REPUBLICA DE CHILE CAMARA DE DIPUTADOS LEGISLATURA ORDINARIA Sesión 11ª, en miércoles 7 de julio de 1971 (Especial: de 11 a 13. 32 horas) Presidencia del señor Cerda, don Eduardo. Secretario, el señor Lea-Plaza. Prosecretario, el señor Guerrero, don Raúl. INDICE GENERAL DE LA SESION I.- SUMARIO DEL DEBATE II.- SUMARIO DE DOCUMENTOS III.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA IV.- ASISTENCIA V.- TEXTO DEL DEBATE I.- SUMARIO DEL DEBATE 1.- Se concede permiso constitucional a un señor Diputado para ausentarse del país 1034 2.- Se acuerda el envío de oficio al Ejecutivo para que otorgue patrocinio constitucional para modificar el artículo 34 de la ley Nº 10. 383 1034 3.- La Cámara se ocupa del proyecto de ley que autoriza a la Municipalidad de Huasco para contratar empréstitos 1034 4.- Se despacha el proyecto de ley que incorpora al personal de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales en el régimen previsional de la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas 1039 5.- La Cámara despacha el proyecto de ley que otorga una asignación del 10% del presupuesto de la Corporación de Magallanes para distribuirlo entre las Municipalidades regionales 1013 6.- Se acuerda preferencia para el despacho de un proyecto de ley 1054 7.- Se acuerdan preferencias para usar de la palabra 1054 8.- El señor Tagle se refiere a la prórroga para contribuyentes del departamento de Talagante y de la comuna de Maipú 1054 9.- Se acuerda rendir homenaje a la República Arabe Unida 1054 10.- El señor Ríos, don Héctor, anuncia un proyecto de ley que beneficia al personal del Servicio de Seguro Social y de la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas 1055 11.- Se acuerda preferencia para despachar un proyecto 1055 12.- La Cámara despacha el proyecto de ley que establece el uso de correas de seguridad para pasajeros de determinados vehículos 1056 13.- La Cámara se ocupa del proyecto de ley que autoriza realizar carreras extraordinarias en favor del Círculo de Periodistas de Santiago 1061 14.- Se despacha el proyecto de ley que crea la Comisión Chilena para la Conferencia Mundial de Comercio y Desarrollo 1064 15.- Se acuerda preferencia para el despacho de diferentes proyectos de ley 1072 16.- La Cámara despacha el proyecto de ley que transfiere al Servicio Nacional de Salud de los terrenos en que se encuentra ubicada la población "El Santo", de La Serena 1073 17.- Se despacha el proyecto de ley que abona tiempo a los trabajadores afectos al Servicio de Seguro Social que pasen o hayan pasado a ser imponentes de cualquier institución previsional 1073 18.- La Cámara despacha el proyecto de ley remitido por el Senado que sanciona a quienes adquieran, a título oneroso los artículos distribuidos gratuitamente por el Estado 1074 19.- La Sala despacha, en segundo trámite reglamentario, el proyecto que crea la comuna de Entre Lagos 1074 20.- Se despacha el proyecto que denomina Eugenio Matte Hurtado al Liceo de Hombres N° 14, de Santiago, y de Ernesto Bohn al Liceo Nº 2, de Temuco 1076, 21.- La Cámara despacha el proyecto que permite a los imponentes cesantes continuar con el trámite de adquisición de viviendas 1077 22.- Se despacha los proyectos de acuerdo que aprueban el pacto internacional de derechos civiles y políticos y el que aprueba la Convención Internacional sobre eliminación de todas las formas de discriminación racial 1078 23.- El señor Penna hace uso de la palabra por aplicación del artículo 19 del reglamento 1078 II.- SUMARIO DE DOCUMENTOS 1/2.- Mensajes de Su Excelencia el Presidente de la República, con los cuales inicia los siguientes proyectos de ley: El que establece normas para prevenir los efectos y consecuencias de las catástrofes 1006 El que otorga la nacionalidad chilena al Padre Gustavo Le Paige 1007 3/6.- Oficios del Senado, con los cuales comunica que ha aprobado, en los mismos términos en que lo hiciera esta Cámara, los siguientes de ley: El que autoriza a la Corporación de Fomento de la Producción para transferir gratuitamente un terreno al Club de Remeros "Centenario", de Valdivia 1007 El que denomina "Plaza Yugoslavia" a un terreno ubicado en la Avenida Bulnes, de la ciudad de Punta Arenas 1007 El que denomina "Irene Frei Montalva de Cid" y "Octavio Palma Pérez" a la Escuela Superior de Hombres Nº 5, de Santiago, y a la Escuela Nº 16, de Sauzal, respectivamente 1007 El que denomina "Avenida 2 Sur Obispo Manuel Larraín" a la Avenida 2 Sur de Talca 1007 7/10.- Oficios del Senado con los cuales devuelve, con modificaciones, los siguientes proyectos de ley: El que autoriza a la Municipalidad de Angol para transferir un terreno a sus empleados y obreros 1008 El que denomina "Obispo Manuel Larraín" a la Población Mataquito, de Curicó 1008 El que establece un nuevo sistema de moneda fiduciaria 1008 El que crea la Comisión Chilena para la Conferencia Mundial de Comercio y Desarrollo (UNCTAD) 1009 11.- Oficio del Senado con el que comunica los acuerdos adoptados respecto de las observaciones formuladas por Su Excelencia el Presidente de la República al proyecto que destina determinados porcentajes de las herencias yacentes que se denuncien, a los Cuerpos de Bomberos del departamento en que se encuentren los bienes 1017 12/16.- Oficios del Senado, con los que remite los siguientes proyectos de ley: El que autoriza a la Municipalidad de Las Condes para consultar fondos para mantención del Parque Ejército de Chile 1017 El que otorga recursos a la Municipalidad de Codegua 1018 El que autoriza la erección de un monumento a la memoria del escritor Luis Durand 1018 El que autoriza a la Municipalidad de Cisnes para contratar empréstitos 1018 El que establece que la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas invertirá en certificado de ahorro reajustables del Banco Central de Chile, los fondos percibidos por concepto del aporte del 8, 33% de los empleadores 1019 17/18.- Informes de la Comisión de Gobierno Interior, recaídos en los siguientes proyectos de ley: El que denomina "Edmundo Pérez Zujovic" a determinadas calles de Antofagasta 1020 El que modifica el artículo 110 de la Ley de Presupuesto en lo relativo a gastos de publicidad de los organismos del sector público 1021 19/20.- Informes de la Comisión de la Vivienda y Urbanismo, recaídos en los siguientes proyectos de ley: El que autoriza a la Corporación de la Vivienda y Urbanismo para transferir al Servicio Nacional de Salud los terrenos de la población "El Santo", de La Serena, y deroga la disposición legal expropiatoria que indica 1025 El que establece normas para permitir que los imponentes que queden cesantes puedan continuar el trámite de la adquisición de viviendas 1026 21/25.- Mociones de los señores Diputados que se expresan, con las cuales inician los proyectos de ley que se señalan: El señor Mosquera, que otorga un nuevo plazo para inscribirse en el Colegio de Ingenieros 1027 Los señores Carrasco, Palza, Pérez, Koenig, Zaldívar, Vergara, Valdés y Recabarren, que crea un Fondo pro Bibliotecas Escolares 1028 El señor Barahona, que modifica la ley Nº16. 464, en relación con préstamos de auxilio concedidos por la Caja de Previsión de Empleados Particulares 1030 El señor Tagle, que autoriza la expropiación de un terreno de propiedad de la Fundación Educacional Alonso Ovalle, de Padre Hurtado 1030 El señor Barrionuevo, que establece normas sobre dominio de los concentrados de cobre que se obtengan del río Salado 1031 Además, se dio cuenta de los siguientes documentos: Un oficio del señor Ministro del Interior que responde el enviado por el señor Fuentealba Caamaño, en el que se le solicitaba se conceda un aporte a la Municipalidad de Vicuña, con cargo a los fondos del artículo 11 de la ley Nº 14. 914, para extender a varios pueblos el servicio de energía eléctrica (6192). Dos oficios del señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción, con los que responde a los que se le enviaron a nombre de los señores Diputados que se indican, relacionados con las materias que se señalan: Del señor Iglesias, relativo a la política de licitación automotriz (6055). Del señor Sepúlveda, acerca de la importación de taxis (5979). Tres oficios del señor Ministro de Hacienda, con los que se refiere a los que se le dirigieron en nombre de los señores Diputados que se señalan, relativos a las materias que se indican: Del señor Sívori, con el que solicitaba fondos para la Municipalidad de Los Sauces (6111). Del señor Palza, acerca de las razones por las cuales no se ha materializado la erección de un monumento a don Carlos Ibáñez del Campo (6175). Del señor Vargas, referente a rendimiento anual desde 1964, del artículo 26 de la ley Nº 11. 828 (5725). Dos oficios del señor Ministro de Educación Pública, con los que da respuesta a los enviados por los señores Diputados que se indican, relacionados con las materias que se señalan: Del señor Palza, acerca del monto percibido por la Junta Nacional de Jardines Infantiles, en conformidad con lo dispuesto por el artículo 16 de la ley Nº 17. 301 (6174). Del señor Koenig, con el que solicitaba la creación de un Séptimo Año de Educación General, en la Escuela Nº 32 del departamento de La Unión (5603). Cuatro comunicaciones: Con la primera, el señor Ministro de Educación Pública pone en conocimiento de la Corporación que por decreto Nº 913, de fecha 21 de abril de 1971, se deroga el decreto Nº 8. 799, de 1968, por el cual se delega la firma de resoluciones de trienios del personal de las Direcciones de Educación. Con la siguiente, la Contraloría General de la República remite copia del decreto Nº 864, de 1971, por el cual la Tesorería General de la República queda autorizada para poner a disposición del Ministerio del Interior la suma de Eº 20. 000. 000 (veinte millones de escudos) con cargo al 2% constitucional para financiar los gastos que demande o fuere necesario realizar, con motivo de los efectos producidos por los temporales de lluvia y nevazones que afectaron a las provincias de Valparaíso, Santiago y O'Higgins, en forma más intensa y grave. Con la tercera, la Dirección del Trabajo remite un ejemplar del Boletín Oficial de esa Dirección que contiene los dictámenes evacuados por el Departamento Jurídico durante el segundo semestre de 1970. Con la última, el Presidente de la Asociación de Pensionados de Andacollo, solicita a la Corporación brinde su apoyo a la Reforma Constitucional que modifica el artículo 10 Nº 10 de la Carta Fundamental, y establece nuevas normas sobre nacionalización de actividades mineras de la Gran Minería. Una presentación, por la cual el señor Diputado don Erich Schnake Silva solicita permiso constitucional para ausentarse del país por un plazo superior a 30 días. III.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA 1.- MENSAJE DE S. E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA "Conciudadanos del Senado y de la Cámara de Diputados: Como es de vuestro conocimiento, la reiterada ocurrencia de sismos y catástrofes hizo necesario la dictación de la ley Nº 16. 282, de fecha 28 de julio de 1965, contexto complementado por el D. F. L. N° 1, del Ministerio del Interior, de fecha 22 de febrero de 1971, cuya finalidad primera y fundamental fue la de fijar disposiciones permanentes de planificación y atención ante situaciones derivadas de tales hechos, ya fuese que ellos ocurriesen en nuestro país o en el extranjero. Con fecha 26 de mayo de 1970 y dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 19 de la mencionada Ley de Catástrofe, fue aprobado por el Presidente de la República y por el Consejo Superior de Seguridad Nacional (CONSUSE) el documento primario denominado "Plan Nacional de Emergencia", en el que se asignan y delimitan las tareas específicas que cada Ministerio deberá cumplir en esta eventualidad. Posteriormente, y con el fin de dar cumplimiento y racional aplicación a las tareas asignadas al Ministerio del Interior en el mencionado Plan, se dictó el decreto de este Ministerio Nº 737, de fecha 1º de junio del año en curso, nombrando una Comisión, integrada por representantes del Ministerio del Interior, Fuerzas Armadas, Carabineros de Chile y Servicio Nacional de Salud, organismo que, entre otras misiones, tiene la de elaborar y proponer a los Ministros del Interior y de Defensa Nacional, un Plan Orgánico Preventivo para las emergencias que se pudiesen producir. Esta Comisión ya elaboró el Plan General Ejecutivo de Emergencia que establece programas de protección civil que contemplan la adopción de medidas preventivas, a nivel nacional, provincial y departamental, en tiempos normales, para mejorar las condiciones humanas y materiales, y evitar o aminorar los daños que pueden causar las catástrofes. Además el Plan General Ejecutivo de Emergencia considera la creación de los Comités Provinciales y Departamentales de Emergencia, con la participación de toda la comunidad organizada. En consecuencia, y habida consideración a que estamos ciertos que los Honorables Parlamentarios están conscientes de la necesidad y urgencia para que tal organismo funcione a la brevedad, en bien de la comunidad, es que someto a vuestra consideración el siguiente Proyecto de ley: Artículo primero.- Facúltase a la Comisión creada por decreto Nº 737, de fecha 1º de junio de 1971, para que realice todas y cada una de las labores tendientes a prevenir los efectos y consecuencias de las catástrofes, y además adquiera y forme stock de equipos, materiales, instrumental, drogas, etc., debiendo ceñirse para estos efectos a lo dispuesto en los artículos 19 y 19 bis, de la ley Nº 16. 282. Artículo segundo.- Supleméntase el Item 017 "Otros Servicios no Personales del Servicio de Gobierno Interior" en Eº 25. 000. 000, en el presente año, destinados al cumplimiento de los objetivos previstos por la Comisión a que se refiere el artículo 1º, de la presente ley. Anualmente deberá consignarse en la Ley de Presupuestos, en dicho Item, una suma no inferior a la indicada anteriormente. Artículo tercero.- El Ministerio del Interior deberá rendir cuenta detallada y documentada directamente a la Contraloría General de la República, de las inversiones y los gastos que se realicen. (Fdo.): Salvador Allende Gossens.- José Tohá González. " 2.- MENSAJE DE S. E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA "Conciudadanos del Senado y de la Cámara de Diputados: La obra callada y heroica del Padre Le Paige en el ámbito de las ciencias arqueológicas y antropológicas, cuyo fruto principal, pero no exclusivo, es el Museo de San Pedro de Atacama, de valor inapreciable para la historia de nuestra cultura y la de pueblos hermanos, sólo puede parangonarse a la de otros grandes pensadores y humanistas que eligieron a nuestra patria para residir en ella y enaltecerla y a quienes el país honró otorgándoles nuestra nacionalidad, sin que hubieran de renunciar a las suya de origen. Como una forma de retribuir esta gran obra realizada, no podemos menos que distinguirlo, también, otorgándole la gran nacionalidad que contempla el artículo 5º, Nº 4, de nuestra Carta Fundamental. Por estas razones de indiscutibles méritos os vengo en proponer la aprobación del siguiente Proyecto de ley: Artículo único.- Concédese al Padre Gustavo Le Paige la nacionalidad chilena en reconocimiento de la gran obra realizada en beneficio de Chile. (Fdo.): Salvador Allende Gossens.- José Tohá González. " 3.- OFICIO DEL SENADO "Nº 10789.- Santiago, 2 de julio de 1971. El Senado ha tenido a bien aprobar, en los mismos términos en que lo ha hecho esa Honorable Cámara, el proyecto de ley que autoriza a la Corporación de Fomento de la Producción para transferir gratuitamente un terreno al Club de Remeros "Centenario", de Valdivia. Lo que tengo a honra comunicar a V. E., en respuesta a vuestro oficio Nº 149, de fecha 4 de septiembre de 1969. Devuelvo los antecedentes respectivos. Dios guarde a V. E. (Fdo.): Patricio Aylwin Azócar.- Daniel Egas Matamala. " 4.- OFICIO DEL SENADO "Nº 10761.- Santiago, 1? de julio de 1971. El Senado ha tenido a bien aprobar, en los mismos términos en que lo ha hecho esa Honorable Cámara, el proyecto de ley que denomina "Plaza Yugoeslavia" a un terreno ubicado en la Avenida Bulnes de la ciudad de Punta Arenas. Lo que tengo a honra comunicar a V. E., en respuesta a vuestro oficio Nº 626, de fecha 11 de agosto de 1970. Devuelvo los antecedentes respectivos. Dios guarde a V. E. (Fdo.): Patricio Aylwin Azócar.- Pelagio Figueroa Toro. " 5.- OFICIO DEL SENADO "Nº 10788.- Santiago, 2 de julio de 1971. El Senado ha tenido a bien aprobar, en los mismos términos en que lo ha hecho esa Honorable Cámara, el proyecto de ley que denomina "Irene Frei Montalva de Cid"y "Octavio Palma Pérez" a la Escuela Superior de Hombres Nº 5, de Santiago, y a la Escuela Nº 16, de Sauzal, respectivamente. Lo que tengo a honra comunicar a V. E., en respuesta a vuestro oficio Nº 120, de fecha 11 de agosto de 1965. Devuelvo los antecedentes respectivos. Dios guarde a V. E. (Fdo.): Patricio Aylwin Azócar.- Daniel Egas Matamala. " 6.- OFICIO DEL SENADO "Nº 10760.- Santiago, 1º de julio de 1971. El Senado ha tenido a bien aprobar, en los mismos términos en que lo ha hecho esa Honorable Cámara, el proyecto de ley que denomina "Avenida 2 Sur Obispo Manuel Larraín" a la Avenida 2 Sur de Talca. Lo que tengo a honra comunicar a V. E., en respuesta a vuestro oficio Nº 755, de fecha 13 de julio de 1966. Devuelvo los antecedentes respectivos. Dios guarde a V. E. (Fdo.): Patricio Aylwin Azócar.- Pelagio Figueroa Toro. " 7.- OFICIO DEL SENADO "Nº 10759.- Santiago, 1º de julio de 1971. El Senado ha tenido a bien aprobar el proyecto de ley de esa Honorable Cámara que autoriza a la Municipalidad de Angol para transferir un terreno a sus empleados y obreros, con la sola modificación que consiste en suprimir su artículo 3°. Lo que tengo a honra comunicar a V. E., en respuesta a vuestro oficio Nº 2. 874, de fecha 11 de septiembre de 1968. Acompaño los antecedentes respectivos. Dios guarde a V. E. (Fdo.): Patricio Aylwin Azócar.- Pelagio Figueroa Toro. " 8.- OFICIO DEL SENADO "Nº 10758.- Santiago, 1º de julio de 1971. El Senado ha tenido a bien aprobar el proyecto de ley de esa Honorable Cámara que denomina "Obispo Manuel Larraín" a la Población Mataquito, de Curicó, con la sola modificación que consiste en reemplazar en su artículo único, el vocablo "Desígnase" por "Denomínase". Lo que tengo a honra comunicar a V. E., en respuesta a vuestro oficio Nº 754, de fecha 13 de julio de 1966. Acompaño los antecedentes respectivos. Dios guarde a V. E. (Fdo.): Patricio Aylwin Azócar.- Pelagio Figueroa Toro. " 9.- OFICIO DEL SENADO "Nº 10761.- Santiago, 2 de julio de 1971. El Senado ha tenido a bien aprobar el proyecto de ley de esa Honorable Cámara que establece un nuevo sistema de moneda fiduciaria, con las siguientes modificaciones: Artículo 4º Ha sido sustituido, por el siguiente: "Artículo 4º.- Las monedas referidas en el artículo 1º llevarán en el anverso la efigie de cualquiera de los siguientes próceres: Lautaro, Caupolicán, Bernardo O'Higgins, José Miguel Carrera, Manuel Rodríguez y José Manuel Balmaceda, con indicación del nombre de la persona que representa la efigie y las palabras "República de Chile" y en el anverso el Escudo Nacional, la indicación de su valor y el año de su emisión.". Artículo 5º Ha sido reemplazado por el siguiente, en cuyo texto se incluye el artículo 6º del proyecto de esa Honorable Cámara: "Articulo 5º.- Reemplázase el artículo 118 del Código de Comercio, por el siguiente: "Artículo 118.- Ninguna persona, con excepción del Fisco, sus reparticiones y demás instituciones públicas, de las empresas estatales y del Banco Central de Chile, está obligada a recibir en pago y de una sola vez más de cincuenta monedas de cada tipo de las que se acuñen en el país. Las monedas cortadas, perforadas, corroídas o deterioradas en cualquier forma en que no sea visible la acuñación, perderán su carácter de moneda legal. ". ". Artículo 6º Como se expresó anteriormente, ha pasado a formar parte del artículo 5º, sin enmiendas. Artículo 7º Ha pasado a ser artículo 6º, sin modificaciones. Artículo 8º Ha pasado a ser artículo 7°, con la sola enmienda que consiste en sustituir la expresión "los artículos 192, 193 y" por las palabras "el artículo". Artículo 9º Ha pasado a ser artículo 8º. Letra a) Ha suprimido, las dos veces que aparece, la frase "por cualquiera persona". Letra b) Ha sustituido el guarismo "24" por "25". Letra d) Ha sido suprimida. A continuación, ha consultado, como letra d), nueva, la siguiente: "d) Agrégase al artículo 38 del D. F. L. Nº 247, de 30 de marzo de 1960, Orgánico del Banco Central de Chile, reemplazando el punto final (. ) por una coma (, ) lo siguiente: "cuyas características hayan sido previamente aprobadas por ley, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 51 de este decreto con fuerza de ley ". ". Artículos transitorios Artículo 2º Ha reemplazado la referencia al "artículo 9º" por otra al "artículo 8º". En seguida, ha consultado como artículo 3º transitorio, nuevo, el siguiente: "Artículo 3º transitorio.- No se requerirá aprobación legal para emitir billetes cuyas características sean idénticas a los que se encuentran en actual circulación, sin perjuicio de las diferencias de tamaño.". Lo que tengo a honra comunicar a V. E., en respuesta a vuestro oficio Nº 1. 013, de fecha 20 de mayo de 1971. Acompaño los antecedentes respectivos. Dios guarde a V. E. (Fdo.): Patricio Aylwin Azócar.- Daniel Egas Matamala. " 10.- OFICIO DEL SENADO "Nº 10762.- Santiago, 2 de julio de 1971. El Senado ha tenido a bien aprobar el proyecto de esa Cámara que crea la Comisión Chilena para la Conferencia Mundial de Comercio y Desarrollo (UNCTAD), con las siguientes modificaciones: En el epígrafe inicial ha sustituido el guarismo "3" por "III". Artículo 1º En su inciso primero, ha reemplazado el guarismo "3" por "III". Ha redactado su inciso segundo en los siguientes términos: "Su domicilio es Santiago de Chile, su representante legal es su Presidente y se vincula con el Gobierno por intermedio del Ministerio de Relaciones Exteriores.". Artículo 2º Ha sustituido su inciso primero por el siguiente: "Artículo 2º.- La Comisión estará formada por nueve miembros, de los cuales siete serán designados por el Presidente de la República y los otros dos serán nombrados uno por el Senado y el otro por la Cámara de Diputados, no pudiendo recaer estas designaciones en parlamentarios. El Presidente de la República nombrará de entre ellos un Presidente y un Vicepresidente. ". En seguida, como inciso segundo, ha consultado el inciso tercero del artículo 11 del proyecto de la Cámara, reemplazado en los términos que se señalarán oportunamente. Su inciso segundo, que ha pasado a ser tercero, ha sido sustituido en los siguientes términos: "El Presidente de la República designará además un Secretario General de su exclusiva confianza,". Su inciso tercero, que ha pasado a ser cuarto, ha sido redactado en los siguientes términos: "El Ministro de Relaciones Exteriores podrá participar en las sesiones de la Comisión y, en tal caso, las presidirá con derecho a voz y voto.". Artículo 3º Ha sido reemplazado por el siguiente: "Artículo 3º.- El Presidente y el Secretario General gozarán de la renta máxima legal establecida en la ley Nº 17. 416. Los demás miembros de la Comisión percibirán una dieta de medio sueldo vital mensual, escala A), del departamento de Santiago, por cada sesión a que asistan, con un límite máximo mensual de dos sueldos vitales de la misma escala.". Artículo 4º Ha consultado, como inciso segundo, el siguiente, nuevo: "Si los miembros de la Comisión lo fueren también de una o más subcomisiones, no podrán percibir en total por concepto de dieta más de lo expresado en el artículo 3º.". Artículo 5° Ha sido redactado en los siguientes términos: "Artículo 5º.- La Comisión deberá ejecutar, promover y orientar las tareas que correspondan al Gobierno de Chile, como país sede, y prestarle asesoría, en lo relativo a la organización y celebración de la Tercera Conferencia Mundial de Comercio y Desarrollo que se realizará en Chile.". Artículo 6° Ha sido sustituido por el siguiente: "Artículo 6º.- Las disposiciones de esta ley no modifican ni alteran la aplicación de la legislación y de las prácticas vigentes en lo que se refiere a la participación de Chile en la Conferencia como país miembro de ella.". Artículo 7º Ha sustituido su encabezamiento por el siguiente: "Artículo 7º.- A la Comisión le corresponderá:". Letra a) Ha sido reemplazada por la siguiente: "a) Examinar el mayor gasto que represente a la Organización de las Naciones Unidas la celebración de la Conferencia en Santiago, en relación con el en que habría incurrido de celebrarse en Ginebra; y verificar las cuentas que presente dicha Organización sobre este mayor gasto. Este estudio documentado se enviará al Ministerio de Relaciones Exteriores, a fin de que se establezca el monto de la contribución chilena;". Letra b) Ha sustituido la palabra "edificios" por "inmuebles" y el vocablo "elementos" por "bienes muebles". Letras c) y d) Han sido refundidas en una sola, signada con la letra c), con la siguiente redacción: "c) Asegurar alojamiento para las personas que participen en la Conferencia y movilización para las delegaciones;". Letra e) Ha pasado a ser letra d). Ha reemplazado el término "secreta-rial" por la expresión "de secretaría" y las palabras "acreditadas en Chile" por las siguientes: "acreditadas ante el Gobierno de Chile". Letra f) Ha sido rechazada. Letra g) Ha sido desechada. Letra h) Ha pasado a ser letra e), redactada en los siguientes términos: "e) Organizar los espectáculos y demás actividades que constituyan el complemento cultural y social de la Conferencia y que permitan conocer programas de desarrollo del país;". Letra i) Ha pasado a ser letra f), con la siguiente redacción: "f) En general, realizar todos los actos y trabajos necesarios para procurar el éxito de la Conferencia y colaborar en la movilización de la opinión pública en orden a obtener dicho propósito.". Artículo 8º Ha sido redactado en los siguientes términos: "Artículo 8º.- Para los efectos de dar cumplimiento íntegro a los fines preestablecidos, la Comisión queda facultada para celebrar todos los actos y contratos que estime conveniente, sin que sean aplicables a su respecto las limitaciones generales y especiales que rigen para los servicios integrantes de la Administración del Estado.". Artículos 9º y 10 Han pasado a formar parte de la letra c) del artículo 11 del proyecto de la Cámara, redactada en los siguientes términos: "c) Elaborar el proyecto de presupuesto y el plan de trabajos que someterá a la aprobación de la Comisión. El proyecto de presupuesto deberá además ser aprobado por el Presidente de la República, previa visación del Ministerio de Hacienda;". Artículo 11 Ha pasado a ser artículo 9º. Ha sustituido el encabezamiento de su inciso primero por el siguiente: "Artículo 9º.- El Presidente de la Comisión Chilena para la Conferencia Mundial de Comercio y Desarrollo tendrá la calidad de Jefe de Servicio y a él corresponderán, entre otras, las siguientes atribuciones:". Letra c) Como letra c), ha consultado los artículos 9º y 10 del proyecto de la Cámara, redactados en los términos antes señalados. Letra d) Ha intercalado entre los vocablos "personal" y "en", la frase ", fijarle sus rentas y señalarle sus funciones", y ha sustituido la referencia al "artículo 13" por otra al "artículo 11". Letra e) Ha suprimido la expresión inicial "En lo personal, "; ha comenzado con mayúscula la forma verbal "servir", y ha suprimido la frase final "incluyendo su promoción en el exterior. ", reemplazando la coma (,) que la antecede por un punto y coma (;). En seguida, como letra f), ha consultado el artículo 23 del proyecto de la Cámara, sustituido en los términos que se expresarán más adelante. Ha rechazado el inciso segundo de este artículo. Como inciso segundo, nuevo, ha consultado el siguiente: "El Presidente de la Comisión deberá, asimismo, remitir a las Oficinas de Informaciones de ambas ramas del Congreso Nacional copias de las resoluciones que dicte y de los actos y contratos que celebre, así como de las cuentas que deba presentar la Organización de Naciones Unidas en conformidad a la letra a) del artículo 7º, del proyecto de presupuesto y del plan de trabajo que elabore de acuerdo a la letra c) de este artículo.". Su inciso tercero ha pasado a ser inciso segundo del artículo 2°, reemplazado en los siguientes términos: "El Vicepresidente subrogará al Presidente en caso de ausencia o impedimento temporal, con sus mismas funciones, atribuciones y facultades.". Ha suprimido la palabra "Ejecutivo" en el epígrafe que antecede al artículo 12. Artículo 12 Ha pasado a ser artículo 10, sustituido por el siguiente: "Artículo 10.- El Secretario General es Secretario de la Comisión, con derecho a voz en sus reuniones; es ejecutor de las resoluciones de ésta y de las del Presidente y tiene las demás atribuciones que le asigna esta ley.". Artículo 13 Ha pasado a ser artículo 11, reemplazado por el siguiente: "Artículo 11.- El personal de la Comisión está formado: a) Por funcionarios en comisión de servicios de la Administración Civil del Estado, central, descentralizada, mixta o concedida, y de las reparticiones e instituciones dependientes del Ministerio de Defensa Nacional. Estas comisiones no estarán sometidas a las limitaciones que señalan las leyes vigentes, salvo lo dispuesto en el artículo 34 de la ley número 17. 416; b) Por personas contratadas a honorarios cuando fuere necesario. Este personal sólo tendrá los derechos establecidos en el artículo 8º del D. F. L. Nº 338, de 1960, aun cuando desempeñen funciones habituales en la Comisión, y no le serán aplicables las normas sobre inamovilidad contenidas en la ley 17. 