-
http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/591720/seccion/akn591720-ds8-ds10-ds22
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/591720/seccion/akn591720-ds8-ds10-ds22-ds41
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/591720/seccion/akn591720-ds8-ds10-ds22-ds29
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/591720/seccion/akn591720-ds8-ds10-ds22-ds54
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/591720/seccion/akn591720-ds8-ds10-ds22-ds44
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/591720/seccion/akn591720-ds8-ds10-ds22-ds69
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/591720/seccion/akn591720-ds8-ds10-ds22-ds59
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/591720/seccion/akn591720-ds8-ds10-ds22-ds30
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/591720/seccion/akn591720-ds8-ds10-ds22-ds70
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/591720/seccion/akn591720-ds8-ds10-ds22-ds60
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/591720/seccion/akn591720-ds8-ds10-ds22-ds45
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/591720/seccion/akn591720-ds8-ds10-ds22-ds35
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/591720/seccion/akn591720-ds8-ds10-ds22-ds48
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/591720/seccion/akn591720-ds8-ds10-ds22-ds58
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/591720/seccion/akn591720-ds8-ds10-ds22-ds24
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/591720/seccion/akn591720-ds8-ds10-ds22-ds62
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/591720/seccion/akn591720-ds8-ds10-ds22-ds68
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/591720/seccion/akn591720-ds8-ds10-ds22-ds43
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/591720/seccion/akn591720-ds8-ds10-ds22-ds37
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/591720/seccion/akn591720-ds8-ds10-ds22-ds53
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/591720/seccion/akn591720-ds8-ds10-ds22-ds64
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/591720/seccion/akn591720-ds8-ds10-ds22-ds49
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/591720/seccion/akn591720-ds8-ds10-ds22-ds39
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/591720/seccion/akn591720-ds8-ds10-ds22-ds33
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/591720/seccion/akn591720-ds8-ds10-ds22-ds34
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/591720/seccion/akn591720-ds8-ds10-ds22-ds51
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/591720/seccion/akn591720-ds8-ds10-ds22-ds26
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/591720/seccion/akn591720-ds8-ds10-ds22-ds32
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/591720/seccion/akn591720-ds8-ds10-ds22-ds47
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/591720/seccion/akn591720-ds8-ds10-ds22-ds28
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/591720/seccion/akn591720-ds8-ds10-ds22-ds66
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/591720/seccion/akn591720-ds8-ds10-ds22-ds23
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/591720/seccion/akn591720-ds8-ds10-ds22-ds67
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/591720/seccion/akn591720-ds8-ds10-ds22-ds42
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/591720/seccion/akn591720-ds8-ds10-ds22-ds61
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/591720/seccion/akn591720-ds8-ds10-ds22-ds63
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/591720/seccion/akn591720-ds8-ds10-ds22-ds57
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/591720/seccion/akn591720-ds8-ds10-ds22-ds38
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/591720/seccion/akn591720-ds8-ds10-ds22-ds55
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/591720/seccion/akn591720-ds8-ds10-ds22-ds56
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/591720/seccion/akn591720-ds8-ds10-ds22-ds31
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/591720/seccion/akn591720-ds8-ds10-ds22-ds50
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/591720/seccion/akn591720-ds8-ds10-ds22-ds25
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/591720/seccion/akn591720-ds8-ds10-ds22-ds40
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/591720/seccion/akn591720-ds8-ds10-ds22-ds52
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/591720/seccion/akn591720-ds8-ds10-ds22-ds46
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/591720/seccion/akn591720-ds8-ds10-ds22-ds27
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/591720/seccion/akn591720-ds8-ds10-ds22-ds36
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/591720/seccion/akn591720-ds8-ds10-ds22-ds65
- bcnres:tieneTramiteConstitucional = bcnbills:TramiteInsistenciaRechazoModificaciones
- bcnres:tieneTramiteReglamentario = bcnbills:DiscusionInsistencia
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/591720
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/591720/seccion/akn591720-ds8-ds10
- bcnres:tieneProyectoDeLey = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/proyecto-de-ley/ley-17450
- bcnres:numero = "6.-"^^xsd:string
- dc:title = "REFORMA CONSTITUCIONAL. MODIFICACION DEL ARTICULO 10 Nº 10. NACIONALIZACION DE LA GRAN MINERIA DEL COBRE. CUARTO TRAMITE CONSTITUCIONAL"^^xsd:string
- rdf:type = bcnses:SeccionProyectoDeLey
- rdf:type = bcnres:SeccionRecurso
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/797
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1700
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/937
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2654
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2156
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3896
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/cargo/322
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/cargo/323
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/978
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1721
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/cargo/321
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/513
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2601
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1219
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1774
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/362
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3405
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3758
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1316
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3893
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/temporal/1107
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3277
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2760
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/4463
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3567
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2092
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1689
- bcnres:tieneMateria = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/nacionalizacion-del-cobre
- bcnres:tieneMateria = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/ministerio-de-mineria
- bcnres:tieneResultadoDebate = bcnres:seAcuerdaNoInsistir
- bcnres:tieneResultadoDebate = bcnres:seAcuerdaInsistir
- bcnres:tieneTerminoLibre = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/reforma-constitucional
- rdf:value = " 6.-REFORMA CONSTITUCIONAL. MODIFICACION DEL ARTICULO 10 Nº 10. NACIONALIZACION DE LA GRAN MINERIA DEL COBRE. CUARTO TRAMITE CONSTITUCIONALEl señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Corresponde ocuparse, en seguida, del proyecto de reforma constitucional, en cuarto trámite, que modifica el artículo 10 Nº 10 de la Carta Fundamental.
Las modificaciones introducidas por la Cámara en el segundo trámite y que han sido rechazadas por el Senado en el tercero, impresas en el boletín Nº 629714, son las siguientes:
Artículo 1º
Letra b)
Ha suprimido, en el primero de los incisos que se agregan por esta letra, la frase que dice "y de las rocas y arenas que se encuentren en terrenos de propiedad privada y que se apliquen directamente a la construcción. ", y ha agregado un punto (. ) a continuación de la palabra "superficiales".
Ha intercelado, en el segundo de los incisos, después de la expresión "los hidrocarburos líquidos y gaseosos, ", suprimiendo la coma (, ) que la sucede, la frase "ni los materiales atómicos naturales", seguida de una coma (, ).
A continuación, ha agregado la siguiente letra c), nueva:
"c) Reemplázase el inciso cuarto por el siguiente:
"Nadie puede ser privado de su propiedad sino en virtud de ley general o especial que autorice la nacionalización o la expropiación, por causa de utilidad pública o de interés social, calificada por el legislador. El afectado tendrá siempre derecho a indemnización cuyo monto y condiciones de pago se determinarán equitativamente, tomando en consideración los intereses de la colectividad y los de aquél. La ley determinará las normasmpara fijar la indemnización, el tribunal que conozca de las reclamaciones sobre su monto el que en todo caso fallará conforme a derecho, la forma de extinguir esta obligación, y las oportunidades y modo en que la autoridad tomará posesión material de los bienes. '. ".
Letra c)
Ha pasado a ser letra d), con las siguientes enmiendas:
Ha desechado al final de la primera oración del inciso que se intercala, las palabras "y obligaciones. ".
Artículo 2º
Disposiciones transitorias
Decimoséptima
Ha suprimido, en su inciso primero, la frase intercalada que dice: "en conformidad a lo dispuesto en el artículo 10 Nº 10 inciso tercero de esta Constitución Política, ", y la coma (, ) que la sigue.
Ha reemplazado, en su inciso segundo, desde donde dice ", además, los de sus filiales que determine el Presidente de la República. ", por lo siguiente: "también aquellos que pertenezcan a terceros y que estén directa y necesariamente destinados a la explotación de las empresas señaladas, según determinación que hará el Presidente de la República. ".
Ha suprimido, en su inciso cuarto, la expresión "adecuada".
En el inciso primero de la letra a) de esta disposición decimoséptima, ha sustituido las palabras "sus filiare's" por el término "terceros".
Ha reemplazado el encabezamiento del inciso cuarto de esta letra, que dice "Las empresas afectadas", por el siguiente: "Los afectados", y la expresión "dichas" por "las".
A continuación, ha consultado el siguiente inciso quinto, nuevo, a esta letra:
"Cuando la disposición del inciso precedente no pudiera ser aplicada a terceros afectados, el derecho de éstos será una indemnización igual al costo original de los bienes nacionalizados, deducidas las amortizaciones, depreciaciones, castigos y desvalorización por obsolescencia. ".
Ha agregado en el inciso primero de la letra c), de esta disposición transitoria, a continuación de la frase intercalada ", que lo presidirá, " lo siguiente: "por un Ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago, designado por ésta, "; ha sustituido la palabra "miembro" por "Ministro"; ha consultado la preposición "por" después de la frase "por un miembro del Tribunal Constitucional designado por éste; "; ha suprimido la coma (, ) que sigue a las palabras "Banco Central" y ha agregado a continuación de ellas las siguientes: "de Chile y"; ha colocado un punto seguido después de las palabras "Impuestos Internos", suprimiendo los términos "y el Vicepresidente de la Corporación de Fomento de la Producción. ", y ha consultado, en seguida, las siguientes oraciones: "Los Ministros de la Corte Suprema, de la Corte de Apelaciones de Santiago y del Tribunal Constitucional serán subrogados por las personas que la Corte respectiva y el Tribunal, en su caso, designen de entre sus miembros. El Presidente del Banco Central de Chile y el Director Nacional de Impuestos Internos serán subrogados por quien legalmente ejerza sus cargos. ".
La letra i) ha pasado a ser j), redactada en los términos que a continuación se señalan:
"j) El Presidente de la República estará facultado para dictar las normas necesarias para organizar el régimen de administración y explotación de la Gran Minería del Cobre.
Con todo, deberá disponer que el 'capital de las empresas nacionalizadas pase al dominio de la Corporación del Cobre y de la Empresa Nacional de Minería en la proporción que él mismo fije. Las sociedades que de ello resulten serán tenidas para todos los efectos legales como las continuadoras de las empresas nacionalizadas.
Los bienes de terceros que hayan sido afectados por la medida de nacionalización quedarán incorporados también a las sociedades que se formen de acuerdo con lo previsto en el inciso precedente. ".
(El Senado acordó rechazar los dos primeros incisos de la citada letra i), que ha pasado a ser j), y aprobar el inciso final).
La letra j) ha pasado a ser k), reemplaza por la siguiente:
"k) Las relaciones laborales de los trabajadores de la Gran Minería del Cobre con las continuadoras legales de las empresas nacionalizadas seguirán rigiéndose por las disposiciones del Estatuto de los Trabajadores del Cobre, y por las de las leyes y reglamentos que lo complementan.
Los derechos, obligaciones y sistemas de remuneraciones actualmente vigentes, que deriven de las actas de avenimiento, contratos colectivos, fallos arbitrales, usos y costumbres o que provengan de disposiciones legales o estipulaciones contractuales, en favor de dichos trabajadores, continuarán en toda su vigencia, siendo su cumplimiento de cargo del continuador o la continuadora legal de las empresas nacionalizadas.
Los derechos de sindicalización y huelga que dicho Estatuto y las leyes confieren a los trabajadores, continuarán en toda su vigencia y conforme a sus modalidades y condiciones actuales. La Confederación Nacional de Trabajadores del Cobre y sus sindicatos afiliados, industriales y profesionales, conservarán su personalidad jurídica y continuarán rigiéndose por sus estatutos y reglamentos actualmente vigentes.
Se mantienen en toda su vigencia las disposiciones legales que reglan los derechos previsionales de los actuales trabajadores de la Gran Minería del Cobre y de los que pasen a depender del continuador o la continuadora legal de las empresas nacionalizadas.
Asimismo, para todos los efectos legales, los trabajadores de la Gran Minería del Cobre, conservarán su antigüedad, la que se seguirá contando desde la fecha de su respectiva contratación por la correspondiente empresa nacionalizada.
Autorízase al Presidente de la República para modificar el Estatuto para los Trabajadores de la Gran Minería del Cobre, sólo dentro de los preceptos contenidos en los incisos precedentes y sólo para adecuarlos a esta continuidad legal.
Lo dispuesto en esta letra podrá ser modifica por ley. ".
La letra k) ha pasado a ser l).
Ha consultado en la mencionada letra, el siguiente inciso final, nuevo:
"Lo dispuesto en esta letra podrá ser modificado por ley. "..
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
El procedimiento a que se sujetará la discusión de esta iniciativa fue puesto oportunamente en conocimiento de los señores Diputados.
En discusión la primera modificación introducida por la Cámara y que fue rechazada por el Honorable Senado, a la cual dará lectura el señor Secretario.
El señor LEA-PLAZA (Secretario).-
En el artículo 1º del proyecto ha suprimido, en el primero de los incisos que se agregan por esta letra, la frase que dice: "y de las rocas y arenas que se encuentren en terrenos de propiedad privada y que se apliquen directamente a la construcción. ", y ha agregado un punto (. ) a continuación de la palabra "superficiales".
Esta modificación de la Cámara fue rechazada por el Senado.
El señor ACEVEDO (Vicepresidnete).-
Ofrezco la palabra.
El señor MILLAS.-
Pido la palabra.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor Millas.
El señor MILLAS.-
Señor Presidente, se ha producido pleno acuerdo, para los efectos de la reforma constitucional, entre el Senado y la Cámara respecto de la reforma constitucional, entre el Senado y ]a Cámara respecto de la disposición concreta que establece: "El Estado tiene el dominio absoluto, exclusivo, inalienable e imprescriptible de todas las minas, las covaderas, las arenas metalíferas, los salares, los depósitos de carbón e hidrocarburos y demás sustancias fósiles, con excepción de las arcillas superficiales". Hay en relación a esto, acuerdo, y ya por el procedimiento afinado, de hecho en relación, a esta disposición. O por los trámites anteriores de este proyecto, corresponderá al Congreso Pleno ratificar esta reforma constitucional.
Se ha producido desacuerdo respecto de una frase complementaria que colocó el Senado a esta disposición. A la excepción lógica, indiscutible de las arcillas superficiales, que constituyen la corteza vegetal de la tierra y que, por lo tanto, no puede quedar involucrada dentro de lo que se considera minas o algo similar a las minas, a esta excepción digo tan lógica e indiscutible, como es el caso de las arcillas superficiales, se agregó la frase "y de las rocas y arenas que se encuentren en terreno de propiedad privada y que se apliquen directamente a la construcción. "
En la Cámara, en el segundo trámite, no se dio el quórum constitucional para incorporar esta frase, y los parlamentarios comunistas estamos porque la Sala insista y tampoco dé ahora el quórum, rechazándola, por cuanto ella establece una excepción, que consideramos peligrosa que figure en la legislación.
No voy a insistir más sobre esto, porque está fresco para todos los señores parlamentarios lo que aquí expusieran los señores Maira, Ramírez y César Raúl Fuentes. La salvedad, en relación con esta frase, fue hecha inicialmente en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de la Cámara por el Diputado señor Ramírez, y después se coincidió unánimente en la Comisión en objetarla, porque de hecho se establecería una norma de rango constitucional, por lo tanto, inflexible, que ampararía de manera muy absoluta, sin dar margen a ninguna flexibilidad de la legislación, a todo el que disponga de rocas y arenas susceptibles de ser empleadas directamente en la construcción: No quedarían sometidos a normas legales sino al amparo de la excepción absoluta establecida en su favor en la Constitución.
¿Cuál es la situación actual? El Código de Minería establece a nivel legal esta excepción. De acuerdo con la historia de su establecimiento, se consideró que se refería a las rocas y arenas que se emplearan para construcciones que efectuara el dueño del terreno, pero si se trataba de otras construcciones, indudablemente, corresponde determinar la pertenencia respectiva. Sin embargo, ha habido sentencias, se ha sentado jurisprudencia, amparando sin necesidad de pertenencia a propietarios para la explotación, no sólo para las construcciones que pudieran hacer en el mismo predio o en otros de su propiedad, sino para cualquiera aplicación mercantil, para cualquiera venta de tales materiales destinados a la construcción. Ello crea una situación difícil. Significa la posibilidad de explotación de pozos areneros o canteras en el centro de las ciudades, de parte de un cerro de un sector poblado, por ejemplo, si acaso fueran de propiedad particular, cuando ello fue explotado por un organismo público, la Municipalidad, se creó una situación tan difícilmente subsanable, como la que hoy día ocurre respecto al cerro San Cristóbal; el establecimiento de pozos areneros junto a poblaciones, y, por otra parte, el peligro de cierto monopolio al negarse a pertenencias determinados propietarios y disponer exclusivamente de las rocas y arenas que a veces son las susceptibles de aplicarse para la construcción en determinadas zonas.
Por ello, señor Presidente, se estimó en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de esta Cámara, que en relación, con esta materia es preferible que continúe para el propietario el amparo que se deriva del Código de Minería en vigencia, que no se innove al respecto y que sigan rigiendo las normas de dicho Código, como ocurrirá de hecho si acaso no se establece esta disposición en virtud de la disposición transitoria que así lo determina. Ha habido acuerdo entre el Senado y la Cámara y, por lo tanto, se puede considerar que esta reforma constitucional va a tener plena vigencia desde el momento que ha sido aprobada, por unanimidad, por ambas Cámaras.
Siguen en vigencia las disposiciones del Código de Minería, y cuando se modifiquen habrá oportunidad de modernizarlo y de establecer una legislación más flexible y más adecuada para estos materiales de construcción, de acuerdo con el desarrollo urbanístico actual y con las necesidades de la industria de la construcción; pero no me parece conveniente agregar esta frase, que es una norma susceptible de interpretaciones, que son peligrosas, dañinas y abusivas por la forma en que está el texto legal. Pasaría a ser extraordinariamente grave si quedara como una excepción absoluta e innecesaria en el texto constitucional.
Los parlamentarios comunistas creemos, por lo tanto, que basta el amparo legal y que no se requiere un amparo inflexible, constitucional, respecto de este tipo de pertenencias; que de hecho se niega en relación a ellas la posibilidad de establecer pertenencias y se crea un privilegio que puede convertirse, a veces, en monopolio y en abuso.
Por eso, los parlamentarios comunistas estaremos porque la Cámara insista y niegue nuevamente el quórum constitucional respecto de la frase concreta a que me referí.
He dicho.
El señor JAQUE.-
Pido la palabra.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor JAQUE.-
Señor Presidente, nos alegramos del acuerdo político que se ha producido para no excluir del dominio del Estado, en la forma en que lo establece esta modificación constitucional, "las rocas y arenas que se encuentren en terrenos de propiedad privada y que se apliquen directamente a la construcción".
El Senado, en el tercer trámite constitucional, ha insistido en el criterio de excluir las rocas y arenas, rechazando la modificación de la Cámara. Esta disposición fue ampliamente criticada en el seno de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, por cuanto se estimaba que lesionaba el interés general, de la colectividad, al entregarle a los particulares el dominio total, absoluto y exclusivo sobre las rocas y arenas, especialmente en aquellos casos en que se trata de pozos de arena y canteras que se encuentran ubicadas en terrenos de propiedad particular.
Los parlamentarios radicales consideramos inconveniente elevar al rango constitucional, los actuales preceptos del Código de Minería, señalados en el inciso segundo, artículo 3º, por cuanto esta disposición, como lo manifestaba el colega señor Millas, ha sido cuestionada. El señaló, además, todos los problemas que se han producido sobre el particular y los perjuicios que podrían ocasionarse al interés de la colectividad de aceptarse el criterio del Senado. Por lo demás, en el informe que emitió la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, entregó un argumento más, manifestando a este respecto que si se hacía una excepción con las rocas y arenas, la ley no podría más tarde sujetarlas o incorporarlas a un régimen diverso del actual, especialmente en lo referente a la forma, condiciones y efectos de las concesiones, dentro de la facultad que se entrega al legislador en la disposición decimosexta, transitoria, de esta reforma.
En consecuencia, señor Presidente, de acuerdo con los fundamentos que se han dado, nosotros, los parlamentarios de estas bancas, vamos a mantener el criterio que había acordado esta Corporación en el segundo trámite constitucional.
Nada más.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra sobre las modificaciones de la letra b) del artículo 1°.
El señor FUENTES (don César Raúl).-
Pido la palabra.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor FUENTES (don César Raúl).-
Señor Presidente, nosotros también mantendremos el criterio de la Cámara en el segundo trámite constitucional de este proyecto, en relación a la modificación que ahora estamos discutiendo.
Tal como se ha recordado aquí, ha sido iniciativa de los parlamentarios de la Democracia Cristiana, por medio del Diputado señor Ramírez, el excluir "las rocas y arenas que se encuentren en terrenos de propiedad privada y que se apliquen directamente a la construcción", de la forma cómo se había encarado el dominio absoluto minero por el Senado, en relación a este tipo de materia.
Ahora bien, esta norma fue perfeccionada tanto por el señor Millas como por la participación de otros colegas de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia.
Nosotros mantendremos este criterio, porque nos ha tocado presenciar una serie de abusos, donde el dueño de un terreno sería, al mismo tiempo, dueño de las rocas y arenas que se aplican directamente a la construcción y, en consecuencia, empezaba a negociar con ellas. También sabemos que el Ministerio de Obras Públicas, en algunas oportunidades, ha tenido que entrar a expropiar este tipo de materiales para la construcción de caminos fundamentales. Esto nos parece un abuso. Estimamos que el dominio del Estado se debe extender a este tipo de materiales.
Mientras tanto, va a quedar vigente el Código de Minería en todas sus partes. En consecuencia, el particular va a ser considerado un concesionario para poder utilizar este tipo de materiales, hasta que se dicte una nueva ley que modifique sustancialmente el Código de Minería en esta materia.
Nosotros queremos manifestar que no vemos ningún inconveniente de orden jurídico para que, en aquella ocasión, se establezca en favor del propietario una especie de derecho de concesión que presuma la ley con fines limitados, por ejemplo, lo que verá en su oportunidad el legislador. A nuestro juicio, no habría incompatibilidad alguna, ya que, cuando el propietario necesite estos materiales para aplicarlos a la construcción de una casa, no vemos por qué va a estar pidiendo, necesariamente, una concesión. Por cierto que va a ser una materia que tendrá que abordar el legislador. Lo que nosotros deseamos señalar desde ahora es que no vemos ninguna incompatibilidad para que, modificándose el Código de Minería, se establezca una norma de este carácter que le dé al propietario del suelo la calidad de concesionario, sin necesidad de pedir la concesión, con fines de carácter limitado, para la construcción.
Queremos dejar establecido este criterio y manifestar que vamos a insistir en la modificación de la Cámara; es decir, estaremos por la supresión de la frase "y de las rocas y arenas que se encuentren en terrenos de propiedad privada y que se apliquen directamente a la construcción. "
Nada más.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En conformidad con el acuerdo adoptado por la Sala, se procederá a votar esta disposición después de las 18 horas.
El señor Secretario dará lectura a la modificación siguiente.
El señor LEA-PLAZA (Secretario).-
La modificación de la Cámara, que el Senado rechazó, consistente en intercalar en el segundo de los incisos de la misma disposición anterior, después de la expresión "los hidrocarburos líquidos y gaseosos", suprimiendo la coma que la sucede, la frase "ni los materiales atómicos naturales", seguida de una coma.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra.
El señor JAQUE.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor JAQUE.-
Señor Presidente, los parlamentarios de estas bancas también vamos a insistir en esta disposición, aprobada en tercer trámite constitucional por esta Corporación, en el sentido de que se excluya de toda posibilidad de concesión los materiales atómicos naturales. Consideramos que se trata de una disposición, elevada al rango constitucional, de extraordinaria importancia.
¿Cuál ha sido el criterio del Senado para rechazarla? He leído algunos aspectos del debate que hubo en el Senado y de él se deducen dos razones por las cuales lo habría hecho. Se ha expresado que todos los minerales contienen sustancias radiactivas y que, por este hecho, podría limitarse en el futuro el otorgamiento de concesiones sobre esos minerales.
Nosotros, en el informe que sobre esta materia emitió la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, dimos un alcance muy preciso a la disposición que se refiere a los materiales atómicos naturales. En el informe expresamos lo siguiente: Que "la Comisión entiende y se remite al alcance con que se legisló en la ley Nº 16. 319 que los reservó para el Estado. En ningún caso se ha querido extender el concepto de materiales atómicos naturales a todas las sustancias minerales que contienen elementos radiactivos en alguna medida, porque con ello se estaría limitando la posibilidad de otorgar concesiones respecto de todos aquellos minerales en que la radiactividad se manifestara en pequeñísimas partículas que es el caso de cualquier elemento mineral, sino que sobre aquellos materiales atómicos que se dieran en un grado de pureza tal, que se pueda hablar que son materiales energéticos en los términos que lo ha entendido el legislador en la ley Nº 16. 319, que en el artículo 5º dice que serán de reserva del Estado los yacimientos de materiales atómicos naturales que existan en terreno franco, o en aquellos cubiertos por pertenencias mineras de sustancias comprendidas en los incisos segundo y siguientes del artículo 3º del Código de Minería, cualquiera que sea el dueño del terreno superficial o de esa clase de pertenencias. ".
Este es el alcance que le dio la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia a esta disposición que, lamentablemente, no ha sido entendida así en el Honorable Senado.
Además, señor Presidente, se ha dicho en el Senado que, en la expresión "materiales atómicos naturales", no estaría precisado el concepto científicamente, en circunstancias que la expresión "materiales atómicos" así se manifestó, expresándose otro criterio en el Senado, parece tener suficiente precisión y connotación internacional, porque ha sido usada en un proyecto tipo para los países americanos sobre dominio del Estado respecto de estas sustancias, preparado por la Comisión Interamericana dé Energía Nuclear. También ha sido utilizada por el legislador en la ley Nº 16. 319, que estableció la reserva del Estado sobre este tipo de materiales,
Los parlamentarios de estas bancas vamos a insistir en el criterio de esta Corporación por dos razones fundamentales. Primero, si se han excluido los hidrocarburos líquidos y gaseosos de la posibilidad de otorgar sobre ellos concesiones, consideramos que con mayor razón deben excluirse los materiales atómicos naturales por la importancia extraordinaria que tienen como materiales energéticos; y, segundo, se trata de elevar al rango constitucional los preceptos contenidos en la ley Nº 16. 319, con el alcance que también he señalado.
Por todas estas razones, señor Presidente, repito, los Diputados de estas bancas vamos a insistir en el criterio de la Cámara.
El señor PENNA.
Pido la palabra.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor PENNA.
Señor Presidente, quiero intervenir en esta sesión, aprovechando la presencia del señor Ministro de Minería, para exponer, a la luz de esta nueva reforma constitucional, algunos antecedentes acerca de la visión con que se enfrentará el futuro de la Pequeña y Mediana Minerías.
Ha quedado a firme, en lo que atañe a la Pequeña y Mediana Minerías, cuando esta reforma constitucional sea publicada y mientras no se legisle en el Parlamento sobre el nuevo Código Minero, todo seguirá igual, de modo que el amparo de las concesiones por la patente seguirá en vigencia. Será la ley la que fijará la forma y resguardo del otorgamiento y disfrute de dichas concesiones, la materia sobre la que recaerán los derechos y obligaciones a que darán origen, y la actividad que los concesionarios deberán desarrollar en interés de la colectividad para merecer amparo y garantías legales.
Es claro y definitivo que esta reforma constitucional en ninguna parte autoriza de por sí, a ninguna institución fiscal, para expropiar pertenencias e instalaciones mineras.
Digo esto, señor Presidente, porque he estado en reuniones a las que me han llamado los mineros de Andacollo. En distintas oportunidades, técnicos de la ENAMI, empezando por su Vicepresidente, les han hecho saber a los mineros que deben desalojar la zona lo más rápidamente posible. A los mineros se les ha dado plazo de tres o cuatro meses para terminar con sus faenas, y a los planteros de no más de cuatro o cinco años. La ENAMI se hará cargo de las minas y está obligando a los dueños de pertenencias mineras a vendérselas, para que ésta organice allí una gran industria, única, a tajo abierto. Una vez que tengan las minas en su poder, abastecería a los planteros de minerales por cierto tiempo y, posteriormente, éstos tendrían "que irse.
Naturalmente, esta exigencia, que yo podría calificar de arbitraria e ilegal, ha causado verdadero pánico en todos los sectores de la población, los cuales ven, con temor, que el fantasma de la cesantía se cierne sobre ellos.
El señor FUENTEALBA (don Clemente).-
¡Ellos estaban de acuerdo en eso!
El señor PENNA.-
En la actualidad Andalloco es uno de los principales productores de cobre de la Pequeña Minería que existen en el país. De él se extraen, aproximadamente, unas mil toneladas diarias de mineral de cobre, que provienen de una gran cantidad de piques, en un número cercano al ciento. El trabajo lo efectúan una gran cantidad de empresarios independientes. Los minerales son beneficiados en cerca de sesenta pequeñas plantas que, en su inmensa mayoría, muelen con trapiches. La producción minera es, aproximadamente, de mil a mil doscientas toneladas mensuales de concentrados, que tienen entre el 20 y el 30 por ciento de cobre y 4 gramos de oro por tonelada. Se calcula que en estos momentos hay ocupados unos mil trabajadores en las minas, y unos quinientos en las plantas.
Los yacimientos de Andacollo, muy especialmente "El Culebrón", han sido estudiados por el Departamento de Minas de la Universidad de Chile y por la ENAMI, y muestran en principio, que hay un manto mineralizado con una sobrecarga de 10 a 70 metros, que hay que remover para llegar al mineral, el cual contendría una reserva matemática de 20 millones de toneladas de mineral, de ley de 1, 3% de cobre, en su mayor parte sulfurado. Muestran igualmente la posibilidad de que sea factible una explotación económica común, a rajo abierto, para el conjunto de las pertenencias que cubren el yacimiento.
Según dicho proyecto, se explotaría a un ritmo de 5 mil toneladas diarias, o sea, 1 millón 500 mil toneladas anuales, lo que daría una producción de unas 17. 500 toneladas de cobre fino al año, ley común de 1, 3%, en forma de concentrado de más o menos 30% de cobre.
Las nuevas informaciones en mi poder indican que esta reserva se habría ampliado, a la luz de nuevos antecedentes, a unos 40 millones de toneladas, pero de una ley de 0, 7%, con lo cual se podría trabajar al ritmo de 10 mil toneladas diarias, produciendo, entonces, unas 21 mil toneladas de cobre fino al año. Estas instalaciones no pueden representar una inversión de 60 millones de dólares.
Señor Presidente, he estado en diversas reuniones con los mineros de Andacollo, y ellos han manifestado oficialmente, por acuerdo que ninguno de ellos se opone a que la ENAMI estudie y dé forma a un gran proyecto minero. A pesar de sus temores, se dan cuenta de que si efectivamente hay una gran riqueza nacional en el subsuelo, ésta debe ser aprovechada íntegramente para el país. Ellos están dispuestos a dar toda clase de facilidades para que el desarrollo del proyecto sea una realidad; pero, al mismo tiempo, sostienen que, a juzgar por los estudios conocidos, es absolutamente prematuro, sin antes haber despejado muchas incógnitas, el tratar de desalojarlos en estos momentos de crisis en la provincia, derivada, en gran parte, de los cinco años de sequía absoluta.
Desde luego, no se ha despejado con seguridad el problema de la cubicación del yacimiento. Los estudios de la Universidad de Chile y de la ENAMI no pasaron de ser observaciones en los piques actualmente en trabajo o abandonados y, a raíz de éstos, se calculó una reserva matemática. Ha habido estudios de Anaconda y de la Mansfield alemana, pero no demostraron mayor interés.
Los mineros ven que no ha habido nuevos trabajos de sondaje en el terreno, que permitan certificar, por ejemplo, la ampliación de la cubicación a 40 millones de toneladas, como ahora se dice. Hay una sola máquina de sondaje trabajando, de tan escasa capacidad que es imposible pensar que ENAMI crea realmente que sus trabajos servirán de algo. Nada nuevo se ha agregado a lo ya conocido desde hace más de seis años.
Por otra parte, la ley 0, 7% es demasiado baja para ser factible. Ni la Gran Minería es capaz de trabajar económicamente con estas leyes.
Por ello piden que, junto con despejar seriamente estas dudas, se haga un proyecto de factibilidad en términos reales. En seguida, hay que hacer el proyecto de ingeniería necesario. Hay que resolver, además, problemas tecnológicos y, al final, lo principal es obtener el financiamiento de los 60 u 80 millones de dólares para hacer realidad el proyecto.
Se dice por los técnicos de ENAMI que hay interesados en formar una sociedad mixta con Chile, como empresas de Yugoeslavia y Canadá, las que pondrían el capital y la dirección técnica.
Creemos que allí justamente está la gran definición. Sabemos que cualquiera empresa que se interese, revisará los estudios minuciosamente. Nadie, de ninguna parte del mundo, invierte capital en empresas mineras, si primero no se asegura de la factibilidad.
En este factor los mineros de Andacollo ponen su destino.
Pero lo que sí y excúseme, señor Presidente parece demencial e irresponsable, es que sin haber resuelto siquiera los problemas elementales, técnico-económicos, se esté queriendo forzar a los mineros de Andacollo a paralizar y erradicar una industria independiente, que es vital para la vida de doce mil habitantes. Cualquier error de cálculo en la planificación del gran proyecto, minero, puede producir como resultado una cesantía galopante.
Por otra parte, la falta de agua ha sido el cuello de botella de la producción minera de Andacollo. Este último tiempo se ha estado subiendo desde el plano y a mil metros de altura, agua en camiones, no sólo para la bebida de los habitantse, sino también para las plantas mineras.
Los mineros están conscientes de este hecho y durante el Gobierno pasado consiguieron un proyecto de abastecimiento de agua desde los llanos de Pan de Azúcar, que mediante seis estaciones de bombeo elevará 25 litros por segundo de agua a más de mil metros de altura hasta Andacollo. Estas instalaciones se están terminando y próximamente se inaugurarán.
Los propios mineros han hecho un esfuerzo y están pagando gran parte de los costos de esas instalaciones. Hasta el momento esto significa más o menos un millón de dólares, que se están descontando de tarifas, porque durante casi un año han tomado la iniciativa de que ENAMI les de cuente un porcentaje de las ventas de minerales, para financiar las instalaciones.
Una vez que se cuente con el agua, la perspectiva de la producción aumentará más o menos en un 30%.
En el gran proyecto minero de ENAMI se consulta traer agua desde el río Hurtado, que queda a más de 70 kilómetros. Según nuestros cálculos se necesitan unos 200 a 300 litros por segundo de agua para elaborar los minerales. Puedo decir categóricamente que el caudal de agua que trae el río Hurtado es muy inferior a lo que se requiere.
El proyecto de traer agua del río Hurtado ha sido estudiado por CORFO y cuesta más o menos 5 millones de dólares, pero cuenta con el total rechazo de los campesinos del lugar que ven con temor el fantasma permanente de la sequía, ya que estos últimos años han visto perder sus siembras y solamente se les ha entregado agua, no para salvar cosechas, sino para salvar los árboles más valiosos. ¿Cómo pretender entonces que consientan en despojarse del agua tan vital para su supervivencia?
Por ello, si los Ejecutivos de ENAMI saben que ni la Constitución ni la ley les autorizan para expropiar pertenencias e instalaciones y que si los mineros se niegan a entregar sus pertenencias mineras y paralizan sus actividades basados en la poca seriedad de los actuales estudios, ¿tenemos que concluir que se está pensando acaso en tomar represalias contra ellos, porque así me lo han hecho saber, para hacerlos quebrar mediante una serie de medidas que se pueden tomar: como el crédito, el no tener insumos, el retrasar las tarifas?
Por esta razón pedí la palabra, señor Presidente: para explicar lo que sucede en Andacollo, porque de lo que está pasando allá está pendiente prácticamente toda la pequeña y mediana minería del país.
Nada más, señor Presidente.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro de Minería.
El señor CANTUARIAS (Ministro de Minería).-
Señor Presidente, en primer lugar, quiero señalar que es preocupación fundamental del Gobierno el estudio del proyecto de nacionalización de la Gran Minería del Cobre. Creo que ese es el objeto de esta reunión; por lo tanto, la materia tratada por el Diputado señor Penna tiene poca relación con ello.
En todo caso, entiendo perfectamente bien que el señor Diputado, que es un hombre preocupado por los problemas de su provincia, haya tocado de paso el problema que afecta a la minería de Andacollo; pero yo debo decirle a la Cámara que los proyectos de la Empresa Nacional de Minería, en lo que dice relación con la explotación minera de Andacollo, son en este momento objeto de estudio por el Ministerio. No hay decisiones tomadas al respecto, y lo que se está estudiando es una idea que había sido ya esbozada en otra oportunidad, en otro Gobierno, no es sino la explotación de Andacollo como un solo todo.
Nosotros no hemos dado un ultimátum a los actuales planteros o dueños de mina de la zona en orden a que ellos tienen que entregar todas sus pertenencias a la Empresa Nacional de Minería.
Las demás observaciones que ha hecho el Honorable Diputado, sin duda que pueden ser objeto de una reunión especial o de un informe que le entreguemos sobre los proyectos que se están desarrollando sobre esta materia. En todo caso, quiero hacer presente y esto para seguridad del señor Penna que cualquier medida que se adopte en relación con el mineral de Andacollo o cualquier otro, va a ser siempre tomada en consulta con las personas que sean beneficiadas o afectadas con la medida del Gobierno.
Eso es todo, señor Presidente.
El señor GUERRA.-
¿En qué quedamos?
El señor FUENTEALBA (don Clemente).-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor FUENTEALBA (don Clemente).-
Señor Presidente, yo no puedo dejar pasar las observaciones del Diputado Penna ni decir algo de lo que se puede hacer más adelante en Andacollo.
Yo he estado hace poco allá conversando con los mineros, y sé que desean ponerse de acuerdo con ENAMI para estudiar una mejor forma de explotación de aquellas minas.
La verdad es que hay más de 40 plantas que se trabajan en forma individual y con mucho costo. Por eso están dispuestos a entrar en conversaciones con ENAMI para realizar un trabajo más moderno que dé una mayor producción.
Ha expresado el señor Penna algo que yo no quiero que quede flotando en el ambiente: que no se terminaría la aducción de agua de Tambillo, que se está realizando. Eso está ya por terminarse, y se trata de una cantidad de agua de 50 litros por segundo, ' y no de 25 como dijo el colega, que se va a llevar a 19 kilómetros por una cañería de 12 pulgadas. Como él decía, hay seis bombas de elevación. La verdad es que eso se va a terminar y no se ha pensado en que se traiga agua del río Hurtado a cien kilómetros de distancia, como él expresaba. Ese era un estudio que tenía el Gobierno anterior y que no se ha seguido, porque con cincuenta litros de agua por segundo con que se va a abastecer al pueblo de Andacollo no hay necesidad de "sacrificar" al río Hurtado.
Entrego esta información, a fin de que no quede flotando en la mente de los señores Diputados de que se está cometiendo alguna arbitrariedad en Andacollo.
El señor PENNA.-
Pido la palabra.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
El señor Penna tiene la palabra.
El señor PENNA.
Señor Presidente, nadie ha dicho aquí que no se van a terminar las instalaciones. Al contrario, se van a inaugurar dentro de pocos días.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
¿Me excusa Su Señoría?
Le ruego referirse a la materia en debate.
El señor PENNA.-
ES que han quedado flotando un lote de cosas. Me he referido a este punto justamente, porque quiero dejar bien en claro que no pueden expropiarse pertenencias mineras ni con la Constitución actual, ni con la nueva, reforma, sino por ley. A eso me he querido referir. Por eso hice hincapié, porque es un problema que sacude a la provincia.
El señor PONTIGO.
Ha traído al debate un problema que nada tiene que ver Con la reforma constitucional.
El señor MlLLAS.-
Pido la palabra.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Señor Millas:
El señor MILLAS.-
Señor Presidente, volviendo al tema de los materiales atómicos naturales, creo que lo expuesto por el colega señor Jaque, Diputado informante en el segundo trámite de esta reforma constitucional, me ahorra mayores explicaciones. En verdad ha habido criterio unánime en cuanto a que los materiales naturales para la producción de energía atómica, que son materias primas de la energética, deben quedar, igual que los hidrocarburos líquidos y gaseosos, reservados exclusivamente para ser explotados por el Estado. En esto ha habido un criterio "unánime. Hubo una proposición del Ejecutivo, objetada en el Senado, que estimaba que como no había disposición legal, disposición jurídica expresa que definiera lo que se entendía por materiales radiactivos, podía interpretarse que cualquier grado, por casi insignificante que fuese de radiactividad, en cualquier sustancia mineral, implicará su reserva absoluta de tal yacimiento para él Estado. Se objetó eso. Entonces en la Cámara nos atuvimos al contenido de la ley tipo sobré esta materia, redactada por la Comisión de las Naciones Unidas, especialista en esta legislación, que dice: materiales atómicos naturales. Reprodujimos así lo que ya está en la ley chilena, que, basándose en tal ley tipo internacional, ha reservado para el Estado la exclusividad dé los yacimiento de materiales atómicos naturales.
Así, nos encontramos con una terminología que, jurídicamente, está amparada por una definición internacional y que está ya incorporada a nuestra legislación con tal acepción. Por lo tanto, ahora ya no hay motivos como para tener suspicacias. Desgraciadamente, en el Senado esto sé considero con la rapidez que corresponde a un tercer trámite constitucional. Fue visto en una sola sesión de la Comisión de Constitución y, de inmediato, fue llevado a la Sala. No hubo oportunidad de considerar los antecedentes que se hicieron valer en esta Cámara, y prevalecieron las preocupaciones anteriores.
Ya en el debate de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de ésta Cámara, y ahora en el informe a que se ha referido el colega señor Jaque, con ocasión del segundo trámite constitucional, se precisó que se trata de materiales aprovechables para la industria de energía atómica y que se hallan en una cuantía o porcentaje relevante como para ser aprovechados. Por eso, con lo aclarado en el informe y con lo que ahora a vuelto reiterar el colega jaque, y que yo suscribí plenamente, creo que no hay razón para dejar sin trasladar a nivel "constitucional una reserva para el Estado que ya está establecida en nuestra legislación positiva.
Por lo tanto, los parlamentarios comunistas insistiremos en la incorporación de la frase: "ni los materiales atómicos naturales".
Nada más.
El señor FUENTES (don Cesar Raúl).-
Pido la palabra.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
El señor Fuentes, don César, tiene la palabra.
El señor FUENTES (don César Raúl).
Señor Presidente, nosotros también insistiremos en esta modificación que introdujo, en el segundo trámite constitucional, la Cámara de Diputados.
La verdad es que se trata, en el fondo, de acoger el criterio ya expresado en la ley Nº 16. 319, de elevar este criterio de carácter legal a la categoría de norma constitucional. Lamentablemente, no ha habido en el Senado, el quórum necesario para acoger esta modificación. En todo caso nosotros creemos que ésta es una materia que debe tener rango constitucional, y, por tal motivo vamos a insistir en ella, aunque no prevemos claro el futuro de esta, norma en el quinto trámite constitucional en el Senado.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate. De conformidad, al acuerdo de la Sala queda pendiente la votación hasta después de las 18 horas...
El señor LEA-PLAZA (Secretario).-
La modificación siguiente consiste en agregar la siguiente letra c), nueva:
"c) Reemplázase el inciso cuarto, por el siguiente;
"Nadie puede ser privado de su propiedad sino en virtud de ley general o especial que autorice la nacionalización o la explotación, por causa de utilidad pública o de interés social, calificada por el legislador. El afectado tendrá siempre derecho a indemnización, cuyo monto y. condiciones de pago se determinarán equitativamente tomando en consideración los intereses de la colectividad y los de aquél. La ley determinará las normas para fijar la indemnización, el tribunal que conozca de las reclamaciones sobre su monto, el que en todo caso fallará conforme a derecho, la forma de extinguir esta obligación, y las oportunidades y modo en que la autoridad tomará posesión material de los bienes. ". ".
El Senado ha rechazado esta modificación.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra.
El señor JAQUE.-
Pido la palabra.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor Jaque.
El señor JAQUE.-
Señor Presidente, esta modificación, que había propuesto esta Honorable Corporación y que ha sido rechazada por el Senado, tuvo su origen en una indicación suscrita por el colega señor Maira, el colega Millas y el que habla, en el sentido de incorporar la institución jurídica de la nacionalización al inciso cuarto del N° 10 del artículo 10 de nuestra Carta. Fundamental.,
Durante el largo debate que ha habido tanto en el Senado como en esta Corporación, se han establecido algunas diferencias de criterio para explicar el alcance de los términos "nacionalización" y "expropiación".
La nacionalización es una institución jurídica nueva, como lo he señalado y que recae sobre conjuntos de bienes, sobre actividades. En cambio, la expropiación, como, reiteradamente se ha expresado, recae sobre bienes determinados.
Pero donde se han producido las mayores dificultades para precisar el alcance., de estas dos indicaciones es en lo que dice relación con la indemnización. Se ha sostenido, que en la indemnización basta que la indemnización sea adecuada, esto es, apropiada a las circunstancias y condiciones en que la nacionalización debe realizarse. No hay, en consecuencia, un criterio fijo para establecer el monto de la indemnización, que puede ir, según los casos, de un 30 ó un 40 a un 70% del valor total del bien. En cambio, tratándose de la expropiación, la doctrina ha sostenido que la indemnización debe ser total, es decir, equivalente al valor del bien que se expropia; también se ha señalado que debe ser conmutativa.
