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- rdf:value = " 3.-CONSTITUCION DE CONSEJOS Y DIRECTORIOS DE INSTITUCIONES DE PREVISION, PARA DAR REPRESENTACION A SUS IMPONENTES.- OBSERVACIONES.El señor SANHUEZA (Presidente).-
Corresponde tratar las observaciones formuladas por Su Excelencia el Presidente de la República al proyecto de ley sobre constitución de los consejos y directorios de diversas cajas de previsión, para dar representación a sus imponentes.
Las observaciones, impresas en el boletín Nº 626-71-6, son las siguientes:
Artículo 1º
Para agregar el siguiente inciso nuevo:
"Los Vicepresidentes o Directores Ejecutivos de las instituciones de previsión a que se refiere esta ley, serán designados por el Presidente de la República y tendrán, para todos los efectos legales, el carácter de funcionarios de su exclusiva confianza."
Artículo 2º
Sustitúyese la letra c) por la siguiente: "Siete representantes de los obreros elegidos en votación directa y secreta por los directores de los sindicatos industriales, profesionales y mixtos, cuyos asociados estuvieren acogidos al régimen previsional del Servicio de Seguro Social, valorándose el voto de cada director en proporción al número de éstos".
Suprímese la letra d).
Agrégase la siguiente letra final: "...) Un representante de la Central Unica de Trabajadores, designado por su consejo directivo nacional".
Artículo 3º
Sustituir la letra b), por la siguiente: "Siete representantes de los imponentes elegidos en votación directa y secreta por los directores de los sindicatos profesional y mixto formados por empleados particulares afiliados a la institución, valorándose al valor de cada director en proporción al número de éstos".
Suprímese la letra c).
Para agregar las siguientes letras nuevas:
"...) Dos representantes de los imponentes designados por la Confederación de Empleados Particulares de Chile".
"...) Un representante de los imponentes designado por la Central Unica de Trabajadores".
Artículo 4°
Sustitúyense en la letra c) las expresiones "Tres representantes" por "Un representante", y la palabra "elegidos", por "elegido".
Sustitúyense en la letra d) las expresiones "tres representantes" por "Un representante" y la palabra "elegidos" por "elegido".
Sustitúyese la letra e) por la siguiente: "Un representante de la prensa y fotograbadores, elegido por los directores sindicales en votación directa y secreta, valorándose su voto en proporción al número de asociados".
Sustitúyese la letra g) por la siguiente: "Un representante de los periodistas elegido en votación directa y secreta".
Sustitúyese la letra h) por la siguiente: "Un representante de los abogados elegido en la forma indicada en la letra precedente."
Agrégase, como inciso segundo de la letra i), reemplazando el punto y coma (;) por un punto (.), lo siguiente: "Uno de dichos representantes será elegido por los pensionados afectos al D.F.L. N° 1.340 bis, de 1930, y el otro, por los pensionados afectos a la ley Nº 10.621."
Agrégase la siguiente letra: "m") Un representante de los imponentes designado por la Central Unica de Trabajadores."
Artículo 5º
Sustitúyense en la letra g) las expresiones "Un representante", por "Dos representantes" ; y la palabra "elegido", por "elegidos".
Para suprimir la letra i).
Agréganse al final las siguientes letras:
...) "Un representante de los oficiales de naves especiales"...) "Un representante de los imponentes designado por la Central Unica de Trabajadores".
Artículo 6º
Sustitúyese la letra c) por la siguiente: "Un representante de los tripulantes de alta mar, y un representante de los tripulantes de naves especiales, elegidos por unos y otros, respectivamente".
Suprímese la letra f).
Agrégase al final la siguiente letra: "Un representante de los imponentes designado por la Central Unica de Trabajadores".
Artículo 7º
Suprímese la letra d).
Agrégase al final la siguiente letra: "Un representante de los imponentes designado por la Central Unica de Trabajadores".
Artículo 8º
Suprímese la letra "b").
Agrégase al final la siguiente letra: "Un representante de los imponentes designado por la Central Unica de Trabajadores."
Artículo 9º
Suprímese la letra c)".
Agréganse al final las siguientes letras : "...) Un representante de los imponentes designado por la Central Unica de Trabajadores".;
...) "Un representante del personal de la institución designado por éste".
"Suprímese la letra e)".
Agréganse al final las siguientes letras:
...) "Un representante de los imponentes designado por la Central Unica de Trabajadores".
...) "Un representante del personal de la institución designado por éste".
Agréganse, a continuación del artículo 9º, los siguientes:
"Artículo...-Los Consejos de las demás Cajas Hípicas estarán integrados por:
a) Un representante de los imponentes designado por la Central Unica de Trabajadores;
b) Tres representantes de los imponentes;
c) Un representante de los pensionados, elegido por sus federaciones nacionales o provinciales, o sus respectivas asociaciones si aquéllas no existieren; y
d) Un representante del personal de la respectiva institución, designado por éste.
"Artículo...- Los Consejos de la Caja de Retiro y Previsión de los EmpleadosMunicipales de la República, de la Caja de Previsión Social de los Empleados Municipales de Valparaíso y de la Caja de Previsión Social de los Empleados Municipales de Santiago, estarán formados por:
a) Tres representantes de los imponentes;
b) Un representante de los imponentes, designado por la Central Unica de Trabajadores;
c) Un representante de la Asociación Nacional o Provincial de Empleados Municipales ;
d) Un representante de los pensionados, elegido por sus federaciones nacionales o provinciales, o sus respectivas asociaciones si aquéllas no existieren; y
e) Un representante del personal de la respectiva institución elegido por éste.
"Artículo...- El Consejo de la Caja de Retiro y Previsión Social de los Ferrocarriles del Estado estará formado por:
a) Un representante de los imponentes designados por la Central Unica de Trabajadores;
b) Cinco representantes de los imponentes, dos de los cuales deberán ser elegidos por los empleados y tres elegidos por los obreros de la Empresa de Ferrocarriles del Estado;
c) Un representante de los pensionados, elegido por sus federaciones nacionales o provinciales, o sus respectivas asociaciones si aquéllas no existieren;
d) Un representante del personal de la institución, elegido por éste; y
e) Un representante de las federaciones o confederaciones nacionales de los imponentes de la institución.
Para sustituirse el inciso primero del artículo 11, por el siguiente:
"En los casos de elecciones en que deban intervenir como electores directores, dirigentes o representantes de sindicatos o asociaciones, el voto de cada elector será equivalente al cuociente que resulte de dividir el número de asociados de la respectiva organización que van a ser representados por el número de sus directores con derecho a sufragio".
Para sustituir el artículo 13 por el siguiente:
"Para ser designado consejero de alguna de las instituciones de previsión a que se refiere esta ley en representación de los imponentes o del personal de la respectiva institución, se requerirá haber tenido la calidad de imponente o de funcionario de ella según el caso, a lo menos durante los dos años anteriores a la elección".
