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- rdf:value = " REAJUSTE DE PENSIONES DEL PERSONAL EN RETIRO DE LAS FUERZAS ARMADAS, CARABINEROS E INVESTIGACIONES.El señor FIGUEROA (Secretario).-
Proyecto de la Cámara de Diputados que establece normas para el pago de reajuste de pensiones del personal en retiro de las Fuerzas Armadas, Carabineros e Investigaciones.
El segundo informe de las Comisiones Unidas, suscrito por los Honorables señores Palma (presidente), Ballesteros, Bossay, Bulnes Sanfuentes y Silva Ulloa, por la de Hacienda, y por los Honorables señores Aguirre Doolan, Ballesteros, Bulnes Sanfuentes, Carmona y Valente, por la de Defensa Nacional, recomienda aprobar el proyecto con las modificaciones que indica:
-Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En primer trámite, sesión 39ª, en 28 de julio de 1970.
Informes de Comisión:
Hacienda, sesión 41ª, en 30 de julio de 1970.
Defensa Nacional, sesión 41ª, en 30 de julio de 1970.
Hacienda {segundo), sesión 44ª, en 6 de julio de 1970.
Defensa, Nacional (segundo), sesión 44ª, en 6 de julio de 1970.
Discusión:
Sesión 41ª, en 30 de julio de 1970 (aprobado en general).
El señor FIGUEROA (Secretario).-
Las Comisiones hacen presente que no fueron objeto de indicaciones ni de modificaciones los artículos 1º al 5º, ambos inclusive, propuestos en el primer informe.
El señor PABLO (Presidente).-
De acuerdo con el Reglamento, quedan aprobados.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
En seguida, las Comisiones proponen agregar el siguiente artículo nuevo:
"Artículo 6º.- Interprétase la glosa 10 del Decreto Supremo Nº 681, de 2 de septiembre de 1965, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, en el siguiente sentido:
"Al amparo de esta franquicia autorízase la importación por el departamento de Arica, sin necesidad de efectuar depósitos previos y sin cobertura, de mercaderías que sean de importación prohibida, por un valor máximo de US$ 100. (cien dólares) CIF, siempre que no tengan carácter comercial, ni se produzcan en dicho departamento, que estén consignadas a particulares residentes en él durante tres años a lo menos, debiendo éstos encontrarse al día en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
"La internación de estas mercaderías, que no podrá efectuarse en más de dos oportunidades dentro de un año calendario, estará gravada con un impuesto único del 25% cuyo producto se destinará a financiar los beneficios de la presente ley.
"Corresponderá al Comité Ejecutivo del Banco Central de Chile reglamentar el procedimiento para efectuar estas importaciones, las que serán fiscalizadas por el Servicio de Aduanas.
"Si dentro del plazo de 90 días el Comité Ejecutivo del Banco Central de Chile no ejerce la facultad que se le concede en el inciso precedente, las importaciones a que se refiere este artículo podrán efectuarse sin necesidad de dicha reglamentación."
El señor PABLO (Presidente).-
En discusión.
Ofrezco la palabra.
El señor PALMA.-
Este artículo, que ya fue propuesto antes y que ahora se aprobó en las Comisiones con algunas enmiendas, rinde alrededor de tres millones de escudos, que se destinarán a financiar el objetivo del proyecto en debate: el pago de los reajustes de las pensiones del personal en retiro de las Fuerzas Armadas, Carabineros e Investigaciones. Por lo demás, no hace sino sancionar una situación que se practica desde hace algún tiempo y que origina algunas dificultades en materia de importaciones.
Tal situación comenzó a producirse cuando el Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción autorizó ampliar la lista de mercaderías que se podían internar al país, y se permitió al departamento de Arica importar una serie de productos, frente a lo cual habría que dictar algunas normas.
El precepto en debate financia en parte la iniciativa que, de por sí, está desfinanciada.
El señor VALENTE.-
El decreto respectivo estuvo vigente desde su dictación, en 1965, hasta 1969.
El señor PALMA.-
Sí, señor Senador.
El rendimiento que se prevé de esta disposición se basa en el aumento de las importaciones que se producirán al ampliar la lista de mercaderías permitidas.
Se aprueba el artículo.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
Las Comisiones proponen un artículo nuevo que dice:
"Artículo 7°Autorízase al Presidente de la República, en caso de no existir vacantes en la planta fusionada de Tenientes y Subtenientes en alguno de los Escalafones de Oficiales de Línea de la Fuerza Aérea de Chile, para nombrar Subtenientes, en sus respectivos escalafones, a los Alféreces que egresen de la Escuela de Aviación "Capitán Avalos". Estos ocuparán, en forma transitoria, las plazas vacantes que existieren en los otros escalafones de dicha planta, en la cantidad necesaria para el nombramiento de estos oficiales.
"Estas plazas, una vez que queden vacantes, seguirán figurando en sus correspondientes escalafones".
Se aprueba.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
En seguida, las Comisiones recomiendan aprobar otro artículo nuevo, que dispone:
"Artículo 8ºSustituyese, en el inciso segundo del artículo 38 del D.F.L. Nº 1, de 1968, del Ministerio de Defensa Nacional, la palabra "penúltimo" por "último"."
El señor PABLO (Presidente).-
En discusión.
Ofrezco la palabra.
El señor CHADWICK.-
- ¿Qué significa este artículo?
El señor PALMA.- Se trata de un asunto bastante técnico, que en las Comisiones lo explicó el Subsecretario respectivo.
En la actualidad, para ascender deben cumplirse ciertos requisitos y existir vacantes en los grados inmediatamente superiores. Con frecuencia sucede que hay vacantes no en el grado inmediatamente superior, sino en el que sigue más arriba, pero no hay personas con los requisitos exigidos para ocupar este último y en cambio sí los hay para ascender en el nivel inferior, lo que no puede hacerse por no producirse ascensos más arriba del escalafón. Por eso, la disposición en debate permite aumentar transitoriamente las plazas correspondientes, con el objeto de que puedan ascender los de grados inferiores.
El señor CHADWICK.-
Pido que se lea el artículo 38 del D. F. L. Nº 1, de 1968, del Ministerio de Defensa Nacional.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
El citado artículo 38 señala:
"Si el personal de planta de las Fuerzas Armadas no pudiere ascender por falta de requisitos, no obstante tener vacante, se aumentarán transitoriamente las plazas correspondientes, a fin de que pueda ascender el de los grados inferiores que tengan cumplidos sus requisitos.
"Estos aumentos transitorios se harán efectivos, en igualdad de condiciones, hasta el último grado del respectivo escalafón, para efectuar los ascensos correspondientes."
La indicación reemplaza la palabra "penúltimo" por "último".
El señor BOSSAY.-
Debería cambiarse la palabra "último" por "penúltimo", porque si no se estaría diciendo lo mismo.
El señor CHADWICK.-
¿Cuál es la expresión vigente?
El señor AGUIRRE DOOLAN.-
La expresión vigente es último". Entiendo que lo que se quiere es cambiarla por "penúltimo".
El señor CHADWICK.-
Entonces, está de más la disposición.
El señor BOSSAY.-
Claro, porque dice que se sustituye la palabra por "último", que es la misma que está en el decreto.
El señor PALMA.-
En la actualidad, una persona que se encuentre en el penúltimo grado y que tenga requisitos para ascender puede hacerlo al grado inmediatamente superior, si se crean vacantes suplementarias.
El señor VALENTE.-
En efecto, no puede ascender si no hay vacantes, porque está completa la planta. Este artículo tiene por objeto permitir que, aun en esa circunstancia, el que esté en penúltimo lugar pueda ascender al grado superior, creándose un cargo provisional.
El señor PALMA.-
Esto es exactamente lo que estoy diciendo.
El señor CHADWICK.-
Está mal la disposición.
El señor PABLO (Presidente).-
O hay un error en el informe, o la disposición no tiene sentido, porque se dice que se cambia la palabra "penúltimo" por "último", en circunstancias de que este último vocablo es el que existe.
El señor VALENTE.-
Hay un error, pero el propósito perseguido es bastante claro.
El señor PABLO (Presidente).-
Entonces, podría decirse al revés. . .
El señor VALENTE.-
La idea del precepto es que quien esté en penúltimo lugar pueda subir al escalafón superior, aunque no haya vacante, para lo cual se crearía una vacante provisional, que se eliminaría más adelante.
El señor CHADWICK.-
No es manera de legislar. . .
El señor CARMONA.-
La explicación que se nos dio en las Comisiones Unidas es la siguiente:
Puede ocurrir el caso de que exista la posibilidad de un ascenso a un grado alto, supongamos el de coronel, y que la persona que podría ocuparlo no reúna en ese momento los requisitos necesarios para ello. Tal circunstancia impide la posibilidad de ascenso de quienes estén en los grados inferiores al de esa persona. La disposición a que ha dado lectura el señor Secretario tiende a permitir la creación de cargos transitorios, los que tendrían este carácter mientras se llenaran los requisitos requeridos para el ascenso. En el caso que he señalado, por ejemplo, debería crearse un cargo más de coronel para que el teniente coronel pudiera ascender.
El señor JULIET.-
¿Aun cuando no tuviera los requisitos?
El señor VALENTE.-
Con los requisitos.
El señor CARMONA.-
Con los requisitos.
El señor PABLO (Presidente).-
Señor Senador, quisiera solicitarle una interrupción.
Todas las argumentaciones que se hacen en este instante están contradichas por el informe, pues en él se pide sustituir una palabra para colocar la misma que está en la ley vigente. Debe haber un error.
En consecuencia, propongo que sigamos tratando el proyecto, dejando pendiente este artículo, y entretanto invitaríamos al señor Ministro para que nos ilustrara acerca de este asunto, que reviste importancia.
El señor AGUIRRE DOOLAN.-
Si es necesaria una enmienda, también puede hacerse mediante el veto.
El señor JULIET.-
Dejemos terminar
su explicación al Honorable señor Carmona.
El señor CARMONA.-
Seré breve.
Lo que se nos explicó es que, según lo había entendido la Contraloría, no se podían hacer los nombramientos en este caso no se trata de un ascenso, sino de un nombramiento en el último grado. Tal es el sentido de la modificación propuesta: que pueda hacerse el nombramiento en el último grado. Esa fue la explicación que se nos dio en las Comisiones. Por desgracia, hay un error en la letra del precepto.
El señor PABLO (Presidente).-
Tengo entendido que está en el ambiente de la Sala el propósito de despachar cuanto antes el proyecto así como el de evitar, en lo posible, el veto.
Solicito autorización para dejar pendiente este artículo, pedir al señor Ministro de Defensa que venga y seguir tratando el proyecto.
Acordado.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
En seguida, las Comisiones proponen un nuevo artículo, con el número 9º, que dice:
"Otórgase el plazo de un año para que el personal en retiro y beneficiarios de montepío de las Fuerzas Armadas y del Cuerpo de Carabineros de Chile, puedan ejercer los derechos que las leyes les otorguen y que no hubieren solicitado dentro de plazo.
Dentro del plazo mencionado, los ex funcionarios de las Fuerzas Armadas y de Carabineros y sus beneficiarios de montepío podrán, en consecuencia, reconocer servicios anteriores a la fecha del otorgamiento de su pensión de retiro o montepío que no se hubieren computado en la misma, reliquidándoseles las respectivas pensiones a contar de la fecha de la resolución correspondiente.
Las Cajas de Previsión de la Defensa Nacional y de Carabineros otorgarán a sus imponentes los préstamos necesarios para integrar las imposiciones que correspondieren, con un interés del 6% anual."
El señor PABLO (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se dará por aprobado.
Aprobado.