Este es el alcance que se les ha querido dar por la mayoría de los Senadores y Diputados. Pero, desgraciadamente, en el Senado se ha producido una confusión para precisar el alcance de estas instituciones.
Algunos Senadores, en forma aislada, han sostenido que, tratándose de una nacionalización, la indemnización debe ser adecuada, lo que incuestionablemente es correcto, y que, tratándose de una expropiación, la indemnización debe ser equitativa. Como lo he señalado anteriormente, tratándose de expropiaciones, se aconseja que la indemnización sea total, completa o, si se quiere, conmutativa. De allí que podría decirse también que esa indemnización debe ser equivalente a los perjuicios que se irrogan al expropiado. Pero, tal vez debido a la paronimia existente entre los vocablos "equivalente" y "equitativo", se ha incurrido en el error de sostener que la indemnización del expropiado debe ser equitativa, como una diferencia con la del nacionalizado, que debe ser adecuada. Si se dijera que la del expropiado debe ser equivalente, mientras que la del nacionalizado basta que sea adecuada, se aceptaría plenamente.
Pero todavía hay más precisiones que hacer. La expresión "equitativa" es una expresión genérica. Estimamos que éste fue el alcanee que le' dio la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia: que debe ser aplicada a estas materias de acuerdo a un valor genérico. De allí que tanto la indemnización equivalente que se paga en el caso de la expropiación como la adecuada que se paga en caso de nacionalización, tienen, ambas, el carácter de equitativas, porque "equitativo" no es sinónimo de "equivalente" o "conmutativo", como se ha pretendido por algunos, sino que tiene un sentido mucho más general, que requiere de explicación que voy a precisar más adelante.
En consecuencia, el que dice que la indemnización de la expropiación debe ser equitativa no yerra, porque efectivamente es así; pero se equivocaría si pretendiera sostener, por ende, por contraposición, que la indemnización de la nacionalización no debe ser equitativa, y que basta que sea adecuada. La verdad es que ambas indemnizaciones deben ser equitativas. Pero dentro del concepto amplio de equidad caben tanto la equivalencia o conmutatividad de la indemnización de la expropiación como la adecuación de la indemnización de la nacionalización. Es, pues, equitativa una indemnización total, a nuestro juicio; pero no es menos equitativa una indemnización inferior al monto total de la privación experimentada por el afectado por una medida de nacionalización, si en la fijación de esa indemnización, calificada por ello de adecuada, se ha considerado diversos antecedentes, circunstancias y factores que llevan a reducirla en una medida mayor o menor.
Tanto es así, que uno de los tratadistas que los propios Senadores señalaron entre los que se han referido a esta materia, el profesor de la Universidad de Sofía Konstantin Katzarov, en su tratado sobre la "Teoría de la Nacionalización", para precisar que, en realidad, tratándose de una nacionalización, 1a indemnización puede ser adecuada o equitativa, porque son términos que se emplean indistintamente para referirse a ella, dice, en lá página 532 de su tratado: "Debemos reconocer que se admite cada vez más, en derecho interno: a) que la nacionalización se dirige a aquellos bienes y actividades de naturaleza superior que no deben seguir siendo objeto de propiedad privada, sino pertenecer a la colectividad y ser utilizados en el interés colectivo, y b) que cuando esos bienes y esas actividades se convierten en propiedad de la colectividad, no se debe entregar una indemnización "total", sino "adecuada" o "equitativa". ".
En consecuencia, señor Presidente, cuando nos hemos referido a la indemnización "adecuada", nos estamos refiriendo a una indemnización "equitativa".
Ahora, ¿cuál fue el alcance que nosotros le dimos a esta disposición, al sugerir su incorporación a la Carta Fundamental? No era otro que el buscar que haya en la norma constitucional una regla general relativa a la manera de regular el monto y forma de pago de las nacionalizaciones que la ley disponga; que el monto y condiciones de pago de la indemnización, en casó de nacionalizaciones, se determine por la ley en forma equitativa, considerando los intereses de la colectividad y los del afectado por la medida. Significa, lisa y llanamente, aprovechar una expresión amplia, que ya se contiene en el texto constitucional vigente y que tiene un claro sentido de flexibilidad, y no de rigidez. Es el término "equitativamente" que emplea nuestra Carta Fundamental, Nosotros, al sugerir esta modificación, nunca pensamos, señor Presidente, que las nacionalizaciones no reguladas en otra disposición de la reforma constitucional tuvieran que dar origen, necesariamente, al pago de una indemnización total o equivalente, como se ha sostenido en el Senado. Para nosotros era muy claro, que el término que emplea actualmente nuestra, Carta. Fundamental, al decir "equitativamente", no es un término fijo. Porque la Carta Fundamental, en su inciso, cuarto, establece que la indemnización se determinará tomado en consideración dos factores esenciales; los intereses generales de la colectividad y los intereses del afectado. Es decir, en esto, como lo señalamos en el debate que hubo en el segundo trámite constitucional en esta Corporación, hay una fluctuación entre estos dos factores, de tal manera, que lo que se determine en definitiva como equitativo dependerá de la naturaleza del bien que se va a expropiar o nacionalizar y del fin de que se persiga con la nacionalización o la expropiación. Ese es el alcance que nosotros le dimos, señor Presidente, o por lo, menos yo subscribí la indicación con este alcance y con este carácter. Pero, desgraciadamente, en el Senado se ha producido una confusión y se le ha querido dar un alcance enteramente, ajeno a su intención y al claro espíritu que animó a sus autores.
Se ha sostenido en el Senado que tanto, la nacionalización como la expropiación: quedarán sujetas a las mismas normas, o sea, que la nacionalización no regida por reglas especiales, propias de esta reforma, debería quedar sujeta al pago de una indemnización total o conmutativa. Para desmentir esta equívoca interpretación, bastará señalar que la Constitución actual no habla de indemnización equivalente, ni de indemnización total, ni de indemnización conmutativa, sino que usa términos directos, cuyo exacto significado, conforme a su tenor literal y al sentido, manifiesto de la frase, es enteramente distinto del de indemnización equivalente, total o conmutativa. En efecto, la Constitución dice que el monto y condiciones de pago de la indemnización se determinarán equitativamente tomando en consideración los intereses de la colectividad y de los expropiados. La palabra "equitativamente" no tiene el alcance que pretende asignarle esta interpretación equivocada, como la vamos a seguir analizando, a continuación.
Este error interpretativo se entronca con algunos conceptos que fueron debatidos durante la reforma del Nº 10 del artículo 10 en la discusión de la reforma constitucional el año 1917. Entonces se; planteó si la Corte Suprema, por la vía de la inaplicabilidad, conociendo un recurso de inconstitucionalidad, podía llegar a declarar que el monto o condiciones de pago de una indemnización eran contrarias a la Constitución, por no ser equitativas. A través de una discusión bastante equívoca, varios parlamentarios pensaron que sería posible a la Corte Suprema declarar la inaplicabilidad de la ley. Una correcta interpretación del término "equitativamente" demuestra, no obstante, que eso no es posible.
De allí ha resultado que incluso algunos tratadistas, como don Enrique Evans, hayan sostenido que es susceptible de recurso de inaplicabilidad una ley que no es tenida por "equitativa" en el monto o forma de indemnización por la Corte Suprema. Así lo sostiene el profesor señor Evans en su obra "Estatuto Constitucional del Derecho de Propiedad en Chile", páginas 410 a 415. Ante lo anterior, en consecuencia, no es de extrañar que, por el criterio con que los tribunales superiores de justicia chilenos aplican la ley o los preceptos constitucionales, puedan verse influidos, como ya se ha visto en algún caso, por este tipo de interpretaciones.
Si la actual Constitución pide que la ley fije el monto y forma de pago de la indemnización en forma equitativa, quiere decir que está permitiendo al legislador una latitud, que le está impartiendo un criterio flexible y no rígido. Al ser así, ni cabe que un tribunal puramente de derecho como la Corté Suprema entre a calificar las circunstancias, factores y particularidades que tuvo en cuenta el legislador y que lo movieron a tener por "equitativo" un criterio legal dado, ni es admisible que se tome esa exigencia legal de proceder con equidad en un sentido absolutamente diverso, como sería el de proceder a disponer indemnizaciones "equivalentes" al perjuicio o privación experimentados por el afectado.
La Constitución no exigió la "igualdad" o "plenitud" en la, fijación de la indemnización, ni en su monto ni en la forma de pago. Le bastó señalar, cautamente y haciendo fe en la capacidad del legislador de apreciar soberanamente cada caso especial, que ella fuera "equitativa".
Las palabras de la Constitución que siguen a la exigencia de determinación equitativa no hacen sino confirmar la conclusión anterior. Si se dice que la determinación se hará equitativamente, "tomando en consideración los interesas de la colectividad y los de los expropiados", resulta imposible entender racionalmente el texto legal como una exigencia de equivalencia en el monto o de cierta prontitud en el pago, Justamente, esos factores que la Constitución impuso al legislador, anteponiendo sabiamente el interés colectivo al particular, son la mejor prueba de que existe una latitud y de que será el legislador quien, atendiendo a las particularidades del caso o situación sobre la que dicte reglas, estará encargado de encontrar una ecuación apropiada.
Es ajena al texto constitucional la exigencia de una conmutatividad o equivalencia en el monto o de un límite en el plazo. Esos son aspectos que el constituyente no quiso resolver de antemano, sino que encargó decidir al legislador. Y éste lo hará soberanamente, en uso de su facultad privativa de resolver sobre las medidas legales que se estimen convenientes al bien de la nación, sin que pueda tener por sobre su criterio ninguna fiscalización ulterior, ni aun a título de recurso de inaplicabilidad.
De acuerdo con las consideraciones anteriores, la clara conclusión que fluye es que el actual artículo 10 Nº 10, en su inciso cuarto, al disponer la forma como la ley expropiatoria debe determinar el monto y la forma de pago de la indemnización, no exigió jamás que ésta debiera ser "total", en el sentido de que fuera imprescindible que ella abarcara en plenitud los perjuicios o privaciones que experimentaría el expropiado. Si tal hubiera sido su criterio, habría empleado el término "equivalente", "conmutativa" u otro análogo. Pero el término que usó, una forma adverbial derivada del vocablo equitativo, tiene el sentido de permitir una flexibilidad en el criterio legislativo, flexibilidad que se moverá dentro de marcos variables y no rígidos y que permitirá considerar factores contrapuestos como son los intereses de la colectividad y los del particular. El primero llevará a una reducción del monto y a una elasticidad en el plazo; el segundo, a una equivalencia plena con el perjuicio y a una inmediatez en el pago. Toca al legislador, en consecuencia, apreciar ambos factores y, según las particularidades de la situación que resuelve o regla, fluctuar entre un valor más reducido o uno total y entre un plazo más dilatado y un pago al contado.
Al ser éste el alcance de la norma constitucional, es perfectamente apropiado pensar que ella sería igualmente aplicable a las nacionalizaciones, ya que, no obstante ser un criterio doctrinario generalmente admitido el que en las expropiaciones el monto de la indemnización debe ser equivalente al perjuicio del expropiado, en el hecho el texto constitucional no lo exige, con lo que deja un margen de latitud o flexibilidad que, en último término, tocará resolver a la ley.
Señor Presidente, los parlamentarios de estas bancas, que con gran entusiasmo apoyamos esta indicación en su segundo trámite constitucional, no vamos a insistir en esta oportunidad.
De continuar este proceso de confusión, podría dar margen, más tarde, a interpretaciones distintas y a un uso tal vez inadecuado, al aplicarse estos preceptos dentro del campo de la tramitación de procesos judiciales, que pudiera malograr una institución que, para nosotros, está perfectamente claro que es distinta de la expropiación.
Así ha quedado claramente establecido a lo largo de los debates que se han producido tanto en el Senado como en esta Corporación. Es tan claro que, fuera de todos los tratadistas que han señalado una distinción entre estos dos medios de adquirir entre nacionalización y expropiación, deseo finalmente señalar la resolución Nº 1. 803, del año 1962, de las Naciones Unidas, que declara, primero, que "El derecho de los pueblos y de las naciones a la soberanía permanente sobre sus riquezas y recursos naturales debe ejercerse en interés del desarrollo nacional y del bienestar del pueblo del respectivo Estado ".
Esta resolución distingue claramente, en el número cuatro, entre nacionalización y expropiación, al decir lo siguiente: "La nacionalización, la expropiación o la requisición deberán fundarse en razones o motivos de utilidad pública, de seguridad o de interés nacional, los cuales se reconocen como superiores al mero interés particular o privado, tanto nacional como extranjero. "
Termino, señor Presidente, en consecuencia, reiterando que los parlamentarios de estas bancas, por las razones señaladas, no vamos a insistir sobre esta modificación propuesta por esta Honorable Corporación, en segundo trámite constitucional, que fue aprobada por unanimidad y que, lamentablemente, en el Senado fue objeto de distintas interpretaciones.
El señor ARNELLO.-
Pido la palabra.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor Amello.
El señor ARNELLO.-
Señor Presidente, la modificación establecida por la Cámara en esta materia tiene la ventaja de dar un carácter de norma general a la disposición que permite nacionalizar determinados bienes, que no tiene la redacción dada por el Senado. La disposición de la Cámara viene a señalar que la incorporación del término "nacionalizar" en el inciso tercero del, Nº 10 del artículo 10, no es una expresión agregada, podría decirse, para los efectos de solucionar un problema contingente, sino la expresión de una norma de carácter permanente, que es lo que se quiere establecer en la Constitución Política del Estado y que permite, en los casos en que así se estime necesario para el interés colectivo, establecer e imponer la nacionalización de una generalidad de bienes, es decir, de un conjunto de bienes, de un conjunto de actividades, incluso, que no sería posible o no sería fácil de realizar por la vía de la expropiación.
Además, la Cámara quiso dar a estas normas de carácter permanente y general el mismo sentido que tenía la norma sobre expropiación establecida en la Constitución. Por eso se propuso, y se aprobó por unanimidad en la Comisión y en la Sala, agregar también el concepto de nacionalización entre las normas del inciso cuarto del Nº 10 del artículo 10. Esta posición significa algo más, a nuestro juicio, que lo que ha querido ver en ella el Diputado señor Jaque.
Yo quiero decir, para clarificar lo que voy a señalar a continuación, que estas normas son distintas, en alguna medida, o pudieran ser distintas, de las que se establecen concretamente para la nacionalización de la gran minería del cobre, por el hecho muy claro y muy preciso de que, para la nacionalización de la Gran Minería del Cobre, el propio constituyente ha impuesto normas particulares muy precisas y determinadas. De modo que, eventualmente, el legislador, el día le mañana, frente a una ley de nacionalización de otra actividad o de otro tipo de empresas, podría dictar normas distintas de las señaladas aquí para la Gran Minería del Cobre, porque ello no está limitado. Pero yo debo decir, habiendo aclarado previamente que nada de lo genérico que se pueda plantear se refiere a la Gran Minería del Cobre, porque, repito, ésta tiene un tratamiento especial y particular, que no comparto el criterio dado aquí por el señor Jaque. A mi juicio, no es posible pensar que el término "equitativo" no corresponde a nada, como virtualmente se desprendería extremando el sentido de sus palabras. Yo quiero dejar bien en claro que, a nuestro juicio, este imperativo de equidad que se impone al legislador no puede ser, para personas cultas, para personas que conocen el sentido de las palabras, una mera declaración susceptible de significar cosa, sino que significa, precisamente, la necesidad de que esta norma de equidad impere en la norma, legislativa precisa y específica que se dicte. De manera que debo señalar aquí la diferencia de interpretación que le doy a lo que ha señalado el señor Jaque...
El señor VIDELA.-
Ha dicho que no es culto.
El señor ARNELLO.-
Es perfectamente culto, por eso le he dicho que me parece que ha incurrido en un error.
Su Señoría seguramente es o mucho más culto o menos culto, y por eso se extraña de que se planteen estas cosas en esta forma;
Lo que yo quiero decir...
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Ruego respetar el derecho del orador.
El señor ARNELLO.-
Pero yo quiero decir frente a este hecho...
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor ARNELLO.-
Es necesario decir...
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor ARNELLO.-
Yo lo he dejado al criterio de Su Señoría...
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Señor Arnello, le ruego evitar los diálogos y dirigirse a la Mesa.
El señor ARNELLO.-
... que se ubique en cualquiera de las dos alternativas: más culto o menos culto.
Lo que quiero decir es que el texto constitucional es muy claro y muy preciso; nos obliga a que la ley que se dicte sea equitativa, lo cual significa un imperativo que los señores legisladores no pueden ignorar. ¿Cuáles pueden ser las consecuencias de esta exigencia constitucional? Podría discutirse aún con el texto constitucional anterior, pero el de hoy día, al existir, incluso, el Tribunal Constitucional, con plenas facultades para que cualquier organismo colegislador pueda plantear, ante él sus dudas, obliga a ser mucho más estricto y mucho más preciso en la aceptación de las exigencias que el texto constitucional impone.
Por otra parte, quiero decir en este punto, que el texto de la Cámara tiene una ventaja indudable sobre el que se establecería en virtud del criterio del Senado. Porque una Nación como la nuestra no puede quedar en virtual tela de juicio, porque modifica su Constitución para imponer un gravamen llamémoslo así a determinada actividad o a un determinado género de empresas que no contempla con normas permanentes pata todo tipo de actividades o empresas que existan en su territorio;
Creemos que la adhesión que Chile ha prestado permanentemente a las normas de derecho, el respeto que nuestro país ha exigido siempre de todo un sistema diríase, superior en materia de resguardo de las normas jurídicas como normas de conducta, no sólo del país, sino que de su Estado, exigiendo a los otros Estados igual fe en el respeto de los tratados vigentes, obliga a que demos a estas actitudes de excepción, a esta conducta que podría calificarse de excepción para nacionalizar la gran minería, la amplitud de normas de carácter permanente que nuestro país ha sancionado para otorgarlas en cada caso en que estime que el interés nacional está en juego, y la posibilidad de emplear iguales o similares resortes para nacionalizar lo que corresponda al interés nacional.
Por eso, creemos que la Cámara debe insistir en su criterio en esta oportunidad, tal como hicieron numerosos sectores parlamentarios en el Senado que acogieron esta disposición en forma casi mayoritaria, pues sólo si no me equivoco por un voto no se reunió el quórum constitucional necesario para aprobar la modificación de la Cámara.
Nada más.
El señor MAIRA.-
Pido la palabra.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor MAIRA.-
Señor Presidente, voy a tener qué; ser muy breve debido a la limitación del tiempo, bastante escaso, que afecta a nuestro Comité, y al hecho de qué otros colegas que comparten estos bancos también desean formular observaciones.
Pero la importancia del tema exige, a mi juicio, que quienes presentamos la medicación, en el segundo trámite constitucional, expresemos algunos conceptos en torno a la conveniencia de su texto y al procedimiento más adecuado para conseguirlo.
He leído con cuidado el debate que en el Senado se ha sostenido en este punto, tanto en el primero como en el tercer trámite constitucional, y he llegado a la conclusión de que estamos frente a uno de esos típicos casos, propios del sistema parlamentario bicameral, en el que dos ramas del Congreso, entendiendo lo mismo en el fondo, han aceptado Una proposición que en la forma es diferente. Creo que una revisión dé la 'gran mayoría de los planteamientos hechos en ambas ramas del Congreso, conduce a la conclusión de que para el Parlamento chileno, sin discusión alguna, existen dos instituciones independientes: la expropiación, de una parte; la nacionalización, por otra.
Se recoge, de este modo, un planteamiento que llega a ser uniforme en la doctrina del derecho público económico contemporáneo. Sin embargo, cuando llega el momento de adoptar la mejor disposición normativa para "recepcionar" en el sistema jurídico chileno esta institución nueva de la nacionalización, los parlamentarios de la Cámara decimos; "Es mejor adecuar también el inciso cuarto del Nº 10 del artículo 10 y modificarlo para hacer más coherente la constelación jurídica respectiva"; en tanto que el Senado dice: "Basta con que se le incorpore en el inciso tercero del mismo texto. "
En mi concepto, planteada así la cuestión, como una formalidad de técnica legislativa, nuestra fórmula era, y sigue siendo, mejor. Era mejor, porque hacía más coherente el planteamiento, en cuanto dejaba perfectamente establecido que también en el caso de la nacionalización existiría la necesidad de determinar en la ley las normas para fijar la indemnización y el tribunal que debiera conocer de los reclamos sobre su monto, consagrando el principio de que éste debiera fallar conforme a derecho, y estableciendo, con claridad también, como una obligación para el legislador, las oportunidades y modos, en que el Estado debiera tomar posesión material del bien nacionalizado,
El Senado ha estimado que esta disposición es redundante o inconveniente. Creo que desde el punto de vista formal, desde el punto de vista de la perfección de nuestra Constitución Política, han hecho mal.
Sin embargo, me parece indispensable, en este cuarto trámite constitucional, reafirmar brevemente algunos conceptos de fondo, que creo son compartidos por la enorme mayoría de los parlamentarios chilenos.
En primer lugar, pienso que el concepto clave para el entendimiento del inciso cuarto del Nº 10 del artículo 10 de nuestra Constitución Política, es el de "equidad". Este concepto de equidad, que es tan importante para determinar la forma de la indemnización, nuestro constituyen lo ha establecido sobre la base de ponderar dos intereses que, simultáneamente, son importantes y que no pueden ser desatendidos: el interés de la colectividad y el interés del expropiado, que en un sentido más amplio podríamos llamar del afectado, puesto que de ahora en adelante serán nacionalizados o expropiados los que serán afectados por esta disposición. Esta correlación de intereses es, a mi juicio, lo fundamental. Y es: el legislador, en cada caso, al elaborar la ley y sancionarla, el que debe tomar en cuenta equitativamente ambos intereses.
Ahora bien, entramos en este instante en un punto de particular significación, que yo creo que el señor Arnello ha puesto sobre el tapete esta tarde, aunque yo tengo sobre este mismo planteamiento una solución o un entendimiento distinto.
Yo creo que el concepto "equidad", o más particularizadamente, la expresión "equivalente. " o "equitativamente", en el inciso cuarto del Nº 10 del artículo, tiene una gran amplitud, que es la que puede juzgar el legislador con bastante subjetividad; puesto que esta determinación de lo que es equitativo tiene siempre, como referencia, el interés de la colectividad, por una parte, y el del afectado, por otra; intereses que pueden llegar a ser contrapuestos en muchos casos. De modo tal que, a mi juicio, la correcta determinación del alcance de la "equitatividad" o equidad, como, desde el punto de vista del idioma, nuestros colegas lo prefieran, no dice relación con el acto particular de la expropiación o nacionalización; sino que, fundamentalmente, dice referencia con el proceso económico y social anterior a esa determinación de la autoridad.
Y es en este momento cuando se considera no sólo la situación de los bienes presentes de la empresa, sino el proceso económico anterior de la explotación de bienes que se han afectado, instante en el que entra a ser determinante, significativa, cardinal, la consideración de los intereses reales de la comunidad chilena.
Me explico a través de un ejemplo, si faltare a mi exposición claridad. No es lo mismo, dentro de este concepto de "equidad", la nacionalización de empresas o de bienes de la Anaconda o de la Kennecott, que aplicar la misma determinación a un pequeño minero chileno. Porque, si consideramos el proceso económico global, en el caso de Anaconda, no podrá escapar a la consideración del legislador el conjunto de los retiros que estas empresas hayan hecho por concepto de utilidades, de amortizaciones y de intereses en más de los 50 años que ellas han estado establecidas en el país; en forma tal, que al determinar la equidad del monto de la indemnización por la nacionalización, el legislador podrá, a mi juicio y lo ha hecho concretamente en este caso, al hablar de utilidades y rentabilidades excesivas, descontar de aquello que aparezca teóricamente, como un monto razonable, atendiendo solamente a la magnitud de los bienes, aquellos rubros que, por este otro concepto del ajuste del interés social, se hace posible o prudente para el legislador descontar.
En cambio, si se trata de un pequeño minero chileno, que vive exclusivamente de su actividad, que tiene solamente las maquinarias o los bienes que se le van a expropiar a través de un acto soberano del legislador, tendrá que considerarse esta situación particular, y deberá ser indemnizado en términos completos, en términos justos; en este caso, estaremos frente a una expropiación, y no ante una nacionalización.
Creo, en suma, señor Presidente, puesto que el tiempo me impide extenderme más hondamente sobre conceptos que, por cierto, me apasionan y he estudiado, que desde el punto de vista del contenido de la disposición que despachará el Congreso Nacional, no tenemos discrepancia alguna; pero, aun siendo así, me parecía a mí mejor la forma adoptada por la Cámara en el segundo trámite constitucional, que aquélla en la cual el Senado, por razones de quórum, que han sido muy caprichosos en este caso, nos insiste. Creo que, ante este hecho, conviene no ahondar esta polémica, especialmente por la circunstancia que indicaba al comienzo de mi exposición: hay un acuerdo en el fondo; hay una discrepancia en la forma. El interés nacional nos. obliga a los parlamentarios, a pesar de la conciencia de la mayor procedencia o corrección de nuestra redacción, a no insistir para no crear un conflicto de concepto que pudiera al final dañar al país. Por tanto, creyendo en la corrección de la forma propuesta por nosotros en el segundo trámite, estimo que lo correcto, lo procedente, lo útil, desde el punto de vista del interés del país y del proceso que viene, es no insistir y aceptar la proposición formulada por el Senado.
Es todo.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra.
El señor MILLAS.-
Pido la palabra.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor Millas.
El señor MILLAS.-
Señor Presidente, ha quedado claro por todos los que han intervenido en el debate en relación a esta disposición, que ella no se refiere, directa ni indirectamente, a la nacionalización de la Gran Minería, ya que ésta se regula por otra disposición que se incorpora a la Constitución a través de esta reforma constitucional.
De lo que se trata aquí es de las normas que se modifican del Nº 10 del artículo 10 de la Constitución, con vistas a su coherencia orgánica completa. Y en cuanto a ello, los Diputados comunistas concordamos con las palabras que recientemente hemos escuchado al colega Maira, que hago totalmente mías. Nosotros estamos plenamente convencidos, y así, hemos votado, en el segundo trámite constitucional, todos los Diputados de la Unidad Popular, conjuntamente con otros colegas de la Cámara, en favor de esta disposición, como votaron todos los Senadores comunistas en favor de ella en el tercer trámite en el Senado.
Estamos convencidos de que esta disposición, redactada por el colega Maira, perfecciona el texto constitucional y lo hace más coherente. Creemos que, además, es un paso adelante y que precisa muy bien los términos de la indemnización y en referencia a cómo se puede aplicar incluso a instituciones disímiles, como son nacionalización y expropiación;
Sin embargo, señor Presidente, ha sido un número elevado de Senadores 23 Senadores, casi la mayoría absoluta del Senado, los que han concurrido con su voto a negar la aceptación, la ratificación dé esta disposición.
El señor ARNELLO.-
¡No, al revés!
El señor MILLAS.-
En estos momentos, interesa especialmente la existencia de disposiciones de reforma constitucional ampliamente aceptadas y que correspondan a un gran consenso general. En estas circunstancias, hemos estimado, tal como el propio autor de la indicación, que crea un debate secundario, en relación con un asunto respecto del cual hay concordancia de fondo y diferencia de interpretación de forma, el que mantengamos ahora esta proposición como un tema que entraba y perturba el desarrollo de <http://desarrollo.de> aquello que es sustantivo: la consideración de la reforma en cuanto a la nacionalización de la Gran Minería, del Cobre.
No vamos a votar insistiendo; pero los Diputados comunistas creemos indispensable precisar algunos términos. Lo ha hecho aquí el colega Duberildo Jaque, en planteamientos que comparto, e igualmente el colega redactor de la indicación, señor Maira; indicación que, por lo demás, hemos suscrito a plena conciencia, estando absolutamente convencidos de haberlo hecho en forma que perfecciona el texto constitucional, el colega Jaque, en nombre del Partido Radical, y yo, en nombre del Partido Comunista, y que el señor Erich Schnake respaldó y estudió acuciosamente y quien, por no estar presente, en ese momento, en la Comisión respectiva, no suscribió la indicación, pero que la compartió también con nosotros.
Creo, sí, indispensable, en relación con esta reforma constitucional, como lo han hecho los colegas indicados y desde otro ángulo lo ha planteado el colega Arnello, precisar, en este debate, los términos de lo que la Constitución Política entiende en cuanto a indemnización, en sus normas generales, ya que continuará prevaleciendo la disposición del inciso cuarto, tal como está actualmente redactado en el artículo 10, Nº 10; se trataba, además, de una disposición que se refería tanto a las expropiaciones como a las nacionalizaciones.
Con todo el respeto que tengo a cada uno de los Senadores que intervino en esa materia, debo decir que por ser la nacionalización una institución relativamente nueva en el derecho, parece que ella no fuese siempre conocida a fondo, durante su debate en el Senado, por todos los que se pronunciaron sobre la indicación que estamos tratando, y que hubo en algunos miembros de la Cámara Alta ciertas confusiones en los términos. Llegó a ocurrir, en más de una oportunidad, en el debate del Senado, que algunos Senadores, por "lapsus linguae" o por imprecisión de la terminología utilizada, no obstante concordar con la distinción, en doctrina; entre nacionalización y expropiación, expresaron que en el caso de la nacionalización, la indemnización debe ser '"adecuada", lo que está correctamente expresado; pero que en el caso de la expropiación, la indemnización debe ser "equitativa".
Según es evidente, tratándose de expropiaciones, se aconseja, en doctrina, como norma que no está siempre expresamente en la legislación, que la indemnización sea, en lo posible, total, completa, o, si se quiere, conmutativa. De allí podría decirse también que esa indemnización debiera ser, entonces, en doctrina, equivalente a los perjuicios que ella irrogue al expropiado; pero, debido tal vez a la paronimia existente entre los vocablos "equivalente" y "equitativo", se ha incurrido en el error, por algunos Senadores, en el curso de sus intervenciones, de sostener que la indemnización del expropiado debe ser equitativa, como una diferencia con la del nacionalizado, que debe ser adecuada. Si se hubiera dicho que la del expropiado debe ser equivalente, mientras que en la del nacionalizado basta que sea adecuada, ahí sí que se habría expresado correctamente lo que corresponde.
Sobre esta materia, junto con los colegas Erich Schnake y Duberildo Jaque, hemos consultado a un jurista eminente, que ha contribuido a la preparación de los textos por el Ejecutivo, asesorando al señor Ministro de Minería y al Presidente de la República en relación con esta Reforma Constitucional. Me refiero al Presidente del Consejo de Defensa del Estado, don Eduardo Novoa Monreal. Hemos querido conocer cuál era su criterio, en relación a si acaso esta indicación, incorporada por la Cámara a la Reforma Constitucional, pudiera, en alguna manera, contribuir a aquella confusión entre los términos y el alcance de expropiación y de nacionalización, que creyeron ver como un defecto, en la norma algunos Senadores.
Tenemos el informe del profesor Novoa, en el cual se establece plenamente el criterio señalado, aquí, por los colegas Jaque y Maira y por el que habla. En relación a ello, quisiera detenerme en algo que es muy importante consignar en la historia de esta, reforma constitucional, en cuanto al término "equitativo", a fin de salvar cualquiera duda de alguien que pudiera creer que la institución de una indemnización adecuada para la nacionalización no fuese equitativa.
El profesor Novoa dice al respecto: "Todo el problema (y también el que se discutió a propósito de la reforma de 1967 en orden a si cabía recurso de inaplicabilidad) debe ser enfocado y resuelto de acuerdo con los términos que emplea la Constitución en su inciso cuarto del precepto indicado.
"En cuanto allí se dispone que el monto y forma de pago de la indemnización debe ser determinado "equitativamente tomando en consideración los intereses de la colectividad y de los expropiados"', se está exigiendo que la ley, al señalar la forma de establecer la cuantía de la indemnización y la forma de pagarla al expropiado, se inspire en la equidad u obre animado por espíritu de equidad.
"Debe esclarecerse, por consiguiente, qué significa "equidad". Del verdadero significado de esa expresión 'dependerá la correcta solución de las divergencias antes referidas.
"Ahora bien, jurídicamente, la equidad es sinónimo de epiqueya, expresión griega que se encuentra en Aristóteles y que fue desarrollada y examinada posteriormente por muchos filósofos; que, etimológicamente, significa: sobre (epi) lo justo (dikaion). La epiqueya es una virtud moral que puede ser tenida como una regla superior de conducta humana tendiente a procurar el proceder más acertado para el caso particular. Tomás de Aquino la explica diciendo que las leyes recaen sobre reglas generales de conducta y que por ello no pueden contemplar siempre la infinita variedad de actos singulares, contingentes y variables que puede realizar el hombre; por eso es que resulta a veces pernicioso cumplir lo establecido por la ley y es conveniente seguir, por encima de la letra de ésta, lo que dicta la razón 'justa y el bien común. Según su opinión, la epiqueya rebasa la justicia legal, en tanto se toma a ésta como la que se ajusta a la letra de la ley y es superior a esta justicia legal.
"En esta forma, la equidad (antes llamada epiqueya) es una idea que se contrapone a la fijeza o rigor de una norma predeterminada. Por ello los jurisconsultos romanos decían: la equidad natural es preferible al rigor del derecho y la equidad prevalece sobre el rigor estricto.
"Lo equitativo viene a ser, de este modo, lo que contempla en un caso particular circunstancias propias de él que ninguna regla general podría 'incluir para lograr, con esa consideración particularizada, un resultado mejor que el que se obtendría con la simple aplicación de la norma general. Se opone a todo rigorismo preestablecido y a todo marco predeterminado. Es una regla de moderación, prudencia y discreción que supera cualquier rigidez preconcebida. "
Con este criterio reformamos anteriormente la Constitución Política y establecimos la norma hoy vigente, en el inciso 4, número 10 del artículo 10 de la Constitución, en relación a la equidad, al carácter equitativo de la determinación, por la ley, de indemnización.
Creemos que esto, de ninguna manera, afecta al asunto de fondo que, aquí, se está resolviendo, a través de estos trámites parlamentarios: el establecimiento de la institución de la nacionalización; el establecimiento de las normas sobre nacionalización de la Gran Minería, en la Carta Fundamental; el establecimiento, también en la Constitución Política, de las normas específicas de la nacionalización de la Gran Minería del Cobre; y que, en relación con estas nacionalizaciones, se establecen, en la Carta Fundamental, un procedimiento y normas, y se determina, por ella misma, el carácter de "adecuada" de la indemnización que se establece y que, desdé el momento que tiene este carácter de indemnización adecuada, ello implica, lógicamente, el que, por lo tanto, es también equitativa.
Nosotros no insistiremos en esta disposición, por el nivel en que se encuentra ya el despacito de esta reforma constitucional; pero creemos que, en una reforma más amplia del texto constitucional, deberá considerarse, después de un perfecto esclarecimiento, de un pleno consenso sobre esta materia, una norma como la que nuestro colega señor Maira redactó, que había sido aprobada por la Cámara y que, desgraciadamente, no contó con la aquiescencia correspondiente en el Senado.
He dicho.
El señor ARNELLO.-
Pido la palabra.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ARNELLO.-
Señor Presidente, deseo plantear dos cosas muy simples, antes de conceder una interrupción a mi colega señor Undurraga.
En primer lugar, señalar que, a mi juicio, el Diputado señor Millas incurre en un error o, tal vez, yo soy el equivocado. Me parece que en el Senado hubo 23 votos a favor de la disposición aprobada por la Cámara en esta materia y 16 en contra; y solamente por no contarse con un voto más, no se produjo el quórum constitucional necesario para que el Senado aprobará la modificación de la Cámara, razón por la cual ésta se entendió rechazada; es decir, no cabe el argumento dado por él, en el sentido de que una amplia mayoría del Senado se habría manifestado en contra de la disposición aprobada por la Cámara, sino todo lo contrario. En segundo lugar, manifestar que el texto que se aprobará en definitiva me parece poco claro. Si no hay mayoría, en esta oportunidad, para insistir en nuestros términos, sería necesario que el Ejecutivo, en interés de la claridad de la Constitución Política y, a mi juicio, también del respeto que nuestro país debe merecer en el extranjero, pudiera considerar que el término "nacionalización" no queda, de ninguna manera, ni siquiera vinculado con el término "adecuado". La necesidad de ser adecuada la indemnización existe solamente en las disposiciones especiales para la nacionalización de la Gran Minería del Cobre y no en este término genérico incluido en el inciso tercero. En cambio, para la expropiación sigue vigente, en su plenitud, lo dispuesto en el inciso cuarto, es decir, la necesidad de que la indemnización sea equitativamente establecida.
No obstante lo expuesto por los Diputados señores Maira y Millas, en el sentido de no estar dispuestos a insistir en lo aprobado anteriormente por la Cámara, he planteado estos dos puntos para hacer ver diría la utilidad y conveniencia de que la Cámara insistiera en su posición, porque ello le daría generalidad y respetabilidad a la disposición aprobada.
El señor Undurraga me ha pedido una interrupción, señor Presidente, la que se la conceda con mucho agrado.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el señor Undurraga.
El señor UNDURRAGA.-
Señor Presidente, las últimas expresiones del señor Millas me obligan a intervenir brevemente en este debate.
Al final de su intervención, el señor Diputado decía, más bien dicho equiparaba los términos "equitativo", "equidad", con "adecuado". Pero, son circunstancias totalmente distintas y los términos tienen un significado totalmente diferente.
El informe del señor Novoa no nos trae mayor luz, salvo el hecho de exhibir lo que él ha leído en algunos griegos, pero que está reproducido íntegramente en el Diccionario de la Real "Academia. Por lo demás, con todo el respeto qué me merece mi colega y amigo don Eduardo Novoa, yo no sé hasta cuando él podría pensar en la misma forma, porque lo he visto tantas veces cambiar de opinión.
Pero, en cuanto a la claridad de los términos, "adecuado" es distinto; "adecuado", como dice el Diccionario de la Real Academia, es "apropiado o acomodado a las condiciones, circunstancias u objeto de alguna cosa. " Podría ocurrir, en el caso de una nacionalización o de una expropiación, que el precio se estimare adecuado y no equitativo, porque al estimarse adecuado tendrían que considerarse las circunstancias especiales en que se está ejecutando el hecho. Y podría estimarse adecuado voy a poner un ejemplo en términos y número caprichosos que una cosa que vale mil, si se aplica el término "adecuado", por ella solo se pague ciento. Pero "equitativo" es distinto, y "equitativo" lo ha usado el constituyente. Este término tiene un significado más profundo; no depende de ciertas circunstancias, ni de ciertos accidentes. Equitativo, como dice con toda razón el señor Novoa, sacándolo de los griegos yo lo saco del diccionario de la Real Academia, es "fallar por el sentimiento del deber o de la conciencia, más bien que por las prescripciones rigurosas de la justicia o por el texto terminante de la ley. " Y si vamos más allá, equitativo, ¿qué significa?, ¿de dónde proviene? De justicia, de hacer justicia. Y justicia, ¿qué es? Darle a cada cual lo que le corresponde.
Es evidente, que en un momento dado, el país o los países estimarán en justicia que es lo que corresponde dar. Pero no estimemos que el término "equitativo" que usa el constituyente es sinónimo de adecuado, porque eso sí que es un error, y un error garrafal. Adecuado puede ser cualquier cosa. Hay circunstancias de hecho en que lo adecuado, incluso, puede llegar hasta no pagar indemnización. ¡Pero equitativo sí que no! Porque equitativo es, como dice el Profesor Novoa, como lo dice el Diccionario de la Real Academia, como lo dicen todos los tratadistas, como lo dicen todos los hombres de Derecho, a quienes nadie discute, es pasar un poco más allá del rigor de la ley para darle en justicia lo que a cada uno le corresponde.
En consecuencia, yo quería puntualizar estos hechos. Estamos de acuerdo. Hay disposiciones que para la nacionalización de la Gran Minería del Cobre son terminantes, pero respecto de las demás, esta expresión "equitativa" que usa la Constitución, tenemos que usarla de acuerdo con las reglas de la hermenéutica legal, de interpretación de las leyes, y no confundirla con "adecuada", porque son cosas totalmente diferentes.
Nada más.
El señor MILLAS.-
Pido la palabra.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor Millas.
El señor MILLAS.-
Señor Presidente, el Diputado señor Undurraga ha argumentado ampliamente en contra de cualquiera confusión o de considerar sinónimos los términos "equitativo" y "adecuado".
Bien; es lo que yo he sostenido: que no son sinónimos, y, por lo tanto, yo creo que toda su argumentación ha sido necesaria, porque posiblemente él no captó todo el curso de mi exposición, sino que interpretó de determinada manera alguna determinada expresión de su desarrollo.
Concretamente, aquí lo que he sostenido es que el término "equitativo" no es un término sinónimo de "conmutativo", de "completo". ..,
El señor UNDURRAGA.-
Es distinto.
El señor MILLAS.-
... por todas las razones que aquí se han dado. '"
Y he señalado que precisamente la distinción entre la indemnización de la expropiación y la de la nacionalización no reside en que no sea equitativa y otra no lo sea, que hay diferentes tipos de indemnización en relación a una y a otra, y que el término equitativo es de otra esfera. No es un término ni sinónimo ni contradictorio en relación a esos otros, sino que abarca una más amplia esfera. Y en relación a ello es que se. ha producido algún tipo de confusión en el debate del Senado. Aquí hay absoluta claridad en cuanto a que la indemnización es una indemnización adecuada, regulada por la propia Constitución para la nacionalización de la Gran Minería y específicamente también, por la misma Constitución, para la nacionalización de la Gran Minería del Cobre. He dicho que las expropiaciones se rigen por normas jurídicas diferentes de acuerdo con la Constitución, pero que no, era arbitrario ni equivocado ni contradictorio con las diferencias que existen entre una y otra institución el referirse a la indemnización en la forma en que se hace en la indicación que había aprobado la Cámara, empleando el término equitativo que es de otra esfera, que es más amplio y que, por lo tanto, puede comprender especies diferentes, como son la indemnización conmutativa y la indemnización adecuada. Y he dicho, esto, señor Presidente y en ello hemos coincidido plenamente con los colegas Maira y Jaque, en relación a que la Constitución, en su actual inciso cuarto, N° 10, habla de la determinación de la indemnización en el caso de la expropiación equitativa, tomando en consideración los intereses de la colectividad, en primer término, y además los intereses del afectado, o sea, estableciendo una regla que tanto puede aplicarse para una indemnización conmutativa como para una adecuada.
Esto es lo que convenía que quedara precisado a fin de evitar cualquiera falsa interpretación sobre la materia, Sin que se pudiera suponer que éstos fueran dos términos sinónimos, cómo creyó verlo el señor Undurraga y lo discutió, e indudablemente todo lo que discutió al respecto era acertado, porque no se trata de términos de ninguna manera sinónimos.
En cuanto a lo expresado por el profesor señor Novoa, creo que es plenamente válido en 'relación a este debate, porque es necesario referirse a la etimología de los términos y porque, en segundó lugar, la cita que él hace en relación a la interpretación de tal término en "La Suma Teológica", de Santo Tomás de Aquino, es una interpretación que precisamente sirve de ejemplo de una aplicación de tales términos, que es coincidente con lo que sé está haciendo ahora en el Derecho chileno. Y el profesor Novoa, que ha hecho una tan grande contribución en relación al esclarecimiento de los problemas relacionados con el rescate por Chile de sus riquezas cupríferas, de las riquezas que constituyen la Gran Minería del Gobre, tiene entre otros méritos, el de ser alguien que nunca ha quedado estancado en determinado pensamiento, sino que, con rigor científico, ha sido siempre perfeccionando y desarrollando la teoría del Derecho,
He dicho, señor Presidente.
El señor JAQUE.-
Pido la palabra.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor Jaque.
El señor JAQUE.-
Señor Presidente; el señor Undurraga se ha limitado a dar una definición del concepto de equidad de acuerdo con el Diccionario de la Lengua, pero no ha precisado cuál es el "alcance que él da al empleo de este término que utiliza nuestra Carta Fundamental, ni ha desvirtuado tampoco lo que hemos sostenido esta tarde. Yo he afirmado que la equidad no es un concepto que implique algo fijo, que tenga alguna fijeza, sino todo lo contrario; flexibilidad, y entrega al legislador, a ley, la determinación de la indemnización en cuanto al monto y condiciones de ésta.
Señor Presidente, yo sostengo que la equidad, desprendiendo esto del tenor literal debe determinarse tomando en consideración, los intereses generales de la colectividad y los particulares. Es decir, hay una fluctuación entre estos dos factores. Será en definitiva., entonces, el legislador el que determinará lo que en el fondo es equitativo, tomando en consideración la naturaleza del bien expropiado y el fin, que se persigue con la expropiación o la nacionalización.
De tal manera que, de acuerda con esta argumentación, lo que he sostenido es que la equidad no sólo cubre la indemnización equivalente, tratándose de una expropiación sino que también la indemnización adecuada, tratándose de una nacionalización.
El señor ARNELLO.-
¿Me permite una interrupción?
El señor JAQUE.-
Nada más, señor Presidente.
El señor ARNELLO.-
Pido la palabra.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor Amello,
El señor ARNELLO.-
Muy corto. Nada más que para referirme a la última aseveración del señor Jaque.
