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El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).-
Corresponde tratar, a continuación, el proyecto del Senado sobre control de armas y elementos similares.
Diputado informante de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia es el señor Zaldívar.
El proyecto, impreso en el boletín Nº 181-72-2, dice lo siguiente:
TITULO I
Control de armas y elementos similares
Artículo 1º.- El control de las armas y elementos de que trata la presente ley estará a cargo del Ministerio de Defensa Nacional, a través de la Dirección General de Reclutamiento y Estadística. Cooperarán en esta labor las Comandancias de Guarnición, los Servicios Policiales y los Servicios Especializados de las Fuerzas Armadas, en la forma que lo establezca el Reglamento que se dicte al efecto.
Artículo 2º.- Quedan sometidos a este control:
a) Las armas de fuego, sea cual fuere su calibre;
b) Las municiones;
c) Los explosivos, salvo los que excluya el Reglamento;
d) Las sustancias químicas inflamables o asfixiantes que determine el Reglamento, y
e) Las instalaciones destinadas a la fabricación, almacenamiento depósito de estos elementos.
Artículos 3º.- Ninguna persona podrá poseer o tener ametralladoras, subametralladoras, metralletas o cualesquiera otras armas automáticas de mayor poder destructor, sea por su potencia o por el calibre de sus proyectiles.
Asimismo, ninguna persona podrá poseer o tener artefactos fabricados a base de gases asfixiantes, lacrimógenos, venenosos o paralizantes, de sustancias corrosivas, incendiarias, explosivas o de metales que por la expansión de los gases producen esquirlas, ni los implementos destinados a su lanzamiento.
Se exceptúan de estas prohibiciones a las Fuerzas Armadas, al Cuerpo de Carabineros de Chile, a la Dirección General de Investigaciones, al Servicio de Vigilancia de Prisiones y a los demás organismos autorizados por ley, cuyos miembros podrán usar dichas armas y elementos en la forma que señale el respectivo Reglamento institucional.
Artículo 4º.- Sin perjuicio de lo establecido en el artículo anterior, ninguna persona, sea natural o jurídica podrá, sin la autorización de la Dirección General de Reclutamiento y Estadística, dada en la forma que señale el Reglamento, poseer o tener cualquiera de los elementos indicados en las letras a), b), c) y d) del artículo 2°.
Tampoco se podrá, sin dicha autorización, fabricar, importar, internar al país, exportar, transportar, almacenar, distribuir o celebrar sobre ellos cualquiera clase de actos jurídicos.
Artículo 5º.- Toda arma de fuego que no sea de las señaladas en el artículo 3º deberá ser inscrita a nombre de su poseedor o tenedor, ante las Comandancias de Guarnición y, donde éstas no existan, ante la autoridad naval o de aviación más caracterizada. En los departamentos en cuya cabecera no existan estas autoridades, la inscripción deberá practicarse ante la autoridad de Carabineros de mayor jerarquía. En el caso de las personas naturales, la autoridad competente será la que corresponda a la residencia del interesado, y en el caso de las personas jurídicas la del departamento en que ésta tenga su domicilio principal.
La Dirección General de Reclutamiento y Estadística llevará un Registro Nacional de las inscripciones de armas.
La inscripción sólo autoriza a su poseedor tenedor para mantener el arma en su residencia, sitio de trabajo o lugar que se pretende proteger.
Artículo 6º.- Ninguna persona podrá portar armas fuera de los lugares indicados en el artículo anterior sin permiso de la autoridad que inscribir el arma, la que podrá otorgarlo previo los antecedentes e informes que estime convenientes. El permiso durará un año como máximo y sólo autorizará al beneficiario para portar las armas que tenga inscritas. Estas autorizaciones se inscribirán en el Registro Nacional de Armas.
No requerirá este permiso el personal señalado en el inciso final del artículo 3º, sin perjuicio de lo que disponga la reglamentación institucional respectiva.
El Reglamento podrá establecer procedimientos para otorgar permisos provisionales, excluir de la autorización a las armas inscritas que no sean por su naturaleza aptas para portarlas, y establecer limitaciones y modalidades para su porte.
Artículo 7º.- Las autoridades indicadas en los artículos 4º, 5º y 6º no podrán conceder las autorizaciones y permisos ni aceptar la inscripción que dichas disposiciones establecen, de más de cinco armas de fuego a nombre de una misma persona.
Sin embargo, por Resolución fundada de la Subsecretaría de Guerra, publicada en el Diario Oficial, se podrán otorgar las referidas autorizaciones, permisos e inscripciones por más de cinco armas a personas jurídicas;
Se exceptúan de lo dispuesto en los incisos anteriores los que estuvieren inscritos como coleccionistas, deportistas o comerciantes autorizados.
El Reglamento establecerá las modalidades y limitaciones respecto de las autorizaciones, permisos e inscripciones a que se refieren los dos incisos anteriores.
TITULO II
Artículo 8º.- Los que organizaren, pertenecieren, financiaren, dotaren, ayudaren, instruyeren, incitaren o indujeren a la creación y funcionamiento de milicias privadas, grupos de combate o partidas militarmente organizadas, armadas con alguno de los elementos indicados en el artículo 3º, serán sancionados con la pena de presidio menor en sus grados medio a máximo.
Los que cometieren alguno de los actos a que se refiere el inciso anterior con alguno de los elementos indicados en el artículo 2º y no mencionados en el artículo 3º, serán sancionados con la pena de presidio o relegación menores en sus grados mínimo a medio, cuando amenacen la seguridad de las personas.
Si los delitos establecidos en los incisos anteriores fueren cometidos por miembros de las Fuerzas Armadas o del Cuerpo de Carabineros, en servicio activo o en retiro, la pena será aumentada en un grado.
En los casos en que se descubra un almacenamiento de armas, se presumirá que forman parte de las organizaciones a que se refieren los dos primeros incisos de este artículo, las personas que aparezcan como dueñas o a cuyo nombre se encuentren inscritas las armas; los moradores de los sitios en que estén situados los almacenamientos, y los que hayan tomado en arriendo o facilitado los predios para el depósito. En estos casos se presumirá que hay concierto entre todos los culpables.
Artículo 9º.- Los que poseyeren o tuvieren algunos de los elementos señalados en las letras a), b), c) y d) del artículo 2º, sin la autorización de la Dirección de Reclutamiento y Estadística, o sin la inscripción establecida en el artículo 5º, serán sancionados con la pena de prisión en cualquiera de sus grados o con multa de un sueldo vital mensual, escala A), del departamento de Santiago.
Artículo 10.- Los que fabricaren, importaren, internaren al país, exportaren, transportaren, almacenaren, distribuyeren o celebraren cualquier clase de acto jurídico respecto de los elementos indicados en las letras a), b), c) y d) del artículo 2º, sin la autorización a que se refiere el inciso segundo del artículo 4º, serán sancionados con la pena de presidio o relegación menores en sus grados mínimo a medio.
Artículo 11.- Los que portaren armas de fuego sin el permiso establecido en el artículo 5º serán sancionados con presidio o relegación menores en sus grados mínimo a medio.
Artículo 12.- Los que cometieren los delitos sancionados en los artículos 9º, 10 y 11 con más de cinco armas de fuego, sufrirán la pena de presidio o relegación menores en sus grados medio a máximo.
Artículo 13.- Los que poseyeren o tuvieren alguna de las armas o elementos de los señalados en el artículo 3º, serán sancionados con presidio menor en sus grados medio a máximo.
Los que cometieren este delito con más de cinco armas prohibidas, serán castigados con la pena indicada en el inciso anterior aumentada en un grado.
Artículo 14.- Sin perjuicio de la sanción corporal o pecuniaria, la sentencia respectiva dispondrá en todo caso, el comiso de las especies cuyo control se dispone por la presente ley, debiendo ellas ser remitidas a Arsenales de Guerra.
Las especies decomisadas no serán objeto de subasta pública.
Artículo 15.- El maltrato de obra u ofensas públicas a personal de las Fuerzas Armadas que actuare en el ejercicio de sus funciones de responsables del orden interno de la República, será sancionado con las penas señaladas en los artículos 416 y 417 del Código de Justicia Militar, según correspondiere.
Artículo 16.- Toda persona que sin estar autorizada para ello fuere sorprendida en polvorines o depósitos de armas, sean éstos militares, policiales o civiles, o en recintos militares o policiales cuyo acceso esté prohibido, será sancionada con la pena de presidio o relegación menores en su grado mínimo.
Se entiende por recinto militar o policial todo espacio debidamente delimitado, vehículos, naves o aeronaves en los cuales ejerce sus funciones específicas en forma permanente una autoridad militar o policial.
TITULO III
Jurisdicción, competencia y procedimiento
Artículo 17.- Los delitos que contempla el Título anterior serán de conocimiento, por regla general, de los Tribunales Militares, de acuerdo con las normas que a continuación se señalan:
a) En los departamentos que no sean asiento de Juzgado Militar, el requerimiento podrá presentarse ante los Jueces de Letras con jurisdicción en lo criminal, quienes estarán obligados a practicar las primeras diligencias del sumario, según lo dispuesto en el artículo 6º del Código de Procedimiento Penal, sin perjuicio de dar inmediato aviso al Juzgado Militar y a la Fiscalía Militar correspondiente. Si hubiese varios jueces, será competente el que estuviere de turno, a menos que cada uno tenga un territorio jurisdiccional, en cuyo caso se aplicarán las reglas generales.
b) Si el requerimiento fuere efectuado por los Comandantes de Guarnición, será competente el Tribunal de la institución a la cual pertenezca el requirente.
c) Si el sumario se inicia a causa de haberse practicado primeras diligencias, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 128 del Código de Justicia Militar, será competente el Juzgado Militar, Naval o aéreo del cual dependa la Fiscalía del fuero que dispuso tales diligencias.
d) Si al ejercerse la acción penal por delitos comunes ante Tribunales ordinarios, se estableciere la comisión de cualquier delito contemplado en la presente ley con respecto a los instrumentos para cometer delitos contra las personas o delitos contra la propiedad, no procederá la declinatoria de jurisdicción ni el requerimiento respectivo y será el Tribunal ordinario el competente para conocer y fallar esta clase de delitos.
Si la situación descrita se presentare ante cualquier Tribunal del fuero militar, se aplicará idéntica norma.
c) Si durante el conocimiento de cualquier proceso criminal los Tribunales señalados en la letra anterior establecieren la comisión de los delitos señalados en los artículo 3º y 8º de la presente ley, darán cuenta inmediata de los hechos a la Comandancia de Guarnición de su jurisdicción para que, en conformidad a las reglas establecidas en esta ley, siga el proceso correspondiente.
f) Si los delitos a que se refiere esta ley fueren cometidos en más de uno de los territorios jurisdiccionales de los Juzgados Militares, será competente para conocer de ellos el Juzgado Militar de Santiago.
Artículo 18.- Sin perjuicio de lo establecido en las letras d) y e) del artículo que antecede, los procesos a que dieren lugar los delitos previstos en el Título anterior sólo se iniciarán a requerimiento o denuncia de alguna de las siguientes autoridades: Ministro del Interior, Ministro de Defensa Nacional, Fiscal de la Corte Suprema, Fiscales de las Cortes de Apelaciones, Intendentes, Director General de Reclutamiento y Estadística, Comandantes de Guarnición, Prefectos de Carabineros, y Alcaldes y Regidores de comunas cabeceras de departamento.
Si la denuncia es efectuada por Alcaldes o Regidores, deberá hacerse por escrito y ser firmada por el denunciante. Si en este caso se decretare el sobreseimiento definitivo del denunciado, en la misma resolución se podrá declarar de oficio -si a juicio del Tribunal hubiere antecedentes suficientes- que la denuncia es calumniosa, a fin de que los afectados puedan entablar las acciones civiles y criminales que correspondan.
Artículo 19.- La tramitación de los procesos a que dieren lugar los delitos previstos en el Título anterior se someterá a las normas establecidas en el Título II del Libro II del Código de Justicia Militar, con las modificaciones que se expresan a continuación:
a) En casos graves y urgentes, los Tribunales podrán ordenar la práctica de cualquiera de las diligencias señaladas en el párrafo 3º del Título III del Libro II del Código de Procedimiento Penal, con respecto a los lugares, habitados o no, en los que se presuma la existencia clandestina de cualquiera de los elementos referidos en el artículo 2° o de la comisión del delito señalado en el artículo 8º de la presente ley.
