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- rdf:value = " El señor GARCIA.-Lamento tener que decir a Su Señoría que está equivocado.
El señor TARUD.-
Así sucedió.
El señor GARCIA.-
Durante las Administraciones que el señor Senador señaló, los deudores de impuestos podían salir dejando una garantía suficiente. Los que mostraban sus comprobantes de impuestos al día, no requerían otro requisito para viajar.
El señor TARUD.-
El fiador se exigía a todos los que salían del país, señor Senador.
El señor GARCIA.-
No, Honorable colega. Esa exigencia se hacía a quienes pagaban mensualmente sus impuestos y, por lo tanto, adeudaban algunas cuotas cuyo pago debían garantizar. Pero a aquellos que tenían sus comprobantes de pago al día, no se les exigía ninguna clase de fianza.
De eso estoy absolutamente seguro, y podemos enviar un oficio a Impuestos Internos haciendo la consulta pertinente para esclarecer la cuestión.
El señor TARUD.-
Conforme, Honorable colega. Hagámoslo.
El señor GARCIA.-
De manera que el pacto que hoy se sanciona, prohíbe imponer restricciones a las personas que viajan, salvo las normales en cualquier país.
El artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos expresa que toda persona tiene derecho a la libertad de expresión, lo cual significa que nadie puede ser molestado a causa de sus opiniones. Sin embargo, acabamos de oír que aquí ya no sólo se molesta a la gente, sino que se la asalta y se la agrede.
De manera que, en virtud de este Pacto, el señor Ministro del Interior se verá obligado a adoptar las medidas que se le solicitarán por oficio respecto de la agresión que relaté al comienzo de la sesión.
Por las razones expuestas, votamos favorablemente el convenio que hoy se somete a nuestra consideración.
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