Para reemplazar el artículo 14 por el siguiente:
"Los miembros de los Consejos Directivos a que se refiere esta ley, a excepción de los indicados en el artículo 1°, durarán tres años en sus funciones y podrán ser reelegidos por una sola vez para el período inmediato."
Para agregar como primer inciso del artículo 15, el siguiente:
"El control y fiscalización que la Superintendencia de Seguridad Social debe ejercer respecto de las Cajas de Compensación de Asignación Familiar se efectuará con arreglo a las atribuciones que le otorga la ley Nº 16.395 y sus modificaciones posteriores".
Para agregar en el inciso primero del artículo 4º de la ley Nº 15.283, modificado en el artículo 15 del proyecto, a continuación del punto (.),que pasaría a ser un punto y coma (;), la frase siguiente:
"todo ello, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 36 de la ley Nº 16.395".
Para intercalar el siguiente inciso segundo nuevo al artículo 4º de la ley número 15.283:
"Además, el Consejo estará integrado por un representante del personal elegido por éste y por un representante de los obreros beneficiarios designado por la Central Unica de Trabajadores"
Para suprimir el artículo 16.
Para suprimir el artículo 17.
Para suprimir el artículo 18.
Para suprimir el artículo 19.
Para suprimir el artículo 20.
Para suprimir el artículo 21.
En el Nº 8 suprimir la conjunción "y" sustituyendo la coma (,) que la antecede por un punto y coma (;).
En el Nº 9 sustituir el punto (.) por un punto y coma (;)'.
Agregar los siguientes números:
"10.- Las demás Cajas de Previsión Hípicas;
"11.- Caja de Retiros y Previsión Social de los Ferrocarriles del Estado;
"12.- Caja de Retiro y Previsión Social de los Empleados Municipales de la República;
"13."-Caja de Previsión Social de los Empleados Municipales de Valparaíso, y
"14.- Caja de Previsión Social de los Empleados Municipales de Santiago;
Para agregar los siguientes artículos nuevos:
"Artículo...- Los Directores Ejecutivos del Servicio de Seguro Social, del Departamento de Indemnización a Obreros Molineros y Panificadores, los Presidentes de las Cajas de Previsión Social de los Empleados Municipales de Valparaíso, de los Empleados Municipales de Santiago y de las Cajas de Compensación de Asignación Familiar Obrera, serán denominados y considerados como Vicepresidentes Ejecutivos.
Asimismo, las Comisiones Directivas serán denominadas y consideradas como Consejo Directivo".
"Artículo...- No obstante lo dispuesto en el artículo 14, los consejeros que sean elegidos en forma directa y secreta por las bases y por los directores de los sindicatos o asociaciones respectivas podrán ser removidos de sus cargos por acuerdo adoptado en asamblea citada especialmente con tal objeto, debiendo el Presidente de la República dictar el Reglamento sobre elección y remoción de estos consejeros.
Los representantes antes indicados, y sin perjuicio de lo señalado en el inciso anterior, serán elegidos, censurados o removidos en la forma que determinen los respectivos sindicatos o asociaciones, para lo cual se dictará un reglamento por el Presidente de la República. En todo caso, la designación o remoción de estos representantes será sancionada por resolución del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
Asimismo, la Superintendencia de Seguridad Social, sin perjuicio de las atribuciones que le fija la ley 16.365 y sus modificaciones, establecerá que los Consejeros a que se refiere este artículo podrán ser removidos previa investigación e informe favorable de la misma, en los casos siguientes:
1°) por inasistencia sin causa justificada a más de tres sesiones consecutivas.
2°) En caso de faltas graves o de conducta inconveniente en relacción al desempeño de sus funciones.
3°) Por acuerdo de los representados, adoptado en conformidad a este artículo".
"Artículo...- Las disposiciones de la presente ley no eximirán en modo alguno a los empleadores de sus obligaciones como tales que emanan de las normas estatutarias o acuerdos convenidos con sus personales de conformidad con las leyes vigentes".
Para suprimir el artículo segundo transitorio.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
En discusión la primera observación del Ejecutivo al artículo 1º, a la que va a dar lectura el señor Secretario.
El señor GUERRERO, don Raúl (Secretario).-
En el artículo 1º, el Ejecutivo propone agregar el siguiente inciso nuevo:
"Los Vicepresidentes o Directores Ejecutivos de las instituciones de previsión a que se refiere esta ley serán designados por el Presidente de la República y tendrán, para todos los efectos legales, el carácter de funcionarios de su exclusiva confianza."
El señor SANHUEZA (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
El señor MONARES.-
Pido la palabra.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor MONARES.-
Señor Presidente, este artículo tiene el propósito de darle al Presidente de la República la facultad de nombrar los vicepresidentes o directores ejecutivos de las instituciones de previsión.
Esta idea de hacer depender a esta clase de funcionarios de la confianza del Presidente de la República está en contradicción con todo el espíritu del proyecto; y, además, concretamente, está en contradicción con el artículo 21, que expresa lo siguiente: "Deróganse las disposiciones que declaran que los Vicepresidentes Ejecutivos o Directores, Fiscales y Gerentes de las Instituciones a que se refiere esta ley, son funcionarios de la confianza del Presidente de la República.".
Es decir, el Congreso, recogiendo justamente lo que constituía el espíritu del proyecto, y recogiendo la idea de que los consejos de las cajas de previsión debieran -ellos mismos- nombrar a sus autoridades, aprobó esta disposición contenida en el artículo 21.
Ahora, el Ejecutivo propone un inciso nuevo, mediante el cual se establece que estos funcionarios van a depender exclusivamente de la confianza del Presidente de la República.
A los parlamentarios de estos bancos nos parece que la forma como despachó el proyecto el Congreso era la más acertada y la más conveniente, y corresponde al interés de los propios imponentes, pues recoge mejor las aspiraciones de estos imponentes que están representados en los consejos de las instituciones de previsión.
Si se quiere descentralizar la Administración Pública, si se quiere darles responsabilidad efectiva a los imponentes para que dirijan sus propias cajas de previsión, no nos parece adecuado el hecho de que los más altos ejecutivos sean responsables, no ante las cajas de previsión, no ante los propios imponentes, sino responsables ante el propio Presidente de la República.
De manera que, entonces, nosotros vamos a rechazar este inciso nuevo que se pretende agregar al artículo 1º.
El señor AGURTO.-
Pido la palabra.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor AGURTO.-
Señor Presidente, los parlamentarios comunistas éramos partidarios de que este proyecto hubiese pasado a la Comisión de Trabajo y Legislación Social, con el objeto de haberse hecho un estudio más completo sobre este veto, es decir, sobre estas observaciones formuladas por el Presidente de la República. Lamentablemente, las gestiones que realizamos ante el Comité Demócrata Cristiano no prosperaron. Y nos vemos en la obligación, en esta oportunidad, de votar estas observaciones.