399. La remuneración que se pague a estas personas no podrá exceder del máximo establecido en el artículo 34 de la ley Nº 17. 416, salvo respecto del personal extranjero que fuere indispensable contratar, y c) Por personas designadas ad honores por el Presidente de la Comisión para cometidos específicos, las que quedarán sujetas a los deberes, obligaciones, prohibiciones y responsabilidades establecidos en el D. F. L. Nº 338, de 1960. Las funciones del personal a que se refiere este artículo expirarán en el plazo indicado en el artículo 23, a menos que en el nombramiento o contrato respectivo se haya señalado otra fecha para su término. ". En seguida, como artículo 12, ha consultado el siguiente, nuevo: "Artículo 12.- Facúltase al Presidente de la República para que, por decreto fundado, con la firma de los Ministros de Relaciones Exteriores y de Hacienda, puedan autorizar el pago de remuneraciones que excedan el límite máximo establecido por el artículo 34 de la ley Nº 17. 416, a personas que presten servicios a la Comisión mediante sueldos u honorarios. ". En el epígrafe que precede al artículo 14 del proyecto de esa Honorable Cámara, ha suprimido la palabra "Financiero" y la coma (, ) que la antecede. Artículo 14 Ha pasado a ser artículo 13, redactado en los siguientes términos: "Artículo 13.- Los actos y acuerdos de la Comisión y las decisiones del Presidente, que deban materializarse en resoluciones, estarán exentos del trámite de toma de razón por la Contraloría General de la República. Corresponderá a dicho organismo fiscalizarlos de acuerdo con lo dispuesto en la ley Nº 10. 336.". Artículo 15 Ha sido desechado. A continuación, como artículo 14, ha consultado el artículo 18 del proyecto de la Cámara, con las enmiendas que se indicarán oportunamente. En seguida, como artículo 15, ha agregado el siguiente: Como inciso primero de este artículo, ha consultado los incisos primero y segundo del artículo 17 del proyecto de la Cámara, redactados en los siguientes términos: "Artículo 15.- Créase en el presupuesto para 1971 del Ministerio de Relaciones Exteriores el ítem 06/01/01. 035. 002 con la siguiente glosa y cantidad: "Comisión Chilena para la Conferencia Mundial de Comercio y Desarrollo (UNCTAD III) para los gastos corrientes y de capital que demande la organización y celebración de dicha Conferencia y los que haya demandado el 12º período de sesiones del Consejo de Administración del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD). Este ítem será excedible Eº 100. 000. 000 y US$ 1. 300. 000. ". ". Como inciso segundo, ha agregado el siguiente nuevo: "Facúltase al Presidente de la República para traspasar de los ítem de las diferentes partidas, correspondientes a Presupuestos de Capital o Corriente, aprobados en la ley Nº 17. 399, de 2 de enero de 1971, los recursos que sean necesarios para financiar el gasto que demande el ítem que se crea en el inciso anterior. ". En seguida, como artículo 16, ha consultado el artículo 20 del proyecto de la Cámara, con las enmiendas que se indicarán oportunamente. Como artículo 17, ha consultado el artículo 21 del proyecto de la Cámara, sustituido en los términos que se señalan más adelante. A continuación, como artículo 18, ha consultado el siguiente, nuevo: "Artículo 18.- La primera venta de automóviles nuevos armados o fabricados en Chile para ser destinados al servicio de taxis y que cumplan los requisitos de la ley que establece franquicias para este tipo de vehículos, estará afecta a un impuesto de 4% en sustitución del establecido en el artículo 4º bis de la ley número 12. 120, y se aplicará sobre el precio de venta de dicho vehículo al taxista. Para estos efectos se entenderá como primera venta aquélla mediante la cual el taxista adquiere el dominio del vehículo nuevo. ". En seguida, como artículo 19, ha consultado los incisos tercero y cuarto del artículo 17 del proyecto de esa Honorable Cámara, redactados en los siguientes términos: "Artículo 19.- Los fondos se pondrán a disposición de la Comisión de acuerdo con el artículo 120 de la ley Nº 17. 399 y los recursos que entregue el Servicio de Tesorería deberán depositarse en la cuenta del Banco del Estado a que se refiere el artículo siguiente. Los saldos del ítem a que se refiere el artículo 15 no invertidos o no girados al 31 de diciembre de 1971, no pasarán a rentas generales de la Nación y serán contabilizados en una cuenta de depósito que se abrirá para estos efectos en el Servicio de Tesorería, a fin de continuar su inversión en el año siguiente en las finalidades de esta ley. ". Artículo 16 Ha pasado a ser artículo 20, reemplazado por el siguiente: "Artículo 20.- Los recursos de la Comisión se mantendrán en una cuenta subsidiaria de la Cuenta Unica Fiscal que, a su nombre, deberá abrirse en el Banco del Estado de Chile. Con cargo a ella sólo podrán girar conjuntamente el Presidente y el Secretario General, en la forma y condiciones que determine el reglamento. En caso de ausencia o impedimento temporal de este último, lo subrogará, para el solo efecto de lo dispuesto en el presente artículo, la persona que la Comisión designe, en la forma y condiciones que ésta determine.". Artículo 17 Como se expresó anteriormente, los incisos primero y segundo de este artículo fueron consultados como inciso primero del artículo 15. Los incisos tercero y cuarto de este artículo pasaron a ser artículo 19, como se expresó anteriormente. Artículo 18 Ha pasado a ser artículo 14, con las siguientes enmiendas: Ha intercalado el vocablo "tales" entre las palabras "rendiciones de" y "cuentas", y ha sustituido la frase final "sin perjuicio de la responsabilidad civil o criminal que pueda hacerse efectiva posteriormente, con arreglo a las leyes generales" por esta otra: "sin perjuicio de la responsabilidad que pueda hacerse efectiva con arreglo a la ley". Artículo 19 Ha pasado a ser artículo 24, sustituido en los siguientes términos: "Artículo 24.- Finalizadas las labores de la Comisión, la Contraloría General de la República deberá emitir un informe final, a más tardar en el plazo de seis meses, y dar cuenta al Presidente de la República y al Congreso Nacional de la forma en que fueron administrados los recursos puestos a disposición de la Comisión. Las responsabilidades administrativa, civil y penal del Presidente, del Secretario General o de quien haga sus veces y de los demás miembros de la Comisión podrán hacerse efectivas hasta seis meses después de entregado el informe al Congreso Nacional. ". En seguida, ha sustituido el epígrafe "De los Recursos" del proyecto de esa Honorable Cámara por el siguiente: "Del Financiamiento". Artículo 20 Ha pasado a ser artículo 16, con las siguientes modificaciones: En su encabezamiento, ha sustituido el guarismo "1972" por "1973". Nº 1) Ha reemplazado "35%" por "30%". Luego, como inciso segundo de este número, ha consultado el siguiente, nuevo: "No se aplicará el aumento de tasa referido en el inciso anterior, a los aguardientes, licores y a los considerados como tales por el artículo 41 de la ley Nº 17. 105, de 14 de abril de 1969, champañas y sidra de manzana y de otras frutas. ". Nº 2) En su inciso primero, ha sustituido la referencia al "artículo 4º" por otra al "artículo 4º bis" y el guarismo "12%" por "10%". En su inciso segundo, ha agregado la siguiente frase final, reemplazando el punto (.) por una coma (,): "ni se aplicará a los camiones, camionetas, taxis, taxibuses, buses y demás vehículos de movilización colectiva. ". Artículo 21 Ha pasado a ser artículo 17, sustituido por el siguiente: "Artículo 17.- Reemplázase, en el inciso primero del Nº 14 del artículo 1º de la ley Nº 16. 272, sobre Impuesto de Timbres, Estampillas y Papel Sellado, el guarismo "1%" por "1, 25%". ". Artículo 22 Ha sido suprimido. Artículo 23 Ha sido consultado como letra f), del artículo 11 que pasa a ser 9º, sustituido en los siguientes términos: "f) Informar por escrito al Presidente de la República sobre el desarrollo de los trabajos de la Comisión, a lo menos antes del 1? de noviembre de 1971 y dentro de 90 días después de finalizadas las labores de ésta. Copias de dichos informes serán enviadas al Congreso Nacional y a la Contraloría General de la República.". Artículo 24 Ha pasado a ser artículo 21. Ha suprimido la palabra "Ejecutivo" que sigue a la denominación "Secretario General"; ha puesto en mayúscula la letra "a)" colocada a continuación del término "escala"; ha suprimido la palabra "directamente" y ha reemplazado la expresión "Contralor General" por "Contralor General de la República". Artículo 25 Ha pasado a ser artículo 22. Ha iniciado con minúscula las palabras "Entidades" y "Empresas". Ha reemplazado la expresión: "La resolución del Presidente" por "Su resolución". En seguida, como inciso segundo, ha consultado el inciso primero del artículo 27 del proyecto de la Cámara, redactado en los términos que se indicarán más adelante. Artículo 26 Ha pasado a ser artículo 23. Ha sustituido su inciso primero por el siguiente: "Artículo 23.- La Comisión se extinguirá, a más tardar, dentro del plazo de 90 días de terminada la reunión en Chile de la Tercera Conferencia Mundial de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo. El Fisco será su sucesor legal para todos los efectos a que haya lugar. ". Sus incisos segundo y tercero han sido refundidos en uno solo, con la siguiente redacción: "A esa fecha el saldo de sus recursos ingresará a una cuenta especial de depósito en el Servicio de Tesorería sobre la cual podrá girar el Ministerio de Relaciones Exteriores para pagar obligaciones pendientes de dicha Comisión. Una vez pagadas dichas obligaciones, el saldo de la cuenta de depósito aludida pasará automáticamente a rentas generales de la Nación. ". A continuación, como artículo 24, ha consultado el artículo 19, del proyecto de la Cámara, sustituido en los términos señalados anteriormente. Artículo 27 Su inciso primero, ha pasado a ser inciso segundo del artículo 25 que ha pasado a ser 22, redactado en los siguientes términos: "Dentro del plazo indicado en el artículo siguiente, la Comisión deberá devolver los bienes que le hubieren sido facilitados.". En seguida, como artículo 25, ha consultado los incisos segundo y tercero del artículo 27 del proyecto de la Cámara, redactados en los siguientes términos: "Artículo 25.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23, los bienes muebles e inmuebles de la Comisión serán transferidos al Fisco previo registro e inventario hecho por el Departamento de Bienes Nacionales, aprobado por la Contraloría General de la República. La administración de estos bienes será confiada al Ministerio de Educación Pública, Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos, para que se destinen preferentemente a reuniones y congresos internacionales y nacionales, a salas de conferencias, exposiciones, conciertos, teatro y otras actividades en beneficio de la cultura popular. ". En seguida, como artículo 26, nuevo, ha consultado el siguiente: "Artículo 26.- Autorízase a la Corporación de Mejoramiento Urbano para transferir gratuitamente al Fisco los terrenos que hubiere adquirido por expropiación, ubicados entre las calles Alameda Bernardo O'Higgins, José Victorino Lastarria y Villavicencio de la ciudad de Santiago, en los que se construyan los edificios donde se llevará a efecto la Conferencia. ". Artículo 28 Ha pasado a ser artículo 27. Ha reemplazado sus incisos primero y segundo por el siguiente: "Artículo 27.- Autorízase la importación y libérase del pago de derechos de internación y, en general, de todo derecho o contribución que se perciba por intermedio de las Aduanas, incluida la tasa de despacho establecida en el artículo 190 de la ley Nº 16. 464 y sus modificaciones posteriores, así como de depósitos previos de importación, todas aquellas especies que se empleen en la construcción, alhajamiento y puesta en funcionamiento del edificio destinado a la Conferencia Mundial de Comercio y Desarrollo, siempre que ellas no se fabriquen en el país de calidad similar y en cantidad suficiente, hecho que determinará la Comisión por resolución fundada, y aquellas especies de consumo que sirvan para el mejor funcionamiento de la Conferencia.". Ha refundido sus incisos tercero, cuarto y quinto en uno solo, con la siguiente redacción: "El Reglamento determinará la forma y condiciones de aplicación de estas franquicias y los controles y demás medidas que digan relación con ellas, así como el traspaso al Servicio de Aduanas de las especies de consumo que no se hayan utilizado, a fin de que se proceda a su remate en la forma y condiciones que para las mercancías incautadas señala el "Reglamento del Almacén de Rezagos y del Remate, Venta y Destrucción de Mercancías".". Ha suprimido su inciso sexto. En seguida, ha consultado los siguientes artículos, nuevos: "Artículo 28.- La Comisión a que se refiere el artículo 1º de esta ley estará exenta de todo tributo, gravamen, tasa o derecho fiscal, municipal o de cualquier otra índole, ya sea que la afecte directamente o que deba soportar la difusión, traslación o recargo de cualesquiera de estos impuestos. Los actos o contratos en que sea parte la Comisión estarán totalmente exentos en cuanto signifiquen un gravamen al patrimonio de la Comisión. Artículo 29.- La Comisión Nacional referida en el artículo 1º de esta ley, mediante resolución fundada, podrá encargar a cualquier servicio u organismo del Estado la ejecución de las obras materiales y prestaciones de servicios que sean necesarias. Para el solo efecto del cumplimiento de estos cometidos, los respectivos servicios u organismos tendrán, además de las propias, las mismas facultades, exenciones y liberalidades administrativas y de cualquier otra naturaleza que se confieren por esta ley a la Comisión.". Lo que tengo a honra comunicar a V. E., en respuesta a vuestro oficio N9 1. 019, de fecha 20 de mayo de 1971. Devuelvo los antecedentes respectivos. Dios guarde a V. E.- (Fdo.): Patricio Aylwin Azócar.- Pelagio Figueroa Toro. " 11.- OFICIO DEL SENADO "Nº 10763.- Santiago, 1º de julio de 1971. El Senado ha tenido a bien aprobar la observación formulada por Su Excelencia el Presidente de la República al proyecto de ley que destina determinados porcentajes de las herencias yacentes que se denuncien, a los Cuerpos de Bomberos del departamento en que se encuentren los bienes. Lo que tengo a honra comunicar a V. E., en respuesta a vuestro oficio N9 888, de fecha 3 de diciembre de 1970. Devuelvo los antecedentes respectivos. Dios guarde a V. E.- (Fdo.): Patricio Aylwin Azócar.- Pelagio Figueroa Toro. " 12.- OFICIO DEL SENADO "Nº 10764.- Santiago, 1º de julio de 1971. Con motivo de la moción e informe que tengo a honra pasar a manos de V. E., el Senado ha tenido a bien aprobar el siguiente Proyecto de ley: "Artículo único.- Facúltase a la Municipalidad de Las Condes para consultar en su presupuesto los fondos que estime necesarios para la construcción, equipamiento y mantención del "Parque Ejército de Chile", destinado, entre otros fines, al cumplimiento de la ley Nº 17. 419, que autoriza la erección de un monumento a la memoria del General René Schneider Chereau.". Dios guarde a V. E.- (Fdo.): Patricio Aylwin Azócar.- Pelagio Figueroa Toro. " 13.- OFICIO DEL SENADO "Nº 10765.- Santiago, 1º de julio de 1971. Con motivo de la moción, informe y antecedente que tengo a honra pasar a manos de V. E., el Senado ha tenido a bien aprobar el siguiente Proyecto de ley: "Artículo único.- Sustitúyese el artículo 6º de la ley Nº 16. 981, por el siguiente: "Artículo 6º.- La Municipalidad de Codegua tendrá derecho a gozar y percibir, al igual que las demás Municipalidades de la provincia de O'Higgins, de los porcentajes establecidos en el inciso o párrafo cuarto del artículo 27 de la ley número 11. 828, sustituido por la ley número 16. 425, y cuyo texto definitivo y refundido fue fijado en el artículo 27 de la ley Nº 16. 464.". Facúltase a la Municipalidad de Codegua para que, dentro del plazo de 60 días contado desde la fecha de publicación de la presente ley, modifique su Presupuesto Especial de la Ley del Cobre.". Dios guarde a V. E.- (Fdo.): Patricio Aylwin Azócar.- Pelagio Figueroa Toro. " 14.- OFICIO DEL SENADO "Nº 10766.- Santiago, 1º de julio de 1971. Con motivo de la moción e informe que tengo a honra pasar a manos de V. E., el Senado ha tenido a bien aprobar el siguiente Proyecto de ley: "Artículo 1º.- Autorízase la erección de un monumento, por erogación pública, en el centro de la ciudad de Traiguén, a la memoria del escritor Luis Durand. Artículo 2º.- Créase una Comisión, ad honorem, encargada de recolectar los recursos necesarios para la construcción del monumento y de determinar su ubicación y características, integrada por las siguientes personas: a) El Gobernador del departamento de Traiguén, que la presidirá; b) El Alcalde de la comuna de Traiguén; c) Un representante del Liceo de Hombres y otro del Liceo de Niñas de dicha ciudad, elegidos por los respectivos Consejos de Profesores, y d) Un representante de la Central Unica de Trabajadores local. Artículo 3º.- Autorízase la realización anual de una colecta pública en las provincias de Bío-Bío, Malleco y Cautín, que se denominará "Pro monumento al escritor Luis Durand".". Dios guarde a V. E.- (Fdo.): Patricio Aylwin Azócar.- Pelagio Figueroa Toro." 15.- OFICIO DEL SENADO "Nº 10767.- Santiago, 1º de julio de 1971. Con motivo de la moción, informe y antecedente que tengo a honra pasar a manos de V. E., el Senado ha tenido a bien aprobar el siguiente Proyecto de ley: "Artículo 1º.- Autorízase a la Municipalidad de Cisnes para contratar uno o más empréstitos directamente con el Banco del Estado de Chile, la Corporación de Fomento de la Producción u otra institución de crédito, que produzcan hasta la suma de doscientos mil escudos, al interés corriente bancario y con una amortización que extinga la deuda en el plazo máximo de diez años. Artículo 2º.- Facúltase al Banco del Estado de Chile y demás instituciones de crédito para tomar el o los empréstitos a que se refiere el artículo anterior. Para este efecto, no regirán las restricciones impuestas a dichas entidades en virtud de sus respectivas leyes orgánicas. Artículo 3º.- El producto de los empréstitos que se contraten en uso de las autorizaciones que confiere la presente ley, deberá ser invertido en las obras de progreso comunal que acuerde la Municipalidad de Cisnes por los dos tercios de sus Regidores en ejercicio. Artículo 4º.- La Municipalidad de Cisnes servirá los empréstitos que se autoriza contratar con el producto de la tasa parcial señalada en la letra e) del artículo 16 de la ley Nº 17. 235, que provenga del impuesto territorial que grava a los inmuebles de la comuna. Asimismo, podrá disponer para este objeto de los recursos indicados en las letras c) y d) del citado artículo, una vez satisfechas las necesidades para las que están específicamente destinados. Si los recursos señalados en el presente artículo fueren insuficientes para el servicio de la deuda, la Municipalidad de Cisnes completará la cantidad necesaria con cualquiera clase de fondos de sus rentas ordinarias, con excepción de los destinados al pago de sueldos o remuneraciones de cualquiera naturaleza de su personal de empleados y obreros. Artículo 5º.- Autorízase, en caso de no contratarse los empréstitos referidos en el artículo 1º, la inversión directa en la ejecución de las obras indicadas en el artículo 3º de las tasas parciales a que se refiere el artículo anterior, y su percepción por la Municipalidad. Artículo 6º.- El pago de intereses y amortizaciones ordinarias y extraordinarias de los empréstitos se hará por intermedio de la Caja Autónoma de Amortización de la Deuda Pública, para cuyo efecto la Tesorería Comunal de Cisnes, por intermedio de la Tesorería General de la República, pondrá oportunamente a disposición de dicha Caja los fondos necesarios para cubrir estos pagos, sin necesidad de decreto del Alcalde en el caso de que éste no haya sido dictado en la debida oportunidad. La Caja citada atenderá el pago de estos servicios de acuerdo con las normas establecidas por ella para el servicio de la deuda interna. Artículo 7º.- La Municipalidad de Cisnes depositará en la cuenta de depósito fiscal "F-26 Servicio de Empréstitos y Bonos", los recursos que destina esta ley al servicio de los préstamos, hasta la cantidad a que ascienda dicho servicio por los intereses y amortizaciones ordinarias. Asimismo, la Municipalidad referida deberá consultar en su presupuesto anual, en la partida de ingresos extraordinarios, los recursos que produzca la contratación del o los empréstitos, y en la partida de egresos extraordinarios, las inversiones proyectadas de acuerdo con lo dispuesto en la presente ley. Artículo 8º.- El Instituto CORFO-Aisén destinará anualmente un medio por ciento, a lo menos, de los recursos que le asignen su ley orgánica y leyes especiales a obras de progreso local de la comuna de Cisnes, en especial las que digan relación con su desarrollo pesquero y agropecuario. Dicho Instituto determinará dentro del mes de enero de cada año las inversiones a realizar en cumplimiento de lo dispuesto en el inciso anterior, previo informe de la Municipalidad de Cisnes.". Dios guarde a V. E.- (Fdo.): Patricio Aylwin Azócar.- Pelagio Figueroa Toro." 16.- OFICIO DEL SENADO "Nº 10765.- Santiago, 2 de julio de Con motivo del Mensaje, informes y antecedentes que tengo a honra pasar a manos de V. E., el Senado ha tenido a bien aprobar el siguiente Proyecto de ley: Artículo 1º.- La Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas invertirá mensualmente en Certificados de Ahorro Reajustables, a la vista, del Banco Central de Chile, los fondos percibidos por concepto del aporte de los empleadores del 8, 33% de las remuneraciones de los imponentes afectos al artículo 41 de la ley Nº 10. 621. Los fondos que obtenga el Banco Central por este concepto no podrán ser usados sino para otorgar préstamos a las Cajas de Previsión. Igualmente, dichos fondos no podrán emplearse en el pago de deudas o adquisiciones de acciones o empresas. Artículo 2º.- La Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas pagará a los imponentes afectos al artículo 41 de la ley Nº 10. 621, o les prestará, según sea el caso y de acuerdo a las disposiciones legales vigentes, los fondos señalados en el artículo anterior con el incremento que hubieren experimentado por efecto del reajuste devengado al practicarse la inversión señalada en el artículo 1º y de los intereses correspondientes, previa deducción de un 2% de éstos, que ingresará a fondos generales. El imponente que debiere reintegrar los fondos a que se refiere este artículo por haber vendido la propiedad que garantiza su reintegro, lo hará restituyendo una cantidad igual a la que hubieren representado dichos fondos en el caso de haber sido invertidos en los valores indicados en el artículo anterior. Artículo transitorio.- En el plazo de 180 días, contado desde la vigencia de la presente ley, la Caja procederá a invertir los fondos acumulados hasta esa fecha en Ja forma indicada por el artículo 1º. Para este efecto, deberá notificar a sus actuales imponentes del monto que les corresponde por este concepto a la fecha de vigencia de la presente ley. ". Dios guarde a V. E.- (Fdo.): Patricio Aylwin Azocar.- Daniel Egas Matamala. " 17.- INFORME DE LA COMISION DE GOBIERNO INTERIOR "Honorable Cámara: Vuestra Comisión de Gobierno Interior pasa a informaros el proyecto de ley de origen en una moción de los señores Recabarren, Argandoña y Araya, que da el nombre del ex Vicepresidente de la República Edmundo Pérez Zujovic a la avenida Costanera Norte de la ciudad de Antofagasta. El proyecto contenido en la moción cambia el nombre a diversas calles de la ciudad de Antofagasta por el de Edmundo Pérez Zujovic; pero, en esencia su propósito era dar tal nombre a la Avenida Costanera Norte, que está formada por diversos tramos. El objetivo de esta iniciativa es rendir un homenaje a la memoria de don Edmundo Pérez Zujovic ex Vicepresidente de la República y ex Ministro de Estado, que falleció trágicamente en un atentado perpetrado el día 8 de junio de 1971 en la ciudad de Santiago. El señor Pérez Zujovic oriundo de Antofagasta, dedicó su vida entera al progreso de esa ciudad. Pueden señalarse como ejemplos de esta dedicación y desvelo la concepción del Barrio Gran Vía, en homenaje a su padre; el agua potable de Antofagasta, en que con picota en mano, inició los trabajos voluntarios de los pobladores; fue uno de los promotores de la construcción de la arteria que une a la ciudad con el aeródromo "Cerro Moreno", conocida con el nombre de Costanera Norte. Tuvo la concepción de formar una gran área urbanística en la zona ubicada entre la Aduana, comprendiendo el sector de la Compañía de Cervecerías Unidas y los terrenos de la ex Compañía Salitrera Anglo Lautaro, en la cual proyectaba que se construyera un Grupo Habitacional. La Comisión por la unanimidad de sus miembros aprobó en general esta iniciativa. Por el artículo 1º se da el nombre de "Avenida Costanera ex Vicepresidente Edmundo Pérez Zujovic" a la actual Costanera Norte de la ciudad de Antofagasta. Por el artículo 2º se dispone que en el sector de la remodelación de los terrenos de la ex Compañía Salitrera Anglo Lautaro se destinará un cuadrante para la construcción de una plaza, en la que se erigirá un monumento a la memoria de este eminente hombre público. Por el artículo 39 se establece que el Ministerio de la Vivienda procederá a efectuar la remodelación y la construcción de un plan habitacional en el sector oriente de la "Avenida Costanera ex Vicepresidente Edmundo Pérez Zujovic. " Finalmente, por el artículo 49 se destinan recursos con cargo al rendimiento de la ley del cobre para la terminación de la "Avenida Costanera ex Vicepresidente Edmundo Pérez Zujovic" a contar del año 1972, para no lesionar las distribuciones de los recursos que corresponda percibir por el año 1971. Por estas consideraciones y las que os dará el señor Diputado informante, vuestra Comisión de Gobierno Interior os recomienda la aprobación del siguiente, Proyecto de ley: "Artículo 1º.- La actual Avenida Costanera Norte de la ciudad de Antofagasta, en el sector comprendido desde la calle Zenteno hacia el norte, se denominará "Avenida Costanera ex Vicepresidente Edmundo Pérez Zujovic". Artículo 2º.- En el sector de remodelación de los terrenos de la ex Compañía Salitrera Anglo Lautaro, se procederá a la construcción de una plaza en el espacio rectangular que figura en el plano de distribución, en la cual se erigirá un monumento a la memoria del ex Vicepresidente de la República don Edmundo Pérez Zujovic. Artículo 3º.- El Ministerio de la Vivienda expropiará los terrenos que sean necesarios en el sector ubicado al oriente de la Avenía Costanera ex Vicepresidente Edmundo Pérez Znujovic, para proceder a la remodelación urbana y/o ejecución de un Plan Habitacional. Artículo 4º.- El Ministerio de Obras Públicas y Transportes destinará a partir del año 1972, el 0, 5% de los recursos provenientes de la aplicación del artículo 26 de la ley N9 16. 624, para dar término a la construcción de la "Avenida Costanera ex Vicepresidente Edmundo Pérez Zujovic", de la ciudad de Antofagasta." Sala de la Comisión a 30 de junio de 1971. Acordado en sesión 39ª, celebrada en miércoles 30 de junio de 1971, con asistencia de los señores Pérez (Presidente), Carrasco, Klein, Monckeberg, Recabarren, Saavedra, doña Wilna y Vergara. Se designó Diputado informante al señor Recabarren. (Fdo.): Clodomiro Bravo Michell, Secretario de la Comisión. " 18.- INFORME DE LA COMISION DE GOBIERNO INTERIOR "Honorable Cámara: Vuestra Comisión de Gobierno Interior pasa a informaros el proyecto de ley, remitido por el Honorable Senado, que modifica el inciso tercero del artículo 110 de la ley Nº 17. 399, en lo relativo a los gastos de publicidad de las instituciones del sector público. En el artículo 110 de la ley Nº 17. 