Estas diligencias serán cumplidas por el Cuerpo de Carabineros, por las Fuerzas Armadas, o por ambos a la vez, si las circunstancias lo aconsejaren y según lo ordene el respectivo mandamiento. De la práctica de estas diligencias deberá darse cuenta dentro del plazo de 24 horas, poniéndose a disposición del Tribunal a las personas detenidas y los efectos incautados. Será siempre Ministro de Fe de esta diligencia el jefe a cargo de la fuerza pública encargada de su cumplimiento;
b) Las encargatorias de reos y las resoluciones que nieguen lugar a la libertad provisional no podrán ser objeto del recurso de apelación;
c) Contra la sentencia definitiva de segunda instancia no procederá el recurso de casación;
d) El o los culpables serán juzgados en un solo proceso, pero no se aplicará lo dispuesto en el artículo 160 del Código Orgánico de Tribunales y, por consiguiente, no se acumularán las causas iniciadas o por iniciarse en contra de los inculpados, y
e) En estos procesos no existirán otros delitos conexos que los señalados en el Nº 1 del artículo 165 del Código Orgánico de Tribunales.
Disposiciones complementarias
Artículo 20.- La Dirección General de Reclutamiento y Estadística deberá colocar avisos en las Comandancias de Guarnición, en las Prefecturas de Carabineros, en las oficinas de Correos y Telégrafos y en las Municipalidades, en que se informe al público sobre las prohibiciones, permisos, autorizaciones e inscripciones a que se refiere esta ley.
Artículo 21.- El Presidente de la República, a petición de la Dirección General de Reclutamiento y Estadística, podrá disponer la reinscripción de armas poseídas por particulares, como asimismo, la prohibición de su comercio y tránsito cuando así lo aconsejaren las circunstancias.
Artículo 22.- Los Tribunales de la República mantendrán en depósito en Arsenales de Guerra los objetos o instrumentos de delito, sometidos a control por la presente ley, hasta el término del respectivo proceso.
Si dichas especies fueren decomisadas en virtud de sentencia judicial, no serán rematadas y quedarán, por tanto, bajo el control de las Fuerzas Armadas.
Exceptúanse de esta norma aquellas armas de interés histórico o científico policial, las cuales, previa resolución del Ministerio de Defensa Nacional, se mantendrán en los museos que en ese acto administrativo se indique.
Artículo 23.- Introdúcense las siguientes modificaciones a la ley Nº 12.927:
1) Reemplazar, en la letra d) del artículo 4°, las palabras el Gobierno constituido, por las siguientes: los Poderes del Estado, y agregar a continuación la siguiente frase: o atentar contra las autoridades a que se refiere la letra b) del artículo 6°.
2) Sustituir la letra b) del artículo 6º por la siguiente:
b) Los que ultrajaren públicamente la bandera, el escudo o el nombre de la patria y los que difamen, injurien o calumnien al Presidente de la República, Ministros de Estado, Senadores o Diputados, miembros de los Tribunales Superiores de Justicia, Contralor General de la República, Comandantes en Jefe de las Fuerzas Armadas, o General Director de Carabineros, sea que la difamación, la injuria o la calumnia se cometa con motivo o no del ejercicio de las funciones del ofendido.
3) Reemplazar el artículo 10 por el siguiente:
Artículo 10.- Prohíbese, salvo permiso de la autoridad competente, el uso de armas cortantes, punzantes y contundentes a todos los que no pertenezcan a las Fuerzas Armadas, al Cuerpo de Carabineros, al Servicio de Investigaciones, al Servicio de Vigilancia de Prisiones o a los demás organismos estatales autorizados por la ley.
La infracción a esta disposición será penada con presidio menor en su grado mínimo y multa cuyo monto guarde relación con las facultades económicas del infractor, pero que no excederá de un cuarto de sueldo vital mensual, escala A), del departamento de Santiago, en cada caso de infracción. Esta multa podrá elevarse hasta el quíntuple de su máximo en casos de reiteración.
4) Sustituir en el artículo 26, inciso primero, las palabras o por el Senador, Diputado o Magistrado afectado si se trata del delito descrito en la letra b) del artículo 6º, por las siguientes: o por la autoridad o persona afectada si se trata de los delitos descritos en la letra d) del artículo 4º o en la letra b) del artículo 6°.
5) Agregar el siguiente inciso segundo al artículo 26:
Si la autoridad afectada es alguna de las ramas del Congreso Nacional o la Corte Suprema, el requerimiento a que se refiere el inciso anterior sólo podrá efectuarlo el Presidente de la respectiva Corporación.
Artículo 24.- Deróganse el artículo 288 del Código Penal y la letra e) del artículo 6º de la ley Nº 12.927, sólo en cuanto se refiere a armas de fuego, explosivos y demás elementos contemplados en la presente ley.
Esta derogación no afectará a los procesos en actual tramitación, ni al cumplimiento de las sentencias dictadas en aplicación de las referidas disposiciones.
Todas las actuales referencias legales a los citados artículos se entenderán también formuladas a los artículos 4°, inciso segundo, y 10 de esta ley.
Disposiciones transitorias
Artículo 1º.- Los actuales tenedores de armas y elementos de la naturaleza de los señalados en el artículo 3º de la presente ley tendrán el plazo de 30 días, a contar de la fecha de vigencia de la presente ley, para hacer entrega de ellos a las Comandancias de Guarnición o a las Comisarías, Tenencias o Retenes de Carabineros.
Transcurrido dicho plazo su tenencia, aun cuando estuviese amparada por la respectiva inscripción, será sancionada de acuerdo con la ley.
Artículo 2º.- Los actuales tenedores de armas y demás elementos cuyo control contempla esta ley que no estén inscritos, tendrán el plazo de 60 días para legitimar su posesión ante las Comandancias de Guarnición o ante las Comisarías, Tenencias o Retenes de Carabineros.
En esta regulación no procederá el examen por el Banco de Pruebas respecto de las armas de fabricación industrial ni de colección.
Transcurrido el plazo de 60 días a que se refiere el inciso primero sin que se hubiere dado cumplimiento a la inscripción y demás requisitos exigidos por la actual reglamentación, los infractores sufrirán las sanciones establecidas en la presente ley.
Artículo 3º.- Mientras se dicta el Reglamento de la presente ley, permanecerá vigente en lo que no se oponga a ella, el Reglamento de Fabricación y Comercio de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Productos Químicos, aprobado por Decreto Supremo Nº 3.144, de 26 de noviembre de 1954.
El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).-
El acuerdo tomado en una sesión anterior es despachar el proyecto en la presente sesión.
Por acuerdo de la Sala, el Diputado informante tiene hasta quince minutos y hasta quince minutos cada Comité.
Ofrezco la palabra.
Tiene la palabra el señor Zaldívar.
El señor ZALDIVAR (don Alberto).-
Señor Presidente, el presente proyecto tiene su origen en una moción del Senador Juan de Dios Carmona, al tratarse en el Senado el proyecto sobre represión de crímenes políticos, presentado por el Gobierno con motivo de la muerte de don Edmundo Pérez Zujovic. En dicho proyecto formuló una indicación con el fin de entregar el control de las armas y la disolución de los grupos armados a las Fuerzas Armadas de Chile y a Carabineros.
Dicho proyecto, después de sus informes, y me refiero a la tramitación en el Senado, porque básicamente la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, aceptó íntegramente por mayoría el proyecto como venía del Senado, fue modificado por una indicación del Ejecutivo contenida en un oficio de 30 de mayo de 1972, por el cual se sustituye el proyecto en la forma de que da cuenta el oficio Nº 492, de 30 de mayo de 1972. En el Senado se tomó como base la indicación del Ejecutivo, y todas las referencias que de él se hacen en el informe, están hechas en relación con dicha indicación del Ejecutivo. En esta forma, el proyecto llegó a la Cámara y fue estudiado por la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, donde, por mayoría de votos, con la exclusión y abstención, en particular, y con el rechazo en general de los colegas señores Acevedo y Tejeda, que formularon opiniones de minoría, fue aprobado íntegramente como venía despachado por el Senado.
El proyecto entrega el control de las armas y elementos similares al Ministerio de Defensa Nacional, a través de la Dirección General de Reclutamiento, la que, para cumplir su función, contará con la cooperación de las comandancias de guarnición, servicios policiales y servicios especiales de las Fuerzas Armadas.
En el proyecto se prohíbe a los particulares tanto la tenencia como la posesión de ametralladoras, metralletas subametralladoras y otras armas automáticas de gran poder destructivo, como también quedan prohibidas la tenencia y posesión de sustancias corrosivas, incendiarias, explosivas y los implementos destinados a su lanzamiento.
También se fijan normas para otro tipo de armas que no sean señaladas, estableciéndose la necesidad de una autorización especial para poder portar, poseer o tener dichas armas y la obligación de inscribirlas en un registro que llevará la Dirección General de Reclutamiento.
Asimismo, en el proyecto se establecen normas para sancionar las figuras delictivas que en él se contemplan, y se establece una tramitación ágil para la sustanciación de estos procesos, eliminándose la apelación en diversos trámites e instancias. Tendrán iniciativa para la denuncia y acción judicial pertinente el Ministro del Interior, Ministro de Defensa, Fiscal de la Corte Suprema, Fiscales de las Cortes de Apelaciones, Intendentes, Prefectos de Carabineros, Alcaldes y Regidores y los Comandantes de Guarnición.
También se establecen normas especiales sobre competencia, y se entrega el conocimiento de estos delitos a los Tribunales Militares, previniéndose el hecho de que por esta competencia especial pudiesen arrastrarse al fuero militar delitos comunes en los cuales hubiese actuaciones con armas diversas.
Por otra parte, en la ley se introducen diversas modificaciones a la Ley de Seguridad Interior del Estado, a fin de dar protección legal frente a los grupos armados no tan sólo al Gobierno constituido, sino a otros Poderes y autoridades del Estado, como el Senado, el Parlamento, los Tribunales Superiores de Justicia, el Contralor General de la República y los Altos Mandos de las Fuerzas Armadas y Carabineros.
Finalmente, se establecen algunas disposiciones transitorias, a fin de regular situaciones que actualmente existen al respecto, 'dándose un plazo para inscribir las armas, y obtener el permiso correspondiente y hacerse por el interesado las peticiones del caso.
También se establecen normas en el proyecto destinadas a dar publicidad a todas estas disposiciones, para que el público se imponga en general de ellas y no incurra, por ignorancia, en los delitos que en la misma ley se sancionan.
Debemos dejar constancia de que la mayoría, al votar favorablemente el proyecto, lo hizo en atención al hecho de que con esta disposición se da realidad a lo dispuesto por el artículo 22 de la Constitución Política del Estado, en cuanto establece que la fuerza pública queda radicada exclusivamente en las Fuerzas Armadas y Carabineros de Chile. A fin de prevenir y terminar con la existencia de grupos armados ilegales y la posesión irregular de armas en poder de particulares, era necesario establecer una disposición legal sobre el particular.
La opinión de los Diputados señores Acevedo y Tejeda, en sustancia, se basó en la circunstancia de que el proyecto no guardaría concordancia con la opinión de los Comandantes en Jefe de las tres ramas de las Fuerzas Armadas, y que, por lo tanto, no estaría dentro del criterio que ellos manifestaron dentro de la Comisión.
Esto es, en general, lo que se establece en este proyecto. Quedo a disposición de ustedes, tanto para la discusión particular del proyecto como de cualquiera otra parte de la discusión, para absolver las consultas del caso.
Nada más, señor Presidente.
El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).-
Ofrezco la palabra.
El señor TEJEDA.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor ARNELLO.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el señor Tejeda; a continuación, el señor Arnello.
El señor TEJEDA.-
Señor Presidente, el Diputado informante hace presente que en la Sala de Comisiones, los representantes del Partido Comunista nos habíamos abstenido en las disposiciones particulares, y habíamos votado en contra, en general, del proyecto.
Nosotros pedimos que quedara especial constancia en el informe - entiendo que así estará hecho - del por qué de esta actitud.
Dejamos establecido que el proyecto que llegó despachado por el Senado no correspondía al proyecto presentado por el Gobierno. Nosotros estamos de acuerdo en que haya un control de armas, pero no estamos de acuerdo en que la acción que emana de esta ley para ejercer ese controlar las armas, quede en manos de cualquiera. Nosotros aceptamos el control del Ejecutivo, el control que le corresponde al Comando de la Guarnición; aceptamos los mismos controles del Ministerio de Defensa Nacional que indica el proyecto del Ejecutivo.
El Ministro de Defensa, en su informe al Senado en el que, prácticamente, formula un proyecto nuevo, en forma de indicación, al que allí había, hizo presente lo siguiente: Se establece que las Fuerzas Armadas podrán apoyar la acción de los servicios policiales en los casos que sea aconsejable tal intervención.
El proyecto del Ministerio de Defensa asigna a las Fuerzas Armadas un papel netamente técnico, de tal manera que su acción en ningún momento puede confundirse con la que corresponde y deben cumplir los servicios policiales. En otros términos, el objetivo secundario de estos institutos, cual es el de coadyuvar en la mantención de la seguridad interior, no sobrepasa en ningún momento la razón de ser de ellos, objetivo primero y fundamental: mantener la soberanía y seguridad exterior de la República.