Nosotros queremos expresar que justamente en el proyecto primitivo, es decir, en el Mensaje que el Ejecutivo envió al Congreso, estaba contenida esta idea de que los Vicepresidentes y Directores Ejecutivos serían designados por el Presidente de la República. A nosotros nos parece justo, nos parece legítimo, acertado, que estos altos funcionarios, por la inmensa responsabilidad que ellos tienen, deben ser designados por el Presidente de la República y ser de su entera confianza.
De tal manera que, ante lo aseverado por el colega Monares, en el sentido de que estos funcionarios son sólo responsables ante el Presidente de la República, ante el Ejecutivo, a nosotros nos parece que tal responsabilidad no sólo existe frente al Presidente de la República que los ha designado, sino que ella, naturalmente, también está enmarcada ante el propio directorio y ante los propios imponentes.
Por esta razón, señor Presidente, nosotros vamos a votar favorablemente las observaciones formuladas por el Ejecutivo, en el sentido que se mantenga la disposición primitiva contenida en el proyecto.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
El señor CARDEMIL.-
Pido la palabra.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Cardemil don Gustavo.
El señor CARDEMIL.-
Señor Presidente, en la oportunidad en que la Cámara de Diputados despachó este proyecto, los Diputados de la Democracia Cristiana expresamos que contribuíamos con nuestros votos para dar quórum de votación, aun cuando discrepábamos del proyecto en casi su totalidad; y que esperábamos que en el Senado de la República, escuchando a los sectores interesados, a los imponentes de las diversas cajas de previsión, este proyecto iba a ser mejorado, porque, debido a los plazos reglamentarios, se había despachado apresuradamente en esta Cámara. Y es así como el Senado mejoró el proyecto. En la Comisión respectiva se escuchó a los distintos sectores de imponentes de las cajas de previsión, con el objeto de defender sus derechos y mantener la idea central del proyecto del Ejecutivo, conservando también parte de la representación que ellos tienen. En relación con la observación del Ejecutivo a este artículo 1º, es conveniente señalar que los Vicepresidentes Ejecutivos de las instituciones de previsión son funcionarios administrativos a los cuales corresponde aplicar la política que en materia de Seguridad Social adopta el Ministerio respectivo y los consejos de las instituciones de previsión, a los cuales asiste en su calidad de presidente, en algunos casos, el Ministro del Trabajo y, en otros, en su reemplazo, el Superintendente de Seguridad Social. De modo que estos funcionarios no pueden actuar de una manera diferente a la política central en materia de Seguridad Social. Ellos son fieles ejecutores de la política que el Consejo determina; y, por lo general, los Consejos cumplen con las normas centrales de la Seguridad Social. Por consiguiente, no se produce, en ningún caso, una disparidad de criterios en cuanto a la ejecución de la "línea gruesa" que el Ejecutivo tiene en materia de la Seguridad Social. Y es conveniente que los Vicepresidentes mantengan, tal como está en la legislación vigente, no la propiedad del empleo, sino la seguridad en el cargo, como ha sucedido en varios gobiernos, en aquellos casos en que haya habido la necesidad de cambiarlos. En todas las oportunidades, se ha dado el caso de que los Vicepresidentes, aun cuando se podían mantener en sus cargos, han puesto a éstos a disposición del Gobierno que asume el mando.
Por lo tanto, señor Presidente, nosotros vamos a estar por el artículo tal como lo aprobó el Congreso, conforme a lo señalado por el Diputado señor Monares.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
El señor ACEVEDO.-
Pido la palabra.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Acevedo.
El señor ACEVEDO.-
Señor Presidente, de lo manifestado por el colega Cardemil se desprende que ellos estarían aceptando la proposición del Ejecutivo en el sentido de que los Vicepresidentes no tengan del Consejo la dependencia directa de la duración de su cargo, sino que ella dependa de la confianza del Presidente de la República. Pero, al final, dice que concuerda con lo manifestado por el señor Monares, que es quien mantiene la tesis de que los Vicepresidentes y Directores sean designados por los Consejos.
La verdad es que las disposiciones de este proyecto de ley, vale decir, el Mensaje que el Ejecutivo envió al Congreso, en materia de designación de los consejeros en las diversas cajas de previsión, es un avance y si, respecto de los Vicepresidentes, el Ejecutivo quiere mantener la actual disposición, es así porque los Vicepresidentes, desde que se han creado las cajas de previsión- tanto el Servicio de Seguro Social, por la ley Nº 4.054, donde tenían el título de directores, como, con posterioridad, los otros institutos previsionales- los Vicepresidentes se han mantenido tradicionalmente designado por el Ejecutivo y los Consejos.
El señor LAVANDERO.-
¿Me permite?
El señor ACEVEDO.-
El colega Lavandero me ha pedido una interrupción.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
Con la venia del señor Acevedo, tiene la palabra el señor Lavandero.
El señor LAVANDERO.-
El problema estriba en que el Ejecutivo plantea, acá, que estos funcionarios tendrán el carácter de "funcionarios de la exclusiva confianza del Presidente de la República". En la actualidad, estos Vicepresidentes o Directores Ejecutivos, para ser removidos, tienen que serlo con el acuerdo del Senado. De tal manera que son dos sistemas distintos. En general, los Vicepresidentes, tal como lo señaló nuestro colega Cardemil, siempre que se los ha solicitado el Presidente de la República, han puesto en sus manos la renuncia, salvo en algunos casos en que ha habido atropellos de carácter funcionario. No me refiero solamente a este Gobierno, sino en muchos gobiernos hacia atrás. Entonces, estos Vicepresidentes han tenido el recurso de asilarse en la opinión ponderada del Senado y correr las contingencias, incluso administrativas y políticas, que su suerte les depare en esa rama legislativa por su gestión como Vicepresidentes.
Nada más.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
Puede continuar el señor Acevedo.
El señor ACEVEDO.-
Señor Presidente, en verdad, conozco un solo caso de organismos de previsión en que un Vicepresidente se asiló en la medida que señala el colega Lavandero. Cada vez que ha habido cambios de Presidente de la República, todos los Vicepresidentes de las cajas de previsión respectiva han hecho dejación de su cargo -es lo normal-, actitud que ha permitido, naturalmente, que el Ejecutivo fije la conducta y la línea por la que deben actuar los organismos de previsión.
Los señores parlamentarios saben que la designación de los consejeros no era una nominación directa de los imponentes, que es lo que ahora se persigue con este proyecto. Se propugna que los consejeros sean nombrados por sus imponentes y esto naturalmente, es un paso bastante avanzado en materia de administración. Y si los imponentes designan a los consejeros, éstos serán los que determinen las inversiones y el movimiento general del organismo de previsión. El Vicepresidente es sólo un elemento ejecutivo, es un elemento realizador de los acuerdos del Consejo. Y lo que en opinión del Gobierno se quiere es que estos cargos sean de la confianza del Presidente de la República, para que éste u otro Gobierno los promuevan, en la medida en que estimen conveniente, de acuerdo con los intereses de los imponentes. Es eso lo que se persigue.