399, sobre Presupuesto de la Nación para el año 1971, se contemplaron diversas limitaciones en materia de gastos de publicidad para el sector público. Por el inciso primero se prohíbe incurrir en gastos por concepto de difusión o relaciones públicas. En el inciso segundo, se dispone que los avisos de llamados a propuestas públicas o privadas y notificaciones deberán, en general, hacerse a través del Diario Oficial. El inciso tercero del artículo, que se modifica por el proyecto en informe, faculta al Presidente de la República para exceptuar por decreto fundado al Servicio de Impuestos Internos y a la Contraloría General de la República de estas disposiciones. Finalmente, por el inciso final se dispone la inaplicabilidad de la norma a la Línea Aérea Nacional, a la Dirección del Registro Electoral y a las Universidades. Las reparticiones a las cuales afecta esta limitación son servicios e instituciones de la administración pública, las empresas del Estado y, en general, las instituciones del sector público, y por todos los medios básicos de difusión, tales como la prensa, la radio y la televisión. El Ejecutivo trató en su oportunidad, por la vía de la observación, corregir esta situación; pero, ella no prosperó por razones de orden constitucional ya que se consideró que era una materia ajena al proyecto en el cual incidía el veto presidencial. Se dijo, en el seno de la Comisión, que en aquella época se sugirió al señor Ministro de Hacienda el envío de un proyecto separado sobre la materia, lo que no se hizo de inmediato. En su aplicación práctica esta norma ha producido graves efectos y así lo representó al Supremo Gobierno el señor Contralor General de la República, con fecha 11 de mayo de 1971, ya que en concepto de ese Organismo ha producido inconvenientes para la buena marcha de la administración pública. En efecto, "ha tenido graves repercusiones en organismos como el Servicio Nacional de Salud, cuyas campañas de difusión y propaganda son esenciales en los aspectos preventivos. También ha afectado a las instituciones previsionales, que requieren informar públicamente sobre la fecha de pago de los beneficios, los plazos para el reconocimiento de derechos, etcétera. Incluso en algunas entidades cuyo fin principal supone publicar y difundir las investigaciones o estudios realizados, o las obras literarias, musicales o artísticas, la limitación legal resulta un obstáculo insalvable en el cumplimiento de su misión. Además, todos los organismos del Estado, cualquiera que sea la naturaleza de sus funciones, requieren en su actuación social vincularse en forma masiva con los usuarios o con el público en general." En mérito de estas consideraciones el señor Contralor General de la República, sugirió la modificación del texto legal para obviar esta situación. Se expresó en el seno de la Comisión que los Senadores señores Juan Hamilton y Narciso Irureta, presentaron a la consideración del Honorable Senado una moción que tenía por objeto resolver este problema. El Ejecutivo también envió a la consideración de esa Honorable Corporación, un Mensaje sobre la materia, el que fue informado por la Comisión de Gobierno; pero, el articulado propuesto en informe resultó a la postre sustituido por una indicación presentada por Parlamentarios de la Democracia Cristiana. La norma legal contenida en el artículo 110 de la Ley de Presupuestos de la Nación para el año 1971 ha implicado también otro grave problema: una restricción o contracción del "avisaje" en los medios de comunicación y difusión, lo que ha afectado a las empresas mismas y a los personales que laboran en ellas ya que ha lesionado seriamente su financiamiento, produciendo cesantía y disminución del mercado de trabajo. Por estas consideraciones la Comisión aprobó en general la iniciativa por la unanimidad de los miembros presentes. El proyecto consta de un artículo único, que sustituye el inciso tercero del artículo 110 de la ley Nº 17. 399 por tres nuevos incisos. Por el inciso primero, se faculta al Presidente de la República, para que mediante decreto fundado del Ministro del Interior, pueda exceptuar, a cualesquiera de las entidades señaladas en el inciso primero, de la prohibición contemplada en el mismo inciso, para publicar o difundir informaciones necesarias para el desempeño del servicio, de acuerdo a las pautas que se señalan en las letras siguientes. Por la letra a) se establece que los fondos que se destinen a publicidad y difusión deberán ser distribuidos en los porcentajes que en ella se señalan: un 30% para la televisión; un 35%, para las radioemisoras y un 35%, en diarios, por cada Servicio, empresa o institución. La Comisión aprobó una indicación, por la cual se precisa que el 35% que se destine a pago de gastos de publicidad y difusión en las radioemisoras, debe ser en todas las del país. Por la letra b), se establece que el 30% que se destina a ser invertido en la televisión, se distribuirá entre la Televisión Nacional de Chile y los Canales de las Universidades, autorizados por la ley N° 17. 377, en la proporción señalada en el artículo 32 de ella, que destina una parte del impuesto al Patrimonio a la Televisión. Un 10%, para el Consejo Nacional de Televisión y el 90% restante, entre los canales existentes en la proporción de un 40% para la Empresa de Televisión Nacional y en un 20% para cada uno de los tres Canales Universitarios, que son: el 9 de la Universidad de Chile, el 13 de la Universidad Católica de Santiago y el Canal 4 de la Universidad Católica de Valparaíso. La Comisión aprobó una indicación por la cual se precisa, en esta letra, que la distribución se hará en la proporción establecida por la letra b) del artículo 32 de la ley Nº 17. 377. La letra c), dispone que la inversión que se haga en diarios, se distribuirá en proporción al personal contratado, que tengan las empresas periodísticas al 31 de diciembre de 1970. Respecto de las radioemisoras, se prescribe en la letra d), que la distribución se hará en proporción al valor que resulte, de multiplicar la potencia instalada de la emisora por el número de personal que tenía contratado a la misma fecha, vale decir al 31 de diciembre de 1970. Por la letra e), se establecen normas de distribución de recursos en los casos de difusión de carácter regional. Por el inciso segundo del artículo único, se dispone que el decreto fundado que se dicte, deberá contemplar la distribución de acuerdo con las reglas precedentes. Por el último inciso, se prescribe que, para los efectos de determinar el personal contratado al 31 de diciembre de 1970 y la potencia instalada, se requerirá una declaración jurada visada por la institución previsional respectiva y un informe de la Superintendencia de Servicios Eléctricos, de Gas y de Telecomunicaciones. La Comisión aprobó un artículo transitorio, que tiene por objeto hacer aplicable las disposiciones del artículo único a los diarios o radiodifusoras que hayan empezado a operar desde el 1º de enero de 1971 hasta el 30 de abril del mismo año, ya que de otra manera no tendrían vigencia las normas contempladas en las letras c) y d), que señalan como fecha límite, la del personal contratado al 31 de diciembre de 1970. En resumen, la Comisión introdujo las siguientes enmiendas al texto del proyecto remitido por el Honorable Senado: a) Reemplazó las palabras "en radioemisoras" por la frase "en todas las radioemisoras del país"; b) Substituyó las palabras "por él" por la expresión "por la letra b) del "; y c) Consultó el siguiente artículo transitorio nuevo: "Será aplicable lo dispuesto en las letras c), d) y el inciso final del artículo anterior a los diarios y radioemisoras que hayan salido a la circulación o empezado a operar, entre el 1º de enero y el 30 de abril de 1971. " Por estas consideraciones y las que os dará el señor Diputado informante, vuestra Comisión de Gobierno Interior os recomienda la aprobación del siguiente, Proyecto de ley: "Artículo único.- Reemplázase el inciso tercero del artículo 110 de la ley Nº 17. 399, sobre Presupuesto del año 1971, por el siguiente: "El Presidente de la República, por decreto fundado del Ministerio del Interior, podrá exceptuar a cualesquiera de los Servicios, Empresas o Instituciones a que se refiere el inciso primero, de la prohibición establecida en dicho precepto, para el solo efecto de que la entidad exceptuada pueda publicar o difundir aquellas informaciones que sean necesarias para el debido desempeño de las funciones propias del Servicio respectivo, dentro de las normas que a continuación se indican: a) Los recursos destinados a este fin no podrán invertirse en más de un 30% en televisión ni menos de un 35% en todas las radioemisoras del país y 35% en diarios, por cada Servicio, Empresa o Institución; b) La distribución de la difusión que se realice por televisión se hará entre las Universidades autorizadas y Televisión Nacional de Chile, en la proporción establecida por la letra b) del artículo 32 de la ley Nº 17. 377; c) La difusión que se haga en diarios, se distribuirá entre todos ellos, en relación con el personal que cada uno de ellos tuviere contratado al 31 de diciembre de 1970; d) La difusión por radioemisoras se hará entre todas ellas en proporción directa al resultado de multiplicar la respectiva potencia instalada por el número de personas contratadas por la misma emisora al 31 de diciembre de 1970, y e) En caso de que la difusión tenga el carácter de regional y esté dirigida a sólo una o más provincias determinadas, las reglas contenidas en las letras anteriores se aplicarán con relación a los medios de difusión de la o las provincias afectadas. Cada Decreto fundado contendrá las distribuciones de la difusión que se autorice entre los distintos medios de comunicación, conforme a las reglas anteriores. Para los efectos señalados en las letras c) y d), la respectiva Empresa informará al Ministerio del Interior, mediante declaración jurada visada por la Institución de Previsión respectiva, acerca del número de personas contratadas al 31 de diciembre de 1970, y la Superintendencia de Servicios Eléctricos, de Gas y Telecomunicaciones lo informará acerca de la potencia instalada en cada radioemisora. Artículo transitorio.- Será aplicable lo dispuesto en las letras c), d) y el inciso final del artículo anterior a los diarios y radioemisoras que hayan salido a la circulación o empezado a operar, entre el 1º de enero y el 30 de abril de 1971. " Sala de la Comisión, a 2 de julio de 1971. Acordado en sesión 39ª, celebrada en miércoles 30 de junio de 1971 con asistencia de los señores Pérez (Presidente), Carrasco, Klein, Monckeberg, Saavedra, doña Wilna y Vergara. Se designó Diputado informante al señor Vergara. (Fdo.): Clodomiro Bravo Michell, Secretario de la Comisión." 19.- INFORME DE LA COMISION DE VIVIENDA Y URBANISMO "Honorable Cámara: La Comisión de la Vivienda y Urbanismo pasa a informar el proyecto de ley de origen en un Mensaje, con trámite de urgencia calificada de "simple", que autoriza a la Corporación de la Vivienda para transferir al Servicio Nacional de Salud los terrenos en que se encuentra ubicada la Población "El Santo", de La Serena, y deroga la disposición legal expropiatoria que indica. A las sesiones en que se consideró el proyecto concurrieron, con el propósito de colaborar con la Comisión durante el despacho de la iniciativa, los señores Raúl Diez y Sergio Farías, Subsecretario Subrogante y Director Jurídico, respectivamente, del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo; doña Mónica y doña Elena Tapia, en representación de doña Elena Alcántara viuda de Tapia; y doña Agustina Aste Macellari y el señor Fernando Abarzúa, en representación de doña Josefina Macellari viuda de Aste. El inciso segundo del artículo 4º de la ley Nº 16. 702 establece que el Servicio Nacional de Salud debe vender a sus ocupantes las viviendas que forman la Población "El Santo", de la ciudad de La Serena, perteneciente a dicha Institución, con sujeción a las condiciones y modalidades señaladas en la misma ley. El inciso tercero del artículo 1º de la ley Nº 16. 908 reiteró el mandato transcrito anteriormente. Hasta la fecha no ha podido efectuarse la transferencia prescrita por las disposiciones legales citadas, por cuanto los terrenos en los cuales se encuentra construida la Población "El Santo", no pertenecen al Servicio Nacional de Salud, como se manifiesta en la ley Nº 16. 702, sino a la Corporación de la Vivienda. Cabe destacar que esta última Institución ha estado imposibilitada para acceder a los requerimientos del Servicio Nacional de Salud, en orden a que le ceda tales terrenos, a título gratuito, por impedimento de su Ley Orgánica. La situación señalada es obvia mediante la iniciativa en informe, y para facilitar la transferencia se hacen extensivas a esta las disposiciones que rigen a aquellas que se realizan entre las Instituciones que se relacionan con el Gobierno a través del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, establecidas en el artículo 46 de la ley Nº 16. 742. Debe hacerse presente que el proyecto original contemplaba un artículo 2º, que derogaba el artículo 3º de la ley Nº 17. 151. El referido artículo 3º dispone que la Corporación de Mejoramiento Urbano deberá expropiar el inmueble ubicado en la calle 5 Oriente Nº 950, de Viña del Mar, perteneciente a doña Josefina Macellari viuda de Aste, con el objeto de transferirlo a doña Elena Alcántara viuda de Tapia. La Comisión desechó dicha disposición, y para ello tuvo en consideración que el proceso de expropiación a que se refiere la expresada norma legal, se inició el 22 de julio de 1970 ante el Primer Juzgado Civil de Valparaíso; que los reclamos deducidos por la parte afectada en ese proceso han sido desechados; y que hay una situación de hecho a la que se da una solución mediante la expropiación. Por estas consideraciones, la Comisión de la Vivienda y Urbanismo aprobó la iniciativa, y recomienda a la Honorable Cámara que adopte el mismo criterio respecto del siguiente Proyecto de ley: "Artículo único.- Autorízase a la Corporación de la Vivienda para transferir, a título gratuito, al Servicio Nacional de Salud los terrenos de su dominio en que está construida la Población "El Santo" de la ciudad de la La Serena, para los efectos previstos en las leyes Nºs. 16. 702 y 16908. La transferencia de dominio de los inmuebles a que se refiere el inciso precedente se efectuará mediante el procedimiento establecido en el artículo 46 de la Nº 16. 742." Sala de la Comisión, a 29 de junio de 1971. Acordado en sesiones de fechas, 22 y 29 de junio, con asistencia del señor Millas (Presidente), de las señoras Allende, doña Laura; Alessandri, doña Silvia; Baltra, doña Mireya; y Toledo, doña Pabla; y de los señores Amunátegui, Araya, Barahona, De la Fuente, Monares, Ortega, Tagle y Tudela. Se designó Diputado informante al señor Araya. (Fdo.): Manuel Rengifo Eckart, Secretario de la Comisión." 20.- INFORME DE LA COMISION DE VIVIENDA Y URBANISMO "Honorable Cámara: La Comisión de la Vivienda y Urbanismo pasa a informar el proyecto de ley de origen en un Mensaje, con trámite de urgencia calificada de "simple", que establece normas para permitir que los imponentes que queden cesantes puedan continuar el trámite de adquisición de viviendas. Colaboraron con la Comisión en el estudio de la iniciativa los señores Laureano León, Subsecretario de Previsión Social y Carlos Briones, Superintendente de Seguridad Social. En conformidad a la legislación vigente, los imponentes que reúnen los requisitos exigidos y resultan seleccionados para la asignación de una vivienda a través de un organismo de previsión, en el caso de quedar cesantes se ven impedidos de concurrir a firmar la escritura de compraventa correspondiente. No resulta justo que al producirse la desafiliación, junto con perder los derechos de carácter previsional, se prive al trabajador de la posibilidad de completar las formalidades requeridas para la obtención definitiva de una vivienda, a la cual sus antecedentes le hacen acreedor. El proyecto en informe tiende a solucionar la situación señalada, en concordancia con los nuevos planteamientos del Supremo Gobierno en materia de Seguridad Social y con los estudios que realizan al respecto los organismos técnicos correspondientes. Para ello se supone que el imponente de la Caja de Previsión o del Servicio de Seguro Social, sea o no voluntario, mantiene su calidad de tal, con el sólo propósito de que éste pueda suscribir el contrato de promesa, en las mismas condiciones de aquellos que se encuentran en actividad. Sin embargo, se establece que el contrato definitivo podrá extenderse solamente cuando el trabajador recupere la calidad de imponente dentro del plazo que, según se aclaró en la Comisión, deberá señalar el Consejo de Administración del Instituto de Previsión respectivo, plazo éste que podría ser prorrogado, y en conformidad a las estipulaciones de la escritura de promesa. Además, mientras dure el período de desafiliación, se rebajan en un 50% los dividendos que corresponda pagar, y la diferencia se difiere, sin intereses, hasta el vencimiento de la obligación. En el debate habido en la Comisión quedó de manifiesto que en el caso de producirse el fallecimiento del interesado cesante, la legislación vigente permite a sus familiares beneficiarios de pensión de viudez y orfandad, obtener liberada la vivienda respecto de la cual exista promesa de compraventa. El proyecto original contemplaba una letra c), que exigía el otorgamiento de una fianza solidaria de dos deudores al suscribirse la escritura de promesa por parte del trabajador desafiliado, la que fue suprimida por la Comisión al aprobarse una indicación en tal sentido. Con motivo de ello la primera oración del inciso segundo aparece incongruente con el artículo único del proyecto. Por estas consideraciones, la Comisión de la Vivienda y Urbanismo aprobó la iniciativa, y recomienda a la Honorable Cámara que adopte el mismo criterio respecto del siguiente Proyecto de ley: "Artículo único.- El imponente a quien se hubiere seleccionado para adquirir una vivienda que, por causa de cesantía, dejare de serlo, tendrá derecho a continuar la tramitación de su operación como si mantuviere tol calidad. En este caso, se suscribirá con él una escritura de promesa que, aparte de las estipulaciones señaladas en la ley Nº 17. 227 y en su Reglamento, deberá contener: a) La condición de otorgarse el contrato prometido al momento en que el prometiente comprador recupere la calidad de imponente, si se hubiere cumplido el plazo fijado al efecto, con arreglo a las demás cláusulas del contrato de promesa, y b) La obligación de pagar, en tanto subsista la cesantía, sólo el 50% de los dividendos definitivos o provisorios que correspondan. La fianza durará el tiempo que el prometiente comprador se halle cesante y caducará por el solo hecho de recuperar su calidad de imponente. La parte de los dividendos que, por efecto de lo establecido en el inciso anterior, no pagare el prometiente comprador, se entenderán prorrogados, sin intereses, hasta el vencimiento de las respectivas deudas. " Sala de la Comisión, a 1? de julio de 1971. Acordado en sesiones de fechas 22 y 29 de junio último, con asistencia del señor Millas (Presidente), de las señoras Allende, doña Laura; Alessandri, doña Silvia; Baltra, doña Mireya; y Toledo, doña Paula; y de los señores Amunátegui, Araya, Barahona, De la Fuente, Monares, Ortega, Tagle y Tudela. Se designó Diputado informante, al señor Monares. (Fdo.): Manuel Rengifo Eckart, Secretario de la Comisión. " 21.- MOCION DEL SEÑOR MOSQUERA "Honorable Cámara: Gran cantidad de personas quedaron al margen de los beneficios otorgados por la ley Nº 12. 861, relacionados con la inscripción en el Colegio de Ingenieros o en el de Técnicos. Otras personas reúnen iguales o más requisitos actualmente para poder impetrar dichos beneficios. Hay en la Administración Pública muchos profesionales que ejercen de hecho la actividad de Ingeniero, de Técnico, pero que por haberse vencido el plazo de la citada ley Nº 12. 861 no han podido inscribirse en los registros correspondientes. Por estas razones vengo en presentar el siguiente Proyecto de ley: "Artículo único.- Concédese un nuevo plazo de 180 días para que las personas que cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 1° transitorio de la ley Nº 12. 861 puedan solicitar su inscripción en el Registro de Ingenieros o en el de Técnicos.". (Fdo.): Mario Mosquera Roa. " 22.- MOCION DE LOS SEÑORES PALZA, CARRASCO, KOENIG, PEREZ, ZALDIVAR, VERGARA, VALDES Y RECABARREN "Honorable Cámara: Padres, estudiantes y maestros están conscientes de un grave problema que afecta al proceso educativo chileno: La carencia de bibliotecas escolares tanto para los educando como para los educadores, la falta de material didáctico adecuado a la enseñanza moderna, especialmente de tipo audio-visual y, por último, la carencia de implementos deportivos con que desarrollar la educación física y el deporte escolar tan necesarios en nuestra juventud. El número de establecimientos educacionales en el país que carece de una dotación, no decimos completa, sino mediana, de este material fundamental en el proceso educativo es abismante. Diríamos mejor que son contados los establecimientos educacionales que cuentan con elementos didácticos, bibliotecas modernas y gimnasios para la educación de sus alumnos. El problema se agrava en las provincias; y se hace verdaderamente doloroso en las zonas rurales, donde a veces no hay un texto donde enseñar a leer al niño o el más mínimo libro de consulta particular. ¡Para qué hablar de la gravedad del problema en los establecimientos de educación ubicados en poblaciones marginales! Los que somos profesores y los que algún contacto tienen con la educación, saben que todo el proceso educativo moderno requiere de la investigación y de la consulta personal del educando. ¿Cómo hacerlo si no podemos a su alcance el material adecuado? ¿Cómo llevar al joven por el camino hacia el cultivo de la educación física, el deporte, si desde niño, desde que llega a "su escuela" no le entregamos los elementos fundamentales para el desarrollo de la gimnasia y el deporte? Quienes firmamos este proyecto lo hacemos con el claro convencimiento de su tremenda necesidad en la hora presente, en que necesitamos entregar a nuestros jóvenes una educación moderna, ágil, creadora, eficaz, y un desarrollo armónico de su cuerpo y su mente que, lógicamente, deben partir desde la escuela misma. Poco obtenemos más tarde cuando pretendemos recuperarlo si no hemos sabido inculcarle a tiempo el cariño por actividades que ennoblecen su persona. Hemos pensado que el financiamiento de una necesidad tan vital para el desarrollo de la juventud chilena debe ser en función del sacrificio de la gran mayoría de los chilenos. Por una parte un esfuerzo, que pensamos es pequeño, pero de gran importancia, de parte de los propios padres y apoderados. Por otro, un aporte de un sector con mayores posibilidades de hacerlo. Los que consumen en sus vehículos particulares "bencina especial". En razón de lo anterior, venimos en presentar a la consideración de esta Honorable Cámara el siguiente Proyecto de ley: Artículo 1º.- Créase en el Ministerio de Educación Pública un fondo destinado exclusivamente a los siguientes fines: a) Dotar de bibliotecas escolares a cada uno de los establecimientos educacionales del país, fiscales y particulares; b) Dotar del material didáctico adecuado para una enseñanza moderna y ágil, a los establecimientos educacionales del país, fiscales y particulares; c) Dotar a los mismos establecimientos de los implementos deportivos que propendan al desarrollo físico y al cultivo del deporte de los educandos, y d) Aportar fondos a la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales, hasta un 50% de la inversión, para la construcción de salas de lectura, gimnasios cubiertos y canchas deportivas anexas a los establecimientos educacionales. La Sociedad Constructora, previa programación con el Ministerio de Educación, realizará dichas obras. Artículo 2º.- Los alumnos de los establecimientos fiscales o particulares, diurnos, vespertinos o nocturnos, reconocidos o no del Estado, cancelarán en el instante de matricularse como aporte al fondo Eº 10, los de Enseñanza Básica, y Eº 20 los de Enseñanza Media. Ambos aportes se reajustarán anualmente de acuerdo con el alza que experimente el índice de precios al consumidor. Artículo 3º.- Establécese un impuesto especial de Eº 0, 01 por litro de gasolina, petróleo diesel, petróleo combustible y aceite lubricantes, para vehículos y motores, cuyo monto producido incrementará el fondo. Serán sujetos de este impuesto las mismas personas indicadas en el artículo 11 de la ley Nº 12. 120 sobre Impuesto a la Compraventa y otras convenciones sobre bienes y servicios. En cuanto a su declaración y pago regirán también las normas contenidas en la mencionada ley. Artículo 4º.- Los fondos provenientes de lo establecido en los artículos 2º y 3º serán depositados en una cuenta especial del Ministerio de Educación y sobre la cual podrá girar, exclusivamente, el Ministro de Educación o la persona por él designada, para cumplir los compromisos contraídos por el fondo en el cumplimiento de sus programas de inversión. Artículo 5º.- La planificación, distribución y control de las inversiones del fondo se realizará semestral y anualmente, según se acuerde, en un Comité Programador compuesto por las siguientes personas: El Ministro de Educación Pública, que lo presidirá. Un representantes del Colegio de Rectores. Un representantes de Directores de Enseñanza Particular. El Presidente del S. U. T. E. El Presidente de la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales. Un representante del Centro de Padres y Apoderados de la Enseñanza Particular. Un representante de la Federación de Estudiantes de Enseñanza Media. El Presidente de la Comisión de Educación de la Cámara de Diputados. El Director de la Biblioteca Nacional. El Director de Deportes del Estado. Artículo 6º.- La Contraloría General de la República fiscalizará la correcta inversión de los fondos, el oportuno ingreso al fondo de los aportes señalados en los artículos 2º y 3º y el cuidado, mantención y existencia de los materiales entregados por el fondo a cada establecimiento educacional de la que serán directamente responsables los Directores de Establecimientos. Artículo 7º.- El Presidente de la República en un plazo no superior a 90 días de publicada la presente ley, dictará un Reglamento en que se establecerán las siguientes materias: 1.- Organismo del Ministerio de Educación a cuyo cargo estará entregado el funcionamiento de toda la actividad del fondo, el que, anualmente emitirá una memoria con las inversiones del fondo. 2.- Procedimiento de ingreso de los dineros recaudados en los Establecimientos Educacionales al Fondo. 3.- Señalar las excepciones de estudiantes que por razones de índole económica, fundadas, no concurrirán con su aporte al fondo. 4.- Sistema justo y equitativo de distribución del material y construcciones entre los establecimientos fiscales y particulares. 5.- Sistema de control de los materiales entregados por el fondo a cada establecimiento educacional. (Fdo): Baldomero Carrasco M.- Humberto Palza C.- Tolentino Pérez S.- Eduardo Koenig C.- Alberto Zaldívar L.- Lautaro Vergara O.- Juan Valdés R.- Floreal Recabarren R. " 23.- MOCION DEL SEÑOR BARAHONA "Honorable Cámara: Que la ley Nº 16. 464 concedió el beneficio de un préstamo de auxilio a los imponentes jubilados de la Caja de Empleados Particulares, consistente en una suma equivalente a un mes de pensión, pagadero en doce cuotas, y Que la suma indicada es insuficiente para satisfacer en cierta medida las necesidades de los beneficiarios, previstas por el legislador, lo que hace imperativo modificar su texto en cuanto a su monto y plazo de liquidación del préstamo, vengo en proponer a la Ilustre Sala, el siguiente Proyecto de ley: "Artículo único.- Modifícase la ley Nº 16. 464 que concedió el beneficio de un préstamo de auxilio a los imponentes jubilados de la Caja de Previsión de los Empleados Particulares, consistente en un mes de pensión, pagadero en doce (12) cuotas, en cuanto se aumenta el préstamo a tres (3) meses de pensión pagadero en treinta y seis cuotas. Los imponentes jubilados que se acojan a este beneficio no podrán solicitar nuevos préstamos de esta clase antes de haber cancelado, a lo menos, doce cuotas de dicho préstamo. La presente ley empezará a regir desde su publicación en el Diario Oficial. "- (Fdo.): Mario Barahona Ceballos. 24.- MOCION DEL SEÑOR TAGLE "Honorable Cámara: Hace cerca de 30 años, en la vecina localidad de Marruecos, hoy Padre Hurtado, comenzó a levantarse un gran edificio con la colaboración de los vecinos y de muchas personas de otras partes del país que comprendían la utilidad que tendría el traslado a una construcción moderna, con las comodidades que la actual manera de vivir exige, de los que habían ingresado al noviciado de la Compañía de Jesús en Chillán y cuya vieja casona fue reducida a escombros por el cruel azote telúrico de 1939. Fue así, como a pesar de tratarse de un proyecto de construcción con grandes salas de conferencias que permitirían la difusión de la cultura religiosa y artística, con comodidades para alojar sobre un centenar de personas y recibir huéspedes, aunque con austeridad, de todos los rangos, no fue difícil en un espacio relativamente corto de tiempo, encontrar las personas que ayudarán a financiar esta obra, impulsados por la convicción de que se trataba de algo en beneficio de todos. A través de esta construcción absolutamente material, se afianzaría el sentido religioso y el más puro concepto de la cultura encontraría su asiento entre los muros del nuevo edificio. La finalidad de los que, donaron el terreno, o contribuyeron a su construcción, era muy definida: hacer una obra que sirviera a la comunidad. No se trataba, por lo tanto, de algo exclusivamente local, de beneficio del que únicamente disfrutarían los habitantes del pueblo donde se levantaban sus muros. Se deseaba que el beneficio fuera amplio, que llegara más allá de la localidad y sus vecinos. Pero ha transcurrido el tiempo y si bien el Noviciado Loyola cumplió en buena parte con el objeto para que fue construido, hoy, por la escasez de vocaciones, ha debido trasladarse a Santiago. Ha quedado el edificio prácticamente desocupado y sólo en forma esporádica, hay reuniones de tipo religioso o no religioso que, en ningún caso justificarían la existencia y mantención de un edificio de grandes dimensiones más aún, si su finalidad, por las razones expuestas, no se está cumpliendo. Creemos que los que contribuyeron, en cualquier forma, a levantar el edificio del Noviciado, y que lo hicieron por el bien común, deben hoy día estar pensando que el esfuerzo económico gastado no está sirviendo para el cumplimiento de la finalidad que fue el estímulo que los indujo a manifestar su generosidad. Por estas razones, tomando en cuenta el extraordinario aumento poblacional de la zona, y teniendo en consideración también el problema sanitario agravado por la escasez de hospitales; pensando además en su ubicación geográfica, la calidad y características de su construcción, la amplitud de sus dependencias, creemos que el antiguo Noviciado podría convertirse en un magnífico Hospital Regional que atendería la vastísima zona, de gran concentración demográfica, que abarca las ciudades de San Antonio, Cartagena, Llo-Lleo, etcétera y todo el amplio sector costero a la vez recibirían su beneficio las ciudades de Melipilla, todo el Departamento de Talagante y pueblos del sector Lonquén y Santa Ana. Así se cumpliría en gran parte el deseo de generosos donantes que hicieron posible la construcción del edificio: hacer el bien en beneficio de la comunidad. Por estas razones, me permito presentar el siguiente Proyecto de ley: Artículo único.