El señor CHAWICK.-
Corrigiendo un error de sintaxis, señor Presidente, pues en el inciso primero debe decirse "pueda" y no "puedan", porque el verbo se refiere al sustantivo personal.
El señor PABLO (Presidente).-
Tiene razón Su Señoría. Se procederá a la rectificación correspondiente, con la venia de la Sala.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
En seguida, las Comisiones proponen otro artículo nuevo, con el número 10, que dice:
"Artículo 10.Se hace extensivo, a contar del lº de enero de 1970, el beneficio establecido en los artículos 198 del D.F.L. Nº 1 de Defensa y 119 inciso segundo del D.F.L. Nº 2 de Interior, ambos del año 1968, a los asignatarios de montepío cuyos causantes fallecieron en servicio activo, con anterioridad a la vigencia de la ley Nº 15.721, por padecer de cáncer, enfermedades cardiovasculares o tuberculosis en cualquiera de sus formas o alguna otra de las causales de inutilidad de II o III Clase.
Condónanse las sumas de dinero percibidas por los asignatarios de montepío y a quienes se les hubiere aplicado el beneficio establecido en el inciso precedente con anterioridad al 1º de enero de 1970."
Se aprueba.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
Finalmente, las Comisiones proponen el artículo 11, nuevo, que dice:
"Artículo 11.En las zonas a que se refieren las leyes Nºs. 12.008, 12.937 y 13.039 y sus modificaciones posteriores, los camiones internados bajo cualquier régimen de tratamiento aduanero especial continuarán gozando de todos los beneficios que actualmente tienen para su uso dentro de sus respectivos territorios y de las demás zonas de liberación aduanera.
"Estos mismos vehículos podrán circular libremente por todo el país con el pago de un impuesto del 20% sobre su valor CIF. Dicho pago se hará hasta en cuatro cuotas trimestrales sucesivas y la cancelación de la primera de ellas habilitará a sus dueños para ejercer este derecho de libre circulación, sin perjuicio de las acciones que correspondan al Fisco para exigir el cumplimiento total de la mencionada obligación tributaria.
"Los camiones cuya importación se autorice con posterioridad a la vigencia de esta ley y se internen por las zonas aludidas en las leyes citadas en el inciso primero, pagarán, por una sola vez, un impuesto equivalente al 50% de su valor CIF y sólo podrán ser internados por personas naturales o jurídicas que tengan su residencia o el asiento principal de sus negocios, respectivamente, en las zonas anteriormente señaladas durante los tres años anteriores a la correspondiente importación.
"Las salidas de los camiones a que se refiere la presente disposición fuera de las zonas de tratamiento aduanero especial no podrán exceder, en cada oportunidad, del plazo de 30 días.
"Autorízase al Presidente de la República para reglamentar, dentro del plazo de 90 días, la aplicación de este artículo. En el Reglamento que se dicte con este objeto deberá consultarse la apertura de un registro en las Intendencias y Gobernaciones, según el caso, y las demás normas de fiscalización de estas actividades."
El señor VALENTE.-
Pido la palabra.
El señor SILVA ULLOA.-
Pido la palabra.
El señor CARMONA.-
Deseo plantear un asunto previo.
El señor VALENTE.-
Con la venia de la Mesa, concedo una interrupción a Su Señoría, con todo gusto.
El señor CARMONA.-
Con la venia de la Mesa, deseo referirme de nuevo al artículo 8º.
En realidad, la redacción que aparece en el informe es correcta. Tengo a mano el artículo 38 del D.F.L. Nº 1, de 1968, cuyo inciso segundo fue rectificado en virtud de publicación aparecida en el Diario Oficial Nº 27.166 de 11 de octubre de 1968, y quedó en esta forma: "Estos aumentos transitorios se harán efectivos, en igualdad de condiciones, hasta el penúltimo grado del respectivo Escalafón, para efectuar los ascensos correspondientes".
Por consiguiente, es correcta la proposición de cambiar la palabra "penúltimo" por "último", y, a mi juicio, debe aprobarse.
El señor PABLO (Presidente).-
Aclarado así por el señor Senador el texto propuesto, cabría tal vez complementarlo diciendo que se sustituye el inciso segundo del artículo 38 del D.F.L. Nº 1, de 1968, modificado...
El señor CARMONA.-
No ha sido modificado. Fue rectificada la publicación respectiva. O sea, la disposición corresponde realmente al decreto con fuerza de ley Nº 1.
El señor PABLO (Presidente).-
En estas condiciones, ¿habría acuerdo para aprobar el artículo 8º?
Acordado.
Tiene la palabra el Honorable señor Valente, para referirse al artículo 11.
El señor VALENTE.-
Señor Presidente, el artículo 11 establece un impuesto de 20% sobre el valor CIF de los camiones importados en zonas liberadas de derechos de internación, que hagan servicio de fletes al resto del país. Es decir, un trabajo que se realiza en la actualidad sin pagar ningún tributo, por esta disposición quedará gravada con un impuesto de 20% sobre el valor CIF del vehículo.
La razón que tuvieron en vista los autores de este precepto, que renueva en parte el artículo 7° que había sido aprobado por la Cámara de Diputados, fue la de otorgar financiamiento al proyecto de ley en debate. Sin embargo, los cálculos hechos sobre la base de antecedentes recibidos en las Comisiones llevaron a la conclusión de que tal impuesto no daría rendimiento por la cuantía necesaria a dicho financiamiento. En efecto, según los datos que nos proporcionó el señor Ministro de Hacienda, los camiones por los que se pagaría el gravamen serían unos quinientos. Tomando en cuenta un valor CIF promedio de 100 mil escudos por vehículo, el 20% rendiría un monto cercano a los diez millones de escudos, lo que está muy lejos de resolver el problema de la falta de recursos de que adolece la iniciativa. Y ello se adujo en las Comisiones de Hacienda y de Defensa, unidas, pues lo que se necesita son más o menos cuarenta o cincuenta millones.
La segunda parte del artículo 11 establece que los camiones cuya importación se autorice en lo futuro y que se internen por las zonas liberadas serán gravados por una sola vez con un impuesto de 50% del valor CIF, cuyo producto se destinaría también al financiamiento de este proyecto.
Las Comisiones Unidas debatieron este artículo en dos sesiones, durante varias horas. Se propusieron diferentes fórmulas. Incluso planteé la posibilidad de cambiar su redacción, de modo que permitiera financiar el proyecto pero sin gravar a las zonas liberadas, por las razones que dimos a conocer en las Comisiones y que habíamos adelantado cuando se discutió la iniciativa en general en la Sala.
Estimamos que a estas alturas no cabe innovar en el estatuto especial de que gozan las zonas norte y sur, vale decir Tarapacá, parte de Antofagasta, parte de Atacama y la zona austral. De igual modo han pensado los distintos Gobiernos que se han sucedido, e incluso existe en igual sentido una recomendación especial de la superioridad de las Fuerzas Armadas, pues ello significaría romper todo el "status" actual que rige en esas zonas y, sobre todo, crear conflictos bastante serios en el desarrollo económico de las mismas.
Anoche, precisamente, al salir de las Comisiones, y una vez aprobado este artículo, hice una consulta cablegráfica a la zona, solicitando un pronunciamiento de los sectores afectados. La verdad es que teníamos dudas respecto de la buena aplicación de este precepto.
Hoy recibimos una llamada telefónica del señor Abel Gallardo, presidente del Sindicato de Dueños de Camiones de Iquique, y del señor Luis Vega, presidente del Sindicato de Dueños de Camiones de Arica, quienes nos manifestaron que, después de estudiar los alcances del proyecto, comprobaron que no sólo se lesionan los intereses de los pequeños empresarios del transporte de esas zonas, sino que se crea un conflicto de bastantes proporciones en las actividades industriales de la región, debido a que prácticamente no será posible que los camiones puedan viajar al resto del país por el impuesto de 20%. Los 500 camiones de la zona deberán permanecer inmovilizados, sin poder salir a realizar fletes de ninguna especie, por la imposibilidad de pagar el tributo mencionado.
Estimo que las razones que darán los demás Senadores representantes de la zona coincidirán probablemente con las mías, pero considero que para salvar la situación de las zonas limítrofes, especialmente de Arica, Iquique, Chiloé y Magallanes, es necesario resolver el problema rechazando el artículo, el cual, además de no proporcionar recursos a la iniciativa en la cuantía esperada, no tiene otro objetivo que cambiar la actual legislación de las zonas norte y sur en detrimento de su desarrollo económico.
El señor SILVA ULLOA.-
Las Comisiones Unidas, al estudiar este proyecto en el primer informe rechazaron el artículo 7º que había sido aprobado por la Cámara, y encomendaron al señor Ministro de Hacienda redactar una disposición que proporcionara los recursos necesarios.
A mi juicio, el señor Ministro debió haber cumplido dicha solicitud dentro del plazo que la Sala fijó para presentar indicación. Sin embargo, no ocurrió así, y las Comisiones de Hacienda y de Defensa, unidas, se vieron obligadas a tratar esta materia en una indicación formulada cuando se encontraban cumpliendo su cometido.
A pesar de que no hice uso de las disposiciones reglamentarias que me amparaban, deseo señalar la inconveniencia de tal procedimiento, pues el Reglamento de esta Corporación está destinado fundamentalmente a proteger los derechos de las minorías. Si la Sala acordó un plazo para presentar indicaciones, aquél no puede alterarse por ninguna razón, por muy grande que sea la justificación. Ni siquiera puede hacerse por acuerdo unánime, porque privaríamos a los demás miembros de esta Corporación que no pertenecen a las Comisiones de poder expresar su opinión referente a una materia que puede ser o no ser conflictiva. En este caso, lo es.
He dado a conocer esta situación para que nunca más vuelva a ocurrir, pues quienes hoy día son minoría, mañana pueden ser mayoría, y siguiendo este procedimiento abusivo podría echarse por tierra el estatuto orgánico de esta Corporación.
El señor BALLESTEROS.-
En vista de que el Honorable señor Silva Ulloa se está refiriendo a un problema previo de procedimiento, deseo advertirle que, aunque posiblemente su argumentación tenga algún fundamento, como todas las que Su Señoría hace, la unanimidad de los miembros de la Comisión tal vez el Honorable señor Silva Ulloa no lo escuchó en ese momento encomendó al señor Ministro de Hacienda redactar un artículo en el cual se incluyeran todas las observaciones hechas respecto de la disposición. No se le fijó plazo, como se dejó constancia en el primer informe. Basta que los Honorables colegas lo lean para que adviertan que el señor Ministro fue encargado por la unanimidad de los miembros de la Comisión para realizar tal tarea. También destacó este hecho en su oportunidad el Honorable señor Bossay.
Por eso, estimo que el asunto es discutible.
No me pronuncio sobre el aspecto jurídico, pero por lo menos deseo aclarar este hecho: la indicación no provino del Ejecutivo, sino que es de origen parlamentario, introducida en la Cámara de Diputados, y en tal carácter fue conocida en la Sala del Senado.
De modo que el señor Ministro tampoco ha pretendido ser tratado de manera preferente con respecto a los señores Senadores. Pero como se le formuló una petición, la cumplió trayendo la indicación en la forma como la estamos conociendo.
El señor SILVA ULLOA.-
Daré término a esta parte de mi intervención insistiendo en que efectivamente la Comisión, al rechazar el precepto, encomendó al señor Ministro la redacción de un nuevo artículo para abordar esta materia. Sin embargo, el acuerdo de la Sala condicionó esa resolución de la mayoría de los integrantes de la Comisión. La Sala fijó un plazo para presentar indicaciones y, como es natural, dicha exigencia debió haberse respetado. Como no se hizo, la indicación no pudo ser tratada.