El Ejecutivo solicita la supresión del artículo 21, al cual se refería el colega Monares; de tal suerte que si no se aprobara este veto aditivo, en virtud del cual se incorpora un inciso nuevo en el artículo 1º, el Ejecutivo quedaría entonces, sin una disposición legal concreta a qué atenerse en la designación de vicepresidentes. En consecuencia, despacharíamos una ley total y absolutamente incompleta. Si los colegas están en el ánimo de rechazar todas las observaciones del Ejecutivo, puesto que no han dado su asentimiento para que los vetos puedan tener un mejor estudio en la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, como lo ha propuesto el colega Agurto, quedará entonces, una disposición legal inaplicable, y las consecuencias, naturalmente las van a sufrir los imponentes de los diferentes institutos provisionales, sobre todo aquéllos que recurran a éstos por alguna necesidad, salvo las personas que lo hacen sólo para los efectos de acogerse al beneficio de la jubilación. Pero hay otros que impetran préstamos hipotecarios, préstamos de auxilio, atención de medicina curativa, de medicina preventiva.
De ahí que yo insisto ante los colegas democratacristianos, a fin de que den sus votos favorables a esta iniciativa del Ejecutivo, que tiende a hacer más armónica, en general, la administración de los institutos previsionales.
Eso es todo, señor Presidente.
El señor RIOS (don Héctor).-
Pido la palabra.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor RIOS (don Héctor).-
Señor Presidente, los Diputados radicales aprobaremos las observaciones del Ejecutivo.
El proyecto primitivo establecía lo que vuelve a decir el gobierno: "Los Vicepresidentes o Directores Ejecutivos de las instituciones de previsión... serán designados por el Presidente de la República y tendrán, para todos los efectos legales, el carácter de funcionarios de su exclusiva confianza".
Como manifestaba el colega Acevedo, estos cargos -lo dice su nombre- son ejecutivos y de la exclusiva confianza del Presidente de la República. En consecuencia, estos nombramientos tiene que hacerlos el Primer Mandatario, sobre todo cuando hay un cambio de gobierno. Los otros cargos de consejeros es cuento aparte y deben ser elegidos, en elecciones, por los representantes de las distintas instituciones.
Nada más, señor Presidente.
El señor GUERRA.-
Pido la palabra.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor GUERRA.-
Señor Presidente, tengo entendido que los Vicepresidentes y los Directores Generales de los servicios los designa el Presidente de la República; cuando hay cambio de gobierno, él nombra a todos los nuevos Vicepresidentes y Directores Generales. Sin embargo, parece que aquí quedará involucrada una pugna cuando un Consejo no está de acuerdo con el Vicepresidente y modifica las iniciativas de éste. Vale decir, el Consejo es el que manda en la caja de previsión y el Vicepresidente debe ejecutar Jo que el Consejo acuerde. Pero esta disposición del Ejecutivo insinúa que el Vicepresidente no tiene nada que ver con el Consejo, sino que depende, exclusivamente, del Presidente de la República; y los Consejos -todos sabemos- están formados por representantes de los obreros, de los empleados, de la parte patronal, de los jubilados.
A mí me parece más saludable mantener la estructura actual, porque es más ágil, y los Vicepresidentes tienen que obrar de acuerdo con el mandato del Consejo. En cualquier momento, puede producirse una pugna entre el criterio de éste y lo que el Vicepresidente quiere aprobar, porque el Presidente de la República se lo ha solicitado. En ese caso, no estarían garantidos los imponentes de las Cajas.
Estimo más conveniente mantener la estructura actual porque es precisamente la que da más agilidad a estos organismos y los imponentes están representados por sus propios dirigentes.
Eso es todo.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación la primera observación del Ejecutivo.
Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 24 votos; por la negativa, 41 votos.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
Rechazada la primera observación del Ejecutivo.
Corresponde discutir a continuación la segunda modificación introducida por el Ejecutivo, la que consiste en sustituir la letra c) del artículo 2º por la siguiente: "Siete representantes de los obreros elegidos en votación directa y secreta por los directores de los Sindicatos Industriales, Profesionales y Mixtos, cuyos asociados estuvieren acogidos al régimen previsional del Servicio de Seguro Social, valorándose el voto de cada director en proporción al número de éstos".
En discusión la segunda modificación del Ejecutivo.
El señor AGURTO.-
Pido la palabra.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor AGURTO.-
Señor Presidente, los Diputados de estos bancos aprobaremos esta observación del Ejecutivo, que consiste en sustituir la letra c), la cual, aprobada por el Congreso Nacional, ha dejado marginados a los sindicatos mixtos que existen actualmente. El único objetivo que se persigue al sustituir esta letra es justamente dar también representación a esta clase de sindicatos, que están, en alguna forma, organizándose con mucho entusiasmo por parte de los trabajadores para eliminar la dualidad existente actualmente, de sindicatos obreros y sindicatos de empleados.
En suma, nosotros vamos a aprobar esta observación.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Sala, se aprobará la observación.
El señor MONARES.-
Votación.
Efectuada la votación en forme económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa; 26 votos; por la negativa, 43 votos.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
Rechazada la observación del Ejecutivo.
En votación la insistencia.
Si le parece a la Sala, se acordará no insistir...
El señor ACEVEDO.-
No, no.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
En votación.
Efectuada la votación en forme económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 47 votos; por la negativa, 29 votos.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
La Cámara acuerda no insistir.
Corresponde discutir, a continuación, la tercera observación del Ejecutivo, que consiste en suprimir la letra d) del artículo 2?.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 29 votos; por la negativa, 43 votos.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
Rechazada la observación del Ejecutivo.
En votación la insistencia.
Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 40 votos; por la negativa, 30 votos.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
La Cámara acuerda no insistir.
Corresponde discutir la observación al artículo 2º que consiste en agregar la siguiente letra final: "...) Un representante de la Central Unica de Trabajadores, designado por su Consejo Directivo Nacional".
Ofrezco la palabra.
El señor RIOS (don Héctor).-
Pido la palabra.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor RIOS (don Héctor).-
Señor Presidente, esta observación del Ejecutivo es muy conveniente, porque entra a formar parte de este Consejo un representante de la Central Unica de Trabajadores, actualmente con personalidad jurídica legalizada. En consecuencia, vamos a votarla favorablemente.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Sala y no se pide votación, se aprobará.
Un señor DIPUTADO.-
Votación.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
En votación.
Durante la votación:
El señor LORENZINI.-
Los imponentes quedarán afuera.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
¡Señor Lorenzini, le ruego guardar silencio!
El señor ACEVEDO.-
¡En contra de la Central Unica de Trabajadores!
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
Señores Diputados, estamos en votación.
El señor LORENZINI.-
Hay que dejar a todos adentro.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
¡Señor Lorenzini!
Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 28 votos; por la negativa, 50 votos.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
Rechazada la observación del Ejecutivo.
Corresponde discutir la observación que consiste en sustituir, en el artículo 3º, la letra b), por la siguiente: "Siete representantes de los imponentes elegidos en votación directa y secreta por los Directores de los Sindicatos Profesionales y Mixtos formados por empleados particulares afiliados a la Institución, valorándose el voto de cada director en proporción al número de éstos".
