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- rdf:value = " El señor MONARES.- Señor Presidente, en nombre de la Comisión de Defensa Nacional, Educación Física y Deportes me corresponde informar un proyecto, origen en un Mensaje, que tiene por objeto modificar la ley N° 16.752, que reorganizó y estructuró la Dirección de Aeronáutica.
Esa ley, publicada en el Diario Oficial el 17 de febrero de 1968, fue posteriormente modificada por otra ley, la número 17.351. Esas dos leyes contienen el conjunto de normas que en este momento rigen para la Dirección de Aeronáutica.
El proyecto en discusión tiene por objeto, fundamentalmente, complementar esas dos leyes. Por consiguiente, se trata de algunas disposiciones de carácter complementario, no consultadas con anterioridad. Su alcance no es amplio y están reducidas a puntos muy concretos.
Entre los puntos que quiero mencionar destaca, en primer lugar, que la Dirección de Aeronáutica, de ahora en adelante, a raíz de las funciones que tiene, será conocida como Dirección General de Aeronáutica Civil.
También se incorpora una norma de buen ordenamiento incluida en el artículo 89, que establece que corresponderán a la Dirección General de Aeronáutica Civil, funciones de organismo consultivo y asesor del Supremo Gobierno en los asuntos o actividades de la aeronáutica civil.
El Director de este organismo, que concurrió a la Comisión, hizo mucho hincapié en la necesidad de introducir un ordenamiento en las funciones, que ahora se amplían, señalando que el Supremo Gobierno estará sujeto a este organismo en todo lo relacionado con materias consultivas o de asesorías.
Por otras disposiciones se faculta al Director General de Aeronáutica Civil para poder comprar bienes inmuebles directamente, e intervenir oportunamente en el diseño y calificación de terrenos destinados a aeródromos, mecanismo que en la actualidad no existe. En esta forma se evitará el uso de terrenos que no cuentan con las condiciones geológicas ni con la ubicación conveniente, cuya situación, posteriormente, se va legalizando por presiones. Ahora se le entrega a; la Dirección esta facultad, de manera que desde el primer momento podrá intervenir en la selección de los terrenos aptos para aeródromos.
Otras disposiciones, de acuerdo con la política de descentralización, otorgan al Director General de Aeronáutica Civil la facultad de delegar algunas atribuciones en los Subdirectores, Jefes de Departamentos, Delegados Zonales y en los Administradores de Aeródromos, como una manera de agilizar y descentralizar las funciones que le corresponden a este importante organismo.
En relación con el personal de planta que tiene esta Dirección, se sustituye el artículo 21 de la ley 17.351, y se establece que tanto el de planta como el contratado tendría, para todos los efectos disciplinarios y de régimen previsional, la calidad de empleado civil de las Fuerzas Armadas y, por consiguiente, gozará de todos los beneficios que actualmente tienen estos. Institutos en actividad, es decir, de atención médica, dental, hospitalaria y ambulatoria.
Respecto de otras disposiciones, nos parece importante señalar la que se refiere a la creación del Departamento de Bienestar de la Dirección General de Aeronáutica Civil. Fue objeto de largo debate en la Comisión, pero no se llegó a un acuerdo satisfactorio respecto del financiamiento que se proponía en el artículo presentado por el Ejecutivo. El señor Director quedó en presentar durante el transcurso del debate de este proyecto una indicación para financiar en forma adecuada la creación de este Departamento.
Por último, y a mi juicio lo más importante, por el artículo 2° transitorio el Ejecutivo solicita facultad para modificar el D.F.L, N° 221, de 1931, sobre navegación aérea. Algunos miembros de la Comisión estimaron que una materia tan importante como ésta no podía ser objeto de un decreto y, por consiguiente, no estuvieron de acuerdo en entregar facultad tan amplia al Presidente de la República. Fue el único artículo sometido a votación y sobre el cual no hubo opinión unánime.
En consecuencia, con excepción del artículo 2° transitorio, la Comisión solicita la aprobación de este proyecto, que sobre una materia complementaria ha presentado el Ejecutivo en relación con la Dirección de Aeronáutica.
Nada más, señor Presidente.
"
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