- Autorízase a la Corporación de Mejoramiento Urbano para expropiar, en conformidad a su Ley Orgánica y transferir al Servicio Nacional de Salud con el exclusivo objeto de que se instale, dote y alhaje un Hospital Regional, los terrenos y edificios de propiedad de la Fundación Educacional Alonso Ovalle ubicados en la localidad de Padre Hurtado, comuna de Peñaflor, Rol 332-12 de Peñaflor, Departamento de Talagante, provincia de Santiago. Exclúyese de la expropiación que por esta razón se autoriza, los terrenos y edificios donde se encuentra ubicada la Iglesia Parroquial, la casa, oficinas y salas destinadas al uso de las labores propias de la Parroquia, como asimismo, la Casa de Ejercicios Espirituales y sus jardines anexos.- (Fdo.): Manuel Tagle Valdés." 25.- MOCION DEL SEÑOR BARRIONUEVO. "Honorable Cámara: En atención a que en el Departamento de Chañaral no existe ninguna otra industria que no sea la industria extractiva de minerales, la que se ha visto afectada por la baja del precio del cobre en el mercado internacional y, en virtud de que no hay ningún otro medio de subsistencia en dicho Departamento, con alrededor de 500 cesantes, en Pueblo Hundido, El Salado, Inca de Oro y Chañaral, estos cesantes se han visto en la imperiosa necesidad de buscar medios de subsistencia. Estos cesantes se han colocado en las márgenes del río El Salado que arrastra los relaves de la planta El Salvador, este río tiene un caudal de 700 litros por segundo y su recorrido tiene aproximadamente 165 kilómetros. Agitando sus aguas y usando reactivos se produce una espumación que contiene piritas de cobre en suspensión. La forma de sacar y aprovechar el concentrado de cobre consiste en sacar en forma rudimentaria la referida espumación fuera del cauce del río, obteniendo un mineral de una ley promedio de 15, 16, 17 y hasta 20 % de cobre. Un grupo compuesto de 3 o 4 personas, trabajando 24 horas puede obtener una tonelada de concentrado cuyo valor bruto sería de Eº 1. 300, descontando los gastos de la ley 16. 723 que grava con un 15% estos minerales, los gravámenes de otras leyes, más gastos de fletes, de maquila, etc., les queda un saldo a favor de Eº 800 aproximadamente. En consideración a que el río Salado arrastra en su caudal entre 115 y 120 toneladas de cobre fino en las 24 horas del día y que las 5 plantas existentes sólo tienen una capacidad de extracción de 20 toneladas, se pierden irremediablemente más de 90 toneladas diarias en las playas de Chañaral sin que las aproveche nadie, sino muy por el contrario, sólo sirven para aumentar el embancamiento de la bahía y el puerto de Chañaral. Como puede apreciarse, es desde todo punto de vista ilógico y perjudicial que se pierda esta riqueza en condiciones de que hay más de 500 cesantes que con sus familias alcanzan a más de 1. 000 personas en el citado Departamento de Chabaral. Este trabajo, lejos de crearle un problema al Gobierno, permite dar trabajo a estos chilenos sin necesidad de recurrir a la ayuda del Estado. Las 124 pequeñas plantas instaladas aguas abajo de la Planta El Salado sólo pueden recuperar entre 17 y 18 toneladas diarias de cobre fino. Como puede apreciarse, de todas maneras se pierden más de 70 toneladas diarias de cobre fino en el mar por ser imposible que la eficiencia de recuperación sea ciento por ciento eficaz. En consecuencia, aunque ENAMI o cualquier otra empresa realice nuevas instalaciones en dicho río, siempre habrá posibilidades de trabajo para este pequeño grupo de trabajadores cesantes y siempre se perderá una cantidad considerable de cobre fino que irá al mar. Beneficios: La instalación definitiva de estos trabajadores en las márgenes del río El Salado involucra: 1.- Fuente de trabajo estable y seguro para 500 personas, las que sumadas a sus grupos familiares, sobrepasan los 1. 000 beneficiados directos; 3.- Tributación en beneficio fiscal y del Departamento de Chañaral del orden de los Eº 600. 000 mensuales en conformidad a la ley 16. 723; 3.- La totalidad de las utilidades que, en conjunto se obtengan, serán invertidas y consumidas en el Departamento de Chañaral, produciendo un beneficio directo para la construcción, el comercio, el trasporte y la industria. Estas utilidades se estiman en conjunto entre 1. 500. 000 y 2 millones de escudos mensuales; 4.- Aumento de la producción de cobre fino en alrededor de 500 toneladas, con el consiguiente retorno de divisas para la economía nacional. Situación legal: Considerando que el Decreto 580 de 20 de julio de 1969 canceló todas las mercedes de agua en el río El Salado, la situación legal es la siguiente: "Pendientes las mercedes de agua definitivas, el título de dominio para hacerse dueño de las piritas, es el modo de adquirir denominado Ocupación. "Es decir, la mera y simple aprehensión natural de los bienes señalados. Tanto la Fiscalía de ENAMI, como el Ministerio de Obras Públicas y Transportes y la Comisión Especial, que en su época informó al Presidente de la República, llegan a igual conclusión. Por las razones expuestas, vengo en presentar el siguiente Proyecto de ley: Artículo 1º.- Sin perjuicio de los derechos que deriven o puedan derivar de las mercedes de agua que se otorguen en el río El Salado del Departamento de Chañaral, provincia de Atacama, declárase que todos aquellos que se han instalado en el curso de dicho río, para extraer las piritas de cobre en suspensión que aquel arrastre, serán considerados, para todos los efectos legales, como titulares en el dominio de los concentrados de cobre que obtengan, siempre que concurran las siguientes circunstancias: a) Que se trate de personas con residencia habitual en el Departamento de Chañaral, sin otras actividades industriales, mercantiles o de trabajo, que las propias derivadas de la obtención de los aludidos concentrados de cobre. b) Que el lugar de su instalación, se encuentre aguas abajo de la Planta Recuperadora que la Empresa Nacional de Minería ha instalado próxima a la Planta Osvaldo Martínez. c) Que la labor de extracción de piritas de cobre en suspensión, se haya iniciado entre el 1º de enero y el 30 de junio del año en curso. d) Que la actividad que desarrollen, en modo alguno, menoscabe o limite las obras que tiendan al desvío del río para evitar el embancamiento del puerto de Chañaral, y Que cumplan con los preceptos del artículo 15 de la ley 16. 723. Artículo 2º.- Corresponderá al Servicio de Minas del Estado cautelar el cumplimiento de los requisitos señalados en las letras a) a e) inclusive, del artículo precedente. (Fdo.): Raúl Barrionuevo Barrionuevo." IV.- ASISTENCIA. Sesión 11ª, Ordinaria, en miércoles 7 de julio de 1971. Presidencia del señor Cerda. Se abrió a las 11 horas y asistieron los señores: Acevedo Pavez, Juan Acuña Méndez, Agustín Amunátegui Johnson, Miguel Luis Araya Ortiz, Pedro Aylwin Azócar, Andrés Barrionuevo Barrionuevo, Raúl Cabello Pizarro, Jorge Campos Pérez, Héctor Cardemil Alfaro, Gustavo Carmine Zúñiga, Víctor Cerda García, Eduardo Concha Barañao, Jaime Espinoza Carrillo, Gerardo Frías Morán, Engelberto Fuentealba Caamaño, Clemente Fuentes Andrades, Samuel Fuentes Venegas, César Giannini Iñiguez, Osvaldo Godoy Matte, Domingo Guerra Cofré, Bernardino Huepe García, Claudio Insunza Becker, Jorge Irribarra de la Torre, Tomás Jaque Araneda, Duberildo Jarpa Vallejos, Abel Jáuregui Castro, Pedro Klein Doerner, Evaldo Koenig Carrillo, Eduardo Laemmermann Monsalves, Renato Lavandero Ulanos, Jorge Lazo Carrera, Carmen Leighton Guzmán, Bernardo Mercado Illanes, Julio Monares Gómez, José Morales Abarzúa, Carlos Muñoz Barra, Roberto Naudon Abarca, Alberto Núñez Malhue, Matías Olave Verdugo, Hernán Páez Verdugo, Sergio Palestro Rojas, Mario Pareto González, Luis Penna Miranda, Marino Pérez Soto, Tolentino Phillips Peñafiel, Patricio Pontigo Urrutia, Cipriano Ramírez Vergara, Gustavo Retamal Contreras, Blanca Riesco Zañartu, Germán Ríos Ríos, Héctor Ruiz-Esquide Jara, Mariano Saavedra Cortés, Wilna Salinas Clavería, Edmundo Salinas Navarro, Anatolio Salvo Inostroza, Camilo Schleyer Springmuller, Oscar Señoret Lapsley, Rafael Tagle Valdés, Manuel Tapia Salgado, René Toledo Obando, Pabla Torres Peralta, Mario Undurraga Correa, Luis Valenzuela Valderrama, Héctor Vargas Peralta, Fernando El Secretario, señor Lea-Plaza Sáenz, don Jorge Prosecretario, señor Guerrero Guerrero, don Raúl. Se levantó la sesión a las 13 horas 32 minutos. Asiste el señor Ministro de Relaciones Exteriores. V.- TEXTO DEL DEBATE. -Se abrió la sesión a las 11 horas. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión. Las actas de las sesiones 9ª y 10ª, ordinarias, quedan a disposición de los señores Diputados. Se va a dar lectura a la cuenta. -El señor Guerrero, don Raúl (Prosecretario), da cuenta de los asuntos recibidos en la Secretaría. 1.- PERMISO CONSTITUCIONAL. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Solicito el acuerdo unánime de la Sala para conceder permiso constitucional al señor Erich Schnake, a fin de que pueda ausentarse del territorio nacional por un lapso superior a 30 días. Si le parece a la Sala, se concederá. Acordado. 2.- PATROCINIO DEL EJECUTIVO PARA MODIFICAR EL ARTICULO 34 DE LA LEY Nº 10. 383.- OFICIO. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- En la Hora de Incidentes de la sesión ordinaria del miércoles pasado, el señor De la Fuente solicitó que, en la oportunidad en que hubiere quórum, se recabara el acuerdo de la Sala para enviar oficio, en nombre de la Cámara, a Su Excelencia el Presidente de la República, con el objeto de que, si lo tiene a bien, se sirva prestar patrocinio constitucional, junto con hacer presente la urgencia, a un proyecto que modifica la ley Nº 10. 383. El señor ACEVEDO.- ¿Para qué es? El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Es un oficio al Ejecutivo para que dé patrocinio a una modificación de la ley Nº 10. 383. Quedó pendiente el otro día, porque en el momento en que se solicitó no había quórum en la Sala. El señor GUERRA.- Se trata de un proyecto de ley que beneficia a los imponentes inválidos del Servicio de Seguro Social. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Si le parece a la Sala, se acordará enviar el oficio. Acordado. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Señores Diputados, en la sesión de hoy no se pudo incluir en la Tabla el proyecto que autoriza al Gobierno para llevar adelante la Conferencia de la UNCTAD, porque aún no se había dado cuenta de él en la Sala. Consultados los diferentes Comités, están de acuerdo en que se incluya para que pudiera ser tratado y despachado en esta sesión. El señor PARETO.- ¿Qué proyecto? El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- El de la UNCTAD. En todo caso, habría que tratarlo al final de la sesión, porque hubo un error en los boletines comparados. El señor PARETO.- Más rato pida el asentimiento. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- No hay acuerdo. El señor PHILLIPS.- Que lo lea el señor Secretario. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Se esperarán los boletines comparados. El señor PONTIGO.- Pido un minuto para rendir homenaje. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Solicito el acuerdo de la Sala para conceder la palabra, hasta por dos minutos, a los señores Ríos, don Héctor; Tagle, Pontigo, y Giannini. El señor PHILLIPS.- No, señor Presidente, porque si no lo hay para atender un compromiso internacional, menos lo habrá para conceder dos minutos... El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- No hay acuerdo. 3.- AUTORIZACION A LA MUNICIPALIDAD DE HUASCO (ATACAMA) PARA CONTRATAR EMPRESTITOS El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- En conformidad con el objeto de la presente sesión, corresponde ocuparse, en primer término, del proyecto de ley, de origen en una moción del señor Barrionuevo, informado por la Comisión de Gobierno Interior y la de Hacienda, que autoriza a la Municipalidad de Huasco para contratar empréstitos. Boletines Nºs. 10. 936 y 10. 936-A. Diputado informante de la Comisión de Hacienda es el señor Lavandero. -El proyecto está impreso en el boletín Nº10. 936. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- En discusión general el proyecto. El señor BARRIONUEVO.- Pido la palabra, señor Presidente. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor BARRIONUEVO.- Señor Presidente y Honorable Cámara, la Comisión de Gobierno Interior informa un proyecto de ley, de origen en una moción presentada por mí, por el cual se autoriza a la Municipalidad de Huasco para contratar empréstitos hasta por la cantidad de 575 mil escudos, con el fin de financiar la realización de un plan extraordinario de obras en el puerto de Huasco, como la construcción de un salón auditorium y un mercado municipal. La Comisión acordó emitir en su informe las menciones señaladas en los números 1º, 2º y 3º del artículo 64 del Reglamento Interior de la Corporación. En consecuencia, procedió a transcribir el texto del proyecto, despachado por unanimidad, y cuya aprobación recomienda a la Honorable Cámara. Por el artículo 1º se autoriza a la Municipalidad de Huasco para contratar uno o más empréstitos, directamente con el Banco del Estado de Chile u otras instituciones de crédito o bancarias, que produzcan hasta la suma de quinientos setenta y cinco mil escudos (Eº 575. 000), a un interés no superior al corriente bancario y con una amortización que extinga la deuda en un plazo máximo de diez años. Por el artículo 2º se faculta al Banco del Estado de Chile y demás instituciones de crédito para tomar el o los empréstitos a que se refiere el artículo anterior. Por el artículo 3º, el producto del o los empréstitos autorizados contratar por la presente ley, deberá ser invertido en los siguientes fines: Construcción de un salón auditorium Eº 400. 000 Construc. de un mercado municipal 175. 000 TOTAL Eº 575. 000 Por el artículo 4º se destina, con el exclusivo objeto de atender el servicio del o los empréstitos autorizados, el rendimiento de la tasa parcial de un uno por mil sobre el avalúo imponible de los bienes raíces de la comuna de Huasco, establecida en la letra e) del artículo 2º del decreto de Hacienda Nº 2. 047, de 29 de julio de 1965. Si dicho rendimiento no permitiera cubrir íntegra y oportunamente el pago de las amortizaciones e intereses de la deuda, la Municipalidad de Huasco deberá completar la suma necesaria con cargo a las entradas provenientes de su participación en la distribución de la tributación de la Gran Minería del Cobre. Si, por el contrario, hubiere excedente, se destinará éste a nuevas obras de adelanto local que acordare realizar la Corporación, por los dos tercios de los regidores en ejercicio en sesión extraordinaria, especialmente citada para el efecto. Por el artículo 5º, la Municipalidad de Huasco, en sesión extraordinaria especialmente citada, y con el voto conforme de los dos tercios de los regidores en ejercicio, podrá invertir los fondos sobrantes de una en otra de las obras proyectadas, aumentar la partida consultada para una, si resultare insuficiente para su total ejecución, con fondos de las otras, o alterar el orden de prelación en la ejecución de las obras. Por el artículo 69, en caso de no contratarse el o los empréstitos la Municipalidad de Huasco, podrá girar con cargo al rendimiento del tributo establecido en el artículo 4º para su inversión directa en las obras señaladas en el artículo 3º y hasta la total ejecución de las mismas. Podrá, asimismo, destinar a la ejecución de las mencionadas obras el excedente que se produzca entre esos recursos y el servicio de la deuda, en el evento de que el o los préstamos se contrajeren por un monto inferior al autorizado. Por el artículo 7º, el pago de intereses y amortizaciones ordinarias y extraordinarias de la deuda, se hará por intermedio de la Caja Autónoma de Amortización de la Deuda Pública, para cuyo efecto la Tesorería Comunal de Huasco, por intermedio de la Tesorería General de la República, pondrá oportunamente a disposición de dicha Caja los fondos necesarios para cubrir esos pagos, sin necesidad de decreto del Alcalde si no se hubiere dictado en la oportunidad debida. La Caja de Amortización atenderá el pago de estos servicios de acuerdo con las normas establecidas por ella para el pago de la deuda interna. Por el artículo 8°, la Municipalidad de Huasco depositará en la cuenta de depósito fiscal "F-26 Servicio de Empréstitos y Bonos" los recursos que destina esta ley al servicio del o los préstamos y hasta la cantidad a que ascienda dicho servicio por intereses y amortizaciones ordinarias. Asimismo, la Municipalidad mencionada deberá consultar en sus respectivos presupuestos anuales, en la partida de ingresos extraordinarios, los recursos que produzca la contratación del o los empréstitos, y, en la partida de egresos extraordinarios, las inversiones proyectadas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3º de la presente ley. Esto fue acordado en sesión de 22 de agosto de 1968, con asistencia de los señores Fuenzalida (Presidente), Acevedo, Astorga, Olave, Jaque, Torres y Valente. El Informe de la Comisión de Hacienda dice que también fue aprobado por unanimidad y recomienda su aprobación. Yo quiero agregar que la Municipalidad de Huasco adquirió un extraordinario movimiento marítimo, especialmente en estos últimos diez años, con motivo de la puesta en ejecución de Cerro Algarrobo, que ha llegado a exportar 4 millones de toneladas de hierro sin que haya sido gravado. Sólo ha dejado trabajo en el puerto. En consecuencia, la Municipalidad de Huasco no tiene más recursos que los que le entran por la ley Nº 11. 828. Por el proyecto en debate se grava a las propiedades de bienes raíces de Huasco, es decir, se financia con recursos propios de la zona. A pesar de que han transcurrido dos años desde la aprobación del proyecto por la Comisión y que sus costos de inversión han quedado muy por debajo de la realidad, no vamos a presentar indicación para actualizarlo, a fin de evitar que tenga que volver a la Comisión de Hacienda. Por eso, ruego a la Cámara que le dé su aprobación, con el objeto de que la Municipalidad de Huasco reciba recursos, porque, no obstante tener un movimiento extraordinario, no tiene ingresos. Reitero mi petición, ya que está aprobado por las dos Comisiones: de Hacienda y de Gobierno Interior. Nada más. Muchas gracias, señor Presidente. El señor ACEVEDO.- Pido la palabra. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor ACEVEDO.- Señor Presidente, la autorización de empréstito a la Municipalidad de Huasco, a que se ha referido el colega Barrionuevo, es del orden de los 575 mil escudos. El informe de la Comisión de Gobierno Interior es del 22 de agosto de 1968. El artículo 3º de ese informe se refiere a las obras que se van a realizar, que son las que ha señalado el colega Barrionuevo. El artículo 4º se refiere al financiamiento del proyecto. Dice que se destina, con el exclusivo objeto de atender el servicio del o de los empréstitos, el rendimiento de la tasa parcial del uno por mil del avalúo de los bienes raíces, que está consultado en la letra e) del artículo 2º del decreto de Hacienda Nº 2. 047. El uno por mil del avalúo debe financiar en diez años los 575 mil escudos. En el informe de la Comisión de Gobierno también se dice que no ha habido tiempo para redactar este informe y que, en atención a los números 1, 2, y 3 del artículo 64 del Reglamento, se omite el informe. El informe de la Comisión de Hacienda, que se refiere al financiamiento del préstamo de 575 mil escudos, no introduce ninguna modificación al articulado del informe de la Comisión de Gobierno. Pero el informe de la Comisión de Hacienda, utilizando los antecedentes, dice que el servicio de la amortización e intereses se financia mediante una contribución adicional de los bienes raíces de un tres por mil. Además, dice que habría un recargo de 20% sobre las patentes municipales y de 30% sobre el impuesto a las facturas domiciliarias. Vale decir, las patentes de automóviles, las patentes del comercio en general, de los negocios, las patentes de los profesionales, las patentes de bicicletas, etcétera, todas esas patentes tendrían un recargo de un 20%. Después, tendrían un 30% de recargo las facturas domiciliarias. Se supone que las facturas domiciliarias deben ser las facturas por el cobro de la luz eléctrica, del agua potable; se entiende que deben ser las facturas domiciliarias de algunos servicios de utilidad pública, porque no podrían ser en ningún caso las facturas domiciliarias de otra naturaleza. Si algún comerciante le manda la factura a la casa a una persona esa factura no va a estar gravada en un 30%. Y dice este informe de la Comisión de Hacienda -que es lo que falta, precisamente, en el informe de la Comisión de Gobierno Interior- que el avalúo de la comuna de Huasco sería de 3 millones 320 mil 902 escudos y que el 3 por mil tendría un rinde de 9 mil 961 escudos 80 centésimos. Dice que las patentes, comerciales, industriales, profesionales y de alcoholes, producen un ingreso de 18 mil 729 escudos en el año y que, aplicado el porcentaje, el recargo tendría un rinde de 3 mil 745 escudos. Dice que, por concepto de impuesto sobre facturación domiciliaria, se calcula una recaudación anual de 11 mil 710 escudos y que el rinde de 30% sobre esta suma sería de 3 mil 413 escudos anuales. En total, sumando, se llega al orden de 17 mil escudos. Para servir este préstamo de 575 mil deben necesitarse, por lo menos, 60 mil escudos en el año. De lo contrario, no habría ninguna posibilidad de financiarlo. Pero todo esto que hace notar el informe de la Comisión de Hacienda no está comprendido en modificaciones al informe de la Comisión de Gobierno Interior. Aquí ha habido un lamentable error. No sé realmente a qué se pudo haber debido que el análisis que hace la Comisión de Hacienda, y que lo pueden ver los colegas en el boletín 10. 936-A, no tiene ninguna relación con el informe de la Comisión de Gobierno Interior. En todo caso, no obstante todo este esfuerzo por buscar financiamiento, nosotros discrepamos de algunos gravámenes, por tratarse de impuestos de carácter inflacionario, como el recargo del 30% a las facturas domiciliarias, por ejemplo. Recargar las facturas de luz eléctrica, de agua potable, en un 30%, es realmente un exceso. Pero, en todo caso, el informe de la Comisión de Hacienda no tiene coincidencia con el informe de la Comisión de Gobierno Interior. En el artículo 4º, Gobierno Interior solamente aprobó un uno por mil. Si la Comisión de Hacienda señala que el avalúo territorial, tanto urbano como rural, es de 3 millones 320 mil 902 escudos, el uno por mil, naturalmente, no iría más allá de 3 mil 320 escudos. En consecuencia, con los 3 mil 320 escudos es materialmente imposible que se pueda financiar el empréstito, o los empréstitos, por la suma de 575 mil escudos. Es decir, faltan 57 mil escudos para financiar este empréstito. No sé, si los colegas, al examinar los informes de Gobierno y de Hacienda, concordarían con la insinuación de volver este proyecto a Comisión, con el objeto de hacerle un estudio más detenido, de tal suerte que su trámite en el Parlamento esté sujeto a la realidad. Porque lo contrario sería engañar a los habitantes de la comuna de Huasco con esta iniciativa de tipo legal, con esta autorización de empréstito. De ahí que yo hago esa proposición: si acaso lo estima así la Sala, que vuelva nuevamente a las Comisiones de Gobierno y de Hacienda. Sobre todo, interesa la opinión que pueda tener el colega Barrionuevo. También podría la Mesa reiterar lo que en este instante estoy observando respecto del informe de la Comisión de Hacienda, que no tiene relación con el informe de la Comisión de Gobierno Interior. Sólo eso quería expresar, a modo de información. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Ofrezco la palabra. El señor BARRIONUEVO.- Pido la palabra. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Barrionuevo. El señor BARRIONUEVO.- Señor Presidente, quiero contestarle al colega Acevedo, respecto del informe de la Comisión de Gobierno Interior, que él tuvo a bien aprobarlo. Está consignado aquí en el informe. Además, en realidad, se reunió el pueblo de Huasco en una gran concentración para buscar el modo de construir especialmente su teatro, que no lo tiene, y otras obras de adelanto, en la imposibilidad de obtener de medios del Estado ningún recurso. Por eso se sacrificaron profesionales, comercio, bienes raíces; todo el mundo puso su visto bueno para obtener estos fondos con un empréstito, como lo dice el proyecto. De modo que yo no he traído sino la voz del pueblo de Huasco, de toda la gente representada allí, de los sindicatos marítimos, de toda la representación. Ellos fueron los que redactaron prácticamente este proyecto para darle forma aquí en la Honorable Cámara. Señor Presidente, por tratarse de que ya han transcurrido más de tres años y no se ha podido aprobar este proyecto, creo que lo podríamos aprobar, y si hay alguna modificación que hacerle, podría hacerse en el Senado, porque, repito, ya tiene un largo trámite. Vuelvo a decir que es un deseo del pueblo de Huasco. Ellos han aceptado este gravamen, por no contar con ningún otro recurso para tener algún adelanto local. Eso quería informarle al colega señor Acevedo. El señor FUENTES (don Samuel).- ¿Cuál gravamen? El señor BARRIONUEVO.- Las patentes. El pueblo lo ha aceptado, colega. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Ofrezco la palabra. El señor FUENTE (don Samuel).- ¿Me permite? El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Fuentes, don Samuel. El señor FUENTES (don Samuel).- Señor Presidente, el colega señor Barrionuevo ha planteado que, por el tiempo transcurrido, le demos toda clase de facilidades al despacho de este proyecto. Pero ocurre que las observaciones de la Comisión de Hacienda no se convirtieron en indicaciones para el proyecto. Así, se ve la contradicción de que el artículo 4º habla de una tasa especial del uno por mil sobre el avalúo imponible de los bienes raíces y la Comisión de Hacienda habla de un tres por mil. Además, la Comisión de Hacienda habla de recargo de patentes, habla de recargo del impuesto sobre facturación; pero esto no fue convertido en indicaciones al proyecto para darle financiamiento. De manera que en este informe de la Comisión de Hacienda, hecho en septiembre, cuando se hace todo a la carrera, incuestionablemente que hubo una omisión, al no señalarse que había que formular tales o cuales indicaciones para darle financiamiento definitivo a este proyecto. Por eso, creo que la única solución es volver este proyecto, como dice el colega Acevedo, a la Comisión de Hacienda, para que complemente su informe y lo traiga a la próxima sesión, donde se puede tratar con toda preferencia. Enviar un proyecto de esta naturaleza al Senado, señor Presidente, nos deja a nosotros en una situación bastante difícil. De manera que formulo indicación para que pase exclusivamente a la Comisión de Hacienda, que es la que tiene que darle financiamiento al proyecto, para que complemente su informe del 10 de septiembre del año 1968. Nada más. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Ofrezco la palabra. El señor PONTIGO.- Pido la palabra. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Pontigo. El señor PONTIGO.- Señor Presidente, nosotros, naturalmente, estamos en general de acuerdo con este proyecto, por lo que ha explicado, a través de la lectura que le dio, el colega Barrionuevo. Nosotros conocemos esa región. Sabemos las circunstancias difíciles por que atraviesa; de tal manera que no podemos estar en contra. Sin embargo, las observaciones que ha hecho el colega Juan Acevedo y las que acabamos de oír del colega Samuel Fuentes, están indicando claramente que no sería conveniente, para el prestigio de la Cámara, enviar este proyecto, en estas condiciones, al Senado. Yo estoy de acuerdo en que éste vuelva a Comisión, para que pueda ser corregido y hacer un nuevo examen de la situación y ver cómo se puede dar a la comuna de Huasco la posibilidad de que construya este salón-auditorium y el mercado municipal que tanto necesita. En verdad, como ha dicho el colega Barrionuevo y yo estoy de acuerdo y coincido con él, ha pasado un largo tiempo. Pero, si ha pasado un largo tiempo, perfectamente podemos esperar una semana más para corregir esto; y, en seguida, en la sesión del martes o miércoles, sancionarlo favorablemente, de acuerdo con el estudio que se haga sobre la materia, y enviar al Senado un proyecto bien elaborado, como todos los deseamos. Nada más. El señor KLEIN.- ¡Votemos! El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Solicito el acuerdo de la Sala para enviar a la Comisión de Hacienda el proyecto de empréstito a la Municipalidad de Huasco y, una vez que esté evacuado el informe de la Comisión de Hacienda, tratarlo en la Sala con preferencia para que sea despachado, dándole un plazo a la Comisión de Hacienda de diez días. El señor AMUNATEGUI.- No 10 años. El señor PALESTRO.- Muy bien. El señor PONTIGO.- Muy bien. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Si le parece a la Sala, así se acordará. Acordado. 4.- INCORPORACION DEL PERSONAL DE LA FACULTAD LATINOAMERICANA DE CIENCIAS SOCIALES EN EL REGIMEN PREVISIONAL DE LA CAJA NACIONAL DE EMPLEADOS PUBLICOS. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Corresponde tratar el Mensaje que establece que el personal de empleados dependiente de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO), estará acogido al régimen previsional de la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas. Boletín Nº 636-71-2. Diputado informante de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, es el señor Leighton. -Dice el proyecto: Articulo único.