Todos los argumentos constan en el informe, por eso no haré cuestión sobre el problema. Deseo que en lo futuro no vuelva a ocurrir algo semejante, porque indudablemente las minorías que estamos protegidas por el Reglamento, dejaríamos de estarlo.
El señor PALMA.-
Como las palabras del Honorable señor Silva Ulloa se refieren indirectamente al presidente de las Comisiones Unidas, deseo dejar en claro que en ningún momento, ni el Senador que habla ni la casi totalidad de los miembros de las Comisiones pretendieron impedir que Su Señoría hiciera uso de los derechos que le corresponden, ni en aquéllas ni en la Sala.
La verdad es que el planteamiento del Honorable señor Silva Ulloa tiene validez, pero en forma condicionada. El artículo 7º fue rechazado durante el estudio del primer informe, de manera, repito, condicionada, porque quedó constancia en el informe de que había una cantidad de ideas que se aprobaban, pero que requerían una redacción especial. Esta fue encomendada al señor Ministro para que oportunamente y sobre la base de otros antecedentes que iba a suministrar, pudiera completarla en la mejor forma posible.
Precisamente por el hecho de haberse aceptado un conjunto de ideas, aunque la formulación de ellas fue rechazada en el artículo 7º, pudo plantearse el problema mencionado por el señor Senador.
En ningún momento existió el ánimo de atropellar sus derechos, y mucho menos tratándose del Honorable señor Silva Ulloa, que es una persona que se distingue por su ecuanimidad en todo orden de cosas.
Desde otro punto de vista, deseo señalar que en virtud de una indicación presentada por el Honorable señor Víctor Contreras, el debate sobre el artículo 7º estaba abierto, de modo que era perfectamente posible reiniciar la discusión del precepto aun cuando no se hubieran cumplido las circunstancias que he mencionado.
El señor SILVA ULLOA.-
Las observaciones del Honorable señor Palma me obligan a decir algunas palabras más sobre la materia.
A mi juicio, un acuerdo de la Sala prevalece sobre cualquier resolución de las Comisiones. Además, el Reglamento establece que no puede haber acuerdos condicionados de ninguna naturaleza. De modo que el argumento del Presidente de las Comisiones Unidas es bastante especioso.
En cuanto a la indicación presentada por los Honorables señores Valente y Contreras en sustitución del artículo 7º de la Cámara, las Comisiones Unidas se pronunciaron al respecto al aprobar el artículo 6°, nuevo, de este informe. En consecuencia, no podía dar para todo, sino sólo para la materia a que ella se refería.
En verdad, el problema fue largamente discutido en las Comisiones Unidas. Siguiendo la norma aprobada por la Cámara, se pretendió derogar todas las disposiciones legales vigentes que otorguen exenciones de derechos, impuestos o cualquier otro gravamen que afecten la importación de camiones, sus chasis, armados o desarmados, y que tal derogación tuviera pleno vigor, cualquiera que fuera la norma liberatoria.
Resulta que una indicación formulada con propósitos "recursistas" exclusivamente, afectaba en forma dramática a la mediana y pequeña minerías, a la agricultura, a la pesca, a la industria maderera y a la lechera.
Las liberaciones que benefician a esas ramas de la actividad de nuestra patria es indispensable mantenerlas mientras existan en Chile disposiciones económicas, especialmente en el aspecto tributario, tan extraordinariamente drásticas.
En cuanto a la zona norte del país, lo hemos dicho en más de una oportunidad y deberemos repetirlo: Chile es un país de configuración geográfica sumamente extensa y difícil. Las zonas extremas están permanentemente preocupadas de problemas de orden fronterizo. Por eso, considero atinadas las medidas adoptadas en cuanto a dar ciertas facilidades de índole económica, para que en esas zonas se establezcan industrias y aumente la población.
Recuerdo que en 1953 se recurrió al arbitrio económico el Honorable señor Tarud me apunta que en esa época desempeñaba la Cartera de Economía de establecer el puerto libre de Arica. Mucho se pueden criticar los resultados de tal medida, pero quienes vemos los problemas chilenos sin prejuicio de ninguna naturaleza, tendremos que reconocer que fue una buena medida, porque se adoptó simultáneamente con el agravamiento de la crisis salitrera y la paralización de numerosas oficinas tanto en la provincia de Antofagasta como en la de Tarapacá. Los recursos del puerto libre permitieron que decenas de miles de trabajadores de esas industrias llegaran a radicarse en Arica y encontraran trabajo y posibilidades de subsistir. En caso contrario, en 1953 habríamos tenido el mismo cuadro que el de los años treinta, cuando en otra crisis salitrera, en el centro del país, y especialmente en Santiago, hubo necesidad de establecer albergues.
Por otra parte, con relación a la minería, este precepto no afecta en absoluto a las inversiones de las empresas de la gran minería del cobre, pues ellas están garantizadas por contratos que han celebrado con el Fisco. Pero sí perjudica a las minerías mediana y pequeña. Esta última, especialmente, se encuentra preocupada en estos instantes por la difícil situación que le crea la baja del precio del cobre. Si el precio de ese metal, que hoy día es ligeramente inferior a 60 centavos de dólar la libra, bajara a 55 centavos, muchos establecimientos de la pequeña minería no podrían seguir trabajando. Y uno de los factores determinantes de los costos de producción es precisamente el flete.
Me parece que el Senado tiene una información bastante completa respecto del problema de la pesca, porque los parlamentarios de la zona norte, sobre todo, en muchas ocasiones han debido abordar la crítica situación que vive esa industria. La consolidación de las empresas pesqueras, que se está realizando a través de la Corporación de Fomento de la Producción, no surte los efectos que se persiguen. Sabemos que en la actualidad varias industrias establecidas en la provincia de Tarapacá están tramitando solicitudes de autorización para paralizar sus actividades.
No soy el más autorizado para referirme a las industrias maderera y lechera, que también se verán afectadas por la derogación total de esas liberaciones. Sin embargo, pienso que son renglones de nuestra economía que es indispensable desarrollar.
Por todo ello, y no obstante la angustia que existe por despachar cuanto antes el proyecto, prolongamos durante varias semanas la discusión de este artículo. Concretamente, hemos logrado que no proceda la derogación de las franquicias respecto de las actividades que he señalado. Pero, de todos modos, las disposiciones del artículo en debate afectarán en forma extraordinaria a los transportistas.
Voté en contra de cada una de esas normas, por considerar que, en el fondo, no alteran la situación actual, excepto en lo referente al gravamen de 20% sobre el valor CIF de los camiones actualmente radicados en las zonas liberadas y que se dedican al transporte de productos. El impuesto señalado tendrá extraordinaria incidencia en los fletes y afectará no sólo a las industrias ya establecidas, sino también, y en forma dramática, a los consumidores, quienes verán que los artículos de consumo que llegan por esos medios de transporte tendrán un costo más alto.
En virtud del artículo 11 se obtienen recursos ascendentes a 12 millones de escudos. Pues bien: estoy seguro de que el alza extraordinaria del costo de la vida que esta disposición provocará en las regiones liberadas obligará al Gobierno a otorgar aumentos de las asignaciones de zona para los funcionarios públicos, Fuerzas Armadas y Carabineros. En consecuencia, el gasto que tendrá el Ejecutivo por ese concepto será muy superior a los 12 millones de escudos señalados.
Estimo que debe tenerse gran cuidado al legislar sobre materias económicas, porque el afán "recursista" se convierte en un bumerán que afecta a quien propicia la disposición, en este caso, al Gobierno.
Con este precepto ha ocurrido algo muy raro. Se encargó al señor Ministro de Hacienda su redacción. Las Comisiones unidas de Hacienda y de Defensa Nacional, pasando por sobre el Reglamento, la consideraron. Sin embargo, el señor Ministro sostuvo en todo momento que el Ejecutivo no patrocinaba la indicación; tampoco lo hizo ningún parlamentario y, a pesar de esa anomalía, viene incorporada al proyecto de ley en debate.
Considero que cuando uno tiene una posición, cuando cree que está defendiendo lo que es justo, debe tener la hidalguía de rubricar con su firma lo que pretende hacer. En este caso se está causando un grave daño a las zonas norte y austral de nuestro país.
Desgraciadamente, estoy un poco afónico. Por eso, quiero terminar mis observaciones anunciando que votaré en contra del artículo 11, porque no otorga financiamiento, porque no hay nadie responsable de su redacción y, por último, porque fue tratado pasando por encima de las disposiciones del Reglamento.
El señor CARMONA.-
Señor Presidente, con el propósito de dar financiamiento a las disposiciones de este proyecto de ley, se redactó el artículo 11 en la forma que señala el informe de las Comisiones unidas de Hacienda y de Defensa. Creo que el objetivo de financiar la iniciativa no se conseguirá con este precepto. Según el informe, faltarían alrededor de 40.000.000 de escudos; se calcula que el artículo 11 podría rendir 12.000.000; pero, a mi juicio, no producirá ni la mitad de esta cifra.
En cuanto al fondo del artículo, la situación es la explicada por el Honorable señor Silva Ulloa.
Creo que las Comisiones Unidas no cumplieron su cometido de financiar la iniciativa. Poco a poco, después de largos debates, se resolvió abordar parte del problema sobre la base de la situación existente en el país respecto de los fletes, especialmente los de camiones. Estimo que tratar de reglamentar una norma dictada en forma rápida puede originar trastornos de incalculables proyecciones. Basta sólo considerar que en este momento estamos pasando por una verdadera crisis debido a la carencia de fletes marítimos. Por este motivo, en la zona norte del país hay mercaderías que no pueden trasladarse a los centros de consumo. Se ha producido, por razones de índole internacional, una verdadera huida de barcos extranjeros. Esto implica que producciones enteras tal es el caso de la sal, en el Norte, y el de los fertilizantes de la Sociedad Chilena de Fertilizantes, dependiente de la Corporación de Fomento de la Producción se encuentren en los puertos, a la espera de su embarque, lo que no puede hacerse por falta de fletes marítimos.
En estas condiciones, entorpecer o colocar trabas al transporte realizado mediante camiones, dada la configuración de nuestro territorio, me parece absurdo.
Considero que, en definitiva, lo dispuesto en el artículo 11 se traducirá en alzas del precio de las mercaderías, especialmente en las zonas extremas del país, lo que reviste extraordinaria gravedad e importancia.
El inciso segundo de ese precepto establece el pago de un impuesto de 20% sobre el valor CIF de los camiones que actualmente trabajan en las llamadas "zonas liberadas", para que puedan trasladarse a otras regiones del país, lo que ahora están haciendo regularmente, sobre la base de un plazo máximo de 16 días. La disposición amplía este plazo a 60 días. Pero, en la práctica, la situación no variará, salvo que en lo futuro, para que esos camiones puedan ir desde el extremo norte al sur del país, aun cuando lleven alimentos indispensables para esta zona, tendrán que pagar ese impuesto de 20%, lo cual redundará en un recargo extraordinario del valor de los fletes y, por consiguiente, en el de las mercaderías.
Si tenemos en cuenta que las disposiciones a que se refiere el artículo 11 se han dictado para afrontar las anormales circunstancias que existen en nuestra patria, especialmente en la zona norte por ejemplo, para trasladarse de Arica a Iquique es necesario recorrer alrededor de trescientos kilómetros, y para ir desde Arica a Taltal, una distancia igual a la que existe entre Santiago y Puerto Montt, comprenderemos la gravedad que encierra un precepto de esta naturaleza.
Se ha tratado de regularizar una situación. Estamos conscientes de que existe. Se dice que los camiones que salen de las zonas extremas pueden significar, en cierta medida, una competencia desleal para los fletes realizados en el centro del país. Sin embargo, la disposición pertinente no resuelve el problema, porque permite la salida de aquellos camiones previo pago del referido impuesto. En consecuencia, sólo se provoca un alza desmesurada del valor de los fletes, que afectará a las regiones extremas del país y originará, por lo tanto, encarecimiento del costo de la vida, con las proyecciones que señaló el Honorable señor Silva Ulloa.
