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- rdf:value = " El señor SILVA ULLOA.-
Señor Presidente, me alegra la actitud adoptada por la Mesa, en razón de que el Senador que habla es contrario a este precepto. Pero yo quisiera que se dilucidara de una vez por todas el asunto de que se trata y, por lo tanto, que no se declarara simplemente la improcedencia del artículo 4º, sino que éste se desglosara del texto del proyecto y se tratara como iniciativa de ley separada.
En efecto, el acopio de antecedentes que podemos reunir, parte de los cuales he obtenido, nos permitirá tener una visión muy clara de lo que significan las empresas que construyen por medio de la CORVI, o las sociedades EMPART y la nueva empresa denominada "Monte Grande", recientemente constituida mediante la fusión de EMPART Nº 1 y EMPART Nº 5. En verdad quedé abismado con alguno de esos antecedentes, y quiero darlos a conocer porque tal vez pueda haber en ellos un error. Por ejemplo, se me ha expresado en el día de ayer -se ofreció proporcionarme los respectivos documentos con posterioridad- que el costo del metro cuadrado de edificación en la Remodelación San Borja es de mil seiscientos escudos, y que en los terrenos de la Casa Nacional del Niño, en la Unidad Vecinal Providencia, asciende a ochocientos escudos. Igual situación se observa en Antofagasta respecto de la Unidad Vecinal Población Gran Vía, en construcción, y de la población Luis Emilio Recabarren, recientemente terminada. Los Senadores que representamos la Primera Agrupación Provincial estamos ciertos de cuál es la calidad de una y otra de esas construcciones, y también de sus precios de costo, que tienen gran diferencia entre sí.
La conducta de la Mesa me parece consecuente.
De acuerdo con las disposiciones del D.F.L. Nº 2, es la Corporación de la Vivienda quien debe fijar los precios de las habitaciones construidas por EMPART y como no puede establecer valores inferiores a los de las viviendas que ella misma construye, en estos últimos años se han producido, exclusivamente por diferencia de precios entre uno y otro tipo de construcción, utilidades que, en cifras redondas, alcanzan a ochenta millones de escudos. ¡En ochenta millones de escudos han sido más baratas las construcciones de la Caja de Empleados Particulares! Esta suma es el capital con que se forma la Sociedad Monte Grande, destinada a construir viviendas que entregará a esa caja.
No quiero abundar en mayores consideraciones, que darían lugar a un largo debate. Pero insisto en que me agradaría que, después de la declaración de improcedencia, se acordara desglosar el artículo 4º y tratarlo como proyecto separado.
"
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