En discusión.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
El señor ACEVEDO.-
Es idéntica a la anterior.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Cámara y no se pide votación, se dará por aprobada.
Aprobada.
Corresponde discutir la modificación del Ejecutivo que consiste en suprimir la letra c) del mismo artículo 3º.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Cámara y no se pide votación. . .
Un señor DIPUTADO.-
Votación.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
En votación.
Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 30 votos; por la negativa, 48 votos.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
Rechazada la observación del Ejecutivo.
Se va a votar la insistencia.
El señor ACEVEDO.-
Si le parece a la Sala, no se insistiría.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
Si le parece a la Sala, la Cámara acordó no insistir, con la votación inversa.
Acordado.
La Cámara acuerda no insistir.
Corresponde discutir la observación que consiste en agregar en el artículo 3º una letra nueva: "Dos representantes de los imponentes designados por la Confederación de Empleados Particulares de Chile".
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Un señor DIPUTADO.-
Si le parece.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
Si le parece a la Sala y no se pide votación, se dará por aprobada.
Aprobada.
Corresponde discutir la observación que consiste en agregar la letra que dice: "Un representante de los imponentes designado por la Central Unica de Trabajadores".
En discusión.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la Sala y no se pide votación...
En votación.
Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 29 votos; por la negativa, 48 votos.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
Rechazada la observación del Ejecutivo.
Corresponde tratar la observación, que consiste en sustituir en la letra c) del artículo 4º las expresiones "Tres representantes" por "Un representante", y la palabra "elegidos" por "elegido".
Ofrezco la palabra.
El señor FUENTES (don César Raúl).-
Pido la palabra.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor FUENTES (don César Raúl).-
Señor Presidente, la verdad es que nosotros concordamos con el proyecto en los términos despachados por el Congreso. Nos parece que deberían ser tres los representantes de la Administración Civil del Estado, pero, lamentablemente, como no tenemos votación para insistir, porque requerimos los dos tercios, vamos a aprobar la observación, ya que de otra manera no habría ley sobre la materia. Nosotros estamos más con la idea de la representación, aunque sea en el mínimo de uno, que con la de no tener ningún representante. Por eso, vamos a aprobar la observación.
El señor ARNELLO.-
Pido la palabra.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ARNELLO.-
Señor Presidente, yo creo que la reducción del número de representantes de los empleados de la Administración Civil del Estado de la manera como había propuesto el Congreso, de tres a uno, no se justifica verdaderamente frente a la circunstancias de que todos los consejos han sido aumentados en su número de representantes.
En verdad, aun cuando se corre el riesgo de que queden sin representantes, sería preferible rechazar el veto del Ejecutivo y dejar que sea precisamente de responsabilidad de los señores Diputados de la Unidad Popular el que quede o no quede con representantes la Administración Civil del Estado dentro del Consejo.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor ARNELLO.-
Cada uno que se rasque con sus uñas, colegas.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
Señores Diputados, ofrezco la palabra para que puedan referirse a la materia.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
Pido la palabra.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
Señor Presidente, lo que acaba de plantear el colega Arnello lo considero serio. En realidad, hay dos estrategias distintas. En algún sentido, puede que tenga razón el señor Arnello. Es lamentable que el Ejecutivo disminuya esta representación de tres a uno. Pero nosotros creemos que, aun cuando la responsabilidad de esta disminución cae sobre los partidos del oficialismo, de todas maneras es mejor que haya un representante al menos, pero sí dejando constancia de que es responsabilidad de los partidos de Gobierno la disminución de esta representación de los trabajadores en este Consejo.
Por eso, no podía dejar de levantar la voz frente a lo que planteó como táctica el señor Arnello -muy inteligente, pero que no compartimos- porque aquí...
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
No se trata de la guerra civil ni de la guerra mundial. Aquí se trata de que haya, al menos, una persona en representación de los trabajadores. Queremos que sea lo más amplia posible. Por eso, planteamos los tres. Caiga sobre los partidos de Gobierno la responsabilidad. De todas maneras, al menos que haya un representante. Por eso, los votos democratacristianos serán para apoyarla.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Agurto.
El señor AGURTO.-
Señor Presidente, nosotros consideramos que el Ejecutivo ha estado en lo cierto al proponer que se sustituya esta letra, porque nos parece excesivo el número de representantes consignados en el proyecto despachado por el Congreso. En consecuencia, nos parece justo que el representante sea sólo uno.
Nada más.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 34 votos; por la negativa, 27 votos.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
Aprobada la observación del Ejecutivo.
En discusión la observación del Ejecutivo al artículo 4º, que consiste en sustituir en la letra d) las expresiones "tres representantes" por "Un representante" y la palabra "elegidos" por "elegido".
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
El señor GIANNINI.-
Con la misma votación.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
Si le parece a la Sala y no se pide votación...
El señor ARNELLO.-
No, señor Presidente.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
En votación.
Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 29 votos; por la negativa, 24 votos.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
Aprobada la observación del Ejecutivo.
En discusión la observación al artículo 4º que consiste en sustituir la letra e), por la siguiente: "Un representante de la Prensa y Fotograbadores, elegido por los Directores Sindicales en votación directa y secreta, valorándose su voto en proporción al número de asociados.".
El señor FUENTES (don César Raúl).-
Pido la palabra.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor FUENTES (don César Raúl).-
Deseo formular una consulta previa antes de fijar un criterio. Aquí hay una diferencia con las dos observaciones anteriores que hemos estado votando. Mientras las dos enmiendas anteriores se refieren al número de representantes, en ésta hay una diferencia, al parecer más sustancial, que bien pudiera no serla. Por eso, hago la consulta.
El proyecto despachado por el Congreso establece que uno de los integrantes del Consejo será" "Un representante de los trabajadores de la Prensa y Fotograbadores, ...", y el Ejecutivo nos propone sustituir esto por: "Un representante de la Prensa y Fotograbadores, ...". Hay un criterio distinto, ya que no es un representante de los trabajadores de la Prensa, sino un representante de la Prensa.
Yo no sé si hay aquí una diferencia más de fondo.
Es por eso que hago la consulta, antes de emitir nuestro voto.
El señor ARNELLO.-
Pido la palabra.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Arnello.