El señor GUMUCIO.-
¿Me permite una interrupción, señor Senador?
El señor CARMONA.-
Por supuesto.
El señor PABLO (Presidente).-
Con la venia de la Mesa, tiene la palabra el Honorable señor Gumucio.
El señor GUMUCIO.-
No me pronunciaré sobre el artículo analizado por Sus Señorías.
Cuando se discutió el proyecto de reajuste de remuneraciones de las Fuerzas Armadas, el Ejecutivo sostuvo que, por falta de financiamiento, no podría cumplir lo relativo a los jubilados y a las montepiadas.
Me parece que ahora es necesario aclarar bien las cosas: el señor Ministro redacta este artículo y lo considera parte del financiamiento; el Honorable señor Carmona, que es Senador de Gobierno, lo votará negativamente, y es posible que el precepto se rechace. Entonces, los parlamentarios no deseamos que se culpe de nuevo al Congreso por no dar financiamiento adecuado a un proyecto de ley.
El señor CARMONA.-
Creo que ha quedado perfectamente claro que ese artículo no es de iniciativa del Gobierno.
Comencé mi intervención diciendo que para financiar el proyecto faltaban alrededor de 40.000.000 de escudos. Indudablemente, el Ejecutivo deberá dar cumplimiento a las disposiciones de esta iniciativa, que se transformará en ley de la República. Creo que por la vía del veto se buscará la forma de completar el financiamiento.
Sin embargo, el hecho evidente, según el informe de las Comisiones Unidas, es que falta aún por financiar una suma cercana a los 23.000.000 escudos. O sea, quedaríamos en la misma situación si aprobáramos o rechazáramos ese precepto, que, repito, no es de iniciativa del Gobierno.
Esta es la realidad. Se ha querido buscar financiamiento por este medio, pero no resultó, y se transformó el debate en las Comisiones en un empeño por encontrar solución al problema del transporte por camiones en el país. Pero esa solución tampoco es adecuada.
No deseo cansar al Senado dándole a conocer una serie de antecedentes sobre esta materia y que nos llevan a concluir que las disposiciones propuestas no conducen a racionalizar el problema del transporte terrestre. Por consiguiente, el daño que se producirá con ellas es aún mucho más grave que el simple contenido de este precepto.
En definitiva, me parece que la salida consistiría en abordar en forma terminante, y para lo futuro, el régimen vigente para la importación de camiones, a fin de uniformar la internación de esos vehículos a lo largo de todo el territorio nacional. En esta forma sí que es posible conseguir financiamiento adecuado. Pero tratar de perturbar una situación de hecho, normal en la actualidad, con financiamiento absolutamente insuficiente y que provocará los trastornos que estamos anotando, me parece lo peor que puede resolver la Corporación.
Por lo tanto, lo conveniente es rechazar la disposición y establecer un régimen de importación de camiones uniformes para lo futuro. Esta es la manera repito de conseguir financiamiento adecuado, oportuno y ágil, que permitiría el cumplimiento exacto y también oportuno de la ley.
Nosotros no estamos proponiendo no legislar sobre esta materia, sino hacerlo en forma adecuada y conveniente para los intereses del país.
Quiero advertir al Senado que en las Comisiones se hicieron diversas proposiciones en ese sentido; pero, por la premura del tiempo, y para facilitar el pronto despacho del informe, nos vimos abocados a la necesidad de proceder en los términos que la Sala conoce en estos instantes. En todo caso, el rechazo de la disposición no perturbará la tramitación del proyecto, pues éste deberá volver a la Cámara de Diputados, donde el Ejecutivo tendrá que procurar encontrar la ecuación que armonice los criterios de ambas ramas del Parlamento sobre la materia.
A mi juicio, lo único que procede es estatuir normas racionales para la importación de camiones. En estos momentos existen grandes facilidades para hacerlo en las zonas extremas del territorio. Pero ocurre que el número de camiones que se puede internar en determinado instante, puede resultar exagerado en esas zonas con relación al resto del país. Seguramente también falta importarlos para la zona central.
Por lo tanto, pienso que una norma de racionalización es la mejor medida para encontrar solución al problema que analizamos.
Por eso, mientras no se llegue a una solución de ese tipo, votaremos en contra del artículo.
El señor PABLO (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Ballesteros.
El señor BALLESTEROS.-
He concedido una interrupción al Honorable señor Palma.
El señor PABLO (Presidente).-
Puede hacer uso de la palabra Su Señoría.
El señor PALMA.-
Señor Presidente, el objetivo de esta disposición no es, naturalmente, crear conflictos en las zonas extremas del país, que necesitan de protección por innumerables razones. Su finalidad es encontrar parte del financiamiento que se requiere para pagar los reajustes de pensiones al personal en retiro de las Fuerzas Armadas, Carabineros e Investigaciones.
De acuerdo con los antecedentes que se nos suministraron, la proposición primitiva significaba un mayor ingreso fiscal equivalente a 198 millones de escudos, ingreso que, como es natural, ha ido disminuyendo como consecuencia de los cambios que se introdujeron en la iniciativa que envió la Cámara de Diputados.
¿Por qué es necesario dictar algunas disposiciones sobre esta materia, para crear esta fuente de ingresos? En la actualidad, como se ha repetido aquí, la cantidad de camiones, el parque de camiones que existe en el país, no sólo en el norte, es sumamente bajo. Porque, según los datos proporcionados, durante los últimos años, y por varias razones, no se han efectuado importaciones de estos vehículos para el transporte de larga distancia. Entre ellas, quiero destacar dos: en primer lugar, porque actualmente existen derechos de aduana muy altos que impiden la importación de camiones en la zona central del país. Estos aranceles alcanzan al 180% del valor CIF de los vehículos, y ello hace absolutamente imposible su internación por las personas que habitualmente se dedican a esas actividades. Como es lógico, ellas no cuentan con las disponibilidades necesarias para invertir en un camión cifras cercanas a los 200 mil, 300 mil ó 500 mil escudos, sumas en las cuales se engloban el valor del vehículo y los derechos correspondientes, que llegan, como dije antes, a 180% del valor CIF.
En segundo lugar, los importadores habituales se han resistido a hacer dichas internaciones en la zona central, porque tienen la competencia constante e irregular no diré desleal de los camiones importados en las regiones extremas del país, especialmente en el Norte, donde no se pagan derechos de aduana. Por consiguiente, esos vehículos están en condiciones de realizar fletes a precios muchísimo más bajos.
Estos dos motivos, los altos aranceles aduaneros y la competencia irregular de los camiones que no pagan derechos a pesar de todos los controles, éstos hacen fletes dentro de la zona central, han impedido la renovación del parque de vehículos que Chile necesita.
En estos instantes, el país soporta un problema gravísimo de transportes por tierra y por mar. Así, por ejemplo, no es posible distribuir en la región sur del país los abonos producidos en la zona norte, porque no hay fletes marítimo y porque el terrestre es excesivamente caro.
Sobre la base de estas ideas, el Gobierno ha tratado de buscar una fórmula para importar camiones habitualmente en lo futuro y a precios razonables, y, al mismo tiempo, eliminar la competencia irregular de los camiones liberados de derechos aduaneros en las zonas extremas del país, especialmente en el Norte, situación que afecta a la zona central. Con este fin, propuso disposiciones tendientes a acercar los costos definitivos que tendrían los camiones, por su valor original más los derechos de aduana. Entonces, a esas regiones extremas del país, que no pagaban derecho aduanero alguno, se les imponían algunos aranceles de ese tipo; y en cuanto a la zona central, existía la intención de rebajar algunos derechos de aduana, con el objeto de que no resultaran tan excesivamente altos los costos definitivos de cada vehículo.
Al acercar en esta forma los precios de los camiones, evidentemente se produciría, de inmediato, una gran demanda de importaciones, lo que redundaría, como consecuencia de los preceptos correspondientes, en determinados ingresos para este año, y después, en ingresos habituales para los años próximos. Esto, sobre la base de que constantemente se importarán entre 800 y mil camiones, de acuerdo con lo que se dijo.
En la forma señalada, o sea, por la vía de los derechos aduaneros, se obtiene una cantidad de recursos que permiten financiar de manera permanente las pensiones de los personales en retiro de las Fuerzas Armadas, Carabineros e Investigaciones.
El proyecto, por desgracia, no se despachó como venía concebido inicialmente, por la natural resistencia que las zonas privilegiadas presentan en ambas ramas del Congreso.
El señor VALENTE.-
No son privilegiadas.
El señor PALMA.-
Las zonas que en este aspecto gozan de una situación privilegiada, especial, y a las que yo acepto beneficiar racionalmente.
Sin embargo, las fórmulas primitivas repito no prosperaron, y poco a poco, debido a la hábil gestión de cada uno de los señores Senadores, entre los cuales cabe destacar al Honorable señor Silva Ulloa, que incluso recurrió a los aspectos reglamentarios para enfocar el problema, el artículo inicial fue achicándose, "jibarizándose", hasta llegar a ser lo que es ahora: una disposición que, desde el punto de vista financiero, no produce mucho, pero que en lo inmediato permitirá abrir la importación de camiones, modificando los aranceles aduaneros y creando condiciones de equidad y de cierta justicia respecto de las zonas norte y sur del país. Esto permitirá generar una cantidad importante de dinero, que servirá para financiar los reajustes de que se trata.
Lo anterior representa la meta que se pretende alcanzar mediante la indicación. Si finalmente su redacción no cumple todos esos objetivos, ello será resultado de las influencias y presiones que cada uno de los señores parlamentarios ejerció en las Comisiones Unidas. En todo caso, sin una disposición de esta especie no habrá ni un ingreso transitorio para este año ni un ingreso permanente para los venideros.
Por lo tanto, creo que vale la pena aprobar el precepto, aun cuando adolezca de errores y sea limitado, con el objeto de que el Ejecutivo tenga una base sobre la cual redactar un veto cuyos alcances sean más completos y elaborados y permitan obtener los fondos absolutamente indispensables para financiar la iniciativa relacionada con el reajuste de pensiones de dichos personales.
El señor BALLESTEROS.-
Señor Presidente, creo que el Senado concordará en que nos hallamos frente a un hecho bastante claro: que el financiamiento inicial proporcionado por la disposición al proyecto, y luego reducido a los términos en que la Comisión se lo solicitó al Ministro de Hacienda, ascendía a una suma cercana a los 200 millones de escudos.
El señor VALENTE.-
No fue así. Mi información es otra.
El señor BALLESTEROS.-
Perdóneme, Honorable Senador. Yo sé leer. Estoy hablando de 200 millones por 198 millones, que es la cantidad precisa. Hago la salvedad para que Su Señoría quede tranquilo.
El señor VALENTE.-
Ha leído mal Su Señoría.
El señor BALLESTEROS.-
Voy a leer lo que dice el informe:
"Por último, vuestras Comisiones Unidas conocieron de la nueva redacción solicitada al señor Ministro de Hacienda durante la discusión en ellas, en el trámite de primer informe, del artículo 7º del proyecto de ley de la Honorable Cámara de Diputados, que fue rechazado en dicha oportunidad por estimar su texto inadecuado.
"Aquel precepto proponía derogar las franquicias aduaneras que favorecen la importación de camiones, con excepción de algunas que expresamente señalaba, destinando el mayor ingreso fiscal que se produciría en su virtud, estimado en Eº 198.000.000, al financiamiento de los beneficios contemplados en este proyecto de ley."
