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- rdf:value = " El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).-
Puede hacer uso de la interrupción el señor Valenzuela.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
Señor Presidente creo necesario recoger dos o tres cosas de las que han sido dichas, para aclararlas.
En primer término, creo que es importante que la Cámara piense que el problema de la Universidad de Chile, en esta hora, no es sólo el problema de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales. Con el acuerdo del Consejo Normativo Superior de la Universidad, se han pisoteado los acuerdos adoptados democráticamente por las Facultades de Veterinaria, Química y Farmacia, Odontología, Ciencias Físicas y Matemáticas, Bellas Arte, y, además, de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales.
O sea, no es un pequeñito sector que forma abogados el que está en conflicto. Son muchos estudiantes y docentes universitarios los que están frustrados en sus aspiraciones de ayudar a construir un Chile nuevo, con este acuerdo arbitrario e ilegal del Consejo Normativo de la Universidad.
Quiero también recoger algo que dijo la colega Gladys Marín. Al referirse al Rector, don Edgardo Boeninger, dijo, textualmente, que "había enviado un oficio en forma personal y torcida", haciendo presente que no se había cumplido la disposición que establece la letra c) del artículo 38 del Estatuto Orgánico, que ordena la previa consulta a la comunidad universitaria afectada para poder reestructurar sedes, facultades y departamentos.
Yo quiero contestarle a la señora Marín. Resulta que el Rector, una vez que el Consejo Normativo Superior adoptó un acuerdo de mayoría, por tres votos - dos de los cuales corresponden a los representantes del Presidente de la República y el tercero al señor Silva Cimma que había manifestado que estaba en contra de la fórmula B), que era la que propiciaba la Unidad Popular, presentada en los últimos minutos antes que terminara el plazo; esos fueron los tres votos de mayoría, nada más- resulta que no le quedaba otra cosa al Rector que expedir el decreto W 14.606, de 22 de octubre de 1971, haciendo presente a la Contraloría General de la República cual era el acuerdo del Consejo Normativo. Pero, al mismo tiempo, como el Rector es el ejecutivo de la Universidad, quien debería poner en ejecución ese acuerdo, era de su deber hacerle presente al Contralor que no se habían cumplido los requisitos que el Estatuto Orgánico de la Universidad prescribe, en forma clara y perentoria, para realizar la reestructuración, al tomarse el acuerdo por el Consejo Normativo de la Universidad.
Por consiguiente, no se trata de un oficio enviado en forma personal y torcida: se trata del cumplimiento responsable de una obligación que le compete al Rector, al representar al Contralor la situación que efectivamente se había vivido en la Universidad.
Además, en esta rectificación de hechos, la señora Marín ha planteado que el Consejo Normativo de la Universidad habría obrado en derecho, porque estaría aplicando las disposiciones del artículo 4° transitorio del Estatuto. Y apelando al Congreso Transitorio de la Universidad, resulta, colega, que el Contralor que es experto en derecho, mucho más que la señora Marín, que yo o que cualquier otro, que conoce muy bien el rodaje de las leyes, no toma razón del oficio porque sabe que no se aplica el artículo 4° transitorio, porque ya existen las autoridades definitivas de la Universidad. Ya terminó el período transitorio, señora Marín. Caducó, terminó cuando fue aprobado el estatuto por este Congreso, promulgado por el Presidente de la República y publicado por el Diario Oficial. Cuando se eligió el Rector y el Consejo Normativo, ya empieza a operar el estatuto en sus disposiciones permanentes.
Por eso es que el Contralor manifiesta que es ilegal el acuerdo del Consejo Normativo, porque no se ha cumplido la disposición que en este momento rige, cual es, entre otras, la del artículo 38, letra c), que ordena perentoriamente que para poder realizar esta restructuración de sedes, facultades y departamentos, debe necesariamente consultarse a la comunidad universitaria afectada, cosa que no se hizo.
Finalmente, si es que me quedaran algunos minutos, quisiera también hacerme cargo de algo que dijo la señora Marín, en representación del Partido Comunista, pero que antes se lo habíamos escuchado a otros sectores reaccionarios, cuando ha tratado a los muchachos y a los docentes que están defendiendo sus derechos, poco menos que de maleantes por las determinaciones que han tomado.
La señor MARIN.- Algunos de ellos, sí.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
Resulta que el fundamento del rechazo por parte de la Contraloría, es que la consulta a la comunidad universitaria afectada constituye una requisito previo y esencial, como ha quedado explicado.
La suspensión de actividades de muchas escuelas e institutos, así como la ocupación de aulas de las distintas áreas de la Universidad de Chile, aparecen, en virtud de lo establecido por el Contralor General de la República, no sólo como legítimas moralmente, sino como estatutariamente legales. Particularmente se aplica esto al caso de los estudiantes y académicos de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales, porque la ocupación física del plantel por profesores y alumnos de Derecho, si bien podría considerarse, superficialmente, como un acto atentatorio.
El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).-
Señor Diputado, ha terminado el tiempo del Comité Demócrata Cristiano.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
... representa la auténtica legitimidad de sus derechos.
"
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