El señor ARNELLO.-
Señor Presidente, en verdad yo no puedo responder a la consulta del señor Fuentes, pero como ninguno de los parlamentarios de Gobierno lo ha hecho, quería simplemente señalar otra diferencia que se establece aquí respecto del sistema de la letra anterior. Existe una diferencia al darles a los directores sindicales un voto proporcional al número de asociados de los sindicatos, situación distinta también de la anterior. De manera que tendrían que ser dos las explicaciones de por qué en esta sustitución se ha efectuado la innovación, y qué alcance tiene, sobre todo la que planteaba el señor Fuentes.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
El señor ACEVEDO.-
Pido la palabra.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ACEVEDO.-
Señor Presidente, la verdad es que en este artículo 4º, que se refiere al Consejo de la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, cuyo número, en el proyecto despachado por el Congreso, asciende a 14 consejeros, y van a quedar reducidos más o menos a 10, en esta letra e) la diferencia radica en que en la votación de los directores será valorado su voto en proporción al número de asociados, lo que no está contemplado en la disposición aprobada por el Congreso: "Un representante de los trabajadores de la Prensa y Foto-grabadores, elegido por los directores de los sindicatos formados por ellos". El Ejecutivo lo sustituye por "Un representante de la Prensa y Fotograbadores, elegido por los Directores Sindicales en votación directa y secreta, valorándose su voto en proporción al número de asociados".
De tal manera que la diferencia está en el que el voto de cada director va a decir relación con el número de los integrantes del sindicato.
Eso es todo, señor Presidente.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Sala y no se pide votación, se dará por aprobada.
Aprobada.
Corresponde discutir la observación del Ejecutivo, que consiste en sustituir la letra g), por la siguiente: "Un representante de los Periodistas elegido en votación directa y secreta".
Ofrezco la palabra.
El señor FUENTES (don César Raúl).-
Pido la palabra.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Fuentes, don César Raúl.
El señor FUENTES (don César Raúl).-
Señor Presidente, en esta observación encontramos una diferencia que también puede ser aparente, en una parte por lo menos, entre lo propuesto por el Congreso y lo que propone el Presidente de la República.
La disposición del Congreso habla de "un representante del Colegio de Periodistas, elegido por el mismo.", es decir es un representante del Colegio de Periodistas. Ahora, el Ejecutivo en la sustitución indica: "un representante de los periodistas". ¿Es un representante del Colegio de Periodistas o un representante de los periodistas?
Estamos perfectamente de acuerdo con la segunda parte de la observación: "elegido en votación directa y secreta". Concordamos en que esto completa la idea del proyecto despachado por el Congreso, porque todas las elecciones para que sean garantía de democracia, deben ser, a nuestro juicio, directas y secretas. Pero, lo que no entendemos bien es la diferencia que hay en relación con el primer concepto. En el proyecto del Congreso se habla de un representante del Colegio de Periodistas, en cambio en la proposición del Ejecutivo se habla de un representante de los periodistas. ¿Se ha querido dejar fuera al Colegio o se está refiriendo a los periodistas como gremio, en carácter general, sin necesidad de que sea un representante del Colegio de Periodistas? Por eso, nosotros lanzamos la pregunta para poder justificar nuestra votación, porque realmente se ha propuesto una redacción diferente, eliminándose al representante del Colegio de Periodistas. Nos parece que debiera haber una explicación, por lo menos, para la historia de la ley.
Nosotros sabemos perfectamente que todos los periodistas deben estar inscritos en el Colegio de Periodistas, así como todos los abogados deben estar inscritos en el Colegio de su Orden; pero, además del Colegio de Abogados, existe una Asociación de Abogados, que es una organización de carácter gremial distinta del primero. Entonces, ¿qué sentido tiene que cuando el Congreso habla del Colegio de Periodistas el Ejecutivo proponga que será un representante de los periodistas? Esa es la consulta que hacemos.
El señor MILLAS.-
Pido la palabra.
El señor RIOS (don Héctor).-
Pido la palabra.
El señor ARNELLO.-
Pido la palabra.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Millas; a continuación, los señores Ríos, don Héctor, y Arnello, don Mario.
El señor MILLAS.-
Señor Presidente, esta observación hecha por el Ejecutivo corresponde a la tendencia que en todo lo que no sea engorroso, llevar la representación en forma proporcional a la designación por la base. Es la misma razón por la cual recientemente se ha dicho, por ejemplo, que en relación a los representantes de la Prensa y Fotograbadores, el voto sea proporcional al número de socios de cada sindicato y en varias otras designaciones de distintas Cajas, se hace la elección en forma directa.
En el caso de los periodistas hay una identificación absoluta, total, entre el número de imponentes, que son periodistas colegiados, y la calidad de socio del Colegio de Periodistas, porque no se puede ser periodista, no se puede ejercer la profesión si no se es colegiado y, a la inversa, todo periodista que esté ejerciendo la profesión, tiene derecho a colegiarse. Por lo tanto, hay una identidad absoluta entre ambas calidades.
El problema era de que como estaba despachado en el proyecto y hubo, incluso, proposición inicial del Ejecutivo en el primer trámite, se tendía mucho a la representación indirecta a través de los organismos y ahora, sin que esto se haya podido modificar en forma absoluta, se ha tendido a la representación directa. Además, en el caso de los periodistas es muy fácil realizarla. Por ejemplo, cuando hay una elección extraordinaria por fallecimiento o por vacancia de un cargo, es posible efectuarla, porque los registros están al día y porque su número es relativamente limitado. Es muy fácil realizar una elección en el Colegio de Periodistas a través de su registro, que es, precisamente válido en esta materia; aun en el caso de que hubiera una situación diferente, que no hubiera correspondido a todo el Colegio de Periodistas, porque alguno de sus miembros, en un momento determinado, estuviera percibiendo honorarios y no efectuara imposiciones en ese mes.
Creo que es interesante el planteamiento del colega Fuentes en el sentido de que al hablar la observación de periodistas se está refiriendo a todos los profesionales periodistas, o sea, a todos los miembros del Colegio de Periodistas y es en relación a ellos que se efectúa la votación.
En cuanto a la propiedad con que se plantea el veto del Ejecutivo de que sea un representante de los periodistas elegido en votación directa y secreta, debo expresar lo siguiente. Si hubiera dicho, por ejemplo, "Colegio de Periodistas..." habría una impropiedad en el caso que se quisiera la representación directa, porque en la ley vigente del Colegio de Periodistas se establece que tiene un representante en el Consejo y señala la fórmula para designarlo. Y esa fórmula para designar al representante del Colegio de Periodistas elegido por él, es efectuando una elección y proponiendo una terna para que el Presidente de la República seleccione. Si no se aprobara el veto, se retrocedería a esa situación.
El Ejecutivo no ha querido ser él que determine en una terna para que se designe a uno, porque pudiera haber confusión sobre la materia.
Ha preferido que haya una elección directa y secreta que, en todo caso, no se va a regir por las normas actuales. No están derogadas ni modificadas en el proyecto despachado por el Congreso las disposiciones de la Ley del Colegio de Periodistas. Se evita una duda, una discusión sobre este asunto y se elige directamente por todos los miembros a su representante.
Esto es, indudablemente, lo más democrático, señor Presidente. He dicho.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Ríos, don Héctor.
El señor RIOS (don Héctor).-
Señor Presidente, en realidad, la observación formulada por el Ejecutivo a esta letra g) tiene un carácter más democrático, porque al elegirse un representante del Colegio de Periodistas puede haber cierto favoritismo, por parte de este organismo, respecto de un periodista determinado. En cambio, en el veto se propone una votación secreta de todos los periodistas, para que ellos elijan a su representante.