He leído el texto consignado en la página 7 del informe de las Comisiones Unidas. Si éste es erróneo, ruego al señor secretario de la Comisión que me rectifique. Además, debo advertir a Su Señoría que soy miembro de la Comisión de Hacienda.
El señor Ministro me ha solicitado una interrupción. A lo mejor, él puede aclarar la situación.
El señor ZALDIVAR (Ministro de Hacienda).
Yo expresé en las Comisiones que la disposición aprobada por la Cámara de Diputados, y que fue rechazada en el primer informe en el Senado para reemplazarla' por otra en el segundo, imponía una redacción que, de acuerdo con las ideas sugeridas por los propios señores Senadores, daba un rendimiento aproximado, según la información del Banco Central, de 198 millones de escudos, suma proveniente de los siguientes rubros: la importación adicional de mil camiones; el impuesto que deberían pagar los vehículos existentes en las zonas de franquicias, por el hecho de circular en el resto del país, con un rendimiento cercano a los 40 millones de escudos, y la importación de vehículos, de camiones menores, de mil quinientas a dos mil quinientas toneladas, la que, según recuerdo, producía un ingreso de 35 millones a 40 millones de escudos.
En suma, con todo lo relativo a la liberación de importaciones y a la nueva aplicación de derechos que expresé, que gravaba con 180% los vehículos de ocho toneladas, y en escala decreciente los de menor tonelaje, el artículo 7º de acuerdo con las informaciones del Banco Central habría tenido un rendimiento, en el plazo de ocho meses, una vez completada toda la importación adicional, de 198 millones de escudos.
Luego, cuando se me planteó la nueva redacción destinada a sustituir ese artículo 7°, yo, recogiendo las ideas de varios señores Senadores, y cooperando con las Comisiones, expresé que en el mismo plazo de 8 meses podríamos obtener una cantidad del orden de los 100 millones de escudos. Manifesté lo anterior sin tener un cálculo definitivo, pues sólo se trataba de una aproximación, ya que sólo el día antes se había materializado esa redacción del artículo.
Respecto de esta nueva disposición, personalmente no me atrevería a decir cuál es su rendimiento, pues no la ha estudiado el Banco Central en los términos en que la aprobaron las Comisiones Unidas.
El señor BALLESTEROS.-
Deseo que el debate se deslice por el cauce normal.
En realidad, el señor Ministro viene a corroborar el aserto que acabo de hacer en cuanto a que la disposición inicial tenía un rendimiento cercano a los 200 millones de escudos.
En este instante, el señor Ministro no puede ponderar la disminución o el alza del rendimiento en virtud de la nueva redacción del artículo 7°. Sin embargo, en todo caso, existe un rendimiento sustancial para financiar los objetivos del proyecto.
El señor SILVA ULLOA.-
¿Me permite una interrupción, señor Senador?
El señor PABLO (Presidente).-
Ruego al Honorable señor Ballesteros no conceder más interrupciones, porque a continuación hay varios otros Senadores inscritos.
El señor JULIET.-
¡No vamos a terminar nunca!
El señor BALLESTEROS.-
Ya manifesté denantes que mi deseo es que el debate se realice en forma normal, pero no quiero cometer la descortesía de negar una interrupción al señor Senador.
El señor SILVA ULLOA.-
En realidad, existe una confusión.
Respecto del análisis hecho por el señor Ministro de Hacienda en cuanto al rendimiento, quiero preguntarle lo siguiente: ¿quién prohíbe al Gobierno autorizar la internación de los mil camiones? Nadie se lo impide. ¿Quién le prohíbe fijar los aranceles que estime convenientes para esas importaciones? Porque la realidad es que el rendimiento de los 198 millones de escudos no se relaciona con la situación existente, sino con una situación futura, que el Ejecutivo puede manejar administrativamente.
Si el señor Ministro fuera consecuente con las disposiciones legales vigentes sobre la materia, debería declarar que en este momento nada le impide al Gobierno autorizar la importación de camiones ni determinar que los importadores paguen 160% por derechos arancelarios, o un porcentaje menor, pues el Ejecutivo tiene facultades para modificar la tasa en cualquier instante.
Termino manifestando que el rendimiento nada tiene que ver con el artículo que aprobó la Cámara de Diputados, con el que se pretendió aprobar en las Comisiones Unidas y con el que en definitiva está conociendo la Sala.
Agradezco la interrupción que me concedió el Honorable señor Ballesteros.
El señor BALLESTEROS.-
Cualquiera que sea el juego que se haga de las cifras, siempre estamos en presencia de una disposición que legisla en forma imperativa y no deja su aplicación al arbitrio del Gobierno o del señor Ministro de Hacienda, pues el Congreso, que debe dar financiamiento a una ley que despacha, ha dispuesto que así sea. En esto concordamos con el Honorable señor Silva Ulloa.
Nos encontramos frente a una disposición que financiaba el proyecto de las Fuerzas Armadas en una cantidad del orden de los 200 millones de escudos.
He oído al señor Ministro de Hacienda. Y recuerdo que el propio Honorable señor Bossay, en el debate general, manifestó algo que compartimos plenamente: en la misma medida en que exista mayor cantidad o volumen de recursos, en esa misma medida se podrá pagar en dinero efectivo parte de lo que se adeuda a los pensionados de las Fuerzas Armadas, y no en bonos. De manera que no es tan indiferente el financiamiento que este proyecto tenga. De allí, entonces, que resulte evidente la necesidad de mirar con preocupación el artículo 11 en la forma en que viene propuesto, porque en esto concuerdo con el Honorable señor Silva Ulloa altera en mínima parte el financiamiento existente: conserva todas las franquicias. . .
El señor VALENTE.-
Pero sólo en las zonas favorecidas.
El señor BALLESTEROS.-
Evidentemente, porque las franquicias las concedió el legislador no fue otra su intención no para ser usadas en zonas distintas a las cuales quiso favorecer. Eso es obvio. En todo caso, la situación es la siguiente: ¿cuál es la novedad? Que a esos camiones importados para zonas especiales, con tratamiento aduanero diferente, con derechos específicos y ad valorem y con gravámenes también especiales, se les permite transitar por el resto del país, es decir, competir libremente con todos aquellos que pagan íntegramente todos sus impuestos y obligaciones, que pertenecen a esta isla que va quedando en Chile: la zona central del país. Porque lamentablemente, aunque parezca exageración, en este país va quedando una gran isla, que son las provincias centrales, porque ya nos estamos cercando tanto en este anillo de liberaciones, que, prácticamente, el centro del país está arrinconado, cumpliendo resignadamente todas sus obligaciones tributarias, sin que para él exista ningún tipo de exenciones.
No estoy lejos de coincidir en que es necesario dar, en determinadas circunstancias, ciertos privilegios. Digámoslo con el nombre que corresponde. Son privilegios, porque tal palabra, que figura en el Diccionario de la Lengua Española, es sinónimo de toda discriminación favorable con respecto a una norma que es general. Esos privilegios se dan en razón de muchas circunstancias, que no es del caso analizar. Pero si hacemos un análisis de esos privilegios o beneficios, incluso en forma superficial, nos encontraremos con que no han revertido en favor de la población, de las comunidades humanas ni de los trabajadores de esas zonas, sino que hoy día están favoreciendo preferentemente a sectores industriales, comerciales o empresariales. Al respecto podría hacer aquí, si tuviera tiempo, un examen bastante detallado sobre la materia.
Cuando se trata de conceder franquicias para la zona norte o sur del país, siempre me pregunto quién va a embucharse perdóneseme la expresión, pero es castizalos beneficios. Si fueran los habitantes de esas regiones, no tendríamos reparo ni reserva en que esto ocurriera. Pero, normalmente, en muchos casos no es así. Advierto que éste es un paréntesis respecto del cual no quiero abundar.
En el análisis estricto de la disposición, evitando digresiones, resulta lo siguiente: se autoriza a los camiones de las zonas liberadas, con el pago de un 20% del valor CIF, para levantar la bandera pirata. Entonces esos camiones, que no pagaron derechos, o los pagaron en forma disminuida, salen al resto del país a competir con quienes cumplen todos sus derechos y obligaciones. Sobre esta materia, como lo sabe el Honorable señor Valente, también habría bastantes consideraciones o alcances que hacer. Los que han pagado un 80% más de impuestos en el resto del país, deben soportar la competencia desleal que significan los fletes necesariamente más bajos, como consecuencia del menor costo del vehículo.
Formulo, por tanto, indicación para votar en forma separada el inciso segundo, porque estoy en absoluto desacuerdo en conceder este nuevo privilegio. Que circulen en sus zonas, pero que no salgan con la bandera pirata a transitar en el resto del territorio nacional si no pagan integralmente sus derechos e impuestos.
El señor Ministro de Hacienda presentó a la consideración de las Comisiones una indicación que nos pareció razonable. Consistía en la posibilidad de que esos vehículos circularan en el resto del país, pero con la obligación de pagar los derechos de internación conforme al tiempo de uso que tenían dichos camiones en la respectiva zona liberada. Eso lo estimamos normal y justo. Sin embargo, en definitiva, y lamentablemente, las Comisiones no la acogieron.
El Honorable señor Carmona sostuvo no sé hasta el momento qué disposición exista sobre el particular que en la actualidad esos camiones pueden transitar hasta por 16 días dentro del territorio nacional. Ignoro si existe una autorización en tal sentido. Me pongo en el caso de que exista.
El señor SILVA ULLOA.-
Existe.
El señor BALLESTEROS.-
Entonces, todas las argumentaciones que hice en forma precedente se justifican en este momento: se ha dado una liberación para una zona determinada, pero ahora se los autoriza para transitar por todo el territorio nacional por un plazo de 30 días, aumentando la franquicia ya existente.
El señor SILVA ULLOA.-
Para eso pagan el 20%.
El señor BALLESTEROS.-
La disposición está redactada con mucha habilidad, pues dice: "las salidas de los camiones a que se refiere la presente disposición fuera de las zonas. . ." No dice "la internación", sino la "salida". La salida es un hecho físico. Esto quiere decir que se legaliza la salida por más de 16 días y hasta 30 días al año, sin exigírseles siquiera el pago de todo o parte de los derechos que normalmente afectan la importación de camiones.
El señor VALENTE.-
La autorización es para todos.
El señor BALLESTEROS.-
Entonces habría que subrayarlo.
Por estas consideraciones, estimo que, en definitiva, nos encontramos, recapitulando mis observaciones, frente a una disposición que no da el financiamiento que se preveía, financiamiento que para nosotros es de importancia fundamental, a fin de que los beneficios que establece el proyecto se cumplan de manera cabal y completa.
El Honorable señor Silva Ulloa decía que aquí no había un responsable de esta disposición, porque ella no fue firmada ni por el Ministro ni por algún parlamentario. Sin duda, debe haber un responsable, porque hubo quienes rechazaron la indicación del señor Ministro, que daba un mayor financiamiento, que comprendía y compendiaba las ideas discutidas en la Comisión. Se aprobó un artículo que casi no vale la pena.
En todo caso, he solicitado división de la votación respecto del inciso segundo, porque soy contrario, en forma absoluta, al procedimiento. Cuando la liberación se otorga para una zona, no se divisa la razón o el motivo para que con ella se promueva una competencia desleal e irregular con quienes cancelan íntegramente todos los gravámenes y obligaciones que las leyes chilenas establecen.
Reitero que lamento que no se haya dado el financiamiento adecuado.
Ojalá que el señor Ministro de Hacienda en este aspecto comparto lo solicitado por algunos señores Senadores al formular las observaciones respecto de este proyecto, pueda concretar algunas de las ideas que hemos venido expresando dentro del debate habido en las Comisiones y en la Sala.