Yo, en realidad, le había pedido una interrupción para, precisar, más bien, el error en que él había incurrido. Quería preguntarle si en su criterio pudiera un legislador determinado, ocasionalmente, llegar a imponer, en forma arbitraria, un monto de indemnización irrisorio o una fórmula de indemnización irrisoria, ¿consideraría, a su, juicio, que se habría cumplido el imperativo constitucional de que fuese ella establecida equitativamente Notoriamente no habría tal equidad. En consecuencia, no es el alcance de ese término, una situación que esté entregada arbitrariamente al criterio del legislador, sino, que es algo de carácter objetivo que va a determinar si se produce o no una situación de equidad; y, en consecuencia, no es el legislador, en definitiva, el que lo va a determinar, sino que, como significa justicia, tendrá que ser, precisamente, un organismo de este carácter el que lo determine.
El señor BULNES, (don Jaime).-
Pido la palabra
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor Bulnes.
El señor BULNES (don Jaime).-
Señor Presidente, aquí se ha discutido durante bastante tiempo sobre la metódica y sobre la terminología de las normas que van a existir para pagar las indemnizaciones o para avaluar éstas. Incluso, se ha discutido, también, y se ha debatido acerca de las diferencias que existen, entre los términos nacionalización y expropiación, y Tas distintas causales que las van a generar.
Por eso, yo sigo sosteniendo lo que dije en el trámite anterior de la reforma constitucional: que se podría empiezo por decir que, soy resueltamente partidario de la nacionalización de las minas de cobre haber cumplido con los objetivos que se pretenden obtener a través de esta reforma, constitucional y de esta nacionalización,, en una forma mucho más sutil y que habría significado, en primer término, no tener que desembolsar ningún tipo de indemnización y, en, segundo lugar, habría, significado que no se produjera el éxodo de técnicos o de supervisores, u otros, que, desgraciadamente, están abandonando, el país y se están dirigiendo a otros lugares donde existen, establecimientos mineros. Y, finalmente, tampoco se habría producido lo que podría ocurrir: que estas enormes compañías de cobre, que prácticamente dominan el negocio cupero a través de todo el mundo, incluso de los países de Europa Oriental y de Rusia, adopten algún tipo de represalias que signifiquen o involucren una amenaza para la explotación del cobre en Chile. Y esto no era otra cosa que exigir a las compañías del cobre el retorno total del producto de exportación.. Y yo lamento que en este momento no esté presente el Diputado señor Cademártori porque cuando personalmente presenté una indicación, los años 1961 y 1963, destinada, precisamente, a exigir el retorno total del producto de exportación, hube de explicárselo al señor Cademártori, En aquel entonces, el Partido Comunista fue el único que acompañó esta indicación a que hago referencia. En la actualidad, y de acuerdo al estatuto o contratos leyes que existen con las compañías de cobre, éstas no retornan, al país, sino el costo de producción y el impuesto, generado por la producción propiamente tal, pero, desde, el momento en que hubieran tenido que retornar el total del producto de exportación, ello habría significado aproximadamente y me alegro que esté aquí el señor Ministro de Minería alrededor de 240 millones de dólares, al año, tomando, en cuenta, naturalmente, los precios que el cobre ha tenido durante los últimos años.
Evidentemente, habría habido que establecer algún sistema para la inversión de estos 240 millones de dólares, pero, sin ninguna duda, con ello se habrían construido, refinerías o grandes, empresas manufactureras y habría significado una evidente riqueza para Chile, Por eso, soy un convencido de que no habría habido necesidad de, recurrir a los términos de nacionalización ni de expropiación, sino que a través de una reforma constitucional o de una ley especial, se debería haber exigido de las grandes compañías del cobre y tal vez de la mediana minería, el retorno del producto total de la, exportación. Esto habría significado que afluyeran, a Chile un promedio de 240 millones de dólares más de lo que retorna en la actualidad.
Nada más, señor Presidente.
El señor CANTUARIAS (Ministro de Minería).-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor ACEVEDO, (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor CANTUARIAS (Ministro, de Minería).-
Señor Presidente, creo, que ha sido suficientemente debatido por la Cámara los términos nacionalización. "y "expropiación". Sin embargo, la intervención del Diputado señor Bulnes, me obliga a intervenir por cuanto para el Gobierno actual, el Gobierno de la Unidad Popular, aquí no sólo se trata de obtener algunas ganancias más en dólares para Chile, cosa que a nuestro juicio es extraordinariamente importante, sino que, a través del proyecto de nacionalización de la gran minería, del cobre, lo que nosotros estamos buscando, y lo hemos dicho, asegurar la real independencia de Chile sin la cual, creemos, no puede existir independencia política. Es evidente que el hecho que señala el Diputado señor Bulnes en cuanto a que nosotros deberíamos haber exigido un mayor retorno o un retorno completo a las empresas que explotan la gran minería del cobre, habría traído una mayor ganancia a Chile, dentro de los marcos legales en que hasta ahora, ha estado encuadrada la gran minería del cobre, pero ello no habría dado, de ninguna manera, la posibilidad de que nuestro país pudiera tener el manejo absoluto o el control total en la producción del cobre y en su comercialización. En nuestra opinión, habríamos seguido en una posición de dependencia, económica de parte del imperialismo: extranjero, por una parte, y tampoco habríamos tenido, nosotros, la, posibilidad de un control absoluto de lo que efectivamente se produce en la gran, minería del cobre. Asimismo, no habríamos tenido las facilidades de llevar a cabo, por nuestra cuenta y para beneficio total de Chile, el proceso, de comercialización de la Gran Minería del cobre. Vale decir, señor Presidente, en nuestro criterio, lo repito, aquí no se trata exclusivamente de ganar unos pocos dólares más, sino de obtener un objetivo mucho más grande: se trata de que Chile sea realmente dueño de sus fuentes naturales de producción.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra.
El señor CARMINE.-
Pido la palabra.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor CARMINE.-
Señor Presidente, he escuchado con mucha atención las palabras pronunciadas por el señor Ministro de Minería y por nuestro colega don Jaime Bulnes. La verdad de las cosas es que este proyecto de reforma constitucional, como muy bien lo ha señalado el señor Ministro de Minería, no obedece a motivos de tipo económico. Desde el punto de vista económico, por desgracia, estamos contribuyendo a extender la partida de defunción de la minería chilena. Si bien es cierto que hay motivos de tipo ideológico o de tipo político, que podrían justificar esta reforma constitucional, ante el tremendo error económico que se está cometiendo, no podemos menos que señalar nuestra posición absolutamente contraria a este proyecto.
Y hay una cosa que en el debate de esta Cámara y del Senado pasó un poco inadvertida: es como si Chile, como si las instituciones jurídicas chilenas y el pensamiento que anima al Gobierno de nuestro país fuera, en contra de la corriente que es mundial en estos momentos. Mientras Chile, este pequeño país de 10 millones de habitantes, de insuficiente desarrollo económico, que según lo expresa el actual Gobierno pretende caminar hacia el socialismo, expulsa, prácticamente sin indemnización, a todos los inversionistas extranjeros o nacionales que han desarrollado, para bien o para mal, la producción minera chilena, otros países, como Yugoslavia, como la propia Unión Soviética, con más de 50 años de socialismo, están llamando a estos mismos capitales que hoy se expulsan de Chile para que vayan a explotar la reserva de cobre en el caso concreto de la Unión Soviética, de UdoKan, cercana al lago Baikal, que requiere una inversión de más de mil millones de dólares.
Yo creo, señor Presidente, que los participantes de las ideas del socialismo, que pretenden hacer de Chile un país socialista, podrían tomar ejemplo de estas naciones que son por muy largo tiempo socialistas y que, sin embargo, por encima de sus prejuicios de tipo ideológico, están solicitando la cooperación de capitales internacionales, para poder desarrollar las materias primas existentes en su territorio. Aquí en Chile se está haciendo lo contrario. Se está, primero, expulsando el capital extranjero y se está desalentando al capital nacional.
Y yo, señor Presidente, me alegro mucho de que quede constancia en acta de una cosa, que la producción chilena de cobre es, en términos redondos, de 600 mil toneladas anuales. Esta producción histórica, a nivel del año 1970, de acuerdo con este sistema, se va a estancar. Y se va a estancar en ese nivel, y de aquí a diez años más vamos a ver con tristeza cómo no aumenta nuestra producción; cómo no se van a abrir nuevas minas; cómo no va a ser posible expandir el adecuado aprovechamiento de nuestros recursos naturales.
Señor Presidente, yo lamento hacer de agorero; pero, por desgracia, los hechos, los porfiados hechos producidos en este corto lapso, así lo están indicando. Desde luego, el "braindrain"...
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor CARMINE.-
... que se está produciendo en las minas de cobre. Desde que subió al poder el señor Allende hasta el 31 de marzo último, 191 supervisores del cobre se retiraron de las minas y abandonaron el país. Esto, señor Presidente, representa el conocimiento de dos mil años hombres, que el país lo está perdiendo, que las compañías lo están perdiendo.
La señora LAZO.-
Señor Carmine, ¿por qué no se va?
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).
Ruego no interrumpir al orador, señora Lazo.
El señor CARMINE.-
Para dar el gusto de ilustrar a la señora Lazo.
Señor Presidente, en estos momentos, cuando la tecnología a nivel mundial está avanzando a pasos agigantados; cuando en Sud África se están introduciendo nuevos conocimientos para cambiar el sistema de perforación en forma sustancial en las minas, donde se está a punto de descubrir una perforadora de tipo hidráulico, que va a bajar en forma sustancial el costo de la perforación de las minas; donde se están estableciendo sistemas de precipitación en seco, absolutamente desconocidos en Chile, donde no se aplican, resulta que nos marginamos de la gente que genera esta tecnología. Pero, señor Presidente y señores Diputados, uño puede marginarse de esta gente que crea esta tecnología, siempre que reemplace la inversión que ellos están haciendo, a nivel mundial, que es del orden de varios miles de millones de dólares anualmente. ¿De dónde vamos a sacar nosotros los recursos necesarios para tener esta tecnología que nos llegaba a, través de la inversión y de la investigación extranjera? En estas condiciones estamos cometiendo un error histórico y este error histórico lo van a pagar las futuras generaciones.
La señora LAZO.-
¿Me concede una interrupción?
El señor CANTERO.-
Está pidiendo que se vuelva a la época de la colonia española.
El señor CARMINE.-
Le concedo una interrupción.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Puede usar de la interrupción concedida por el señor Carmine, la señora Carmen Lazo.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
La señora LAZO.-
¿Me permite, señor Diputado?
El señor ACEVEDO.- (Vicepresidente).
Señor Tejeda, ruego a Su Señoría guardar silencio.
La señora LAZO.-
Señor Presidente, el señor Carmine ha demostrado que es técnico agrícola y técnico en varias materias,...
El señor CARMINE.-
Muchas gracias.
La señora LAZO.-
... cosa que me alegra mucho, porque es un individuo joven o aparentemente, así como un hombre de paja que yo vi en una película italiana, un hombre que ni siquiera nació para otra cosa. Pero es un problema que nada tiene que ver con lo que aquí se está planteando.
Yo le pregunto al señor Carmine: ¿cómo es posible que, con todos esos complejos, todavía esté viviendo en este país?
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Señora Lazo, ruego a Su Señoría dirigirse a la Mesa.
La señora LAZO.
Señor Presidente, estoy haciendo uso de una interrupción. El señor Carmine sabrá cuándo va a objetar lo que yo estoy planteando.
Con todos esos complejos, yo le pregunto al señor Carmine: ¿cómo es posible que sea Diputado no del Partido Nacional, sino que lo sea en un país como Chile, que es un país nuevo y que tiene miras diferente. No me extraña mucho, porque me acuerdo que dijo "¡Bravo!", cuando mataron a Mery. Ahora está diciendo "Bravo" cuando se están robando todo el cobre. Espero que dé una respuesta inteligente a esto, que es una cosa fundamental. Espero que la de.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Puede continuar el señor Carmine.
El señor CARMINE.-
Señor Presidente, por desgracia, la falta de conocimientos de la señora Lazo no la ponen a la altura del debate. No voy a hacerme cargo de sus observaciones.
Decía, señor Presidente, que estamos viviendo una época tecnológica acelerada, donde muchas veces el capital más importante de los pueblos son los conocimientos, es el acervo cultural y científico que ellos tienen. Pues bien, en este momento, conjuntamente con toda esta etapa de nacionalización del cobre, el Gobierno y los funcionarios que están a cargo de la actuación concreta de la Corporación del Cobre y de todo lo que dice relación con las empresas expropiadas, no han tenido el más mínimo cuidado para retener a todos estos mandos superiores y medios qué son esenciales para el manejo del cobre.
Señor Presidente, por desgracia, en Chile estamos repitiendo el mismo error que se cometió en Bolivia con la nacionalización del estaño. En un pequeño lapso, en que se han retirado de las compañías técnicos nacionales y extranjeros, los costos han subido, y dentro de poco se va a producir un fenómeno muy grave, a menos que exista una huelga en Estados Unidos, que es muy probable que no se produzca...
La señora LAZO.-
En Estados Unidos no tiene importancia.
El señor CARMINE.-
... ya que las conversaciones están bastante adelantadas.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Señora Lazo; señor Godoy...
El señor GODOY.
Mire que no tiene importancia una huelga en Estados Unidos...
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Señora Carmen Lazo, le ruego guardar silencio.
Puede continuar el señor Carmine.
El señor CARMINE.-
Voy a ilustrar a la señora Lazo. Le voy a dar el gusto.
El alza del precio del cobre en los mercados internacionales que se ha producido en los últimos dos meses se debe a dos hechos. Uno, que se había aprobado una huelga por él vencimiento de los contratos entre los trabajadores de los Estados Unidos y las respectivas compañías. Actualmente las conversaciones están muy avanzadas y es muy probable que la huelga no se produzca. Los contratos vencen el 30 de junio, esto es, en cincuenta y tantos días más. Si esta huelga no se produce, el precio del cobre va a caer a precios inferiores a los que tuvo hace cuatro meses. Otro, que el precio del cobre va a descender a niveles anormalmente bajos, en circunstancias de que nuestra producción va a subir sus costos por deficiencia en el manejo de las compañías. Es muy probable que la producción de cobre de Chile, que es el principal sustento de nuestra balanza de pagos y un elemento fundamental en el ingreso del presupuesto nacional, quede fuera de mercado ante esta situación.
Señor Presidente, yo creo que hay que estar por encima de las chabacanerías con que se tratan estos temas. Aquí está el interés de Chile sobre el interés ideológico. A nuestro juicio, hay un problema de financiamiento, de recursos; un problema de divisas. Hay un problema de supervivencia de la economía nacional. Por eso, no puedo menos que dejar constancia de que estamos asistiendo a lo que yo llamo la partida de defunción de la minería chilena.
Nada más, señor Presidente.
El señor BULNES (don Jaime).-
Pido la palabra.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor Bulnes.
El señor BULNES (don Jaime).-
Señor Presidente, sólo quiero hacer un alcance muy breve a las palabras del señor Ministro de Minería.
Él dijo que de acuerdo con la moción que a juicio mío debiera haberse presentado en este proyecto, el Estado de Chile no tendría ni el control de la producción ni el control de la comercialización. Indiscutiblemente, en eso tiene toda la razón. Pero quiero hacerle presente al señor Ministro de Minería que aun cuando deseemos y sea una aspiración de todos los chilenos que resulte, tanto la comercialización como la producción de cobré, es decir, que no vaya en merma de los intereses económicos del país, las compañías de cobre son de un poder monstruoso. Estas empresas, que son tres en el mundo, en la práctica, tienen algunos aspectos aparentemente paradójicos, pero efectivos. Son vendedoras y compradoras de cobre; son manufactureras, refinadoras, transportadoras, aseguradoras, etcétera. Es decir, cubren toda la gama que depende de la producción de cobre.
Bueno, yo me temo que aun cuando el Estado de Chile tenga el control total de la producción y comercialización del cobre, el poder de estas tres empresas: la Anaconda Copper, la Kennecott Copper y la Phelps Dodge, pueda interferir en la comercialización, porque para nadie es un secreto que estas compañías, cuando aumenta la producción de cobre, en virtud de cualquier tipo de manejo, hacen que ésta disminuya a continuación; que pueden hacer fluctuar el gráfico de los precios; que los suben y los bajan a su entero amaño y que, incluso, una gran proporción de cobre la Unión Soviética la compra a través de la Bolsa de Cobre de Suiza, que también está controlada por estas tres enormes compañías productoras y manufactureras.
Por eso creo que habría sido más sencillo, como dije, exigir el retorno total de las divisas provenientes del cobre, exigencia que probablemente las compañías no hubieran aceptado, porque, tal vez, era mucho más drástica esta medida que pagarles indemnización por sus instalaciones y todo el complejo que tienen en los grandes yacimientos de Chile.
Esa es la única preocupación que a mí, al menos, me asalta, y deseo no tener la razón. En todo caso, la experiencia nos ha demostrado que en actividades parecidas a las del cobre y que están dominadas por dos o tres empresas, han tomado cierto tipo de represalias que han afectado seriamente a los productores de los metales o de los productos que se han nacionalizado, expropiado o, finalmente, comprado, como en el caso de Bolivia.
Por eso, creo que debiera haberse buscado un sistema en virtud del cual no estuviéramos expuestos a ese peligro, que ojalá no llegue a materializarse.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
¿Terminó, señor Bulnes?
El señor BULNES (don Jaime).-
Sí, señor Presidente.
La señora LAZO.-
Pido la palabra.
El señor CANTUARIAS (Ministro de Minería).-
Pido la palabra.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
¿Me excusa, señora Lazo? Tiene preferencia el señor Ministro.
Puede hacer uso de la palabra el señor Cantuarias.
El señor CANTUARIAS (Ministro de Minería).-
Muy brevemente, señor Presidente, porque no quiero que quede flotando en este debate una apreciación que hizo el señor Carmine, interpretando, de alguna manera, según su criterio, lo que contesté al señor Bulnes.
Dijo el señor Carmine que yo habría manifestado que la nacionalización del cobre, para el Gobierno actual, no es una medida de carácter económico. Yo dije que, indudablemente, es una medida de carácter económico, que tiene consecuencias de carácter económico favorables para Chile, además de sus implicancias de orden político.
Yo sostengo, el Gobierno sostiene que con la nacionalización de la Gran Minería del Cobre, evidentemente, Chile, por las razones que expliqué, va a tener un sustancial mejoramiento en su condición económica. Creo que sostener que nosotros estamos evitando la inversión de capitales extranjeros, porque estamos llevando a cabo la nacionalización de la Gran Minería del Cobre, no tiene sentido alguno, y perdónenme la expresión. Yo creo que aquí estamos nacionalizando las fuentes naturales de productos que, repito, determinan en gran medida, la soberanía política efectiva de un país.
Dijo también que la nacionalización va a acarrear un estancamiento en la producción de la Gran Minería del Cobre. Yo puedo asegurarle a la Honorable Cámara que no hay razón alguna para sostener un juicio de esa naturaleza, puesto que los planes de expansión y la posibilidad de consumo en el mercado internacional, de acuerdo con estudios actuales que tenemos, determinan que Chile tiene que aumentar, en los próximos años, su producción de cobre, hasta llegar a un total de un millón cien mil toneladas, sin perjuicio de las nuevas exploraciones que se puedan hacer.
En tercer lugar, afirmó que la nacionalización de la Gran Minería del Cobre produce una marginación de la técnica. Yo creo que también es una afirmación que carece de base, por cuanto el país va a tener el mayor interés en aprovechar los mejores elementos de la técnica, las mejores condiciones que tenga la técnica mundial en un momento determinado, para poder aumentar nuestra producción e, incluso, dar tratamientos más efectivos a los minerales, para que produzcan el mayor beneficio a Chile.
En cuanto a que se hayan ido técnicos, especialmente extranjeros, es evidente que sabemos; estamos en conocimiento de ello. Pero estas son las cosas que nosotros creemos que debe afrontar un país cuando entra en un proceso de rescate de sus riquezas naturales, hasta ahora en manos de capitales extranjeros. Esos técnicos, y esto es lo más importante, pueden ser reemplazados por técnicos nacionales e, incluso, por otros técnicos extranjeros. Por lo tanto, en ningún caso vamos a quedar sin' ellos.
En cuanto al proceso de comercialización, debo señalar que no es tan absoluto ni exacto en gran medida es así el hecho de que unas pocas personas controlen en forma total y determinante el mercado del cobre. En este instante se está, usando el sistema de venta directa de los países productores a los consumidores, sin pasar, incluso, por las Bolsas de Londres, o Nueva York.
Gracias, señor Presidente.
El señor CARMINE.-
Pido la palabra.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor Carmine.
El señor CARMINE.-
Gracias, señor Presidente.
Agradezco al señor Ministro la aclaración que ha hecho respecto a las implicancias económicas y política que, en concepto del Gobierno, tiene la nacionalización del cobre.
En relación con las expresiones del señor Ministro, quiero hacer las siguientes observaciones.
En primer lugar, el hecho de que en un país se nacionalice toda la inversión extranjera en la Gran Minería del Cobre, sobre todo la de cierta nacionalidad, la inversión norteamericana, indiscutiblemente, tiene un efecto negativo sobre la inversión extranjera en ese país. Yo creo que las mejores palabras son las que pronunciara Nelson Rockefeller hace algo de sesenta días,...
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor CARMINE.-
... cuando dijo que sólo un malo de la cabeza podía invertir en Chile en este momento. Y no me. cabe duda, señor Presidente, que el señor Rockefeller tenía razón, porque solamente un inversionista extranjero que estuviera absolutamente demente podría invertir en un país donde a los que ya han invertido con anterioridad, se les expropia en condiciones que son una indiscutible incautación: sin indemnización por parte del. Estado.
En seguida, se ha señalado que algunos técnicos extranjeros han abandonado las empresas cupríferas. Es efectivo. Cuarenta y dos han abandonado sus actividades.
Pero los supervisores que se han retirado son 191; y los 149 restantes son técnicos chilenos, señor Presidente. Y esto es dé una extraordinaria gravedad, porque son técnicos chilenos que, por motivos de tipo laboral o porque no se sienten bien con el nuevo sistema de quiebra de la disciplina laboral en las faenas mineras, que, incluso señaló el Presidente Allende, no yo; técnicos chilenos que tienen una preparación de extraordinaria calidad, que por su calidad y conocimientos han sido tentados por ofertas económicas más interesantes en otros países, se retiran de estos yacimientos. Esos técnicos, señor Presidente, repito e insisto, los está perdiendo Chile; no los está perdiendo ni el Gobierno, ni las compañías, ni la oposición, ni un partido determinado. Los está perdiendo Chile. Es lo que se llama el "brain drain": la fuga de cerebros. Y esta fuga de cerebros...
La señora LAZO.-
¿Cómo se llama?
El señor CARMINE.-
"Brain drain", señora Diputada...
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
¿Me excusa, señor Diputado? Ha terminado el tiempo del Comité Nacional.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
La señora LAZO.-
Pido la palabra.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra la señora Carmen Lazo.
La señora LAZO.-
Señor Presidente, es un placer para el espíritu, para el oído y para la inteligencia, escuchar al brillante representante de la Derecha chilena, el señor Carmine, porque él expresa no un pensamiento sino que una idea preconcebida de una clase que parte derrotada.
Resulta que el señor Carmine, que es alto y que algunas mujeres deben encontrar buenmozo,...
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor CARMINE.-
Muchas gracias.
La señora LAZO.-
... sin embargo, es un hombre acomplejado. Tiene el complejo de aquel Chileno que él desprecia; o sea, del chileno subdesarrollados que cree que ser subdesarrollado es ser incapaz de levantarse por sus propios medios, y resulta, señor Carmine, que en este debate entramos a pensar si Chile está o no está en condiciones de caminar por sus propios pies.
El señor GODOY.
Evidentemente que no.
La señora LAZO.
Porque aquí no se trata de la palabra "adecuada" como mi colega Millas, brillante Diputado comunista, creo que explicó claramente, o si es una expropiación justa o adecuada, sino que de lo que se trata es saber si Chile en este momento de su historia está en condiciones "adecuadas" para ponerse pantalones largos, o si sigue siendo un pobre país, indefenso, que tiene que andar con pantalón corto porque la mamá creció y porque quiere sentirse joven haciéndolo aparecer como un niñito chico.
Yo creo, señor Carmine, que usted, que ha sido técnico...
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Ruego a Su Señoría dirigirse a la Mesa.
La señora LAZO.-
Señor Presidente, yo creo que el señor Carmine ha cometido una equivocación, y es seguir mirando a nuestro país como si fuera lo que le han dicho otros, lo que ha dicho la prensa extranjera, lo que han dicho los economistas extranjeros, lo que han dicho los interesados que miran a Chile como un negocio que es conveniente no largar; o sea, como que si fuéramos todos subdesarrollados y no sólo que me lo perdone el señor Presidente, señor Carmine, subdesarrollados físicamente, sino que, lo que es más desgraciado, intelectualmente. Porque si fuéramos justos, tendríamos que mirar a nuestro país como lo que es esencialmente. Más de una vez se ha dicho en esta Cámara que Chile no es un país pobre, porque si acaso, con inteligencia, se observara nuestro suelo, nuestro subsuelo, nuestro mar, las millas marítimas que nos corresponden legalmente, si viéramos nuestros parques, usted señor. Carmine, que dice que es agricultor, tendría que convenir conmigo, que soy marxista leninista, en que Chile no tiene razones históricas, para ser un país subdesarrollado.
El señor CARMINE.-
¿Me concede urna interrupción?
"La señora LAZO.-
O sea, señor Presidente... después se la voy a, conceder. Ahora quisiera continuar.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Excúseme, señora Diputada. No puede conceder interrupciones, de conformidad con el acuerdo de la Sala.
Puede continuar.
La señora LAZO.-
Gracias señor Presidente. Usted es una maravilla.
El señor GODOY.-
Es una maravilla del Reglamento. ¡Chitas que está generosa. ! ¡Carmine es buenmozo, Millas es brillante y usted señor Presidente, es una maravilla!
La señora LAZO.-
Señor Presidente, quiero decir que se parte de un equívoco, que se parte de un complejo cuando se supone que no somos capaces de tener buenos técnicos, cuando se supone que no somos; capaces de administrar bien, cuando se supone que no somos, capaces de guiarnos por nuestros propios medios. Ahí está el error garrafal que comete no el señor Carmine, porque él es como la quinta vos de una voz subterránea que pertenece un poco al pasado de nuestra Patria; pero, el futuro, de Chile, en el mañana de nuestro país, el hombre de Chile que nosotros estamos esperando tiene otra idea, Yo le pregunto a Millas, le pregunto a Mireya, Baltra, le pregunto a mi compañero Olivares, que es trabajador del cobre, por suerte para, nosotros, si acaso ellos creen que no hay en Chile capacidad para que mañana suplantemos a los técnicos.
¿Sabe lo que pasa, señor Carmine? Hay un cuento chileno que habla de un Míster Guzmán. Míster Guzmán empezó barriendo en una mina, siguió, enmaderando en una mina, continuó siendo, capataz en una mina, y terminó de jefe, en una mina.. Llegó un momento, en que, como los gringos, fumaba pipa, se ponía, pantalones de pana, y terminó haciéndose llamar Míster Guzmán. O sea, que se vayan en buena hora los mal nacidos que no, saben ser chilenos y que se consideran buen Míster Guzmán. Que se vayan. No les digo a dónde deben irse, porque en el Parlamento está prohibido decir palabras, indebidas; pero, que se vayan, señor Carmine, porque resulta que mañana los vamos; a reemplazar con los Olivares, los Lazos, los González, los Pérez, los cuales no sienten vergüenza de tener la cara, morena, de tener el pelo crespo ni de tener una cultura "made in Chile".
Esta es la diferencia entre el pensamiento que usted ha expuesto, y el, de nosotros.
Ahora, a mí me extraña mucho que se le diga al Ministro de Minería: "Mire, señor Ministro, resulta que usted se equivocó en este término". Ocurre que el Ministro de Minería, el Presidente de la República y todos nosotros, los "rotos" de la Unidad Popular, no nos llamamos "nacionales",, pero queremos que las riquezas de Chile sean nuestras y, aunque a usted no le guste mucho, el cobre que hay bajo nuestro suelo por nuestra Constitución Política nos corresponde., De manera que la gran diferencia legal, el gran problema legal es éste: la riqueza que hay en el subsuelo chileno ¿le pertenece a la Anaconda, a la Kennecott o a la no sé cuanto, o realmente le corresponde a Chile? Ustedes, como son "nacionales", discuten y dicen: "No le corresponde a Chile, le corresponde a las Compañías extranjeras". Algunos de ustedes, para ser clara, porque los más inteligentes piensan, sin duda alguna, que es chileno; pero, como todos no son inteligentes, algunos dicen: "No, señor. Es de los americanos" Nosotros pensamos qué ha llegado el momento de la historia de Chile en que tenemos que decir que es nuestro, y por qué es nuestro.
Ahora, yo también tengo el trabajo del profesor don Eduardo Novoa, Pareciera, si el Ministro no me lo discute, que se trata de una palabra que en el Senado que mal interpretada. ¿No és así, señor Ministro? Es una expropiación o fes una nacionalización; pero, en definitiva, en buen chileno, para el hombre de la galería, si estuviera alguno, piara él hombre de nuestro pueblo que no entiende de estas palabras tan sutiles, ¿de qué se trata? ¿Nosotros hemos estado todos éstos años robando el cobre a los norteamericanos, o han sido ellos los que no solamente sé han llevado el cobre, sino que también los pulmones y la dignidad de nuestros trabajadores?
Yo nací en Chuquicamata y resulta que hace poco, cuando me tocó ir a una elección sindical, me encontré Con "que estos benefactores, estos señores norteamericanos, todavía tienen un campamento que se llama "El Lata" que, como lo puede decir el señor Olivares, tiene cien años de vida. Y, señor Carminé, usted qué se llama nacional, para que sepa, todavía en Chuquicamata, Una de las minas más grandes de cobre del mundo, hay un excusado para trescientos sesenta nativos.
A usted debe darle mucha risa...
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Ruego a la Señora Lazo, dirigirse a la Mesa.
La señora LAZO.-
... pero a mí, que soy nativa, me da mucha rabia.
Señor y camarada Presidente, ¿sabe por qué?.,.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Se borrarán de la versión las expresiones antirreglamentarias.
La señora LAZO.-
Porque yo que nací en Chuquicamata, siento indignación por el hecho de que, a pesar de todos los retornos, de todas las reivindicaciones, a pesar de todas estas cosas, los nativos tienen qué seguir yendo a bañarse en un baño colectivo, donde lo hacen como 160 personas, distinguido colega del "Partido nacional
Por eso queremos nacionalizar el cobre, porque aquí há habido robo y, por eso, no hablamos de expropiación creo, señor Ministro sino que de recuperar lo que pertenece al Estado chileno y de pagar lo que realmente debemos pagar, porque lo demás lo hemos pagado con creces y con ganas.
Creo, Señor Ministro, que es del Partido Radical, a quién tan duro le dio la Derecha hace poco porque se ensañaron, a quien le han dado tan duro todos, que nosotros debemos ahora establecer una cosa que a ellos no les gusta mucho.....
El señor GODOY.-
Son los socialistas los que le dieron duró.
La señora LAZO.-
Usted no hablé, porque no entiende esas cosas. Usted no entiende lo que quiere decir la palabra "unidad".
El señor GODOY.-
¡Cómo no! Si la veo en la Unidad Popular.
La señora LAZO.-
Usted Cree que unidad quiere decir Unidos, y nada más.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Ruego a la señora Lazo evitar los diálogos.
La señora LAZO.-
Señor Presidente, quiero decir que nosotros, con el Ministro de Minería, con los compañeros del Partido Comunista, con los viejos y jóvenes del Partido Socialista, a pesar de la vieja mentalidad de la Derecha chilena, no vamos a cometer ningún Crimen contra la Anaconda ni contra las compañías del cobre, sino que vamos a recuperar lo que Chile necesita para seguir respirando y para seguir llamándose un país Con independencia. Poique a estos Caballeros siempre les ha gustado mucho enjuagarse la boca con la palabra independencia: "Somos un país independiente. Nosotros fuimos los primeros republicanos"... Y, hay ahí unos caballeros con unos apellidos macanudos que dicen: "Nosotros somos nietos de tal fulano". 'Sin embargo, esos caballeros fueron los que entregaron no sólo el cobre sino que el salitre, el yodo y hasta la dignidad. Lo que se trata ahora es que nosotros vamos a recuperar el cobre, el yodo, el salitre y la dignidad de Chile. ¡Eso es lo que les da rabia!
A mí, señor Presidente, que hablo en nombre del Partido Socialista, lo que me da risa es que en un debate de la Cámara, que se supone inteligente, haya un señor que diga: "Fíjense que hay una palabra.., ", así, como que es un intríngulis. "Resulta que no debió decirse expropiación; se debió decir así. "¿Cómo es la palabra, Ministro?... indemnización "adecuada", "adecuada". A mí me da una risa loca. ¿Acaso han sido "adecuadas" las matanzas que ha habido en el cobre, en el salitre? ¿Han sido "adecuadas", señor Carmine, usted que se ríe con esa cara que parece un monito? Eso me da risa, señor Presidente. "Adecuada" ha sido la explotación que ha habido en las minas durante cuántos años. Creo que usted y yo nos hemos encontrado con los trabajadores del cobre más de alguna vez en otro plano, como nos hemos encontrado con nuestro compañero Olivares, a quien le voy a dar una interrupción. Pero me interesa, en nombre del Partido Socialista, dejar establecida una cosa: aunque se lleven en una palabra en no sé cuántas sesiones, aunque pongan palitos y aunque no fuera "adecuada", señor Carmine, de todas maneras vamos a hacer que el cobre vuelva a ser nuestro, porque nunca debió dejar de serlo, y creo que hay Diputados democratacristianos que esto lo tienen claro.
Resulta, señor o señores Diputados, que en esto es como cuando uno dice: "yo he sido tonto. He estado haciendo un papel de afuerino en circunstancias de que debería haber sido, si no el propietario... "Yo sé que lo está pensando un Diputado democratacristiano que es del norte chico, que se ríe; es un viejo que fue trabajador también...
El señor GODOY.-
Viejo feo.
La señora LAZO.-
No es tan feo, señor Diputado.
Risas.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
¡Señora Lazo!
La señora LAZO.-
Perdóneme, señor Presidente.
Se ríe y se, pone, colorado, porque él piensa que tenemos la razón, y porque "adecuada" o no "adecuada", señor Ministro, lo vamos a hacer igual. No vamos a aguantar más esta 'prepotencia de los que, vienen a decir aquí: "Que las compañías del cobre". "Que no somos capaces". Sí, somos capaces, ¡señor lo que pasa es que todavía no les hemos querido probar cuán capaces somos.
Señor Bulnes, usted sabe que yo no estoy mintiendo, porque, usted en esto ha hablado en serio ¿no? Otros hablan porque le dijeron: "Mira, tienes que hablar", pero para salir del paso a veces les cuesta. Usted sabe que estoy diciendo la verdad. El cobre es chileno...
Un señor DIPUTADO.-
Siempre lo ha sido.
La señora LAZO.-
... y nosotros no vamos a pagar ni la chatarra ni las porquerías. Vamos a pagar lo justo, y si les gusta, bien; sino, mala suerte, ¿o no, compañero Carlos Morales?
Yo creo y le voy a dar una interrupción a mi compañero Olivares, que esto no se debe tratar en un nivel tan técnico sino en un nivel en que lo entienda el hombre común, para que lo sepa. Además, señor Presidente, ¿sabe lo que la gente dice después en las calles? "Los Diputados hablaron en un lenguaje tan difícil como para que no los entendiera nadie".
En el fondo, se trata de que yo quiero, y creo que usted también, señor Presidente, y lo quiere toda la Unidad Popular y algunos Diputados de la Democracia Cristiana, que le comuniquemos a los señores retrógrados de nuestro país que, quiéranlo o no, vamos a hacer caminar la historia de nuestro pa��s; porque si eso no ocurre quiere decir que hemos estado haciendo una estafa. Y aunque sea "adecuado" o no "adecuado", las cosas las vamos a realizar. De manera que no se equivoquen y no sigan jugando con esto de la "culebrita".
Por último, es cuestión de leer los cables para saber cuál es la situación económica por la que pasa la gran nación norteamericana. A mí me gustaría que algunos colegas se fueran a los Estados Unidos para ver si pueden decir en Washington las tonteras que expresan aquí, y vivir como lo hacen en Chile, porque tengo noticias y éste es un aviso aparte de que hay algunos "momios" que se han ido y ahora no hallan qué hacer, porque vendieron el auto y la casa y ahora andan haciendo el ridículo por ahí, dándose vueltas. Me gustaría, señor Presidente, que cuando volvieran, al encontrarse con el cobre nacionalizado, con una economía racionalizada, con un país diferente, fueran capaces de abrir los ojos y se dieran cuenta de que están viviendo un momento diferente" de la historia.
Le concedo una interrupción al compañero Olivares, Presidente de la Confederación de Trabajadores del Cobre.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Puede hacer uso de la interrupción, señor Olivares.
El señor OLIVARES.-
Señor Presidente, antes y después de la elección presidencial hemos escuchado de los militantes, de los dirigentes, y especialmente de los parlamentarios del Partido Nacional, un lenguaje, como decía el propio señor Carmine, agorero y sedicioso...
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor OLIVARES.
Aunque les moleste a los colegas del frente, especialmente al señor Arnello, lo único que les agradecería es que, una vez en su vida, escucharan lo que les quiero decir. Yo les digo respetuosamente al señor Carmine y al señor Bulnes, en un lenguaje de dirigente sindical, que probablemente cometo una osadía al enfrentarme con los grandes jurisconsultos y maestros que esta tarde nos han endilgado una verdadera lección de "patriotismo", de patriotismo entre comillas. Ustedes, que se dicen integrantes y militantes del Partido Nacional, deberían empezar por llamarlo "internacional", porque lo que han defendido aquí no es el patrimonio de Chile, no es la voluntad ni la inteligencia creadora del chileno; sino los intereses norteamericanos. Ustedes, que se dicen defensores de la democracia; ustedes, que andan creando por ahí institutos para defender a Chile; para defender la institucionalidad, la patria avasallada; ustedes, esta tarde, aquí, se han sacado la careta,...
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Ruego a Su Señorías dirigirse a la Mesa.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor OLIVARES.-
... especialmente el señor Carmine, cuando dice que el señor Bulnes desconfía no sólo de la capacidad creadora de los chilenos.
Yo les quiero decir a estos caballeros, quienes primero hablan y después se mandan a cambiar de la Sala, que deberían empezar a documentarse y saber, por ejemplo, que en "El Teniente", desde hace cinco años, el 95% del personal que opera en esa empresa es chileno y sólo el 5% es extranjero.
Ahora ellos vienen a decir aquí que no estamos en condiciones de poder continuar operando las minas, como lo dijo ahora el señor Carmine y, en otra ocasión, el señor Bulnes. Hoy el señor Bulnes habla de los mercados del cobre, de la comercialización; en otra oportunidad habló de los substitutos y de que el cobre iba a ser reemplazado pronto por otros elementos, entre ellos por el aluminio.
El señor BULNES (don Jaime).-
¡No mienta! ¡No mienta!
El señor OLIVARES.-
Yo debo decirle al señor Bulnes que soy hijo de minero y que desde que aprendí a dar los primeros pasos como dirigente sindical, he escuchado la misma cantinela; sin embargo, el cobre aún sigue teniendo preferencia y un gran mercado en el mundo entero. Entonces, no nos vengan a decir aquí esas palabras camufladas para defender otros intereses, que nada tienen que ver con los de nuestro país.
El señor Carmine ha dicho que se han ido ciento y tantos técnicos, profesionales chilenos; ha hablado de "fuga de cerebros". Y yo digo que probablemente el señor Carmine tiene razón en que se han ido muchos técnicos, capaces quizás. Pero lo que no dice el señor Carmine es que a gran parte de, ellos, especialmente a los extranjeros, el Gobierno les pidió que se quedaran; a ninguno se le ha echado. Y como dirigente de la Confederación, me consta que hemos ido a hablar con ellos para que se quedaran trabajando y permitieran lo que nunca quisieron durante su vida en Chile: que los técnicos chilenos también tuvieran acceso a las actividades que han estado desarrollando los técnicos extranjeros, Y dijeron; "Antes de darle la entrada aquí a técnicos chilenos y capacitar otra gente de este país, preferimos irnos. " ¿Que está indicando eso? ¿Colaboración con la patria? ¿Incapacidad de los técnicos chilenos? Eso lo debiera saber el señor Carmine. Pero también quiero decirle que si algunos técnicos chilenos se fueron, está bien que se hayan ido, porque con su acción han demostrado que son malos chilenos, que son antipatriotas y que no han tenido la valentía ni la hombría de quedarse en Chile.
Además, deseo recordarle al señor Carmine que en esa "fuga de cerebros" está la de un colega de ustedes, que fue a aportar su inteligencia a Canadá, donde creo que está actualmente. Pero eso lo callan. Ustedes también tienen una fuga de "cerebros", porque probablemente este colega suyo esté dando charlas de parlamentarismo en el extranjero. Esas cosas debieran decirlas.
Creo que la única forma de retener a los extranjeros o chilenos que se han ido habría sido ir donde ellos con una pistola, igual que alguien del frente, agarrar a puntapiés las ruedas del avión o los neumáticos del vehículo que los transportó al aeropuerto, o agarrarlos a balazos, como lo hiciera con otras personas un colega de ustedes.
Yo digo, responsablemente, como parlamentario socialista, aunque les pese a muchos, como al señor Carmine, quien duda de la capacidad de los chilenos, que no sólo los trabajadores, obreros y empleados, sino especialmente los técnicos y profesionales, les van a demostrar a Chile y al mundo entero que somos capaces, al rescatar nuestra principal riqueza básica, que es el cobre, de seguir adelante con la producción, de aumentarla y de poner las utilidades al servicio de Chile y de todos los chilenos.
Quiero decir, finalmente, que el optimismo y la confianza en los valores de la patria expresados por algunos colegas del Partido Nacional, no habrían servido ni para lustrarles los zapatos a los Padres de la Patria. ¡Con ese criterio todavía estaríamos dependiendo del yugo español!
El señor ARNELLO.-
Señor Presidente, ¿por qué no pide el asentimiento de la Cámara para que se me conceda medio minuto?
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Solicito el asentimiento de la Sala para otorgar medio minuto al señor Arnello...
El señor BULNES (don Jaime).-
Y dos minutos a mí.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
y dos minutos al señor Bulnes. ¿Habría acuerdo?
Acordado.
Puede continuar la señora Carmen Lazo.
La señora LAZO.-
Señor Presidente, como ha dicho mi colega Olivares, no es tan fácil vestirse con distintos ropajes en un mismo día. Yo no sé, y quisiera que lo explicara algún representante del Partido Nacional, si el señor Carmine habló como Diputado nacional o a título de Diputado guacho, como quedó a raíz de su humillante declaración cuando asesinaron a Mery; quisiera saberlo, porque de ello depende el carácter y lo que representan sus palabras. Lamento que se haya ido, a pesar de que le pedí que no se fuera, pero realmente, si las dijo a título personal, no tienen ninguna importancia ni valor porque nosotros, con todo respeto, no le asignamos ninguna representatividad. Ahora, si habló en nombre del Partido Nacional, es otro cantar; en este caso le haríamos caso.
No sé si el señor Arnello quiere la interrupción ahora o después.
El señor ARNELLO.-
Ahora.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Puede usar de una interrupción el señor Arnello.
El señor ARNELLO.-
Señor Presiden, te, es muy simple.
En primer lugar, la posición del Partido Nacional se fijó en la Sala, y sobre todo en Comisiones, al comienzo de la discusión de este proyecto. Quiero repetir que el Partido Nacional es y ha sido, desde su fundación, partidario de la nacionalización de la Gran Minería del Cobre, y así está señalado en los principios programáticos del Partido. Cualquiera otra interpretación que se aleje de este principio, es personal del señor Diputado que la plantee.
La señora LAZO.-
¿Y a título de qué habló el señor Carmine?
El señor ARNELLO.-
A título personal, porque no es miembro del Partido.
En segundo lugar, quiero decir que muchas de las cosas que dijo el Partido Nacional se señalaron en la Comisión respectiva y aun durante el tiempo en que esa Comisión funcionó en sesiones secretas, porque no tenemos interés en que las críticas que formulamos se presten para ser utilizadas de cualquiera manera que puedan perjudicar el interés de Chile. Por eso las consideraciones que se han hecho en la sesión de hoy, creo que no corresponden, en justicia, a la actitud que hemos tenido los nacionales en la discusión de esta nacionalización. Nuestros planteamientos de la tarde de hoy, antes de que se suscitara este debate, han sido perfectamente claros, atendiendo también a la índole' absolutamente jurídica del cuarto trámite de este proyecto de reforma constitucional,
De manera que quiero agradecer a la Cámara que se me hayan concedido estos escasos segundos, dejar bien en claro cuál es y cuál será la posición del Partido Nacional y rechazar en consecuencia, las expresiones que nos señalan defendiendo un interés distinto del chileno.
