, las que en el caso de predios rústicos deben fijarse en el avalúo vigente para los efectos de la contribución territorial más el valor en que tasen las mejoras que no estén comprendidas en dicho avalúo, sin perjuicio de la resolución definitiva de los Tribunales en caso de reclamo. La indemnización así regulada debe pagarse a los propietarios con un quinto al contado y el saldo en cinco anualidades. Entre los afectados por estas expropiaciones se encuentran muchos modestos agricultores que viven del trabajo de pequeños o medianos predios, incluso parceleros asignatarios de la antigua Caja de Colonización Agrícola, como es el caso de los de Colonia Quinta, y aún campesinos asentados en predios expropiados por la Corporación de Reforma Agraria. Estos modestos agricultores, al sufrir la expropiación de la tierra que trabajan, contribuirán de un modo mucho más gravoso que los demás miembros de la comunidad, incluso los dueños de predios urbanos que sean expropiados, al progreso y desarrollo que para la colectividad significarán las obras del Embalse en construcción. En efecto, ellos se verán privados no sólo de su vivienda, susceptible de reemplazarse por otra, sino al mismo tiempo de su antiguo instrumento de trabajo y medio de subsistencia. Se trata en su mayoría de personas que llevan una vida dedicada a la agricultura y que, al ser privados ahora de sus tierras, no se encontrarán en condiciones de ganarse le vida en otra cosa. Esto exige que su caso sea considerado especialmente. La ley 16.640 sobre reforma agraria contempla algunas normas para regular la situación de los propietarios afectados por expropiaciones que efectúe la Corporación de Reforma Agraria en áreas declaradas de riego por el Presidente de la República, a fin de abrir la posibilidad de que los agricultores afectados puedan conservar o adquirir terren de valor equivalente a los que les fueren expropiados para que continúen su habitual trabajo agrícola. Esas reglas, sin embargo, no son aplicables en este caso, puesto que las expropiaciones se están realizando por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes y no se ha declarado área de riego ni aprobado para el sector un plan de desarrollo agropecuario, cosa que sin duda deberá ocurrir posteriormente en relación a los terrenos beneficiados por la construcción del nuevo Embalse, pero no cubrirá los terrenos que quedarán bajo agua con esa construcción o que serán necesarios para sus obras complementarias. En estas circunstancias y a fin de solucionar el problema referido, sometemos a la consideración del Honorable Senado el siguiente Proyecto de ley: Artículo 1º.- Los dueños de predios rústicos de superficie no superior a cuarenta hectáreas de riego básicas que sean expropiados para la construcción del Embalse Convento Viejo y sus obras complementarias, tendrán derecho a que la Corporación de la Reforma Agraria les asigne tierras de valor equivalente al de sus actuales predios, dentro de los límites territoriales de las comunas de Chimbarongo, provincia de Colchagua, y Teno, provincia de Curicó. Sólo gozarán de este derecho los propietarios que exploten directa y efectivamente sus predios y siempre que la expropiación no les permita conservar en su dominio una parte de sus actuales predios equivalente a la unidad agrícola familiar, todo ello con arreglo a las definiciones del artículo 1º de la ley 16.640. Tratándose de sucesiones, gozarán de este derecho los miembros de ellas que participen o colaboren personalmente en la explotación de los respectivos predios. Tratándose de predios que se encuentran arrendados, el derecho corresponderá al arrendatario que haya explotado directa y efectivamente el terreno, a lo menos durante los últimos tres años anteriores a la expropiación. Tratándose de predios que hayan sido expropiados por la Corporación de Reforma Agraria, el beneficio corresponderá a los campesinos asentados. Para gozar de este derecho, los interesados deberán solicitarlo por escrito a la Corporación de Reforma Agraria dentro de los 60 días siguientes a la fecha en que sean notificados del decreto del Ministerio de Obras Públicas y Transportes que autoriza la expropiación. Con todo respecto de los predios cuya expropiación haya sido decretada con anterioridad a la vigencia de la presente ley, dicho plazo se contará desde que esta ley sea publicada en el Diario Oficial. Artículo 2º.- Para el cumplimiento de esta ley la Corporación de Reforma Agraria expropiará, con arreglo a la ley 16.640, los terrenos que sean necesarios dentro del territorio, señalado en el artículo anterior y procederá a su adecuada parcelación. Artículo 3º.- El valor de los predios que sean asignados por la Corporación de Reforma Agraria en conformidad a esta ley, será imputado al monto de la indemnización que corresponda a los asignatarios por la expropiación de sus actuales predios. Para estos efectos, el monto de la indemnización que, con arreglo al artículo 25 de la ley 16.742 corresponda a los propietarios afectados que se acojan a los beneficios de esta ley, será puesto a disposición de la Corporación de Reforma Agraria. Cuando el derecho se haga efectivo por un arrendatario, éste deberá pagar el valor del predio que se le asigne con un quinto al contado y el saldo en cinco cuotas anuales, cuyo 60% se reajustará en un porcentaje equivalente al de la variación del índice de los precios agrícolas. Cada cuota devengará el interés del 6% anual. Cuando el derecho se haga efectivo por campesinos asentados en predios actualmente expropiados por la Corporación de Reforma Agraria, la asignación y su pago se sujetará a las reglas de la ley Nº 16.640. Artículo 4º.- Cualquier diferencia a favor o en contra del asignatario que resulte por no ser idénticos los valores de la indemnización que -corresponda por el predio expropiado y el nuevo predio, se pagará con un quinto al contado y el saldo en 5 cuotas anuales del modo previsto en el inciso tercero del artículo anterior. Artículo 5º.- El Presidente de la República establecerá en un Reglamento la forma de asegurar el más expedito cumplimiento de los fines de la presente ley. (Fdo.): Patricio Aylwin A.