El señor BOSSAY.-
La mayoría de los señores Senadores que han intervenido en el debate, como es lógico, han expresado sólo una parte de lo que en realidad ocurrió en las Comisiones Unidas.
En primer lugar, el propósito de este artículo era no sólo dar financiamiento, sino que también establecer una norma general para avanzar algo en el campo en que todos los sectores del Parlamento, en numerosas oportunidades, han expresado una opinión. Me refiero a la necesidad de terminar en Chile con las franquicias tributarias o, al menos, de racionalizarlas. Sin embargo, cuando llega la ocasión de cumplirlo, retroceden aun aquellos que han expresado la idea con vehemencia.
Porque tengo interés en el pronto despacho de este proyecto, no pretendo hacer un análisis detallado y profundo, sino sólo referirme a dos o tres aspectos importantes del problema.
Leeré una parte del boletín, para aquellos señores Senadores que no participaron en las Comisiones Unidas, con el objeto de que se impongan de la finalidad del artículo propuesto por la Cámara de Diputados. Daré lectura al encabezamiento de la redacción encargada al señor Ministro de Hacienda. Dice así: "Deróganse todas las disposiciones legales vigentes que otorguen exenciones de derechos, impuestos o cualquiera otro gravamen que afecten a la importación de camiones y sus chasis, armados o desarmados. La derogación tendrá pleno vigor cualquiera que sea la naturaleza de la norma liberatoria, ya sea que ella se encuentre establecida en consideración a la calidad del importador, a la zona en que rige, al destino de la mercadería o a la actividad favorecida con ella."
El inciso segundo establecía diversas exenciones para zonas determinadas, para la minería, y para las exportaciones de las armadurías ubicadas en el centro del país; el tercero disponía que la aduana no otorgaría ningún permiso para autorizar el tránsito fuera de la zona; el cuarto regulaba la situación de quienes ya habían internado camiones.
Con estas y otras normas del proyecto primitivo, se obtenían ingresos por una suma cercana a los 190 millones de escudos y se iniciaba en Chile la marcha hacia la racionalización de franquicias.
Esa era la verdad de la milanesa.
Indirectamente, el Honorable señor Palma rindió homenaje a los parlamentarios que representaban a la zona norte, al referirse a la combatividad con que defendieron a su región. No tengo ningún empacho en decir lo mismo. Sin distinciones partidarias, en las Comisiones Unidas lucharon tesoneramente durante las numerosas sesiones habidas en dos días, a fin de oponerse al artículo de la Cámara, imposibilitando su despacho.
En verdad, llegará el momento en que algún Gobierno futuro posiblemente ya no el actual resuelva de una vez por todas el problema de la racionalización de franquicias tributarias, expresión que tanto empleamos en los discursos de carácter económico, dándole el carácter de bandera. Sin embargo, en la práctica estoy convencido de ello después de las jornadas de trabaja en las Comisiones la forma en que actualmente legislamos impedirá que alguna vez logremos derogar el régimen de franquicias existentes y lo reemplacemos por un sistema único fundado en la rebaja de las tasas tributarias y. en la contribución real de todos los ciudadanos a los gastos del Estado, de manera de obtener mayor igualdad frente a las cargas públicas y un mejor cumplimiento de los principios constitucionales.
Como se ha dicho por otros señores Senadores, a la postre llegamos a la aprobación de un "ridiculus mus", de un pequeño articulito que pretende solucionar el problema de los transportistas facultando a los camiones internados bajo cualquier régimen de tratamiento aduanero para circular libremente por todo el país con el pago de un impuesto del 20% sobre su valor CIF, cancelado en cuatro cuotas trimestrales, y estableciendo que los vehículos cuya importación se autorice con posterioridad a la vigencia de esta ley y se internen por las zonas que gozan de liberación, pagarán, por una sola vez, un impuesto equivalente al 50 % de su valor CIF. Esta norma, que aporta recursos extraordinariamente bajos, también fue defendida con ímpetu por los Senadores que representan la zona norte. Como se ve, ya no se trata del pago de un impuesto de 85% sobre su valor CIF, señalado por el señor Ministro si no me equivoco, ni de otros porcentajes muy similares.
Además, este artículo que, reitero, tuvo una redacción casi de compromiso hecha a última hora personalmente no me satisface. Si lo apruebo, es para que el Ejecutivo tenga la oportunidad, por la vía del veto, de proponernos una disposición de mayor concordancia. Estoy cierto de que si hubiéramos conocido el artículo 11 tal como quedó redactado, posiblemente muchos de nosotros lo habríamos rechazado por una serie de faltas de coordinación.
El inciso final del artículo 11 autoriza al Presidente de la República para reglamentar, dentro del plazo de 90 días, la aplicación de esta norma. En ese reglamento deberá considerarse que los vehículos internados bajo el amparo de regímenes aduaneros especiales, podrán venir al centro del país con fletes de artículos manufacturados de Arica, por ejemplo, y volver a esa ciudad. Esta fue la idea que la Comisión tuvo para aprobar el artículo. Es decir, estos camiones no podrán dedicarse, como aquí se señaló, a un tráfico de mercaderías de tipo pirata por las rutas transversales de las provincias centrales.
Asimismo, el último inciso del artículo 11 se refiere a que en el reglamento que se dicte con este objeto deberá establecerse la apertura de un registro en las Intendencias y Gobernaciones, según el caso, y las demás normas de fiscalización de estas actividades.
Al respecto, varios Senadores, no sólo el que habla, señalamos con precisión que muchos famosos camioneros de Arica vivían en Santiago o en Viña del Mar, o sea, estaban aprovechándose de un régimen de franquicias; que, en el fondo, no eran residentes de la zona como la Comisión creía, en circunstancias de que a ellos se deseaba beneficiar, ayudar y arraigar en la zona. Para lograr su objetivo, aquellas personas establecían, mediante un sistema que desconozco, un doble domicilio. En esa forma obtenían provecho de las exenciones.
Además, no hay precisión en cuanto a los recursos que otorga este pequeño artículo 11. El precepto que venía de la Cámara era más amplio en cuanto al financiamiento. Se ha hablado de 12 millones de escudos. Si aprobamos el artículo 11, el proyecto estaría desfinanciado en 27 millones de escudos; si lo rechazamos, faltarían alrededor de 40 millones de escudos. La iniciativa de la Cámara aportaba 190 millones de escudos y permitía que el reajuste en bonos disminuyera y se pagara en dinero. Es decir, existía un propósito serio de financiar la iniciativa. Pero ello no se logró. Legítimamente, y con mucho calor y entusiasmo, los parlamentarios que representan a la zona norte defendieron a su región, pero Chile no avanzó en la solución de un problema que alguna vez deberá encarar: la racionalización de las franquicias tributarias.
A pesar de no estar de acuerdo con su redacción, aprobaremos el artículo 11, a fin de que el Gobierno, en el veto, resuelva el problema derivado del inciso segundo, en el sentido de no continuar rebajando los recursos destinados a financiar este proyecto, que permite el pago tardío del reajuste de pensiones del personal en retiro de las Fuerzas Armadas, Carabineros e Investigaciones.
El señor REYES (Presidente accidental).
Se ha pedido votación separada para el inciso segundo del artículo 11.
En votación el artículo 11, salvo el inciso segundo.
-(Durante la votación).
El señor CARMONA.-
Quiero dejar establecido que este precepto no financia totalmente la iniciativa. Por una parte, como señaló el Honorable señor Bossay, su rechazo causa un desfinanciamiento de 40 millones de escudos; por la otra, su aprobación le resta 27 millones.
Sostengo que la buena doctrina que debe seguirse, como señaló el Honorable señor Bossay hace un instante, es proponer para el futuro una racionalización de franquicias uniforme para todo el territorio nacional en materia de importación de camiones. A mi juicio, éste es el único medio de obtener recursos, porque permite financiar el proyecto, precisamente, por medio de la importación de los mil camiones a que se refirió el señor Ministro de Hacienda hace un instante. Tal como está redactado el artículo 11, sólo otorga, a lo más, 12 millones de escudos, aun cuando estimo que en realidad sólo serán seis millones de escudos.
Por otra parte, si aceptamos la norma provocaremos un trastorno colosal en la actividad de los transportes en la zona norte del país. Nosotros y en este sentido el Honorable señor Bulnes juzgó razonable nuestro punto de vista pensamos que no es posible aprobar una disposición estudiada rápidamente y que alterará todo el sistema en vigor, y que lo único que cabe hacer en este caso es establecer un régimen uniforme para las futuras importaciones.
El precepto en votación tiene por finalidad agravar aún más la situación en materia de transporte en la zona norte del país, porque permite a los vehículos de esa región trasladar productos nortinos al centro del país y llevar hacia allá artículos perecibles, especialmente frutas y verduras, que en la zona son escasas y de precio muy elevado.
Contrariando la opinión del Honorable señor Ballesteros, obtuvimos, mediante un transporte barato, la disminución del precio de esos artículos. ¿Este proyecto quiere acabar con esta situación? Estimamos que no puede aprobarse la modificación de ese sistema si al mismo tiempo no proponemos una solución más racional: nivelar para el futuro el tratamiento de importación de camiones, derogar las franquicias y establecer pequeñas diferencias a favor de las zonas extremas del país, en atención a las distancias que los vehículos deben recorrer. De esa manera se resolverán todos los problemas anotados por los Honorables señores Bossay y Ballesteros.
Reitero: este precepto, tal como está concebido, sólo provocará un trastorno, agravará el encarecimiento de la vida en la zona norte y ocasionará la falta de fletes para trasladar sus productos al resto del país. Como Senadores de la zona norte, debemos impedir que ello suceda.
Por eso, voto que no.
El señor OLGUIN.-
Debo dejar constancia de mi opinión, que coincide con la de mis colegas de la zona norte.
Concuerdo con las expresiones del Honorable señor Bossay en el sentido de que sería necesario racionalizar las franquicias tributarias.
Desde el punto de vista nacional, es indudable que la norma en votación viste a un santo para desvestir a otro. Los afectados son los obreros y trabajadores del salitre y fundamentalmente los del cobre, porque limita la posibilidad de que consuman alimentos provenientes de la zona sur. Los productos de chacarería, hortalizas y verduras en general, se transportan desde la zona central y del norte chico. Quienes realizan los fletes poseen uno o, a lo más, dos camiones. La rebaja de los fletes ha permitido la disminución de los precios y el abastecimiento permanente de esos productos en la zona.
Además, debe tenerse en cuenta que la distancia entre Afica y Taltal es cercana a los mil kilómetros. No hay posibilidad de que la carga se lleve por ferrocarril; tampoco por fletes marítimos, en zonas como Mejillones, Taltal o Pisagua. En consecuencia no queda otra posibilidad que transportar esos artículos por vía terrestre.
Votaré en contra del artículo 11, no pensando tanto en los camioneros, transportistas o dueños de vehículos, sino en los trabajadores de la zona, en quienes, tal vez, producen más riqueza per cápita en el país.
Las franquicias obtenidas para la zona norte, en especial la relativa a la zona libre alimentaria, permiten el traslado de alimentos indispensables para sobrevivir en la zona. No es lo mismo habitar en la pampa salitrera, que en otras regiones del norte, del centro, en Concepción o un poco más al sur.
No podemos aprobar una norma que perjudicará a los habitantes de la zona norte.
Por otra parte, aquí se han dado algunas informaciones que no son del todo exactas. En efecto, no es posible concebir que un camión, viniendo de Arica a Santiago con productos manufacturados en la industria de la zona, pueda, en los dieciséis días en que debe completar la vuelta, realizar fletes en la zona central, o fletes transversales, como se ha dicho aquí. Es absolutamente imposible, dados el tiempo y las distancias. Por eso, no queda otra posibilidad que el flete de retorno con productos alimenticios.