Por último, agrega el Ministro de Defensa en su informe al Senado: Tanto los Altos Mandos Institucionales, como el Presidente de la República, en su calidad de responsable constitucional de la eficiencia de las Fuerzas Armadas, estiman perjudicial que sean sus integrantes quienes, asumiendo funciones netamente policiales, se les mezcle en la disolución de grupos armados constituidos al margen de la ley. En este aspecto, dado que existe legislación más amplia que la que se propone en la moción, se estima que no es conveniente innovar sobre la materia, pues se corre el grave riesgo de llegar a mezclar a los integrantes de las Fuerzas.
Armadas en problemas de política contingente.
Ahora bien, dentro del proyecto aprobado figuran algunas disposiciones que, en realidad, son francamente peligrosas y vienen a constituir los verdaderos peligros que señalaba el Ministro de Defensa Nacional.
El artículo 18 del proyecto del Ejecutivo, dejaba - como una manera de expresarme - el monopolio de la acción al Poder Ejecutivo, al Ministro del Interior, al Ministro de Defensa Nacional, a los Intendentes, como delegados del Presidente de la República, al Director General de Reclutamiento, que es quien lleva el control, y a los Comandantes de las Guarniciones. Pero, se agregó en el Senado, como titulares de la acción, al Fiscal de la Corte Suprema, a los Fiscales de la Corte de Apelaciones, a los Alcaldes y Regidores de las comunas cabeceras de departamentos. Este artículo puede dar margen -a una persecución política, a una persecución que nadie sabe qué límites puede alcanzar, entregando como titulares, esta acción a los Alcaldes y Regidores de las comunas cabeceras de departamento. Es decir, las Fuerzas Armadas, mejor dicho, los tribunales de justicia militar podrían ser requeridos para actuar por la petición de cualquier Regidor, por la petición de cualquier Alcalde, por la petición de un Prefecto de Carabineros, por la petición del Fiscal de la Corte Suprema y de los Fiscales de las Cortes de Apelaciones. Y como es corriente y es usual que la Cámara, por ejemplo, acuerde oficiar al Fiscal de la Corte Suprema, o a la Corte Suprema, o a los Ministros de la Corte de Apelaciones, para que hagan requerimientos, tendríamos que aquí, diariamente, estaríamos aprobando acuerdos de carácter político, en la Cámara, para darle un carácter político, de persecución política, a esta medida de control de armas, que no debe tenerlo.
El Gobierno es contrario, en forma absoluta, a esta dispersión de la acción. De tal manera que, siendo esto fundamental, hemos hecho una indicación nosotros, en el sentido de que este artículo se reestablezca en la forma como lo había propuesto el Presidente de la República, en el proyecto que envió al Senado el Ministro de Defensa Nacional. Nos parece, sí, que tanto en el proyecto del Gobierno como en el proyecto aprobado por el Senado, hay un error procesal de gravedad, que debe ser corregido.
El señor CERDA; don Eduardo (Presidente en ejercicio).-
¿Me permite, señor Tejeda? El señor Diputado informante le solicita una interrupción, para hacer una aclaración.
El señor TEJEDA.-
Entiendo que no me priva de mi tiempo.
El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).-
No es con cargo a su tiempo.
El señor TEJEDA.-
¿Con cargo al tiempo de quién? ¿Mío?
El señor CERA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).-
Del Diputado informante.
El señor TEJEDA.-
En ese caso, sí.
El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el señor Diputado informante.
El señor ZALDIVAR (don Alberto).-
En realidad, voy a hablar no como informante, sino como Diputado de estos bancos; y muchas gracias por su interrupción.
El señor TEJEDA.-
Con cargo al tiempo de sus bancos.
El señor ZALDIVAR (don Alberto).-
Era para esclarecer uno de los puntos que estaba señalando el colega Tejeda. En realidad, él ha sostenido que la opinión de los altos mandos sería contraria a que esta acción pudiese ser ejercida por otras autoridades que las que señala el proyecto o indicación del Ejecutivo, que, como hemos visto, serían el Ministro de Defensa Nacional, el Ministro del Interior, los Comandantes de Guarniciones y los Intendentes. Se habrían agregado otros, como los Fiscales de las Cortes y, también, los Alcaldes y Regidores de ciertas comunas.
En este punto, quisiera leerle la parte pertinente del informe del Senado en que se transcribe la opinión del Comandante en Jefe del Ejército. El dice: En relación a la acción pública o a la acción limitada respecto de los delitos que se sancionan por el proyecto, hizo presente que, en cuanto al Ejército se refiere, sólo existían Fiscales Militares Letrados en los asientos de División, y que en el resto de las Guarniciones, los Fiscales son Oficiales no letrados. Estimo que establecer la acción pública provocaría un gran número de denuncias, hecho que enervaría la acción de la justicia militar. Por tal razón me parece conveniente que este tipo de procesos se inicie por requerimiento de ciertas autoridades.
De manera que el Comandante en Jefe del Ejército no excluyó la posibilidad del ejercicio de esta acción por parte de otras autoridades, como son el Fiscal de la Corte Suprema, los Fiscales de las Cortes de Apelaciones, los Prefectos de Carabineros y los Fiscales y Regidores de ciertas comunas. Lo que él no quiere, y es lógico, es que sea un delito de acción pública que pueda ser interpuesta por cualquier ciudadano. Y se cumple perfectamente con lo que los Comandos quieren por lo que ha señalado el Senado, por cuanto el ejercicio de dicha acción queda restringido a un número de autoridades reducido, como son las indicadas.
Eso, nada más, quería señalar.
El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).-
Puede continuar el señor Tejeda.
El señor TEJEDA.-
Señor Presidente, me da la impresión de que el señor Zaldívar amaneció con el micrófono un poco débil, porque se escuchó muy poco aquí.
En todo caso, me formé...
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).-
Señores Diputados, les ruego guardar silencio y tomar asiento.
El señor PHILLIPS.-
¿Por qué no le llevan este medio litro de leche al profesor Tejeda?
El señor TEJEDA.-
Señor Presidente, en todo caso, me formé la impresión de que pretende que el Ministro de Defensa Nacional acepta esta dispersión de la acción.
Pero la verdad de las cosas es que el informe dice lo contrario, señalando las ventajas del proyecto del Ejecutivo sobre el proyecto presentado por el señor Carmona. En este aspecto, el proyecto del Gobierno, no el aprobado, dice que se ciñe estrictamente a las disposiciones constitucionales en cuanto a la mantención del monopolio del Ejecutivo en materia de denuncia y requerimiento de la acción judicial por la comisión de esta clase de delitos. Es decir, habría, en cierto modo, una intervención indebida en el manejo que las Fuerzas Armadas pueden hacer respecto de este control, si hay un disperso número de personas que pudieren intervenir y manejar esta acción.
En seguida, en el artículo 19, letra b), que era el que estaba analizando cuando fui interrumpido por el señor Zaldívar, se establece lo que, a mi juicio, es un error grave de carácter procesal. En todo caso, es un sistema que no corresponde a la forma en que se tramitan los juicios. Dice: Las encargatorias de reos y las resoluciones que nieguen lugar a la libertad provisional no podrán ser objeto del recurso de apelación. Lo normal es que se pueda apelar de las encargatorias de reo en cualquier clase de juicio. En el Código de Justicia Militar había una disposición parecida, que posteriormente fue reformada, estableciéndose que la encargatoria de reo es siempre apelable. Pero el Código de Justicia Militar había expresamente establecido que en estos casos se puede recurrir de amparo. Había reemplazado la apelación del auto de reo por el recurso de amparo.
¿Qué va a ocurrir si se mantiene esta disposición? Va a ocurrir que los tribunales van a estar recargados de recursos de amparo y de recursos de quejas, porque se niega lugar a la apelación. De tal manera que cualquier ciudadano puede ser sometido a proceso, y si no tiene, en un momento determinado, a quien recurrir, no puede apelar. Y como esto sale del procedimiento común y ordinario, va a deducir apelación, que no se la van a conceder. Si no tiene un abogado que conozca este procedimiento especial, se encontrará amarrado hasta que el proceso termine. Esto mismo ocurre con respecto a la libertad provisional. En el procedimiento ordinario, el problema de la libertad provisional de los procesados o simplementes sindicados como autores de los delitos imputados, se singulariza porque se puede recurrir de apelación. A mí me parece que este recurso de apelación es indispensable, porque ésa es la norma legal, la que corresponde en qualquier estado de Derecho.
El error, contenido en los dos proyectos, se basa en una disposición aparecida en el Código de Justicia Militar antes de una reforma que despachamos en la Comisión de Constitución, precepto que no sé si está ya en vigencia o qué trámite siguió ulteriormente; pero que se originó en una indicación del ex Ministro de la Corte Marcial, señor Astroza. Estimo que es bastante perjudicial el mantener esta disposición.
Por eso y no obstante que en los demás artículos nos vamos a abstener, porque no estamos de acuerdo con este proyecto, sino con el que presentó el Ejecutivo, hemos formulado indicación para suprimir esta disposición de la letra b) del artículo 19.
Hemos expuesto ya, muy claramente, que los Diputados de estos bancos vamos a votar favorablemente el proyecto en general, a fin de que se legisle sobre esta materia; pero vamos a rechazar en particular todos los artículos, salvo aquellas disposiciones que hemos presentado como indicaciones al proyecto.
Nada más.
El señor ARNELLO.-
Pido la palabra.
El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ARNELLO.-
Señor Presidente, los Diputados nacionales vamos a aprobar este proyecto, que tiende a ordenar, de manera más eficaz y de acuerdo con el espíritu de nuestra Constitución, la necesidad de que en Chile, no existan grupos armados al margen de las Fuerzas Armadas y de la fuerza pública; además, tiende a impedir que por la vía del aprovechamiento de las franquicias que existen hoy día, los particulares, abusando del espíritu de nuestro ordenamiento constitucional, puedan crear grupos armados y que éstos también prosperen por incumplimiento, por parte de las autoridades políticas, de las normas que establecen las leyes vigentes en Chile.
El Diputado señor Tejeda criticaba la disposición aprobada en el artículo 18, señalando, precisamente, la amplitud que ella tenía y cómo venía a poner término al virtual monopolio que, hoy día, tienen las autoridades políticas del Ejecutivo para movilizar o activar la Ley de Seguridad Interior del Estado cuando existen bandas o grupos armados, o existe este tipo de amenazas o de peligros en manos de determinadas personas o sectores de personas.
La verdad es que la disposición del artículo 18 viene a entregar, yo diría, a personas y entidades responsables del país, la posibilidad de que se supere la vinculación política, la connivencia política o una eventual complicidad política, y que determinados funcionarios y determinados tribunales tengan la necesidad de entrar a ver qué existe de verdad en las denuncias que formulen las autoridades que se indican en este artículo aprobado por el Senado.
Se mantiene la atribución del Ministro del Interior; se mantiene la de los Intendentes; se le amplía al Ministro de Defensa Nacional, a los Fiscales de la Corte Suprema y de las Cortes de Apelaciones, a los Comandantes de Guarnición, al Director General de Reclutamiento, a quien se le entrega, por este proyecto de ley, el control de .las armas; a los Prefectos de Carabineros, que son los que, por sus funciones policiales en todos los departamentos y comunas de nuestro país, según la distribución que los corresponda, vienen a conocer, antes que nadie y en su verdadera magnitud, las amenazas que existen para la paz social y para el orden público, por la existencia de personas que tengan en sus manos estas armas.
La aseveración de que la incorporación de alcaldes y regidores de las comunas cabeceras de departamento pueden permitir un tipo de denuncia política aventurada, un tipo de denuncia hecha con el único objeto de perseguir a personas de distintas corrientes políticas; o realizar, eventualmente, denuncias absolutamente infundadas, aparece desvirtuada por el inciso segundo de la misma disposición, en virtud del cual se obliga a que estas denuncias - las de alcaldes y regidores de las comunas cabeceras de departamentos - tengan que hacerse por escrito y bajo su firma, es decir, asumiendo el denunciante la plena responsabilidad por el delito de calumnia que pudiera ir envuelto en la denuncia o por los delitos de injurias, también involucrados en la misma.
Por ello, la amplitud que se le otorga a este artículo no pretende otra cosa que hacer verdaderamente eficaz la posibilidad de fiscalizar la tenencia ilegal de armas por parte de personas, o de grupos de personas, o por organizaciones constituidas con el objeto, precisamente, de ejercer un tipo de acción y de presión que nuestro ordenamiento repudia. Esa amplitud viene a hacer más eficaz la dictación de esta misma ley y a hacerla menos teórica; menos, diría yo, inoperante.