Nada más,
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Puede continuar la señora Lazo,
El señor BULNES (don Jaime).-
¿Me concede una interrupción, señora Lazo?
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
El señor Bulnes le solicita una interrupción a Su Señoría.
La señora LAZO.-
Señor Presidente, por una parte me alegro de la aclaración del señor Amello, que le quita autoridad a todas las cosas dichas por un señor que parecía que hablaba en nombre del Partido Nacional, porque, incluso, me mandó una tarjeta que decía "nosotros". Como se trata de él sólo, no tiene importancia. Además, se fue de la Sala; no valdría la pena contestarle.
Por otra parte, lamento que el Partido Nacional no haya llevado adelante esta iniciativa en otra oportunidad, porque ello habría permitido que Chile ahorre miles de millones de dólares, que mucho necesita, para tener más universidades, más desarrollo, más pan, más cosas.
El señor BULNES (don Jaime).-
¿Me permite una interrupción?
La señora LAZO.-
Un momentito, colega; se la voy a dar después.
En todo caso, nosotros queremos fijar, muy claramente, nuestra posición. Afortunadamente, no vamos a hablar del derecho en ningún momento lo pensamos hacer, porque resulta que nosotros, pase lo que pase y pese a quien pese, vamos a establecer un derecho diferente. No el derecho del más fuerte, ni el del que pone más capital, ni el del que trae más dólares, sino que vamos a imponer un derecho que es de otra índole, al que no están acostumbrados Sus Señorías.
Como me hace muchos gestos el colega Bulnes, le voy a Conceder una pequeña interrupción.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Puede usar de la interrupción el señor Bulnes.
El señor BULNES (don Jaime).-
Señor Presidente, el señor Olivares yo no sé si por error, porque entendió mal mis palabras, ó de mala fe, me ha atribuido expresiones que yo jamás he dicho Incluso, empecé mi intervención diciendo que era franca y decididamente partidario de la nacionalización del cobre.
Pero vaya como botón de muestra algo en que la señora Lazo está equivocada. Hace diez años presenté una indicación, cuando se discutió un problema también relacionado con el cobre, en virtud de la cual se llegaba, prácticamente, a lo mismo que en este momento se pretende. Denantes expliqué que en 1961 acompañaron mi indicación solamente los Diputados del Partido Comunista, y en la segunda oportunidad, en 1963, cuatro Diputados del Partido Socialista.
De modo que no comprendo cómo el señor Olivares pudo haber entendido mal mis palabras, en circunstancias que fui extremadamente claro, no usé ningún término rebuscado y dije claramente cuál era mi posición.
La señora LAZO.-
¿Me permite?
El señor BULNES (don Jaime).-
Tengo dos minutos, estimada colega. Si me permite, termino.
De manera, señor Presidente, que quiero desvirtuar o el error o la mala fe del señor Olivares, porque, repito, oyó toda la Cámara mis expresiones y cuál es mi sentir respecto de la nacionalización del cobre.
En ningún momento he desconfiado de la capacidad de los técnicos chilenos; muy por el contrario, tengo fe ciega en la capacidad no sólo de ellos, sino de los obreros chilenos. Sé que pueden superar cualquier circunstancia o problema. A lo único que le tengo temor, y fue lo que hice presente aquí, es a la posibilidad de una represalia que las compañías del cobre pudieran desarrollar en contra de la comercialización que hagan los organismos chilenos del producto extraído de los grandes minerales.
Esto es lo que quería decir para desvirtuar las palabras del señor Olivares y dejar expresa constancia de mi posición y sentir con respecto al proyecto de reforma constitucional.
Muchas gracias.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Puede continuar la señora Lazo.
La señora LAZO.-
El Diputado Olivares me ha pedido una interrupción.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Puede hacer uso de una interrupción el Diputado señor Olivares.
El señor OLIVARES.-
Señor Presidente, no sólo el señor Bulnes, sino la Cámara entera conocen mi manera de actuar. Creo que jamás he tenido una intervención en la que siquiera haya dejado una sombra de duda de haber procedido de mala fe. Acostumbro, señor Bulnes, tener la hombría de ratificar lo que expreso. Aquí ha habido como lo han escuchado todos, los señores parlamentarios dos intervenciones bien concretas. Y quien se ha referido y lamento, que haya abandonado la sala al problema de los técnicos, al decir que se habían ido no sé cuántos, fue el: señor Carmine. Y a él le he contestado, ahora.
En el caso suyo, señor Bulnes, considero que no es conveniente seguir sembrando dudas y creando descontento, como en esta ocasión, en que nuevamente ha reiterado el peligro de que las empresas norteamericanas se cobren una revancha un desquite o hagan un sabotaje a través del sistema de la comercialización del cobre. He recordado que en el trámite anterior de este proyecto usted no sólo habló de la comercialización, sino que, también de los sustitutos del cobre; que podía ser reemplazado. Eso es lo que ya le he contestado a Su Señoría.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Señor Olivares, le ruego dirigirse a la Mesa.
El señor OLIVARES.-
Señor Presidente, para terminar, eso es lo que he expresado; por lo tanto, quien me ha entendido mal es el señor Bulnes, quien, con las expresiones que he señalado, está produciendo intranquilidad y desconfianza. Eso es lo que he expresado en el caso concreto del señor Bulnes, quien desde hace años viene con la monserga de que el cobre va a ser reemplazado por otros sustitutos.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Puede continuar la señora Lazo..
La señora LAZO.-
Señor Presidente, la verdad es que este asunto como el señor Bulnes debe tener conciencia de ello es bastante serio. Por eso, por encima de las palabras, estamos obligados a asumir la responsabilidad del momento que vivimos. Aquí no se trata de decir "Quiero a la Leontina pero me caso con la Berta", sino: "Quiero a la Leontina, me caso con la Leontina y me quedo con ella". Para qué hacer juego de palabras si al final estamos jugando chueco. Aquí no se trata de anunciar represalias, porque es como decir: "Vengan, señores, que aquí nosotros somos "papaya" y los vamos a recibir hincados. " Y yo, en nombre de los trabajadores chilenos, a los que aquí representan Olivares, Aguilera, los parlamentarios de las bancas comunistas, radicales e incluso democratacristianas, les digo que ninguno de nosotros se va a poner de pie si acaso algún día pretenden venir con esa prepotencia que hemos conocido en otros países y latitudes. Y a propósito, yo estuve en Vietnam, donde hay 36 millones de personas. Allá se pensó que en una semana serían abatidos y arrasados, pero no ocurrió así. De manera que frente a cualquiera represalia, los que realmente somos chilenos, no tenemos miedo señor. Bulnes.,
Ahora, para qué contar las cosas que se han hecho en este último tiempo. Usted las conoce demasiado bien. Se han echado a perder hornos; se ha hecho "correr", el cobre al mar, no para hacerle daño a usted, señor Bulnes, ni al señor Arnello, ni a ninguno de los Diputados, sino para hacerle daño a Chile. Han hecho que se pierdan miles y miles de toneladas de cobre, Y yo me pregunto, ¿quién ha sido el Diputado, que ha protestado por esto que además, de una burla a un Estado soberano es una agresión? Porque no sólo se agrede a un país cuando desembarcan "marines" en una costa, sino cuando también, a conciencia, se le hace perder un río de su riqueza, que desemboca en el mar y que no le sirve a nadie. Si usted, señor Bulnes, visitara el puerto de Chañaral, o los sectores cercanos a Rancagua, se daría cuenta de que eso es una agresión, pero como, en el fondo, todos somos medio maricuecas, hemos aguantado esa agresión callados, porque la han hecho los norteamericanos; pero si la hubiera hecho Fidel Castro, ¡cómo habrían gritado Sus Señorías! Habrían dicho: ¡Cuba nos invade! ¿Acaso no se dan cuenta que hay una forma de invasión cuando se dejan correr ríos de cobre, sabiendo que no los pierde ni la Kennecott, ni la Anaconda ni ninguna compañía, sino el pueblo chileno? Pero no ha habido la voz de un patriota que se levante a protestar por eso, porque tenemos el mismo complejo del Señor Carmine, que un día dice: "¡Qué buenos que maten a Mery" ?, y otro: "Somos incapaces de controlar las riquezas nacionales. "
De eso es en definitiva de lo que se trata; y lo que aquí estamos debatiendo ahora es si acaso tenemos personalidad para llamarnos como siempre, un país independiente, con personalidad, capaz de controlar su economía, de tener sus propios técnicos, de vender el cobre donde le de la gana, de conseguir créditos donde se quiera, o si somos un país de acomplejados, que creen que no pueden vivir si lo es con el dólar, que usted sabe cómo está ahora señor Bulnes, porque todos conocen la situación que cíclicamente se está produciendo en los Estados Unidos dé Norteamérica.
¿Cuántos minutos me quedan?
El señor IBAÑEZ {Presidente).-
Cuatro minutos, señora lazo.
La señora LAZO.-
En todo caso, queremos dejar bien establecido que no le tenemos miedo a estas amenazas que tanto se han dado en Chile. Hubo una campaña del terror previa a la elección de Allende"; ahora hay otra de otro carácter: que nos van a dejar sin crédito, que nos pueden invadir, que no somos capaces, que no tenemos técnicos. En fin, hay toda una escalada de "miedo, de Cobardía, de impotencia, de falta de creación, incluso hasta dé espíritu nacional, de ese que hablan tanto, porque son todos un poco parcelados del imperialismo norteamericano. Todos creen qué no pueden vivir sí no les mandan oxígeno de allá. Pero hay, por suerte, una mayoría de nativos, y perdóneme, señor Presidente, negros como yo, negros como usted, negros como otros, que no tenemos ese complejo. Somos varios los morenitos, y algunos rubios qué se quieren incorporar, que no tenemos el complejo de que no se vive sino es con el oxígeno norteamericano. Somos varios los morenitos que nos tenemos fe y bastante capacidad y talento como para sacar a nuestro país adelante. Siento que no estén algunos Diputados en la Sala, pues voy a aclarar porque el Ministro denantes se reía, con un ademán afirmativo, cuando yo decía que se trataba de una palabra. No se trata de una palabra, sino de un concepto que es fundamentas: o somos capaces de decir que el cobre es chileno y que le vamos a pagar a las compañías lo que consideremos justo, después de todo lo que se han llevado, o somos unos acomplejados que nos vamos a dejar atropellar. De eso se trata, señores Bulnes y Carmine: de si tenemos personalidad para decir que somos chilenos, o somos simplemente arrenquines del imperialismo norteamericano.
Si me queda algún minuto, lo reservo para después.
Muchas gracias.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Se votará la disposición a Continuación de las anteriores.
Se va a dar lectura a la Modificación siguiente.
El señor LEA-PLAZA (Secretario).-
La letra c) del artículo 1º ha pasado a ser letra d), con la enmienda dé suprimir las palabras "y obligaciones" en la primera oración del inciso que sé intercala.
El señor ARNELLO.-
Podemos ponernos de acuerdo para empezar a votar.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Se votará la disposición a continuación de las anteriores.
El señor ARNELLO.-
Podríamos ponernos dé acuerdo para empezar a votar.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Señor Diputado, el acuerdo de la Sala consiste en no votar las modificaciones antes de las seis de la tarde....
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Eso significa que podría votarse en cualquier momento después de las seis.
Se suspende la sesión por cinco minutos.
Se suspendió la sesión.
Se reanudó a las 18 horas 21 minutos.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Se reanuda la sesión.
Se suspende la sesión por cinco minutos.
Se suspendió la sesión.
Se reanudó a las 18 horas 26 minutos.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Se reanuda la sesión.
En discusión la siguiente modificación. El señor Secretario dará lectura.
El señor LEA-PLAZA (Secretario).-
En el artículo 2º, Disposiciones transitorias, en la decimoséptima, la Cámara suprimió, en el inciso primero, la frase intercalada que dice: "en conformidad a lo lo dispuesto en el artículo 10 Nº 10 inciso tercero de esta Constitución Política, ", y la coma (, ) que la sigue.
El Senado rechazó la modificación.
El señor FUENTES (don César Raúl).-
Pido la palabra.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Fuentes, don César.
El señor FUENTES (don César Raúl).-
Señor Presidente, en la oportunidad pasada, en el segundo trámite constitucional nosotros estuvimos de acuerdo en suprimir la referencia al artículo 10, Nº 10, inciso tercero, de la Constitución Política. Nos parecía realmente ésta una declaración más bien de carácter romántico, que no quitaba ni ponía rey en esta disposición. Aparte de esto, la referencia estaba mal hecha, ya que por las sucesivas agregaciones que se le iban haciendo al articulado del Nº 10 del artículo 10 de la Constitución Política, la referencia al inciso tercero resultaba errónea. Se refiere esto, realmente a otros incisos, que son aquéllos que hablan fundamentalmente, de la nacionalización de la gran minería del cobre. En el inciso tercero está solamente una referencia a la reserva o a la nacionalización de bienes que se consideren de importancia preeminente para la vida del país.
En esta oportunidad, nosotros hemos revisado el criterio anterior. Lo hemos hecho exclusivamente en el sentido de aprobar el criterio del Senado, pero pidiendo votación separada para la expresión "inciso tercero" ya que la referencia a él es errónea. Hemos revisado nuestro criterio porque creemos que queda más perfecta la Constitución Política del Estado si expresamos que esta disposición decimoséptima transitoria viene a ser, en el fondo, una aplicación de las normas sobre nacionalización que se establecen en el artículo 10, Nº 10, de la Constitución Política del Estado. Ahí hay un inciso, que no recuerdo a cuál corresponde, pero que no es el inciso tercero, donde se contemplan normas específicas para la nacionalización de la gran minería. De manera tal que en el artículo 10, N° 10, tendríamos normas sobre nacionalización que se refieren a la gran minería en general y en esta disposición decimoséptima transitoria tendríamos normas que se refieren a la nacionalización de la gran minería del cobre en especial. Así que habría una aplicación del criterio ya establecido en el artículo 10, Nº 10.
En consecuencia, para poder acoger este criterio, para poder dejar más coordinada la Constitución Política, nosotros rectificamos nuestro criterio y proponemos aprobar el criterio del Senado en esta materia, pero suprimir la referencia al "inciso tercero", ya que es una referencia errónea y que de ninguna manera pudiera quedar en la Constitución Política sin que se prestara también a confusión.
Por eso, desde ya, señor Presidente, pedimos votación separada para las palabras "inciso tercero" y anunciamos nuestros votos favorables al criterio del Senado. Es decir, vamos a estar en contra de la supresión que hizo la Cámara en el segundo trámite constitucional, pero sí vamos a votar en contra de la expresión "inciso tercero", para la cual hemos pedido votación separada.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Así se procederá, señor Diputado.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Se votará a continuación de las modificaciones anteriores.
En discusión la siguiente disposición. El señor Secretario le dará lectura.
El señor LEA-PLAZA (Secretario).-
La Cámara, en el segundo trámite, reemplazó en el inciso segundo de esta misma disposición decimoséptima transitoria, desde donde dice: ", además, los de sus filiales que determine el Presidente de la República. ", por lo siguiente: "también aquellos que pertenezcan a terceros y que estén directa y necesariamente destinados a la explotación de las empresas señaladas, según determinación que hará el Presidente de la República.".
El Senado rechazó esta modificación.
El señor MILLAS.-
Pido la palabra.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor MILLAS.-
Señor Presidente, los Diputados de la Unidad Popular votaremos favorablemente las modificaciones del Senado que inciden en el término "filiales", en vez de "terceros"; en el entendido de que será indispensable que la reforma constitucional se refiera a "terceros", pero que no ha habido plena concordancia entre el texto de la Cámara y el del Senado, por Senadores que desean que se establezca esta situación en relación a terceros, pero les parece demasiado amplia la disposición de la Cámara. Por eso, en las disposiciones relacionadas con esta materia, que son todas las establecidas antes del Tribunal Constitucional que se ha designado, aceptaremos el criterio del Senado, pero en el entendido de que a través del veto se logrará una disposición que regule esto en una forma adecuada y que signifique una satisfacción tanto para los parlamentarios de la Unidad Popular como para los parlamentarios democratacristianos que han contribuido a esta reforma constitucional, quedando establecido que esta nacionalización afectará a terceros dentro de un marco, más estricto que el determinado en la redacción de la Cámara.
Nada más.
El señor FUENTES (don César Raúl).-
Pido la palabra.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor PUENTES (don César Raúl).-
Señor Presidente, esta fue una de las materias que más se debatió en el informe que entregó la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia en su oportunidad en la Cámara. No nos satisfacía que quedara la expresión "filiales", porque, a pesar de no estar definido su concepto, nosotros teníamos un criterio doctrinario que permitía configurar la expresión "filiales" dentro de un concepto generalmente aceptado.
En la Comisión se entregaron algunos antecedentes por parte de funcionarios de Gobierno, indicando cuáles serían los alcances de esta expresión "filiales". Sin embargo, nos pareció necesario poder extender también esta nacionalización a terceros que estuvieran directa y necesariamente vinculados con la explotación de la Gran Minería. Pero en el Senado no se acogió el criterio al que por tan amplia mayoría llegamos sobre esta materia en la Cámara de Diputados. Y si nosotros no aprobamos la modificación del Senado, por una parte, y si tampoco el Senado aprueba la disposición que nosotros tenemos sobre esta materia, la nacionalización de la Gran Minería quedaría solamente restringida a las empresas mixtas, no se extendería a bienes de otras empresas o de otros terceros que estulados a la normal explotación de estos yacimientos minerales.
Por tal motivo, señor Presidente, vamos a aprobar la disposición del Senado en esta materia, con el objeto de que ella se refiera a bienes diferentes de los de la Gran Minería del Cobre propiamente tal. En consecuencia, si se produce la mayoría del caso, se va a aprobar la expresión "filiales".
Sin embargo, hemos querido que la nacionalización alcance además a bienes de terceros. Es por eso que si el veto, que en esta materia tendría necesariamente que enviarse para perfeccionar esta disposición, contuviera el punto de vista de los Senadores y Diputados de la Democracia Cristiana, indudablemente no habría ningún problema para aprobarlo, haciendo extensiva la nacionalización no sólo a las filiales sino también a los bienes de terceros, sobre cuyo alcance nosotros tendríamos que ponernos de acuerdo o el veto tendría que contener nuestros puntos de vista sobre el particular. En tal entendido y con el mejor ánimo vamos a entregar nuestros votos favorables a esta disposición, y esperamos que el veto, oportunamente, podrá hacer aprobar una disposición que refleje nuestro criterio.
El señor JAQUE.-
Pido la palabra.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor JAQUE.-
Señor Presidente, nosotros también vamos a votar la disposición del Senado, en el entendido de que ésta va a ser perfeccionada en el veto que, seguramente, va a enviar el Ejecutivo sobre esta materia.
Nosotros consideramos conveniente, desde todo punto de vista, incluir también a los terceros que cooperen en el desarrollo y en la explotación de la actividad minera, porque es evidente que la explotación de la Gran Minería del Cobre hoy día no solamente está constituida por actividades propias de las empresas mineras sino que en torno a estas mismas empresas giran las actividades de otros terceros, absolutamente indispensables para la explotación.
Creemos que sería tal vez inútil la nacionalización si no consideráramos los bienes de estos terceros que, como lo establece la disposición que aprobó la Cámara, estén directa y necesariamente destinados a la explotación de las empresas señaladas, según determinación que hará el Presidente de la República. En consecuencia, en el entendido que he señalado, vamos a estar con la disposición del Senado, que habla solamente de filiales; pero nosotros consideramos que también, por las razones señaladas, deben incluirse las actividades de terceros, y esperamos que sobre esta materia haya el acuerdo político al cual se ha hecho referencia en esta Corporación.
Nada más, señor Presidente.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Se votará a continuación de las disposiciones anteriores.
En discusión la disposición siguiente.
El señor Secretario le dará lectura.
El señor LEA-PLAZA (Secretario).-
En el inciso cuarto de la misma disposición la Cámara suprimió, en el segundo trámite, la expresión "adecuada".
El Senado rechazó esta modificación.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Se votará la disposición a continuación de las anteriores.
En discusión la disposición siguiente.
El señor Secretario le dará lectura.
El señor LEA-PLAZA (Secretario).-
Enseguida, en el inciso primero de la letra a) de esta disposición transitoria decimoséptima, la Cámara sustituyó las palabras "sus filiales" por el término "terceros".
El Senado desechó esta modificación.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Se votará a continuación de las disposiciones anteriores.
En discusión la siguiente disposición.
El señor Secretario le dará lectura.
El señor LEA-PLAZA (Secretario).-
En la misma disposición transitoria, en el encabezamiento del inciso cuarto de esta misma letra, la Cámara reemplazó la frase que dice "Las empresas afectadas" por la siguiente: "Los afectados", y la expresión "dichas" por "las".
El Senado rechazó estas modificaciones.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Se votará a continuación de las disposiciones anteriores.
En discusión la siguiente disposición.
El señor Secretario le dará lectura.
El señor LEA-PLAZA (Secretario).-
En esta misma letra y artículo, la Cámara agregó el siguiente inciso quinto nuevo: "Cuando la disposición del inciso precedente no pudiere ser aplicada a terceros afectados, el derecho de éstos será una indemnización igual al costo original de los bienes nacionalizados, deducidas las amortizaciones, depreciaciones, castigos y desvalorización por obsolescencia. ".
El Senado rechazó esta modificación.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Se votará a continuación de las disposiciones anteriores.
Señores Diputados, las disposiciones agregadas al inciso primero de la letra c), contenidas en la página 8 del boletín, a juicio de la Mesa podrían discutirse conjuntamente, pero es indispensable hacer votaciones separadas.
El señor Secretario dará lectura a la disposición.
El señor LEA-PLAZA (Secretario).-
La Cámara, en el segundo trámite, agregó en el inciso primero de la letra c), de esta misma disposición transitoria, a continuación de la frase intercalada "que lo presidirá", lo siguiente: "por un Ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago, designado por ésta, "; sustituyó la palabra "miembro" por "Ministro"; consultó la preposición "por" después de la frase "por un miembro del Tribunal Constitucional designado por éste; "; suprimió la coma (, ) que sigue a las palabras "Banco Central" y agregó, a continuación de ellas, la expresión "de Chile y"; colocó un punto seguido después de las palabras "Impuestos Internos", suprimiendo los términos "y el Vicepresidente de la Corporación de Fomento de la Producción. ", y consultó, en seguida, las siguientes oraciones: "Los Ministros de la Corte Suprema, de la Corte de Apelaciones de Santiago y del Tribunal Constitucional serán subrogados por las personas que la Corte respectiva y el Tribunal, en su caso, designen de entre sus miembros. El Presidente del Banco Central de Chile y el Director Nacional de Impuestos Internos serán subrogados por quien legalmente' ejerza sus cargos. ".
El Senado rechazó todas estas modificaciones.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
El señor FUENTES (don César Raúl).-
Pido la palabra.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor FUENTES (don César Raúl).-
Señor Presidente, sobre este artículo, que trata del tribunal de apelación, nosotros vamos a insistir en el criterio de la Cámara de Diputados. Entendemos que así, también, lo harán los demás sectores de la Cámara.
A nuestro juicio, esta reforma constitucional se ha hecho dentro del marco de las normas legales y constitucionales que rigen esta materia y, siendo su alcance la nacionalización de la Gran Minería del Cobre, yo creo que al Parlamento le debe interesar, como a nadie, el que esté revestida de la más alta juridicidad posible. Esta reforma constitucional relativa a la nacionalización de la Gran Minería del Cobre se ha sometido a la voluntad del pueblo chileno, expresada a través del
Congreso Nacional. Por esto, la nacionalización del cobre será' el producto de la voluntad del pueblo chileno expresada a través de sus instituciones democráticas.
Desde este punto de vista, nos parece mucho mejor que las instituciones que se crean en esta reforma constitucional para conocer de todos los aspectos de la nacionalización del cobre, estén revestidas de la mayor juridicidad posible y de la máxima independencia.
Por eso que preferimos este tribunal de apelación que ha creado la Cámara de Diputados sobre aquél concebido en el primer trámite por el Senado. Muy en concreto, la modificación que introdujo la Cámara de Diputados al proyecto del Senado se resume en el cambio del Vicepresidente de la Corporación de Fomento de la Producción por un Ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago, permitiendo de esta manera que el tribunal de apelación tenga una mayoría judicial y no una mayoría de tércnicos.
Desde este punto de vista, nos parece que sale muy mejorado el proyecto si se acoge al criterio de la Cámara. La Democracia Cristiana, oportunamente, llevó esta inquietud hasta el seno de la Comisión de Constitución, donde presentamos la indicación respectiva, que mereció la aprobación, el apoyo y el respaldo de todos los sectores de esta Corporación.
Por eso, nosotros concurriremos gustosos a ratificar el criterio de la Cámara de Diputados, y votaremos consecuentemente así, en todo lo que se refiere a las modificaciones del precepto que estamos analizando.
El señor MORALES (don Carlos).-
Correcto.
El señor MILLAS.-
Pido la palabra.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Millas.
El señor MILLAS.-
En los mismos términos en que se aprobó la vez pasada por la Cámara de Diputados, los parlamentarios de la "Unidad Popular" mantendremos la composición del Tribunal de Apelación en las diversas votaciones referentes a esta letra, porque estimamos que este tribunal, en verdad, es una garantía de cumplimiento integral de lo que se propone el legislador como constituyente, en cuanto a la reforma constitucional sobre nacionalización de la gran minería del cobre.
Nada más.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Se votará a continuación de las disposiciones anteriores.
En discusión la letra j) siguiente.
El señor Secretario le dará lectura.
El señor LEA-PLAZA (Secretario).-
La letra i) pasó a ser j), redactada en los siguientes términos; "El Presidente de la República estará facultado para dictar las normas necesarias para organizar el régimen de administración y explotación de la gran minería del cobre.
"Con todo, deberá disponer que el capital de las empresas nacionalizadas pase al dominio de la Corporación del Cobre y de la Empresa Nacional de Minería en la proporción que él mismo fije. Las sociedades que de ello resulten serán tenidas para todos los efectos legales como las continuadoras de las empresas nacionalizadas.
Los bienes de terceros que hayan sido afectados por la medida de nacionalización quedarán incorporados también a las sociedades que se, formen de acuerdo con lo previsto en el inciso precedente".
El Senado acordó rechazar los dos primeros incisos que se han leído, y aprobó el último de ellos.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
El señor JAQUE.-
Pido la palabra.
El señor IBÁÑEZ (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Jaque.
El señor JAQUE.-
Señor Presidente, la verdad es que la disposición dé la Cámara, en esta materia, era mejor que la del Senado. Porque se puede observar, si se aprueba el criterio del Senado, que hay una contradicción evidente, sobre todo si se tiene presente la disposición 17ª, que se refiere a la nacionalización de la gran minería del cobre. Ahí se dispone que las empresas que se nacionalizan se incorporarán al pleno y exclusivo dominio de la Nación. Y se está refiriendo, incuestionablemente, a que el dominio de estas empresas se incorpora al Estado, en cuanto éste tiene personalidad jurídica. Y, luego, en la disposición del Senado, por el mismo acto legislativo, se viene a establecer que el capital de las empresas nacionalizadas pasa al dominio de la Corporación del Cobre y de la Empresa Nacional de Minería, que son entidades que también tienen personalidad jurídica distinta.
Por esto, nos parecía mejor la disposición de la Cámara, que establece: "Con todo, deberá disponer que el capital de las empresas nacionalizadas pase al dominio de la Corporación del Cobre y de la Empresa Nacional de Minería... ". En el fondo, la disposición sería la misma; pero, en sus alcances jurídicos, sería tal vez mejor la aprobada por esta Corporación.
Por otra parte, en el inciso primero, cuando nosotros hablamos de que "el Presidente de la República estará facultado para dictar las normas necesarias para organizar el régimen" administrativo, se emplea la expresión "organizar' en lugar de "coordinar"; porque, como se estableció en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, no se podría coordinar algo que todavía no está organizado.
En todo caso, señor Presidente, nuestro ánimo es que haya los quórum constitucionales correspondientes en esta disposición y, por eso, nosotros vamos a votar de acuerdo con el criterio del Senado.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Se votará también a continuación de las disposiciones anteriores.
En discusión la siguiente disposición.
Solicito el asentimiento unánime de la Sala para omitir la lectura de esta disposición.
Si le parece a la Sala, así se procederá.
Acordado.
Ofrezco la palabra.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Fuentes.
El señor FUENTES (don César Raúl).-
Señor Presidente, nosotros también vamos a estar con el Senado en esta materia, ya que normas que reglen las materias que se están señalando en estas letras i) y j) son absolutamente fundamentales, son necesarias y deben existir.
Que nos quedáramos sin la norma del Senado y sin la norma de la Cámara, sería lo peor que pudiera pasar.
En esta disyuntiva, vamos a estar por acoger el criterio del Senado para tener la completa seguridad de que va a haber norma sobre la materia.
El señor FUENTES (don César Raúl).-
Pido la palabra.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Fuentes, don César.
El señor FUENTES (don César Raúl).-
Sí, señor Presidente, deberíamos ratificar lo mismo que acabamos de decir: que debe existir normas que reglen esta materia. Pero, ante la disyuntiva de quedar sin ninguna por falta de quórum constitucional, ya sea en la Cámara o en el Senado, sobre el mismo texto, nosotros vamos a estar aquí por la disposición del Senado, que nos da la seguridad de tener texto sobre la materia.
Por lo demás, las dos disposiciones son muy similares. Más bien hay aquí de por medio un problema de técnica legislativa que disposiciones de carácter sustantivo que son diferentes.
Es por eso que vamos a acoger el criterio del Senado, porque nos da la seguridad que tendremos reglas sobre la materia, lo que es de mucho interés para los trabajadores. En consecuencia, nuestra votación será por acoger el criterio del Senado.
El señor OLIVARES.-
Pido la palabra.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Olivares.
El señor OLIVARES.-
Señor Presidente, nosotros también vamos a aceptar el criterio del Senado en esta materia, porque deseamos que haya una disposición en torno a lo que ya ha estado planteándose, tanto en la Cámara como en el Senado. Y, además, por el hecho de que el propio compañero Ministro de Minería nos ha hecho presente que las dificultades que podrían haberse planteado, o las omisiones que pudieren haber respecto del texto que había aprobado la Cámara, que era el que contaba con el patrocinio de los trabajadores del cobre, ellas, en todo caso, serían obviadas por la vía del veto.
El señor CLAVEL.-
Pido la palabra.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor CLAVEL.-
Señor Presidente, este último tiempo, en Chuquicamata ha habido ciertas demostraciones de inquietud entre los trabajadores de ese mineral acerca de su situación respecto de las obligaciones que tienen con ellos las compañías que van a ser nacionalizadas.
Sin duda alguna, esta materia fue casualmente tratada, en su oportunidad, por los personeros que hicieron estas indicaciones para asegurarles a los trabajadores sus derechos previsionales. Y es así como el señor Ministro de Minería, en todo momento y de 'acuerdo con todos los personeros del Gobierno, estuvieron conscientes en dejar establecidos en esta reforma constitucional los derechos que tenían y que tienen los trabajadores del cobre.
En forma muy especial, yo he pedido la palabra para dejar establecido en la historia de la ley, que el derecho que tienen los trabajadores del cobre al pago de la indemnización, por años de servicios, una vez que ellos dejen de pertenecer a la compañía por retiro, por jubilación u otra causal, obliga a la compañía a pagarles de inmediato esa indemnización.
En consecuencia, los temores que tienen los trabajadores del cobre y las exigencias que están haciendo para que este fondo de indemnización les sea pagado antes de la nacionalización, no tienen ningún asidero legal, ya que por primera vez en la historia los trabajadores del cobre, tienen asegurados sus derechos en la propia Constitución. ¡Primera vez en la historia, señor Presidente! Y por eso, nosotros vamos a votar por lo acordado por el Senado, que resguarda en forma clara los intereses de los trabajadores del cobre.
Nada más, señor Presidente.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Se votará a continuación de las disposiciones anteriores.
En discusión la siguiente disposición.
El señor Secretario le dará lectura.
El señor LEA-PLAZA (Secretario).-
La Cámara agregó el siguiente inciso final en la misma letra k), que pasó a ser l):
"Lo dispuesto en esta letra podrá ser modificado por ley. "
El Senado desechó esta modificación.
El señor FUENTES (don César Raúl).-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Fuentes, don César.
El señor FUENTES (don César Raúl).-
Señor Presidente, lo establecido en esta letra k), lo mismo que lo de la letra anterior, es decir, lo que se refiere a la distribución de los fondos del cobre como lo que se refiere a los derechos de los trabajadores, tienen que ser disposiciones de carácter necesariamente flexibles que permitan ser modificadas por ley cuando las circunstancias varíen. Incluso, esto permitirá que se mejoraran los derechos de las provincias en la distribución de los fondos del cobre, como también los mismos derechos de los trabajadores.
Pero esta disposición a nuestro juicio, adolece de un vacío en el texto del Senado. Allí solamente no se aprobó el criterio de la Cámara, contenido en una disposición que llenaba este vacío, exclusivamente por una falta de quórum en la votación, en ese momento, en el Senado, ya que debería haber tenido la mitad más uno de los Senadores en ejercicio. Sin embargo, tuvo una alta votación, pero no alcanzó a reunir este quórum especial.
Nosotros creemos que los señores Senadores van a estar en favor de esta disposición, en forma altamente mayoritaria. Por eso, vamos a insistir en nuestro criterio, porque, a nuestro juicio, es importantísimo que estas disposiciones tengan, no la rigidez de una norma constitucional, sino la flexibilidad y la posibilidad de ser modificada por una ley, a fin de que el legislador pueda considerar, en el futuro, una mejor forma de distribuir estos fondos.
De manera que aquí hay un criterio similar al expresado en la letra anterior respecto de los derechos de los trabajadores, en el sentido de que también esta disposición debe tener un carácter flexible y puede ser modificada por una ley posterior.
Vamos a insistir, en consecuencia, en el criterio de la Honorable Cámara en cuanto a esta modificación.
El señor MILLAS.-
Pido la palabra.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Millas.
El señor MILLAS.-
Señor Presidente, tanto los derechos de los trabajadores del cobre, establecidos en la letra anterior, como los beneficios para determinadas provincias y regiones del país, consagrados en esta letra, están plenamente garantidos con la nacionalización del cobre. Y precisamente, se vincula el desarrollo y la ampliación de estos derechos de los trabajadores y de estos beneficios para determinadas regiones del país, al interés nacional, a la nacionalización del cobre, al rescate de estas riquezas. De aquí que sea de extraordinaria importancia que haya quedado esto justamente establecido en estas disposiciones de rango constitucional. Porque, efectivamente, señor Presidente, siendo como son disposiciones del más alto rango, del rango constitucional, tienen que tener la flexibilidad que permita alguna modificación por ley al abordar problemas casuísticos, de detalle, de distribución de recursos, como es en el caso de aquéllos que están considerados en esta letra.
Por eso, los parlamentarios comunistas, que, como todos los de la Unidad Popular, hemos sido celosos de lo que implica la nacionalización del cobre como reivindicación de los derechos de los trabajadores y de determinadas regiones del país, a la vez, estimamos conveniente la norma que aprobó la Cámara y en cuya insistencia estamos de acuerdo.
He dicho.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación la primera de las modificaciones.
El señor Secretario le dará lectura.
El señor LEA-PLAZA (Secretario).-
La Cámara debe votar la frase de la letra b) del artículo 1º que dice: "y de las rocas y arenas que se encuentren en terrenos de propiedad privada y que se apliquen directamente a la construcción", agregando un punto (.) después de la palabra "superficiales". Esta frase fue suprimida por la Cámara en el segundo trámite constitucional, y el Senado rechazó la supresión.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
En votación la frase leída.
Durante la votación:
El señor CARMINE.-
Es más simple el criterio del Senado. Que se aclare la votación entre la disposición de la Cámara o la del Senado; si no, no vamos a entender nada.
El señor LEA-PLAZA (Secretario).-
Los señores Diputados que estén de acuerdo con el criterio del Senado deben votar favorablemente; los que estén de acuerdo con lo aprobado por la Cámara, deben votar negativamente.
El señor ARNELLO.-
¿Ahora votamos la frase?
El señor LEA-PLAZA (Secretario).-
La frase.
Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 18 votos; por la negativa, 75 votos.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
La Cámara acuerda insistir en la supresión de la frase.
En votación la disposición siguiente.
El señor Secretario le dará lectura.
El señor LEAPLAZA (Secretario).-
Los señores Diputados deben votar la siguiente frase, agregada en el segundo de los incisos: "los hidrocarburos líquidos y gaseosos", suprimiendo la coma (, ) que la sucede, y la frase "ni los materiales atómicos naturales", seguida, también, de una coma (, ). Esta última frase fue intercalada por la Cámara en el segundo trámite, y el Senado desechó la modificación.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Si le parece a la Sala y no se pide votación, se aprobará la frase.
Aprobada.
En consecuencia, la Cámara acuerda insistir en la aprobación de la frase.
En votación la disposición siguiente.
El señor LEA-PLAZA (Secretario).
Los señores Diputados deben votar la siguiente letra c), nueva, agregada por la Cámara en el segundo trámite:
"c) Reemplázase el inciso cuarto por el siguiente:
"Nadie puede ser privado de su propiedad sino en virtud de ley general o especial que autorice la nacionalización o la expropiación, por causa de utilidad pública o de interés social, calificada por el legislador. El afectado tendrá siempre derecho a indemnización cuyo monto y condiciones de pago se determinarán equitativamente tomando en consideración los intereses de la colectividad y los de aquél. La ley determinará las normas para fijar la indemnización, el tribunal que conozca de las reclamaciones sobre su monto el que en todo caso fallará conforme a derecho, la forma de extinguir esta obligación, y las oportunidades y modo en que la autoridad tomará posesión material de los bienes. "
El Senado ha rechazado esta agregación de la Cámara.
Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 19 votos; por la negativa, 74 votos.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
La Cámara acuerda no insistir.
En votación la siguiente disposición.
El señor LEA-PLAZA (Secretario).-
En la letra c), que ha pasado a ser letra d), la Cámara desechó, al final de la primera oración del inciso que se intercala, las palabras "y obligaciones". El Senado rechazó esta modificación.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Si le parece a la Cámara, se dará por desechada.
En esas condiciones la Cámara acordaría insistir.
Acordado.
En votación la modificación de la disposición siguiente.
El señor LEA-PLAZA (Secretario).-
La Cámara, en la disposición decimoséptima transitoria, suprimió, en su inciso primero, la frase intercalada que dice: "en conformidad a lo dispuesto en el artículo 10, Nº 10 inciso tercero de esta Constitución Política", y la coma (,) que la sigue.
El Senado desechó esta modificación.
Por otra parte, hay petición para votar separadamente las palabras "inciso tercero".
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Señores Diputados, se va a votar primeramente la frase sin las palabras "inciso tercero".
Si le parece a la Sala, se aprobará.
Aprobada.
En votación las palabras "inciso tercero".
Si le parece a la Sala, se rechazarán las palabras "inciso tercero".
Acordado.
El señor FUENTES (don César Raúl).-
Está aprobada la frase del Senado; o sea, la Cámara solamente insiste...
El señor LEA-PLAZA (Secretario).-
La Cámara no insiste en la supresión de las palabras "en conformidad a lo dispuesto en el artículo 10, Nº 10 de esta Constitución Política" y acepta, en cambio, la supresión de las palabras: "inciso tercero. "
El señor FUENTES (don César Raúl).-
Se insiste.
El señor LEA-PLAZA (Secretario).-
Claro; se insiste.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
En consecuencia, la Cámara acordaría insistir en suprimir las palabras "inciso tercero. " Acordado.
En votación la disposición siguiente.
El señor LEA-PLAZA (Secretario).-
En el inciso segundo de este mismo artículo, ha reemplazado desde donde dice: ", además, los de sus filiales que determine el Presidente de la República. ", por lo siguiente: "también aquellos que pertenezcan a terceros y que estén directa y necesariamente destinados a la explotación de las empresas señaladas, según determinación que hará el Presidente de la República. "
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
En votación la frase leída. Durante la votación:
El señor MILLAS.-
La frase del Senado primero.
El señor FUENTES (don César Raúl).-
De acuerdo con el informe del Senado.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
La frase de la Cámara, primeramente.
Si le parece a los señores Diputados, se procedería en los términos solicitados por la Mesa.
Varios señores DIPUTADOS.-
¿Cámara o Senado?
El señor LEA-PLAZA (Secretario).-
Señores Diputados, en este caso, de acuerdo con lo decidido por la Cámara, habría que hacer, eventualmente, dos votaciones. En primer lugar, votar por el criterio de la Cámara; y, en segundo lugar, si él no es aceptado, votar la frase del Senado.
El señor ARNELLO.-
Aprobada la frase del Senado, sé rechaza la de la Cámara.
El señor LEA-PLAZA (Secretario).-
Por unanimidad tendría que ser.
El señor FUENTES (don César Raúl).-
Pido la palabra.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Solicito el asentimiento unánime de la Sala para conceder un minuto al señor Fuentes, don César Raúl.
Si le parece a la Sala, se le concederá el minuto que ha pedido.
Acordado.
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor FUENTES (don César Raúl).-
Señor Presidente, en la mañana de hoy aclaramos el sentido de la votación, cuando se trata de una modificación sustitutiva. En este aspecto, acogimos el criterio de un informe del Senado, según el cual primeramente hay que votar la modificación que se sustituye y, de acuerdo con el resultado, en caso de que se rechace la modificación que se sustituye, habría que votar la sustitución.
El acuerdo de Comités que deben tener en sus manos los señores Diputados acoge este criterio; de manera que habría que votar así, para no tener, precisamente, complicaciones con el Senado.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Señores Diputados, se va a votar la frase ya leída.
El señor LEA-PLAZA (Secretario).-
Esta frase es la que introdujo la Cámara en el segundo trámite constitucional.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se rechazará.
Rechazada.
Si le parece a la Cámara, se aprobará la frase del Senado.
Aprobada.
En votación la disposición siguiente.
El señor LEA-PLAZA (Secretario).-
La Cámara, en el segundo trámite, en el inciso cuarto de este mismo artículo, suprimió la expresión "adecuada".
El Senado rechazó la supresión.
Los señores Diputados deben votar la palabra "adecuada".
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
En votación la palabra leída.
Si le parece a la Sala, se aprobará.
Aprobada.
La Cámara no insiste en la supresión de la palabra "adecuada".
En votación la disposición siguiente.
El señor LEA-PLAZA (Secretario).-
En el inciso primero de la letra a) de la disposición decimoséptima, la Cámara, en el segundo trámite, sustituyó las palabras "sus filiales" por el término " terceros".
El Senado desechó esta sustitución.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
En votación.
El señor FUENTES (don César Raúl).-
La expresión "terceros".
El señor LEA-PLAZA (Secretario).-
La expresión "terceros"; esa es la que se vota.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se rechazará.
Rechazada.
En consecuencia, se aprobarán las palabras "sus filiales".
Aprobadas.
En votación la disposición siguiente.
El señor LEA-PLAZA (Secretario).-
La Cámara, en segundo trámite, reemplazó el encabezamiento del inciso cuarto de la misma letra, que dice "Las empresas afectadas", por el siguiente: "Los afectados", y la expresión "Dichas" por "las". El Senado rechazó esta modificación.
El señor FUENTES (don César Raúl).-
Se pueden votar en conjunto.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se votarán en conjunto las expresiones ya leídas.
Acordado.
En votación.
Si le parece a la Sala, se rechazarán.
Rechazadas.
Si le parece a la Cámara se aprobarán, en consecuencia, las expresiones "Las empresas afectadas" y la palabra "dichas".
Aprobadas.
En votación la disposición siguiente.
El señor LEA-PLAZA (Secretario).-
A continuación, la Cámara consultó el siguiente inciso quinto, nuevo, en esta letra: "Cuando la disposición del inciso precedente no pudiera ser aplicada a terceros afectados, el derecho de éstos será una indemnización igual al costo original de los bienes nacionalizados, deducidas las amortizaciones, depreciaciones, castigos y desvalorización por obsolescencia. ". El Senado rechazó esa modificación.
El señor IBAÑEZ (Presidente).
En votación el inciso quinto, nuevo.
Si le parece a la Sala, se rechazará.
Rechazado.
La Cámara acuerda no insistir.
Señores Diputados, en la siguiente disposición hay, a juicio de la Mesa, distintas votaciones; pero, si le parece a la Sala, se podrían votar conjuntamente.
Acordado.
Se votará de la manera señalada.
El señor Secretario le dará lectura.
El señor LEA-PLAZA (Secretario).-
La Cámara, en el segundo trámite constitucional, agregó, en el inciso primero de la letra c) de esta disposición transitoria, a continuación de la frase intercalada "que lo presidirá", lo siguiente: "por un Ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago, designado por ésta"; sustituyó la palabra "miembro" por "Ministro", consultó la preposición "por" después de la frase "por un miembros del Tribunal Constitucional designado por éste"; suprimió la coma que sigue a las palabras "Banco Central" y agregó a continuación de ellas las siguientes: "de Chile y"; colocó un punto seguido después de las palabras "Impuestos Internos", suprimiendo los términos "y el Vicepresidente de la Corporación de Fomento de la Producción", y consultó, en seguida, las siguientes frases: "Los Ministros de la Corte Suprema, de la Corte de Apelaciones de Santiago y del Tribunal Constitucional serán subrogados por las personas que la Corte respectiva y el Tribunal, en su caso, designen de entre sus miembros. El Presidente del Banco Central de Chile y el Director Nacional de Impuestos Internos serán subrogados por quien legalmente ejerza sus cargos. ".