Por las razones expuestas, voto en contra de esta disposición, que en mi concepto es lesiva para los intereses de los trabajadores de esa región.
El señor PALMA.-
Votaré favorablemente el precepto, en primer lugar, porque contribuye a financiar en parte las pensiones del sector pasivo de las Fuerzas Armadas. En seguida, lo hago porque esto acelerará la formulación de un veto del Ejecutivo y la racionalización de estas franquicias, que, en la práctica, han impedido la importación de camiones en la zona central, por las razones expuestas en la Sala. Y, en tercer término, porque me parece necesario dar a todos los propietarios de los camiones a que se refiere la disposición, la posibilidad de explotarlos racionalmente, en cualquier parte del territorio.
Chile no se puede dar el lujo de tener una inversión de decenas de millones de escudos en vehículos que se mantengan sólo en la zona norte, que no se trabajen en el resto del país. Desde el punto económico, esto es un disparate.
Creo que si el día de mañana, mediante una racionalización de estas franquicias, permitimos trabajar todos estos equipos en forma adecuada, habremos hecho un gran beneficio al país, no sólo desde el punto de vista jurídico sino también desde el punto de vista económico.
El señor GARCIA.-
Deseo fundar mi voto.
El Honorable señor Bulnes Sanfuentes, antes de retirarse, me dejó instrucciones sobre la forma en que, a su juicio, debía votarse esta disposición.
Es efectivo, además, lo que sostuvo el Honorable señor Carmona: nosotros, por principio, somos enemigos de alterar las bases sobre las cuales se han planteado o desarrollado ciertos negocios o servicios. Pero se trata de otra cosa en este momento: de buscar de cualquier manera financiamiento para este proyecto. Nunca las fórmulas de financiamiento son perfectas. Y a estas alturas, cualquiera que sea, provocará, en todo caso, no sólo una molestia, sino "también un alza evidente en algunos costos.
Si mis Honorables colegas examinan bien esta disposición, verán que ella es justa, porque es justo gravar a los camiones que trabajen fuera de la zona que cuenta llamémoslos así nuevamente con determinados privilegios. Y puede suceder que si trabajan bien fuera de la zona de franquicias, bajen sus propios costos, porque, aparte el viaje del norte al centro o al sur, pueden obtener fletes ilegítimos transversales, como se ha dicho. Si Sus Señorías contratan alguna vez un camión para hacer un transporte, sabrán que es absolutamente indiferente su tarifa, sea que la máquina tenga patente de Arica, de La Serena o de cualquier parte. Es decir, los valores de los fletes son iguales, de modo que quienes pagan menos por la internación, ganan más.
Estoy verdaderamente preocupado, y creo que el Senado también debe estarlo, de que este proyecto no esté totalmente financiado. Tampoco lo está la iniciativa que trataremos a continuación, sobre el Fondo de Pensiones del Servicio de Seguro Social. Al mismo tiempo, existe inmensa inquietud en los gremios, quienes sostienen que sus ingresos se ven cercenados. Existe, a este respecto, una presión enorme que se ha podido apreciar en estos días en el Congreso Nacional por parte de los trabajadores que de algún modo tratan de mejorar sus rentas o su previsión, precisamente en los momentos en que no hay posibilidad de financiar siquiera los proyectos destinados a pagar compromisos pendientes. Deberemos tener mucho cuidado en los asuntos relativos a gastos públicos, en las indicaciones que los aumentan, pues sólo lograremos agravar esta situación financiera, que me atrevo a calificar de caótica, porque cuando en un país no se pueden encontrar recursos para pagar las deudas, y todo el personal del sector público y semifiscal está descontento, ha llegado la hora de revisar la política financiera del Gobierno.
Por esas razones, votaré favorablemente el precepto.
El señor ALTAMIRANO.-
Ha quedado en claro que este proyecto se encuentra desfinanciado en sumas bastante considerables, ascendentes a 37 ó 40 millones de escudos. Pues bien, sólo he solicitado la palabra para expresar, en nombre del Partido Socialista, la preocupación que nos asiste por la falta de interés del Poder Ejecutivo para financiar la iniciativa.
Como se sabe, se sentó un precedente gravísimo, cual es el de no pagar en dinero lo que correspondía pagar en dinero, de pagar con bonos a plazo lo que debía pagarse al contado. Aparte esta consideración, ahora tenemos que este proyecto está totalmente desfinanciado. No me parece, como se ha dicho, que con una indicación más, o una menos, encontraremos los recursos necesarios.
Como manifesté desde un comienzo, el Ejecutivo se negó tercamente a aportar los antecedentes indispensables para financiar un compromiso que él mismo originó al establecer, mediante decretos con fuerza de ley, las remuneraciones del personal en servicio activo.
Estoy pareado con el Honorable señor Tomás Pablo, y por eso no puedo votar esta disposición.
El señor CHADWICK.-
He sido autorizado para votar, no obstante estar pareado con el Honorable señor Noemi, quien, como el Senador que habla, representa una zona que en parte se verá afectada por estas disposiciones, por cuanto estas franquicias rigen en el departamento de Chañaral.
Personalmente, estoy en un conflicto al votar, porque soy partidario de derogar en su totalidad el régimen de franquicias. Pero veo que todo esto depende de los grupos de presión. No hace más de quince días que se concedieron nuevas exenciones del pago del impuesto global complementario a quienes invierten sus utilidades en determinadas empresas financieras.
Ahora bien, restar hoy día una franquicia a dueños de camiones que se hallan tan vinculados al abastecimiento de la zona norte, cuyos costos inciden indiscutiblemente en los artículos de primera necesidad, me parece un mal sistema.
Por eso, votaré en contra de este artículo, no obstante ser partidario del rechazo y derogación de todas las exenciones y privilegios.
El señor SILVA ULLOA.-
Se ha sostenido que los regímenes especiales de que disfrutan las zonas extremas del país han servido sólo para enriquecer a unos pocos. Es probable que, en parte, sea cierto.
La zona norte es la más importante desde el punto de vista tributaria dentro del país. ¿Han pensado Sus Señorías lo que ocurriría en esta "isla", como calificó a la región central el Honorable señor Ballesteros, si no existiera la industria del cobre en Atacama y Antofagasta, ni la del salitre? Sencillamente, no habría divisas para importar los alimentos que el país requiere y los equipos que permiten impulsar su desarrollo económico.
Quienes conocemos la zona norte y hemos vivido en ella muchos años, sabemos que la falta de abastecimientos, cuando todavía no regían estas disposiciones, era casi absoluta. Para conseguir los productos más imprescindibles, era necesario que las dueñas de casa o los hijos de los trabajadores se amanecieran en las colas frente a los almacenes y panaderías. Pues bien, hoy día existen esos artículos, gracias a este sistema; naturalmente, con precios altos, pero lo serían mucho más de prosperar el precepto latamente discutido esta tarde.
Por eso, por ser negativo para la economía del país, voto en contra de este artículo propuesto por las Comisiones de Hacienda y Defensa Nacional Unidas.
El señor TARUD.-
Primero que todo, voy a expresar algo que vale la pena decirlo con toda claridad y franqueza: el Gobierno tenía la obligación de pagar al personal en retiro de las Fuerzas Armadas, Carabineros e Investigaciones; tenía un deber que cumplir; era el deudor, y los acreedores eran los personales recién mencionados. Quien adeuda algo, debe saber de dónde obtener los recursos necesarios para pagar y, de este modo, quedar en paz con su conciencia y, a la vez, dar cumplimiento a la ley.
El Gobierno no cumplió lo establecido por la ley. Se burló de ellos, aduciendo no tener fondos ni financiamiento para pagar.
Cuando se discutió esta iniciativa en general en esta Sala, se dijo, con mucha razón, que este proyecto no era necesario. Pues bien, el Congreso entró a tratar esta iniciativa, que otorga el financiamiento que el Gobierno decía que faltaba.
Yo estaba pareado, y estoy pareado, por mis labores como jefe de una campaña política...
¡La que va a ganar, señor Ministro!...
¡Usted siempre anda perdido, Honorable señor Fuentealba!
Ganaremos la campaña y la Presidencia de la República, y no cometeremos estas injusticias con quienes han dedicado toda su vida al servicio público, a quienes, porque no pueden ir a la huelga, se burla en sus legítimos derechos.
El señor BALLESTEROS.-
¡No mire para arriba!
El señor TARUD.-
¡No miro para ninguna parte!
Agradezco la deferencia que ha tenido el Partido Nacional al permitirme votar este artículo, ya que estoy pareado con el Honorable señor Von Mühlenbrock hasta después del 4 de septiembre.
¿Qué sacamos con despachar otro proyecto desfinanciado? No tendría sentido. Tampoco podría pagar esta vez el Gobierno, y daría las mismas razones que antes.
El señor REYES (Presidente accidental).-
Ruego al Honorable señor Fuentealba no interrumpir al señor Senador, que está fundando su voto.
El señor TARUD.-
Por lo demás, deseo señalar que he recibido peticiones de los sindicatos de dueños de camiones de mi zona...
Ruego al Honorable señor Fuentealba que no me interrumpa. Cuando Su Señoría habla, yo mantengo una actitud de respeto y escucho lo que dice. A veces habla más de la cuenta, pero siempre lo escucho. Si Su Señoría se calla, seguiré interviniendo.
El señor FUENTEALBA.-
Lo escucho con mucho respeto, señor Senador.
El señor TARUD.-
O si no, no hablo.
Digo que he recibido peticiones de los sindicatos de dueños de camiones de mi zona, quienes sienten esta competencia desleal de los transportistas del norte que no pagan derechos de aduanas para internar camiones, y, en cambio, aquéllos sí deben hacerlo.
Por lo demás, los habitantes de la zona norte o quienes los representan, saben que siempre he estado presto a ayudar a esa región cuando lo he creído justo y necesario.
En resumen, votaré favorablemente el artículo, porque no quiero contribuir a desfinanciar el proyecto y a que nuevamente se burle al mencionado personal en retiro.
El señor BALLESTEROS.-
En primer lugar, quiero rectificar al Honorable señor Altamirano, quien sostuvo que no había habido preocupación ni del Gobierno ni de los parlamentarios para dar financiamiento adecuado al proyecto. Creo haber sido suficientemente claro por lo menos, traté de serlo cuando dije que el Ministro de Hacienda, a solicitud de las Comisiones, dio una nueva redacción al artículo 7º del primer informe, que otorgaba un financiamiento adicional de 200 millones de escudos, suma bastante apreciable como para pasarla por alto en forma tan ligera.
Por otra parte, el debate sobre si se cumplió o no se cumplió la ley 17.267, está, en mi opinión, agotado, no sólo entre los sectores afectados, sino en todo el país. Por eso, el Parlamento debe limitarse a despachar un proyecto ley que resuelva el problema en eso concuerdo con el Honorable señor Tarud, pero sin que se pronuncien largos discursos.
El señor JULIET.-
No es el Parlamento, sino el Ejecutivo quien debe proponer la solución. ¿Hasta cuándo Su Señoría culpa al Congreso?
El señor BALLESTEROS.-
No lo culpo, señor Senador.
Le ruego que me deje terminar, y así tendrá una impresión diferente.
El señor JULIET.-
Pero lo ha dicho.
El señor BALLESTEROS.-
Entendió mal Su Señoría. En todo caso, trataré de hablar de manera que el señor Senador comprenda.
El señor JULIET.-
Hable más claro, entonces.
El señor BALLESTEROS.-
Haré el esfuerzo, señor Senador.
No culpo al Congreso, como dice el Honorable señor Juliet, y trataré de hablar claro para que Su Señoría me entienda.