- Los empleados de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) estarán afectos al régimen de seguro social de la Sección Empleados Públicos de la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, y tendrán los mismos derechos que los empleados de la Universidad de Chile. La Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales cotizará en dicha caja y en los fondos que corresponda las respectivas imposiciones y aportes que, en conformidad con las leyes, son de cargo del empleador. Lo dispuesto en este artículo se aplicará a contar desde el 1º de enero de 1971. Artículo Transitorio.- Los actuales empleados de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales que hubieren prestado servicios en ella con anterioridad al 1º de enero de 1971 y que no hubieren efectuado imposiciones en la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, estarán afectos al régimen de dicha caja a partir de la fecha en que empezaron a prestar servicios como dependientes de esa Facultad. Para los efectos de lo dispuesto en el inciso precedente, la Facultad deberá enterar las imposiciones patronales que procedan. La caja otorgará a los empleados beneficiarios un préstamo para el integro de las imposiciones personales que resulten adeudar, con las modalidades que se aplican a los préstamos de integro de imposiciones a que se refiere la ley Nº 10. 986. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Ofrezco la palabra. El señor LEIGHTON.- Pido la palabra. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Leighton. El señor LEIGHTON.- Este proyecto, señor Presidente, fue enviado por el Ejecutivo para regularizar la situación previsional de los empleados de este organismo internacional. El proyecto contaba de un solo artículo, pero el mismo Ejecutivo mandó posteriormente una indicación para regularizar también la situación de los empleados que tenían más tiempo como imponentes de otras Cajas. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Señor Leighton, el señor Palestro le ha solicitado una interrupción. El señor PALESTRO.- Después, señor Presidente. Luego. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Puede continuar el señor Leighton. El señor LEIGHTON.- Esta indicación del Ejecutivo fue también aceptada por la Comisión conjuntamente con el proyecto; pero, a indicación del señor Amello, se prefirió que, en vez de la indicación que quedara contenida en el artículo único del proyecto, se agregara un artículo transitorio que la contuviera. Todo esto se acordó unánimemente en la Comisión, que reconoció que esto era de justicia para regularizar, repito, la situación de estos empleados, haciéndolos imponentes de la Caja de Empleados Públicos, como corresponde por la calidad que ahora tienen, y para evitar también que se mantuviera una situación de injusticia con relación a los empleados más antiguos. El señor KLEIN.- ¿Cuántos son? El señor LEIGHTON.- Los empleados son poca cantidad. No supimos en la Comisión exactamente. Deben ser 20, 30 ó 40 personas, tal vez menos, y es gente muy seleccionada, de primera calidad. Por eso, la Comisión, por unanimidad, aprobó el proyecto del Ejecutivo. Nada más, señor Presidente. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Palestro. El señor PALESTRO.- Señor Presidente, los Diputados Socialistas vamos a apoyar gustosos este proyecto, porque consideramos que se hace justicia a un selecto grupo de funcionarios de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales. A través de una nota que nos hicieron llegar a todos los parlamentarios, firmada por todas las personas a quienes favorece este proyecto, se aclara mucho más -aparte de lo dicho por el Diputado informante, señor Bernardo Leighton- lo que significa el artículo único y el artículo transitorio de este proyecto. Ella dice: "Por la presente queremos poner a usted en antecedentes de la situación que afecta al personal de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) quienes, debido al término de la dependencia de esta Facultad con la Universidad de Chile, se ven privados desde el 31 de diciembre de 1970 de los beneficios que otorga la previsión social. "Atentos a este problema de gravísimas consecuencias para todos nosotros, la Secretaría General de la Facultad procedió a solicitar, por intermedio de un proyecto de ley, la posibilidad de que los empleados continuásemos afiliados a la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, ampliando más tarde este proyecto original con un artículo que permitiría la integración a dicha Caja de los empleados que, por no haber sido contratados a través de la Universidad de Chile, carecían de los beneficios que ella otorga, los que se incorporarían reconociéndoseles sus años de antigüedad. "Dada esta situación, que ya se ha dilatado por más de 5 meses causando graves trastornos para nosotros (compañeros que se han visto privados del servicio de SERMENA, etcétera), venimos a solicitar a Ud. tenga a bien procurar que se dé a este proyecto un carácter de suma urgencia para ver solucionado a la brevedad posible el problema que nos afecta. " "Esperando que nuestra solicitud cuente con una acogida favorable de vuestra parte, la que agradecemos de antemano, saludan atentamente a Ud." Y viene una lista de los funcionarios afectados, o favorecidos por esta ley, que son: Ana Rivera, Pilar Ruiz, Ornar Narváez, Freda Sharim, Mireya Mutis, Julia Peric, Fernando Contreras, Luis Zerene, Silvia Peric, Ana María Salas, Miguel Escobar, Noelia Montesinos, José Hernández, María Seves, Octavio Correa, Jorge Castro, Silvia Bauer, Humberto Lecaros, Silvia Hernández, Gloria Rebolledo, Gino Maggiolo, Marta Martínez y María Teresa Riera. Es decir, 20 ó 22 funcionarios, cuya nómina he dado a conocer son, justamente, las personas que van a ser favorecidas con este proyecto. De ahí, señor Presidente, de la lectura de esta nota y de la exposición del señor Diputado informante, se deduce que este proyecto es de estricta justicia. Por lo mismo, los Diputados socialistas vamos a apoyar también su artículo único y su artículo transitorio. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. El señor FUENTES (don Samuel).- Pido la palabra. El señor CERDA, don Eduardo Vicepresidente).- Tiene la palabra el Diputado señor Fuentes, don Samuel. El señor FUENTES (don Samuel).- Señor Presidente, es únicamente para dejar en claro, que quede en claro en la Sala de Diputados, que la incorporación de estos funcionarios al sistema de previsión de la Caja de Empleados Públicos y Periodistas, les otorga el derecho de asignación familiar. Yo quiero que quede establecido de esta manera, porque, hace algún tiempo, nosotros incorporamos en los beneficios de la Caja de Empleados Públicos, a los funcionarios que atienden las agencias postales de Correos. Y la Caja de Empleados Públicos, la Contraloría General de la República y el Ministerio de Hacienda, a pesar de que son imponentes de la Caja de Empleados Públicos, no les han reconocido el derecho que tienen al beneficio de la asignación familiar. Por esa razón, quiero que en la historia de este proyecto de ley quede establecido que estos funcionarios, al ser imponentes de la Caja de Empleados Públicos, adquieren todos los derechos, incluso el derecho a la asignación familiar. Nada más, señor Presidente. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Ofrezco la palabra. El señor ACEVEDO.- Pido la palabra, señor Presidente. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Acevedo. El señor ACEVEDO.- Señor Presidente, el proyecto, como bien lo ha manifestado el colega Bernardo Leighton, se refiere a un grupo de funcionarios, dependientes de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO), que, primitivamente, eran imponentes de la Caja de Empleados Públicos. La ley Nº 17. 328, como dice el informe, otorgó personalidad jurídica internacional a la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales. Este hecho significó que sus funcionarios pasaron a ser imponentes de la Caja de Previsión de Empleados Particulares, sujetos a las leyes Nºs. 1. 295, 10. 475, etcétera. Pero, como con anterioridad a esta ley -la Nº 17. 328- ellos eran imponentes de la Caja de Empleados Públicos, el Ejecutivo ha enviado el Mensaje, que la Cámara en estos instantes conoce, con la sola finalidad de que, por mandato de la ley, puedan retornar como imponentes a la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas y continuar haciendo sus imposiciones, reponiendo aquéllas otras que les correspondieron durante la vigencia que lleva la ley Nº 17. 328, a fin de reintegrarlas, en conformidad a la ley Nº 10. 986, vale decir, a la Ley de Continuidad de la Previsión. Lo que hacía notar el colega Samuel Fuentes acerca de la asignación familiar es muy importante. Estos funcionarios, por una disposición legal especial, pasan a ser imponentes de la Caja de Empleados Públicos. Entonces, podría quedar la duda respecto de su derecho al beneficio de la asignación familiar, dada la ley orgánica de la Caja de Empleados Públicos y Periodistas. Yo entiendo que se salva esta dificultad con la última frase del inciso primero del artículo único, que dice: "y tendrán los mismos derechos que los empleados de la Universidad de Chile". Tengo entendido qué, en estos instantes, los funcionarios de la Universidad de Chile están percibiendo asignación familiar y son imponentes también de la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas. En consecuencia, si la ley dispone que tendrán los mismos derechos, estos derechos de tipo previsional tendrían también el derecho a la asignación familiar. De tal suerte que esta frase final del inciso primero cumpliría la finalidad respecto de los derechos previsionales, que incluyen al de la asignación familiar, que en el caso del sector público es de cargo del empleador. En tales circunstancias, el pago de la asignación familiar sería de cargo de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO es la sigla), como entiendo que es de cargo de la Universidad de Chile el pago de la asignación familiar de sus funcionarios. Quería hacer esta observación, con el objeto de que quede en la historia de la ley, para los efectos de su aplicación en el futuro. Eso es todo, señor Presidente. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Ofrezco la palabra. El señor GUERRA.- Pido la palabra. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Guerra. El señor GUERRA.- Señor Presidente, en homenaje al pronto despacho de este proyecto de ley, me limitaré a expresar que los Diputados nacionales vamos a apoyarlo, para que el personal que trabaja en la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales pase a depender de la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, mucho más por la explicación tan clara y precisa del Diputado informante señor Leighton. Nada más, señor Presidente. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. Solicito el asentimiento unánime de la Sala para omitir el trámite de votación secreta. Si le parece a la Sala, así se acordará. Acordado. En votación general el proyecto. Si le parece a la Sala, se aprobará en general. Aprobado. Como no ha sido objeto de indicaciones, queda aprobado también en particular. Despachado el proyecto. 5.- ASIGNACION DEL 10% DEL PRESUPUESTO DE LA CORPORACION DE MAGALLANES PARA DISTRIBUIRLO ENTRE LAS MUNICIPALIDADES REGIONALES El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Corresponde tratar, a continuación, la moción que destina un 10; % del presupuesto de la Corporación de Magallanes para ser repartido entre las Municipalidades de Punta Arenas, Natales y Porvenir. Diputado informante de la Comisión de Gobierno Interior es el señor Pérez, don Tolentino. -El proyecto de ley, impreso en el boletín Nº 699-(71)-2, es el siguiente: "Artículo 1º.- Asígnase del Presupuesto de la Corporación de Magallanes, el 10% de los ingresos generales, para distribuirlos en los Municipios de la provincia de Magallanes, en la siguiente proporcionalidad*: Municipalidad de Magallanes, 5% (cinco por ciento); Municipalidad de Ultima Esperanza, 3% (tres por ciento); y Municipalidad de Tierra del Fuego, 2% (dos por ciento). Artículo 2º.- Las remesas se transferirán directamente y a mes vencido, a una cuenta bancaria que, para este efecto abrirá especialmente la Municipalidad respectiva. El monto de las remesas corresponderá a los valores porcentuales estipulados en el artículo 1º, en relación al ingreso mensual de la Corporación de Magallanes. Artículo 3º.- Las inversiones municipales provenientes de esta ley, tendrán un destino exclusivo para obras de adelanto comunal, exceptuándose expresamente los gastos de administración general de Municipio, remuneraciones, estipendios o gratificaciones destinadas al personal de las Municipalidades. Artículo 4º.- Facúltase a los Municipios de la provincia de Magallanes, para que con los fondos provenientes de esta ley puedan suscribir convenios intercomunales con otras Municipalidades de la provincia, que signifiquen acción de adelanto comunal. Artículo 5°.- Facúltase a la Tesorería Provincial de Magallanes, para percibir y entregar directamente a la Corporación de Magallanes, a mes vencido, los tributos legales que le correspondan. Artículo transitorio.- Lo dispuesto en el artículo 1º regirá a contar del 1º de julio de 1971". El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Ofrezco la palabra. El señor PEREZ.- Pido la palabra. El señor CERDA, don Eduardo Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor PEREZ.- Señor Presidente, este proyecto, en una parte impositiva muy sencilla, condensa una inquietud muy sentida de los municipios. Me refiero, en especial, a los de Puerto Natales, Puerto Porvenir y, naturalmente, al municipio más importante de la provincia, el de Punta Arenas. Esta iniciativa de ley tiene por objeto distribuir, entre las Municipalidades ya señaladas, el 10% de los ingresos generales de la Corporación de Magallanes. La ley que creó la Corporación de Magallanes ha permitido a este organismo realizar, en forma autónoma, una gran obra de descentralización; y en tres años de actividades, ha demostrado ya lo positivo que es un régimen de descentralización efectiva, especialmente en el aspecto de las decisiones de orden económico. Sin embargo, con la experiencia de tres años, la provincia de Magallanes ha considerado que la descentralización que significó la Corporación de Magallanes debe extenderse, además, a los distintos departamentos de la provincia, teniendo en cuenta especialmente la extensa área que cubre la provincia de Magallanes. Como decía, el proyecto persigue entregar un porcentaje de los ingresos generales del presupuesto de la Corporación de Magallanes, distribuido de la siguiente manera: al Municipio de Magallanes, un 5%; al Municipio de Ultima Esperanza, un 3%; al Municipio de Porvenir, un 2%: Como el presupuesto general de la Corporación de Magallanes bordea estimativamente en los 160 millones de escudos, el proyecto significa, concretamente, que el valor absoluto por distribuirse entre estas Municipalidades asciende a los 16 millones de escudos. A la Municipalidad de Magallanes le corresponderían 8 millones de escudos; a la de Puerto Natales, 4 millones 800 mil escudos; y a la de Porvenir, 3 millones 200 mil escudos. Esta iniciativa, como decía al comienzo de mi intervención, constituye una aspiración muy sentida de los municipios de la provincia de Magallanes; pero, además, viene a superar, por lo menos en mi provincia, un problema que es general a todos los municipios del país. Nuestros municipios, y me refiero específicamente a los municipios de nuestra provincia de Magallanes, están totalmente desfinanciados en estos momentos; de manera que esta ley les significaría administrar, con un criterio de desarrollo comunal, fondos importantes que, en la actualidad, no lo tienen. Para ilustrar a los señores Diputados, debo señalar que todos los municipios han apoyado esta iniciativa y que existen informes de la Comisión de Interior que así lo expresan. Como ilustración, debo recalcar también que esta iniciativa implica un espíritu realmente constructivo, ya que los alcaldes de los tres municipios no son democratacristianos. Tengo aquí un telegrama, por el cual el Alcalde de Magallanes se dirige al Presidente de la Cámara y a otros señores Diputados, y que dice: "Me es grato comunicar Ud. acuerdo Corporación Municipal Magallanes sentido solicitar apoyo proyecto ley destina fondos 10 por ciento presupuesto CORMAG para municipios Natales Porvenir P. Arenas. Aprobación esta iniciativa significa otorgar importantes recursos tres municipios provincia a objeto puedan realizar proyectos específicos obras adelanto. Agradecido vuestra valiosa gestión lo saluda atenta y cordialmente.- Evalterio Agüero, Alcalde. " En comunicaciones similares se han expresado también los Alcaldes de Puerto Natales, militante del Partido Socialista; y el de Puerto Porvenir, militante también del mismo partido. Como digo, este proyecto es muy sencillo, y espero que los colegas, muchos de los cuales conocen la provincia de Magallanes, le den su asentimiento, a fin de que esta sentida inquietud de los magallánicos se vea concretada en la realidad. Nada más. El señor OLAVE.- Pido la palabra. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor OLAVE.- Señor Presidente, es sólo para hacerle una consulta al colega Diputado informante. El proyecto en referencia, en su artículo transitorio, establece que lo dispuesto en el artículo 1º entrará en vigencia a contar del 1º de julio de 1971. La verdad es, en primer lugar, que ya hemos superado prácticamente la fecha; y, en segundo término, tengo entendido, y de allí viene el origen de mi consulta, cuando existe una ley de esta magnitud, iniciativa que favorece con sus fondos a la zona austral de Chile, la inversión de ellos está programada generalmente desde el año anterior; de modo que, con este criterio, se encontraría programada, al menos, la inversión total de los fondos para 1971. En consecuencia no tendría razón de ser colocar, como fecha de iniciación del gasto de la programación, el 1º de julio, en circunstancias que ésta ya se encontraría copada, por la disposición y por las facultades que entregará, naturalmente, el reglamento de esta ley. Ese es el fondo, el origen de mi consulta. Nada más. El señor PEREZ.- Pido la palabra. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor PEREZ.- Señor Presidente, en realidad, es interesante la observación del Diputado señor Olave, porque contiene un aspecto que es necesario esclarecer. La Corporación de Magallanes, por acuerdo del Consejo, destinó ya para el año 1971 algunos fondos, precisamente en el porcentaje indicado en la moción, recursos que van a beneficiar a los municipios de Puerto Natales, Porvenir y Magallanes. Este artículo transitorio significa, en definitiva, ratificar legalmente, a través de una ley, algo que está establecido ya como acuerdo e incorporado al programa de inversión de este organismo, llamado Corporación de Magallanes. El señor PONTIGO.- Pido la palabra. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor PONTIGO.- Señor Presidente, nosotros fuimos partidarios de la creación de la Corporación de Magallanes y, aquí, dimos nuestros votos favorables, junto con nuestras opiniones, para ir en procura del progreso de esa región. Los que hemos visto y visitado a Magallanes -conozco la provincia desde 1946-, hemos podido observar el esfuerzo extraordinario que los habitantes de esa zona hacen para incorporarse realmente a la vida chilena. Durante muchos años, ellos estuvieron aislados del resto del país y vinculados, mediante una serie de aspectos económicos, a la Argentina. La influencia de Argentina ha sido muy grande en toda la vida de Magallanes, pues la falta de desarrollo real de esa zona ha obligado a un gran sector de la población magallánica, todos los años, a emigrar hacia las pampas argentinas, especialmente en la época de faenas de campo, esquilas, etcétera. Ellos se han dedicado siempre al desarrollo de la agricultura, de la industria, de la industria maderera, a la explotación del carbón. Según una información de hace largos años, Magallanes tiene una reserva, aproximadamente, de 5 mil millones de toneladas de carbón, producto que no es utilizable, porque posee un alto porcentaje de ceniza; pero sería posible, a través de una serie de procedimientos, eliminar la ceniza y transformar el carbón en un elemento útil para el desarrollo económico chileno, y eso podría dar trabajo a una cantidad enorme de obreros. Lavaderos de lana y una serie de otras industrias podrían instalarse allí para darle vida a esa región e incorporarla, repito, a la vida chilena. Para esto fue creada la Corporación de Magallanes, es decir, con el propósito de que ella contribuya eficazmente al progreso de esa zona, dentro del menor período posible y dentro de las posibilidades económicas que la ley respectiva le daba. En este proyecto, se propone ahora que un 10% del presupuesto de esa Corporación sea destinado a los municipios de Punta Arenas, Porvenir y Puerto Natales. Nosotros estamos en contra de esta ley, y lo estamos porque esto significa herir económicamente a la Corporación de Magallanes. El colega Pérez ha dicho en su intervención, hace pocos instantes, que la Corporación de Magallanes resolvió ya entregar determinados aportes de dinero a estos municipios; pero una cosa es establecer por ley la obligación de la Corporación de destinar anualmente un 10% de su presupuesto a los municipios, y otra cosa es que la Corporación resuelva, porque conviene a los intereses de la región, distribuir entre los municipios determinadas sumas de dinero para ciertas inversiones, en el conjunto del programa que ella tiene para la zona de Magallanes. Creemos que esto significa podar los recursos de la Corporación, y disminuirle los recursos, importa, en este caso, al entregarse por ley esta suma a los municipios, dispersar los esfuerzos y la capacidad de la gente magallánica para salir de la situación de atraso en que se encuentra y "despegar", como dicen ahora los técnicos. Creemos que imponerle por ley esto a la Corporación de Magallanes significa esterilizar las posibilidades de desarrollo de Magallanes, y limitar sus posibilidades involucra retrasar el desarrollo de esa provincia. Aquí se ha dicho, y lo sabemos todos, que estas corporaciones elaboran sus programas de año en año y determinan las inversiones viendo las posibilidades de realización de algunas obras, o, por lo menos, de colocar, en otras, las primeras piedras. Nosotros estimamos que esto no puede ser. Tenemos que darle a la Corporación de Magallanes la posibilidad de que, independientemente de la obligación que le imponga la ley, pueda ella darles a los municipios lo que estime conveniente, en función de sus programas y del interés de Magallanes. Pero no sí, a secas, porque los municipios necesitan recursos económicos, cosa que sabemos. Las municipalidades de todo Chile no tienen los recursos suficientes. La comunidad demanda de ellos el cumplimiento de algunas promesas electorales y de otra clase de obligaciones, en fin. No obstante, creemos que la Corporación de Magallanes debe mantener sus recursos, porque en ello va incorporada la idea de concentrar los esfuerzos y la capacidad regional hacia metas determinadas. En nuestro país se ha hablado mucho, por ejemplo, de que hay muchos organismos previsionales y que sería conveniente centralizarlos en uno solo, para concentrar también los esfuerzos y mejorar la previsión. Se habla de que, en el terreno de la minería, hay muchos institutos u organismos que intervienen en este proceso, en Chile. Pero, ¿qué ocurre? Que como están dispersos, como no hay un plan común, como no hay una perspectiva común, los esfuerzos se van esterilizando; porque, a veces, se repiten las mismas ideas o experiencias y se hacen los mismos gastos en distintos organismos, lo que no conviene al país. La tendencia actual es centralizar, es condicionar con una sola orientación las inversiones y la capacidad que tenemos en Chile. Por esta razón, los comunistas no nos oponemos al progreso y al porvenir de Magallanes; nos oponemos a que le poden los recursos a la referida Corporación. El colega Juan Acevedo me ha pedido una interrupción. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Con la venia de Su Señoría, puede hacer uso de la palabra el señor Acevedo. El señor ACEVEDO.- Señor Presidente, quiero hacer presente... El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- ¿Me permite, señor Diputado? El señor Ríos estaba solicitando una interrupción con anterioridad. El señor PONTIGO.- Yo le concedí una interrupción al colega Acevedo. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Puede hacer uso de la palabra el señor Acevedo. El señor ACEVEDO.- Señor Presidente, a lo que ha manifestado el colega Pontigo, quiero agregar que el proyecto en discusión daña seriamente la orientación que tanto esta Cámara como el Senado han estado entregando en materia legislativa para varias regiones del país. Comenzando con el norte, la Junta de Adelanto de Arica invierte sus recursos en obras de adelanto y en la creación de fuentes de trabajo en el departamento de Arica. Hace poco, se despachó el proyecto de ley que impulsará el desarrollo de las provincias de Malleco, Cautín y Bío-Bío, mediante la creación de un organismo que tendrá a su cargo la realización de obras de adelanto en la región. Y en Chiloé y Aisén un organismo de la CORFO centraliza los recursos para programar y realizar obras de progreso en ambas provincias. La Corporación de Magallanes fue creada primitivamente por la ley Nº 13. 908, cuando existía la Caja de Colonización Agrícola, y parte de sus recursos provinieron de la subdivisión de algunas tierras fiscales en la provincia; pero, como, en realidad, eran muy pequeños, posteriormente vino la modificación de esta ley. Y uno de los más activos en esta modificación, el que la patrocinó, fue el Senador por la Décima Agrupación, señor Alfredo Lorca. Y la mayor parte de los recursos de que dispone proviene de un impuesto a la venta de bencina -la ley Nº 13. 908 fijaba hasta un 1% y con la modificación posterior quedó en el 1%-, y son destinados a crear, como lo hacía notar el colega Pontigo, nuevas fuentes de trabajo y a financiar algunas obras de envergadura en la provincia. Su monto no es muy alto -160 millones de escudos-, en comparación con los recursos de la Junta de Adelanto de Arica, que creo que son del orden de los 400 ó 500 millones de escudos. El señor GUERRA.- Trescientos millones. El señor ACEVEDO-. O trescientos millones, como hace notar el colega Guerra. Ha habido iniciativas parlamentarias que afectaban estos 160 millones que están ingresando a la Corporación de Magallanes, a las cuales nos hemos opuesto para no destruir su esquema primitivo y la razón por la cual fue creada. Recuerdo que un proyecto del colega González destinaba el 10% de estos recursos para financiar obras de fomento del deporte. En esa oportunidad, estimamos que entre las atribuciones de la Corporación de Magallanes estaba comprendida la que le permitía financiarlas. Y así, como en ese caso, ahora estimamos que la Corporación tiene atribuciones para emprender las obras que señala este proyecto, que destina el 10% de sus recursos a los municipios, incluso al propio municipio cabecera de provincia, es decir, al mismo de la comuna donde está instalada la Corporación de Magallanes y que se beneficia, también, con la distribución de sus recursos. De ahí que nos parece realmente desastrosa la iniciativa del colega Tolentino Pérez de cercenar los recursos de la Corporación de Magallanes. Si con ella no van a aumentar los medios económicos de que dispone la provincia; sólo se van a dispersar los recursos de la Corporación, para que cada municipalidad pueda destinar su parte de este 10%, de acuerdo con la modalidad que independientemente quiera darle cada una de ellas, con la sola excepción, como se establece en forma expresa, de que no se inviertan en pagos de remuneraciones ni estipendios de tipo económico. Sin embargo, la elaboración de estudios que realice cada municipalidad tendrá que comprender, quiéranlo o no los colegas, gastos de esta naturaleza. No se tratará directamente de sueldos; pero tendrá que aumentarse el personal de la respectiva Dirección de Obras Municipales para efectuar los trabajos. Ahora bien, se habla de obras de adelanto; pero no se señala qué tipo de obras de adelanto. Colocar una alcantarilla, construir una vereda, naturalmente que son obras de adelanto. Pero la finalidad de la Corporación de Magallanes es mucho más amplia: es crear fuentes de trabajo, es crear obras que enriquezcan a la provincia de Magallanes. Por otra parte, si analizamos el financiamiento, la mayor parte corresponde al impuesto proveniente de la venta de bencina que se hace en todo el país. Aquel es el mayor financiamiento. El señor PEREZ.- Ese es el 1%. El señor ACEVEDO.- Pero no es el porcentaje más alto. Perfecto derecho podría tener de percibir este porcentaje la comuna donde funcionan los pozos de donde se extrae el petróleo... El señor PEREZ.- Es buena esa idea. El señor ACEVEDO.-...y el gas licuado, que es la que corresponde al departamento de Porvenir; pero no todas las municipalidades de la provincia. El señor PEREZ.- Vamos a recoger la idea. El señor ACEVEDO.