El Senado rechazó estas modificaciones.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se insistirá en el criterio de la Cámara.
Acordado.
En votación la disposición siguiente.
El señor Secretario le dará lectura.
El señor LEA-PLAZA (Secretario).-
La letra i) había pasado a ser j), redactada en los términos que a continuación se señalan:
"j) El Presidente de la República estará facultado para dictar las normas necesarias para organizar el régimen de administración y explotación de la Gran Minería del Cobre.
"Con todo, deberá disponer que el capital de las empresas nacionalizadas pase al dominio de la Corporación del Cobre y de la Empresa Nacional de Minería en la proporción que él mismo fije. Las sociedades que de ello resulten serán tenidas para todos los efectos legales como las continuadoras de las empresas nacionalizadas. "
El otro inciso fue aprobado por el Senado.
El Senado rechazó los dos incisos leídos.
El señor IBAÑEZ (Presidente).
En votación los dos incisos leídos.
Si le parece a la Cámara, se rechazarán.
Rechazados.
En consecuencia, si le parece a la Cámara se aprobarán los dos incisos del Senado.
Aprobados.
En votación la disposición siguiente.
El señor Secretario le dará lectura.
El señor LEA-PLAZA (Secretario).
La letra j) había pasado a ser k), reemplazada por la siguiente:
"k) Las relaciones laborales de los trabajadores de la Gran Minería del Cobre con las continuadoras legales...
Varios señores DIPUTADOS.
Que se omita la lectura de esta letra.
El señor IBAÑEZ (Presidente).
Solicito el asentimiento unánime de la Sala para omitir la lectura de esta disposición.
Acordado.
En votación.
Si le parece a la Cámara, se rechazará.
Rechazada.
Si le parece a la Cámara, se aprobará la letra j) del Senado.
Aprobada.
En votación, la disposición siguiente.
El señor LEA-PLAZA (Secretario).
En la letra k), que había pasado a ser i), se consultó el siguiente inciso final, nuevo: "Lo dispuesto en esta letra podrá ser modificado por ley. ". El Senado rechazó esta modificación.
El señor IBAÑEZ (Presidente).
En votación.
Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 79 votos; por la negativa, 19 votos.
El señor IBAÑEZ (Presidente).
La Cámara, en consecuencia, acuerda insistir.
Despachado el proyecto.
"
- rdf:value = " 6.-REFORMA CONSTITUCIONAL. MODIFICACION DEL ARTICULO 10 Nº 10. NACIONALIZACION DE LA GRAN MINERIA DEL COBRE. CUARTO TRAMITE CONSTITUCIONALEl señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Corresponde ocuparse, en seguida, del proyecto de reforma constitucional, en cuarto trámite, que modifica el artículo 10 Nº 10 de la Carta Fundamental.
Las modificaciones introducidas por la Cámara en el segundo trámite y que han sido rechazadas por el Senado en el tercero, impresas en el boletín Nº 629714, son las siguientes:
Artículo 1º
Letra b)
Ha suprimido, en el primero de los incisos que se agregan por esta letra, la frase que dice "y de las rocas y arenas que se encuentren en terrenos de propiedad privada y que se apliquen directamente a la construcción. ", y ha agregado un punto (. ) a continuación de la palabra "superficiales".
Ha intercelado, en el segundo de los incisos, después de la expresión "los hidrocarburos líquidos y gaseosos, ", suprimiendo la coma (, ) que la sucede, la frase "ni los materiales atómicos naturales", seguida de una coma (, ).
A continuación, ha agregado la siguiente letra c), nueva:
"c) Reemplázase el inciso cuarto por el siguiente:
"Nadie puede ser privado de su propiedad sino en virtud de ley general o especial que autorice la nacionalización o la expropiación, por causa de utilidad pública o de interés social, calificada por el legislador. El afectado tendrá siempre derecho a indemnización cuyo monto y condiciones de pago se determinarán equitativamente, tomando en consideración los intereses de la colectividad y los de aquél. La ley determinará las normasmpara fijar la indemnización, el tribunal que conozca de las reclamaciones sobre su monto el que en todo caso fallará conforme a derecho, la forma de extinguir esta obligación, y las oportunidades y modo en que la autoridad tomará posesión material de los bienes. '. ".
Letra c)
Ha pasado a ser letra d), con las siguientes enmiendas:
Ha desechado al final de la primera oración del inciso que se intercala, las palabras "y obligaciones. ".
Artículo 2º
Disposiciones transitorias
Decimoséptima
Ha suprimido, en su inciso primero, la frase intercalada que dice: "en conformidad a lo dispuesto en el artículo 10 Nº 10 inciso tercero de esta Constitución Política, ", y la coma (, ) que la sigue.
Ha reemplazado, en su inciso segundo, desde donde dice ", además, los de sus filiales que determine el Presidente de la República. ", por lo siguiente: "también aquellos que pertenezcan a terceros y que estén directa y necesariamente destinados a la explotación de las empresas señaladas, según determinación que hará el Presidente de la República. ".
Ha suprimido, en su inciso cuarto, la expresión "adecuada".
En el inciso primero de la letra a) de esta disposición decimoséptima, ha sustituido las palabras "sus filiare's" por el término "terceros".
Ha reemplazado el encabezamiento del inciso cuarto de esta letra, que dice "Las empresas afectadas", por el siguiente: "Los afectados", y la expresión "dichas" por "las".
A continuación, ha consultado el siguiente inciso quinto, nuevo, a esta letra:
"Cuando la disposición del inciso precedente no pudiera ser aplicada a terceros afectados, el derecho de éstos será una indemnización igual al costo original de los bienes nacionalizados, deducidas las amortizaciones, depreciaciones, castigos y desvalorización por obsolescencia. ".
Ha agregado en el inciso primero de la letra c), de esta disposición transitoria, a continuación de la frase intercalada ", que lo presidirá, " lo siguiente: "por un Ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago, designado por ésta, "; ha sustituido la palabra "miembro" por "Ministro"; ha consultado la preposición "por" después de la frase "por un miembro del Tribunal Constitucional designado por éste; "; ha suprimido la coma (, ) que sigue a las palabras "Banco Central" y ha agregado a continuación de ellas las siguientes: "de Chile y"; ha colocado un punto seguido después de las palabras "Impuestos Internos", suprimiendo los términos "y el Vicepresidente de la Corporación de Fomento de la Producción. ", y ha consultado, en seguida, las siguientes oraciones: "Los Ministros de la Corte Suprema, de la Corte de Apelaciones de Santiago y del Tribunal Constitucional serán subrogados por las personas que la Corte respectiva y el Tribunal, en su caso, designen de entre sus miembros. El Presidente del Banco Central de Chile y el Director Nacional de Impuestos Internos serán subrogados por quien legalmente ejerza sus cargos. ".
La letra i) ha pasado a ser j), redactada en los términos que a continuación se señalan:
"j) El Presidente de la República estará facultado para dictar las normas necesarias para organizar el régimen de administración y explotación de la Gran Minería del Cobre.
Con todo, deberá disponer que el 'capital de las empresas nacionalizadas pase al dominio de la Corporación del Cobre y de la Empresa Nacional de Minería en la proporción que él mismo fije. Las sociedades que de ello resulten serán tenidas para todos los efectos legales como las continuadoras de las empresas nacionalizadas.
Los bienes de terceros que hayan sido afectados por la medida de nacionalización quedarán incorporados también a las sociedades que se formen de acuerdo con lo previsto en el inciso precedente. ".
(El Senado acordó rechazar los dos primeros incisos de la citada letra i), que ha pasado a ser j), y aprobar el inciso final).
La letra j) ha pasado a ser k), reemplaza por la siguiente:
"k) Las relaciones laborales de los trabajadores de la Gran Minería del Cobre con las continuadoras legales de las empresas nacionalizadas seguirán rigiéndose por las disposiciones del Estatuto de los Trabajadores del Cobre, y por las de las leyes y reglamentos que lo complementan.
Los derechos, obligaciones y sistemas de remuneraciones actualmente vigentes, que deriven de las actas de avenimiento, contratos colectivos, fallos arbitrales, usos y costumbres o que provengan de disposiciones legales o estipulaciones contractuales, en favor de dichos trabajadores, continuarán en toda su vigencia, siendo su cumplimiento de cargo del continuador o la continuadora legal de las empresas nacionalizadas.
Los derechos de sindicalización y huelga que dicho Estatuto y las leyes confieren a los trabajadores, continuarán en toda su vigencia y conforme a sus modalidades y condiciones actuales. La Confederación Nacional de Trabajadores del Cobre y sus sindicatos afiliados, industriales y profesionales, conservarán su personalidad jurídica y continuarán rigiéndose por sus estatutos y reglamentos actualmente vigentes.
Se mantienen en toda su vigencia las disposiciones legales que reglan los derechos previsionales de los actuales trabajadores de la Gran Minería del Cobre y de los que pasen a depender del continuador o la continuadora legal de las empresas nacionalizadas.
Asimismo, para todos los efectos legales, los trabajadores de la Gran Minería del Cobre, conservarán su antigüedad, la que se seguirá contando desde la fecha de su respectiva contratación por la correspondiente empresa nacionalizada.
Autorízase al Presidente de la República para modificar el Estatuto para los Trabajadores de la Gran Minería del Cobre, sólo dentro de los preceptos contenidos en los incisos precedentes y sólo para adecuarlos a esta continuidad legal.
Lo dispuesto en esta letra podrá ser modifica por ley. ".
La letra k) ha pasado a ser 1).
Ha consultado en la mencionada letra, el siguiente inciso final, nuevo:
"Lo dispuesto en esta letra podrá ser modificado por ley. "..
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
El procedimiento a que se sujetará la discusión de esta iniciativa fue puesto oportunamente en conocimiento de los señores Diputados.
En discusión la primera modificación introducida por la Cámara y que fue rechazada por el Honorable Senado, a la cual dará lectura el señor Secretario.
El señor LEA-PLAZA (Secretario).-
En el artículo 1º del proyecto ha suprimido, en el primero de los incisos que se agregan por esta letra, la frase que dice: "y de las rocas y arenas que se encuentren en terrenos de propiedad privada y que se apliquen directamente a la construcción. ", y ha agregado un punto (. ) a continuación de la palabra "superficiales".
Esta modificación de la Cámara fue rechazada por el Senado.
El señor ACEVEDO (Vicepresidnete).-
Ofrezco la palabra.
El señor MILLAS.-
Pido la palabra.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor Millas.
El señor MILLAS.-
Señor Presidente, se ha producido pleno acuerdo, para los efectos de la reforma constitucional, entre el Senado y la Cámara respecto de la reforma constitucional, entre el Senado y ]a Cámara respecto de la disposición concreta que establece: "El Estado tiene el dominio absoluto, exclusivo, inalienable e imprescriptible de todas las minas, las covaderas, las arenas metalíferas, los salares, los depósitos de carbón e hidrocarburos y demás sustancias fósiles, con excepción de las arcillas superficiales". Hay en relación a esto, acuerdo, y ya por el procedimiento afinado, de hecho en relación, a esta disposición. O por los trámites anteriores de este proyecto, corresponderá al Congreso Pleno ratificar esta reforma constitucional.
Se ha producido desacuerdo respecto de una frase complementaria que colocó el Senado a esta disposición. A la excepción lógica, indiscutible de las arcillas superficiales, que constituyen la corteza vegetal de la tierra y que, por lo tanto, no puede quedar involucrada dentro de lo que se considera minas o algo similar a las minas, a esta excepción digo tan lógica e indiscutible, como es el caso de las arcillas superficiales, se agregó la frase "y de las rocas y arenas que se encuentren en terreno de propiedad privada y que se apliquen directamente a la construcción. "
En la Cámara, en el segundo trámite, no se dio el quórum constitucional para incorporar esta frase, y los parlamentarios comunistas estamos porque la Sala insista y tampoco dé ahora el quórum, rechazándola, por cuanto ella establece una excepción, que consideramos peligrosa que figure en la legislación.
No voy a insistir más sobre esto, porque está fresco para todos los señores parlamentarios lo que aquí expusieran los señores Maira, Ramírez y César Raúl Fuentes. La salvedad, en relación con esta frase, fue hecha inicialmente en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de la Cámara por el Diputado señor Ramírez, y después se coincidió unánimente en la Comisión en objetarla, porque de hecho se establecería una norma de rango constitucional, por lo tanto, inflexible, que ampararía de manera muy absoluta, sin dar margen a ninguna flexibilidad de la legislación, a todo el que disponga de rocas y arenas susceptibles de ser empleadas directamente en la construcción: No quedarían sometidos a normas legales sino al amparo de la excepción absoluta establecida en su favor en la Constitución.
¿Cuál es la situación actual? El Código de Minería establece a nivel legal esta excepción. De acuerdo con la historia de su establecimiento, se consideró que se refería a las rocas y arenas que se emplearan para construcciones que efectuara el dueño del terreno, pero si se trataba de otras construcciones, indudablemente, corresponde determinar la pertenencia respectiva. Sin embargo, ha habido sentencias, se ha sentado jurisprudencia, amparando sin necesidad de pertenencia a propietarios para la explotación, no sólo para las construcciones que pudieran hacer en el mismo predio o en otros de su propiedad, sino para cualquiera aplicación mercantil, para cualquiera venta de tales materiales destinados a la construcción. Ello crea una situación difícil. Significa la posibilidad de explotación de pozos areneros o canteras en el centro de las ciudades, de parte de un cerro de un sector poblado, por ejemplo, si acaso fueran de propiedad particular, cuando ello fue explotado por un organismo público, la Municipalidad, se creó una situación tan difícilmente subsanable, como la que hoy día ocurre respecto al cerro San Cristóbal; el establecimiento de pozos areneros junto a poblaciones, y, por otra parte, el peligro de cierto monopolio al negarse a pertenencias determinados propietarios y disponer exclusivamente de las rocas y arenas que a veces son las susceptibles de aplicarse para la construcción en determinadas zonas.
Por ello, señor Presidente, se estimó en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de esta Cámara, que en relación, con esta materia es preferible que continúe para el propietario el amparo que se deriva del Código de Minería en vigencia, que no se innove al respecto y que sigan rigiendo las normas de dicho Código, como ocurrirá de hecho si acaso no se establece esta disposición en virtud de la disposición transitoria que así lo determina. Ha habido acuerdo entre el Senado y la Cámara y, por lo tanto, se puede considerar que esta reforma constitucional va a tener plena vigencia desde el momento que ha sido aprobada, por unanimidad, por ambas Cámaras.
Siguen en vigencia las disposiciones del Código de Minería, y cuando se modifiquen habrá oportunidad de modernizarlo y de establecer una legislación más flexible y más adecuada para estos materiales de construcción, de acuerdo con el desarrollo urbanístico actual y con las necesidades de la industria de la construcción; pero no me parece conveniente agregar esta frase, que es una norma susceptible de interpretaciones, que son peligrosas, dañinas y abusivas por la forma en que está el texto legal. Pasaría a ser extraordinariamente grave si quedara como una excepción absoluta e innecesaria en el texto constitucional.
Los parlamentarios comunistas creemos, por lo tanto, que basta el amparo legal y que no se requiere un amparo inflexible, constitucional, respecto de este tipo de pertenencias; que de hecho se niega en relación a ellas la posibilidad de establecer pertenencias y se crea un privilegio que puede convertirse, a veces, en monopolio y en abuso.
Por eso, los parlamentarios comunistas estaremos porque la Cámara insista y niegue nuevamente el quórum constitucional respecto de la frase concreta a que me referí.
He dicho.
El señor JAQUE.-
Pido la palabra.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor JAQUE.-
Señor Presidente, nos alegramos del acuerdo político que se ha producido para no excluir del dominio del Estado, en la forma en que lo establece esta modificación constitucional, "las rocas y arenas que se encuentren en terrenos de propiedad privada y que se apliquen directamente a la construcción".
El Senado, en el tercer trámite constitucional, ha insistido en el criterio de excluir las rocas y arenas, rechazando la modificación de la Cámara. Esta disposición fue ampliamente criticada en el seno de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, por cuanto se estimaba que lesionaba el interés general, de la colectividad, al entregarle a los particulares el dominio total, absoluto y exclusivo sobre las rocas y arenas, especialmente en aquellos casos en que se trata de pozos de arena y canteras que se encuentran ubicadas en terrenos de propiedad particular.
Los parlamentarios radicales consideramos inconveniente elevar al rango constitucional, los actuales preceptos del Código de Minería, señalados en el inciso segundo, artículo 3º, por cuanto esta disposición, como lo manifestaba el colega señor Millas, ha sido cuestionada. El señaló, además, todos los problemas que se han producido sobre el particular y los perjuicios que podrían ocasionarse al interés de la colectividad de aceptarse el criterio del Senado. Por lo demás, en el informe que emitió la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, entregó un argumento más, manifestando a este respecto que si se hacía una excepción con las rocas y arenas, la ley no podría más tarde sujetarlas o incorporarlas a un régimen diverso del actual, especialmente en lo referente a la forma, condiciones y efectos de las concesiones, dentro de la facultad que se entrega al legislador en la disposición decimosexta, transitoria, de esta reforma.
En consecuencia, señor Presidente, de acuerdo con los fundamentos que se han dado, nosotros, los parlamentarios de estas bancas, vamos a mantener el criterio que había acordado esta Corporación en el segundo trámite constitucional.
Nada más.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra sobre las modificaciones de la letra b) del artículo 1°.
El señor FUENTES (don César Raúl).-
Pido la palabra.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor FUENTES (don César Raúl).-
Señor Presidente, nosotros también mantendremos el criterio de la Cámara en el segundo trámite constitucional de este proyecto, en relación a la modificación que ahora estamos discutiendo.
Tal como se ha recordado aquí, ha sido iniciativa de los parlamentarios de la Democracia Cristiana, por medio del Diputado señor Ramírez, el excluir "las rocas y arenas que se encuentren en terrenos de propiedad privada y que se apliquen directamente a la construcción", de la forma cómo se había encarado el dominio absoluto minero por el Senado, en relación a este tipo de materia.
Ahora bien, esta norma fue perfeccionada tanto por el señor Millas como por la participación de otros colegas de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia.
Nosotros mantendremos este criterio, porque nos ha tocado presenciar una serie de abusos, donde el dueño de un terreno sería, al mismo tiempo, dueño de las rocas y arenas que se aplican directamente a la construcción y, en consecuencia, empezaba a negociar con ellas. También sabemos que el Ministerio de Obras Públicas, en algunas oportunidades, ha tenido que entrar a expropiar este tipo de materiales para la construcción de caminos fundamentales. Esto nos parece un abuso. Estimamos que el dominio del Estado se debe extender a este tipo de materiales.
Mientras tanto, va a quedar vigente el Código de Minería en todas sus partes. En consecuencia, el particular va a ser considerado un concesionario para poder utilizar este tipo de materiales, hasta que se dicte una nueva ley que modifique sustancialmente el Código de Minería en esta materia.
Nosotros queremos manifestar que no vemos ningún inconveniente de orden jurídico para que, en aquella ocasión, se establezca en favor del propietario una especie de derecho de concesión que presuma la ley con fines limitados, por ejemplo, lo que verá en su oportunidad el legislador. A nuestro juicio, no habría incompatibilidad alguna, ya que, cuando el propietario necesite estos materiales para aplicarlos a la construcción de una casa, no vemos por qué va a estar pidiendo, necesariamente, una concesión. Por cierto que va a ser una materia que tendrá que abordar el legislador. Lo que nosotros deseamos señalar desde ahora es que no vemos ninguna incompatibilidad para que, modificándose el Código de Minería, se establezca una norma de este carácter que le dé al propietario del suelo la calidad de concesionario, sin necesidad de pedir la concesión, con fines de carácter limitado, para la construcción.
Queremos dejar establecido este criterio y manifestar que vamos a insistir en la modificación de la Cámara; es decir, estaremos por la supresión de la frase "y de las rocas y arenas que se encuentren en terrenos de propiedad privada y que se apliquen directamente a la construcción. "
Nada más.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En conformidad con el acuerdo adoptado por la Sala, se procederá a votar esta disposición después de las 18 horas.
El señor Secretario dará lectura a la modificación siguiente.
El señor LEA-PLAZA (Secretario).-
La modificación de la Cámara, que el Senado rechazó, consistente en intercalar en el segundo de los incisos de la misma disposición anterior, después de la expresión "los hidrocarburos líquidos y gaseosos", suprimiendo la coma que la sucede, la frase "ni los materiales atómicos naturales", seguida de una coma.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra.
El señor JAQUE.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor JAQUE.-
Señor Presidente, los parlamentarios de estas bancas también vamos a insistir en esta disposición, aprobada en tercer trámite constitucional por esta Corporación, en el sentido de que se excluya de toda posibilidad de concesión los materiales atómicos naturales. Consideramos que se trata de una disposición, elevada al rango constitucional, de extraordinaria importancia.
¿Cuál ha sido el criterio del Senado para rechazarla? He leído algunos aspectos del debate que hubo en el Senado y de él se deducen dos razones por las cuales lo habría hecho. Se ha expresado que todos los minerales contienen sustancias radiactivas y que, por este hecho, podría limitarse en el futuro el otorgamiento de concesiones sobre esos minerales.
Nosotros, en el informe que sobre esta materia emitió la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, dimos un alcance muy preciso a la disposición que se refiere a los materiales atómicos naturales. En el informe expresamos lo siguiente: Que "la Comisión entiende y se remite al alcance con que se legisló en la ley Nº 16. 319 que los reservó para el Estado. En ningún caso se ha querido extender el concepto de materiales atómicos naturales a todas las sustancias minerales que contienen elementos radiactivos en alguna medida, porque con ello se estaría limitando la posibilidad de otorgar concesiones respecto de todos aquellos minerales en que la radiactividad se manifestara en pequeñísimas partículas que es el caso de cualquier elemento mineral, sino que sobre aquellos materiales atómicos que se dieran en un grado de pureza tal, que se pueda hablar que son materiales energéticos en los términos que lo ha entendido el legislador en la ley Nº 16. 319, que en el artículo 5º dice que serán de reserva del Estado los yacimientos de materiales atómicos naturales que existan en terreno franco, o en aquellos cubiertos por pertenencias mineras de sustancias comprendidas en los incisos segundo y siguientes del artículo 3º del Código de Minería, cualquiera que sea el dueño del terreno superficial o de esa clase de pertenencias. ".
Este es el alcance que le dio la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia a esta disposición que, lamentablemente, no ha sido entendida así en el Honorable Senado.
Además, señor Presidente, se ha dicho en el Senado que, en la expresión "materiales atómicos naturales", no estaría precisado el concepto científicamente, en circunstancias que la expresión "materiales atómicos" así se manifestó, expresándose otro criterio en el Senado, parece tener suficiente precisión y connotación internacional, porque ha sido usada en un proyecto tipo para los países americanos sobre dominio del Estado respecto de estas sustancias, preparado por la Comisión Interamericana dé Energía Nuclear. También ha sido utilizada por el legislador en la ley Nº 16. 319, que estableció la reserva del Estado sobre este tipo de materiales,
Los parlamentarios de estas bancas vamos a insistir en el criterio de esta Corporación por dos razones fundamentales. Primero, si se han excluido los hidrocarburos líquidos y gaseosos de la posibilidad de otorgar sobre ellos concesiones, consideramos que con mayor razón deben excluirse los materiales atómicos naturales por la importancia extraordinaria que tienen como materiales energéticos; y, segundo, se trata de elevar al rango constitucional los preceptos contenidos en la ley Nº 16. 319, con el alcance que también he señalado.
Por todas estas razones, señor Presidente, repito, los Diputados de estas bancas vamos a insistir en el criterio de la Cámara.
El señor PENNA.
Pido la palabra.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor PENNA.
Señor Presidente, quiero intervenir en esta sesión, aprovechando la presencia del señor Ministro de Minería, para exponer, a la luz de esta nueva reforma constitucional, algunos antecedentes acerca de la visión con que se enfrentará el futuro de la Pequeña y Mediana Minerías.
Ha quedado a firme, en lo que atañe a la Pequeña y Mediana Minerías, cuando esta reforma constitucional sea publicada y mientras no se legisle en el Parlamento sobre el nuevo Código Minero, todo seguirá igual, de modo que el amparo de las concesiones por la patente seguirá en vigencia. Será la ley la que fijará la forma y resguardo del otorgamiento y disfrute de dichas concesiones, la materia sobre la que recaerán los derechos y obligaciones a que darán origen, y la actividad que los concesionarios deberán desarrollar en interés de la colectividad para merecer amparo y garantías legales.
Es claro y definitivo que esta reforma constitucional en ninguna parte autoriza de por sí, a ninguna institución fiscal, para expropiar pertenencias e instalaciones mineras.
Digo esto, señor Presidente, porque he estado en reuniones a las que me han llamado los mineros de Andacollo. En distintas oportunidades, técnicos de la ENAMI, empezando por su Vicepresidente, les han hecho saber a los mineros que deben desalojar la zona lo más rápidamente posible. A los mineros se les ha dado plazo de tres o cuatro meses para terminar con sus faenas, y a los planteros de no más de cuatro o cinco años. La ENAMI se hará cargo de las minas y está obligando a los dueños de pertenencias mineras a vendérselas, para que ésta organice allí una gran industria, única, a tajo abierto. Una vez que tengan las minas en su poder, abastecería a los planteros de minerales por cierto tiempo y, posteriormente, éstos tendrían "que irse.
Naturalmente, esta exigencia, que yo podría calificar de arbitraria e ilegal, ha causado verdadero pánico en todos los sectores de la población, los cuales ven, con temor, que el fantasma de la cesantía se cierne sobre ellos.
El señor FUENTEALBA (don Clemente).-
¡Ellos estaban de acuerdo en eso!
El señor PENNA.-
En la actualidad Andalloco es uno de los principales productores de cobre de la Pequeña Minería que existen en el país. De él se extraen, aproximadamente, unas mil toneladas diarias de mineral de cobre, que provienen de una gran cantidad de piques, en un número cercano al ciento. El trabajo lo efectúan una gran cantidad de empresarios independientes. Los minerales son beneficiados en cerca de sesenta pequeñas plantas que, en su inmensa mayoría, muelen con trapiches. La producción minera es, aproximadamente, de mil a mil doscientas toneladas mensuales de concentrados, que tienen entre el 20 y el 30 por ciento de cobre y 4 gramos de oro por tonelada. Se calcula que en estos momentos hay ocupados unos mil trabajadores en las minas, y unos quinientos en las plantas.
Los yacimientos de Andacollo, muy especialmente "El Culebrón", han sido estudiados por el Departamento de Minas de la Universidad de Chile y por la ENAMI, y muestran en principio, que hay un manto mineralizado con una sobrecarga de 10 a 70 metros, que hay que remover para llegar al mineral, el cual contendría una reserva matemática de 20 millones de toneladas de mineral, de ley de 1, 3% de cobre, en su mayor parte sulfurado. Muestran igualmente la posibilidad de que sea factible una explotación económica común, a rajo abierto, para el conjunto de las pertenencias que cubren el yacimiento.
Según dicho proyecto, se explotaría a un ritmo de 5 mil toneladas diarias, o sea, 1 millón 500 mil toneladas anuales, lo que daría una producción de unas 17. 500 toneladas de cobre fino al año, ley común de 1, 3%, en forma de concentrado de más o menos 30% de cobre.
Las nuevas informaciones en mi poder indican que esta reserva se habría ampliado, a la luz de nuevos antecedentes, a unos 40 millones de toneladas, pero de una ley de 0, 7%, con lo cual se podría trabajar al ritmo de 10 mil toneladas diarias, produciendo, entonces, unas 21 mil toneladas de cobre fino al año. Estas instalaciones no pueden representar una inversión de 60 millones de dólares.
Señor Presidente, he estado en diversas reuniones con los mineros de Andacollo, y ellos han manifestado oficialmente, por acuerdo que ninguno de ellos se opone a que la ENAMI estudie y dé forma a un gran proyecto minero. A pesar de sus temores, se dan cuenta de que si efectivamente hay una gran riqueza nacional en el subsuelo, ésta debe ser aprovechada íntegramente para el país. Ellos están dispuestos a dar toda clase de facilidades para que el desarrollo del proyecto sea una realidad; pero, al mismo tiempo, sostienen que, a juzgar por los estudios conocidos, es absolutamente prematuro, sin antes haber despejado muchas incógnitas, el tratar de desalojarlos en estos momentos de crisis en la provincia, derivada, en gran parte, de los cinco años de sequía absoluta.
Desde luego, no se ha despejado con seguridad el problema de la cubicación del yacimiento. Los estudios de la Universidad de Chile y de la ENAMI no pasaron de ser observaciones en los piques actualmente en trabajo o abandonados y, a raíz de éstos, se calculó una reserva matemática. Ha habido estudios de Anaconda y de la Mansfield alemana, pero no demostraron mayor interés.
Los mineros ven que no ha habido nuevos trabajos de sondaje en el terreno, que permitan certificar, por ejemplo, la ampliación de la cubicación a 40 millones de toneladas, como ahora se dice. Hay una sola máquina de sondaje trabajando, de tan escasa capacidad que es imposible pensar que ENAMI crea realmente que sus trabajos servirán de algo. Nada nuevo se ha agregado a lo ya conocido desde hace más de seis años.
Por otra parte, la ley 0, 7% es demasiado baja para ser factible. Ni la Gran Minería es capaz de trabajar económicamente con estas leyes.
Por ello piden que, junto con despejar seriamente estas dudas, se haga un proyecto de factibilidad en términos reales. En seguida, hay que hacer el proyecto de ingeniería necesario. Hay que resolver, además, problemas tecnológicos y, al final, lo principal es obtener el financiamiento de los 60 u 80 millones de dólares para hacer realidad el proyecto.
Se dice por los técnicos de ENAMI que hay interesados en formar una sociedad mixta con Chile, como empresas de Yugoeslavia y Canadá, las que pondrían el capital y la dirección técnica.
Creemos que allí justamente está la gran definición. Sabemos que cualquiera empresa que se interese, revisará los estudios minuciosamente. Nadie, de ninguna parte del mundo, invierte capital en empresas mineras, si primero no se asegura de la factibilidad.
En este factor los mineros de Andacollo ponen su destino.
Pero lo que sí y excúseme, señor Presidente parece demencial e irresponsable, es que sin haber resuelto siquiera los problemas elementales, técnico-económicos, se esté queriendo forzar a los mineros de Andacollo a paralizar y erradicar una industria independiente, que es vital para la vida de doce mil habitantes. Cualquier error de cálculo en la planificación del gran proyecto, minero, puede producir como resultado una cesantía galopante.
Por otra parte, la falta de agua ha sido el cuello de botella de la producción minera de Andacollo. Este último tiempo se ha estado subiendo desde el plano y a mil metros de altura, agua en camiones, no sólo para la bebida de los habitantse, sino también para las plantas mineras.
Los mineros están conscientes de este hecho y durante el Gobierno pasado consiguieron un proyecto de abastecimiento de agua desde los llanos de Pan de Azúcar, que mediante seis estaciones de bombeo elevará 25 litros por segundo de agua a más de mil metros de altura hasta Andacollo. Estas instalaciones se están terminando y próximamente se inaugurarán.
Los propios mineros han hecho un esfuerzo y están pagando gran parte de los costos de esas instalaciones. Hasta el momento esto significa más o menos un millón de dólares, que se están descontando de tarifas, porque durante casi un año han tomado la iniciativa de que ENAMI les de cuente un porcentaje de las ventas de minerales, para financiar las instalaciones.
Una vez que se cuente con el agua, la perspectiva de la producción aumentará más o menos en un 30%.
En el gran proyecto minero de ENAMI se consulta traer agua desde el río Hurtado, que queda a más de 70 kilómetros. Según nuestros cálculos se necesitan unos 200 a 300 litros por segundo de agua para elaborar los minerales. Puedo decir categóricamente que el caudal de agua que trae el río Hurtado es muy inferior a lo que se requiere.
El proyecto de traer agua del río Hurtado ha sido estudiado por CORFO y cuesta más o menos 5 millones de dólares, pero cuenta con el total rechazo de los campesinos del lugar que ven con temor el fantasma permanente de la sequía, ya que estos últimos años han visto perder sus siembras y solamente se les ha entregado agua, no para salvar cosechas, sino para salvar los árboles más valiosos. ¿Cómo pretender entonces que consientan en despojarse del agua tan vital para su supervivencia?
Por ello, si los Ejecutivos de ENAMI saben que ni la Constitución ni la ley les autorizan para expropiar pertenencias e instalaciones y que si los mineros se niegan a entregar sus pertenencias mineras y paralizan sus actividades basados en la poca seriedad de los actuales estudios, ¿tenemos que concluir que se está pensando acaso en tomar represalias contra ellos, porque así me lo han hecho saber, para hacerlos quebrar mediante una serie de medidas que se pueden tomar: como el crédito, el no tener insumos, el retrasar las tarifas?
Por esta razón pedí la palabra, señor Presidente: para explicar lo que sucede en Andacollo, porque de lo que está pasando allá está pendiente prácticamente toda la pequeña y mediana minería del país.
Nada más, señor Presidente.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro de Minería.
El señor CANTUARIAS (Ministro de Minería).-
Señor Presidente, en primer lugar, quiero señalar que es preocupación fundamental del Gobierno el estudio del proyecto de nacionalización de la Gran Minería del Cobre. Creo que ese es el objeto de esta reunión; por lo tanto, la materia tratada por el Diputado señor Penna tiene poca relación con ello.
En todo caso, entiendo perfectamente bien que el señor Diputado, que es un hombre preocupado por los problemas de su provincia, haya tocado de paso el problema que afecta a la minería de Andacollo; pero yo debo decirle a la Cámara que los proyectos de la Empresa Nacional de Minería, en lo que dice relación con la explotación minera de Andacollo, son en este momento objeto de estudio por el Ministerio. No hay decisiones tomadas al respecto, y lo que se está estudiando es una idea que había sido ya esbozada en otra oportunidad, en otro Gobierno, no es sino la explotación de Andacollo como un solo todo.
Nosotros no hemos dado un ultimátum a los actuales planteros o dueños de mina de la zona en orden a que ellos tienen que entregar todas sus pertenencias a la Empresa Nacional de Minería.
Las demás observaciones que ha hecho el Honorable Diputado, sin duda que pueden ser objeto de una reunión especial o de un informe que le entreguemos sobre los proyectos que se están desarrollando sobre esta materia. En todo caso, quiero hacer presente y esto para seguridad del señor Penna que cualquier medida que se adopte en relación con el mineral de Andacollo o cualquier otro, va a ser siempre tomada en consulta con las personas que sean beneficiadas o afectadas con la medida del Gobierno.
Eso es todo, señor Presidente.
El señor GUERRA.-
¿En qué quedamos?
El señor FUENTEALBA (don Clemente).-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor FUENTEALBA (don Clemente).-
Señor Presidente, yo no puedo dejar pasar las observaciones del Diputado Penna ni decir algo de lo que se puede hacer más adelante en Andacollo.
Yo he estado hace poco allá conversando con los mineros, y sé que desean ponerse de acuerdo con ENAMI para estudiar una mejor forma de explotación de aquellas minas.
La verdad es que hay más de 40 plantas que se trabajan en forma individual y con mucho costo. Por eso están dispuestos a entrar en conversaciones con ENAMI para realizar un trabajo más moderno que dé una mayor producción.
Ha expresado el señor Penna algo que yo no quiero que quede flotando en el ambiente: que no se terminaría la aducción de agua de Tambillo, que se está realizando. Eso está ya por terminarse, y se trata de una cantidad de agua de 50 litros por segundo, ' y no de 25 como dijo el colega, que se va a llevar a 19 kilómetros por una cañería de 12 pulgadas. Como él decía, hay seis bombas de elevación. La verdad es que eso se va a terminar y no se ha pensado en que se traiga agua del río Hurtado a cien kilómetros de distancia, como él expresaba. Ese era un estudio que tenía el Gobierno anterior y que no se ha seguido, porque con cincuenta litros de agua por segundo con que se va a abastecer al pueblo de Andacollo no hay necesidad de "sacrificar" al río Hurtado.
Entrego esta información, a fin de que no quede flotando en la mente de los señores Diputados de que se está cometiendo alguna arbitrariedad en Andacollo.
El señor PENNA.-
Pido la palabra.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
El señor Penna tiene la palabra.
El señor PENNA.
Señor Presidente, nadie ha dicho aquí que no se van a terminar las instalaciones. Al contrario, se van a inaugurar dentro de pocos días.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
¿Me excusa Su Señoría?
Le ruego referirse a la materia en debate.
El señor PENNA.-
ES que han quedado flotando un lote de cosas. Me he referido a este punto justamente, porque quiero dejar bien en claro que no pueden expropiarse pertenencias mineras ni con la Constitución actual, ni con la nueva, reforma, sino por ley. A eso me he querido referir. Por eso hice hincapié, porque es un problema que sacude a la provincia.
El señor PONTIGO.
Ha traído al debate un problema que nada tiene que ver Con la reforma constitucional.
El señor MlLLAS.-
Pido la palabra.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Señor Millas:
El señor MILLAS.-
Señor Presidente, volviendo al tema de los materiales atómicos naturales, creo que lo expuesto por el colega señor Jaque, Diputado informante en el segundo trámite de esta reforma constitucional, me ahorra mayores explicaciones. En verdad ha habido criterio unánime en cuanto a que los materiales naturales para la producción de energía atómica, que son materias primas de la energética, deben quedar, igual que los hidrocarburos líquidos y gaseosos, reservados exclusivamente para ser explotados por el Estado. En esto ha habido un criterio "unánime. Hubo una proposición del Ejecutivo, objetada en el Senado, que estimaba que como no había disposición legal, disposición jurídica expresa que definiera lo que se entendía por materiales radiactivos, podía interpretarse que cualquier grado, por casi insignificante que fuese de radiactividad, en cualquier sustancia mineral, implicará su reserva absoluta de tal yacimiento para él Estado. Se objetó eso. Entonces en la Cámara nos atuvimos al contenido de la ley tipo sobré esta materia, redactada por la Comisión de las Naciones Unidas, especialista en esta legislación, que dice: materiales atómicos naturales. Reprodujimos así lo que ya está en la ley chilena, que, basándose en tal ley tipo internacional, ha reservado para el Estado la exclusividad dé los yacimiento de materiales atómicos naturales.
Así, nos encontramos con una terminología que, jurídicamente, está amparada por una definición internacional y que está ya incorporada a nuestra legislación con tal acepción. Por lo tanto, ahora ya no hay motivos como para tener suspicacias. Desgraciadamente, en el Senado esto sé considero con la rapidez que corresponde a un tercer trámite constitucional. Fue visto en una sola sesión de la Comisión de Constitución y, de inmediato, fue llevado a la Sala. No hubo oportunidad de considerar los antecedentes que se hicieron valer en esta Cámara, y prevalecieron las preocupaciones anteriores.
Ya en el debate de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de ésta Cámara, y ahora en el informe a que se ha referido el colega señor Jaque, con ocasión del segundo trámite constitucional, se precisó que se trata de materiales aprovechables para la industria de energía atómica y que se hallan en una cuantía o porcentaje relevante como para ser aprovechados. Por eso, con lo aclarado en el informe y con lo que ahora a vuelto reiterar el colega jaque, y que yo suscribí plenamente, creo que no hay razón para dejar sin trasladar a nivel "constitucional una reserva para el Estado que ya está establecida en nuestra legislación positiva.
Por lo tanto, los parlamentarios comunistas insistiremos en la incorporación de la frase: "ni los materiales atómicos naturales".
Nada más.
El señor FUENTES (don Cesar Raúl).-
Pido la palabra.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
El señor Fuentes, don César, tiene la palabra.
El señor FUENTES (don César Raúl).
Señor Presidente, nosotros también insistiremos en esta modificación que introdujo, en el segundo trámite constitucional, la Cámara de Diputados.
La verdad es que se trata, en el fondo, de acoger el criterio ya expresado en la ley Nº 16. 319, de elevar este criterio de carácter legal a la categoría de norma constitucional. Lamentablemente, no ha habido en el Senado, el quórum necesario para acoger esta modificación. En todo caso nosotros creemos que ésta es una materia que debe tener rango constitucional, y, por tal motivo vamos a insistir en ella, aunque no prevemos claro el futuro de esta, norma en el quinto trámite constitucional en el Senado.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate. De conformidad, al acuerdo de la Sala queda pendiente la votación hasta después de las 18 horas...
El señor LEA-PLAZA (Secretario).-
La modificación siguiente consiste en agregar la siguiente letra c), nueva:
"c) Reemplázase el inciso cuarto, por el siguiente;
"Nadie puede ser privado de su propiedad sino en virtud de ley general o especial que autorice la nacionalización o la explotación, por causa de utilidad pública o de interés social, calificada por el legislador. El afectado tendrá siempre derecho a indemnización, cuyo monto y. condiciones de pago se determinarán equitativamente tomando en consideración los intereses de la colectividad y los de aquél. La ley determinará las normas para fijar la indemnización, el tribunal que conozca de las reclamaciones sobre su monto, el que en todo caso fallará conforme a derecho, la forma de extinguir esta obligación, y las oportunidades y modo en que la autoridad tomará posesión material de los bienes. ". ".
El Senado ha rechazado esta modificación.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra.
El señor JAQUE.-
Pido la palabra.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor Jaque.
El señor JAQUE.-
Señor Presidente, esta modificación, que había propuesto esta Honorable Corporación y que ha sido rechazada por el Senado, tuvo su origen en una indicación suscrita por el colega señor Maira, el colega Millas y el que habla, en el sentido de incorporar la institución jurídica de la nacionalización al inciso cuarto del N° 10 del artículo 10 de nuestra Carta. Fundamental.,
Durante el largo debate que ha habido tanto en el Senado como en esta Corporación, se han establecido algunas diferencias de criterio para explicar el alcance de los términos "nacionalización" y "expropiación".
La nacionalización es una institución jurídica nueva, como lo he señalado y que recae sobre conjuntos de bienes, sobre actividades. En cambio, la expropiación, como, reiteradamente se ha expresado, recae sobre bienes determinados.
Pero donde se han producido las mayores dificultades para precisar el alcance., de estas dos indicaciones es en lo que dice relación con la indemnización. Se ha sostenido, que en la indemnización basta que la indemnización sea adecuada, esto es, apropiada a las circunstancias y condiciones en que la nacionalización debe realizarse. No hay, en consecuencia, un criterio fijo para establecer el monto de la indemnización, que puede ir, según los casos, de un 30 ó un 40 a un 70% del valor total del bien. En cambio, tratándose de la expropiación, la doctrina ha sostenido que la indemnización debe ser total, es decir, equivalente al valor del bien que se expropia; también se ha señalado que debe ser conmutativa.
Este es el alcance que se les ha querido dar por la mayoría de los Senadores y Diputados. Pero, desgraciadamente, en el Senado se ha producido una confusión para precisar el alcance de estas instituciones.
Algunos Senadores, en forma aislada, han sostenido que, tratándose de una nacionalización, la indemnización debe ser adecuada, lo que incuestionablemente es correcto, y que, tratándose de una expropiación, la indemnización debe ser equitativa. Como lo he señalado anteriormente, tratándose de expropiaciones, se aconseja que la indemnización sea total, completa o, si se quiere, conmutativa. De allí que podría decirse también que esa indemnización debe ser equivalente a los perjuicios que se irrogan al expropiado. Pero, tal vez debido a la paronimia existente entre los vocablos "equivalente" y "equitativo", se ha incurrido en el error de sostener que la indemnización del expropiado debe ser equitativa, como una diferencia con la del nacionalizado, que debe ser adecuada. Si se dijera que la del expropiado debe ser equivalente, mientras que la del nacionalizado basta que sea adecuada, se aceptaría plenamente.
Pero todavía hay más precisiones que hacer. La expresión "equitativa" es una expresión genérica. Estimamos que éste fue el alcanee que le' dio la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia: que debe ser aplicada a estas materias de acuerdo a un valor genérico. De allí que tanto la indemnización equivalente que se paga en el caso de la expropiación como la adecuada que se paga en caso de nacionalización, tienen, ambas, el carácter de equitativas, porque "equitativo" no es sinónimo de "equivalente" o "conmutativo", como se ha pretendido por algunos, sino que tiene un sentido mucho más general, que requiere de explicación que voy a precisar más adelante.
En consecuencia, el que dice que la indemnización de la expropiación debe ser equitativa no yerra, porque efectivamente es así; pero se equivocaría si pretendiera sostener, por ende, por contraposición, que la indemnización de la nacionalización no debe ser equitativa, y que basta que sea adecuada. La verdad es que ambas indemnizaciones deben ser equitativas. Pero dentro del concepto amplio de equidad caben tanto la equivalencia o conmutatividad de la indemnización de la expropiación como la adecuación de la indemnización de la nacionalización. Es, pues, equitativa una indemnización total, a nuestro juicio; pero no es menos equitativa una indemnización inferior al monto total de la privación experimentada por el afectado por una medida de nacionalización, si en la fijación de esa indemnización, calificada por ello de adecuada, se ha considerado diversos antecedentes, circunstancias y factores que llevan a reducirla en una medida mayor o menor.