Lo mismo ocurre en el caso del Colegio de Abogados. El proyecto dice: "Un representante del Colegio de Abogados..."; sin embargo, nos parece que esto debe modificarse como se indica en el veto, y tienen que ser los abogados los que, en una votación secreta, elijan a su representante.
Por eso, vamos a aprobar estas dos observaciones del Ejecutivo.
Nada más.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Arnello, don Mario.
El señor ARNELLO.-
Señor Presidente, la verdad es que, cuando existe un Colegio que reúne a los integrantes de un gremio, como es el caso del Colegio de Periodistas, como es el caso del Colegio de Abogados, no se divisa la necesidad de establecer el sistema tan poco práctico de , la votación directa de todos los miembros de la Orden, o del gremio, que señala el veto del Ejecutivo para la elección de estos dos representantes.
Hay que ver que en el caso de los sindicatos, en los vetos del Ejecutivo se establecía un sistema de elección no por votación directa de Jos miembros de esos sindicatos, sino por votación directa y secreta de los dirigentes sindicales, es decir, lo que podríamos llamar una votación intermedia. En cambio, en el caso de un Colegio Profesional, que reúne a todos los profesionales desde un extremo al otro del país, donde están representados, en consecuencia, para una serie de efectos legales, para una serie de aspectos relacionados con el ejercicio de su profesión, con el Código de Ética Profesional, disciplina, etcétera, se ha pretendido, de esta manera, quitarle una de las tantas demostraciones de su categoría al establecer una elección directa que, repito, es absolutamente engorroso y compleja.
Pensar, por ejemplo, que los abogados desde Arica a Magallanes tengan que estar eligiendo a una persona que los represente en el Consejo de la Caja, realmente es algo que tampoco va a ser representativo, porque se va a producir una dispersión enorme de votos y una abstención aún mayor. De manera que tampoco tendrán una representabilidad absoluta y total.
En consecuencia, creo que es mucho más simple entregar en forma nítida a los colegios profesionales -al Colegio de Periodistas, en el primer caso, y al Colegio de Abogados, en el segundo, que representan legítimamente la mayoría de los integrantes...
El señor TEJEDA.-
No siempre.
El señor ARNELLO.-
...de las respectivas órdenes- la facultad de elegir a sus representantes ante el Consejo.
Por lo tanto, creo que no es feliz el veto en ninguno de estos dos casos: ni en la letra g) ni en la letra h), y que es preferible insistir en las disposiciones aprobadas por el Congreso.
El señor GIANNINI.-
Pido la palabra.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Giannini, don Osvaldo.
El señor GIANNINI.-
He concedido una interrupción al Diputado señor Acevedo.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
Con la venia del señor Giannini, tiene la palabra el señor Acevedo, don Juan.
El señor ACEVEDO.-
Señor Presidente, es sólo para recordar al colega Arnello que los empleados civiles del Estado están repartidos a 'o largo de todo el país. De sus palabras se desprende la idea de que los organismos anteriores estuvieran radicados en Santiago y, poco menos, al lado de la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas.
Respecto de la letra d), sobre los representantes de los empleados de las instituciones semifiscales y de las empresas autónomas del Estado, se repite lo mismo, a lo largo de todo Chile.
Además, en el día de ayer aprobamos una disposición para que los representantes de los obreros se elijan mediante una elección directa, no del sindicato. De manera que hay una serie de precedentes que están respaldando la modificación de la letra i).
De tal suerte que el colega Arnello no puede sentir los temores de que, por ser tan extenso nuestro país -de más de 4 mil kilómetros-, va a quedar algún sector del territorio que no pueda tener participación en la elección del Consejo.
Hay otros sectores que también van a designar consejeros y van a tener, naturalmente, que buscar algún procedimiento para los efectos de las elecciones. En la actualidad, ya lo hay respecto de varias organizaciones de tipo sindical. Por ejemplo, en la Empresa Nacional de Electricidad, ENDESA, que también elige una directiva sindical nacional desde Arica a Magallanes. Hay una serie de organizaciones. Lo que pasa es que el colega Arnello no es muy conocedor de las organizaciones de los trabajadores del país.
Eso es todo.
Gracias, colega.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
Puede continuar el señor Giannini.
El señor GIANNINI.-
He concedido una interrupción al Diputado señor Samuel Fuentes.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
Señor Giannini, le ruego tener presente que es la Mesa la que dirige el debate.
Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el señor Fuentes, don Samuel, que estaba inscrito a continuación.
El señor FUENTES (don Samuel).-
Señor Presidente, la verdad es que en la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas existe un departamento especial de periodistas, como también otro de abogados...
El señor GUERRA.-
Que no paga nunca.
El señor FUENTES (don Samuel).-
En el Departamento de Periodistas están englobados los trabajadores de la prensa y los fotograbadores; están englobados los trabajadores de imprenta y obras; y están englobados los periodistas y los funcionarios administrativos que trabajan dentro de las empresas periodísticas. Por eso, el Ejecutivo no ha querido que este representante sea exclusivamente del Colegio de Periodistas, sino que sea un representante de todos los hombres que trabajan en la actividad periodística; vale decir, de los periodistas colegiados y de los funcionarios administrativos de las empresas periodísticas...
El señor ARNELLO.-
¡Está equivocado!
El señor FUENTES (don Samuel).-
Esta es la razón por la que en el veto se establece que sea un representante de los periodistas. Lo que faltó es decir que se refiere al Departamento de Periodistas, donde están incorporados, con iguales beneficios, los periodistas colegiados y los empleados administrativos que trabajan en las empresas periodísticas, que no son periodistas colegiados. El Gobierno ha querido que estos funcionarios elijan a su representante.
El caso de los abogados es distinto, porque todos los señores abogados son colegiados; no hay abogado administrativo que no sea colegiado. Por eso, el Gobierno ha establecido un representante de los abogados, porque pertenecen todos al Colegio de Abogados. Ese no es el caso de los periodistas.
Hay periodistas que son funcionarios administrativos y no son colegiados. Esos son los que van a elegir, junto con los periodistas colegiados, a este representante. Esto es lo que ha querido establecer el Ejecutivo, porque la disposición aprobada por el Congreso constreñía la elección a un representante del Colegio de Periodistas y dejaba marginados de toda representación a los funcionarios que trabajan en las empresas periodísticas de Chile.
Esa es la razón y por eso estoy con el veto del Ejecutivo.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
Puede continuar el señor Giannini, a quien la Mesa ruega no conceder más interrupciones, porque hay otros señores Diputados inscritos.
El señor GIANNINI.-
Seguiré su consejo, señor Presidente.
El señor ARNELLO.-
¿Me da una interrupción, señor Giannini?
El señor GIANNINL.-
Me lo impide el señor Presidente. Si me autoriza, encantado.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
Con la venia del señor Giannini, puede hacer uso de la palabra el señor Arnello.