- Si el departamento de Porvenir reclamara para sí esos recursos, naturalmente que tendría el mayor derecho a ellos; pero cuando se creó la Corporación de Magallanes no hizo cuestión respecto de este ingreso, que podía beneficiar sólo a esa localidad, en función de que se creaba una Corporación con mayor amplitud. Por eso, no sé el alcance que quiera darle el colega al proyecto en si mismo. Desde el punto de vista de darles recursos a las municipalidades, ya lo ha dicho el colega Cipriano Pontigo: todas las municipalidades están en situación económica realmente desastrosa. De ahí es que no sería extraño que en el futuro nos encontráramos con un proyecto de ley en el que un porcentaje de este 10% se destinara a gastos generales o administrativos de la propia municipalidad. Ahora, tengo algunas dudas. El artículo 4º dice que se pueden suscribir convenios intercomunales. Pero, ¡si ésa es la función de la Corporación de Magallanes: realizar obras de tipo intercomunal! Si esa es su función y finalidad, ¿Con qué objeto se va a repartir este dinero para realizar después convenios intercomunales con otras municipalidades? Dice: "con otras Municipalidades de la Provincia". ¡Si sólo son tres! Respecto del artículo 5º tengo algunas dudas de carácter constitucional. Aun cuando la expresión es de tipo facultativo, está disponiendo de recursos de la Caja Fiscal. Establece: "Facúltase a la Tesorería Provincial de Magallanes, para percibir y entregar directamente a la Corporación de Magallanes, a mes vencido, los tributos legales que le correspondan. " El señor PEREZ.- Eso es operativo. El señor ACEVEDO.- Pero si eso no lo puede autorizar el Congreso. De acuerdo con el artículo 45 de la Constitución, no tiene facultad para disponer de los fondos fiscales. No puede autorizar a una tesorería para que entregue dineros que ingresan a la Caja Fiscal. Es el Ejecutivo el que debe dar destinación a esos recursos. De ahí surge mi duda de orden constitucional respecto del artículo 5º. A nuestro juicio, no se puede facultar a una tesorería para que entregue recursos que no están consultados en el presupuesto anual sobre entradas y gastos de la Nación. El artículo transitorio, a que hacía referencia el colega Hernán Olave, le da retroactrvidad a esta distribución del 10%. El colega Pérez dice que es un porcentaje, pero ese porcentaje, señalado en el artículo 1º de este proyecto, se establece sobre la base de los recursos del año de la Corporación de Magallanes. De ahí que este artículo signifique entregar el porcentaje que correspondería a todo el año, y la mitad en forma retroactiva. No podemos nosotros estar aprobando una obligación de tipo económico con carácter retroactivo. La Constitución expresa claramente que, en materia de tributos, no podemos hacerlo en forma retroactiva y, en consecuencia, no podemos en forma retroactiva estar obligando la entrega de recursos a una institución como la Corporación de Magallanes. Para nosotros es realmente trágico que la Corporación de Magallanes tenga que ser herida en esta forma. Si prospera una iniciativa que le cercene cualquier otro porcentaje, su financiamiento va a quedar reducido a cero, y el texto legal que primitivamente despachó esta Cámara, sobre el cual los parlamentarios depositaron grandes esperanzas, porque significa dar recursos a la zona austral, quedará desvirtuado. Nosotros estimamos que no ha sido debidamente calibrado el alcance que tiene esta iniciativa. Su aprobación significa un precedente, un funesto precedente para aquellas corporaciones que he señalado, como la Junta de Adelanto de Arica, como la que se va a crear en Malleco, Cautín y Bío-Bío, como la oficina de CORFO de Chiloé y Aisén. Es un precedente funesto y deja la puerta abierta a otras iniciativas semejantes, fuera de que hace nacer en esas zonas el temor de que este Parlamento no tiene consecuencia en las leyes que despacha y que, con el correr del tiempo, está borrando con el codo lo que escribió con la mano. Y eso no nos parece serio. No nos parece serio ni para esas zonas ni para sus habitantes, porque significa no resguardar sus intereses. Por estas razones, estamos en contra de la iniciativa de disminuir en un 10% los fondos de la Corporación de Magallanes. El señor PEREZ.- Pido la palabra. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Pérez. El señor RIOS (don Héctor).- Señor Presidente... El señor PEREZ.- Señor Presidente, las intervenciones de los colegas... El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- ¿Me permite, señor Pérez? Estaba inscrito con anterioridad el Diputado señor Ríos. Puede usar de la palabra Su Señoría. El señor ACEVEDO.- ¡Pero si el señor Pérez es Diputado informante! El señor RIOS (don Héctor).- Señor Presidente, respecto de este proyecto se han planteado dos puntos de vista. El que se refiere a la destinación de este 10% de las entradas de la Corporación de Magallanes a tres municipalidades de la provincia es un planteamiento "municipalista". En consecuencia, siendo yo "municipalista", estimo -es mi criterio personal; no voy a comprometer al Partido- que a las municipalidades debe entregárseles esos recursos. Pero también he escuchado con interés lo que han planteado los colegas Diputados Pontigo, Acevedo y Olave, en el sentido de que con este proyecto se cercenarían las entradas de la Corporación de Magallanes. Esto es muy similar a lo sucedido en cierta oportunidad en que la provincia de Colchagua necesitaba también de recursos que posibilitara su progreso, porque es una provincia muy pobre. Se le otorgó un 10% de los recursos del cobre destinados a la provincia de O'Higgins. Esta iniciativa contó con nuestra aprobación, como Diputado por Colchagua y, en un comienzo, debió sufrir el rechazo de los parlamentarios de O'Higgins, que consideraron que hería los intereses de esta provincia. Yo creo que, tratándose del progreso del país, no hay intereses que se hieran y, en consecuencia, considero conveniente que las municipalidades tengan estas entradas; pero si, como dicen algunos colegas, este proyecto no estuviere bien estudiado, considero que debe ir a segundo informe con el objeto de ampliarlo o de perfeccionarlo. Esa es mi proposición concreta. En todo caso, vuelvo a reiterarlo, mi criterio personal, sin inmiscuir a mi Partido, es el de apoyar siempre las iniciativas por medio de las cuales se destinen recursos para las municipalidades del país. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Pérez. El señor PEREZ.- La verdad es que quiero dejar en claro la posición que esta mañana han asumido los Diputados del Partido Comunista que, curiosamente, se contrapone con la muy clara y muy fundada posición que los regidores comunistas de Magallanes han mantenido en la provincia. Como el proyecto, tal como se ha dado a conocer aquí, tiene una fundamentación y una argumentación muy valedera, han apoyado esta iniciativa. También quiero hacer claridad sobre otras cuestiones. En realidad, los Diputados comunistas, ya que el colega Olave, por la expresión de asentimiento que ha tenido me da la impresión de que comprendió las razones que yo di, plantean subjetivamente -y yo los entiendo, porque, a lo mejor, no conocen... ¡y no tienen por qué conocer! la realidad de Magallanes-... El señor ACEVEDO.- ¿Cómo así?... La conozco harto. El señor PEREZ.-...plantean subjetivamente que esto viene a significar una poda a los recursos de la Corporación de Magallanes. Ese argumento, naturalmente, puede impresionar a algunos colegas; pero no es así en el fondo. El espíritu de la creación de la Corporación de Magallanes es, como se ha señalado acá, imponer un desarrollo integral en dicha provincia; y, lo que estamos solicitando aquí es solamente un 10% para un desarrollo de comunas que también pertenecen a la provincia de Magallanes, desarrollo que es importante para todos los habitantes de la zona. Y quiero señalar lo que pasa en la realidad. Nosotros, con esta iniciativa, queremos, en gran medida, racionalizar lo que está haciendo la Corporación de Magallanes. Porque, ¿qué sucede? La Corporación de Magallanes, en este momento, está destinando, incluso, más del 10% a labores que son de estricta definición municipal. Es decir, hay un paralelismo de funciones entre la Corporación de Magallanes y el municipio de Magallanes, y los municipios de Puerto Natales y de Porvenir. Nosotros queremos, entonces, racionalizar esto: que lo que compete legal y orgánicamente al municipio, debe hacerlo el municipio; lo que le compete -que es la gran estrategia de desarrollo; la gran prospección de las posibilidades de Magallanes- a la Corporación de Magallanes, le compete a ella, y debe hacerlo ella. Y, para eso, le va a quedar el 90% de los recursos, que son bastante importantes. Es lo que quería decir, señor Presidente. El señor MONARES.- Pido la palabra. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor MONARES.- Señor Presidente, en relación con las palabras pronunciadas por nuestro colega Acevedo, para fundamentar la oposición del Partido Comunista a este proyecto, yo quisiera hacer dos observaciones. La primera, es que él ha pretendido hacer una comparación entre los fondos que le corresponden a la Corporación de Magallanes y aquéllos que por ley, también, se le entregan a la Junta de Adelanto de Arica. Y ha expresado que es conveniente mantener la centralización en estos organismos y evitar su dispersión hacia las municipalidades. Como en el caso de la Junta de Adelanto de Arica no se destinan fondos a la municipalidad, él estima que es necesario, entonces, mantener este principio. Sin embargo, existe una diferencia fundamental entre lo que es la Junta de Adelanto de Arica y lo que es la Corporación de Magallanes, por cuanto, en Arica, existe una sola municipalidad, cuya labor, en el fondo, se entra a confundir con todas las obras que queda realizar la Junta de Adelanto de Arica. No es así el caso de la Corporación de Magallanes, cuyos fondos sirven a toda una provincia que está formada por departamentos y por comunas; y, justamente, como se plantea esta diferencia esencial, se justifica y se asienta la razón fundamental de la existencia de este proyecto. Lo segundo, señor Presidente, que yo quería mencionar es que, a mi juicio, el propósito de este proyecto debe compararse, justamente, con actuales disposiciones que han legislado en beneficio de las municipalidades, como es el caso de las provincias productoras de cobre. Los fondos del cobre, como el colega Acevedo lo sabe por pertenecer a la Comisión de Hacienda durante mucho tiempo, están distribuidos de manera tal, que el 20% de ellos, es decir, el doble de lo que se propone en este proyecto, van a las municipalidades, y esto nació así desde el primer momento, desde el momento en que se dictó la ley Nº 11. 828, y solamente el 80% restante va a lo que fueron los antiguos consultivos del cobre, organismo que actualmente en el caso de la provincia de O'Higgins, se llama Consejo de Desarrollo de O'Higgins. Por consiguiente, existiendo el precedente de los fondos del cobre y existiendo antecedentes suficientes, nosotros estimamos que la argumentación entregada por el colega Acevedo no guarda relación con la realidad y los antecedentes anteriores son favorables para el despacho de este proyecto, por consiguiente, nosotros vamos a votar favorablemente esta iniciativa. Muchas gracias. El señor ACEVEDO.- Pido la palabra. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Diputado. Perdón señor Acevedo, el señor Secretario dará lectura a una indicación que ha llegado a la Mesa. El señor LEA-PLAZA (Secretario).- Indicación del señor Olave, para reemplazar en el artículo transitorio las palabras "1º de julio de 1971" por "1º de febrero de 1972". El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Acevedo. El señor ACEVEDO.- Señor Presidente, sólo quería hacer presente respecto a las observaciones que ha hecho el colega Monares, comparando el producto proveniente del cobre con los recursos que se entrega a la Corporación de Magallanes, naturalmente que son totalmente diferentes. Hay una CORFO Norte y un Consejo de Desarrollo en la provincia de O'Higgins, y existe también un porcentaje proveniente del cobre que se entrega a las municipalidades, pero exclusivamente a aquellas de las provincias productoras de cobre. Nada más que a ellas, con la sola excepción de la provincia de Tarapacá. En consecuencia, los recursos provenientes del 1% sobre el precio de venta de la bencina, podrían perfectamente ser reclamados para sí por el departamento de Porvenir. De tal suerte que es evidente que la situación es totalmente diferente, y el colega Monares con eso no aporta nada, pero no puede desmentir que este proyecto de ley desvirtúa total y absolutamente el principio que se tuvo en vista al crearse la Corporación de Magallanes, como también la función de la Corporación de Magallanes, que es crear fuentes de riqueza. Eso era todo. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Ofrezco la palabra. El señor PEREZ.- Pido la palabra. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- No tiene derecho a hacer uso de la palabra; ya no le queda tiempo a Su Señoría. Tiene la palabra el señor Fuentes. El señor FUENTES (don César Raúl).- Señor Presidente, se ha presentado una indicación por parte del colega señor Ola-ve, al artículo transitorio, de tal manera que el proyecto deberá volver a Comisión para su segundo informe. Esa es la situación de orden reglamentario. El Diputado señor Tolentino Pérez me ha expresado que, con el objeto de acelerar el despacho del proyecto, no tiene ningún inconveniente en aceptar la indicación, siempre y cuando el proyecto se votara de inmediato y pudiera, entonces, quedar despachado y pasar al Senado. En consecuencia, podría pedirse el asentimiento para despachar de inmediato el proyecto, pronunciándose sobre la indicación. Si se procede así, los democratacristianos daremos nuestros votos favorables. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Solicito el asentimiento unánime para despachar este proyecto con la indicación del señor Olave. El señor PHILLIPS.- Señor Presidente, el señor Tapia solicitó la palabra y no se la concedieron. Han hablado toda la mañana el señor Acevedo y los otros señores Diputados. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Perdón, señor Diputado. La Mesa no había advertido que el señor Tapia estaba solicitando la palabra. Pero como ha hecho una proposición el señor Fuentes, tengo que solicitar el asentimiento de la Sala para que se pronuncie sobre ella. Por eso, solicito el asentimiento. El señor PHILLIPS.- No, señor Presidente. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- No hay acuerdo. Tiene la palabra el señor Tapia. El señor TAPIA.- Señor Presidente, los Diputados nacionales vamos a votar a favor de este proyecto, porque estamos conscientes de la desmedrada situación de los municipios del país, y particularmente, de los municipios del sur austral. En este caso, de Magallanes. Debemos dejar constancia de que la Corporación de Magallanes consulta fondos destinados a obras de adelanto, y estos recursos se han estado entregando a municipios para tal objeto. Como muy bien lo expresara el Diputado señor Pérez, este proyecto de ley vendría a racionalizar esta entrega de fondos. Nosotros estamos de acuerdo con esto, ya que este 10% que se establece en el proyecto sería destinado, como muy bien lo señala uno de sus artículos exclusivamente para adelanto comunal, excluyéndose, desde luego, fondos para gastos de administración, remuneraciones, sueldos y gratificaciones destinadas al personal. Nada más, señor Presidente. El señor PHILLIPS.- Pido la palabra. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Phillips. El señor PHILLIPS.- Señor Presidente, la indicación del colega señor Olave viene a solucionar el problema en profundidad, porque yo no veo cómo los fondos destinados el presente año, van a ser sustraídos, aunque sea por ley, a un plan de inversiones ya en ejecución. En consecuencia, las razones dadas por el señor Acevedo y la indicación del señor Olave, son perfectamente valederas. No veo como, si se pretende fomentar una industria o los fondos están destinados, durante este año a determinadas obras ya en marcha, las van a parar, van a provocar más cesantía en esa misma zona para financiar ahora un programa que no está previamente concebido ni planificado. Al proyecto no nos oponemos, colega, pero lo lógico es que él empiece a regir desde el próximo año y, en consecuencia, los municipios podrán hacer la destinación y la planificación de las obras de acuerdo con lo que Van a tener. De este modo no se llegaría a entorpecer lo que se está realizando en este momento. Es cuanto quería manifestar. El señor GUERRA.- Pido la palabra. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor GUERRA.- Señor Presidente, los Diputados de la provincia de Tarapacá siempre hemos sido contrarios a que se cercenen los fondos de estos organismos que se han creado en los extremos del país, con el fin de promover su desarrollo económico y social. Es así como constantemente hemos rechazado indicaciones del Gobierno que tratan de distraer estos fondos y destinarlos a otras finalidades. En el caso del departamento de Arica, se creó la Junta de Adelanto con el fin de efectuar el despegue económico de este departamento por motivos que todos nosotros conocemos. La Municipalidad de Arica, señor Presidente, recibe el apoyo constante de la Junta de Adelanto. Por lo demás, el Vicepresidente de la Junta de Adelanto, por derecho propio, es el Alcalde. De ahí que la Junta ha hecho grandes inversiones en la construcción del molo, ha ayudado a la instalación de universidades, ha construido caminos hacia el interior para promover el desarrollo de la agricultura y de la minería, ha construido la planta hidroeléctrica de Chapiquiña que da actualmente energía eléctrica a toda la provincia de Tarapacá. Por otra parte, señor Presidente, también ha promovido el turismo, ha construido poblaciones; de tal manera que todo el presupuesto de la Junta ya está totalmente programado. Yo siento disentir con mi colega señor Tapia, en el sentido de que los Diputados nacionales vamos a aprobar íntegramente esta iniciativa. Por principio, con el objeto de que no se cercenen los fondos de estos organismos de derecho público, el Diputado que habla se va a abstener en esta votación. Nada más, señor Presidente. Varios señores DIPUTADOS.- ¡Votemos! El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. En votación general el proyecto. Si le parece a la Sala, se aprobará en general. Un señor DIPUTADO.- No. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- En votación. -Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 34 votos; por la negativa, 6 votos. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Aprobado en general el proyecto. El artículo primero... El señor FUENTES (don César Raúl).- Está aprobado reglamentariamente. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Si no se retira la indicación, el proyecto pasará a segundo informe, salvo que algún señor Comité solicite lo contrario y sea aprobado con los dos tercios. El señor ACEVEDO.- Había acuerdo para aprobarlo. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Había oposición para tratarlo de inmediato. Si el señor Phillips la retira... El señor PHILLIPS.- ¿Me permite? El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Solicito el asentimiento unánime de la Sala para conceder un minuto al señor Phillips. Acordado. Tiene la palabra Su Señoría. El señor PHILLIPS.- Señor Presidente, como lo hemos manifestado, estamos en favor del proyecto. El problema, en este minuto, es que su despacho no puede paralizar las obras que está realizando la Corporación de Magallanes. Lo lógico es que esta iniciativa rija, con la indicación del señor Olave, a partir del 1° de enero del próximo año. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Señor Phillips, lo que he solicitado es el asentimiento para despachar de inmediato el proyecto, con la indicación del señor Olave. El señor PHILLIPS.- Exacto. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Si le parece a la Sala, se despachará de inmediato, con la indicación del señor Olave. Acordado. Aprobado en particular el proyecto, con la indicación del señor Olave. Despachado el proyecto. 6.- PREFERENCIA PARA DESPACHAR UN PROYECTO El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Solicito el asentimiento de la Sala para despachar, en cuanto se reparta el boletín a los señores Diputados, el proyecto que crea la Comisión Chilena para la Conferencia Mundial de Comercio y Desarrollo, UNCTAD. El señor GIANNINI.- Al final. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Si le parece a la Sala, se acordará... El señor GIANNINI-Al final de la sesión, a las 13 horas. El señor PARETO.- No, ahora. Estonces no habrá quórum... El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- ... despacharlo al final de la sesión, a las 13 horas, para que los señores Diputados puedan leerlo, ya que se está repartiendo el boletín. Acordado. 7.- PREFERENCIAS PARA USAR DE LA PALABRA El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Solicito el asentimiento de la Sala para conceder dos minutos al señor Tagle, don Manuel; dos al señor Pontigo y dos al señor Ríos, don Héctor. El señor GIANNINI.- Con prórroga del término de la sesión. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Si le parece a la Sala, se concederán los tiempos solicitados, prorrogando el término de la sesión en seis minutos. Acordado. 8.- PRORROGA PARA CONTRIBUYENTES DEL DEPARTAMENTO DE TALAGANTE Y DE LA COMUNA DE MAIPU (SANTIAGO).- OFICIO El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Tagle. El señor TAGLE.- Señor Presidente, el Presidente de la República, de acuerdo con la facultad que le otorga la ley número 16. 282, sobre catástrofes, dictó un decreto por el cual se prorroga el plazo para que los contribuyentes de la provincia de O'Higgins se acojan al beneficio de pagar los impuestos adeudados sin cancelar intereses, multas y recargos correspondientes. Hace una semana, di cuenta en la Honorable Cámara de la catástrofe que había producido el mismo temporal en el sector de Talagante. Concretamente, en virtud del artículo 258 del Reglamento Interior de la Corporación, pido que se oficie al Presidente de la República para que dicte también un decreto, en los mismos términos del que favorece a los contribuyentes de la provincia de O'Higgins, que beneficie a los habitantes del departamento de Talagante y de la comuna de Maipú. Nada más, señor Presidente. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Si le parece a la Sala, se enviará el oficio solicitado por el señor Tagle. Acordado. 9.- ACUERDO PARA RENDIR HOMENAJE A LA REPUBLICA ARABE UNIDA El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Pontigo. El señor PONTIGO.- Señor Presidente, el día 23 del presente mes de julio se conmemora el decimonoveno aniversario de la República Arabe Unida. Nuestro país mantiene con la República Arabe Unida, desde hace muchos años, cordiales y fraternales relaciones. Nosotros queremos proponer que en la primera sesión ordinaria que celebre la Cámara después del día 23, inmediatamente después de la cuenta, se rinda homenaje a la República Arabe Unida. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Si le parece a la Sala, se acordará rendir homenaje a la República Arabe Unida en la primera sesión que celebre la Corporación después del día 23, tal como ha sido propuesto por el señor Pontigo. Acordado. 10.- ANUNCIO DE PROYECTO QUE BENEFICIA A PERSONAL DEL SERVICIO DE SEGURO SOCIAL Y DE LA CAJA NACIONAL DE EMPLEADOS PUBLICOS Y PERIODISTAS El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Ríos, don Héctor. El señor RIOS (don Héctor).- Señor Presidente, voy a plantear un problema gremial de la ANES de Valparaíso, que ha solicitado al Comité del Partido Radical que propicie una moción para beneficiar a algunos funcionarios del Servicio de Seguro Social y, al mismo tiempo, de la Caja de Empleados Públicos y Periodistas. Se trata del 2% por años de servicio para trabajadores del Servicio de Seguro Social que se habían considerado como empleados particulares cuando, en realidad, son empleados semifiscales. Como de acuerdo con la reforma constitucional nosotros no podemos tener iniciativa en este sentido, he solicitado el patrocinio del Ejecutivo para la siguiente modificación que voy a leer a la Honorable Cámara: "Artículo único.- Aclárase que el artículo 1º de la ley Nº 17. 015, del 31 de octubre de 1968, no excluyó del beneficio del 2% por años de servicio al personal que trabaja en el Servicio de Seguro Social y en la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, acogidos a las disposiciones del Código del Trabajo y de leyes complementarias, quedando sólo excluidos de estos beneficios aquellos empleados que prestan servicios en los fundos y que gozan de participación de utilidades.'' Este artículo único lo he puesto en conocimiento del Ejecutivo, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Va a ser patrocinado y enviado a la Cámara. Como es un proyecto del Comité Radical y, al mismo tiempo, de los Comités de la Unidad Popular, creo que va a contar con el asentimiento unánime de todos los sectores, porque hará justicia a los funcionarios que beneficia y aclarará el artículo 1º de la ley Nº 17. 015. Doy estos argumentos en nombre del Comité Radical y de los Partidos de la Unidad Popular, para que la Honorable Cámara, cuando tenga que pronunciarse sobre este proyecto que enviará con su patrocinio el Ejecutivo, lo apruebe en la Tabla de Fácil Despacho. Nada más, señor Presidente. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Debo advertir a los señores Diputados que algunos proyectos, cuya urgencia vence, deben ser despachados en la presente sesión. Por lo tanto, se necesita el quórum reglamentario en el momento de votarlos. Si no lo hubiera, la Mesa tendrá que citar a la Cámara para hoy día en la tarde o para mañana. El señor PARETO.- Tampoco va a haber quórum. 11.- PREFERENCIA PARA DESPACHAR UN PROYECTO El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Solicito el asentimiento de la Sala para despachar, de inmediato, sin debate, las modificaciones introducidas por el Honorable Senado en el proyecto de ley, aprobado por la Cámara, que autoriza la realización de carreras hípicas extraordinarias en favor del Círculo de Periodistas de Santiago. El señor GIANNINI.- Después del que autoriza el uso de correas de seguridad en determinados vehículos, que figura en el cuarto lugar de la Tabla. El señor KLEIN.- Inmediatamente. El señor ACEVEDO.- Inmediatamente no, porque tenemos que ver el boletín. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Solicito el asentimiento de la Sala para despacharlo, sin debate, una vez que se reparta el boletín. Si le parece a la Cámara, así se acordará. Acordado. El señor PARETO.- Veamos lo que está en Tabla primero. 12.- USO DE CORREAS DE SEGURIDAD PARA PASAJEROS DE DETERMINADOS VEHICULOS El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Corresponde, a continuación, tratar el proyecto que establece el uso obligatorio de correas de seguridad para los pasajeros de automóviles, station wagons y camionetas de no más de 1. 500 kilogramos de carga. Diputado informante de la Comisión de Gobierno Interior, el señor Giannini. -El proyecto, impreso en el boletín Nº 358-(70)-2, es el siguiente: "Artículo 1º.- Todos los automóviles, station wagons y camionetas de no más de 1. 500 Kgrs. de carga que circulen en el país, deberán estar provistos de correas de seguridad para los pasajeros de los asientos delanteros, del tipo y condiciones que fije el reglamento respectivo. Artículo 2º.- En los vehículos motorizados del tipo señalado en el artículo anterior, armados o producidos en el país, deberán incorporarse por la industria que los arme o produzca, las correas de seguridad, como equipo de norma, sin carácter opcional y sin costo adicional alguno sobre el precio fijado por la Dirección de Industria y Comercio. Artículo 3º.- El Presidente de la República dictará, dentro del plazo de 60 días, un Reglamento que contemple la forma en que la obligación establecida en el artículo 1º deba ser cumplida, en un plazo no superior a seis meses, en aquellos vehículos ya en circulación a la fecha de esta ley. Asimismo, este Reglamento determinará las normas relativas al uso de este implemento, la forma de control y sistema de sanciones. Este Reglamento podrá ser modificado por el Presidente de la República por simple decreto cuando las normas o exigencias técnicas internas o internacionales lo requieran". El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Ofrezco la palabra. El señor GIANNINI.- Pido la palabra. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Giannini. El señor GIANNINI.- Señor Presidente, en nombre de la Comisión, voy a dar algunas explicaciones muy breves, porque creo que el proyecto es de una estructura muy simple, ya que, fundamentalmente, estableciendo la disposición esencial, entrega su reglamento al Presidente de la República, como facultad permanente, para que éste pueda dictar las normas respectivas, derogarlas o modificarlas. El proyecto no pretende otra cosa que evitar los daños personales en los casos de accidentes automovilísticos. No evita o elimina, obviamente, los accidentes mismos. En este sentido, estamos estudiando otras disposiciones, otros proyectos. Como la poco halagadora estadística indica que nuestro país tiene uno de los más altos índices de mortalidad en accidentes automovilísticos, creemos que esta iniciativa debe merecer una preocupación muy especial de nuestra parte. Estamos estudiando disposiciones que permitan evitar al máximo los accidentes. Este proyecto, como digo, no tiene por objeto evitar los accidentes; sino los daños personales de los pasajeros de determinados vehículos ante accidentes ya producidos. Hemos indicado en la Comisión que las estadísticas demuestran que, por lo menos, el 75%, de los daños personales graves, se evita con el uso de este implemento denominado correa de seguridad. Yo quiero dejar constancia, como se hizo en la Comisión, de que se ha preferido usar la palabra correa y no cinturón de seguridad, por cuanto la expresión correa de seguridad puede indicar, con mayor propiedad, la forma de este implemento, que sea terciado y no sólo sujeto a la cintura. El proyecto, vuelvo a decir, se compone sólo de tres artículos, de una estructura muy simple. El artículo 1º establece la obligación de usar este implemento en todos los automóviles, station wagons y camionetas. El artículo 2º establece la obligación para las firmas armadoras de vehículos en Chile de incorporar este elemento, como equipo de norma, sin carácter opcional y sin mayor costo para el adquirente. El artículo 3° establece la obligación del Presidente de la República de dictar un Reglamento y la necesidad de que los particulares, dueños de automóviles, incorporen este elemento en su vehículo, dentro del plazo de seis meses a contar de la fecha de dictación del Reglamento. Con estas explicaciones, doy por terminado mi breve informe en nombre de la Comisión de Gobierno Interior. El señor LAVANDERO.