Para mí, el problema es distinto: se trata de un proyecto de iniciativa parlamentaria, y no de un mensaje presidencial; en consecuencia, pregunto: ¿quiénes deben proponer el financiamiento adecuado? La respuesta es elemental: de alguna manera debemos concurrir con los recursos, a fin de dar satisfacción a ese sector, no haciendo discursos, sino repito entregando los fondos correspondientes. Sobre el particular, lamento que no se haya aprobado una indicación, por razones latamente discutidas en la Sala, en la que concordábamos los Honorables señores Bossay, Juliet y el que habla.
En todo caso, termino diciendo lo siguiente: me basta que en el fundamento del voto el Honorable señor Silva Ulloa reconociera que en parte tengo razón, cuando manifestó que se ha hecho mal uso de las franquicias liberatorias para ciertas zonas del país.
El señor SILVA ULLOA.-
No he reconocido nada.
El señor BALLESTEROS.-
Dijo que "en parte" yo tenía razón. Esa parte de razón justifica una revisión y racionalización de las franquicias, y esta medida puede ser el comienzo de un proceso de tal naturaleza.
Por tales razones, y en la esperanza de que el Ejecutivo amplíe esta disposición mediante el veto, en forma que se puedan allegar mayores recursos, voto favorablemente.
El señor AGUIRRE DOOLAN.-
Aunque el Honorable señor Bossay intervino para hacer presente su sentir y el de todos lc3 que participamos en las Comisiones de Hacienda y Defensa, unidas, quiero destacar que este proyecto, cuya discusión ya termina, fue de iniciativa parlamentaria.
El artículo 1º de la ley Nº 17.267 autorizó al Presidente de la República para modificar las disposiciones relativas a remuneraciones de las Fuerzas Armadas, y como consecuencia del reajuste del personal en servicio activo, automáticamente aumentaron las pensiones de retiro y montepío. Desgraciadamente no se ha podido pagar el reajuste porque la ley no tuvo financiamiento adecuado que permitiera cancelar íntegramente los aumentos desde el 1º de enero de 1970.
¿Cuál es la obligación de quienes sinceramente deseamos que esos pensionados, en especial los de las Fuerzas Armadas, reciban el reajuste? Dar el financiamiento que falta. Por eso, los Senadores radicales, como !o dijo el Honorable señor Bossay, votaremos favorablemente este artículo, a fin de financiar el proyecto que beneficia al personal en retiro de las Fuerzas Armadas, Carabineros e Investigaciones. Hago presente que los Senadores de nuestro partido que no se encuentran en la Sala están debidamente pareados.
Se aprueban los incisos primero, tercero, cuarto y quinto del artículo 11, nuevo (10 votos por la afirmativa, 9 por la negativa y 1 pareo).
El señor REYES (Presidente accidental).
En votación el inciso segundo del artículo 11, nuevo.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
Resultado de la votación: 7 votos por la afirmativa y 7 por la negativa.
El señor REYES (Presidente accidental).
Por haberse producido empate, debe repetirse la votación.
Se rechaza el inciso segundo del artículo 11, nuevo (7 votos por la negativa y 5 por la afirmativa).
El señor REYES (Presidente accidental) .
Terminada la discusión del proyecto.
El señor Ministro desea hacer uso de la palabra. Solicito el asentimiento de la Sala para concedérsela.
Acordado.
El señor ZALDIVAR (Ministro de Hacienda).
Señor Presidente, como en los fundamentos de voto y en el curso del debate se han hecho algunas afirmaciones que es necesario aclarar, el Ejecutivo desea hacerlo por intermedio del Ministro que habla al término de la discusión del proyecto.
En primer lugar, se dijo que era obligación del Gobierno buscar el financiamiento, y que ese deber emanaba del hecho de que la facultad que se le otorgó habría tenido en esa oportunidad la correspondiente fuente de recursos. Ello se discutió latamente durante el debate del proyecto que reajustó las remuneraciones tanto del personal activo como del pasivo de las Fuerzas Armadas.
Sin embargo, creo haber sido muy claro en todos los trámites de esa iniciativa: expresé que, de no acogerse el deseo del Ejecutivo de que el reajuste especial se pagara por etapas, no se podría dar cumplimiento a la ley por no existir financiamiento adecuado.
Estimo que el proyecto de iniciativa parlamentaria, cuyo segundo trámite constitucional ha terminado hoy, corrobora la afirmación que hice en aquella oportunidad. Es decir, los propios parlamentarios se han preocupado de buscar financiamiento, y el Ejecutivo, por intermedio de su Ministro de Hacienda participé en forma activa en el debate de las Comisiones, también trató de aportar el mayor número de ideas al respecto. Tan cierto es que el mayor ingreso fue propuesto, precisamente, por el Ejecutivo. Me refiero a los 80 millones de escudos que producirá la condonación de intereses y multas aprobada en el proyecto del Comité Programador de Iquique y Pisagua. Vale decir, el Ejecutivo señaló dónde podía obtenerse la mayor parte de los 95 millones de escudos que el proyecto proporciona, con el objeto de afrontar por lo menos en parte el pago del reajuste especial a los pensionados de las Fuerzas Armadas. Indiscutiblemente, los parlamentarios también han cooperado al aceptar esta indicación.
Por otra parte, tengo entendido que el proyecto en debate es fruto de un acuerdo al que llegaron los propios pensionados, quienes, después de analizar la situación, comprendieron que no existía financiamiento total y, por ello, aceptaron el sistema de pago que ahora se propone.
Pienso que si se obtiene la totalidad de los recursos para financiar la fórmula consignada en el artículo 1º, que ascienden a cerca de 126 millones de escudos, se cumpliría plenamente la labor que corresponde al Parlamento en virtud del convenio a que se llegó con las propias organizaciones de pensionados.
También deseo hacer notar algo que es contradictorio. En las Comisiones y en la Sala, junto con muchos parlamentarios, hemos tratado de buscar los 126 millones de escudos para cumplir con lo dispuesto en el artículo 1º. Pero sucede, señor Presidente, que si Su Señoría y los demás señores Senadores revisan el proyecto, se encontrarán con que en él se aprueba una serie de preceptos que significan mayor gasto. De acuerdo con informaciones preliminares entregadas por técnicos en esta materia, sólo el artículo sobre reconocimiento de años de servicio para los efectos de la continuidad de la previsión, implica un mayor desembolso de más de 20 millones de escudos. Por otra parte, según datos proporcionados por técnicos de la Defensa Nacional y de Carabineros, aquél podría tener un costo superior a 10 millones ó 15 millones de escudos; pero otras disposiciones hacen subir el nuevo desembolso a más de 25 millones de escudos. Es decir, por un lado no ha habido capacidad para. ..
El señor AGUIRRE DOOLAN.-
En las Comisiones se rebajaron los egresos de algunos artículos que venían de la Cámara.
El señor ZALDIVAR (Ministro de Hacienda).-
No estoy culpando al Senado, señor Senador. Sólo hago notar una inconsecuencia del proyecto: por un lado tratamos de buscar 126 millones de escudos, y por otro, se acuerda un mayor gasto, en circunstancias de que se debió haber seguido allegando nuevos recursos, porque sólo se ha logrado financiar 95 millones de escudos.
Reconozco que son muy difíciles de obtener los nuevos ingresos, pero también destaco que el Ejecutivo no está guardando el dinero en una caja de fondos. La verdad es que no posee esos recursos, y si realmente los tuviera, no crearía estos conflictos. Más aún: políticamente no le interesa que se produzcan.
Hay que admitir, pues, una realidad: que el Ministro que habla sólo puede pagar con el dinero que tiene, y que nadie puede obligarlo a lo imposible.; no obstante, en el proyecto se comete la inconsecuencia que mencioné.
El Ejecutivo anuncia desde ya que deberá vetar esas disposiciones, aun cuando sean muy justas, porque implican mayor gasto, aparte que el no consignar el financiamiento correspondiente las hace inconstitucionales.
Siendo el gasto de 126 millones de escudos y los recursos de cerca de 95 millones, se produce una diferencia considerable. Las Comisiones Unidas estuvieron varias horas tratando de encontrar recursos para financiar esa diferencia y enterar los 126 millones de escudos. Fueron realmente interesantes los debates que se suscitaron en las Comisiones sobre el particular. Los representantes de las zonas francas expusieron, con argumentos legítimos y objetivos, las razones contrarias a la disposición aprobada en la Cámara. Por su parte, los parlamentarios de las zonas no favorecidas por las franquicias hicieron ver en forma clara y legítima los planteamientos que, a su juicio, debían tenerse en cuenta.
El Ejecutivo, por su parte, asumió el papel de colaborador en el intento de dar una redacción que se acercara al máximo a la solución más justa.
Personalmente no me atrevo a estimar cuánto puede rendir el artículo tal como está redactado, para financiar el saldo que nos preocupa. El Honorable señor Silva Ulloa tiene razón al decirme que yo, administrativamente, puedo abrir la importación. Sin embargo, cree el Banco Central que una disposición que regularice el sistema de franquicias y las elimine en el futuro, permite un sano manejo de la política de comercio exterior y de la importación, en este caso, de la importación de camiones. La gran objeción que se hace al otorgamiento de franquicias para internar camiones consiste en que se produce lo que se llama comúnmente el "transporte pirata"; es decir, que vehículos internados en esas condiciones tienen menor costo de explotación que los de los transportistas de la zona central, pues éstos no han gozado de liberaciones. Ello permite a los primeros, en el caso de excesiva oferta de transportes y poca demanda de fletes, bajar sus precios y competir con los transportistas de la zona central, llevando sus vehículos a las zonas intermedias, es decir las no favorecidas por las franquicias, lo que está prohibido por la ley.
El Ejecutivo cree, como lo decía muy bien el Honorable señor Bossay, que esta disposición, en los términos propuestos, podría ser útil en el sentido de dar la oportunidad de formular un veto que permitiera obtener el rendimiento que se precisa para completar el financiamiento del proyecto. Personalmente, yo' podría insinuar algunas ideas que entiendo concuerdan con las de la mayoría de los miembros de las Comisiones. Una de ellas consiste en respetar el "status" existente respecto de los camiones internados bajo el sistema de franquicias a la fecha de dictación de la ley en debate, tal como lo dispone el inciso primero, de modo que puedan seguir trabajando en la forma como lo hacen; mas para los que se internen en adelante, lo más lógico sería que se rigieran por el nuevo "status", es decir por un régimen igualitario en el pago de los derechos. A lo más en eso estoy de acuerdo, que se los favoreciera con una diferencia en el pago de derechos para compensar el mayor gasto que irrogan las largas distancias a los centros de mayor consumo. Un procedimiento semejante aplicamos cuando se aprobó la disposición que ampliaba la lista de importaciones permitidas. De acuerdo con los representantes de Arica, establecimos que toda mercadería que se incorporara a la lista de importación permitida cuando ya estaba en vigencia la ley que fue promulgada el primero de enero, pagaría 25% de los derechos a que estaban afectos en el resto del país.
Por esa vía podría buscarse la solución. No estoy señalando que ese deba ser el porcentaje. Puede ser otro. En todo caso, no debe establecerse una diferencia muy grande, pues en esa forma subsistiría el problema, pero en otro nivel. Estimo que corrigiendo de esta manera el artículo, no se dañaría a los actuales transportistas de la zona norte; se podría perjudicar a los futuros transportistas, o a aquellos que tuvieran que reponer su camión en el futuro. Incluso podría establecerse un sistema destinado a favorecer más a las personas que repongan su vehículo dentro del plazo de tres a cuatro años que a quien importe un camión por vez primera.
Tomando por base esas ideas, me parece que realmente podría redactarse un artículo que diera el saldo del financiamiento.
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