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- rdf:value = " El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).-
Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el señor Giannini.
El señor GIANNINI.-
Señor Presidente, aparte de las consideraciones formuladas por el DiputadoAcevedo, hay otras importantes que hacer sobre este artículo, las que aconsejan, evidentemente, su rechazo, como lo indica el Ejecutivo.
En primer lugar, no parece lo más conveniente, aunque legalmente se pueda hacer, derogar por ley un decreto dictado por el Presidente de la República, porque sabemos que ambos textos dictan normas sobre campos diferentes. En segundo término, la disposición está redactada en términos tan descuidados, tan apresurados, como que deroga un decreto que establece normas reglamentarias detalladas sobre transmisiones de radiodifusión y, en su reemplazo, se aplica. ..
El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).-
¿Me permite, señor Diputado?
Solicito el asentimiento unánime de la Sala para empalmar esta sesión con la siguiente.
Si le parece a la Sala, así se acordará.
Acordado.
El señor GIANNINI.-
Decía que en reemplazo ...
El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).-
Puede continuar Su Señoría.
El señor GIANNINI.-
En reemplazo de dicho decreto, se dejan vigentes las disposiciones de la ley Nº 16.643, que versa sobre materias diferentes, pues no sólo se refiere a transmisiones radiodifusoras, sino que también a abusos de publicidad.
El señor ARNELLO.-
¡Eso es lo que quería el señor Acevedo!
El señor GIANNINI.-
Pero esto no es todo, señor Presidente. He querido hacer hincapié en esta materia, porque no hace tantos días esta disposición que hoy se pretende derogar ha sido invocada en esta Cámara: Es peligroso usar las disposiciones legales cuando más convienen de un modo y cuando no convienen de otro modo.
Quiero recordar que el principal fundamento que se esgrimió en esta Cámara para acusar al Intendente de Bío-Bío fue que habían aplicado disposiciones de un decreto derogado. Se dijo -y este fue uno de los principales argumentos de la acusación- que se encontraban derogadas las disposiciones del decreto 4.581. Me correspondió estar en la Comisión y sostuve que las disposiciones de este decreto no estaban derogadas y que había actuado bien el Intendente cuando las aplicó.
Un señor DIPUTADO.-
El Contralor ha dicho otra cosa.
El señor GIANNINI.-
El Contralor ha dicho otra cosa. Discrepo de la opinión del Contralor y sostengo que el decreto no está derogado. Y la demostración la está dando el Poder Legislativo esta noche. No está derogada una disposición cuando tiene el legislador que aprobar una norma especial de ley para derogarla expresamente, creo que esta noche ha quedado demostrado en forma fehaciente que el decreto no estaba derogado y que tan vigente estaba que se hace necesaria una disposición legal mala, pero en todo caso necesaria, para derogar un decreto que, aplicado por el Intendente, fue el fundamento principal de la acusación.
Quería hacer esta acotación para demostrar la falta de seriedad con que se legisla y con que se acusa.
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