Tanto es así, que uno de los tratadistas que los propios Senadores señalaron entre los que se han referido a esta materia, el profesor de la Universidad de Sofía Konstantin Katzarov, en su tratado sobre la "Teoría de la Nacionalización", para precisar que, en realidad, tratándose de una nacionalización, 1a indemnización puede ser adecuada o equitativa, porque son términos que se emplean indistintamente para referirse a ella, dice, en lá página 532 de su tratado: "Debemos reconocer que se admite cada vez más, en derecho interno: a) que la nacionalización se dirige a aquellos bienes y actividades de naturaleza superior que no deben seguir siendo objeto de propiedad privada, sino pertenecer a la colectividad y ser utilizados en el interés colectivo, y b) que cuando esos bienes y esas actividades se convierten en propiedad de la colectividad, no se debe entregar una indemnización "total", sino "adecuada" o "equitativa". ".
En consecuencia, señor Presidente, cuando nos hemos referido a la indemnización "adecuada", nos estamos refiriendo a una indemnización "equitativa".
Ahora, ¿cuál fue el alcance que nosotros le dimos a esta disposición, al sugerir su incorporación a la Carta Fundamental? No era otro que el buscar que haya en la norma constitucional una regla general relativa a la manera de regular el monto y forma de pago de las nacionalizaciones que la ley disponga; que el monto y condiciones de pago de la indemnización, en casó de nacionalizaciones, se determine por la ley en forma equitativa, considerando los intereses de la colectividad y los del afectado por la medida. Significa, lisa y llanamente, aprovechar una expresión amplia, que ya se contiene en el texto constitucional vigente y que tiene un claro sentido de flexibilidad, y no de rigidez. Es el término "equitativamente" que emplea nuestra Carta Fundamental, Nosotros, al sugerir esta modificación, nunca pensamos, señor Presidente, que las nacionalizaciones no reguladas en otra disposición de la reforma constitucional tuvieran que dar origen, necesariamente, al pago de una indemnización total o equivalente, como se ha sostenido en el Senado. Para nosotros era muy claro, que el término que emplea actualmente nuestra, Carta. Fundamental, al decir "equitativamente", no es un término fijo. Porque la Carta Fundamental, en su inciso, cuarto, establece que la indemnización se determinará tomado en consideración dos factores esenciales; los intereses generales de la colectividad y los intereses del afectado. Es decir, en esto, como lo señalamos en el debate que hubo en el segundo trámite constitucional en esta Corporación, hay una fluctuación entre estos dos factores, de tal manera, que lo que se determine en definitiva como equitativo dependerá de la naturaleza del bien que se va a expropiar o nacionalizar y del fin de que se persiga con la nacionalización o la expropiación. Ese es el alcance que nosotros le dimos, señor Presidente, o por lo, menos yo subscribí la indicación con este alcance y con este carácter. Pero, desgraciadamente, en el Senado se ha producido una confusión y se le ha querido dar un alcance enteramente, ajeno a su intención y al claro espíritu que animó a sus autores.
Se ha sostenido en el Senado que tanto, la nacionalización como la expropiación: quedarán sujetas a las mismas normas, o sea, que la nacionalización no regida por reglas especiales, propias de esta reforma, debería quedar sujeta al pago de una indemnización total o conmutativa. Para desmentir esta equívoca interpretación, bastará señalar que la Constitución actual no habla de indemnización equivalente, ni de indemnización total, ni de indemnización conmutativa, sino que usa términos directos, cuyo exacto significado, conforme a su tenor literal y al sentido, manifiesto de la frase, es enteramente distinto del de indemnización equivalente, total o conmutativa. En efecto, la Constitución dice que el monto y condiciones de pago de la indemnización se determinarán equitativamente tomando en consideración los intereses de la colectividad y de los expropiados. La palabra "equitativamente" no tiene el alcance que pretende asignarle esta interpretación equivocada, como la vamos a seguir analizando, a continuación.
Este error interpretativo se entronca con algunos conceptos que fueron debatidos durante la reforma del Nº 10 del artículo 10 en la discusión de la reforma constitucional el año 1917. Entonces se; planteó si la Corte Suprema, por la vía de la inaplicabilidad, conociendo un recurso de inconstitucionalidad, podía llegar a declarar que el monto o condiciones de pago de una indemnización eran contrarias a la Constitución, por no ser equitativas. A través de una discusión bastante equívoca, varios parlamentarios pensaron que sería posible a la Corte Suprema declarar la inaplicabilidad de la ley. Una correcta interpretación del término "equitativamente" demuestra, no obstante, que eso no es posible.
De allí ha resultado que incluso algunos tratadistas, como don Enrique Evans, hayan sostenido que es susceptible de recurso de inaplicabilidad una ley que no es tenida por "equitativa" en el monto o forma de indemnización por la Corte Suprema. Así lo sostiene el profesor señor Evans en su obra "Estatuto Constitucional del Derecho de Propiedad en Chile", páginas 410 a 415. Ante lo anterior, en consecuencia, no es de extrañar que, por el criterio con que los tribunales superiores de justicia chilenos aplican la ley o los preceptos constitucionales, puedan verse influidos, como ya se ha visto en algún caso, por este tipo de interpretaciones.
Si la actual Constitución pide que la ley fije el monto y forma de pago de la indemnización en forma equitativa, quiere decir que está permitiendo al legislador una latitud, que le está impartiendo un criterio flexible y no rígido. Al ser así, ni cabe que un tribunal puramente de derecho como la Corté Suprema entre a calificar las circunstancias, factores y particularidades que tuvo en cuenta el legislador y que lo movieron a tener por "equitativo" un criterio legal dado, ni es admisible que se tome esa exigencia legal de proceder con equidad en un sentido absolutamente diverso, como sería el de proceder a disponer indemnizaciones "equivalentes" al perjuicio o privación experimentados por el afectado.
La Constitución no exigió la "igualdad" o "plenitud" en la, fijación de la indemnización, ni en su monto ni en la forma de pago. Le bastó señalar, cautamente y haciendo fe en la capacidad del legislador de apreciar soberanamente cada caso especial, que ella fuera "equitativa".
Las palabras de la Constitución que siguen a la exigencia de determinación equitativa no hacen sino confirmar la conclusión anterior. Si se dice que la determinación se hará equitativamente, "tomando en consideración los interesas de la colectividad y los de los expropiados", resulta imposible entender racionalmente el texto legal como una exigencia de equivalencia en el monto o de cierta prontitud en el pago, Justamente, esos factores que la Constitución impuso al legislador, anteponiendo sabiamente el interés colectivo al particular, son la mejor prueba de que existe una latitud y de que será el legislador quien, atendiendo a las particularidades del caso o situación sobre la que dicte reglas, estará encargado de encontrar una ecuación apropiada.
Es ajena al texto constitucional la exigencia de una conmutatividad o equivalencia en el monto o de un límite en el plazo. Esos son aspectos que el constituyente no quiso resolver de antemano, sino que encargó decidir al legislador. Y éste lo hará soberanamente, en uso de su facultad privativa de resolver sobre las medidas legales que se estimen convenientes al bien de la nación, sin que pueda tener por sobre su criterio ninguna fiscalización ulterior, ni aun a título de recurso de inaplicabilidad.
De acuerdo con las consideraciones anteriores, la clara conclusión que fluye es que el actual artículo 10 Nº 10, en su inciso cuarto, al disponer la forma como la ley expropiatoria debe determinar el monto y la forma de pago de la indemnización, no exigió jamás que ésta debiera ser "total", en el sentido de que fuera imprescindible que ella abarcara en plenitud los perjuicios o privaciones que experimentaría el expropiado. Si tal hubiera sido su criterio, habría empleado el término "equivalente", "conmutativa" u otro análogo. Pero el término que usó, una forma adverbial derivada del vocablo equitativo, tiene el sentido de permitir una flexibilidad en el criterio legislativo, flexibilidad que se moverá dentro de marcos variables y no rígidos y que permitirá considerar factores contrapuestos como son los intereses de la colectividad y los del particular. El primero llevará a una reducción del monto y a una elasticidad en el plazo; el segundo, a una equivalencia plena con el perjuicio y a una inmediatez en el pago. Toca al legislador, en consecuencia, apreciar ambos factores y, según las particularidades de la situación que resuelve o regla, fluctuar entre un valor más reducido o uno total y entre un plazo más dilatado y un pago al contado.
Al ser éste el alcance de la norma constitucional, es perfectamente apropiado pensar que ella sería igualmente aplicable a las nacionalizaciones, ya que, no obstante ser un criterio doctrinario generalmente admitido el que en las expropiaciones el monto de la indemnización debe ser equivalente al perjuicio del expropiado, en el hecho el texto constitucional no lo exige, con lo que deja un margen de latitud o flexibilidad que, en último término, tocará resolver a la ley.
Señor Presidente, los parlamentarios de estas bancas, que con gran entusiasmo apoyamos esta indicación en su segundo trámite constitucional, no vamos a insistir en esta oportunidad.
De continuar este proceso de confusión, podría dar margen, más tarde, a interpretaciones distintas y a un uso tal vez inadecuado, al aplicarse estos preceptos dentro del campo de la tramitación de procesos judiciales, que pudiera malograr una institución que, para nosotros, está perfectamente claro que es distinta de la expropiación.
Así ha quedado claramente establecido a lo largo de los debates que se han producido tanto en el Senado como en esta Corporación. Es tan claro que, fuera de todos los tratadistas que han señalado una distinción entre estos dos medios de adquirir entre nacionalización y expropiación, deseo finalmente señalar la resolución Nº 1. 803, del año 1962, de las Naciones Unidas, que declara, primero, que "El derecho de los pueblos y de las naciones a la soberanía permanente sobre sus riquezas y recursos naturales debe ejercerse en interés del desarrollo nacional y del bienestar del pueblo del respectivo Estado ".
Esta resolución distingue claramente, en el número cuatro, entre nacionalización y expropiación, al decir lo siguiente: "La nacionalización, la expropiación o la requisición deberán fundarse en razones o motivos de utilidad pública, de seguridad o de interés nacional, los cuales se reconocen como superiores al mero interés particular o privado, tanto nacional como extranjero. "
Termino, señor Presidente, en consecuencia, reiterando que los parlamentarios de estas bancas, por las razones señaladas, no vamos a insistir sobre esta modificación propuesta por esta Honorable Corporación, en segundo trámite constitucional, que fue aprobada por unanimidad y que, lamentablemente, en el Senado fue objeto de distintas interpretaciones.
El señor ARNELLO.-
Pido la palabra.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor Amello.
El señor ARNELLO.-
Señor Presidente, la modificación establecida por la Cámara en esta materia tiene la ventaja de dar un carácter de norma general a la disposición que permite nacionalizar determinados bienes, que no tiene la redacción dada por el Senado. La disposición de la Cámara viene a señalar que la incorporación del término "nacionalizar" en el inciso tercero del, Nº 10 del artículo 10, no es una expresión agregada, podría decirse, para los efectos de solucionar un problema contingente, sino la expresión de una norma de carácter permanente, que es lo que se quiere establecer en la Constitución Política del Estado y que permite, en los casos en que así se estime necesario para el interés colectivo, establecer e imponer la nacionalización de una generalidad de bienes, es decir, de un conjunto de bienes, de un conjunto de actividades, incluso, que no sería posible o no sería fácil de realizar por la vía de la expropiación.
Además, la Cámara quiso dar a estas normas de carácter permanente y general el mismo sentido que tenía la norma sobre expropiación establecida en la Constitución. Por eso se propuso, y se aprobó por unanimidad en la Comisión y en la Sala, agregar también el concepto de nacionalización entre las normas del inciso cuarto del Nº 10 del artículo 10. Esta posición significa algo más, a nuestro juicio, que lo que ha querido ver en ella el Diputado señor Jaque.
Yo quiero decir, para clarificar lo que voy a señalar a continuación, que estas normas son distintas, en alguna medida, o pudieran ser distintas, de las que se establecen concretamente para la nacionalización de la gran minería del cobre, por el hecho muy claro y muy preciso de que, para la nacionalización de la Gran Minería del Cobre, el propio constituyente ha impuesto normas particulares muy precisas y determinadas. De modo que, eventualmente, el legislador, el día le mañana, frente a una ley de nacionalización de otra actividad o de otro tipo de empresas, podría dictar normas distintas de las señaladas aquí para la Gran Minería del Cobre, porque ello no está limitado. Pero yo debo decir, habiendo aclarado previamente que nada de lo genérico que se pueda plantear se refiere a la Gran Minería del Cobre, porque, repito, ésta tiene un tratamiento especial y particular, que no comparto el criterio dado aquí por el señor Jaque. A mi juicio, no es posible pensar que el término "equitativo" no corresponde a nada, como virtualmente se desprendería extremando el sentido de sus palabras. Yo quiero dejar bien en claro que, a nuestro juicio, este imperativo de equidad que se impone al legislador no puede ser, para personas cultas, para personas que conocen el sentido de las palabras, una mera declaración susceptible de significar cosa, sino que significa, precisamente, la necesidad de que esta norma de equidad impere en la norma, legislativa precisa y específica que se dicte. De manera que debo señalar aquí la diferencia de interpretación que le doy a lo que ha señalado el señor Jaque...
El señor VIDELA.-
Ha dicho que no es culto.
El señor ARNELLO.-
Es perfectamente culto, por eso le he dicho que me parece que ha incurrido en un error.
Su Señoría seguramente es o mucho más culto o menos culto, y por eso se extraña de que se planteen estas cosas en esta forma;
Lo que yo quiero decir...
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Ruego respetar el derecho del orador.
El señor ARNELLO.-
Pero yo quiero decir frente a este hecho...
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor ARNELLO.-
Es necesario decir...
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor ARNELLO.-
Yo lo he dejado al criterio de Su Señoría...
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Señor Arnello, le ruego evitar los diálogos y dirigirse a la Mesa.
El señor ARNELLO.-
... que se ubique en cualquiera de las dos alternativas: más culto o menos culto.
Lo que quiero decir es que el texto constitucional es muy claro y muy preciso; nos obliga a que la ley que se dicte sea equitativa, lo cual significa un imperativo que los señores legisladores no pueden ignorar. ¿Cuáles pueden ser las consecuencias de esta exigencia constitucional? Podría discutirse aún con el texto constitucional anterior, pero el de hoy día, al existir, incluso, el Tribunal Constitucional, con plenas facultades para que cualquier organismo colegislador pueda plantear, ante él sus dudas, obliga a ser mucho más estricto y mucho más preciso en la aceptación de las exigencias que el texto constitucional impone.
Por otra parte, quiero decir en este punto, que el texto de la Cámara tiene una ventaja indudable sobre el que se establecería en virtud del criterio del Senado. Porque una Nación como la nuestra no puede quedar en virtual tela de juicio, porque modifica su Constitución para imponer un gravamen llamémoslo así a determinada actividad o a un determinado género de empresas que no contempla con normas permanentes pata todo tipo de actividades o empresas que existan en su territorio;
Creemos que la adhesión que Chile ha prestado permanentemente a las normas de derecho, el respeto que nuestro país ha exigido siempre de todo un sistema diríase, superior en materia de resguardo de las normas jurídicas como normas de conducta, no sólo del país, sino que de su Estado, exigiendo a los otros Estados igual fe en el respeto de los tratados vigentes, obliga a que demos a estas actitudes de excepción, a esta conducta que podría calificarse de excepción para nacionalizar la gran minería, la amplitud de normas de carácter permanente que nuestro país ha sancionado para otorgarlas en cada caso en que estime que el interés nacional está en juego, y la posibilidad de emplear iguales o similares resortes para nacionalizar lo que corresponda al interés nacional.
Por eso, creemos que la Cámara debe insistir en su criterio en esta oportunidad, tal como hicieron numerosos sectores parlamentarios en el Senado que acogieron esta disposición en forma casi mayoritaria, pues sólo si no me equivoco por un voto no se reunió el quórum constitucional necesario para aprobar la modificación de la Cámara.
Nada más.
El señor MAIRA.-
Pido la palabra.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor MAIRA.-
Señor Presidente, voy a tener qué; ser muy breve debido a la limitación del tiempo, bastante escaso, que afecta a nuestro Comité, y al hecho de qué otros colegas que comparten estos bancos también desean formular observaciones.
Pero la importancia del tema exige, a mi juicio, que quienes presentamos la medicación, en el segundo trámite constitucional, expresemos algunos conceptos en torno a la conveniencia de su texto y al procedimiento más adecuado para conseguirlo.
He leído con cuidado el debate que en el Senado se ha sostenido en este punto, tanto en el primero como en el tercer trámite constitucional, y he llegado a la conclusión de que estamos frente a uno de esos típicos casos, propios del sistema parlamentario bicameral, en el que dos ramas del Congreso, entendiendo lo mismo en el fondo, han aceptado Una proposición que en la forma es diferente. Creo que una revisión dé la 'gran mayoría de los planteamientos hechos en ambas ramas del Congreso, conduce a la conclusión de que para el Parlamento chileno, sin discusión alguna, existen dos instituciones independientes: la expropiación, de una parte; la nacionalización, por otra.
Se recoge, de este modo, un planteamiento que llega a ser uniforme en la doctrina del derecho público económico contemporáneo. Sin embargo, cuando llega el momento de adoptar la mejor disposición normativa para "recepcionar" en el sistema jurídico chileno esta institución nueva de la nacionalización, los parlamentarios de la Cámara decimos; "Es mejor adecuar también el inciso cuarto del Nº 10 del artículo 10 y modificarlo para hacer más coherente la constelación jurídica respectiva"; en tanto que el Senado dice: "Basta con que se le incorpore en el inciso tercero del mismo texto. "
En mi concepto, planteada así la cuestión, como una formalidad de técnica legislativa, nuestra fórmula era, y sigue siendo, mejor. Era mejor, porque hacía más coherente el planteamiento, en cuanto dejaba perfectamente establecido que también en el caso de la nacionalización existiría la necesidad de determinar en la ley las normas para fijar la indemnización y el tribunal que debiera conocer de los reclamos sobre su monto, consagrando el principio de que éste debiera fallar conforme a derecho, y estableciendo, con claridad también, como una obligación para el legislador, las oportunidades y modos, en que el Estado debiera tomar posesión material del bien nacionalizado,
El Senado ha estimado que esta disposición es redundante o inconveniente. Creo que desde el punto de vista formal, desde el punto de vista de la perfección de nuestra Constitución Política, han hecho mal.
Sin embargo, me parece indispensable, en este cuarto trámite constitucional, reafirmar brevemente algunos conceptos de fondo, que creo son compartidos por la enorme mayoría de los parlamentarios chilenos.
En primer lugar, pienso que el concepto clave para el entendimiento del inciso cuarto del Nº 10 del artículo 10 de nuestra Constitución Política, es el de "equidad". Este concepto de equidad, que es tan importante para determinar la forma de la indemnización, nuestro constituyen lo ha establecido sobre la base de ponderar dos intereses que, simultáneamente, son importantes y que no pueden ser desatendidos: el interés de la colectividad y el interés del expropiado, que en un sentido más amplio podríamos llamar del afectado, puesto que de ahora en adelante serán nacionalizados o expropiados los que serán afectados por esta disposición. Esta correlación de intereses es, a mi juicio, lo fundamental. Y es: el legislador, en cada caso, al elaborar la ley y sancionarla, el que debe tomar en cuenta equitativamente ambos intereses.
Ahora bien, entramos en este instante en un punto de particular significación, que yo creo que el señor Arnello ha puesto sobre el tapete esta tarde, aunque yo tengo sobre este mismo planteamiento una solución o un entendimiento distinto.
Yo creo que el concepto "equidad", o más particularizadamente, la expresión "equivalente. " o "equitativamente", en el inciso cuarto del Nº 10 del artículo, tiene una gran amplitud, que es la que puede juzgar el legislador con bastante subjetividad; puesto que esta determinación de lo que es equitativo tiene siempre, como referencia, el interés de la colectividad, por una parte, y el del afectado, por otra; intereses que pueden llegar a ser contrapuestos en muchos casos. De modo tal que, a mi juicio, la correcta determinación del alcance de la "equitatividad" o equidad, como, desde el punto de vista del idioma, nuestros colegas lo prefieran, no dice relación con el acto particular de la expropiación o nacionalización; sino que, fundamentalmente, dice referencia con el proceso económico y social anterior a esa determinación de la autoridad.
Y es en este momento cuando se considera no sólo la situación de los bienes presentes de la empresa, sino el proceso económico anterior de la explotación de bienes que se han afectado, instante en el que entra a ser determinante, significativa, cardinal, la consideración de los intereses reales de la comunidad chilena.
Me explico a través de un ejemplo, si faltare a mi exposición claridad. No es lo mismo, dentro de este concepto de "equidad", la nacionalización de empresas o de bienes de la Anaconda o de la Kennecott, que aplicar la misma determinación a un pequeño minero chileno. Porque, si consideramos el proceso económico global, en el caso de Anaconda, no podrá escapar a la consideración del legislador el conjunto de los retiros que estas empresas hayan hecho por concepto de utilidades, de amortizaciones y de intereses en más de los 50 años que ellas han estado establecidas en el país; en forma tal, que al determinar la equidad del monto de la indemnización por la nacionalización, el legislador podrá, a mi juicio y lo ha hecho concretamente en este caso, al hablar de utilidades y rentabilidades excesivas, descontar de aquello que aparezca teóricamente, como un monto razonable, atendiendo solamente a la magnitud de los bienes, aquellos rubros que, por este otro concepto del ajuste del interés social, se hace posible o prudente para el legislador descontar.
En cambio, si se trata de un pequeño minero chileno, que vive exclusivamente de su actividad, que tiene solamente las maquinarias o los bienes que se le van a expropiar a través de un acto soberano del legislador, tendrá que considerarse esta situación particular, y deberá ser indemnizado en términos completos, en términos justos; en este caso, estaremos frente a una expropiación, y no ante una nacionalización.
Creo, en suma, señor Presidente, puesto que el tiempo me impide extenderme más hondamente sobre conceptos que, por cierto, me apasionan y he estudiado, que desde el punto de vista del contenido de la disposición que despachará el Congreso Nacional, no tenemos discrepancia alguna; pero, aun siendo así, me parecía a mí mejor la forma adoptada por la Cámara en el segundo trámite constitucional, que aquélla en la cual el Senado, por razones de quórum, que han sido muy caprichosos en este caso, nos insiste. Creo que, ante este hecho, conviene no ahondar esta polémica, especialmente por la circunstancia que indicaba al comienzo de mi exposición: hay un acuerdo en el fondo; hay una discrepancia en la forma. El interés nacional nos. obliga a los parlamentarios, a pesar de la conciencia de la mayor procedencia o corrección de nuestra redacción, a no insistir para no crear un conflicto de concepto que pudiera al final dañar al país. Por tanto, creyendo en la corrección de la forma propuesta por nosotros en el segundo trámite, estimo que lo correcto, lo procedente, lo útil, desde el punto de vista del interés del país y del proceso que viene, es no insistir y aceptar la proposición formulada por el Senado.
Es todo.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra.
El señor MILLAS.-
Pido la palabra.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor Millas.
El señor MILLAS.-
Señor Presidente, ha quedado claro por todos los que han intervenido en el debate en relación a esta disposición, que ella no se refiere, directa ni indirectamente, a la nacionalización de la Gran Minería, ya que ésta se regula por otra disposición que se incorpora a la Constitución a través de esta reforma constitucional.
De lo que se trata aquí es de las normas que se modifican del Nº 10 del artículo 10 de la Constitución, con vistas a su coherencia orgánica completa. Y en cuanto a ello, los Diputados comunistas concordamos con las palabras que recientemente hemos escuchado al colega Maira, que hago totalmente mías. Nosotros estamos plenamente convencidos, y así, hemos votado, en el segundo trámite constitucional, todos los Diputados de la Unidad Popular, conjuntamente con otros colegas de la Cámara, en favor de esta disposición, como votaron todos los Senadores comunistas en favor de ella en el tercer trámite en el Senado.
Estamos convencidos de que esta disposición, redactada por el colega Maira, perfecciona el texto constitucional y lo hace más coherente. Creemos que, además, es un paso adelante y que precisa muy bien los términos de la indemnización y en referencia a cómo se puede aplicar incluso a instituciones disímiles, como son nacionalización y expropiación;
Sin embargo, señor Presidente, ha sido un número elevado de Senadores 23 Senadores, casi la mayoría absoluta del Senado, los que han concurrido con su voto a negar la aceptación, la ratificación dé esta disposición.
El señor ARNELLO.-
¡No, al revés!
El señor MILLAS.-
En estos momentos, interesa especialmente la existencia de disposiciones de reforma constitucional ampliamente aceptadas y que correspondan a un gran consenso general. En estas circunstancias, hemos estimado, tal como el propio autor de la indicación, que crea un debate secundario, en relación con un asunto respecto del cual hay concordancia de fondo y diferencia de interpretación de forma, el que mantengamos ahora esta proposición como un tema que entraba y perturba el desarrollo de <http://desarrollo.de> aquello que es sustantivo: la consideración de la reforma en cuanto a la nacionalización de la Gran Minería, del Cobre.
No vamos a votar insistiendo; pero los Diputados comunistas creemos indispensable precisar algunos términos. Lo ha hecho aquí el colega Duberildo Jaque, en planteamientos que comparto, e igualmente el colega redactor de la indicación, señor Maira; indicación que, por lo demás, hemos suscrito a plena conciencia, estando absolutamente convencidos de haberlo hecho en forma que perfecciona el texto constitucional, el colega Jaque, en nombre del Partido Radical, y yo, en nombre del Partido Comunista, y que el señor Erich Schnake respaldó y estudió acuciosamente y quien, por no estar presente, en ese momento, en la Comisión respectiva, no suscribió la indicación, pero que la compartió también con nosotros.
Creo, sí, indispensable, en relación con esta reforma constitucional, como lo han hecho los colegas indicados y desde otro ángulo lo ha planteado el colega Arnello, precisar, en este debate, los términos de lo que la Constitución Política entiende en cuanto a indemnización, en sus normas generales, ya que continuará prevaleciendo la disposición del inciso cuarto, tal como está actualmente redactado en el artículo 10, Nº 10; se trataba, además, de una disposición que se refería tanto a las expropiaciones como a las nacionalizaciones.
Con todo el respeto que tengo a cada uno de los Senadores que intervino en esa materia, debo decir que por ser la nacionalización una institución relativamente nueva en el derecho, parece que ella no fuese siempre conocida a fondo, durante su debate en el Senado, por todos los que se pronunciaron sobre la indicación que estamos tratando, y que hubo en algunos miembros de la Cámara Alta ciertas confusiones en los términos. Llegó a ocurrir, en más de una oportunidad, en el debate del Senado, que algunos Senadores, por "lapsus linguae" o por imprecisión de la terminología utilizada, no obstante concordar con la distinción, en doctrina; entre nacionalización y expropiación, expresaron que en el caso de la nacionalización, la indemnización debe ser '"adecuada", lo que está correctamente expresado; pero que en el caso de la expropiación, la indemnización debe ser "equitativa".
Según es evidente, tratándose de expropiaciones, se aconseja, en doctrina, como norma que no está siempre expresamente en la legislación, que la indemnización sea, en lo posible, total, completa, o, si se quiere, conmutativa. De allí podría decirse también que esa indemnización debiera ser, entonces, en doctrina, equivalente a los perjuicios que ella irrogue al expropiado; pero, debido tal vez a la paronimia existente entre los vocablos "equivalente" y "equitativo", se ha incurrido en el error, por algunos Senadores, en el curso de sus intervenciones, de sostener que la indemnización del expropiado debe ser equitativa, como una diferencia con la del nacionalizado, que debe ser adecuada. Si se hubiera dicho que la del expropiado debe ser equivalente, mientras que en la del nacionalizado basta que sea adecuada, ahí sí que se habría expresado correctamente lo que corresponde.
Sobre esta materia, junto con los colegas Erich Schnake y Duberildo Jaque, hemos consultado a un jurista eminente, que ha contribuido a la preparación de los textos por el Ejecutivo, asesorando al señor Ministro de Minería y al Presidente de la República en relación con esta Reforma Constitucional. Me refiero al Presidente del Consejo de Defensa del Estado, don Eduardo Novoa Monreal. Hemos querido conocer cuál era su criterio, en relación a si acaso esta indicación, incorporada por la Cámara a la Reforma Constitucional, pudiera, en alguna manera, contribuir a aquella confusión entre los términos y el alcance de expropiación y de nacionalización, que creyeron ver como un defecto, en la norma algunos Senadores.
Tenemos el informe del profesor Novoa, en el cual se establece plenamente el criterio señalado, aquí, por los colegas Jaque y Maira y por el que habla. En relación a ello, quisiera detenerme en algo que es muy importante consignar en la historia de esta, reforma constitucional, en cuanto al término "equitativo", a fin de salvar cualquiera duda de alguien que pudiera creer que la institución de una indemnización adecuada para la nacionalización no fuese equitativa.
El profesor Novoa dice al respecto: "Todo el problema (y también el que se discutió a propósito de la reforma de 1967 en orden a si cabía recurso de inaplicabilidad) debe ser enfocado y resuelto de acuerdo con los términos que emplea la Constitución en su inciso cuarto del precepto indicado.
"En cuanto allí se dispone que el monto y forma de pago de la indemnización debe ser determinado "equitativamente tomando en consideración los intereses de la colectividad y de los expropiados"', se está exigiendo que la ley, al señalar la forma de establecer la cuantía de la indemnización y la forma de pagarla al expropiado, se inspire en la equidad u obre animado por espíritu de equidad.
"Debe esclarecerse, por consiguiente, qué significa "equidad". Del verdadero significado de esa expresión 'dependerá la correcta solución de las divergencias antes referidas.
"Ahora bien, jurídicamente, la equidad es sinónimo de epiqueya, expresión griega que se encuentra en Aristóteles y que fue desarrollada y examinada posteriormente por muchos filósofos; que, etimológicamente, significa: sobre (epi) lo justo (dikaion). La epiqueya es una virtud moral que puede ser tenida como una regla superior de conducta humana tendiente a procurar el proceder más acertado para el caso particular. Tomás de Aquino la explica diciendo que las leyes recaen sobre reglas generales de conducta y que por ello no pueden contemplar siempre la infinita variedad de actos singulares, contingentes y variables que puede realizar el hombre; por eso es que resulta a veces pernicioso cumplir lo establecido por la ley y es conveniente seguir, por encima de la letra de ésta, lo que dicta la razón 'justa y el bien común. Según su opinión, la epiqueya rebasa la justicia legal, en tanto se toma a ésta como la que se ajusta a la letra de la ley y es superior a esta justicia legal.
"En esta forma, la equidad (antes llamada epiqueya) es una idea que se contrapone a la fijeza o rigor de una norma predeterminada. Por ello los jurisconsultos romanos decían: la equidad natural es preferible al rigor del derecho y la equidad prevalece sobre el rigor estricto.
"Lo equitativo viene a ser, de este modo, lo que contempla en un caso particular circunstancias propias de él que ninguna regla general podría 'incluir para lograr, con esa consideración particularizada, un resultado mejor que el que se obtendría con la simple aplicación de la norma general. Se opone a todo rigorismo preestablecido y a todo marco predeterminado. Es una regla de moderación, prudencia y discreción que supera cualquier rigidez preconcebida. "
Con este criterio reformamos anteriormente la Constitución Política y establecimos la norma hoy vigente, en el inciso 4, número 10 del artículo 10 de la Constitución, en relación a la equidad, al carácter equitativo de la determinación, por la ley, de indemnización.
Creemos que esto, de ninguna manera, afecta al asunto de fondo que, aquí, se está resolviendo, a través de estos trámites parlamentarios: el establecimiento de la institución de la nacionalización; el establecimiento de las normas sobre nacionalización de la Gran Minería, en la Carta Fundamental; el establecimiento, también en la Constitución Política, de las normas específicas de la nacionalización de la Gran Minería del Cobre; y que, en relación con estas nacionalizaciones, se establecen, en la Carta Fundamental, un procedimiento y normas, y se determina, por ella misma, el carácter de "adecuada" de la indemnización que se establece y que, desdé el momento que tiene este carácter de indemnización adecuada, ello implica, lógicamente, el que, por lo tanto, es también equitativa.
Nosotros no insistiremos en esta disposición, por el nivel en que se encuentra ya el despacito de esta reforma constitucional; pero creemos que, en una reforma más amplia del texto constitucional, deberá considerarse, después de un perfecto esclarecimiento, de un pleno consenso sobre esta materia, una norma como la que nuestro colega señor Maira redactó, que había sido aprobada por la Cámara y que, desgraciadamente, no contó con la aquiescencia correspondiente en el Senado.
He dicho.
El señor ARNELLO.-
Pido la palabra.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ARNELLO.-
Señor Presidente, deseo plantear dos cosas muy simples, antes de conceder una interrupción a mi colega señor Undurraga.
En primer lugar, señalar que, a mi juicio, el Diputado señor Millas incurre en un error o, tal vez, yo soy el equivocado. Me parece que en el Senado hubo 23 votos a favor de la disposición aprobada por la Cámara en esta materia y 16 en contra; y solamente por no contarse con un voto más, no se produjo el quórum constitucional necesario para que el Senado aprobará la modificación de la Cámara, razón por la cual ésta se entendió rechazada; es decir, no cabe el argumento dado por él, en el sentido de que una amplia mayoría del Senado se habría manifestado en contra de la disposición aprobada por la Cámara, sino todo lo contrario. En segundo lugar, manifestar que el texto que se aprobará en definitiva me parece poco claro. Si no hay mayoría, en esta oportunidad, para insistir en nuestros términos, sería necesario que el Ejecutivo, en interés de la claridad de la Constitución Política y, a mi juicio, también del respeto que nuestro país debe merecer en el extranjero, pudiera considerar que el término "nacionalización" no queda, de ninguna manera, ni siquiera vinculado con el término "adecuado". La necesidad de ser adecuada la indemnización existe solamente en las disposiciones especiales para la nacionalización de la Gran Minería del Cobre y no en este término genérico incluido en el inciso tercero. En cambio, para la expropiación sigue vigente, en su plenitud, lo dispuesto en el inciso cuarto, es decir, la necesidad de que la indemnización sea equitativamente establecida.
No obstante lo expuesto por los Diputados señores Maira y Millas, en el sentido de no estar dispuestos a insistir en lo aprobado anteriormente por la Cámara, he planteado estos dos puntos para hacer ver diría la utilidad y conveniencia de que la Cámara insistiera en su posición, porque ello le daría generalidad y respetabilidad a la disposición aprobada.
El señor Undurraga me ha pedido una interrupción, señor Presidente, la que se la conceda con mucho agrado.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el señor Undurraga.
El señor UNDURRAGA.-
Señor Presidente, las últimas expresiones del señor Millas me obligan a intervenir brevemente en este debate.
Al final de su intervención, el señor Diputado decía, más bien dicho equiparaba los términos "equitativo", "equidad", con "adecuado". Pero, son circunstancias totalmente distintas y los términos tienen un significado totalmente diferente.
El informe del señor Novoa no nos trae mayor luz, salvo el hecho de exhibir lo que él ha leído en algunos griegos, pero que está reproducido íntegramente en el Diccionario de la Real "Academia. Por lo demás, con todo el respeto qué me merece mi colega y amigo don Eduardo Novoa, yo no sé hasta cuando él podría pensar en la misma forma, porque lo he visto tantas veces cambiar de opinión.
Pero, en cuanto a la claridad de los términos, "adecuado" es distinto; "adecuado", como dice el Diccionario de la Real Academia, es "apropiado o acomodado a las condiciones, circunstancias u objeto de alguna cosa. " Podría ocurrir, en el caso de una nacionalización o de una expropiación, que el precio se estimare adecuado y no equitativo, porque al estimarse adecuado tendrían que considerarse las circunstancias especiales en que se está ejecutando el hecho. Y podría estimarse adecuado voy a poner un ejemplo en términos y número caprichosos que una cosa que vale mil, si se aplica el término "adecuado", por ella solo se pague ciento. Pero "equitativo" es distinto, y "equitativo" lo ha usado el constituyente. Este término tiene un significado más profundo; no depende de ciertas circunstancias, ni de ciertos accidentes. Equitativo, como dice con toda razón el señor Novoa, sacándolo de los griegos yo lo saco del diccionario de la Real Academia, es "fallar por el sentimiento del deber o de la conciencia, más bien que por las prescripciones rigurosas de la justicia o por el texto terminante de la ley. " Y si vamos más allá, equitativo, ¿qué significa?, ¿de dónde proviene? De justicia, de hacer justicia. Y justicia, ¿qué es? Darle a cada cual lo que le corresponde.
Es evidente, que en un momento dado, el país o los países estimarán en justicia que es lo que corresponde dar. Pero no estimemos que el término "equitativo" que usa el constituyente es sinónimo de adecuado, porque eso sí que es un error, y un error garrafal. Adecuado puede ser cualquier cosa. Hay circunstancias de hecho en que lo adecuado, incluso, puede llegar hasta no pagar indemnización. ¡Pero equitativo sí que no! Porque equitativo es, como dice el Profesor Novoa, como lo dice el Diccionario de la Real Academia, como lo dicen todos los tratadistas, como lo dicen todos los hombres de Derecho, a quienes nadie discute, es pasar un poco más allá del rigor de la ley para darle en justicia lo que a cada uno le corresponde.
En consecuencia, yo quería puntualizar estos hechos. Estamos de acuerdo. Hay disposiciones que para la nacionalización de la Gran Minería del Cobre son terminantes, pero respecto de las demás, esta expresión "equitativa" que usa la Constitución, tenemos que usarla de acuerdo con las reglas de la hermenéutica legal, de interpretación de las leyes, y no confundirla con "adecuada", porque son cosas totalmente diferentes.
Nada más.
El señor MILLAS.-
Pido la palabra.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor Millas.
El señor MILLAS.-
Señor Presidente, el Diputado señor Undurraga ha argumentado ampliamente en contra de cualquiera confusión o de considerar sinónimos los términos "equitativo" y "adecuado".
Bien; es lo que yo he sostenido: que no son sinónimos, y, por lo tanto, yo creo que toda su argumentación ha sido necesaria, porque posiblemente él no captó todo el curso de mi exposición, sino que interpretó de determinada manera alguna determinada expresión de su desarrollo.
Concretamente, aquí lo que he sostenido es que el término "equitativo" no es un término sinónimo de "conmutativo", de "completo". ..,
El señor UNDURRAGA.-
Es distinto.
El señor MILLAS.-
... por todas las razones que aquí se han dado. '"
Y he señalado que precisamente la distinción entre la indemnización de la expropiación y la de la nacionalización no reside en que no sea equitativa y otra no lo sea, que hay diferentes tipos de indemnización en relación a una y a otra, y que el término equitativo es de otra esfera. No es un término ni sinónimo ni contradictorio en relación a esos otros, sino que abarca una más amplia esfera. Y en relación a ello es que se. ha producido algún tipo de confusión en el debate del Senado. Aquí hay absoluta claridad en cuanto a que la indemnización es una indemnización adecuada, regulada por la propia Constitución para la nacionalización de la Gran Minería y específicamente también, por la misma Constitución, para la nacionalización de la Gran Minería del Cobre. He dicho que las expropiaciones se rigen por normas jurídicas diferentes de acuerdo con la Constitución, pero que no, era arbitrario ni equivocado ni contradictorio con las diferencias que existen entre una y otra institución el referirse a la indemnización en la forma en que se hace en la indicación que había aprobado la Cámara, empleando el término equitativo que es de otra esfera, que es más amplio y que, por lo tanto, puede comprender especies diferentes, como son la indemnización conmutativa y la indemnización adecuada. Y he dicho, esto, señor Presidente y en ello hemos coincidido plenamente con los colegas Maira y Jaque, en relación a que la Constitución, en su actual inciso cuarto, N° 10, habla de la determinación de la indemnización en el caso de la expropiación equitativa, tomando en consideración los intereses de la colectividad, en primer término, y además los intereses del afectado, o sea, estableciendo una regla que tanto puede aplicarse para una indemnización conmutativa como para una adecuada.
Esto es lo que convenía que quedara precisado a fin de evitar cualquiera falsa interpretación sobre la materia, Sin que se pudiera suponer que éstos fueran dos términos sinónimos, cómo creyó verlo el señor Undurraga y lo discutió, e indudablemente todo lo que discutió al respecto era acertado, porque no se trata de términos de ninguna manera sinónimos.
En cuanto a lo expresado por el profesor señor Novoa, creo que es plenamente válido en 'relación a este debate, porque es necesario referirse a la etimología de los términos y porque, en segundó lugar, la cita que él hace en relación a la interpretación de tal término en "La Suma Teológica", de Santo Tomás de Aquino, es una interpretación que precisamente sirve de ejemplo de una aplicación de tales términos, que es coincidente con lo que sé está haciendo ahora en el Derecho chileno. Y el profesor Novoa, que ha hecho una tan grande contribución en relación al esclarecimiento de los problemas relacionados con el rescate por Chile de sus riquezas cupríferas, de las riquezas que constituyen la Gran Minería del Gobre, tiene entre otros méritos, el de ser alguien que nunca ha quedado estancado en determinado pensamiento, sino que, con rigor científico, ha sido siempre perfeccionando y desarrollando la teoría del Derecho,
He dicho, señor Presidente.
El señor JAQUE.-
Pido la palabra.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor Jaque.
El señor JAQUE.-
Señor Presidente; el señor Undurraga se ha limitado a dar una definición del concepto de equidad de acuerdo con el Diccionario de la Lengua, pero no ha precisado cuál es el "alcance que él da al empleo de este término que utiliza nuestra Carta Fundamental, ni ha desvirtuado tampoco lo que hemos sostenido esta tarde. Yo he afirmado que la equidad no es un concepto que implique algo fijo, que tenga alguna fijeza, sino todo lo contrario; flexibilidad, y entrega al legislador, a ley, la determinación de la indemnización en cuanto al monto y condiciones de ésta.
Señor Presidente, yo sostengo que la equidad, desprendiendo esto del tenor literal debe determinarse tomando en consideración, los intereses generales de la colectividad y los particulares. Es decir, hay una fluctuación entre estos dos factores. Será en definitiva., entonces, el legislador el que determinará lo que en el fondo es equitativo, tomando en consideración la naturaleza del bien expropiado y el fin, que se persigue con la expropiación o la nacionalización.
De tal manera que, de acuerda con esta argumentación, lo que he sostenido es que la equidad no sólo cubre la indemnización equivalente, tratándose de una expropiación sino que también la indemnización adecuada, tratándose de una nacionalización.
El señor ARNELLO.-
¿Me permite una interrupción?
El señor JAQUE.-
Nada más, señor Presidente.
El señor ARNELLO.-
Pido la palabra.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor Amello,
El señor ARNELLO.-
Muy corto. Nada más que para referirme a la última aseveración del señor Jaque.
Yo, en realidad, le había pedido una interrupción para, precisar, más bien, el error en que él había incurrido. Quería preguntarle si en su criterio pudiera un legislador determinado, ocasionalmente, llegar a imponer, en forma arbitraria, un monto de indemnización irrisorio o una fórmula de indemnización irrisoria, ¿consideraría, a su, juicio, que se habría cumplido el imperativo constitucional de que fuese ella establecida equitativamente Notoriamente no habría tal equidad. En consecuencia, no es el alcance de ese término, una situación que esté entregada arbitrariamente al criterio del legislador, sino, que es algo de carácter objetivo que va a determinar si se produce o no una situación de equidad; y, en consecuencia, no es el legislador, en definitiva, el que lo va a determinar, sino que, como significa justicia, tendrá que ser, precisamente, un organismo de este carácter el que lo determine.
El señor BULNES, (don Jaime).-
Pido la palabra
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor Bulnes.
El señor BULNES (don Jaime).-
Señor Presidente, aquí se ha discutido durante bastante tiempo sobre la metódica y sobre la terminología de las normas que van a existir para pagar las indemnizaciones o para avaluar éstas. Incluso, se ha discutido, también, y se ha debatido acerca de las diferencias que existen, entre los términos nacionalización y expropiación, y Tas distintas causales que las van a generar.
Por eso, yo sigo sosteniendo lo que dije en el trámite anterior de la reforma constitucional: que se podría empiezo por decir que, soy resueltamente partidario de la nacionalización de las minas de cobre haber cumplido con los objetivos que se pretenden obtener a través de esta reforma, constitucional y de esta nacionalización,, en una forma mucho más sutil y que habría significado, en primer término, no tener que desembolsar ningún tipo de indemnización y, en, segundo lugar, habría, significado que no se produjera el éxodo de técnicos o de supervisores, u otros, que, desgraciadamente, están abandonando, el país y se están dirigiendo a otros lugares donde existen, establecimientos mineros. Y, finalmente, tampoco se habría producido lo que podría ocurrir: que estas enormes compañías de cobre, que prácticamente dominan el negocio cupero a través de todo el mundo, incluso de los países de Europa Oriental y de Rusia, adopten algún tipo de represalias que signifiquen o involucren una amenaza para la explotación del cobre en Chile. Y esto no era otra cosa que exigir a las compañías del cobre el retorno total del producto de exportación.. Y yo lamento que en este momento no esté presente el Diputado señor Cademártori porque cuando personalmente presenté una indicación, los años 1961 y 1963, destinada, precisamente, a exigir el retorno total del producto de exportación, hube de explicárselo al señor Cademártori, En aquel entonces, el Partido Comunista fue el único que acompañó esta indicación a que hago referencia. En la actualidad, y de acuerdo al estatuto o contratos leyes que existen con las compañías de cobre, éstas no retornan, al país, sino el costo de producción y el impuesto, generado por la producción propiamente tal, pero, desde, el momento en que hubieran tenido que retornar el total del producto de exportación, ello habría significado aproximadamente y me alegro que esté aquí el señor Ministro de Minería alrededor de 240 millones de dólares, al año, tomando, en cuenta, naturalmente, los precios que el cobre ha tenido durante los últimos años.
