rdf:value = " El señor SILVA ULLOA.-
Se trata de eximir del impuesto adicional establecido en el artículo 61 de la Ley sobre Impuesto a la Renta las cantidades pagadas o abonadas en cuenta por la Universidad de Chile y las demás Universidades reconocidas por el Estado, a personas sin domicilio ni residencia en el país, igualándose así los beneficios tributarios de que gozan los canales universitarios en esta materia.
Es decir, la televisión nacional no tendrá que pagar este impuesto, que tampoco pagan los canales 9 y 13.
Esa es la situación.
"