rdf:value = " El señor BULNES SANFUENTES.-
Entiendo que CHILECTRA será una empresa autónoma, no sometida ni al Estatuto Administrativo ni al de los empleados semifiscales; y que simplemente va a haber una prohibición que puede ser infringida sin que haya sanción. Es decir, de la falta no quedará rastro siquiera. Aplicando la ley general, en definitiva, será el Estado quien deba pagar la multa; pero quedará en evidencia la infracción cometida por ese representante legal, quien se cuidará de hacerlo nuevamente.
La disposición actual es bastante más eficaz que la propuesta en la indicación.
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