Evidentemente, habría habido que establecer algún sistema para la inversión de estos 240 millones de dólares, pero, sin ninguna duda, con ello se habrían construido, refinerías o grandes, empresas manufactureras y habría significado una evidente riqueza para Chile, Por eso, soy un convencido de que no habría habido necesidad de, recurrir a los términos de nacionalización ni de expropiación, sino que a través de una reforma constitucional o de una ley especial, se debería haber exigido de las grandes compañías del cobre y tal vez de la mediana minería, el retorno del producto total de la, exportación. Esto habría significado que afluyeran, a Chile un promedio de 240 millones de dólares más de lo que retorna en la actualidad.
Nada más, señor Presidente.
El señor CANTUARIAS (Ministro de Minería).-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor ACEVEDO, (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor CANTUARIAS (Ministro, de Minería).-
Señor Presidente, creo, que ha sido suficientemente debatido por la Cámara los términos nacionalización. "y "expropiación". Sin embargo, la intervención del Diputado señor Bulnes, me obliga a intervenir por cuanto para el Gobierno actual, el Gobierno de la Unidad Popular, aquí no sólo se trata de obtener algunas ganancias más en dólares para Chile, cosa que a nuestro juicio es extraordinariamente importante, sino que, a través del proyecto de nacionalización de la gran minería, del cobre, lo que nosotros estamos buscando, y lo hemos dicho, asegurar la real independencia de Chile sin la cual, creemos, no puede existir independencia política. Es evidente que el hecho que señala el Diputado señor Bulnes en cuanto a que nosotros deberíamos haber exigido un mayor retorno o un retorno completo a las empresas que explotan la gran minería del cobre, habría traído una mayor ganancia a Chile, dentro de los marcos legales en que hasta ahora, ha estado encuadrada la gran minería del cobre, pero ello no habría dado, de ninguna manera, la posibilidad de que nuestro país pudiera tener el manejo absoluto o el control total en la producción del cobre y en su comercialización. En nuestra opinión, habríamos seguido en una posición de dependencia, económica de parte del imperialismo: extranjero, por una parte, y tampoco habríamos tenido, nosotros, la, posibilidad de un control absoluto de lo que efectivamente se produce en la gran, minería del cobre. Asimismo, no habríamos tenido las facilidades de llevar a cabo, por nuestra cuenta y para beneficio total de Chile, el proceso, de comercialización de la Gran Minería del cobre. Vale decir, señor Presidente, en nuestro criterio, lo repito, aquí no se trata exclusivamente de ganar unos pocos dólares más, sino de obtener un objetivo mucho más grande: se trata de que Chile sea realmente dueño de sus fuentes naturales de producción.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra.
El señor CARMINE.-
Pido la palabra.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor CARMINE.-
Señor Presidente, he escuchado con mucha atención las palabras pronunciadas por el señor Ministro de Minería y por nuestro colega don Jaime Bulnes. La verdad de las cosas es que este proyecto de reforma constitucional, como muy bien lo ha señalado el señor Ministro de Minería, no obedece a motivos de tipo económico. Desde el punto de vista económico, por desgracia, estamos contribuyendo a extender la partida de defunción de la minería chilena. Si bien es cierto que hay motivos de tipo ideológico o de tipo político, que podrían justificar esta reforma constitucional, ante el tremendo error económico que se está cometiendo, no podemos menos que señalar nuestra posición absolutamente contraria a este proyecto.
Y hay una cosa que en el debate de esta Cámara y del Senado pasó un poco inadvertida: es como si Chile, como si las instituciones jurídicas chilenas y el pensamiento que anima al Gobierno de nuestro país fuera, en contra de la corriente que es mundial en estos momentos. Mientras Chile, este pequeño país de 10 millones de habitantes, de insuficiente desarrollo económico, que según lo expresa el actual Gobierno pretende caminar hacia el socialismo, expulsa, prácticamente sin indemnización, a todos los inversionistas extranjeros o nacionales que han desarrollado, para bien o para mal, la producción minera chilena, otros países, como Yugoslavia, como la propia Unión Soviética, con más de 50 años de socialismo, están llamando a estos mismos capitales que hoy se expulsan de Chile para que vayan a explotar la reserva de cobre en el caso concreto de la Unión Soviética, de UdoKan, cercana al lago Baikal, que requiere una inversión de más de mil millones de dólares.
Yo creo, señor Presidente, que los participantes de las ideas del socialismo, que pretenden hacer de Chile un país socialista, podrían tomar ejemplo de estas naciones que son por muy largo tiempo socialistas y que, sin embargo, por encima de sus prejuicios de tipo ideológico, están solicitando la cooperación de capitales internacionales, para poder desarrollar las materias primas existentes en su territorio. Aquí en Chile se está haciendo lo contrario. Se está, primero, expulsando el capital extranjero y se está desalentando al capital nacional.
Y yo, señor Presidente, me alegro mucho de que quede constancia en acta de una cosa, que la producción chilena de cobre es, en términos redondos, de 600 mil toneladas anuales. Esta producción histórica, a nivel del año 1970, de acuerdo con este sistema, se va a estancar. Y se va a estancar en ese nivel, y de aquí a diez años más vamos a ver con tristeza cómo no aumenta nuestra producción; cómo no se van a abrir nuevas minas; cómo no va a ser posible expandir el adecuado aprovechamiento de nuestros recursos naturales.
Señor Presidente, yo lamento hacer de agorero; pero, por desgracia, los hechos, los porfiados hechos producidos en este corto lapso, así lo están indicando. Desde luego, el "braindrain"...
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor CARMINE.-
... que se está produciendo en las minas de cobre. Desde que subió al poder el señor Allende hasta el 31 de marzo último, 191 supervisores del cobre se retiraron de las minas y abandonaron el país. Esto, señor Presidente, representa el conocimiento de dos mil años hombres, que el país lo está perdiendo, que las compañías lo están perdiendo.
La señora LAZO.-
Señor Carmine, ¿por qué no se va?
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).
Ruego no interrumpir al orador, señora Lazo.
El señor CARMINE.-
Para dar el gusto de ilustrar a la señora Lazo.
Señor Presidente, en estos momentos, cuando la tecnología a nivel mundial está avanzando a pasos agigantados; cuando en Sud África se están introduciendo nuevos conocimientos para cambiar el sistema de perforación en forma sustancial en las minas, donde se está a punto de descubrir una perforadora de tipo hidráulico, que va a bajar en forma sustancial el costo de la perforación de las minas; donde se están estableciendo sistemas de precipitación en seco, absolutamente desconocidos en Chile, donde no se aplican, resulta que nos marginamos de la gente que genera esta tecnología. Pero, señor Presidente y señores Diputados, uño puede marginarse de esta gente que crea esta tecnología, siempre que reemplace la inversión que ellos están haciendo, a nivel mundial, que es del orden de varios miles de millones de dólares anualmente. ¿De dónde vamos a sacar nosotros los recursos necesarios para tener esta tecnología que nos llegaba a, través de la inversión y de la investigación extranjera? En estas condiciones estamos cometiendo un error histórico y este error histórico lo van a pagar las futuras generaciones.
La señora LAZO.-
¿Me concede una interrupción?
El señor CANTERO.-
Está pidiendo que se vuelva a la época de la colonia española.
El señor CARMINE.-
Le concedo una interrupción.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Puede usar de la interrupción concedida por el señor Carmine, la señora Carmen Lazo.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
La señora LAZO.-
¿Me permite, señor Diputado?
El señor ACEVEDO.- (Vicepresidente).
Señor Tejeda, ruego a Su Señoría guardar silencio.
La señora LAZO.-
Señor Presidente, el señor Carmine ha demostrado que es técnico agrícola y técnico en varias materias,...
El señor CARMINE.-
Muchas gracias.
La señora LAZO.-
... cosa que me alegra mucho, porque es un individuo joven o aparentemente, así como un hombre de paja que yo vi en una película italiana, un hombre que ni siquiera nació para otra cosa. Pero es un problema que nada tiene que ver con lo que aquí se está planteando.
Yo le pregunto al señor Carmine: ¿cómo es posible que, con todos esos complejos, todavía esté viviendo en este país?
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Señora Lazo, ruego a Su Señoría dirigirse a la Mesa.
La señora LAZO.
Señor Presidente, estoy haciendo uso de una interrupción. El señor Carmine sabrá cuándo va a objetar lo que yo estoy planteando.
Con todos esos complejos, yo le pregunto al señor Carmine: ¿cómo es posible que sea Diputado no del Partido Nacional, sino que lo sea en un país como Chile, que es un país nuevo y que tiene miras diferente. No me extraña mucho, porque me acuerdo que dijo "¡Bravo!", cuando mataron a Mery. Ahora está diciendo "Bravo" cuando se están robando todo el cobre. Espero que dé una respuesta inteligente a esto, que es una cosa fundamental. Espero que la de.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Puede continuar el señor Carmine.
El señor CARMINE.-
Señor Presidente, por desgracia, la falta de conocimientos de la señora Lazo no la ponen a la altura del debate. No voy a hacerme cargo de sus observaciones.
Decía, señor Presidente, que estamos viviendo una época tecnológica acelerada, donde muchas veces el capital más importante de los pueblos son los conocimientos, es el acervo cultural y científico que ellos tienen. Pues bien, en este momento, conjuntamente con toda esta etapa de nacionalización del cobre, el Gobierno y los funcionarios que están a cargo de la actuación concreta de la Corporación del Cobre y de todo lo que dice relación con las empresas expropiadas, no han tenido el más mínimo cuidado para retener a todos estos mandos superiores y medios qué son esenciales para el manejo del cobre.
Señor Presidente, por desgracia, en Chile estamos repitiendo el mismo error que se cometió en Bolivia con la nacionalización del estaño. En un pequeño lapso, en que se han retirado de las compañías técnicos nacionales y extranjeros, los costos han subido, y dentro de poco se va a producir un fenómeno muy grave, a menos que exista una huelga en Estados Unidos, que es muy probable que no se produzca...
La señora LAZO.-
En Estados Unidos no tiene importancia.
El señor CARMINE.-
... ya que las conversaciones están bastante adelantadas.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Señora Lazo; señor Godoy...
El señor GODOY.
Mire que no tiene importancia una huelga en Estados Unidos...
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Señora Carmen Lazo, le ruego guardar silencio.
Puede continuar el señor Carmine.
El señor CARMINE.-
Voy a ilustrar a la señora Lazo. Le voy a dar el gusto.
El alza del precio del cobre en los mercados internacionales que se ha producido en los últimos dos meses se debe a dos hechos. Uno, que se había aprobado una huelga por él vencimiento de los contratos entre los trabajadores de los Estados Unidos y las respectivas compañías. Actualmente las conversaciones están muy avanzadas y es muy probable que la huelga no se produzca. Los contratos vencen el 30 de junio, esto es, en cincuenta y tantos días más. Si esta huelga no se produce, el precio del cobre va a caer a precios inferiores a los que tuvo hace cuatro meses. Otro, que el precio del cobre va a descender a niveles anormalmente bajos, en circunstancias de que nuestra producción va a subir sus costos por deficiencia en el manejo de las compañías. Es muy probable que la producción de cobre de Chile, que es el principal sustento de nuestra balanza de pagos y un elemento fundamental en el ingreso del presupuesto nacional, quede fuera de mercado ante esta situación.
Señor Presidente, yo creo que hay que estar por encima de las chabacanerías con que se tratan estos temas. Aquí está el interés de Chile sobre el interés ideológico. A nuestro juicio, hay un problema de financiamiento, de recursos; un problema de divisas. Hay un problema de supervivencia de la economía nacional. Por eso, no puedo menos que dejar constancia de que estamos asistiendo a lo que yo llamo la partida de defunción de la minería chilena.
Nada más, señor Presidente.
El señor BULNES (don Jaime).-
Pido la palabra.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor Bulnes.
El señor BULNES (don Jaime).-
Señor Presidente, sólo quiero hacer un alcance muy breve a las palabras del señor Ministro de Minería.
Él dijo que de acuerdo con la moción que a juicio mío debiera haberse presentado en este proyecto, el Estado de Chile no tendría ni el control de la producción ni el control de la comercialización. Indiscutiblemente, en eso tiene toda la razón. Pero quiero hacerle presente al señor Ministro de Minería que aun cuando deseemos y sea una aspiración de todos los chilenos que resulte, tanto la comercialización como la producción de cobré, es decir, que no vaya en merma de los intereses económicos del país, las compañías de cobre son de un poder monstruoso. Estas empresas, que son tres en el mundo, en la práctica, tienen algunos aspectos aparentemente paradójicos, pero efectivos. Son vendedoras y compradoras de cobre; son manufactureras, refinadoras, transportadoras, aseguradoras, etcétera. Es decir, cubren toda la gama que depende de la producción de cobre.
Bueno, yo me temo que aun cuando el Estado de Chile tenga el control total de la producción y comercialización del cobre, el poder de estas tres empresas: la Anaconda Copper, la Kennecott Copper y la Phelps Dodge, pueda interferir en la comercialización, porque para nadie es un secreto que estas compañías, cuando aumenta la producción de cobre, en virtud de cualquier tipo de manejo, hacen que ésta disminuya a continuación; que pueden hacer fluctuar el gráfico de los precios; que los suben y los bajan a su entero amaño y que, incluso, una gran proporción de cobre la Unión Soviética la compra a través de la Bolsa de Cobre de Suiza, que también está controlada por estas tres enormes compañías productoras y manufactureras.
Por eso creo que habría sido más sencillo, como dije, exigir el retorno total de las divisas provenientes del cobre, exigencia que probablemente las compañías no hubieran aceptado, porque, tal vez, era mucho más drástica esta medida que pagarles indemnización por sus instalaciones y todo el complejo que tienen en los grandes yacimientos de Chile.
Esa es la única preocupación que a mí, al menos, me asalta, y deseo no tener la razón. En todo caso, la experiencia nos ha demostrado que en actividades parecidas a las del cobre y que están dominadas por dos o tres empresas, han tomado cierto tipo de represalias que han afectado seriamente a los productores de los metales o de los productos que se han nacionalizado, expropiado o, finalmente, comprado, como en el caso de Bolivia.
Por eso, creo que debiera haberse buscado un sistema en virtud del cual no estuviéramos expuestos a ese peligro, que ojalá no llegue a materializarse.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
¿Terminó, señor Bulnes?
El señor BULNES (don Jaime).-
Sí, señor Presidente.
La señora LAZO.-
Pido la palabra.
El señor CANTUARIAS (Ministro de Minería).-
Pido la palabra.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
¿Me excusa, señora Lazo? Tiene preferencia el señor Ministro.
Puede hacer uso de la palabra el señor Cantuarias.
El señor CANTUARIAS (Ministro de Minería).-
Muy brevemente, señor Presidente, porque no quiero que quede flotando en este debate una apreciación que hizo el señor Carmine, interpretando, de alguna manera, según su criterio, lo que contesté al señor Bulnes.
Dijo el señor Carmine que yo habría manifestado que la nacionalización del cobre, para el Gobierno actual, no es una medida de carácter económico. Yo dije que, indudablemente, es una medida de carácter económico, que tiene consecuencias de carácter económico favorables para Chile, además de sus implicancias de orden político.
Yo sostengo, el Gobierno sostiene que con la nacionalización de la Gran Minería del Cobre, evidentemente, Chile, por las razones que expliqué, va a tener un sustancial mejoramiento en su condición económica. Creo que sostener que nosotros estamos evitando la inversión de capitales extranjeros, porque estamos llevando a cabo la nacionalización de la Gran Minería del Cobre, no tiene sentido alguno, y perdónenme la expresión. Yo creo que aquí estamos nacionalizando las fuentes naturales de productos que, repito, determinan en gran medida, la soberanía política efectiva de un país.
Dijo también que la nacionalización va a acarrear un estancamiento en la producción de la Gran Minería del Cobre. Yo puedo asegurarle a la Honorable Cámara que no hay razón alguna para sostener un juicio de esa naturaleza, puesto que los planes de expansión y la posibilidad de consumo en el mercado internacional, de acuerdo con estudios actuales que tenemos, determinan que Chile tiene que aumentar, en los próximos años, su producción de cobre, hasta llegar a un total de un millón cien mil toneladas, sin perjuicio de las nuevas exploraciones que se puedan hacer.
En tercer lugar, afirmó que la nacionalización de la Gran Minería del Cobre produce una marginación de la técnica. Yo creo que también es una afirmación que carece de base, por cuanto el país va a tener el mayor interés en aprovechar los mejores elementos de la técnica, las mejores condiciones que tenga la técnica mundial en un momento determinado, para poder aumentar nuestra producción e, incluso, dar tratamientos más efectivos a los minerales, para que produzcan el mayor beneficio a Chile.
En cuanto a que se hayan ido técnicos, especialmente extranjeros, es evidente que sabemos; estamos en conocimiento de ello. Pero estas son las cosas que nosotros creemos que debe afrontar un país cuando entra en un proceso de rescate de sus riquezas naturales, hasta ahora en manos de capitales extranjeros. Esos técnicos, y esto es lo más importante, pueden ser reemplazados por técnicos nacionales e, incluso, por otros técnicos extranjeros. Por lo tanto, en ningún caso vamos a quedar sin' ellos.
En cuanto al proceso de comercialización, debo señalar que no es tan absoluto ni exacto en gran medida es así el hecho de que unas pocas personas controlen en forma total y determinante el mercado del cobre. En este instante se está, usando el sistema de venta directa de los países productores a los consumidores, sin pasar, incluso, por las Bolsas de Londres, o Nueva York.
Gracias, señor Presidente.
El señor CARMINE.-
Pido la palabra.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor Carmine.
El señor CARMINE.-
Gracias, señor Presidente.
Agradezco al señor Ministro la aclaración que ha hecho respecto a las implicancias económicas y política que, en concepto del Gobierno, tiene la nacionalización del cobre.
En relación con las expresiones del señor Ministro, quiero hacer las siguientes observaciones.
En primer lugar, el hecho de que en un país se nacionalice toda la inversión extranjera en la Gran Minería del Cobre, sobre todo la de cierta nacionalidad, la inversión norteamericana, indiscutiblemente, tiene un efecto negativo sobre la inversión extranjera en ese país. Yo creo que las mejores palabras son las que pronunciara Nelson Rockefeller hace algo de sesenta días,...
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor CARMINE.-
... cuando dijo que sólo un malo de la cabeza podía invertir en Chile en este momento. Y no me. cabe duda, señor Presidente, que el señor Rockefeller tenía razón, porque solamente un inversionista extranjero que estuviera absolutamente demente podría invertir en un país donde a los que ya han invertido con anterioridad, se les expropia en condiciones que son una indiscutible incautación: sin indemnización por parte del. Estado.
En seguida, se ha señalado que algunos técnicos extranjeros han abandonado las empresas cupríferas. Es efectivo. Cuarenta y dos han abandonado sus actividades.
Pero los supervisores que se han retirado son 191; y los 149 restantes son técnicos chilenos, señor Presidente. Y esto es dé una extraordinaria gravedad, porque son técnicos chilenos que, por motivos de tipo laboral o porque no se sienten bien con el nuevo sistema de quiebra de la disciplina laboral en las faenas mineras, que, incluso señaló el Presidente Allende, no yo; técnicos chilenos que tienen una preparación de extraordinaria calidad, que por su calidad y conocimientos han sido tentados por ofertas económicas más interesantes en otros países, se retiran de estos yacimientos. Esos técnicos, señor Presidente, repito e insisto, los está perdiendo Chile; no los está perdiendo ni el Gobierno, ni las compañías, ni la oposición, ni un partido determinado. Los está perdiendo Chile. Es lo que se llama el "brain drain": la fuga de cerebros. Y esta fuga de cerebros...
La señora LAZO.-
¿Cómo se llama?
El señor CARMINE.-
"Brain drain", señora Diputada...
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
¿Me excusa, señor Diputado? Ha terminado el tiempo del Comité Nacional.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
La señora LAZO.-
Pido la palabra.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra la señora Carmen Lazo.
La señora LAZO.-
Señor Presidente, es un placer para el espíritu, para el oído y para la inteligencia, escuchar al brillante representante de la Derecha chilena, el señor Carmine, porque él expresa no un pensamiento sino que una idea preconcebida de una clase que parte derrotada.
Resulta que el señor Carmine, que es alto y que algunas mujeres deben encontrar buenmozo,...
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor CARMINE.-
Muchas gracias.
La señora LAZO.-
... sin embargo, es un hombre acomplejado. Tiene el complejo de aquel Chileno que él desprecia; o sea, del chileno subdesarrollados que cree que ser subdesarrollado es ser incapaz de levantarse por sus propios medios, y resulta, señor Carmine, que en este debate entramos a pensar si Chile está o no está en condiciones de caminar por sus propios pies.
El señor GODOY.
Evidentemente que no.
La señora LAZO.
Porque aquí no se trata de la palabra "adecuada" como mi colega Millas, brillante Diputado comunista, creo que explicó claramente, o si es una expropiación justa o adecuada, sino que de lo que se trata es saber si Chile en este momento de su historia está en condiciones "adecuadas" para ponerse pantalones largos, o si sigue siendo un pobre país, indefenso, que tiene que andar con pantalón corto porque la mamá creció y porque quiere sentirse joven haciéndolo aparecer como un niñito chico.
Yo creo, señor Carmine, que usted, que ha sido técnico...
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Ruego a Su Señoría dirigirse a la Mesa.
La señora LAZO.-
Señor Presidente, yo creo que el señor Carmine ha cometido una equivocación, y es seguir mirando a nuestro país como si fuera lo que le han dicho otros, lo que ha dicho la prensa extranjera, lo que han dicho los economistas extranjeros, lo que han dicho los interesados que miran a Chile como un negocio que es conveniente no largar; o sea, como que si fuéramos todos subdesarrollados y no sólo que me lo perdone el señor Presidente, señor Carmine, subdesarrollados físicamente, sino que, lo que es más desgraciado, intelectualmente. Porque si fuéramos justos, tendríamos que mirar a nuestro país como lo que es esencialmente. Más de una vez se ha dicho en esta Cámara que Chile no es un país pobre, porque si acaso, con inteligencia, se observara nuestro suelo, nuestro subsuelo, nuestro mar, las millas marítimas que nos corresponden legalmente, si viéramos nuestros parques, usted señor. Carmine, que dice que es agricultor, tendría que convenir conmigo, que soy marxista leninista, en que Chile no tiene razones históricas, para ser un país subdesarrollado.
El señor CARMINE.-
¿Me concede urna interrupción?
"La señora LAZO.- O sea, señor Presidente... después se la voy a, conceder. Ahora quisiera continuar.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Excúseme, señora Diputada. No puede conceder interrupciones, de conformidad con el acuerdo de la Sala.
Puede continuar.
La señora LAZO.-
Gracias señor Presidente. Usted es una maravilla.
El señor GODOY.-
Es una maravilla del Reglamento. ¡Chitas que está generosa. ! ¡Carmine es buenmozo, Millas es brillante y usted señor Presidente, es una maravilla!
La señora LAZO.-
Señor Presidente, quiero decir que se parte de un equívoco, que se parte de un complejo cuando se supone que no somos capaces de tener buenos técnicos, cuando se supone que no somos; capaces de administrar bien, cuando se supone que no somos, capaces de guiarnos por nuestros propios medios. Ahí está el error garrafal que comete no el señor Carmine, porque él es como la quinta vos de una voz subterránea que pertenece un poco al pasado de nuestra Patria; pero, el futuro, de Chile, en el mañana de nuestro país, el hombre de Chile que nosotros estamos esperando tiene otra idea, Yo le pregunto a Millas, le pregunto a Mireya, Baltra, le pregunto a mi compañero Olivares, que es trabajador del cobre, por suerte para, nosotros, si acaso ellos creen que no hay en Chile capacidad para que mañana suplantemos a los técnicos.
¿Sabe lo que pasa, señor Carmine? Hay un cuento chileno que habla de un Míster Guzmán. Míster Guzmán empezó barriendo en una mina, siguió, enmaderando en una mina, continuó siendo, capataz en una mina, y terminó de jefe, en una mina.. Llegó un momento, en que, como los gringos, fumaba pipa, se ponía, pantalones de pana, y terminó haciéndose llamar Míster Guzmán. O sea, que se vayan en buena hora los mal nacidos que no, saben ser chilenos y que se consideran buen Míster Guzmán. Que se vayan. No les digo a dónde deben irse, porque en el Parlamento está prohibido decir palabras, indebidas; pero, que se vayan, señor Carmine, porque resulta que mañana los vamos; a reemplazar con los Olivares, los Lazos, los González, los Pérez, los cuales no sienten vergüenza de tener la cara, morena, de tener el pelo crespo ni de tener una cultura "made in Chile".
Esta es la diferencia entre el pensamiento que usted ha expuesto, y el, de nosotros.
Ahora, a mí me extraña mucho que se le diga al Ministro de Minería: "Mire, señor Ministro, resulta que usted se equivocó en este término". Ocurre que el Ministro de Minería, el Presidente de la República y todos nosotros, los "rotos" de la Unidad Popular, no nos llamamos "nacionales",, pero queremos que las riquezas de Chile sean nuestras y, aunque a usted no le guste mucho, el cobre que hay bajo nuestro suelo por nuestra Constitución Política nos corresponde., De manera que la gran diferencia legal, el gran problema legal es éste: la riqueza que hay en el subsuelo chileno ¿le pertenece a la Anaconda, a la Kennecott o a la no sé cuanto, o realmente le corresponde a Chile? Ustedes, como son "nacionales", discuten y dicen: "No le corresponde a Chile, le corresponde a las Compañías extranjeras". Algunos de ustedes, para ser clara, porque los más inteligentes piensan, sin duda alguna, que es chileno; pero, como todos no son inteligentes, algunos dicen: "No, señor. Es de los americanos" Nosotros pensamos qué ha llegado el momento de la historia de Chile en que tenemos que decir que es nuestro, y por qué es nuestro.
Ahora, yo también tengo el trabajo del profesor don Eduardo Novoa, Pareciera, si el Ministro no me lo discute, que se trata de una palabra que en el Senado que mal interpretada. ¿No és así, señor Ministro? Es una expropiación o fes una nacionalización; pero, en definitiva, en buen chileno, para el hombre de la galería, si estuviera alguno, piara él hombre de nuestro pueblo que no entiende de estas palabras tan sutiles, ¿de qué se trata? ¿Nosotros hemos estado todos éstos años robando el cobre a los norteamericanos, o han sido ellos los que no solamente sé han llevado el cobre, sino que también los pulmones y la dignidad de nuestros trabajadores?
Yo nací en Chuquicamata y resulta que hace poco, cuando me tocó ir a una elección sindical, me encontré Con "que estos benefactores, estos señores norteamericanos, todavía tienen un campamento que se llama "El Lata" que, como lo puede decir el señor Olivares, tiene cien años de vida. Y, señor Carminé, usted qué se llama nacional, para que sepa, todavía en Chuquicamata, Una de las minas más grandes de cobre del mundo, hay un excusado para trescientos sesenta nativos.
A usted debe darle mucha risa...
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Ruego a la Señora Lazo, dirigirse a la Mesa.
La señora LAZO.-
... pero a mí, que soy nativa, me da mucha rabia.
Señor y camarada Presidente, ¿sabe por qué?.,.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Se borrarán de la versión las expresiones antirreglamentarias.
La señora LAZO.-
Porque yo que nací en Chuquicamata, siento indignación por el hecho de que, a pesar de todos los retornos, de todas las reivindicaciones, a pesar de todas estas cosas, los nativos tienen qué seguir yendo a bañarse en un baño colectivo, donde lo hacen como 160 personas, distinguido colega del "Partido nacional
Por eso queremos nacionalizar el cobre, porque aquí há habido robo y, por eso, no hablamos de expropiación creo, señor Ministro sino que de recuperar lo que pertenece al Estado chileno y de pagar lo que realmente debemos pagar, porque lo demás lo hemos pagado con creces y con ganas.
Creo, Señor Ministro, que es del Partido Radical, a quién tan duro le dio la Derecha hace poco porque se ensañaron, a quien le han dado tan duro todos, que nosotros debemos ahora establecer una cosa que a ellos no les gusta mucho.....
El señor GODOY.-
Son los socialistas los que le dieron duró.
La señora LAZO.-
Usted no hablé, porque no entiende esas cosas. Usted no entiende lo que quiere decir la palabra "unidad".
El señor GODOY.-
¡Cómo no! Si la veo en la Unidad Popular.
La señora LAZO.-
Usted Cree que unidad quiere decir Unidos, y nada más.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Ruego a la señora Lazo evitar los diálogos.
La señora LAZO.-
Señor Presidente, quiero decir que nosotros, con el Ministro de Minería, con los compañeros del Partido Comunista, con los viejos y jóvenes del Partido Socialista, a pesar de la vieja mentalidad de la Derecha chilena, no vamos a cometer ningún Crimen contra la Anaconda ni contra las compañías del cobre, sino que vamos a recuperar lo que Chile necesita para seguir respirando y para seguir llamándose un país Con independencia. Poique a estos Caballeros siempre les ha gustado mucho enjuagarse la boca con la palabra independencia: "Somos un país independiente. Nosotros fuimos los primeros republicanos"... Y, hay ahí unos caballeros con unos apellidos macanudos que dicen: "Nosotros somos nietos de tal fulano". 'Sin embargo, esos caballeros fueron los que entregaron no sólo el cobre sino que el salitre, el yodo y hasta la dignidad. Lo que se trata ahora es que nosotros vamos a recuperar el cobre, el yodo, el salitre y la dignidad de Chile. ¡Eso es lo que les da rabia!
A mí, señor Presidente, que hablo en nombre del Partido Socialista, lo que me da risa es que en un debate de la Cámara, que se supone inteligente, haya un señor que diga: "Fíjense que hay una palabra.., ", así, como que es un intríngulis. "Resulta que no debió decirse expropiación; se debió decir así. "¿Cómo es la palabra, Ministro?... indemnización "adecuada", "adecuada". A mí me da una risa loca. ¿Acaso han sido "adecuadas" las matanzas que ha habido en el cobre, en el salitre? ¿Han sido "adecuadas", señor Carmine, usted que se ríe con esa cara que parece un monito? Eso me da risa, señor Presidente. "Adecuada" ha sido la explotación que ha habido en las minas durante cuántos años. Creo que usted y yo nos hemos encontrado con los trabajadores del cobre más de alguna vez en otro plano, como nos hemos encontrado con nuestro compañero Olivares, a quien le voy a dar una interrupción. Pero me interesa, en nombre del Partido Socialista, dejar establecida una cosa: aunque se lleven en una palabra en no sé cuántas sesiones, aunque pongan palitos y aunque no fuera "adecuada", señor Carmine, de todas maneras vamos a hacer que el cobre vuelva a ser nuestro, porque nunca debió dejar de serlo, y creo que hay Diputados democratacristianos que esto lo tienen claro.
Resulta, señor o señores Diputados, que en esto es como cuando uno dice: "yo he sido tonto. He estado haciendo un papel de afuerino en circunstancias de que debería haber sido, si no el propietario... "Yo sé que lo está pensando un Diputado democratacristiano que es del norte chico, que se ríe; es un viejo que fue trabajador también...
El señor GODOY.-
Viejo feo.
La señora LAZO.-
No es tan feo, señor Diputado.
Risas.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
¡Señora Lazo!
La señora LAZO.-
Perdóneme, señor Presidente.
Se ríe y se, pone, colorado, porque él piensa que tenemos la razón, y porque "adecuada" o no "adecuada", señor Ministro, lo vamos a hacer igual. No vamos a aguantar más esta 'prepotencia de los que, vienen a decir aquí: "Que las compañías del cobre". "Que no somos capaces". Sí, somos capaces, ¡señor lo que pasa es que todavía no les hemos querido probar cuán capaces somos.
Señor Bulnes, usted sabe que yo no estoy mintiendo, porque, usted en esto ha hablado en serio ¿no? Otros hablan porque le dijeron: "Mira, tienes que hablar", pero para salir del paso a veces les cuesta. Usted sabe que estoy diciendo la verdad. El cobre es chileno...
Un señor DIPUTADO.-
Siempre lo ha sido.
La señora LAZO.-
... y nosotros no vamos a pagar ni la chatarra ni las porquerías. Vamos a pagar lo justo, y si les gusta, bien; sino, mala suerte, ¿o no, compañero Carlos Morales?
Yo creo y le voy a dar una interrupción a mi compañero Olivares, que esto no se debe tratar en un nivel tan técnico sino en un nivel en que lo entienda el hombre común, para que lo sepa. Además, señor Presidente, ¿sabe lo que la gente dice después en las calles? "Los Diputados hablaron en un lenguaje tan difícil como para que no los entendiera nadie".
En el fondo, se trata de que yo quiero, y creo que usted también, señor Presidente, y lo quiere toda la Unidad Popular y algunos Diputados de la Democracia Cristiana, que le comuniquemos a los señores retrógrados de nuestro país que, quiéranlo o no, vamos a hacer caminar la historia de nuestro país; porque si eso no ocurre quiere decir que hemos estado haciendo una estafa. Y aunque sea "adecuado" o no "adecuado", las cosas las vamos a realizar. De manera que no se equivoquen y no sigan jugando con esto de la "culebrita".
Por último, es cuestión de leer los cables para saber cuál es la situación económica por la que pasa la gran nación norteamericana. A mí me gustaría que algunos colegas se fueran a los Estados Unidos para ver si pueden decir en Washington las tonteras que expresan aquí, y vivir como lo hacen en Chile, porque tengo noticias y éste es un aviso aparte de que hay algunos "momios" que se han ido y ahora no hallan qué hacer, porque vendieron el auto y la casa y ahora andan haciendo el ridículo por ahí, dándose vueltas. Me gustaría, señor Presidente, que cuando volvieran, al encontrarse con el cobre nacionalizado, con una economía racionalizada, con un país diferente, fueran capaces de abrir los ojos y se dieran cuenta de que están viviendo un momento diferente" de la historia.
Le concedo una interrupción al compañero Olivares, Presidente de la Confederación de Trabajadores del Cobre.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Puede hacer uso de la interrupción, señor Olivares.
El señor OLIVARES.-
Señor Presidente, antes y después de la elección presidencial hemos escuchado de los militantes, de los dirigentes, y especialmente de los parlamentarios del Partido Nacional, un lenguaje, como decía el propio señor Carmine, agorero y sedicioso...
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor OLIVARES.
Aunque les moleste a los colegas del frente, especialmente al señor Arnello, lo único que les agradecería es que, una vez en su vida, escucharan lo que les quiero decir. Yo les digo respetuosamente al señor Carmine y al señor Bulnes, en un lenguaje de dirigente sindical, que probablemente cometo una osadía al enfrentarme con los grandes jurisconsultos y maestros que esta tarde nos han endilgado una verdadera lección de "patriotismo", de patriotismo entre comillas. Ustedes, que se dicen integrantes y militantes del Partido Nacional, deberían empezar por llamarlo "internacional", porque lo que han defendido aquí no es el patrimonio de Chile, no es la voluntad ni la inteligencia creadora del chileno; sino los intereses norteamericanos. Ustedes, que se dicen defensores de la democracia; ustedes, que andan creando por ahí institutos para defender a Chile; para defender la institucionalidad, la patria avasallada; ustedes, esta tarde, aquí, se han sacado la careta,...
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Ruego a Su Señorías dirigirse a la Mesa.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor OLIVARES.-
... especialmente el señor Carmine, cuando dice que el señor Bulnes desconfía no sólo de la capacidad creadora de los chilenos.
Yo les quiero decir a estos caballeros, quienes primero hablan y después se mandan a cambiar de la Sala, que deberían empezar a documentarse y saber, por ejemplo, que en "El Teniente", desde hace cinco años, el 95% del personal que opera en esa empresa es chileno y sólo el 5% es extranjero.
Ahora ellos vienen a decir aquí que no estamos en condiciones de poder continuar operando las minas, como lo dijo ahora el señor Carmine y, en otra ocasión, el señor Bulnes. Hoy el señor Bulnes habla de los mercados del cobre, de la comercialización; en otra oportunidad habló de los substitutos y de que el cobre iba a ser reemplazado pronto por otros elementos, entre ellos por el aluminio.
El señor BULNES (don Jaime).-
¡No mienta! ¡No mienta!
El señor OLIVARES.-
Yo debo decirle al señor Bulnes que soy hijo de minero y que desde que aprendí a dar los primeros pasos como dirigente sindical, he escuchado la misma cantinela; sin embargo, el cobre aún sigue teniendo preferencia y un gran mercado en el mundo entero. Entonces, no nos vengan a decir aquí esas palabras camufladas para defender otros intereses, que nada tienen que ver con los de nuestro país.
El señor Carmine ha dicho que se han ido ciento y tantos técnicos, profesionales chilenos; ha hablado de "fuga de cerebros". Y yo digo que probablemente el señor Carmine tiene razón en que se han ido muchos técnicos, capaces quizás. Pero lo que no dice el señor Carmine es que a gran parte de, ellos, especialmente a los extranjeros, el Gobierno les pidió que se quedaran; a ninguno se le ha echado. Y como dirigente de la Confederación, me consta que hemos ido a hablar con ellos para que se quedaran trabajando y permitieran lo que nunca quisieron durante su vida en Chile: que los técnicos chilenos también tuvieran acceso a las actividades que han estado desarrollando los técnicos extranjeros, Y dijeron; "Antes de darle la entrada aquí a técnicos chilenos y capacitar otra gente de este país, preferimos irnos. " ¿Que está indicando eso? ¿Colaboración con la patria? ¿Incapacidad de los técnicos chilenos? Eso lo debiera saber el señor Carmine. Pero también quiero decirle que si algunos técnicos chilenos se fueron, está bien que se hayan ido, porque con su acción han demostrado que son malos chilenos, que son antipatriotas y que no han tenido la valentía ni la hombría de quedarse en Chile.
Además, deseo recordarle al señor Carmine que en esa "fuga de cerebros" está la de un colega de ustedes, que fue a aportar su inteligencia a Canadá, donde creo que está actualmente. Pero eso lo callan. Ustedes también tienen una fuga de "cerebros", porque probablemente este colega suyo esté dando charlas de parlamentarismo en el extranjero. Esas cosas debieran decirlas.
Creo que la única forma de retener a los extranjeros o chilenos que se han ido habría sido ir donde ellos con una pistola, igual que alguien del frente, agarrar a puntapiés las ruedas del avión o los neumáticos del vehículo que los transportó al aeropuerto, o agarrarlos a balazos, como lo hiciera con otras personas un colega de ustedes.
Yo digo, responsablemente, como parlamentario socialista, aunque les pese a muchos, como al señor Carmine, quien duda de la capacidad de los chilenos, que no sólo los trabajadores, obreros y empleados, sino especialmente los técnicos y profesionales, les van a demostrar a Chile y al mundo entero que somos capaces, al rescatar nuestra principal riqueza básica, que es el cobre, de seguir adelante con la producción, de aumentarla y de poner las utilidades al servicio de Chile y de todos los chilenos.
Quiero decir, finalmente, que el optimismo y la confianza en los valores de la patria expresados por algunos colegas del Partido Nacional, no habrían servido ni para lustrarles los zapatos a los Padres de la Patria. ¡Con ese criterio todavía estaríamos dependiendo del yugo español!
El señor ARNELLO.-
Señor Presidente, ¿por qué no pide el asentimiento de la Cámara para que se me conceda medio minuto?
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Solicito el asentimiento de la Sala para otorgar medio minuto al señor Arnello...
El señor BULNES (don Jaime).-
Y dos minutos a mí.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
y dos minutos al señor Bulnes. ¿Habría acuerdo?
Acordado.
Puede continuar la señora Carmen Lazo.
La señora LAZO.-
Señor Presidente, como ha dicho mi colega Olivares, no es tan fácil vestirse con distintos ropajes en un mismo día. Yo no sé, y quisiera que lo explicara algún representante del Partido Nacional, si el señor Carmine habló como Diputado nacional o a título de Diputado guacho, como quedó a raíz de su humillante declaración cuando asesinaron a Mery; quisiera saberlo, porque de ello depende el carácter y lo que representan sus palabras. Lamento que se haya ido, a pesar de que le pedí que no se fuera, pero realmente, si las dijo a título personal, no tienen ninguna importancia ni valor porque nosotros, con todo respeto, no le asignamos ninguna representatividad. Ahora, si habló en nombre del Partido Nacional, es otro cantar; en este caso le haríamos caso.
No sé si el señor Arnello quiere la interrupción ahora o después.
El señor ARNELLO.-
Ahora.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Puede usar de una interrupción el señor Arnello.
El señor ARNELLO.-
Señor Presiden, te, es muy simple.
En primer lugar, la posición del Partido Nacional se fijó en la Sala, y sobre todo en Comisiones, al comienzo de la discusión de este proyecto. Quiero repetir que el Partido Nacional es y ha sido, desde su fundación, partidario de la nacionalización de la Gran Minería del Cobre, y así está señalado en los principios programáticos del Partido. Cualquiera otra interpretación que se aleje de este principio, es personal del señor Diputado que la plantee.
La señora LAZO.-
¿Y a título de qué habló el señor Carmine?
El señor ARNELLO.-
A título personal, porque no es miembro del Partido.
En segundo lugar, quiero decir que muchas de las cosas que dijo el Partido Nacional se señalaron en la Comisión respectiva y aun durante el tiempo en que esa Comisión funcionó en sesiones secretas, porque no tenemos interés en que las críticas que formulamos se presten para ser utilizadas de cualquiera manera que puedan perjudicar el interés de Chile. Por eso las consideraciones que se han hecho en la sesión de hoy, creo que no corresponden, en justicia, a la actitud que hemos tenido los nacionales en la discusión de esta nacionalización. Nuestros planteamientos de la tarde de hoy, antes de que se suscitara este debate, han sido perfectamente claros, atendiendo también a la índole' absolutamente jurídica del cuarto trámite de este proyecto de reforma constitucional,
De manera que quiero agradecer a la Cámara que se me hayan concedido estos escasos segundos, dejar bien en claro cuál es y cuál será la posición del Partido Nacional y rechazar en consecuencia, las expresiones que nos señalan defendiendo un interés distinto del chileno.
Nada más,
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Puede continuar la señora Lazo,
El señor BULNES (don Jaime).-
¿Me concede una interrupción, señora Lazo?
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
El señor Bulnes le solicita una interrupción a Su Señoría.
La señora LAZO.-
Señor Presidente, por una parte me alegro de la aclaración del señor Amello, que le quita autoridad a todas las cosas dichas por un señor que parecía que hablaba en nombre del Partido Nacional, porque, incluso, me mandó una tarjeta que decía "nosotros". Como se trata de él sólo, no tiene importancia. Además, se fue de la Sala; no valdría la pena contestarle.
Por otra parte, lamento que el Partido Nacional no haya llevado adelante esta iniciativa en otra oportunidad, porque ello habría permitido que Chile ahorre miles de millones de dólares, que mucho necesita, para tener más universidades, más desarrollo, más pan, más cosas.
El señor BULNES (don Jaime).-
¿Me permite una interrupción?
La señora LAZO.-
Un momentito, colega; se la voy a dar después.
En todo caso, nosotros queremos fijar, muy claramente, nuestra posición. Afortunadamente, no vamos a hablar del derecho en ningún momento lo pensamos hacer, porque resulta que nosotros, pase lo que pase y pese a quien pese, vamos a establecer un derecho diferente. No el derecho del más fuerte, ni el del que pone más capital, ni el del que trae más dólares, sino que vamos a imponer un derecho que es de otra índole, al que no están acostumbrados Sus Señorías.
Como me hace muchos gestos el colega Bulnes, le voy a Conceder una pequeña interrupción.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Puede usar de la interrupción el señor Bulnes.
El señor BULNES (don Jaime).-
Señor Presidente, el señor Olivares yo no sé si por error, porque entendió mal mis palabras, ó de mala fe, me ha atribuido expresiones que yo jamás he dicho Incluso, empecé mi intervención diciendo que era franca y decididamente partidario de la nacionalización del cobre.
Pero vaya como botón de muestra algo en que la señora Lazo está equivocada. Hace diez años presenté una indicación, cuando se discutió un problema también relacionado con el cobre, en virtud de la cual se llegaba, prácticamente, a lo mismo que en este momento se pretende. Denantes expliqué que en 1961 acompañaron mi indicación solamente los Diputados del Partido Comunista, y en la segunda oportunidad, en 1963, cuatro Diputados del Partido Socialista.
De modo que no comprendo cómo el señor Olivares pudo haber entendido mal mis palabras, en circunstancias que fui extremadamente claro, no usé ningún término rebuscado y dije claramente cuál era mi posición.
La señora LAZO.-
¿Me permite?