En cambio, hay algunas disposiciones que, a mi juicio, habría sido aconsejable que el Senado las hubiera analizado, porque se evitaría la dilación de la aprobación de la ley y, también, el que cierto tipo de resoluciones que contiene la ley pudiera quedar sin la eficacia que se pretende. Por eso, presentamos una cantidad de indicaciones en la Cámara; y el hecho de que los Diputados de la Unidad Popular han presentado también indicaciones a este proyecto y no hayan esperado la oportunidad de proponer sus modificaciones o puntos de vista en el veto, nos ha hecho reiterar las nuestras ante la Mesa para, por lo menos, discutir cada uno de sus alcances y ver, en consecuencia, si en la Corporación, o, eventualmente, en el Ejecutivo, existe ánimo para incluir algunas de estas proposiciones de indicaciones.
Por ejemplo, a nuestro juicio, es ineficaz pretender que una persona, para comprar un arma de las que no son prohibidas, requiera previamente la autorización de la Dirección de Reclutamiento. Creo que no eficaz esa exigencia, porque, por ejemplo, quien desee comprar una escopeta o una pistola o un revólver y tenga que someterse a todos los trámites de una autorización previa en la Dirección de Reclutamiento, podría sentirse incitado a no efectuar estos trámites y a adquirirlos en forma clandestina, con lo cual se contraviene el espíritu de la ley de que todas las armas permitidas estén debidamente registradas y controladas por la autoridad que ella señala.
Estimamos también - y así lo hemos planteado en un artículo transitorio - que es ineficaz la prohibición de tenencia de determinadas categorías de armas que la ley indica, sin que se señale a la persona que las tiene, en circunstancias que, hoy día, no existe prohibición alguna para tenerlas; y el precepto de que debe entregarlas a la Guarnición respectiva, sin que exista retribución o adquisición de ellas por parte de la misma autoridad.
Para que la ley sea verdaderamente eficaz, para que nadie caiga en la tentación de ocultar las armas o de venderlas en un eventual mercado negro, es preciso establecer que, al hacer entrega de las armas prohibidas, reciba el valor correspondiente a esas armas por parte del Estado, en cuyo nombre el Ejército las custodiará.
Creemos también que hay ciertas omisiones en las sanciones que se establecen; por ejemplo, al sancionar a quienes fabriquen armas o las importen, no se sanciona a quienes realicen o efectúen instalaciones destinadas a producirlas. Porque la verdad es que esa omisión - todos los que conocemos el carácter restrictivo de las normas penales lo sabemos - dejaría a estas personas fuera de las sanciones que la ley establece.
Por último, al margen de otras proposiciones de detalle, creemos que quienes organicen, inciten o induzcan a crear; quienes pertenezcan, financien, doten o instruyan milicias privadas, grupos de combate o partidas militarmente organizadas, armadas con cualquiera de los elementos indicados en esta ley, deben ser sancionados, pero mediante una redacción más acorde con la finalidad que la ley persigue al dictarse, de modo que no se puedan rehuir o eludir, por parte de ninguno de los sectores que, actualmente, están realizando este tipo de labores, las sanciones que se pretende establecer en la ley.
Consideramos que esta iniciativa debe ser aprobada por el Congreso Nacional en su discusión en general y que merece también ser despachada en particular, a fin de que sea una realidad cuanto antes; porque en la misma medida en que vemos que hay declaraciones públicas de todos los sectores políticos y de las autoridades de Gobierno tendientes a señalar la peligrosidad que reviste para el país, para el orden público y para la paz social la existencia de ciertos grupos armados, observamos cómo se colocan dificultades, por otra parte contradictorias, al, despacho de normas destinadas a que la ley resulte realmente eficaz.
Insisto en que es absolutamente indispensable que la facultad de denunciar estos hechos no esté restringida a los personeros políticos del Ejecutivo, sino que se entregue a quienes tienen a su cargo funciones de resguardo nacional, como son los Comandantes de Guarnición, los Prefectos de Carabineros, los Fiscales de las Cortes de Justicia y los que tienen la representación social de su comunidad, como son, básicamente, en su comuna, los alcaldes y regidores, quienes deben proceder con la responsabilidad debida, ya que pueden ser sancionados por el carácter calumnioso o injurioso que tuviere su respectiva denuncia.
Nada más.
El señor MERINO.-
Pido la palabra.
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Merino.
El señor MERINO.-
Señor Presidente, en el poco tiempo de que disponen los Comités, debo manifestar que en atención a las razones que abonan la aprobación de este proyecto y que han sido expuestas ya por los colegas que expresaron su opinión, los Diputados democratacristianos vamos a votarlo favorablemente.
Creo conveniente decir que este proyecto es una contribución que el Partido Demócrata Cristiano hace al Gobierno y al país, puesto que le está dando, los elementos necesarios para contribuir a mantener la paz social, que al Gobierno tanto le interesa mantener.
Estas disposiciones legales llenan importantes vacíos de la ley. Y nosotros sabemos, porque así lo ha dicho Su Excelencia el Presidente de la República, que él quiere que durante su Gobierno puedan hacerse, puedan obtenerse las conquistas sociales sin que haya derramamientos de sangre.
En estos últimos días, hemos conocido dolorosos sucesos en los que chilenos han asesinado a chilenos. Desgraciadamente, las más de las veces, los asesinados han sido obreros. La culpa no es de ellos. Esto ocurre porque detrás de los protagonistas hay grupos armados de distintas tendencias, que tienen interés en producir en el país este enfrentamiento, que esconden cobardemente la mano y se valen, precisamente, de la necesidad de los obreros, de los pobres de Chile, para lanzarlos unos en contra de otros.
Nosotros estamos en contra de la violencia, venga de donde viniere; y, por eso, creemos que ésta es una arma eficaz para que el Gobierno pueda eliminar y pueda perseguir, con el aval de las Fuerzas Armadas - que a todos nos merecen plena fe - la existencia de grupos armados, de grupos violentistas, sean, como digo, del lado que fueren.
Se han dado argumentos, y puede que se tenga cierta razón, sobre algunos vacíos que tendría el proyecto. Es cierto. Como toda obra humana, puede tener defectos. Pero nosotros creemos que la urgencia de los instantes que estamos viviendo hace necesaria su aprobación, a pesar de esos vacíos. Ya se podrá, más adelante, incluso a través del veto del Ejecutivo, ver el modo de hacerlo más perfecto. Cuanto antes existan estas disposiciones, creo que más pronto los chilenos tendrán cierta tranquilidad, puesto que todos van a ver disminuidas las posibilidades de enfrentamientos armados.
Ahora bien, las Fuerzas Armadas no son contrarias a este proyecto. Muy bien lo ha dicho el colega Zaldívar. Ellas lo que no quieren es participar en la disolución de los grupos armados, porque estiman que eso no les corresponde. Pero, sí estiman que tienen competencia, que deben participar en la investigación de la existencia de armas. Y así lo dijo muy claramente el señor Comandante en Jefe del Ejército, quien, en el Senado, al ser interrogado sobre el particular, expresó que incluso habían colaborado en la redacción del proyecto del Ejecutivo, puesto que es necesario recoger las armas peligrosas que estén en poder de particulares. Vale decir que también el Ejército está conteste en la necesidad de que exista cuanto antes este cuerpo legal.
Por estas razones, y para no atrasar la discusión del proyecto, y considerando que los Diputados de los bancos comunistas han expresado su opinión favorable a la idea de legislar, pedimos a la Cámara que no se le introduzcan modificaciones, sin perjuicio de la facultad que el Ejecutivo tiene de hacerlas a través del veto para perfeccionarlo. Los Diputados de estos bancos votaremos el proyecto en la forma como el Senado lo ha despachado.
Nada más.
El señor BUZETA.-
Pido la palabra.
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Buzeta.
El señor BUZETA.-
Señor Presidente, en el curso del debate vamos llegando poco a poco a la conclusión de que el proyecto adolece de muchos vacíos, como lo han reconocido sus propios autores.
En este país ha existido siempre el prurito de creer que todas las cosas se arreglan por medio de leyes, y este mismo proyecto es una prueba de ello. ¿Cómo vamos a legislar sobre algo en lo cual, quizás, ni las mismas Fuerzas Armadas, que van a tener que participar posteriormente en la dictación del reglamento para aplicar esta ley, no concuerdan con la idea de legislar en esta forma? Por lo demás, me parece peligroso, y nos parece peligroso, dar a las Fuerzas Armadas un papel que hasta ahora no han tenido, como es el policial que, quiérase o no, van a tener que ejercer a través de esta ley. Es peligroso, también, por el prestigio que tienen las Fuerzas Armadas de haberse mantenido siempre al margen de toda contingencia, de toda contienda política. Sin embargo, ahora, nosotros, los políticos, que queremos mantenerlas al margen de ella, vamos a hacerlas participar en este debate, llamémoslo así, desgraciadamente demasiado violenta que existe ahora en Chile.
Por eso, los Diputados de estos bancos, después de escuchar los planteamientos que se han hecho, vamos a abstenernos en la idea de legislar al respecto. Y vamos a abstenernos, además, porque creemos - y no es solamente una opinión, puesto que del debate se ha desprendido - que quienes van a estar a cargo de la aplicación de esta ley no están conformes con el texto completo que se ha presentado. Tanto es así que los mismos autores – repito - han reconocido que tiene muchos defectos y vacíos y esperan que el Ejecutivo los corrija, cuando el Ejecutivo no concuerda con la mayoría de los artículos. Es decir, ante la opinión pública queremos dar la sensación de que vamos a superar el problema de la violencia cuando nosotros mismos tenemos que reconocer que éste es un proyecto sólo para dar la imagen de que queremos superar algo, pues sabemos que mientras no haya intención de todos los sectores políticos no se va a superar, porque no podemos tener a todos los elementos de las Fuerzas Armadas buscando pistolas, metralletas o lo que sea casa por casa. Vamos a hacerlas jugar el papel odioso que creo que ningún chileno desea en este momento para ellas.
Señor Presidente, me ha solicitado una interrupción el señor Giannini.
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
Puede hacer uso de la interrupción el Diputado señor Giannini.
El señor GIANNINI.-
Muchas gracias.
Señor Presidente, agregando algunas consideraciones a lo manifestado por el Diputado señor Buzeta, yo quisiera hacer presente que la legislación que se propone en este proyecto - y como lo han reconocido los parlamentarios del Partido al cual pertenece el Senador que lo presentó - adolece de vacíos y defectos que pasan a ser graves si se tiene en consideración la materia a la que se refiere.
Yo quisiera destacar que en el propio informe se dice en la página Nº 3, párrafo segundo: Durante el debate habido en la Comisión, que fue muy breve,... que fue muy breve. Y, en seguida, se hace presente que el proyecto ha sido aprobado en los mismos términos en que fuera despachado por el Senado.
Pongo énfasis en estas dos circunstancias: la breve discusión habida en la Comisión de Legislación y Justicia, en primer lugar, y, en segundo término que ha sido despachado en los mismos términos en que lo hiciera el Senado.
Ahora bien, ¿cuál fue la opinión de las Fuerzas Armadas, que se llaman a intervenir en este proyecto? ¿Cuál fue la opinión de las Fuerzas Armadas dada en la Comisión de Legislación y Justicia por los diversos jefes militares que concurrieron a ella y por la asesoría, más o menos permanente, que prestó- en la Comisión el abogado del Ministerio de Defensa? Fue contraria, en general, a las ideas que se han mantenido en el proyecto, por varias razones que se expresaron latamente en esa oportunidad y que, desgraciadamente, no se consignan en el informe de la Comisión con el detalle que debieran tener,, para que los parlamentarios que hoy van a votar tuvieran todos los elementos de juicio a la vista.
Se hizo presente por el Ministerio de Defensa y por las Fuerzas Armadas una serie de observaciones, de las cuales algunas fueron tomadas en cuenta; muchas fueron tomadas en cuenta en el Senado, pero otras no se consideraron pese a que, fundamentalmente, miran a este intento de hacer intervenir a las Fuerzas Armadas en una actividad que puede llevarlas a enjuiciamientos políticos, cosa que las Fuerzas Armadas no desean ni quieren.
Sabemos - se ha repetido mucho, y creemos firmemente en ello - que contamos en Chile con Fuerzas Armadas profesionales, conscientes de su papel profesional. Peligroso resulta, entonces, y así lo entienden las propias Fuerzas Armadas este proyecto, que no innova mayormente en otras materias, porque la verdad es que, a lo más, puede sustituir o perfeccionar disposiciones existentes, pero ya las Fuerzas Armadas tenían el control sobre las armas. O sea, sobre esto no se introduce una novedad. A lo más, vuelvo a' repetir, se enfatizan algunos aspectos. Pero, sí, lo que es novedoso es que se hace intervenir a las Fuerzas Armadas en un aspecto nuevo, dándoles un cierto poder de juzgamiento político, lo que resulta evidentemente peligroso para nosotros que no somos fuerzas armadas, sin considerar que las propias Fuerzas Armadas así lo han manifestado en la Comisión.
