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- rdf:value = " Del señor Bulnes Sanfuentes: DEROGACION DE DECRETO SOBRE TRASLADO DE OFICINA DE REGISTRO CIVIL DE TUCAPEL A HUEPIL (ÑUBLE).
"A los señores Ministros de Justicia y del Interior, y a los señores Directores del Registro Civil y del Registro Electoral, en los siguientes términos:
"Por ley 17.248 del presente año, se impuso el traslado de cabecera de la comuna de Tucapel, desde el pueblo del mismo nombre al de Huépil.
"Por decreto supremo Nº 633 del Ministerio de Justicia, de 18 de abril último, publicado en el Diario Oficial del 7 de mayo, se dispone que, a contar del día 15 de abril, la Oficina del Registro Civil de Tucapel, 4ª Circunscripción del Departamento de Yungay, Provincia de Ñuble, se denominará Huépil y tendrá su asiento en la localidad de este mismo nombre.
En el hecho, la Oficina del Registro Civil no ha podido trasladarse a Huépil y continúa funcionando en Tucapel por no existir en el primero de dichos pueblos un local adecuado para su funcionamiento, y mucho menos para guardar el archivo correspondiente.
Por otra parte, la Junta Inscriptora continúa funcionando en Tucapel, no obstante que debiera hacerlo en la localidad de asiento del Registro Civil.
Estos hechos pueden dar lugar a nulidades en el orden civil y en el electoral. Las nulidades de carácter civil pueden causar gravísimos perjuicios a los afectados y las de orden electoral pueden acarrear perturbaciones en la próxima elección presidencial. A este respecto cabe hacer notar que hasta la fecha nadie sabe en la Comuna si las mesas receptoras de sufragios deberán funcionar en Huépil o en Tucapel.
El Senador suscrito, con fecha 11 de junio, respondiendo a una petición formulada por numerosos vecinos de la comuna, dirigió cartas al señor Ministro de Justicia, y al señor Director del Registro Civil, en las cuales les planteó la situación ya indicada; pero esas comunicaciones no han tenido respuesta hasta ahora, ni se ha adoptado medida alguna para solucionar el problema. Además, el suscrito planteó verbalmente el asunto al señor Subdirector del Registro Electoral, quien quedó de comunicarse con el señor Director General del Registro Civil, pero tampoco ha tenido noticias sobre este particular.
En mérito de lo anterior, solicito:
1º.- Que se proceda a la inmediata derogación del decreto supremo ya citado.
2º.- Que se arbitren las medidas necesarias para que se pueda instalar la Oficina del Registro Civil en la localidad de Huépil.
3º.- Que se procure mantener otra Oficina del Registro Civil en el pueblo de Tucapel, y
4ª.- Que se haga un estudio jurídico sobre las consecuencias que en materia de nulidades civiles y electorales, podrían tener los hechos a que me he referido, y se envíe, si ello es necesario, un proyecto de ley para subsanar esas nulidades."
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