El señor ARNELLO.-
Muchas gracias.
Señor Presidente, creo que el Diputadodon Samuel Fuentes, como buen ferroviario, se ha ido por el desvío, porque la verdad es que está señalando, como decíamos el otro día, una aspiración programática suya, pero no lo que dice el veto.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor ARNELLO.-
El veto dice, simplemente, que se trata de un representante de los periodistas. De manera que si el señor Samuel Fuentes cree que al decir "un representante de los periodistas" se trata de un representante de los trabajadores que laboran en los diarios o de los empleados administrativos, desgraciadamente está equivocado. Desgraciadamente, está equivocado, repito, tal como lo está respecto del caso de los abogados; tampoco se refiere a las secretarias de los abogados o a los procuradores que trabajan en las oficinas de los abogados.
Por eso, me permito insistir que las palabras del señor Samuel Fuentes reflejan una aspiración suya, que no está en el texto del veto, y revelan que las observaciones del Ejecutivo están mal planteadas, en el mejor de los casos.
Nada más, señor Presidente.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
Ruego guardar silencio a los señores Diputados.
¡Señor Fuentes, don Samuel!
¡Señor Ríos, don Héctor!
Tiene la palabra el señor Giannini.
El señor GIANNINI.-
Señor Presidente, algunas de las últimas intervenciones han logrado oscurecer el debate, que había quedado suficientemente claro.
Me parece que todo este debate comenzó con una consulta hecha por el Diputado señor Fuentes, don César Raúl, la que fue satisfactoriamente respondida por el Diputado señor Millas. El juicio del señor César Fuentes quedó claro con la explicación dada.
Otra cosa es la observación del señor Arnello, que está en contra de la disposición ya aclarada.
En todo caso, por razones de economía legislativa y por haberse, de hecho, ampliado el debate a la observación siguiente, creo que se podrían debatir y votar en un solo acto, ya que ambas se refieren a la misma materia y a ellas ya se han referido los señores Diputados.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se votarán en conjunto las observaciones del Ejecutivo a las letras g) y h).
Acordado.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
Pido la palabra.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Valenzuela, don Héctor.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
Señor Presidente, escuché con mucha atención...
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
Señor Samuel Fuentes, por favor.
Señor Arnello, llamo a la serenidad a Su Señoría.
Tiene la palabra el señor Valenzuela, don Héctor.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
Señor Presidente, escuché con mucha atención las explicaciones que dio el señor Millas. Creo que es un hombre versado en la materia, y con mucho respeto se las escuché. Pero, realmente, no me convencen.
Yo veo dos problemas aquí. Uno, de operatividad de la norma; y otro, del respeto o consideración a la organización que se han dado los trabajadores después de una lucha de muchos años.
Respecto de este segundo punto, la impresión que nos deja el veto del Ejecutivo -no las palabras del señor Millas, sino el veto del Ejecutivo- es que en esta observación se falta al respeto y a la consideración debidas a dos colegios profesionales, como son los de periodistas y de abogados.
El señor MILLAS.-
¿Por qué?
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
En seguida, respecto de la operatividad de la norma, tengo entendido -puede que esté equivocado- que todos los periodistas, para poder actuar como tales, tienen que estar colegiados.
De tal manera que si alguien está trabajando de "galleta" o de "medio pollo", está trabajando al margen del respeto que se debe a la preparación, al estudio y a la consideración debida al Colegio de Periodistas...
El señor TEJEDA.-
No se trata de eso.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
Se trata de eso, colega. Por lo menos, yo lo entiendo así.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
Evitemos los diálogos, señores Diputados.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
De tal manera que si no se considera al Colegio de Periodistas, o al de Abogados, en su caso -estamos en el de los periodistas-, al cual se ha llegado después de una lucha de muchos años, estamos faltando a la consideración debida a esa misma lucha de los trabajadores de la prensa.
No me asusta lo que decía el colega Arnello, cuando respondía al señor Arnello, en el sentido de que los periodistas están de norte a sur y que es un país muy largo. Lo que sí me preocupa es que de una plumada se eche por tierra con esta disposición el decoro y la respetabilidad del Colegio.
Además, resulta muy fácil que en la elección de un representante, en provincias, en sectores apartados, pueda entrar la "galleta", aquél que habitualmente hace esas tareas, pero que las hace como "riflero", al margen del Colegio de Periodistas...
El señor TEJEDA.-
No hay...
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
Hay muchos de esos, colega.
Por eso, estas razones me mueven a pensar que el Ejecutivo está equivocado al proponer este veto. Para mayor representatividad, para mayor universalidad de la representación, debe elegirse un representante de todos los periodistas; pero ellos tienen ya su cauce formado, y ese cauce es el Colegio. Esta razón a mí me mueve a pensar que es equivocada la observación del Ejecutivo.
Nada más, señor Presidente.
El señor MILLAS.-
Pido la palabra.
El señor ACEVEDO.-
Pido la palabra.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Millas; a continuación, el señor Acevedo.
El señor MILLAS.-
Señor Presidente, creo ver en las expresiones del colega Héctor Valenzuela cierta idea de que pudiera ser discriminatoria esta proposición del Ejecutivo; o sea, que en relación a otros sectores de imponentes no se contempla una fórmula parecida. Pero si se examina el conjunto del veto del Ejecutivo, se podrá observar que se ha guiado por determinadas tendencias muy claras.
Primero, se ha consultado la situación con los imponentes respectivos, en cada caso, o con sus organizaciones representativas; se ha tratado de llevar la elección de los Consejeros, en la proporción en que ella sea operativa, a la base, a la elección directa. O sea, la misma tendencia que expresó, por ejemplo, la Democracia Cristiana en el primer trámite del proyecto, cuando hizo observaciones en este sentido. Además, en relación a otra observación del Ejecutivo, ayer la Cámara ha recogido y llevado más adelante, incluso, este criterio, en cuanto a la representación en los Consejos Zonales y Locales del Servicio de Seguro Social. Ha habido un criterio de la Democracia Cristiana y de la Unidad Popular para la elección, por lo menos en los obreros, se haga en la base.
En relación al proyecto, que estamos tratando, el señor Arnello se refería, en términos un poco ligeros, a los ferroviarios.
Ya que se ha hecho la comparación con los ferroviarios, quiero hacer notar que el veto del Ejecutivo, precisamente, contempla que los ferroviarios elijan dos empleados y tres obreros entre sus cinco representantes, en votación directa de la base. ¿Por qué? Porque allí es fácil hacerlo, ya que se tiene el registro de quiénes son obreros y quiénes empleados ferroviarios. En la misma forma, ...
El señor SANHUEZA (Presidente).-
¿Me excusa, señor Millas? Ha llegado a su término el Orden del Día.
Queda con la palabra Su Señoría, en el tiempo de su segundo discurso. Le restan 8 minutos.
El señor ACEVEDO.-
Me deja inscrito a mí, señor Presidente.
"
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/591356/seccion/akn591356-ds3-po1
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/591356