Yo habría deseado que se hubieran tenido a la vista aquí los diferentes informes entregados por las Fuerzas Armadas, donde son enfáticas, donde son claras y categóricas al manifestar que no es el deseo de las Fuerzas Armadas entrar en terreno, porque resulta peligroso, vuelvo a decir, para la labor que permanentemente han desarrollado.
Por otra parte, otro tipo de disposiciones como las contenidas en el Título III, que se refieren a la jurisdicción, competencia y procedimiento, también adolecen de defectos que fueron observados en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia.
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
¿Me permite, señor Diputado?
El Diputado señor Zaldívar le solicita una interrupción. ¿Se la concede Su Señoría?
El señor GIANNINI.-
Tengo entendido que reglamentariamente no se la puedo conceder, porque estoy haciendo uso de una interrupción.
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
Tiene razón su Señoría. Puede continuar.
El señor GIANNINI.-
Si no, lo haría con él mayor gusto.
El señor AVECEDO.-
No se dijo nada; no se condicionó.
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
Está haciendo uso de una interrupción el señor Diputado.
Puede continuar el señor Gianinni.
El señor GIANNINI.-
Digo, señor Presidente, que las disposiciones del Título III también adolecen de defectos que fueron observados en la Comisión y que, fundamentalmente, se refieren a una falta de precisión en la delimitación de la jurisdicción, ya que por efecto de la atracción del fuero puedan llegar a ser conocidos por la justicia militar asuntos que, naturalmente, no son de índole especializado, de tal manera que no deberían ser conocidos por estos tribunales. Esta parte, no obstante las modificaciones hechas en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia del Senado siguen presentando vacíos que son serios.
Y en esta materia discrepo absolutamente de la opinión que ha dado el Diputado señor Sergio Merino. Creo que en proyectos de esta naturaleza no se puede actuar con tanta ligereza; quizás en otros proyectos sí. Ayer vimos uno sobre los orujos y el aguardiente. Es posible que en esa materia se pueda despachar un proyecto sin tanta precisión o dejándole algunos vacíos; pero cuando se trata de un proyecto de control de armas, cuando se trata de un proyecto a través del cual se llama a intervenir a las Fuerzas Armadas, en aspectos y materias en que, digámoslo con énfasis, hasta ahora no habían intervenido, cuando se modifican reglas de procedimiento y jurisdicción, cuando es la Justicia Militar la que se va a modificar en sus procedimientos y actuaciones, cuando se trata de una materia de esta importancia, creo realmente y lo digo con toda claridad esta tarde, que no es serio de parte del Parlamento despachar disposiciones para que, más adelante, sean modificadas o perfeccionadas. Insisto en que materias de esta importancia sólo cabe votarlas cuando hay plena conciencia del beneficio de las disposiciones que uno está votando, cuando cada parlamentario tiene plena conciencia de lo que realmente está sometido a modificación, cuando entiende en qué medida las disposiciones del proyecto están modificando la legislación en vigencia.
Y yo no quisiera ampararme en la presunción del conocimiento de la ley; pero estoy cierto de que pocos parlamentarios en estos momentos en la Sala conocen con tanta precisión la legislación modificada, de tal manera que pudieran tener una conciencia clara de hasta qué punto están introduciendo modificaciones en nuestra legislación.
Entiendo que el informe no es breve ni lacónico por fallas de la Secretaría de la Comisión, porque todos sabemos lo acucioso que es todo nuestro personal de la Cámara, sino porque es el reflejo de la discusión habida en la Comisión. Y si es breve y lacónico el informe es porque fue breve y lacónica su discusión en la Comisión. Porque se dice si no me equivoco, en la página tres, que la discusión particular fue breve y creo que en un proyecto de esta importancia no nos podemos dar el lujo de actuar de esa manera.
Por eso, insisto en el anuncio hecho por el Diputado señor Fernando Buzeta. Creo que en honor a la seriedad que debemos mantener en el despacho de estas materias, porque siguen en vigencia las observaciones hechas por las Fuerzas Armadas en la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado, porque las observaciones hechas allí rigen para este proyecto, porque no fueron modificadas en lo sustancial, porque los defectos observados en él se mantienen, porque los vacíos que presenta son graves, porque este proyecto no está en condiciones de ser despachado sin un estudio más acabado, por estas razones, señor Presidente, sin estar en contra de un perfeccionamiento en el sistema de control y tenencia de armas, que estamos de acuerdo que se perfeccione, pero porque este proyecto no presenta las condiciones de seriedad requeridas es que nuestros votos, como lo ha anunciado el colega Buzeta, van a ser de abstención.
Muchas gracias.
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor Zaldívar.
El señor ZALDIVAR (don Alberto).-
Señor Presidente, quiero manifestar que me extrañan las expresiones del Diputado señor Giannini, ya que en la Comisión el proyecto fue estudiado con detención, y en ella los Diputados comunistas votaron en general en contra, pero ahí tuvimos todos los antecedentes, especialmente el informe de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia del Senado donde constan todas las opiniones y fundamentos del proyecto. Y ahora vemos cómo en la Sala han variado su posición y van a votar favorablemente sólo en general el proyecto.
El señor TEJEDA.-
Pero no por esa razón.
El señor ZALDIVAR (don Alberto).-
Por eso que llama la atención que el Diputado señor Giannini anuncie la abstención, junto con el señor Buzeta, de su votación en este proyecto de ley.
Pero él ha hecho algunas afirmaciones que realmente no tienen base alguna. En primer lugar, he dejado yo en pie, al informar, que este proyecto tiene por base la indicación del Ejecutivo y que a él se le introdujeron algunas modificaciones por el Senado, pero la sustancia en un 90 por ciento del proyecto es la indicación formulada por el Presidente de la República y el Ministro de Defensa Nacional en el Senado y con la conformidad de los Altos Mandos del Ejército. Así dice el señor Comandante en Jefe del Ejército, que él ha variado su opinión en materia de grupos armados de noviembre a la fecha, la fecha entendámosla al 30 de mayo, mes en que se mandó el oficio porque en noviembre, cuando hizo declaraciones a los periodistas refiriéndose a los grupos armados, estimó que eran materia de carácter policial, pero la dinámica propia del desarrollo de los procesos hace que hoy día estos grupos armados tengan verdadera peligrosidad. Esta afirmación está en la página 12 del informe del Senado.
Además, sostiene que se advierte en los dos extremos, la ultra izquierda y la ultraderecha, una incipiente organización paramilitar, hecho que se ha visto agravado por el incremento del contrabando de armas al país. Y agrega, más adelante: Que el Ministerio de Defensa Nacional, por intermedio de la Dirección General de Reclutamiento y de las Comandancias de Guarnición, ejerce el control de las armas legítimamente internadas al país. Al no existir ninguna disposición, fuera de las propias de la legislación aduanera, que permite ejercer un control de las internadas ilegalmente, las Fuerzas Armadas no han podido actuar en los casos en que se ha detectado, tal tipo de actos.
Yo digo, cuando se introduce una plaga, sea ésta vegetal, sea de aquellas que van a dañar los animales en este país o una plaga de tipo virulento, ¿no se vacuna la población? ¿No se toman las medidas con urgencia? ¿Y si nos encontramos con una plaga como la violencia, que puede hacer morir violentamente a la gente, cuando el Ejército está haciendo presente la necesidad de legislar sobre la materia, vamos a ponernos nosotros en una posición de obstaculizar una legislación que viene a prevenir, precisamente, y a salvaguardar la paz social y la vida humana? Realmente, me parece una inconsecuencia enorme lo señalado por la Izquierda Cristiana en esta Sala.
Además, quiero señalar que los tres Comandantes en Jefe han estado de acuerdo con la iniciativa y en que el proyecto del Ejecutivo puede ser mejorado. Por lo tanto, no hay ninguna contraposición entre lo que opina el Ejército y lo que ha resuelto el Senado. Esto quiero dejarlo muy claramente establecido, porque así consta en documentos oficiales.
Por otra parte, si nosotros examinamos el proyecto aprobado, éste guarda íntima relación con la iniciativa del Ejecutivo. Sólo existen algunas modificaciones formales y de ordenación y, únicamente en el artículo 8°, que es el que se refiere a la penalidad que se establece para las organizaciones de tipo paramilitar, es donde hay un concepto nuevo introducido en el proyecto, que no consta en la iniciativa del Gobierno.
Por lo tanto, eso cabe en lo mismo que señala el Comandante en Jefe, porque él indica que en el proyecto del Ejecutivo están implícitamente - lo dice en la página catorce del informe del Senado - normas que facultan a las Fuerzas Armadas, a requerimiento de la autoridad competente y por mandato judicial, para proceder contra dichos grupos a desarmarlos. Por lo tanto, lo que se ha hecho en el proyecto es explicitar lo que estaba implícito en la indicación del Ejecutivo, de manera que quede reglamentado y establecido dentro de la legislación que estamos aprobando.
Por lo tanto, realmente, este proyecto, junto con ser absolutamente necesario, viene a señalar al país la conveniencia de que se actúe con prontitud en esta materia. Aún queda el trámite de su perfeccionamiento y no hay tales vacíos ni tales imperfecciones. Se ha señalado una: la falta de apelación respecto a la encargatoria de reo frente a estos procesos. Esa es una materia que está tipificada en el mismo proyecto del Ejecutivo. Por lo tanto, no existen vacíos; la legislación es muy completa y queda aún el trámite del veto en esta materia.
Cedo una interrupción al DiputadoMerino que me la ha solicitado.
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
Puede hacer uso de la interrupción el Diputado señor Merino.
El señor MERINO.-
Señor Presidente, quiero contestar dos o tres cosas que ha dicho el señor Giannini.
Primero, se ha referido a la brevedad del debate. La brevedad del debate no significa, en absoluto, que no se haya estudiado el proyecto. El proyecto fue discutido concienzudamente por los señores Diputados que asistieron a la Comisión, incluso, por gente que no era de la Comisión misma; y si el debate no fue más prolongado fue porque se invitó, en dos oportunidades, a los señores Ministros del Interior y de Defensa Nacional, y a los señores Comandantes de las Fuerzas Armadas, quienes, por razones de su alto cargo, en esas oportunidades no pudieron asistir. De tal manera que eso habría alargado el debate, al escucharlos a ellos; pero no habría significado un estudio más concienzudo, porque sus opiniones están vertidas en el proyecto y en los antecedentes que la Comisión tuvo a la vista al resolver.
En seguida, señor Presidente, creo conveniente hacer presente también que la Izquierda Cristiana, todas las veces - o muchas veces - cuando se tratan proyectos que a ellos nos les conviene, o no quieren que se aprueben, vienen aquí, a la Sala, a hacer críticas pero no concurren a las Comisiones. Cuando se asiste a la Sala es muy fácil criticar, pero es muy fácil también eludir la responsabilidad que a todo Diputado le cabe de asistir a las Comisiones; porque aun cuando no sean miembros de ellas tienen el derecho de asistir a hacer la defensa de los proyectos o a presentar las objeciones del caso. Pero es muy fácil y muy cómodo asistir a la Sala donde hay público y ponerse a criticar, en desmedro de los Diputados que nos sacrificamos asistiendo a todas las sesiones de la Comisión y aportando los modestos y escasos conocimientos que tenemos.
Por eso, me parece que esta es una manera de eludir la responsabilidad que tienen los señores Diputados de la Izquierda Cristiana - y repito de nuevo - la de venir a criticar a la Sala, sin haber asistido a la Comisión, como pudieron y debieron haberlo hecho. La circunstancias de que no sean miembros de la Comisión no les inhibe de poder participar y hacer indicaciones en ella. Y, en definitiva, ellos dicen que se van a abstener en la votación del proyecto, y lo están obstruyendo. ¿Por qué mejor no dicen que no quieren que se legisle sobre los grupos armados? Yo creo que eso es mucho más serio; y no venir a hacer obstrucción, sin ningún antecedente serio que la Cámara pueda tomar en cuenta.
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
Puede continuar el Diputado señor Zaldívar.
¿Ha terminado Su Señoría?
El señor ZALDIVAR (don Alberto).-
Sí, señor Presidente.
El señor GIANNINI.-
Pido la palabra.
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
Puede hacer uso de la palabra Su Señoría.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
¡Diputado señor Palestro!
El señor GIANNINI.-
Señor Presidente, las opiniones sobre este proyecto ya las había manifestado; sin embargo, la intervención que acaba de hacer el señor Merino me obliga a hacer algunas aclaraciones.
En primer lugar, el señor Merino debiera saber que reglamentariamente y por buen gusto está prohibido suponer intenciones, y él supone de las palabras nuestras que no nos conviene el proyecto. Creo que seriamente no puede sostener eso; estamos dando opiniones serias sobre un proyecto en debate y nadie puede argumentar ni aquí en la Cámara ni en ninguna parte, que nos interesa mantener armamento, porque no lo tenemos. Eso es sabido. Es una suposición de intenciones que yo rechazo enérgicamente.