El señor BULNES (don Jaime).-
Tengo dos minutos, estimada colega. Si me permite, termino.
De manera, señor Presidente, que quiero desvirtuar o el error o la mala fe del señor Olivares, porque, repito, oyó toda la Cámara mis expresiones y cuál es mi sentir respecto de la nacionalización del cobre.
En ningún momento he desconfiado de la capacidad de los técnicos chilenos; muy por el contrario, tengo fe ciega en la capacidad no sólo de ellos, sino de los obreros chilenos. Sé que pueden superar cualquier circunstancia o problema. A lo único que le tengo temor, y fue lo que hice presente aquí, es a la posibilidad de una represalia que las compañías del cobre pudieran desarrollar en contra de la comercialización que hagan los organismos chilenos del producto extraído de los grandes minerales.
Esto es lo que quería decir para desvirtuar las palabras del señor Olivares y dejar expresa constancia de mi posición y sentir con respecto al proyecto de reforma constitucional.
Muchas gracias.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Puede continuar la señora Lazo.
La señora LAZO.-
El Diputado Olivares me ha pedido una interrupción.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Puede hacer uso de una interrupción el Diputado señor Olivares.
El señor OLIVARES.-
Señor Presidente, no sólo el señor Bulnes, sino la Cámara entera conocen mi manera de actuar. Creo que jamás he tenido una intervención en la que siquiera haya dejado una sombra de duda de haber procedido de mala fe. Acostumbro, señor Bulnes, tener la hombría de ratificar lo que expreso. Aquí ha habido como lo han escuchado todos, los señores parlamentarios dos intervenciones bien concretas. Y quien se ha referido y lamento, que haya abandonado la sala al problema de los técnicos, al decir que se habían ido no sé cuántos, fue el: señor Carmine. Y a él le he contestado, ahora.
En el caso suyo, señor Bulnes, considero que no es conveniente seguir sembrando dudas y creando descontento, como en esta ocasión, en que nuevamente ha reiterado el peligro de que las empresas norteamericanas se cobren una revancha un desquite o hagan un sabotaje a través del sistema de la comercialización del cobre. He recordado que en el trámite anterior de este proyecto usted no sólo habló de la comercialización, sino que, también de los sustitutos del cobre; que podía ser reemplazado. Eso es lo que ya le he contestado a Su Señoría.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Señor Olivares, le ruego dirigirse a la Mesa.
El señor OLIVARES.-
Señor Presidente, para terminar, eso es lo que he expresado; por lo tanto, quien me ha entendido mal es el señor Bulnes, quien, con las expresiones que he señalado, está produciendo intranquilidad y desconfianza. Eso es lo que he expresado en el caso concreto del señor Bulnes, quien desde hace años viene con la monserga de que el cobre va a ser reemplazado por otros sustitutos.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Puede continuar la señora Lazo..
La señora LAZO.-
Señor Presidente, la verdad es que este asunto como el señor Bulnes debe tener conciencia de ello es bastante serio. Por eso, por encima de las palabras, estamos obligados a asumir la responsabilidad del momento que vivimos. Aquí no se trata de decir "Quiero a la Leontina pero me caso con la Berta", sino: "Quiero a la Leontina, me caso con la Leontina y me quedo con ella". Para qué hacer juego de palabras si al final estamos jugando chueco. Aquí no se trata de anunciar represalias, porque es como decir: "Vengan, señores, que aquí nosotros somos "papaya" y los vamos a recibir hincados. " Y yo, en nombre de los trabajadores chilenos, a los que aquí representan Olivares, Aguilera, los parlamentarios de las bancas comunistas, radicales e incluso democratacristianas, les digo que ninguno de nosotros se va a poner de pie si acaso algún día pretenden venir con esa prepotencia que hemos conocido en otros países y latitudes. Y a propósito, yo estuve en Vietnam, donde hay 36 millones de personas. Allá se pensó que en una semana serían abatidos y arrasados, pero no ocurrió así. De manera que frente a cualquiera represalia, los que realmente somos chilenos, no tenemos miedo señor. Bulnes.,
Ahora, para qué contar las cosas que se han hecho en este último tiempo. Usted las conoce demasiado bien. Se han echado a perder hornos; se ha hecho "correr", el cobre al mar, no para hacerle daño a usted, señor Bulnes, ni al señor Arnello, ni a ninguno de los Diputados, sino para hacerle daño a Chile. Han hecho que se pierdan miles y miles de toneladas de cobre, Y yo me pregunto, ¿quién ha sido el Diputado, que ha protestado por esto que además, de una burla a un Estado soberano es una agresión? Porque no sólo se agrede a un país cuando desembarcan "marines" en una costa, sino cuando también, a conciencia, se le hace perder un río de su riqueza, que desemboca en el mar y que no le sirve a nadie. Si usted, señor Bulnes, visitara el puerto de Chañaral, o los sectores cercanos a Rancagua, se daría cuenta de que eso es una agresión, pero como, en el fondo, todos somos medio maricuecas, hemos aguantado esa agresión callados, porque la han hecho los norteamericanos; pero si la hubiera hecho Fidel Castro, ¡cómo habrían gritado Sus Señorías! Habrían dicho: ¡Cuba nos invade! ¿Acaso no se dan cuenta que hay una forma de invasión cuando se dejan correr ríos de cobre, sabiendo que no los pierde ni la Kennecott, ni la Anaconda ni ninguna compañía, sino el pueblo chileno? Pero no ha habido la voz de un patriota que se levante a protestar por eso, porque tenemos el mismo complejo del Señor Carmine, que un día dice: "¡Qué buenos que maten a Mery" ?, y otro: "Somos incapaces de controlar las riquezas nacionales. "
De eso es en definitiva de lo que se trata; y lo que aquí estamos debatiendo ahora es si acaso tenemos personalidad para llamarnos como siempre, un país independiente, con personalidad, capaz de controlar su economía, de tener sus propios técnicos, de vender el cobre donde le de la gana, de conseguir créditos donde se quiera, o si somos un país de acomplejados, que creen que no pueden vivir si lo es con el dólar, que usted sabe cómo está ahora señor Bulnes, porque todos conocen la situación que cíclicamente se está produciendo en los Estados Unidos dé Norteamérica.
¿Cuántos minutos me quedan?
El señor IBAÑEZ {Presidente).-
Cuatro minutos, señora lazo.
La señora LAZO.-
En todo caso, queremos dejar bien establecido que no le tenemos miedo a estas amenazas que tanto se han dado en Chile. Hubo una campaña del terror previa a la elección de Allende"; ahora hay otra de otro carácter: que nos van a dejar sin crédito, que nos pueden invadir, que no somos capaces, que no tenemos técnicos. En fin, hay toda una escalada de "miedo, de Cobardía, de impotencia, de falta de creación, incluso hasta dé espíritu nacional, de ese que hablan tanto, porque son todos un poco parcelados del imperialismo norteamericano. Todos creen qué no pueden vivir sí no les mandan oxígeno de allá. Pero hay, por suerte, una mayoría de nativos, y perdóneme, señor Presidente, negros como yo, negros como usted, negros como otros, que no tenemos ese complejo. Somos varios los morenitos, y algunos rubios qué se quieren incorporar, que no tenemos el complejo de que no se vive sino es con el oxígeno norteamericano. Somos varios los morenitos que nos tenemos fe y bastante capacidad y talento como para sacar a nuestro país adelante. Siento que no estén algunos Diputados en la Sala, pues voy a aclarar porque el Ministro denantes se reía, con un ademán afirmativo, cuando yo decía que se trataba de una palabra. No se trata de una palabra, sino de un concepto que es fundamentas: o somos capaces de decir que el cobre es chileno y que le vamos a pagar a las compañías lo que consideremos justo, después de todo lo que se han llevado, o somos unos acomplejados que nos vamos a dejar atropellar. De eso se trata, señores Bulnes y Carmine: de si tenemos personalidad para decir que somos chilenos, o somos simplemente arrenquines del imperialismo norteamericano.
Si me queda algún minuto, lo reservo para después.
Muchas gracias.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Se votará la disposición a Continuación de las anteriores.
Se va a dar lectura a la Modificación siguiente.
El señor LEA-PLAZA (Secretario).-
La letra c) del artículo 1º ha pasado a ser letra d), con la enmienda dé suprimir las palabras "y obligaciones" en la primera oración del inciso que sé intercala.
El señor ARNELLO.-
Podemos ponernos de acuerdo para empezar a votar.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Se votará la disposición a continuación de las anteriores.
El señor ARNELLO.-
Podríamos ponernos dé acuerdo para empezar a votar.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Señor Diputado, el acuerdo de la Sala consiste en no votar las modificaciones antes de las seis de la tarde....
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Eso significa que podría votarse en cualquier momento después de las seis.
Se suspende la sesión por cinco minutos.
Se suspendió la sesión.
Se reanudó a las 18 horas 21 minutos.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Se reanuda la sesión.
Se suspende la sesión por cinco minutos.
Se suspendió la sesión.
Se reanudó a las 18 horas 26 minutos.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Se reanuda la sesión.
En discusión la siguiente modificación. El señor Secretario dará lectura.
El señor LEA-PLAZA (Secretario).-
En el artículo 2º, Disposiciones transitorias, en la decimoséptima, la Cámara suprimió, en el inciso primero, la frase intercalada que dice: "en conformidad a lo lo dispuesto en el artículo 10 Nº 10 inciso tercero de esta Constitución Política, ", y la coma (, ) que la sigue.
El Senado rechazó la modificación.
El señor FUENTES (don César Raúl).-
Pido la palabra.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Fuentes, don César.
El señor FUENTES (don César Raúl).-
Señor Presidente, en la oportunidad pasada, en el segundo trámite constitucional nosotros estuvimos de acuerdo en suprimir la referencia al artículo 10, Nº 10, inciso tercero, de la Constitución Política. Nos parecía realmente ésta una declaración más bien de carácter romántico, que no quitaba ni ponía rey en esta disposición. Aparte de esto, la referencia estaba mal hecha, ya que por las sucesivas agregaciones que se le iban haciendo al articulado del Nº 10 del artículo 10 de la Constitución Política, la referencia al inciso tercero resultaba errónea. Se refiere esto, realmente a otros incisos, que son aquéllos que hablan fundamentalmente, de la nacionalización de la gran minería del cobre. En el inciso tercero está solamente una referencia a la reserva o a la nacionalización de bienes que se consideren de importancia preeminente para la vida del país.
En esta oportunidad, nosotros hemos revisado el criterio anterior. Lo hemos hecho exclusivamente en el sentido de aprobar el criterio del Senado, pero pidiendo votación separada para la expresión "inciso tercero" ya que la referencia a él es errónea. Hemos revisado nuestro criterio porque creemos que queda más perfecta la Constitución Política del Estado si expresamos que esta disposición decimoséptima transitoria viene a ser, en el fondo, una aplicación de las normas sobre nacionalización que se establecen en el artículo 10, Nº 10, de la Constitución Política del Estado. Ahí hay un inciso, que no recuerdo a cuál corresponde, pero que no es el inciso tercero, donde se contemplan normas específicas para la nacionalización de la gran minería. De manera tal que en el artículo 10, N° 10, tendríamos normas sobre nacionalización que se refieren a la gran minería en general y en esta disposición decimoséptima transitoria tendríamos normas que se refieren a la nacionalización de la gran minería del cobre en especial. Así que habría una aplicación del criterio ya establecido en el artículo 10, Nº 10.
En consecuencia, para poder acoger este criterio, para poder dejar más coordinada la Constitución Política, nosotros rectificamos nuestro criterio y proponemos aprobar el criterio del Senado en esta materia, pero suprimir la referencia al "inciso tercero", ya que es una referencia errónea y que de ninguna manera pudiera quedar en la Constitución Política sin que se prestara también a confusión.
Por eso, desde ya, señor Presidente, pedimos votación separada para las palabras "inciso tercero" y anunciamos nuestros votos favorables al criterio del Senado. Es decir, vamos a estar en contra de la supresión que hizo la Cámara en el segundo trámite constitucional, pero sí vamos a votar en contra de la expresión "inciso tercero", para la cual hemos pedido votación separada.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Así se procederá, señor Diputado.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Se votará a continuación de las modificaciones anteriores.
En discusión la siguiente disposición. El señor Secretario le dará lectura.
El señor LEA-PLAZA (Secretario).-
La Cámara, en el segundo trámite, reemplazó en el inciso segundo de esta misma disposición decimoséptima transitoria, desde donde dice: ", además, los de sus filiales que determine el Presidente de la República. ", por lo siguiente: "también aquellos que pertenezcan a terceros y que estén directa y necesariamente destinados a la explotación de las empresas señaladas, según determinación que hará el Presidente de la República.".
El Senado rechazó esta modificación.
El señor MILLAS.-
Pido la palabra.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor MILLAS.-
Señor Presidente, los Diputados de la Unidad Popular votaremos favorablemente las modificaciones del Senado que inciden en el término "filiales", en vez de "terceros"; en el entendido de que será indispensable que la reforma constitucional se refiera a "terceros", pero que no ha habido plena concordancia entre el texto de la Cámara y el del Senado, por Senadores que desean que se establezca esta situación en relación a terceros, pero les parece demasiado amplia la disposición de la Cámara. Por eso, en las disposiciones relacionadas con esta materia, que son todas las establecidas antes del Tribunal Constitucional que se ha designado, aceptaremos el criterio del Senado, pero en el entendido de que a través del veto se logrará una disposición que regule esto en una forma adecuada y que signifique una satisfacción tanto para los parlamentarios de la Unidad Popular como para los parlamentarios democratacristianos que han contribuido a esta reforma constitucional, quedando establecido que esta nacionalización afectará a terceros dentro de un marco, más estricto que el determinado en la redacción de la Cámara.
Nada más.
El señor FUENTES (don César Raúl).-
Pido la palabra.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor PUENTES (don César Raúl).-
Señor Presidente, esta fue una de las materias que más se debatió en el informe que entregó la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia en su oportunidad en la Cámara. No nos satisfacía que quedara la expresión "filiales", porque, a pesar de no estar definido su concepto, nosotros teníamos un criterio doctrinario que permitía configurar la expresión "filiales" dentro de un concepto generalmente aceptado.
En la Comisión se entregaron algunos antecedentes por parte de funcionarios de Gobierno, indicando cuáles serían los alcances de esta expresión "filiales". Sin embargo, nos pareció necesario poder extender también esta nacionalización a terceros que estuvieran directa y necesariamente vinculados con la explotación de la Gran Minería. Pero en el Senado no se acogió el criterio al que por tan amplia mayoría llegamos sobre esta materia en la Cámara de Diputados. Y si nosotros no aprobamos la modificación del Senado, por una parte, y si tampoco el Senado aprueba la disposición que nosotros tenemos sobre esta materia, la nacionalización de la Gran Minería quedaría solamente restringida a las empresas mixtas, no se extendería a bienes de otras empresas o de otros terceros que estulados a la normal explotación de estos yacimientos minerales.
Por tal motivo, señor Presidente, vamos a aprobar la disposición del Senado en esta materia, con el objeto de que ella se refiera a bienes diferentes de los de la Gran Minería del Cobre propiamente tal. En consecuencia, si se produce la mayoría del caso, se va a aprobar la expresión "filiales".
Sin embargo, hemos querido que la nacionalización alcance además a bienes de terceros. Es por eso que si el veto, que en esta materia tendría necesariamente que enviarse para perfeccionar esta disposición, contuviera el punto de vista de los Senadores y Diputados de la Democracia Cristiana, indudablemente no habría ningún problema para aprobarlo, haciendo extensiva la nacionalización no sólo a las filiales sino también a los bienes de terceros, sobre cuyo alcance nosotros tendríamos que ponernos de acuerdo o el veto tendría que contener nuestros puntos de vista sobre el particular. En tal entendido y con el mejor ánimo vamos a entregar nuestros votos favorables a esta disposición, y esperamos que el veto, oportunamente, podrá hacer aprobar una disposición que refleje nuestro criterio.
El señor JAQUE.-
Pido la palabra.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor JAQUE.-
Señor Presidente, nosotros también vamos a votar la disposición del Senado, en el entendido de que ésta va a ser perfeccionada en el veto que, seguramente, va a enviar el Ejecutivo sobre esta materia.
Nosotros consideramos conveniente, desde todo punto de vista, incluir también a los terceros que cooperen en el desarrollo y en la explotación de la actividad minera, porque es evidente que la explotación de la Gran Minería del Cobre hoy día no solamente está constituida por actividades propias de las empresas mineras sino que en torno a estas mismas empresas giran las actividades de otros terceros, absolutamente indispensables para la explotación.
Creemos que sería tal vez inútil la nacionalización si no consideráramos los bienes de estos terceros que, como lo establece la disposición que aprobó la Cámara, estén directa y necesariamente destinados a la explotación de las empresas señaladas, según determinación que hará el Presidente de la República. En consecuencia, en el entendido que he señalado, vamos a estar con la disposición del Senado, que habla solamente de filiales; pero nosotros consideramos que también, por las razones señaladas, deben incluirse las actividades de terceros, y esperamos que sobre esta materia haya el acuerdo político al cual se ha hecho referencia en esta Corporación.
Nada más, señor Presidente.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Se votará a continuación de las disposiciones anteriores.
En discusión la disposición siguiente.
El señor Secretario le dará lectura.
El señor LEA-PLAZA (Secretario).-
En el inciso cuarto de la misma disposición la Cámara suprimió, en el segundo trámite, la expresión "adecuada".
El Senado rechazó esta modificación.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Se votará la disposición a continuación de las anteriores.
En discusión la disposición siguiente.
El señor Secretario le dará lectura.
El señor LEA-PLAZA (Secretario).-
Enseguida, en el inciso primero de la letra a) de esta disposición transitoria decimoséptima, la Cámara sustituyó las palabras "sus filiales" por el término "terceros".
El Senado desechó esta modificación.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Se votará a continuación de las disposiciones anteriores.
En discusión la siguiente disposición.
El señor Secretario le dará lectura.
El señor LEA-PLAZA (Secretario).-
En la misma disposición transitoria, en el encabezamiento del inciso cuarto de esta misma letra, la Cámara reemplazó la frase que dice "Las empresas afectadas" por la siguiente: "Los afectados", y la expresión "dichas" por "las".
El Senado rechazó estas modificaciones.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Se votará a continuación de las disposiciones anteriores.
En discusión la siguiente disposición.
El señor Secretario le dará lectura.
El señor LEA-PLAZA (Secretario).-
En esta misma letra y artículo, la Cámara agregó el siguiente inciso quinto nuevo: "Cuando la disposición del inciso precedente no pudiere ser aplicada a terceros afectados, el derecho de éstos será una indemnización igual al costo original de los bienes nacionalizados, deducidas las amortizaciones, depreciaciones, castigos y desvalorización por obsolescencia. ".
El Senado rechazó esta modificación.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Se votará a continuación de las disposiciones anteriores.
Señores Diputados, las disposiciones agregadas al inciso primero de la letra c), contenidas en la página 8 del boletín, a juicio de la Mesa podrían discutirse conjuntamente, pero es indispensable hacer votaciones separadas.
El señor Secretario dará lectura a la disposición.
El señor LEA-PLAZA (Secretario).-
La Cámara, en el segundo trámite, agregó en el inciso primero de la letra c), de esta misma disposición transitoria, a continuación de la frase intercalada "que lo presidirá", lo siguiente: "por un Ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago, designado por ésta, "; sustituyó la palabra "miembro" por "Ministro"; consultó la preposición "por" después de la frase "por un miembro del Tribunal Constitucional designado por éste; "; suprimió la coma (, ) que sigue a las palabras "Banco Central" y agregó, a continuación de ellas, la expresión "de Chile y"; colocó un punto seguido después de las palabras "Impuestos Internos", suprimiendo los términos "y el Vicepresidente de la Corporación de Fomento de la Producción. ", y consultó, en seguida, las siguientes oraciones: "Los Ministros de la Corte Suprema, de la Corte de Apelaciones de Santiago y del Tribunal Constitucional serán subrogados por las personas que la Corte respectiva y el Tribunal, en su caso, designen de entre sus miembros. El Presidente del Banco Central de Chile y el Director Nacional de Impuestos Internos serán subrogados por quien legalmente' ejerza sus cargos. ".
El Senado rechazó todas estas modificaciones.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
El señor FUENTES (don César Raúl).-
Pido la palabra.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor FUENTES (don César Raúl).-
Señor Presidente, sobre este artículo, que trata del tribunal de apelación, nosotros vamos a insistir en el criterio de la Cámara de Diputados. Entendemos que así, también, lo harán los demás sectores de la Cámara.
A nuestro juicio, esta reforma constitucional se ha hecho dentro del marco de las normas legales y constitucionales que rigen esta materia y, siendo su alcance la nacionalización de la Gran Minería del Cobre, yo creo que al Parlamento le debe interesar, como a nadie, el que esté revestida de la más alta juridicidad posible. Esta reforma constitucional relativa a la nacionalización de la Gran Minería del Cobre se ha sometido a la voluntad del pueblo chileno, expresada a través del
Congreso Nacional. Por esto, la nacionalización del cobre será' el producto de la voluntad del pueblo chileno expresada a través de sus instituciones democráticas.
Desde este punto de vista, nos parece mucho mejor que las instituciones que se crean en esta reforma constitucional para conocer de todos los aspectos de la nacionalización del cobre, estén revestidas de la mayor juridicidad posible y de la máxima independencia.
Por eso que preferimos este tribunal de apelación que ha creado la Cámara de Diputados sobre aquél concebido en el primer trámite por el Senado. Muy en concreto, la modificación que introdujo la Cámara de Diputados al proyecto del Senado se resume en el cambio del Vicepresidente de la Corporación de Fomento de la Producción por un Ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago, permitiendo de esta manera que el tribunal de apelación tenga una mayoría judicial y no una mayoría de tércnicos.
Desde este punto de vista, nos parece que sale muy mejorado el proyecto si se acoge al criterio de la Cámara. La Democracia Cristiana, oportunamente, llevó esta inquietud hasta el seno de la Comisión de Constitución, donde presentamos la indicación respectiva, que mereció la aprobación, el apoyo y el respaldo de todos los sectores de esta Corporación.
Por eso, nosotros concurriremos gustosos a ratificar el criterio de la Cámara de Diputados, y votaremos consecuentemente así, en todo lo que se refiere a las modificaciones del precepto que estamos analizando.
El señor MORALES (don Carlos).-
Correcto.
El señor MILLAS.-
Pido la palabra.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Millas.
El señor MILLAS.-
En los mismos términos en que se aprobó la vez pasada por la Cámara de Diputados, los parlamentarios de la "Unidad Popular" mantendremos la composición del Tribunal de Apelación en las diversas votaciones referentes a esta letra, porque estimamos que este tribunal, en verdad, es una garantía de cumplimiento integral de lo que se propone el legislador como constituyente, en cuanto a la reforma constitucional sobre nacionalización de la gran minería del cobre.
Nada más.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Se votará a continuación de las disposiciones anteriores.
En discusión la letra j) siguiente.
El señor Secretario le dará lectura.
El señor LEA-PLAZA (Secretario).-
La letra i) pasó a ser j), redactada en los siguientes términos; "El Presidente de la República estará facultado para dictar las normas necesarias para organizar el régimen de administración y explotación de la gran minería del cobre.
"Con todo, deberá disponer que el capital de las empresas nacionalizadas pase al dominio de la Corporación del Cobre y de la Empresa Nacional de Minería en la proporción que él mismo fije. Las sociedades que de ello resulten serán tenidas para todos los efectos legales como las continuadoras de las empresas nacionalizadas.
Los bienes de terceros que hayan sido afectados por la medida de nacionalización quedarán incorporados también a las sociedades que se, formen de acuerdo con lo previsto en el inciso precedente".
El Senado acordó rechazar los dos primeros incisos que se han leído, y aprobó el último de ellos.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
El señor JAQUE.-
Pido la palabra.
El señor IBÁÑEZ (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Jaque.
El señor JAQUE.-
Señor Presidente, la verdad es que la disposición dé la Cámara, en esta materia, era mejor que la del Senado. Porque se puede observar, si se aprueba el criterio del Senado, que hay una contradicción evidente, sobre todo si se tiene presente la disposición 17ª, que se refiere a la nacionalización de la gran minería del cobre. Ahí se dispone que las empresas que se nacionalizan se incorporarán al pleno y exclusivo dominio de la Nación. Y se está refiriendo, incuestionablemente, a que el dominio de estas empresas se incorpora al Estado, en cuanto éste tiene personalidad jurídica. Y, luego, en la disposición del Senado, por el mismo acto legislativo, se viene a establecer que el capital de las empresas nacionalizadas pasa al dominio de la Corporación del Cobre y de la Empresa Nacional de Minería, que son entidades que también tienen personalidad jurídica distinta.
Por esto, nos parecía mejor la disposición de la Cámara, que establece: "Con todo, deberá disponer que el capital de las empresas nacionalizadas pase al dominio de la Corporación del Cobre y de la Empresa Nacional de Minería... ". En el fondo, la disposición sería la misma; pero, en sus alcances jurídicos, sería tal vez mejor la aprobada por esta Corporación.
Por otra parte, en el inciso primero, cuando nosotros hablamos de que "el Presidente de la República estará facultado para dictar las normas necesarias para organizar el régimen" administrativo, se emplea la expresión "organizar' en lugar de "coordinar"; porque, como se estableció en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, no se podría coordinar algo que todavía no está organizado.
En todo caso, señor Presidente, nuestro ánimo es que haya los quórum constitucionales correspondientes en esta disposición y, por eso, nosotros vamos a votar de acuerdo con el criterio del Senado.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Se votará también a continuación de las disposiciones anteriores.
En discusión la siguiente disposición.
Solicito el asentimiento unánime de la Sala para omitir la lectura de esta disposición.
Si le parece a la Sala, así se procederá.
Acordado.
Ofrezco la palabra.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Fuentes.
El señor FUENTES (don César Raúl).-
Señor Presidente, nosotros también vamos a estar con el Senado en esta materia, ya que normas que reglen las materias que se están señalando en estas letras i) y j) son absolutamente fundamentales, son necesarias y deben existir.
Que nos quedáramos sin la norma del Senado y sin la norma de la Cámara, sería lo peor que pudiera pasar.
En esta disyuntiva, vamos a estar por acoger el criterio del Senado para tener la completa seguridad de que va a haber norma sobre la materia.
El señor FUENTES (don César Raúl).-
Pido la palabra.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Fuentes, don César.
El señor FUENTES (don César Raúl).-
Sí, señor Presidente, deberíamos ratificar lo mismo que acabamos de decir: que debe existir normas que reglen esta materia. Pero, ante la disyuntiva de quedar sin ninguna por falta de quórum constitucional, ya sea en la Cámara o en el Senado, sobre el mismo texto, nosotros vamos a estar aquí por la disposición del Senado, que nos da la seguridad de tener texto sobre la materia.
Por lo demás, las dos disposiciones son muy similares. Más bien hay aquí de por medio un problema de técnica legislativa que disposiciones de carácter sustantivo que son diferentes.
Es por eso que vamos a acoger el criterio del Senado, porque nos da la seguridad que tendremos reglas sobre la materia, lo que es de mucho interés para los trabajadores. En consecuencia, nuestra votación será por acoger el criterio del Senado.
El señor OLIVARES.-
Pido la palabra.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Olivares.
El señor OLIVARES.-
Señor Presidente, nosotros también vamos a aceptar el criterio del Senado en esta materia, porque deseamos que haya una disposición en torno a lo que ya ha estado planteándose, tanto en la Cámara como en el Senado. Y, además, por el hecho de que el propio compañero Ministro de Minería nos ha hecho presente que las dificultades que podrían haberse planteado, o las omisiones que pudieren haber respecto del texto que había aprobado la Cámara, que era el que contaba con el patrocinio de los trabajadores del cobre, ellas, en todo caso, serían obviadas por la vía del veto.
El señor CLAVEL.-
Pido la palabra.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor CLAVEL.-
Señor Presidente, este último tiempo, en Chuquicamata ha habido ciertas demostraciones de inquietud entre los trabajadores de ese mineral acerca de su situación respecto de las obligaciones que tienen con ellos las compañías que van a ser nacionalizadas.
Sin duda alguna, esta materia fue casualmente tratada, en su oportunidad, por los personeros que hicieron estas indicaciones para asegurarles a los trabajadores sus derechos previsionales. Y es así como el señor Ministro de Minería, en todo momento y de 'acuerdo con todos los personeros del Gobierno, estuvieron conscientes en dejar establecidos en esta reforma constitucional los derechos que tenían y que tienen los trabajadores del cobre.
En forma muy especial, yo he pedido la palabra para dejar establecido en la historia de la ley, que el derecho que tienen los trabajadores del cobre al pago de la indemnización, por años de servicios, una vez que ellos dejen de pertenecer a la compañía por retiro, por jubilación u otra causal, obliga a la compañía a pagarles de inmediato esa indemnización.
En consecuencia, los temores que tienen los trabajadores del cobre y las exigencias que están haciendo para que este fondo de indemnización les sea pagado antes de la nacionalización, no tienen ningún asidero legal, ya que por primera vez en la historia los trabajadores del cobre, tienen asegurados sus derechos en la propia Constitución. ¡Primera vez en la historia, señor Presidente! Y por eso, nosotros vamos a votar por lo acordado por el Senado, que resguarda en forma clara los intereses de los trabajadores del cobre.
Nada más, señor Presidente.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Se votará a continuación de las disposiciones anteriores.
En discusión la siguiente disposición.
El señor Secretario le dará lectura.
El señor LEA-PLAZA (Secretario).-
La Cámara agregó el siguiente inciso final en la misma letra k), que pasó a ser 1):
"Lo dispuesto en esta letra podrá ser modificado por ley. "
El Senado desechó esta modificación.
El señor FUENTES (don César Raúl).-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Fuentes, don César.
El señor FUENTES (don César Raúl).-
Señor Presidente, lo establecido en esta letra k), lo mismo que lo de la letra anterior, es decir, lo que se refiere a la distribución de los fondos del cobre como lo que se refiere a los derechos de los trabajadores, tienen que ser disposiciones de carácter necesariamente flexibles que permitan ser modificadas por ley cuando las circunstancias varíen. Incluso, esto permitirá que se mejoraran los derechos de las provincias en la distribución de los fondos del cobre, como también los mismos derechos de los trabajadores.
Pero esta disposición a nuestro juicio, adolece de un vacío en el texto del Senado. Allí solamente no se aprobó el criterio de la Cámara, contenido en una disposición que llenaba este vacío, exclusivamente por una falta de quórum en la votación, en ese momento, en el Senado, ya que debería haber tenido la mitad más uno de los Senadores en ejercicio. Sin embargo, tuvo una alta votación, pero no alcanzó a reunir este quórum especial.
Nosotros creemos que los señores Senadores van a estar en favor de esta disposición, en forma altamente mayoritaria. Por eso, vamos a insistir en nuestro criterio, porque, a nuestro juicio, es importantísimo que estas disposiciones tengan, no la rigidez de una norma constitucional, sino la flexibilidad y la posibilidad de ser modificada por una ley, a fin de que el legislador pueda considerar, en el futuro, una mejor forma de distribuir estos fondos.
De manera que aquí hay un criterio similar al expresado en la letra anterior respecto de los derechos de los trabajadores, en el sentido de que también esta disposición debe tener un carácter flexible y puede ser modificada por una ley posterior.
Vamos a insistir, en consecuencia, en el criterio de la Honorable Cámara en cuanto a esta modificación.
El señor MILLAS.-
Pido la palabra.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Millas.
El señor MILLAS.-
Señor Presidente, tanto los derechos de los trabajadores del cobre, establecidos en la letra anterior, como los beneficios para determinadas provincias y regiones del país, consagrados en esta letra, están plenamente garantidos con la nacionalización del cobre. Y precisamente, se vincula el desarrollo y la ampliación de estos derechos de los trabajadores y de estos beneficios para determinadas regiones del país, al interés nacional, a la nacionalización del cobre, al rescate de estas riquezas. De aquí que sea de extraordinaria importancia que haya quedado esto justamente establecido en estas disposiciones de rango constitucional. Porque, efectivamente, señor Presidente, siendo como son disposiciones del más alto rango, del rango constitucional, tienen que tener la flexibilidad que permita alguna modificación por ley al abordar problemas casuísticos, de detalle, de distribución de recursos, como es en el caso de aquéllos que están considerados en esta letra.
Por eso, los parlamentarios comunistas, que, como todos los de la Unidad Popular, hemos sido celosos de lo que implica la nacionalización del cobre como reivindicación de los derechos de los trabajadores y de determinadas regiones del país, a la vez, estimamos conveniente la norma que aprobó la Cámara y en cuya insistencia estamos de acuerdo.
He dicho.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación la primera de las modificaciones.
El señor Secretario le dará lectura.
El señor LEA-PLAZA (Secretario).-
La Cámara debe votar la frase de la letra b) del artículo 1º que dice: "y de las rocas y arenas que se encuentren en terrenos de propiedad privada y que se apliquen directamente a la construcción", agregando un punto (.) después de la palabra "superficiales". Esta frase fue suprimida por la Cámara en el segundo trámite constitucional, y el Senado rechazó la supresión.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
En votación la frase leída.
Durante la votación:
El señor CARMINE.-
Es más simple el criterio del Senado. Que se aclare la votación entre la disposición de la Cámara o la del Senado; si no, no vamos a entender nada.
El señor LEA-PLAZA (Secretario).-
Los señores Diputados que estén de acuerdo con el criterio del Senado deben votar favorablemente; los que estén de acuerdo con lo aprobado por la Cámara, deben votar negativamente.
El señor ARNELLO.-
¿Ahora votamos la frase?
El señor LEA-PLAZA (Secretario).-
La frase.
Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 18 votos; por la negativa, 75 votos.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
La Cámara acuerda insistir en la supresión de la frase.
En votación la disposición siguiente.
El señor Secretario le dará lectura.
El señor LEAPLAZA (Secretario).-
Los señores Diputados deben votar la siguiente frase, agregada en el segundo de los incisos: "los hidrocarburos líquidos y gaseosos", suprimiendo la coma (, ) que la sucede, y la frase "ni los materiales atómicos naturales", seguida, también, de una coma (, ). Esta última frase fue intercalada por la Cámara en el segundo trámite, y el Senado desechó la modificación.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Si le parece a la Sala y no se pide votación, se aprobará la frase.
Aprobada.
En consecuencia, la Cámara acuerda insistir en la aprobación de la frase.
En votación la disposición siguiente.
El señor LEA-PLAZA (Secretario).
Los señores Diputados deben votar la siguiente letra c), nueva, agregada por la Cámara en el segundo trámite:
"c) Reemplázase el inciso cuarto por el siguiente:
"Nadie puede ser privado de su propiedad sino en virtud de ley general o especial que autorice la nacionalización o la expropiación, por causa de utilidad pública o de interés social, calificada por el legislador. El afectado tendrá siempre derecho a indemnización cuyo monto y condiciones de pago se determinarán equitativamente tomando en consideración los intereses de la colectividad y los de aquél. La ley determinará las normas para fijar la indemnización, el tribunal que conozca de las reclamaciones sobre su monto el que en todo caso fallará conforme a derecho, la forma de extinguir esta obligación, y las oportunidades y modo en que la autoridad tomará posesión material de los bienes. "
El Senado ha rechazado esta agregación de la Cámara.
Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 19 votos; por la negativa, 74 votos.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
La Cámara acuerda no insistir.
En votación la siguiente disposición.
El señor LEA-PLAZA (Secretario).-
En la letra c), que ha pasado a ser letra d), la Cámara desechó, al final de la primera oración del inciso que se intercala, las palabras "y obligaciones". El Senado rechazó esta modificación.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Si le parece a la Cámara, se dará por desechada.
En esas condiciones la Cámara acordaría insistir.
Acordado.
En votación la modificación de la disposición siguiente.
El señor LEA-PLAZA (Secretario).-
La Cámara, en la disposición decimoséptima transitoria, suprimió, en su inciso primero, la frase intercalada que dice: "en conformidad a lo dispuesto en el artículo 10, Nº 10 inciso tercero de esta Constitución Política", y la coma (,) que la sigue.
El Senado desechó esta modificación.
Por otra parte, hay petición para votar separadamente las palabras "inciso tercero".
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Señores Diputados, se va a votar primeramente la frase sin las palabras "inciso tercero".
Si le parece a la Sala, se aprobará.
Aprobada.
En votación las palabras "inciso tercero".
Si le parece a la Sala, se rechazarán las palabras "inciso tercero".
Acordado. '
El señor FUENTES (don César Raúl).-
Está aprobada la frase del Senado; o sea, la Cámara solamente insiste...
El señor LEA-PLAZA (Secretario).-
La Cámara no insiste en la supresión de las palabras "en conformidad a lo dispuesto en el artículo 10, Nº 10 de esta Constitución Política" y acepta, en cambio, la supresión de las palabras: "inciso tercero. "
El señor FUENTES (don César Raúl).-
Se insiste.
El señor LEA-PLAZA (Secretario).-
Claro; se insiste.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
En consecuencia, la Cámara acordaría insistir en suprimir las palabras "inciso tercero. " Acordado.
En votación la disposición siguiente.
El señor LEA-PLAZA (Secretario).-
En el inciso segundo de este mismo artículo, ha reemplazado desde donde dice: ", además, los de sus filiales que determine el Presidente de la República. ", por lo siguiente: "también aquellos que pertenezcan a terceros y que estén directa y necesariamente destinados a la explotación de las empresas señaladas, según determinación que hará el Presidente de la República. "
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
En votación la frase leída. Durante la votación:
El señor MILLAS.-
La frase del Senado primero.
El señor FUENTES (don César Raúl).-
De acuerdo con el informe del Senado.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
La frase de la Cámara, primeramente.
Si le parece a los señores Diputados, se procedería en los términos solicitados por la Mesa.
Varios señores DIPUTADOS.-
¿Cámara o Senado?
El señor LEA-PLAZA (Secretario).-
Señores Diputados, en este caso, de acuerdo con lo decidido por la Cámara, habría que hacer, eventualmente, dos votaciones. En primer lugar, votar por el criterio de la Cámara; y, en segundo lugar, si él no es aceptado, votar la frase del Senado.
El señor ARNELLO.-
Aprobada la frase del Senado, sé rechaza la de la Cámara.
El señor LEA-PLAZA (Secretario).-
Por unanimidad tendría que ser.
El señor FUENTES (don César Raúl).-
Pido la palabra.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Solicito el asentimiento unánime de la Sala para conceder un minuto al señor Fuentes, don César Raúl.
Si le parece a la Sala, se le concederá el minuto que ha pedido.
Acordado.
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor FUENTES (don César Raúl).-
Señor Presidente, en la mañana de hoy aclaramos el sentido de la votación, cuando se trata de una modificación sustitutiva. En este aspecto, acogimos el criterio de un informe del Senado, según el cual primeramente hay que votar la modificación que se sustituye y, de acuerdo con el resultado, en caso de que se rechace la modificación que se sustituye, habría que votar la sustitución.
El acuerdo de Comités que deben tener en sus manos los señores Diputados acoge este criterio; de manera que habría que votar así, para no tener, precisamente, complicaciones con el Senado.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Señores Diputados, se va a votar la frase ya leída.
El señor LEA-PLAZA (Secretario).-
Esta frase es la que introdujo la Cámara en el segundo trámite constitucional.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se rechazará.
Rechazada.
Si le parece a la Cámara, se aprobará la frase del Senado.
Aprobada.
En votación la disposición siguiente.
El señor LEA-PLAZA (Secretario).-
La Cámara, en el segundo trámite, en el inciso cuarto de este mismo artículo, suprimió la expresión "adecuada".
El Senado rechazó la supresión.
Los señores Diputados deben votar la palabra "adecuada".
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
En votación la palabra leída.
Si le parece a la Sala, se aprobará.
Aprobada.
La Cámara no insiste en la supresión de la palabra "adecuada".
En votación la disposición siguiente.
El señor LEA-PLAZA (Secretario).-
En el inciso primero de la letra a) de la disposición decimoséptima, la Cámara, en el segundo trámite, sustituyó las palabras "sus filiales" por el término " terceros".
El Senado desechó esta sustitución.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
En votación.
El señor FUENTES (don César Raúl).-
La expresión "terceros".
El señor LEA-PLAZA (Secretario).-
La expresión "terceros"; esa es la que se vota.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se rechazará.
Rechazada.
En consecuencia, se aprobarán las palabras "sus filiales".
Aprobadas.
En votación la disposición siguiente.
El señor LEA-PLAZA (Secretario).-
La Cámara, en segundo trámite, reemplazó el encabezamiento del inciso cuarto de la misma letra, que dice "Las empresas afectadas", por el siguiente: "Los afectados", y la expresión "Dichas" por "las". El Senado rechazó esta modificación.
El señor FUENTES (don César Raúl).-
Se pueden votar en conjunto.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se votarán en conjunto las expresiones ya leídas.
Acordado.
En votación.
Si le parece a la Sala, se rechazarán.
Rechazadas.
Si le parece a la Cámara se aprobarán, en consecuencia, las expresiones "Las empresas afectadas" y la palabra "dichas".
Aprobadas.
En votación la disposición siguiente.
El señor LEA-PLAZA (Secretario).-
A continuación, la Cámara consultó el siguiente inciso quinto, nuevo, en esta letra: "Cuando la disposición del inciso precedente no pudiera ser aplicada a terceros afectados, el derecho de éstos será una indemnización igual al costo original de los bienes nacionalizados, deducidas las amortizaciones, depreciaciones, castigos y desvalorización por obsolescencia. ". El Senado rechazó esa modificación.
El señor IBAÑEZ (Presidente).
En votación el inciso quinto, nuevo.
Si le parece a la Sala, se rechazará.
Rechazado.
La Cámara acuerda no insistir.
Señores Diputados, en la siguiente disposición hay, a juicio de la Mesa, distintas votaciones; pero, si le parece a la Sala, se podrían votar conjuntamente.
Acordado.
Se votará de la manera señalada.
El señor Secretario le dará lectura.
El señor LEA-PLAZA (Secretario).-
La Cámara, en el segundo trámite constitucional, agregó, en el inciso primero de la letra c) de esta disposición transitoria, a continuación de la frase intercalada "que lo presidirá", lo siguiente: "por un Ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago, designado por ésta"; sustituyó la palabra "miembro" por "Ministro", consultó la preposición "por" después de la frase "por un miembros del Tribunal Constitucional designado por éste"; suprimió la coma que sigue a las palabras "Banco Central" y agregó a continuación de ellas las siguientes: "de Chile y"; colocó un punto seguido después de las palabras "Impuestos Internos", suprimiendo los términos "y el Vicepresidente de la Corporación de Fomento de la Producción", y consultó, en seguida, las siguientes frases: "Los Ministros de la Corte Suprema, de la Corte de Apelaciones de Santiago y del Tribunal Constitucional serán subrogados por las personas que la Corte respectiva y el Tribunal, en su caso, designen de entre sus miembros. El Presidente del Banco Central de Chile y el Director Nacional de Impuestos Internos serán subrogados por quien legalmente ejerza sus cargos. ".
El Senado rechazó estas modificaciones.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se insistirá en el criterio de la Cámara.
Acordado.
En votación la disposición siguiente.
El señor Secretario le dará lectura.
El señor LEA-PLAZA (Secretario).-
La letra i) había pasado a ser j), redactada en los términos que a continuación se señalan:
"j) El Presidente de la República estará facultado para dictar las normas necesarias para organizar el régimen de administración y explotación de la Gran Minería del Cobre.
"Con todo, deberá disponer que el capital de las empresas nacionalizadas pase al dominio de la Corporación del Cobre y de la Empresa Nacional de Minería en la proporción que él mismo fije. Las sociedades que de ello resulten serán tenidas para todos los efectos legales como las continuadoras de las empresas nacionalizadas. "
El otro inciso fue aprobado por el Senado.
El Senado rechazó los dos incisos leídos.
El señor IBAÑEZ (Presidente).
En votación los dos incisos leídos.
Si le parece a la Cámara, se rechazarán.
Rechazados.
En consecuencia, si le parece a la Cámara se aprobarán los dos incisos del Senado.
Aprobados.
En votación la disposición siguiente.
El señor Secretario le dará lectura.
El señor LEA-PLAZA (Secretario).
La letra j) había pasado a ser k), reemplazada por la siguiente:
"k) Las relaciones laborales de los trabajadores de la Gran Minería del Cobre con las continuadoras legales...
Varios señores DIPUTADOS.
Que se omita la lectura de esta letra.
El señor IBAÑEZ (Presidente).
Solicito el asentimiento unánime de la Sala para omitir la lectura de esta disposición.
Acordado.
En votación.
Si le parece a la Cámara, se rechazará.
Rechazada.
Si le parece a la Cámara, se aprobará la letra j) del Senado.
Aprobada.
En votación, la disposición siguiente.
El señor LEA-PLAZA (Secretario).
En la letra k), que había pasado a ser i), se consultó el siguiente inciso final, nuevo: "Lo dispuesto en esta letra podrá ser modificado por ley. ". El Senado rechazó esta modificación.
El señor IBAÑEZ (Presidente).
En votación.
Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 79 votos; por la negativa, 19 votos.
El señor IBAÑEZ (Presidente).
La Cámara, en consecuencia, acuerda insistir.
Despachado el proyecto.
"