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El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
El señor ARNELLO.-
Pido la palabra.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ARNELLO.-
Señor Presidente, para los Diputados del Partido Nacional es de suma importancia el proyecto que esta tarde se presenta a la consideración de la Cámara, porque viene a permitir que la justicia del Trabajo, se desempeñe con la eficiencia y con la rapidez que sus miembros, sus funcionarios, han querido tener, y que solamente las condiciones verdaderamente inhumanas en que desarrollaban su labor, tanto por la cantidad de causas que debieran conocer, como por la escasez de medios físicos y de personal para hacerlo, les constriñe a no poder realizar con urgencia los casos que les son sometidos a su conocimiento.
Este proyecto, que verdaderamente merece la mayor de las consideraciones y apreciaciones de los parlamentarios viene a solucionar no sólo una serie de aspectos técnicos -diría- de la administración de justicia del Trabajo, sino también a crear cargos necesarios, todo lo cual permitirá, en todas sus instancias, la posibilidad de que los derechos de los trabajadores no queden supeditados por las imposibilidades físicas de los jueces de fallar o de la Corte de revisar.
La justicia chilena tiene en su formación, vocación y espíritu las condiciones como para que, con los medios que el país le dé, pueda realizar su alto cometido con eficiencia. Y, en particular, la justicia del trabajo, que era algo así como la Cenicienta, como la hermana pobre dentro del Poder Judicial, podrá también realizar sus funciones con la urgencia que los casos y personas requieren.
Frente a las críticas que se formulan a nuestra justicia, debe considerarse lo mucho que influye en la demora del fallo la falta de medios materiales y del personal que tiene que fallar. Sabemos que hay tribunales -y los juzgados del trabajo no eran excepción a esta norma- que tenían constantemente más de dos mil causas a las que abocarse y, en consecuencia, no es ilógico pensar que tenían que demorarse en fallar.
Un país que hace del derecho norma de convivencia y de desarrollo para su pueblo tiene la obligación de otorgarles a sus tribunales todos los instrumentos y medios físicos que le permitan realizar su cometido.
Frente a lo que aquí se ha indicado, creemos que la independencia y unidad en la administración de justicia, hacen necesario que el organismo superior del Poder Judicial tenga efectivamente la tuición administrativa y correccional de todo lo que conocen los Tribunales. Por eso nos opusimos a que se privara a la Corte Suprema del conocimiento de las causas del trabajo; a que se le impidiera que, por la vía de la queja, pudiese pronunciarse sobre la corrección o procedencia de los fallos que se dictarán; tal como también consideramos que debe evitarse el sistema que ya se está repitiendo en muchos aspectos en nuestra legislación, de pretender privar a los Tribunales ordinarios y, particularmente a la Corte Suprema del conocimiento de las causas que se producen en una serie de aspectos especiales, como se ha venido haciendo.
Por eso este proyecto, en la Comisión, lo analizamos con toda la atención y dedicación que merece una buena iniciativa del Gobierno, que tiene por objeto permitir que los Tribunales del Trabajo otorguen justicia rápida y eficaz, a la que tienen derecho los trabajadores de Chile y las personas que a ellos recurren.
Por eso, apoyamos este proyecto en la Comisión y en esta oportunidad le otorgamos también nuestros votos para su pronto despacho.
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