En segundo lugar, hace una imputación que, aparte de ser falsa e injusta, me obliga, de nuevo, a recordar un hecho que he recordado varias veces y no me cansaré de hacerlo, porque constituye una flagrante violación a la Constitución Política del Estado y al Reglamento cometido por la mayoría de esta Cámara. El señor Merino sabe perfectamente que los Diputados de la Izquierda Cristiana nunca dejamos de asistir a las Comisiones, fuimos miembros activos de ellas y participamos con seriedad y responsabilidad, y que hemos dejado de asistir porque un acuerdo mayoritario de la Cámara determinó que no podíamos ser miembros de ellas. En estas condiciones creo que es bastante inconsecuente y falso imputarnos no asistencia a las Comisiones. Efectivamente, no hemos asistido a la Comisión, porque no podemos concurrir a un lugar adonde se nos ha impedido, por la mayoría, que asistamos para dar nuestras opiniones, fundarlas, hacer presente nuestro modo de pensar, votando. Lo hacemos...
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
Señores Diputados, ruego a Sus Señorías guardar silencio.
El señor GIANNINI.-
...lo hacemos en la Sala...
El señor CLAVEL.-
¡Está equivocado!
El señor GIANNINI.-
...en donde podemos votar.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor GIANNINI.-
Perdón, si quiere alguna interrupción, se la doy.
El señor CLAVEL.-
Se la pido, colega.
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
señor DiputadoGiannini, el señor Clavel le solicita una interrupción. ¿La concede, señor Diputado?
El señor GIANNINI.-
Sí, señor Presidente.
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
Puede hacer uso de la interrupción Su Señoría.
El señor CLAVEL.-
Yo creo que el colega Giannini está haciendo afirmaciones que no corresponden a la realidad ni a lo que establece el Reglamento.
En primer lugar, todos los Diputados pueden asistir a todas las Comisiones, libremente, con derecho a emitir sus opiniones.
Varios señores DIPUTADOS.-
Pero no a votar.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor CLAVEL.-
Colegas, esto nos interesa a todos.
El señor PALESTRO.-
A todos nos interesa.
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
Perdón, señor Clavel. Ha terminado el tiempo del Comité de la Izquierda Cristiana.
El señor CLAVEL.-
Pido la palabra.
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
Puede hacer uso de la palabra Su Señoría.
El señor CLAVEL.-
Señor Presidente, el colega Giannini ha manifestado que se ha prohibido la concurrencia a las Comisiones a ciertos sectores de la Cámara.
En primer lugar, y lo digo derechamente, yo no habría aceptado ni tampoco mi Partido, la Izquierda Radical, un procedimiento de esta especie.
El señor BUZETA.-
Fue así.
El señor CLAVEL.-
No ha variado la integración que corresponde a cada partido en las respectivas Comisiones.
Nosotros no tenemos representación en una Comisión de gran importancia, como es la de Hacienda. ¿Por qué, señor Presidente? Porque cuando nos retiramos del Partido Radical del CEN, por las razones que el país conoce, no teníamos ningún Diputado en esa Comisión. En cambio, el Partido Radical del CEN tiene Diputados pero a nosotros jamás se nos habría ocurrido censurar a un representante de ese Partido en el seno de la Comisión de Hacienda.
Creo que el colega Giannini está confundiendo o ha tratado de confundir, con el hecho de haber pedido algunos partidos, entre ellos el de Izquierda Radical, ciertas presidencias dentro de las Comisiones. Efectivamente, así ha sido. Ahí hemos actuado; pero jamás lo hemos hecho para quitarle representación a ningún partido político de la Cámara que tenían tiempo atrás representantes en las Comisiones.
En consecuencia, creo que necesitaríamos una aclaración de parte del señor Giannini, a quien conozco como un hombre de bien pues estimo que sus palabras no han sido bastante claras.
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
señor Clavel, el DiputadoDiputado señor Giannini le solicitó oportunamente una interrupción. ¿La concede Su Señoría?
El señor CLAVEL.-
Con todo agrado.
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
Su Señoría puede hacer uso de la interrupción, pero la Mesa le ruega se sirva referirse a la materia en debate.
El señor GIANNINI.-
Señor Presidente, no quiero abusar de la interrupción y, por lo tanto, sólo voy a terminar o redondear la idea que había expresado.
Sobre lo que suscitó la intervención del señor Clavel, únicamente quiero decir una cosa muy clara. No tenemos derecho, como miembros, de asistir a las Comisiones y, por lo tanto, carecemos de derecho a voto. No es extraño, entonces, que tengamos que dar nuestra opinión aquí en la Sala respecto de algo que no votamos ni defendimos en la Comisión.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
¡ Señor Buzeta!
¡Señor Valenzuela!
El señor GIANNINI.-
La situación del Partido Izquierda Radical es bastante distinta.
En todo caso, quiero precisar al señor Merino una cosa muy breve. Cuando me he referido a que las Fuerzas Armadas, y se dieron opiniones contrarias a este proyecto, él, en seguida, ha indicado que es una iniciativa de las Fuerzas Armadas. Yo creo que debería precisar. El Diputado señor Zaldívar nos decía que se trata de un proyecto que viene a parar una verdadera plaga y, por eso, hay que tener en consideración esta iniciativa de las Fuerzas Armadas.
Termino rectificando esta afirmación. Se trata de un proyecto de iniciativa del Senador señor Carmona. Cuando se trató, se llamó a las Fuerzas Armadas para que dieran su opinión. La opinión de las Fuerzas Armadas fue contraria a este proyecto; pero como estaba en debate y debía ser despachado, las Fuerzas Armadas hicieron llegar, a través del Ejecutivo, su opinión, sus indicaciones sustitutivas.
El señor ZALDIVAR (don Alberto).-
¡Está falseando los hechos!
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
¡Diputado señor Zaldívar !
El señor GIANNINI.-
En todo caso este proyecto tuvo su origen en una moción del Senador señor Carmona. No estoy falseando los hechos.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
¡Está equivocado!
El señor GIANNINI.-
Se trata de un proyecto del Senador señor Carmona.
Las observaciones de las Fuerzas Armadas, formuladas a través del Ejecutivo, en un 90%, como se ha dicho, fueron aceptadas; pero en lo que se refiere al 10% restante quedan vacíos, quedan imperfecciones que sería bueno que la Cámara pudiera tratarlas con mayor precisión y con mayor responsabilidad.
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
Puede continuar el Diputado señor Clavel.
El señor CLAVEL.-
Señor Presidente, quiero terminar manifestándole a la Sala, en especial al colega señor Giannini, que estamos dispuestos a tocar cualquier resorte reglamentario para que todos los partidos puedan estar representados en las Comisiones de la Cámara. Sería una muy cara aspiración nuestra, porque no deseamos ser los únicos depositarios de la opinión del país, ya que cada uno representamos a distintos sectores.
He concedido una interrupción al colega Naudon.
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
Puede hacer uso de la interrupción el señor Naudon.
El señor NAUDON.-
Señor Presidente, quiero ratificar lo dicho por el colega Clavel.
Nosotros, en su oportunidad, aprobamos una indicación o un proyecto para que se diera representación en las Comisiones a la Izquierda Cristiana. Hubo un informe...
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
Señor Diputado, me están reclamando que le exija a la Sala que se refiera a la materia en debate.
El señor NAUDON.-
Me voy a referir a ella de inmediato.
Pero eso, en ningún caso significa que los parlamentarios que no pertenezcan a una Comisión no puedan participar en los debates y tomar conocimiento de los proyectos que ahí se tratan.
El colega Giannini integró la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, e indiscutiblemente aportó sus valiosos conocimientos a muchos proyectos. Por eso, a mí me extraña que él diga que nuestra Comisión no estudió este proyecto. La verdad es que este proyecto, que ha llegado acá en segundo trámite constitucional, ya fue estudiado minuciosamente por el Senado de la República, con asistencia e intervención tanto de las Fuerzas Armadas como del propio Gobierno.
Ahora, hay un hecho que nadie puede desconocer, y creo que la Izquierda Cristiana tampoco podría hacerlo: que hay una escalada o, por lo menos, un hecho objetivo que significa el reconocimiento de una violencia en las relaciones de diferentes estratos sociales en el país. Eso no lo hemos creado nosotros, ni nos interesa mantenerlo; pero sí nos interesa controlarlo.
Señor Presidente, la democracia sostiene que cualquier atentado contra las libertades públicas, contra la seguridad, contra los derechos, debe ser reprimido. Yo, en una ocasión, a raíz de este mismo proyecto, le expuse al colega Acevedo que estimaba que esta iniciativa no tenía una mayor utilidad, porque al aprobarse -y desde luego digo que vamos a aprobarla-, va a ocurrir que les vamos a controlar las armas, precisamente, a aquellas personas que no las van a usar...
El señor ACEVEDO.-
A la gente honesta.
El señor NAUDON.-
...y, pese a este control, les vamos a dejar siempre las armas a aquellos grupos extremistas que en este instante, indiscutiblemente, están atentando contra el orden público y la seguridad del país. Pero, desgraciadamente, no podemos hacer otra cosa, porque corresponde a la autoridad, al Gobierno, a la Administración reprimir estos hechos, y Para ello no necesitaría más leyes, porque actualmente las tiene para reprimir a estos grupos que, sin duda alguna, están provocando la violencia. Y es un hecho triste comprobar que hemos dividido - tal vez somos todos culpables - al país en sectores o en grupos que hoy día se han convertido en enemigos irreconciliables.
Nosotros quisiéramos recuperar aquella armonía, aquella tranquilidad que tuvimos años atrás y que nuestros problemas sociales se debatieran con amplitud de criterio, con elevación y sin recurrir a las armas, al ataque, a esta violencia que nosotros, como Partido, hemos combatido siempre.
Por eso, no habiendo otro medio, prestaremos nuestra aprobación a este proyecto, teniendo bastantes dudas sobre su efecto, porque sé que se va a controlar el armamento nuestro - porque los parlamentarios quedamos incluidos -; se va a controlar el modesto revólver que pudiéramos tener para el evento de que fuéramos atacados; pero no se va a poder controlar las metralletas de los elementos extremos ni las otras armas que ellos usan.
Para eliminar esta violencia se necesita otra cosa, algo distinto dé este mismo proyecto; algo que una nuevamente a la familia chilena. Nosotros, los partidos políticos, tenemos el deber de contribuir para poner término a esta situación de violencia que está haciendo tanto daño a nuestra nacionalidad.
Nada más, señor Presidente.
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
¿Ha terminado, señor Clavel?
El señor CLAVEL.-
Sí, señor Presidente.
El señor OLAVE.-
Pido la palabra.
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Olave.
El señor OLAVE.-
Señor Presidente, el informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado, en uno de sus acápites, señala lo siguiente: El Honorable señor Carmona expresó que las ideas contenidas en su moción habían sido presentadas como indicaciones suyas al proyecto sobre represión de los actos terroristas...
Para nosotros, allí está la esencia de la cuestión. Se trata de un proyecto del Ejecutivo, y si es un Mensaje enviado por el Presidente de la República, con la firma de uno de sus Ministros de Estado, indiscutiblemente se está demostrando la extraordinaria inquietud del Gobierno y de la Unidad Popular por legislar sobre el control de las armas. Pero, ¿qué es lo que ha ocurrido? En el Senado se aprobaron las ideas expresadas en una moción del señor Carmona, ignorándose el pensamiento de los Jefes de las tres ramas de las Fuerzas Armadas; no se recogieron sus objeciones, que eran fundamentales.
La proposición del Ejecutivo asigna a las Fuerzas Armadas un rol técnico, de manera que su acción no se confunda con la de los servicios policiales, por lo que se estima perjudicial que sean los integrantes de esos institutos quienes, asumiendo funciones netamente policiales, se mezclen en la disolución de grupos armados, pues se corre el peligro de llegar a involucrar a las Fuerzas Armadas en problemas de política contingente.
Ese es un hecho medular, básico; sin embargo, ha sido desestimado.
El señor Zaldívar, a quien escuchamos con mucha atención en sus planteamientos, ha señalado que el proyecto es susceptible de que le introduzcan modificaciones a través de los diferentes trámites. Pues bien, nosotros vamos a compartir la inquietud expresada aquí por el Partido Comunista con referencia a algunas ideas matrices del proyecto, como es aquélla de entregar, en cierta medida, acción pública a los alcaldes y regidores con respecto a las denuncias que se puedan formular, que naturalmente le quita al Ejecutivo, en cierta medida, insisto, la acción sobre el control de las armas, sobre la denuncia de los hechos mismos que se pudieran suscitar por estas razones.