- Pido la palabra. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Lavandero. El señor LAVANDERO.- Señor Presidente, por las características propias de nuestro país, que es largo, con caminos malos, con poca señalización, que facilitan, prácticamente, los accidentes, es indudable la necesidad de estudiar diversas medidas de seguridad. Entre ellas están, por supuesto, el uso de chasis en la fabricación de los vehículos y la incorporación del cinturón de seguridad en los mismos. Sin embargo, a pesar de establecer una buena medida, este proyecto adolece de un pequeño defecto. Es el siguiente: tengo entendido que una sola persona está fabricando en Chile cinturones de seguridad. Esto podría contribuir a crear un monopolio o una especulación bastante grande. Los cinturones que se fabrican no son de muy buena calidad. Por eso, como muy bien me señaló en su oportunidad en una conversación el señor Giannini, contenía una disposición que permitía la libre importación de estos implementos de seguridad, a fin de evitar una especulación o que la falta de competencia obligara a los automovilistas a comprarlos caros y malos. Desgraciadamente, como lo explica el informe, debido al artículo 45 de la Constitución, no se pudo establecer esta disposición, por inconstitucional. De tal manera que para complementar este proyecto, sería necesario que el Ejecutivo, de acuerdo con el artículo 168 de la ley Nº 16. 464, que faculta al Presidente de la República para subir, bajar o suprimir aranceles, patrocinara una iniciativa que permitiera la libre importación de estos artículos, que evidentemente contribuirán a salvar muchas vidas en los accidentes del tránsito. Por esa razón, junto con dar asentimiento a este proyecto, se hace necesario que la Cámara de Diputados dirija oficios al Ministro de Hacienda y al Presidente de la República para que, basados en el artículo 186 de la ley Nº 16. 464, permitan la importación de estos cinturones de seguridad, si así el mercado nacional lo requiriese, a fin de salvaguardar la vida de muchos pasajeros o conductores de vehículos. Propongo que se dirijan oficios al Presidente de la República y al Ministro de Hacienda para que se permita la libre internación de estos implementos de seguridad. Nada más. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Solicito el asentimiento unánime de la Sala para enviar los oficios solicitados por el señor Lavandero. El señor ACEVEDO.- No. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- No hay acuerdo. El señor GIANNINI.- Pido la palabra. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Giannini. El señor GIANNINI.- Señor Presidente, quiero, muy brevemente, insistir en la petición que ha hecho el señor Lavandero. Deseo recordar que, efectivamente, como mi colega lo ha señalado, en el proyecto primitivo, y como artículo 4º, se establecía una disposición que liberaba de derechos de aduana la internación de estos elementos. Creemos, además, que si hay una sola fábrica en Chile -no lo sé, pero sí es efectivo-, no puede esta ley ser motivo de negocio para un fabricante de artículos que puedan ser de mala calidad. En esta materia, la competencia, incluso internacional, va a ir en beneficio, precisamente, de lo que quiere la ley; o sea, de la seguridad de los pasajeros. Pero esta iniciativa no puede ser fuente de buena utilidad o negocio para un comerciante. Por eso, ya que nosotros no podemos incluir una disposición de esta naturaleza, porque lo impide el artículo 45 de la Constitución, lo único que hacemos es pedirle al Presidente de la República que, haciendo uso de su facultad privativa que establece el artículo 186 de la ley que creó el Arancel de Aduanas, si lo estima conveniente, rebaje a cero o en parte los derechos de internación. Quisiera insistir en esto, porque, como digo, no tiene otra intención que incorporar lo que primitivamente se establecía en el artículo 4°, que complementa la intención de la ley. El señor CARMINE.- Pido la palabra, señor Presidente. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Carmine. El señor CARMINE.- Señor Presidente, quiero hacerme cargo, muy brevemente, de las observaciones de los señores Giannini y Lavandero, en relación con su solicitud de que se importen estos cinturones de seguridad. Comprendo muy bien el espíritu de su petición, pero la verdad de las cosas es que la industria automotriz nacional está perfectamente capacitada para fabricar estos elementos. No es efectivo que sólo una industria esté en condiciones de hacerlo. Desde luego, todas las que elaboran elementos de tapicería para esta actividad, que son más de veinte, están en situación de confeccionar esos cinturones de seguridad, que no requieren de ninguna técnica especial, que no son una cosa complicada, ni difícil. Incluso más; si se está pretendiendo que los automóviles y camionetas sean hechos en Chile, con un máximo de integración, no se divisa la utilidad ni la conveniencia de la proposición. Muy por el contrario, se opone en absoluto a la política automotriz de la CORFO y del Gobierno, esta importación de elementos que son perfectamente factibles de hacer en Chile. El señor PALESTRO.- ¿Me concede una interrupción? El señor CARMINE.- Concedo una interrupción al señor Palestro. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Con la venia del señor Diputado, puede usar de la palabra el señor Palestro. El señor PALESTRO.- Señor Presidente, como uno es modesto peatón y no conoce estas cosas que se están discutiendo en cuanto al monopolio que podría existir al haber una sola fábrica que confeccione este tipo de elementos para seguridad del conductor, me gustaría también conocer cuál es el nombre de esa fábrica. El señor LAVANDERO.- ¿Me permite? El señor CARMINE.- No conozco el nombre de la fábrica. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Señor Carmine, el señor Lavandero le solicita una interrupción. El señor CARMINE.- Con todo gusto. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Con la venia del señor Carmine, puede usar de la palabra el señor Lavandero. El señor LAVANDERO.- Tengo entendido que el único que está fabricando estos cinturones de seguridad es un señor Bohers. Es evidente que varias otras personas podrían también hacerlos. Ahora bien, si en la actualidad hay una sola persona que los está fabricando, la aplicación de la ley, en un comienzo, va a constituir un negocio estupendo para ella. Por esta razón, mientras se adaptan el consumo y el mercado, es necesario que el Presidente de la República pueda ejercer esta facultad, liberando de derechos la internación de estos implementos. Nada más, señor Presidente. Muchas gracias, colega. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Puede continuar el señor Carmine. El señor CARMINE.- Señor Presidente, es muy probable que en este momento haya una sola fábrica que esté produciendo estos elementos; pero el solo hecho de establecer la obligatoriedad de su uso en todos los vehículos que existan y se fabriquen en Chile, indiscutiblemente originará una demanda adicional y habrá nuevas industrias que se interesen en producirlo, creando nuevas fuentes de trabajo que beneficiarán a obreros y empleados chilenos, y sobre todo, ahorrando divisas que son preciosas. Un país que está perdiendo un millón de dólares diarios en divisas, no puede malgastarlas importando elementos que se pueden fabricar en él. Por eso, participando de todas las ideas expuestas en el proyecto, solicitaría que éste fuera aprobado en su forma original, sin hacer esta petición al Presidente de la República. Nada más. El señor RIOS (don Héctor).- Pido la palabra. El señor CABELLO.- Pido la palabra. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Ríos; a continuación, el señor Cabello. El señor RIOS (don Héctor).- Señor Presidente, si bien es cierto este proyecto aminora en parte los efectos de los accidentes automovilísticos, hay un factor que no ha sido tomado en cuenta. Se puede implantar el uso de los cinturones de seguridad, de las correas de seguridad que se quiera, pero si no se combate al automovilista intemperante, todo va a ser nulo. Por eso, estimo que en este proyecto deben establecerse sanciones drásticas para aquellos automovilistas que manejen en estado de intemperancia; que se les prive de su licencia de conductor, porque son ellos los que están produciendo estos accidentes del tránsito. Frecuentemente, los automovilistas y pasajeros sufren las consecuencias de la irresponsabilidad de estos conductores intemperantes. Nada más. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Cabello. El señor AMUNATEGUI.- Pido la palabra. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- A continuación, el señor Amunátegui. El señor CABELLO.- Señor Presidente, todo lo que hagamos por combatir las posibilidades de accidentes, especialmente automovilísticos, creo que es necesario. Pero quizás no hemos llegado, como también lo ha manifestado el colega Ríos, al fondo del problema. Hoy en día, cuando está aumentado la cantidad de vehículos, es indiscutible que el cinturón de seguridad no es lo principal, porque, más que ello, está la reglamentación que no se cumple, en cuanto a la velocidad que llevan en carreteras la mayor parte de los que conducen vehículos. Y en la actualidad, en las grandes capitales y en las grandes pistas europeas y americanas, es mucho más indispensable algo que impide los accidentes: un respaldo alto en el vehículo, porque a medida que aumenta la cantidad de automóviles, los choques son, generalmente, en la parte posterior de éstos y las lesiones que sufren los pasajeros están al nivel de la región cervical, es decir, al nivel del cuello. Es allí donde se producen las mayores lesiones. Por eso, si estamos legislando a futuro, creo que el cinturón de seguridad no es lo más importante, porque, incluso, en muchísimas personas provoca trastornos de tino nervioso; es decir, hay gente que se siente incómoda con una correa que los va sujetando en un vehículo, y que les produce algunas alteraciones, incluso, para manejar. Esto es lo que quería agregar, señor Presidente, y me parece que mientras no tengamos una legislación bien completa, acorde a lo que es el aumento o el incremento de vehículos, los accidentes van a seguir más o menos en la misma proporción. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Amunátegui; a continuación, el señor Campos. Debo advertir al señor Giannini, Diputado informante, que ya ha hecho uso de sus discursos en la discusión general; por lo tanto, de acuerdo con el Reglamento, no se le puede conceder tiempo, ni aun por la vía de la interrupción. El señor AMUNATEGUI.- Señor Presidente, a propósito de este proyecto, muy justificado, creo que mis colegas se están yendo por las ramas en el problema de los accidentes automovilísticos. Unos propician el uso de este cinturón, muy útil, indudablemente; otros, hablan de que falta reglamentación en el tránsito; y otro, el doctor Ríos, dice que hay otra razón, cual es la ingestión de bebidas alcohólicas. Pero nadie ha hablado del factor principal en los accidentes en Chile, que es el mal estado de los caminos. El hermano del Senador Irureta, el doctor Irureta, tuvo un accidente gravísimo en el camino a Casablanca, justamente, por el permanente mal estado de ese camino. Casi todos los que vamos, corrientemente, por obligaciones determinadas, a la costa, sabemos que el estado de los caminos es pésimo. Son rutas primitivas. Viene una lluvia y los caminos se hacen pedazos. Aquí, en Santiago, frente al hotel Sheraton he visto el otro día cómo dos automóviles se han incrustado de manera tal que hubo heridos graves, porque Pavimentación mantiene unas zanjas en las cuales se puede salir o romper una rueda, o darse vuelta un automóvil. Entonces, si no existe preocupación por mantener las vías en condiciones de ser transitables, no sacamos nada con cinturones de seguridad, porque los automóviles se van a dar vuelta y va a haber accidentes de todas maneras. Nada más. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Campos. Debo advertir que quedan tres minutos de sesión y que ya han llegado los boletines que contienen el proyecto de la UNCTAD. Solicito el asentimiento unánime de la Sala para que, inmediatamente después que haya terminado el señor Campos, podamos votar, en general y particular, sin debate, el proyecto que está en discusión. Si le parece a la Cámara, así se acordará. Acordado. Tiene la palabra el señor Campos. El señor CAMPOS.- Señor Presidente, voy a ser muy breve. Sólo haré una acotación sobre el proyecto, que me parece útil. No es la solución concreta del problema; pero, por lo menos, es una medida que va a beneficiar a los automovilistas. Yo quisiera decir que, fuera del cinturón, hay otros sistemas que también benefician a los conductores. Me parece indispensable que, dentro del reglamento que otorga permisos para manejar, en el futuro, se considere aquello de que todo automovilista que empieza a manejar en los caminos deba hacerlo sin pasar una determinada velocidad; y esta velocidad no puede ser superior a los 75 kilómetros por hora, como está establecido en los reglamentos de muchos países. He observado en Francia, por ejemplo, automóviles que llevan un letrero en la parte trasera, que dice "80". Ese automovilista está empezando a manejar y no puede hacerlo a más de 80 kilómetros por hora. Todos los que van por los caminos saben que es un novicio, a quien no se le otorga permiso definitivo sino hasta después de ocho meses y luego de un examen, que le permite manejar a mayor velocidad. En segundo lugar, también existen sistemas que controlan el estado alcohólico de los que conducen. Está ya en práctica en Alemania un pequeño sistema ubicado en el tablero: antes de manejar, el conductor debe resolver un pequeño proble-ma matemático; si lo resuelve, se conecta automáticamente el sistema del motor para que pueda conducir normalmente. Este sistema también está en uso en algunos países de Europa. Se supone que quien se encuentra en estado alcohólico no está en condiciones de resolver este pequeño problema. Por último, lo que dice el señor Amunátegui me parece de extraordinaria importancia. Hay legislaciones en muchos países sobre colocación de letreros de peligrosidad en los caminos*. Si no están colocados los letreros, lo cual es de responsabilidad de los Servicios de Obras Públicas, es responsable el Estado de lo que pueda pasarle al automovilista. Acá es frecuente que uno tenga que manejar sin que exista ningún dispositivo sobre peligrosidad. Yo mismo, señor Presidente, manejando hacia Curicó, me he encontrado con grandes baches en el camino e, incluso, con obras que se están realizando, sin que haya ningún sistema que indique el peligro, especialmente en la noche. Si mañana un automovilista tiene un accidente, la responsabilidad es de los Servicios del Estado, los que tienen la obligación de pagar todos los daños causados por el choque. Yo soy partidario del proyecto y lo votaré favorablemente, porque creo que es una primera medida de seguridad para los automovilistas. Nada más. El señor KLEIN.- Pido la palabra. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- El señor Klein solicita la palabra. Hay un acuerdo de la Sala para votar el proyecto inmediatamente después de que termine el señor Campos. Solicito el asentimiento unánime de la Sala para que pueda hablar el señor Klein. -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- El señor Klein solicita un minuto. El señor KLEIN.- Yo iba a proponer que a los choferes se les pusiera un cinturón especial para que manejen bien. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- En votación general el proyecto. Si les parece a los señores Diputados, se aprobará. Aprobado. Como no ha sido objeto de indicaciones, queda también aprobado en particular. Despachado el proyecto. 13.- AUTORIZACION PARA REALIZAR CARRERAS HIPICAS EXTRAORDINARIAS EN FAVOR DEL CIRCULO DE PERIODISTAS DE SANTIAGO.- TERCER TRAMITE CONSTITUCIONAL El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- En conformidad con el acuerdo de la Sala, corresponde despachar de inmediato, sin debate, las modificaciones introducidas por el Senado al proyecto de ley, aprobado por la Cámara, que autoriza la realización de carreras hípicas extraordinarias, en favor del Círculo de Periodistas de Santiago. -Las modificaciones del Senado, impresas en el boletín N° 459-(70)-S, son las siguientes: Ha agregado, a continuación del artículo 1º, los siguientes, nuevos: "Artículo 2º.- Asimismo, y por un período de cinco años, autorízase la celebración de cuatro reuniones extraordinarias al año de carreras de caballos, dos en el Club Hípico de Santiago y dos en el Hipódromo Chile, a beneficio exclusivo de la Corporación Cultural de Santiago, la que deberá destinar el producto que se obtenga de ellas a la creación de conjuntos artísticos de selección, al montaje y desarrollo de programas de difusión cultural, al mantenimiento de sus conjuntos artísticos estables y a la obtención de los demás objetivos señalados en su Estatuto Orgánico. El Alcalde de Santiago, en su calidad de Presidente del Consejo de la Corporación Cultural de Santiago, solicitará a los Directores del Club Hípico de Santiago y del Hipódromo Chile las fechas en que deberán celebrarse estas cuatro reuniones, en los primeros días del mes de enero de cada año. Artículo 3º.- La Corporación Cultural de Santiago deberá rendir una cuenta anual a las Municipalidades de Santiago y Providencia de los ingresos que obtenga en estas reuniones extraordinarias. ". Artículo 2º Ha pasado a ser artículo 4º. Ha reemplazado las palabras "la entidad mencionada" por "las instituciones beneficiadas", y las expresiones "números 1, 2 y 5, letras e), i)" y "Nº 1. 995, de 23 de septiembre de 1966" por estas otras: "números 1 y 2, y 4º, letras f), j)" y "Nº 807, de 17 de abril de 1970", respectivamente. Artículo 3º Ha sido consultado, como inciso segundo del artículo 2º, que ha pasado a ser artículo 4º, con la sola modificación que consiste en sustituir la frase "la institución beneficiaria" por "las instituciones beneficiarías". A continuación, ha agregado el siguiente artículo transitorio, nuevo: "Artículo transitorio.- En el año 1970 se celebrarán solamente dos reuniones extraordinarias a beneficio de la Corporación Cultural de Santiago, una en el Club Hípico de Santiago y otra en el Hipódromo Chile, cuyas fechas se acordarán dentro de los quince días siguientes a la publicación de esta ley. ". El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- En votación las modificaciones. Si le parece a la Sala, en un solo acto podríamos aprobar las modificaciones del Senado y rechazar el artículo transitorio, que dice que en el año 70 se celebrarán solamente dos reuniones. Eso ha quedado sin vigencia. -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor PALESTRO.- Pido la palabra, señor Presidente. El señor CERDA, don Eduardo Vicepresidente).- Es sin debate, señor Palestro. El señor Secretario dará lectura al artículo 2º. Se ha pedido votación para los diferentes artículos. El señor LEA-PLAZA (Secretario).- El Senado agregó, a continuación del artículo 1°, el siguiente artículo 2º, nuevo: "Asimismo, y por un período de cinco años, autorízase la celebración de cuatro reuniones extraordinarias al año de carreras de caballos, dos en el Club Hípico de Santiago y dos en el Hipódromo Chile, a beneficio exclusivo de la Corporación Cultural de Santiago, la que deberá destinar el producto que se obtenga de ellas a la creación de conjuntos artísticos de selección, al montaje y desarrollo de programas de difusión cultural, al mantenimiento de sus conjuntos artísticos estables y a la obtención de los demás objetivos señalados en su Estatuto Orgánico. "El Alcalde de Santiago, en su calidad de Presidente del Consejo de la Corporación Cultural de Santiago, solicitará a los Directores del Club Hípico de Santiago y del Hipódromo Chile las fechas en que deberán celebrarse estas cuatro reuniones, en los primeros quince días del mes de enero de cada año.". El artículo 3º se refiere a la misma materia y dice: "La Corporación Cultural de Santiago deberá rendir una cuenta anual a las Municipalidades de Santiago y Providencia de los ingresos que obtenga en estas reuniones extraordinarias.". El señor PALESTRO.- ¿Me permite, señor Presidente? El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Solicito el asentimiento unánime de la Sala para conceder medio minuto al señor Palestro, don Mario. -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- No hay acuerdo. El señor PALESTRO.- ¿Por qué hay que rendirle cuenta a la comuna de Providencia y no a las demás comunas de Santiago? Eso es lo quería preguntar. El señor PHILLIPS.- ¿Providencia no está en su distrito? El señor PALESTRO.- No importa. El señor PHILLIPS.- Entonces, va a votar en contra de su distrito. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- En votación la modificación del Senado para agregar un artículo 2º, nuevo. -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Si les parece a los señores Diputados, se rechazará. Rechazado. En votación el artículo 3º, nuevo, incluido por el Senado. Si le parece a la Sala, se rechazará. Rechazado. El señor Secretario dará lectura a las modificaciones al artículo 2°, que ha pasado a ser 4º. El señor LEA-PLAZA (Secretario).- El Senado ha reemplazado las palabras "la entidad mencionada" por "las instituciones beneficiadas", y las expresiones "números 1, 2 y 5, letras e), i)" y "Nº 1. 995, de 23 de septiembre de 1966" por estas otras: "números 1 y 2, y 4º, letras f), j)" y "Nº 807, de 17 de abril de 1970", respectivamente. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Si le parece a la Sala, se aprobará. El señor ACEVEDO.- Se rechazaría. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- En votación. Si le parece a la Cámara, se rechazará. Rechazado. Artículo 3º. El señor KLEIN.- Está fuera de foco. -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Solicito el asentimiento de la Sala para reabrir el debate sobre las modificaciones al artículo 2º. El señor Secretario me indica que las referencias a los decretos producirían problemas; nada más que las últimas palabras. O sea, para aceptar la modificación del Senado, que dice: "Nº 807, de 17 de abril de 1970". -Hablan varios señores Diputados a la, vez. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Si no hay acuerdo, queda perjudicado el proyecto. Solicito el asentimiento de la Sala para aprobar la modificación del Senado, en lo que se refiere a la citación de decretos. Aprobada. Artículo 3º. El señor LEA-PLAZA (Secretario).- Ha sido consultado, como inciso segundo del artículo 2º, que ha pasado a ser artículo 4º, con la sola modificación que consiste en sustituir la frase "la institución beneficiaría" por "las instituciones beneficiarías". El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- En votación. Si le parece a la Sala, se rechazará la modificación por las razones anteriores. Rechazada. Artículo transitorio. Si le parece a la Sala, se rechazará el artículo transitorio, porque ya no tiene vigencia. Rechazado. Terminada la discusión del proyecto. 14.- CREACION DE LA COMISION CHILENA PARA LA CONFERENCIA MUNDIAL DE COMERCIO Y DESARROLLO (UNCTAD).- TERCER TRAMITE CONSTITUCIONAL El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Corresponde tratar, a continuación, las modificaciones introducidas por el Senado al proyecto, aprobado por la Cámara, que crea la Comisión Chilena para la Conferencia Mundial de Comercio y Desarrollo (UNCTAD). -Las modificaciones del Senado, impresas en el boletín Nº 659-(71)-S, son las siguientes: En el epígrafe inicial, ha sustituido el guarismo "3" por "III". Artículo 1º En su inciso primero, ha reemplazado el guarismo "3" por "III". Ha redactado su inciso segundo en los siguientes términos: "Su domicilio es Santiago de Chile, su representante legal es su Presidente y se vincula con el Gobierno por intermedio del Ministerio de Relaciones Exteriores.". Artículo 2º Ha sustituido su inciso primero, por el siguiente: "Artículo 2º.- La Comisión estará formada por nueve miembros, de los cuales siete serán designados por el Presidente de la República y los otros dos serán nombrados uno por el Senado y el otro por la Cámara de Diputados, no pudiendo recaer estas designaciones en parlamentarios. El Presidente de la República nombrará de entre ellos un Presidente y un Vicepresidente. ". En seguida, como inciso segundo, ha consultado el inciso tercero del artículo 11 del proyecto de la Cámara, reemplazado en los términos que se señalarán oportunamente. Su inciso segundo, que ha pasado a ser tercero, ha sido sustituido en los siguientes términos: "El Presidente de la República designará además un Secretario General de su exclusiva confianza.". Su inciso tercero, que ha pasado a ser cuarto, ha sido redactado en los siguientes términos: "El Ministro de Relaciones Exteriores podrá participar en las sesiones de la Comisión y, en tal caso, las presidirá con derecho a voz y voto.". Artículo 3º Ha sido reemplazado por el siguiente: "Artículo 3º-El Presidente y el Secretario General gozarán de la renta máxima legal establecida en la ley Nº 17. 416. Los demás miembros de la Comisión percibirán una dieta de medio sueldo vital mensual, escala A), del departamento de Santiago, por cada sesión a que asistan, con un límite máximo mensual de dos sueldos vitales de la misma escala. ". Artículo 4º Ha consultado, como inciso segundo, el siguiente, nuevo: "Si los miembros de la Comisión lo fueren también de una o más subcomisiones, no podrán percibir en total por concepto de dietas más de lo expresado en el artículo 3º.". Artículo 5º Ha sido redactado en los siguientes términos: "Artículo 5°.- La Comisión deberá ejecutar, promover y orientar las tareas que correspondan al Gobierno de Chile, como país sede, y prestarle asesoría, en la relativo a la organización y celebración de la Tercera Conferencia Mundial de Comercio y Desarrollo que se realizará en Chile.". Artículo 6º Ha sido sustituido por el siguiente: "Artículo 6º- Las disposiciones de esta ley no modifican ni alteran la aplicación de la legislación y de las prácticas vigentes en lo que se refiere a la participación de Chile en la Conferencia como país miembro de ella.". Artículo 7º Ha sustituido su encabezamiento por el siguiente: "Artículo 7°.- A la Comisión le corresponderá:". Letra a) Ha sido reemplazada por la siguiente: "a) Examinar el mayor gasto que represente a la Organización de las Naciones Unidas la celebración de la Conferencia de Santiago, en relación con el en que habría incurrido de celebrarse en Ginebra; y verificar las cuentas que presente dicha Organización sobre este mayor gasto. Este estudio documentado se enviará al Ministerio de Relaciones Exteriores a fin de que se establezca el monto de la contribución chilena;". Letra b) Ha sustituido la palabra "edificios" por "inmuebles" y el vocablo "elementos" por "bienes muebles". Letras c) y d) Han sido refundidas en una sola, signada con la letra c), con la siguiente redacción: "c) Asegurar alojamiento para las personas que participen en la Conferencia y movilización para las delegaciones;". Letra e) Ha pasado a ser letra d). Ha reemplazado el término "secreta-rial" por la expresión "de secretaría" y las palabras "acreditadas en Chile" por las siguientes "acreditadas ante el Gobierno de Chile". Letra f) Ha sido rechazada. Letra g) Ha sido desechada. Letra h) Ha pasado a ser letra e), redactada en los siguientes términos: "e) Organizar los espectáculos y de más actividades que constituyan el complemento cultural y social de la Conferencia y que permitan conocer programas de desarrollo del país;". Letra i) Ha pasado a ser letra f), con la siguiente redacción: "f) En general, realizar todos los actos y trabajos necesarios para procurar el éxito de la Conferencia y colaborar en la movilización de la opinión pública en orden a obtener dicho propósito.". Artículo 8º Ha sido redactado en los siguientes términos: "Artículo 8º.- Para los efectos de dar cumplimiento íntegro a los fines preestablecidos, la Comisión queda facultada para celebrar todos los actos y contratos que estime conveniente, sin que sean aplicables a su respecto las limitaciones generales y especiales que rigen para los servicios integrantes de la Administración del Estado.". Artículos 9º y 10 Han pasado a formar parte de la letra c) del artículo 11 del proyecto de la Cámara, redactada en los siguientes términos: "c) Elaborar el proyecto de presupuesto y el plan de trabajos que someterá a la aprobación de la Comisión. El proyecto de presupuesto deberá además ser aprobado por el Presidente de la República, previa visación del Ministerio de Hacienda;". Artículo 11 Ha pasado a ser artículo 9º. Ha sustituido el encabezamiento de su inciso primero, por el siguiente: "Artículo 9º.