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- rdf:value = " El señor FIGUEROA (Secretario).-
Corresponde, en primer lugar, estudiar el proyecto de ley de la Cámara de Diputados, informado por la Comisión de Hacienda, que libera del pago de derechos de internación a especies destinadas a la Asamblea Cristiana de Valparaíso.
La Comisión, en informe suscrito por los Honorables señores Ballesteros (presidente), Acuña, Lorca, Ochagavía y Silva Ulloa, recomienda a la Sala aprobar el proyecto, que consta de un solo articulo, en los mismos términos en que lo hizo la Cámara de Diputados.
Advierto al Senado que esta iniciativa ha sido objeto, de varias indicaciones, las que deberán ser tratadas de inmediato.
-Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 45ª en 27 de enero de 1970.
Informe, de Comisión:
Hacienda, sesión 53ª, en 11 de febrero de 1970.
-Se aprueba en general el proyecto.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
El Honorable señor Pablo ha formulado indicación para agregar el siguiente artículo al proyecto en debate:
"Autorízase la importación y libérase del pago de derechos de internación y, en general, de todo derecho o contribución que se perciba por las Aduanas, así como de depósitos previos de importación, a las siguientes especies:
"a) Una ambulancia marca "Volkswagen", modelo 271.011 del año 1970, equipada, adquirida por los Sindicatos Industrial y Profesional de Empleados de "FANALOZA" (Fábrica Nacional de Loza de Penco S. A.) a la empresa Volkswagenwerk Aktiengesellschaft de Wolfsburg, Alemania, para el transporte de sus asociados enfermos.
"b) Una camioneta pick up marca "Chevrolet", modelo del año 1969, con toldo (camper), motor V-8 serie Nº CE 1498 B 860894, donada a la Sociedad Bíblica Bautista de Chile para el desarrollo de sus actividades eclesiásticas y sociales por The Baptist BibleFellowship de los Estados Unidos de N. A.
"c) Una camioneta pick up marca "Ford", modelo del año 1968, con toldo (camper), serie Nº F10YR Co2 886, donada al kindergarten "El Lucero" de la Sociedad Bíblica Bautista de Chile para el desarrollo de sus actividades, por The Baptist BibleFellowship de los Estados Unidos de N. A.
"Si dentro del plazo de cinco años, contados desde la fecha de vigencia de la presente ley, las especies a que se refiere este artículo fueren enajenadas a cualquier título o se les diere un destino distinto del específico, se aplicarán las sanciones establecidas para la infracción de lo dispuesto en la letra e) del artículo 197 del D.F.L. Nº 213, de 1953, sobre Ordenanza de Aduanas."
En seguida, hay una indicación formulada por el Honorable señor Valente para consignar el siguiente artículo nuevo.
"Condónase la deuda por pavimentación girada bajó el Nº F. C. 164 al Club Deportivo Academia de Educación Física, de Iquique. Esta condonación incluye el valor del pavimento, sus intereses y multas".
Hay otra indicación, presentada por el Honorable señor Ballesteros, para consignar el siguiente artículo:
"Autorízase la internación y libérase de pagos de derechos de internación, de almacenaje, de embarque y desembarque, derechos consulares, de los impuestos establecidos en el Decreto Supremo Nº 2.772 de 18 de agosto de 1943, y sus modificaciones posteriores, y, en general, de todo derecho o contribución que se perciba por intermedio de las aduanas, como, asimismo, de las obligaciones de depósito que estuvieren vigentes, del automóvil Chevrolet, año 1969, Motor Nº 386066, Serie Nº 133699 B, destinado a la Asamblea Cristiana de Valparaíso, con Personería Jurídica Nº 2589 del 10 de mayo de 1955.
"Si dentro del plazo de cinco años, contado desde la fecha de vigencia de la Ley, las especies a que ella se refiere fueren enajenadas a cualquier título o se les diere un destino distinto al específico, deberán enterarse en arcas fiscales los derechos e impuestos del pago de los cuales libera esta Ley, quedando solidariamente responsables de su reintegro las personas o entidades que intervengan en los actos o contratos respectivos."
"