Esa y otra indicación vendrán a resolver un problema que para nosotros es básico, como es impedir la intromisión de las Fuerzas Armadas, porque los Jefes de los institutos militares así lo están solicitando. En su opinión, se va a poner a prueba la buena voluntad, el buen sentido, el deseo de realmente modificar este proyecto con sentido técnico y no político.
Nosotros nos vamos a abstener porque el proyecto, en lo fundamental, no concuerda con la idea original suscrita por el Ejecutivo.
Ahora resulta un poco como de Pero- grullo, diría yo, el que se ponga en duda el sentir de los personeros de la Unidad Popular con respecto a lo bueno o malo que resulte tener en Chile un control de armas por las Fuerzas Armadas. A nosotros nos interesa que haya ese control; nos interesa porque representamos a un partido de clase obrera, a un partido de trabajadores, y está visto que cuando no hay control de armas, quienes las adquieren legal o ilegalmente, quienes las contrabandean, quienes disponen de los medios económicos para adquirirlas, son precisamente los grandes sectores económicos de nuestro país, los grandes latifundistas, los grandes industriales, la gente que tiene dinero. No sólo compran armas menores, sino que compran metralletas, y los resultados en la historia de nuestro país son elocuentes: en todas las masacres las víctimas han pertenecido al movimiento popular, han sido integrantes de los partidos políticos de Izquierda, han sido gente independiente que han caído, precisamente, por este abuso que se comete en Chile con las armas. Y si no, ¿qué es lo que ha ocurrido recientemente, hace unos días, en Frutillar? Han asesinado. ¿Quiénes? Los latifundistas, personas pertenecientes al Partido Nacional, incluso altos dirigentes de la zona de ese Partido. ¿A quién? A un joven estudiante, a Hernán Rivas González, de 16 años de edad; a Roberto Almonacid Asenjo, de 56 años de edad, campesino fallecido recientemente; a Juan Rivas Rivas, padre del joven fallecido Hernán Rivas, quien fue asesinado cruelmente por la espalda, señores, por un grupo de latifundistas que fuertemente armados atacaron a esta gente, que no tenía ni siquiera un modesto palo para defenderse. ¡Doce campesinos, doce trabajadores del agro, totalmente indefensos, fueron asesinados allá en Frutillar! Si miramos hacia atrás la historia, nos vamos a encontrar con los mismos hechos en Pampa Irigoin, en El Salvador, en María Pinto, en Ranquil; en todas las masacres que conoce nuestro país, donde las víctimas han sido siempre trabajadores, donde siempre las armas han estado en poder de los que tienen el dinero, de los pudientes, de los que defienden intereses bastardos, de los que no titubean en asesinar para defender sus intereses de clase.
Por eso, nosotros queremos que haya control de armas; pero sobre los aspectos expresados por el Ejecutivo, con un procedimiento que estimamos más serio, que da más garantías a la gente, para que esto no sirva para perseguir, muchas veces injustamente, a grupos de trabajadores, de obreros que, sin razón alguna, son sometidos a juicio. Y como en Chile siempre la cuerda se corta por la parte más delgada, son ellos las víctimas de las atribuciones que les entregan los Poderes del Estado a los jueces, a los magistrados, y que les permiten, naturalmente, utilizar los textos, los códigos, las leyes, generalmente en contra de los trabajadores.
Señor Presidente, el terrorismo a veces se genera por la misma violencia que emplean quienes defienden sus derechos, derechos que, en la mayoría de las oportunidades, no tienen un fundamento serio y responden solamente a un sentido egoísta, a una egolatría del hombre de tener cada vez más sin querer compartir sus riquezas, sus medios, con los que nada tienen.
Tenemos el caso de las últimas tomas habidas en el país. Si vamos a examinar las razones que asisten a esos trabajadores que muchas veces, desconociendo la ley, que muchas veces mal aconsejados, atropellar las disposiciones legales vigentes, nos encontramos con que en los motivos que sugirieron estas acciones están involucrados aspectos como el que el dueño del fundo vende sus animales, sus maquinarias, sus implementos agrícolas, desmantela los fundos, no les entrega alimentos, ocasiona malos tratos a sus trabajadores, deja los predios abandonados o semiabandonados por falta de cumplimiento en los contratos de trabajo, por litigios de tierras, especialmente en las zonas de raza araucana e indígena y por atraso o no pago de la asignación familiar, y otras razones de carácter económico que, en realidad, a la gente a veces la obliga a actuar, a defender sus derechos en las condiciones en que cree más favorables y que producirán mejor resultado.
Nosotros no somos partidarios del infantilismo revolucionario. Tenemos un programa de acción, una vida política al servicio del país, de modo que tenemos que actuar seriamente ante un problema de tanta trascendencia.
Queremos que haya control sobre las armas, y ya que ha nacido la iniciativa de parte del Ejecutivo, indiscutiblemente que estimamos que esas son las líneas fundamentales que se deben utilizar para sacar adelante un proyecto que traerá paz y tranquilidad social a todo el país.
Nada más.
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor Arnello.
El señor ARNELLO.-
Señor Presidente, ya había intervenido en este debate y no tenía intención de continuar. Pero algunas afirmaciones obligan a no dejarlas pasar ni a que queden en la versión sin nuestra respuesta y sin nuestra protesta, por las inexactitudes que encierran.
Es verdaderamente abismante que cuando un proyecto pretende ir al control de las armas, a sancionar el uso de ellas por grupos o personas en contra de lo que constituye el ordenamiento jurídico del país y en resguardo de los derechos de las demás personas, cuando se pretende impedir que en Chile exista un clima de violencia que puede conducir a enfrentamientos graves, con cualquier pretexto, haya sectores que se opongan de una o de otra manera a que esta iniciativa sea una realidad y sea despachada por el Congreso Nacional. Más aún, sorprende que se busquen argumentos para impedir que sea una entidad tan absolutamente ajena a las pasiones políticas y a la división política, que por desgracia, existe en nuestro país en un grado tan hondo, quien tenga la responsabilidad de fiscalizar la tenencia de armas por los particulares y de establecer también la responsabilidad que les cabe a quienes violen la ley y contradigan las disposiciones que esta iniciativa contiene, como son las Fiscalías Militares correspondientes.
Pero la verdad es que cuando ya las afirmaciones exceden todo límite es cuando se pretende tergiversar de una manera tan absoluta y total lo que el país ha contemplado en estos 20 meses; cuando se olvidan de una plumada los 40 y tantos muertos que están revelando la existencia de una violencia armada en el campo chileno, cuando se olvidan situaciones y casos que condujeron a la muerte de Raúl Quezada, un pequeño agricultor en Curicó; de Gilberto González, en Rancagua, donde intervinieron personeros del Partido Socialista, como toda la opinión pública sabe; de Rolando Matus, en Cautín; y hechos de violencia, también con armas,, como los que provocaron e indujeron a la muerte de la señora Maachel, en Valdivia, y a la señora Domitila Palma, en Cautín...
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
¿Me permite, señor Diputado? Ha terminado el tiempo de que disponía el Comité Nacional.
El señor OLAVE.-
Eso es falso. Se equivocó. Está mal informado.
El señor ARNELLO.-
¿Y no se acuerdan del contrabando en aviones LAN?
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
señor DiputadoOlave.
Diputado señor Arnello.
Puede hacer uso de la palabra el Diputado señor Palestro.
El señor PALESTRO.-
Después puede seguir leyendo la lista.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
Puede hacer uso de la palabra el Diputado señor Palestro.
El señor PALESTRO.-
Señor Presidente, voy a conceder una interrupción al compañero Tejeda.
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
Puede hacer uso de la interrupción el Diputado señor Tejeda.
E! señor ARNELLO.- ¿Y el contrabando del avión LAN?
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
Señor Arnello, llamo al orden a Su Señoría.
El señor TEJEDA.-
Señor Presidente, habíamos anunciado nuestros votos favorables a este proyecto, en la votación general, y que nos íbamos a abstener en la votación particular; pero, después de escuchar al señor Arnello, después de leer las torcidas y aviesas intenciones ocultas tras esta iniciativa, vamos a modificar nuestra actitud y nos vamos a abstener.
Nada más.
Risas.
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
Puede continuar el señor Palestro.
El señor PALESTRO.-
Señor Presidente, la verdad es que los que menos autoridad moral tienen en esta Cámara y en Chile para hablar de democracia, de libertad, son justamente los sectores reaccionarios que han venido regando con sangre de trabajadores toda la historia de nuestra Patria.
Hace pocos días, el diario El Mercurio, un diario norteamericano escrito en castellano, una auténtica basura periodística, hablaba de que en Frutillar se habría producido un enfrentamiento entre campesinos y terratenientes, en circunstancias que todo el mundo sabe que eso no fue más que una matanza, una masacre a mansalva de tres modestos campesinos, que fueron asesinado fríamente por los terratenientes, que piensan y pretenden volver al pasado; que creen que es posible volver al pasado; que creen que es posible volver a tener los mismos privilegios de que gozaron hasta el año 1970, pese a que saben perfectamente que el proceso que se iniciara ese año no tiene vuelta y es irreversible; que ese mismo asesinato a mansalva del compañero Román Lara, en Los Ángeles; la matanza de Ranquil y toda la historia de la violencia en el campo, en la ciudad y en las poblaciones, es la historia de la represión de los sectores derechistas, reaccionarios de este país, a los que tan dignamente representa el señor Arnello en esta Cámara, cuyas andanzas fascistas, hace años, todavía le están penando, y me imagino que ese pecado de juventud le sigue pesando en la conciencia; cuando asesinaron a jóvenes socialistas en las calles. ..
El señor ARNELLO.-
¡No es cierto!
El señor PALESTRO.-
...y que todavía siguen manteniendo la misma manera de actuar; cuando en días pasados, en Valparaíso, en una concentración de la Oposición, han aparecido verdaderos cuerpos militares de los grupos Rolando Matus, grupos armados, grupos uniformados,...
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor PALESTRO.-
...grupos que aparecían perfectamente orquestados para reprimir al pueblo de Chile, no es posible, señor Presidente, que vengan aquí a hablar de democracia y de libertad justamente los que toda la vida se han enjuagado la boca con las palabras libertad y democracia y que se han permitido aherrojar el pensamiento libre en nuestra Patria.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor PALESTRO.-
¿Puede ser posible que el cinismo tradicional de estos sectores reaccionarios trate de engañar a la opinión pública endosándoles a los sectores de Izquierda una violencia que nunca ha existido, que solamente ha tenido víctimas? ¿O no se acuerdan los señores Diputados, en el tiempo del señor Alessandri, de los ocho muertos de la José María Caro? ¿O no se acuerdan de Pampa Irigoin, con doce modestos pobladores asesinados a mansalva? ¿O no se acuerdan que asesinaron en el año 1967, en un paro decretado por la CUT, en Santiago, a siete trabajadores? Estas gentes que han hecho del cinismo y de la mentira una verdadera arma de combate, ¿pretenden erigirse en vestales?
El señor TUDELA.-
¿Y Lo Hermida?
El señor PALESTRO.-
Lo de Lo Hermida lo rechazamos, porque estimamos que esa fue una desgraciada operación policial, en la que, por lo demás, el modesto poblador que murió era un hombre de Izquierda, nunca reaccionario, nunca derechista, nunca democratacristiano, sino un modesto poblador de Izquierda, ya que todos los sectores poblaciones, como el de Lo Hermida, son de alta conciencia de clase, de alta conciencia política. ¿Pueden, entonces, a venir a limpiarse la boca con el recuerdo de ese mártir de pobladores que es el compañero muerto en Lo Hermida? Nosotros lo rechazamos, como lo hemos venido rechazando durante toda la historia, la historia de la represión de que han sido objeto el pueblo y los trabajadores de Chile.
De ahí, señor Presidente, que nosotros rechacemos el intento de hacer política en esta ocasión. Decimos y reiteramos que no queremos que nuestras Fuerzas Armadas sean usadas para reprimir policialmente y que intervengan políticamente, porque ese es el objetivo de la indicación del Senador Carmona: hacer intervenir a las Fuerzas Armadas en la política contingente. Hemos dicho que las Fuerzas Armadas constituyen algo tan grande que merecen nuestro más profundo aprecio y respeto como para meterlas en la lucha de la política contingente. Eso es lo que pretenden los reaccionarios para que, como siempre lo han hecho, sacar las castañas del fuego con la mano del gato...
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
¿Me permite, señor Diputado? Ha terminado el tiempo del Comité Socialista.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado' el debate.
En votación general el proyecto.
Durante la votación:
El señor ARNELLO.-
Lo que pasa es que parece que el contrabando de armas de LAN ya fue repartido.
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
Señores Diputados, estamos en votación.
Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 37 votos.
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
Aprobado en general el proyecto.
Quedan aprobados en particular, por no haber sido objeto de indicaciones, todos los artículos del proyecto, con excepción de los artículos 18 y 19.
El señor ACEVEDO.-
¿Y el artículo 5º?
