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- rdf:value = " 4.- MOCION DEL HONORABLE SENADOR SEÑOR ALLENDE, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE DECLARA LA MUERTE PRESUNTA DE DON JOSE DEL CARMEN BARRIENTOS BARRIENTOS.
Con fecha 8 de julio de 1969 se produjo un incendio a bordo de la barcaza "Fueguina", de propiedad de la Empresa Nacional del Petróleo, mientras efectuaba maniobras en la bahía de Puerto Percey, de la provincia de Magallanes.
En este siniestro se constató el desaparecimiento del Capitán de la barcaza don José Segundino Ruiz Bahamóndez y del jornalero especializado don José del Carmen Barrientos Barrientos, quienes, al momento del incendio, se encontraban a bordo ejecutando labores inherentes a sus funciones.
El cadáver del señor Ruiz Bahamóndez apareció posteriormente en las costas de Tierra del Fuego, pero el del señor Barrientos no ha sido encontrado hasta la fecha, a pesar de las intensas búsquedas y del tiempo transcurrido.
En los certificados que se acompañan, expedidos por el señor Administrador de la Empresa Nacional del Petróleo en Punta Arenas y por el Capitán de Puerto de Tierra del Fuego, consta lo anteriormente expuesto.
Ahora bien, para que los deudos de una persona desaparecida puedan reclamar los derechos que, como herederos, legalmente les correspondan, es indispensable que se le declare presuntivamente muerto.
Por eso, con el fin anteriormente expresado, me permito someter a la consideración del Honorable Senado, el siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo único.- Declárase presuntivamente muerto, para todos los efectos legales que procedan, a don José del Carmen Barrientos Barrientos, operario de la Empresa Nacional del Petróleo, desaparecido en el accidente que ocurrió a bordo de la barcaza "Fueguina", el día 8 de julio de 1969, en la bahía de Puerto Percey, provincia de Magallanes".
Santiago, marzo de 1970.
(Fdo.) : Dr. Salvador Allende Gossens.
"