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
En relación con una indicación presentada al artículo 5º por el Diputado señor Acevedo, que requiere necesariamente informe de la Comisión de Hacienda, que no podemos obviar ni por asentimiento unánime, la Mesa la declara improcedente y consulta a la Sala si habría acuerdo para que se siguiera un procedimiento análogo al de esas indicaciones cuando se presentan los proyectos de Fácil Despacho; es decir, que puedan ir a Comisión de Hacienda como si fueran proyectos de ley separados.
¿Habría acuerdo para enviarlas en ese carácter?
Acordado.
Se suspende la sesión por un minuto.
Se suspendió la sesión.
Transcurrido un minuto.
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
Se reanuda la sesión.
Señores Diputados, don Mario Arnello presentó varias indicaciones que no llegaron a la Mesa por conducto regular. Como ya se cerró el debate, consulto a la Sala si habría acuerdo unánime para aceptar a tramitación estas indicaciones.
El señor ACEVEDO.-
Sí.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
Son indicaciones que el señor Arnello envió a la Mesa, pero que no llegaron por conducto regular.
¿Habría acuerdo para someterlas a tramitación?
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor INSUNZA.-
¿Cuántas son?
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
Son varias.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
En consecuencia, se revisa la declaración anterior de la Mesa y sólo quedan aprobados reglamentariamente los artículos 1º, 2º y 3º de este proyecto.
En relación al artículo 4º, se van a leer unas indicaciones.
El señor GUERRERO, don Raúl (Secretario).-
Indicaciones del señor Arnello para suprimir en el inciso primero del artículo 4º, las letras a) y b) para intercalar, en el inciso segundo, entre las palabras fabricar e importar, la frase hacer instalaciones para producir.
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
En relación a las dos indicaciones a que se ha dado lectura, ofrezco la palabra.
El señor TEJEDA.-
Que las expliquen.
El señor ARNELO.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
No tiene tiempo Su Señoría.
¿Habría acuerdo para conceder un minuto al señor Arnello?
Acordado.
Puede usar de la palabra el señor Diputado.
El señor ARNELLO.-
Señor Presidente, estas dos indicaciones tienen los siguientes objetivos: la que suprime las letras a) y b), para que la persona que considere importante comprar un arma de las que no están prohibidas, es decir, una escopeta, una pistola o un revólver, pueda hacerlo sin autorización previa de la Dirección de Reclutamiento, sin perjuicio de la obligación consiguiente, que establece otra disposición, de inscribirla después en esa Dirección; la segunda, para ampliar la prohibición a quienes hagan instalaciones para producir armamentos o municiones, etcétera.
Nada más.
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación el inciso primero del artículo 4º con la primera indicación.
Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 52 votos.
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
Aprobado el inciso con la indicación.
En votación el inciso segundo con la indicación a que se dio lectura.
Si la parece a la Cámara, se aprobará.
Aprobado.
Se va a dar lectura a una indicación al artículo 5º.
El señor GUERERO, don Raúl (Secretario).-
En el inciso primero del artículo 5º, el señor Arnello ha formulado indicación para sustituir las expresiones ésta tenga su domicilio principal por las siguientes: se guarden las armas.
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra sobre el artículo 5° con la indicación a que se ha dado lectura.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación el artículo con la indicación.
Efectuada la votación en forma económica, no hubo quorum.
Durante la votación.
El señor ARNELLO.-
La indicación es para que en la Guarnición quede registrado dónde se encuentran las armas.
El señor GUERRERO, don Raúl (Secretario).-
Han votado solamente 21 señores Diputados.
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
No hay quorum. Se va a repetir la votación. Ruego a los señores Diputados no abstenerse.
-Repetida la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 37 votos.
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
Aprobado el artículo con la indicación.
Se va a dar lectura a las indicaciones al artículo 6º.
El señor GUERRERO, don Raúl (Secretario).-
El señor Arnello ha formulado indicación para suprimir, en el inciso primero del artículo 6º, las palabras como máximo, y para intercalar, después de las palabras un año, la frase salvo los casos de excepción que señale el Reglamento. También ha presentado indicación para suprimir, en el inciso tercero, la frase: excluir la autorización a las armas inscritas que no sean por su naturaleza aptas para portarlas.
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
En discusión el artículo con las indicaciones a que se ha dado lectura.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la Sala, se votará el inciso primero con las dos indicaciones a que se ha dado lectura.
Acordado.
En votación.
Durante la votación:
El señor CLAVEL.-
Señor Presidente, ¿por qué no las explican antes de votar?
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
Estamos en votación, señor Diputado.
El señor GIANNINI.-
¿Por qué no se presentaron las indicaciones en la Comisión?
El señor CLAVEL.-
Habría variado la votación si se hubiesen explicado las indicaciones.
Efectuada la votación en forma, económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 16 votos; por la negativa, 22 votos.
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
Rechazado el inciso con las indicaciones.
Si le parece a la Cámara, se dará por aprobado el inciso en su forma original.
Aprobado.
El inciso segundo no ha sido objeto de indicaciones, de manera que se da por aprobado en particular.
El inciso tercero ha sido objeto de una indicación a que va a dar lectura el señor Secretario.
El señor GUERRERO, don Raúl (Secretario).-
En el inciso tercero, el señor Arnello propone suprimir la frase excluir de la autorización a las armas inscritas que no sean por su naturaleza aptas para portarlas.
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
En votación el inciso con la indicación.
Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 13 votos; por la negativa, 30 votos.
El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).-
Rechazado el inciso con la indicación.
Si le parece a la Sala, se aprobará el inciso en su forma original.
Aprobado.
El artículo 7º se encuentra aprobado reglamentariamente.
Se va a dar lectura a una indicación al artículo 8º.
El señor GUERRERO, don Raúl (Secretario).-
En el artículo 8º, el señor Arnello propone reemplazar el inciso primero por el siguiente: Los que organizaren, incitaren o condujeren a crear, pertenecieren, financiaren, dotaren, ayudaren, instruyeren milicias privadas, grupos de combate o partidas militarmente organizadas, armadas con alguno de los elementos indicados en el artículo 3º, serán sancionados con la pena de presidio menor en sus grados medio a máximo.
El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).-
En votación el artículo con la indicación a que se ha dado lectura.
Efectuada la votación en forma económica: dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 10 votos; por la negativa, 32 votos.
El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).-
Rechazado el artículo con la indicación.
Si le parece a los señores Diputados, se aprobará el artículo en su forma original.
Aprobado.
En el artículo 9º hay una indicación.
El señor GUERRERO, don Raúl (Secretario).-
El señor Arnello propone intercalar, entre las palabras artículo 5º y serán, las palabras en su caso.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor ARNELLO.-
Es consecuencia de lo que se aprobó.
El señor OLAVE.-
¡Quién habla de consecuencia!
El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).-
En votación el artículo 9º con la indicación.
Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 14 votos; por la negativa, 30 votos.
El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).-
Rechazado el artículo con la indicación.
Si le parece a los señores Diputados y no se pide votación, se aprobará el artículo en su forma original.
El señor ARNELLO.-
Votación.
El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).-
En votación el artículo 9º en su forma original.
Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 32 votos.
El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).-
Aprobado el artículo en su forma original.
El señor GUERRERO, don Raúl (Secretario).-
En el artículo 10, el señor Arnello propone intercalar entre las palabras fabricaren e importaren, la frase o realizaren instalaciones para producir.
El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).-
En votación el artículo con la indicación.
-Durante la votación:
El señor GIANNINI.-
El señor Arnello debió presentar estas indicaciones en la Comisión y no aquí en la Sala.
El señor ARNELLO.-
Si las presenté en la Comisión,...
El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).-
¡Señor Arnello!
¡Señor Giannini!
El señor GIANNINI.-
Si este es un proyecto tan bien estudiado ¿por qué lo despachamos en forma tan irresponsable?
El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).-
Señor Giannini, estamos en votación.
El señor GIANNINI.-
Esta votación no la entiende nadie.
El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).-
Señor Gianini, llamo al orden a Su Señoría.
Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 5 votos; por la negativa, 27 votos.
El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).-
Rechazado el artículo con la indicación.
Si le parece a la Cámara, se aprobará el artículo en su forma original, con la votación inversa.
Aprobado.
Los artículos 11, 12, 13, 14, 15 y 16 están aprobados Reglamentariamente por no haber sido objeto de indicaciones.
Artículo 17.
El señor GUERRERO, don Raúl (Secretario).-
En el artículo 17, inciso primero, el señor Arnello propone suprimir la frase por regla general.
El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).-
En votación el artículo 17 con la indicación a que se ha dado lectura.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 14 votos; por la negativa, 34 votos.
El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).-
Rechazado el artículo con la indicación.
En votación el artículo en su forma original.
Si le parece a los señores Diputados, se aprobará el artículo en su forma original.
Aprobado.
El señor GUERRERO, don Raúl (Secretario).-
En el artículo 18, el señor Tejeda propone suprimir las expresiones Fiscal de la Corte Suprema, Fiscales de las Cortes de Apelaciones, Prefectos de Carabineros, y Alcaldes y Regidores de comunas cabeceras de departamento.
El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).-
En votación el artículo 18 con la indicación a que se ha dado lectura.
Durante la votación:
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
Venenosa la indicación.
Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 23 votos; por la negativa, 49 votos.
El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).-
Rechazado el artículo con la indicación.
En votación el artículo en su forma original.
Si le parece a la Sala, se aprobará el artículo en su forma original, con la votación inversa.
Aprobado.
Artículo 19.
El señor GUERRERO, don Raúl (Secretario).-
En el artículo 19 el señor Arnello formula indicación al inciso primero para intercalar entre las palabras normas y establecidas, la frase que rige en tiempos de paz, y en este mismo inciso suprimir la frase en tiempos de paz.
El señor Tejeda formula indicación para suprimir la letra b).
El señor TEJEDA.-
¡Que se voten separadamente!
El señor KLEIN.-
Vamos a ver quién saca más votos.
El señor TEJEDA.-
No tiene nada que ver una con otra.
El señor CARMINE.-
Tiene toda la razón.
El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).-
En votación el artículo con la indicación del señor Arnello.
Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 17 votos; por la negativa, 30 votos.
El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).-
Rechazado el artículo del señor Arnello.
En votación el artículo con la indicación del señor Tejeda.
El señor TEJEDA.-
Que se lea para ver de qué se trata.
El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).-
Consiste en suprimir la letra b) del artículo 19.
El señor TEJEDA.-
¡Que se lea!
El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).-
El señor Secretario leerá la letra b).
El señor GUERRERO, don Raúl (Secretario).-
La letra b), que el señor Tejeda propone suprimir, dice: Las encargatorias de reos y las resoluciones que nieguen lugar a la libertad provisional no podrán ser objeto de recurso de apelación;
El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).-
En votación el artículo con la indicación del señor Tejeda.
Si le parece a la Cámara, se aprobará el artículo 19 con la indicación del señor Tejeda, que consiste en suprimir la letra b).
Aprobado.
Quedan reglamentariamente aprobados los artículos 20: 21, 22, 23 y 24.
Se va a dar lectura a las indicaciones, a las disposiciones transitorias.
El señor GUERRERO, don Raúl (Secretario).-
En el artículo 1º transitorio, el señor Arnello propone agregar los siguientes nuevos incisos:
Una Comisión compuesta por el Director de Reclutamiento, el Comandante de la Guarnición respectiva y un comerciante en armas, que pague patente de tal y que se elegirá en la forma que determine el Reglamento, avaluará la especie entregada en cumplimiento de ésta ley y pagará su valor.
Si no estuviere conforme con la tasación, el interesado podrá reclamar al Juez de Letras en la forma dispuesta en el Título respectivo del Libro 4º del Código de Procedimiento Civil.
El Ejército pagará estas armas con los fondos de que dispone para las adquisiciones militares.
El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).-
En votación el artículo con la indicación a que se ha dado lectura.
Durante la votación:
El señor ARNELLO.-
Nadie las va a entregar, si no se les devuelve lo que han pagado.
Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 15 votos; por la negativa, 28 votos.
El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).-
Rechazo el artículo con la indicación.
Si les parece a los señores Diputados, se aprobará el artículo en su forma original.
Aprobado.
El señor GUERERO, don Raúl (Secretario).-
En el artículo 2º transitorio, el señor Arnello formula indicación para sustituir la frase legitimar su posesión por solicitar su inscripción.
El señor ARNELO.-
Eso está de acuerdo con el proyecto, porque no tiene sentido legitimar la posesión.
El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).-
En votación el artículo con la indicación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 14 votos; por la negativa, 29 votos.
El señor CERDAchiledon Eduardo (Presidente en ejercicio).-
Rechazado el artículo con la indicación.
Si les parece a los señores Diputados y no se pide votación, se aprobará el artículo en su forma original.
Aprobado.
El artículo 3º está aprobado reglamentariamente.
Despachado el proyecto.
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