- El Presidente de la Comisión Chilena para la Conferencia Mundial de Comercio y Desarrollo tendrá la calidad de Jefe de Servicio y a él corresponderán, entre otras, las siguientes atribuciones: ". Letra c) Como letra c), ha consultado los artículos 9º y 10 del proyecto de la Cámara, redactados en los términos antes señalados. Letra d) Ha intercalado entre los vocablos "personal" y "en", la frase ", fijarle sus rentas y señalarle sus funciones", y ha sustituido la referencia al "artículo 13" por otra al "artículo 11". Letra e) Ha suprimido la expresión inicial "En lo personal, "; ha comenzado con mayúscula forma verbal "servir", y ha suprimido la frase final "incluyendo su promoción en el exterior. ", reemplazando la coma (,) que la antecede por un punto y coma (;). En seguida, como letra f), ha consultado el artículo 23 del proyecto de la Cámara, sustituido en los términos que se expresarán más adelante. Ha rechazado el inciso segundo de este artículo. Como inciso segundo, nuevo, ha agregado el siguiente: "El Presidente de la Comisión deberá, asimismo, remitir a las Oficinas de Informaciones de ambas ramas del Congreso Nacional copias de las resoluciones que dicte y de los actos y contratos que celebre, así como de las cuentas que deba 1 presentar la Organización de Naciones Unidas en conformidad a la letra a) del artículo 7º, del proyecto de presupuesto y del plan de trabajo que elabore de acuerdo a la letra c) de este artículo.". Su inciso tercero ha pasado a ser inciso segundo del artículo 2°, reemplazando en los siguientes términos: "El Vicepresidente subrogará al Presidente en caso de ausencia o impedimento temporal, con sus mismas funciones, atribuciones y facultades.". Ha suprimido la palabra "EJECUTIVO" en el epígrafe que antecede al artículo 12. Artículo 12 Ha pasado a ser artículo 10, sustituido por el siguiente: "Artículo 10.- El Secretario General es Secretario de la Comisión, con derecho a voz en sus reuniones; es ejecutor de las resoluciones de ésta y de las del Presidente y tiene las demás atribuciones que le asigna esta ley.". Artículo 13 Ha pasado a ser artículo 11, reemplazado por el siguiente: "Artículo 11.- El personal de la Comisión está formado: a) Por funcionarios en Comisión de servicios de la Administración Civil del Estado, central, descentralizada, mixta o concedida, y de las reparticiones e instituciones dependientes del Ministerio de Defensa Nacional. Estas comisiones no estarán sometidas a las limitaciones que señalan las leyes vigentes, salvo lo dispuesto en el artículo 34 de la ley Nº 17. 416; b) Por personas contratadas a honorarios cuando fuere necesario. Este personal sólo tendrá los derechos establecidos en el artículo 8º del D. F. L. Nº 338, de 1960, aun cuando desempeñen funciones habituales en la Comisión, y no le serán aplicables las normas sobre inamovilidad contenidas en la ley Nº 17. 399. La remuneración que se pague a estas personas no podrá exceder del máximo establecido en el artículo 34 de la ley Nº 17. 418, salvo respecto del personal extranjero que fuere indispensable contratar, y c) Por personas designadas ad honorem por el Presidente de la Comisión para cometidos específicos, las que quedarán sujetos a los deberes, obligaciones, prohibiciones y responsabilidades establecidos en el D. F. L. Nº 338, de 1960. Las funciones del personal a que se refiere este artículo expirarán en el plazo indicado en el artículo 23, a menos que en el nombramiento o contrato respectivo se haya señalado otra fecha para su término. ". En seguida, como artículo 12, ha consultado el siguiente, nuevo: "Artículo 12.- Facúltase al Presidente de la República para que, por decreto fundado, con la firma de los Ministros de Relaciones Exteriores y de Hacienda, puedan autorizar el pago de remuneraciones que excedan el límite máximo establecido por el artículo 34 de la ley Nº 17. 416, a personas que presten servicios a la Comisión mediante sueldos u honorarios. ". En epígrafe que precede al artículo 14 del proyecto de esa Honorable Cámara, ha suprimido la palabra "FINANCIERO" y la coma (, ) que la antecede. Artículo 14 Ha pasado a ser artículo 13, redactado en los siguientes términos: "Artículo 13.- Los actos y acuerdos de la Comisión y las decisiones del Presidente, que deban materializarse en resoluciones, estarán exentos del trámite de toma de razón por la Contraloría General de la República. Corresponderá a dicho organismo fiscalizarlo de acuerdo con lo dispuesto en la ley Nº 10. 336.". Artículo 15 Ha sido desechado. A continuación, como artículo 14, ha consultado el artículo 18 del proyecto de la Cámara, con las enmiendas que se indicarán oportunamente. En seguida, como artículo 15, ha agregado el siguiente: Como inciso primero de este artículo, ha consultado los incisos primero y segundo del artículo 17 del proyecto de la Cámara, redactados en los siguientes términos: "Artículo 15.- Créase en el presupuesto para 1971 del Ministerio de Relaciones Exteriores el ítem 06/01/01. 035. 002 con la siguiente glosa y cantidad: "Comisión Chilena para la Conferencia Mundial de Comercio y Desarrollo (UNCTAD III) para los gastos corrientes y de capital que demande la organización y celebración de dicha Conferencia y los que haya demandado el 12º período de sesiones del Consejo de Administración del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD). Este ítem será exce-dible Eº 100. 000. 000 y US$ 1. 300. 000. ". ". Como inciso segundo, ha agregado el siguiente, nuevo: "Facúltase al Presidente de la República para traspasar de los ítem de las diferentes partidas, correspondientes a Presupuestos de Capital o Corriente, aprobados en la ley Nº 17. 399, de 2 de enero de 1971, los recursos que sean necesarios para financiar el gasto que demande el ítem que se crea en el inciso anterior. ". En seguida, como artículo 16, ha consultado el artículo 20 del proyecto de la Cámara, con las enmiendas que se indicarán oportunamente. Como artículo 17, ha consultado el artículo 21 del proyecto de la Cámara, sustituido en los términos que se señalan más adelante. A continuación, como artículo 18, ha consultado el siguiente, nuevo: Artículo 18.- La primera venta de automóviles nuevos armados o fabricados en Chile para ser destinados al servicio de taxis y que cumplan los requisitos de la ley que establece franquicias para este tipo de vehículos, estará afecta a un impuesto de 4% en sustitución del establecido en el artículo 4º bis de la ley Nº 12. 120, y se aplicará sobre el precio de venta de dicho vehículo al taxista. Para estos efectos se entenderá como primera venta aquélla mediante la cual el taxista adquiere el dominio del vehículo nuevo. ". En seguida, como artículo 19, ha consultado los incisos tercero y cuarto del artículo 17 del proyecto de esa Honorable Cámara, redactado en los siguientes términos: "Artículo 19.- Los fondos se pondrán a disposición de la Comisión de acuerdo con el artículo 120 de la ley N? 17. 399, y los recursos que entregue el Servicio de Tesorería deberán depositarse en la cuenta del Banco del Estado a que se refiere el artículo siguiente. Los saldos del ítem a que se refiere el artículo 15 no invertidos o no girados al 31 de diciembre de 1971 no pasarán a rentas generales de la Nación y serán contabilizados en una Cuenta de Depósito que se abrirá para estos efectos en el Servio de Tesorería, a fin de continuar su inversión en el año siguiente en las finalidades de esta ley. ". Artículo 16 Ha pasado a ser artículo 20, reemplazado por el siguiente: "Artículo 20.- Los recursos de la Comisión se mantendrán en una cuenta subsidiaria de la Cuenta Unica Fiscal que, a su nombre, deberá abrirse en el Banco del Estado de Chile. Con cargo a ella sólo podrán girar conjuntamente el Presidente y el Secretario General, en la forma y condiciones que determine el Reglamento. En caso de ausencia o impedimento temporal de este último, lo subrogará, para el solo efecto de lo dispuesto en el presente artículo, la persona que la Comisión designe, en la forma y condiciones que ésta determine.". Artículo 17 Como se expresó anteriormente, los incisos primero y segundo de este artículo, fueron consultados como inciso primero del artículo 15. Los incisos tercero y cuarto de este artículo pasaron a ser artículo 19, como se -expresó anteriormente. Artículo 18 Ha pasado a ser artículo 14, con las siguientes enmiendas: Ha intercalado el vocablo "tales" entre las palabras "rendiciones de" y "cuentas", y ha sustituido la frase final "sin perjuicio de la responsabilidad civil o criminal que pueda hacerse efectiva posteriormente, con arreglo a las leyes generales" por esta otra: "sin perjuicio de la responsabilidad que pueda hacerse efectiva con arreglo a la ley". Artículo 19 Ha pasado a ser artículo 24, sustituido en los siguientes términos: "Artículo 24.- Finalizadas las labores de la Comisión, la Contraloría General de la República deberá emitir un informe final, a más tardar en el plazo de seis meses, y dar cuenta al Presidente de la República y al Congreso Nacional de la forma en que fueron administrados los recursos puestos a disposición de la Comisión. Las responsabilidades administrativa, civil y penal del Presidente, del Secretario General o de quien haga sus veces y de los demás miembros de la Comisión podrán hacerse efectivas hasta seis meses después de entregado el informe al Congreso Nacional. ". En seguida, ha sustituido el epígrafe "DE LOS RECURSOS" del proyecto de esa Honorable Cámara por el siguiente: "DEL FINANCIAMIENTO". Artículo 20 Ha pasado a ser artículo 16, con las siguientes modificaciones: En su encabezamiento, ha sustituido el guarismo "1972" por "1973". Nº 1) Ha reemplazado "35%" por "30%". Luego, como inciso segundo de este número, ha consultado el siguiente, nuevo: "No se aplicará el aumento de tasa referido en el inciso anterior, a los aguardientes, licores y a los considerados como tales por el artículo 41 de la ley Nº 17. 105, de 14 de abril de 1969, champañas y sidra de manzana y de otras frutas. ". Nº 2) En su inciso primero, ha sustituido la referencia al "artículo 4º" por otra al "artículo 4º bis" y el guarismo "12%" por "10%". En su inciso segundo, ha agregado la siguiente frase final, reemplazando el punto (.) por una coma (, ): "ni se aplicará a los camiones, camionetas, taxis, taxibuses, buses y demás vehículos de movilización colectiva.". Artículo 21 Ha pasado a ser artículo 17, sustituido por el siguiente: "Artículo 17.- Reemplázase, en el inciso primero del Nº 14 del artículo 1º de la ley Nº 16. 272, sobre Impuesto de Timbres, Estampillas y Papel Sellado, el guarismo "1%" por "1, 25%". ". Artículo 22 Ha sido suprimido. Artículo 23 Ha sido consultado como letra f), del artículo 11 que pasa a ser 9º, sustituido en los siguientes términos: "f) Informar por escrito al Presidente de la República sobre el desarrollo de los trabajos de la Comisión, a lo menos antes del 1º de noviembre de 1971 y dentro de 90 días después de finalizadas las labores de ésta. Copias de dichos informes serán enviadas al Congreso Nacional y la Contraloría General de la República. ". Artículo 24 Ha pasado a ser artículo 21. Ha suprimido la palabra "Ejecutivo" que sigue a la denominación "Secretario General"; ha puesto en mayúscula la letra "a)" colocada a continuación del término "escala"; ha suprimido la palabra "directamente" y ha reemplazado la expresión "Contralor General" por "Contralor General de la República". Artículo 25 Ha pasado a ser artículo 22. Ha iniciado con minúsculas las palabras "Entidades" y "Empresas". Ha reemplazado la expresión: "La resolución del Presidente" por "Su resolución". En seguida, como inciso segundo, ha consultado el inciso primero del artículo 27 del proyecto de la Cámara, redactado en los términos que se indicarán más adelante. Artículo 26 Ha pasado a ser artículo 23. Ha sustituido su inciso primero, por el siguiente: "Artículo 23.- La Comisión se extinguirá, a más tardar, dentro del plazo de 90 días de terminada la reunión en Chile de la Tercera Conferencia Mundial de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo. El Fisco será su sucesor legal para todos los efectos a que haya lugar.". Sus incisos segundo y tercero han sido refundidos en uno solo, con la siguiente redacción: "A esa fecha el saldo de sus recursos ingresará a una Cuenta Especial de Depósito en el Servicio de Tesorería sobre la cual podrá girar el Ministerio de Relaciones Exteriores para pagar obligaciones pendientes de dicha Comisión. Una vez pagadas dichas obligaciones, el saldo de la Cuenta de Depósito aludida pasará automáticamente a rentas generales de la Nación.". A continuación, como artículo 24, ha consultado el artículo 19, del proyecto de la Cámara, sustituido en los términos señalados anteriormente. Artículo 27 Su inciso primero, ha pasado a ser inciso segundo del artículo 25 que ha pasado a ser 22, redactado en los siguientes términos: "Dentro del plazo indicado en el artículo siguiente, la Comisión deberá devolver los bienes que le hubieren sido facilitados.". En seguida, como artículo 25, ha consultado los incisos segundo y tercero del artículo 27 del proyecto de la Cámara, redactados en los siguientes términos: "Artículo 25.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23, los bienes muebles e inmuebles de la Comisión serán transferidos al Fisco previo registro e inventario hecho por el Departamento de Bienes Nacionales, aprobado por la Contraloría General de la República. La administración de estos bienes será confiada al Ministerio de Educación Pública, Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos, para que se destinen preferentemente a reuniones y congresos internacionales y nacionales, a salas de conferencias, exposiciones, conciertos, teatro y otras actividades en beneficio de la cultura popular. ". En seguida, como artículo 26, nuevo, ha consultado el siguiente: "Artículo 26.- Autorízase a la Corporación de Mejoramiento Urbano para transferir gratuitamente al Fisco los terrenos que hubiere adquirido por expropiación, ubicados entre las calles Alameda Bernardo O'Higgins, José Victorino Lastarria y Villavicencio de la ciudad de Santiago, en los que se construyan los edificios donde se llevará a efecto la Conferencia. ". Artículo 28 Ha pasado a ser artículo 27. Ha reemplazado sus incisos primero y segundo, por el siguiente: "Artículo 27.- Autorízase la importación y libérase del pago de derechos de internación y, en general, de todo derecho o contribución que se perciba por intermedio de las Aduanas, incluida la tasa de despacho establecido en el artículo 190 de la ley Nº 16. 464 y sus modificaciones posteriores, así como de depósitos previos de importación, todas aquellas especies que se empleen en la construcción, alhajamiento y puesta en funcionamiento del edificio destinado a la Conferencia Mundial de Comercio y Desarrollo, siempre que ellas no se fabriquen en el país de calidad similar y en cantidad suficiente, hecho que determinará la Comisión por resolución fundada, y aquellas especies de consumo que sirvan para el mejor funcionamiento de la Conferencia. ". Ha refundido sus incisos tercero, cuarto y quinto en uno solo, con la siguiente redacción: "El Reglamento determinará la forma y condiciones de aplicación de estas franquicias y los controles y demás medidas que digan relación con ellas, así como el traspaso al Servicio de Aduanas de las especies de consumo que no se hayan utilizado, a fin de que se proceda a su remate en la forma y condiciones que para las mercancías incautadas señala el "Reglamento del Almacén de Rezagos y del Remate, Venta y Destrucción de Mercancías".". Ha suprimido su inciso sexto. En seguida, ha consultado los siguientes artículos, nuevos: "Artículo 28.- La Comisión a que se refiere el artículo 1º de esta ley estará exenta de todo tributo, gravamen, tasa o derecho fiscal, municipal o de cualquier otra índole, ya sea que la afecte directamente o que deba soportar la difusión, traslación o recargo de cualquiera de estos impuestos. Los actos o contratos en que sea parte la Comisión estarán totalmente exentos en cuanto signifiquen un gravamen al patrimonio de la Comisión. Artículo 29.- La Comisión Nacional referida en el artículo 1º de esta ley, mediante resolución fundada, podrá encargar a cualquier servicio u organismo del Estado la ejecución de las obras materiales y prestaciones de servicios que sean necesarias. Para el solo efecto del cumplimiento de estos cometidos, los respectivos servicios u organismos tendrán, además de las propias, las mismas facultades, exenciones y liberalidades administrativas y de cualquier otra naturaleza que se confieren por esta ley a la Comisión. ". El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- En discusión las modificaciones del Senado. El señor PHILLIPS.- Pido la palabra. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor PHILLIPS.- Señor Presidente, las modificaciones introducidas por el Honorable Senado son, en la primera parte, sólo de orden formal. Respecto de los impuestos, los rebaja y los prorroga por un año más. En consecuencia, los Diputados nacionales vamos a aprobar el proyecto tal cual viene del Senado. Si el Ejecutivo estima alguna materia controvertida, entiendo que hará uso del veto. Creo indispensable, dada la premura del tiempo y el atraso sufrido en el Senado, que este proyecto sea ley a la brevedad. De ahí nuestro criterio sobre esta materia. Naturalmente, el Gobierno deberá tener presente, una vez más, que lo que dijo el Presidente de la República es cierto: que la Unidad Popular tiene que contar con los votos de la Oposición para despacharlo. Nada más, señor Presidente. El señor PALESTRO.- ¡El Presidente no ha dicho eso! El señor PHILLIPS.- ¡Lo dijo ayer! El señor ALMEYDA (Ministro de Relaciones Exteriores).- Pido la palabra, señor Presidente. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Ministro. El señor ALMEYDA (Ministro de Relaciones Exteriores).- Señor Presidente, la Cámara debe tratar, en tercer trámite constitucional, el proyecto que crea la Comisión Chilena para la Conferencia Mundial de Comercio y Desarrollo. La verdad es que este proyecto fue tratado en el Senado con mucha acuciosidad y prolijidad, tanto por la Comisión de Relaciones como por la Sala, y con la participación de Senadores de los diferentes partidos se le introdujo modificaciones que lo mejoraron sensiblemente; de manera que creo que está en condiciones de ser aprobado, sin mayor modificación, por esta Corporación. Yo, en aras de la premura que existe de que este proyecto sea ley de la República lo antes posible, para hacer viables las obras y preparativos para esta Conferencia, me permito solicitar a la Corporación que despache este proyecto en la forma que viene del Senado, donde, como dije, fue objeto de prolijos estudios y de modificaciones que lo han dejado en condiciones de ser despachado sin mayor discusión aquí. Por todas estas razones, espero que la Corporación, con conciencia de la premura que existe para que este proyecto sea ley, se servirá ahora despacharlo en la forma que viene del Senado. Varios señores DIPUTADOS.- ¡Votemos! El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Solicito el asentimiento de la Sala para votar, en un solo acto todas las modificaciones introducidas por el Senado, sin más debate. Acordado. En votación las modificaciones. Si le parece a la Cámara, se aprobarán. Aprobadas. Terminada la discusión del proyecto. 15.- ACUERDO PARA EL DESPACHO DE DIFERENTES PROYECTOS DE LEY El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Señores Diputados, a continuación, debemos despachar los proyectos de la Tabla del número 6 para adelante por cuanto el plazo constitucional para tratarlos vence en estos días. Corresponde tratar, en seguida, el proyecto que autoriza a la Corporación de la Vivienda para transferir al Servicio Nacional de Salud los terrenos en que se encuentra ubicada la Población "El Santo", de La Serena, y deroga la disposición legal expropiatoria que indica. Si le parece a la Sala, se despacharán sin debate todos estos proyectos. El señor KOENIG.- Excepto el que da el nombre de "Eugenio Matte" al Liceo de Hombres Nº 7. -Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Señores Diputados, vamos por proyecto. El número 6), autoriza a la Corporación de la Vivienda para transferir terrenos. Si le parece a la Sala se despachará sin debate. Acordado. El número 7), que abona tiempo a los trabajadores afectos al Servicio de Seguro Social que pasen o hayan pasado a ser empleados imponentes de cualquiera institución de previsión. Si le parece a la Sala, también se despachará sin debate. Acordado. El número 8), proyecto del Senado que sanciona a quienes adquieran, a título oneroso, los artículos distribuidos en forma gratuita por los servicios del Estado. Si le parece a la Sala, se acordará tratarlo sin debate. Acordado. El número 9), proyecto en segundo trámite reglamentario, que crea la comuna de Entre Lagos. Si le parece a la Sala, se despachará sin debate. Hay oposición; se desea debate. El número 10), proyecto que da el nombre de "Eugenio Matte Hurtado", al Liceo de Hombres Nº 7, de Santiago. Hay oposición; será con debate. El número 11), proyecto que establece normas para permitir que los imponentes que queden cesantes puedan continuar el trámite de adquisición de viviendas. Si le parece a la Cámara, se acordará tratarlo sin debate. Acordado. 16.- TRANSFERENCIA, AL SERVICION NACIONAL DE SALUD, DE LOS TERRENOS EN QUE SE ENCUENTRA UBICADA LA POBLACION "EL SANTO", DE LA SERENA (COQUIMBO) El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Corresponde tratar el proyecto que autoriza a la Corporación de la Vivienda para transferir al Servicio Nacional de Salud los terrenos en que se encuentra ubicada la población "El Santo", de La Serena, y deroga la disposición legal expropiatoria que indica. El señor Secretario va a dar lectura al artículo. El señor ACEVEDO.- Si le parece. El señor LEA-PLAZA (Secretario).- "Artículo único.- Autorízase a la Corporación de la Vivienda para transferir, a título gratuito, al Servicio Nacional de Salud los terrenos de su dominio en que está construida la Población "El Santo" de la ciudad de La Serena, para los efectos previstos en las leyes Nºs. 16. 702 y 16. 908. "La transferencia de dominio de los inmuebles a que se refiere el inciso precedente se efectuará mediante el procedimiento establecido en el artículo 46 de la ley Nº16. 742." El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Si le parece a la Sala, se aprobará en general el proyecto. Aprobado. Como no ha sido objeto de indicaciones, se declara también aprobado en particular. Despachado el proyecto. 17.- ABONO DE TIEMPO A LOS TRABAJADORES AFECTOS AL SERVICIO DE SEGURO SOCIAL QUE PASEN O HAYAN PASADO A SER IMPONENTES DE CUALQUIER INSTITUCION PREVISIONAL El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- En seguida, corresponde tratar el proyecto, de origen en un Mensaje, que hace aplicable el abono de hasta dos años por cada cinco en labores pesadas a que se refiere la ley Nº 15. 183 a los trabajadores afectos al Servicio de Seguro Social que pasen o hayan pasado a ser empleados imponentes de cualquier institución previsional. Por acuerdo de la Sala, este proyecto tiene que ser despachado sin debate. -El proyecto está impreso en el boletín Nº669-(71)-2. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- El señor Secretario dará lectura al artículo único. El señor ACEVEDO.- Tenemos el boletín. El señor OLAVE.- Todos tenemos el boletín. El señor LEA-PLAZA (Secretario).- "Artículo único.- Los obreros afectos al régimen de la ley Nº 10. 383, orgánica del Servicio de Seguro Social que pasen o hayan pasado a ser imponentes de la Caja de Previsión de Empleados Particulares o de cualquiera otra Institución de Previsión Social, tendrán derecho al abono establecido en el artículo 38 de la ley Nº 10. 383 por los trabajos pesados que acrediten en conformidad con esta disposición durante el tiempo en que fueron asegurados del Servicio de Seguro Social, para los efectos de su derecho a pensión de jubilación por vejez". El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Si le parece a la Sala, se aprobará en general el proyecto. Aprobado. Como no ha sido objeto de indicaciones, queda también aprobado en particular. Despachado el proyecto. 18.- SANCIONES A QUIENES ADQUIERAN, A TITULO ONEROSO, LOS ARTICULOS DISTRIBUIDOS EN FORMA GRATUITA POR LOS SERVICIOS DEL ESTADO El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Corresponde despachar, sin debate, el proyecto remitido por el Senado que sanciona a quienes adquieran, a título oneroso, los artículos distribuidos en forma gratuita por los Servicios del Estado. A este proyecto se le dio lectura la semana pasada. Si le parece a la Sala, se omitirá su lectura. Acordado. -El proyecto se encuentra impreso en el Boletín Oficial de la sesión 10ª, ordinaria, en miércoles 30 de junio. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Si le parece a la Sala, se aprobará en general el proyecto. Aprobado. Como no ha sido objeto de indicaciones, queda también aprobado en particular. Despachado el proyecto. 19.- CREACION DE LA COMUNA DE ENTRE LAGOS, EN EL DEPARTAMENTO DE OSORNO (OSORNO). El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- A continuación, corresponde tratar el proyecto, en segundo trámite reglamentario, que crea la comuna de Entre Lagos, en el departamento de Osorno, provincia del mismo nombre. Diputado informante de la Comisión de Hacienda es el señor Phillips. -El proyecto está impreso en el Boletín Oficial de la sesión 7ª, ordinaria, en martes 22 de junio. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- En discusión general y particular el proyecto. El señor JAUREGUI-Pido la palabra. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor JAUREGUI-Señor Presidente, voy a ser muy breve, en vista de lo avanzado de la hora. Quiero insistir en la conveniencia de aprobar el proyecto que crea la comuna de Entre Lagos, y, al mismo tiempo, en darle un financiamiento adecuado, pues, en caso contrario, se estaría creando una nueva comuna que, com el 90% de las que hay en el país, quedaría, de partida, totalmente desfinanciada. Desde luego, va a tener muy pocos ingresos, en virtud de la alta ruralidad que hay en ese sector. En efecto, no existen muchas edificaciones y los predios son todos de tipo precordillerano, es decir, forestales. Con la contribución territorial del 6 por mil en beneficio de la Municipalidad, se va a obtener una suma muy escuálida, del orden de los 180 millones de pesos. Tengo a la vista un cuadro con las entradas, por este concepto, de toda la provincia de Osorno, que no leo para no cansar a la Cámara; pero el monto de los ingresos para la nueva comuna sería de ese orden. No se puede financiar Municipalidad alguna con entrada tan precaria. La comuna de Entre Lagos, que se crea por este proyecto, tiene extraordinaria importancia, porque está ubicada en el camino internacional a la Argentina y, por lo tanto, es la primera cara, la primera visión que tiene el turista que viene a Chile. En consecuencia, hay que darle financiamiento. Para tal efecto, en compañía de mi colega Mario Hurtado, habíamos presentado una indicación que establecía un financiamiento adecuado para esta futura comuna. Lamentablemente, por el boletín de la Comisión de Hacienda me impuse de que se había rechazado la indicación, porque no había tenido a la vista los antecedentes necesarios y, en especial, porque no se pudo "establecer cuál era la opinión que la medida propuesta merecía a los representantes de las demás comunas de la provincia de Osorno, que serían afectadas por ella. " Señor Presidente, aquí hay un error, porque la ley Nº 17. 382 creó un Comité Programador en beneficio de todas las actividades de la provincia y no de las Municipalidades, que no son directamente afectadas. Por eso, no encuentro valedera la razón que ha tenido la Comisión para rechazar la indicación que daba un financiamiento adecuado a la comuna de Entre Lagos. Llamo a la comprensión a los Diputados de los diferentes sectores de esta Cámara para que apoyen la creación de la comuna de Entre Lagos y le dé un financiamiento adecuado, a través de la indicación que presentamos con el colega Mario Hurtado. Nada más. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. El señor KLEIN.- ¿Me permite? El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Cerrado el debate. El señor KLEIN.- Estaba pidiendo la palabra, señor Presidente. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Solicito el asentimiento unánime de la Sala para que pueda usar de la palabra el señor Klein, que la pidió oportunamente, pero que la Mesa no lo advirtió. Acordado. Tiene la palabra Su Señoría. El señor KLEIN.- Señor Presidente, sólo quería dar un informe del porqué rechazamos la indicación de los colegas. Como no teníamos a la vista la cantidad de fondos que da la ley Acuña-Irureta, temíamos que al aprobarse la indicación, se lesionaran los intereses de las demás comunas. Esta mañana conversé con el Alcalde de Purranque y me ha dicho que debiéramos rechazarla, pero ateniéndome a lo que dice el colega Jáuregui, personalmente la aprobaré, porque a un municipio tenemos que darle los medios para que se pueda desarrollar, si bien es cierto que a otros municipios, que no contaban con estos ingresos, el Ejecutivo se los destinaba. En fin, que esto lo modifique el Senado o el Ejecutivo a través del veto. Por último, quiero pedir que todos aprobemos el proyecto para que vaya rápidamente al Senado. Nada más. El señor JAUREGUI- ¿Me permite? Medio minuto. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Con la venia de la Sala, tiene la palabra el señor Jaurégui. El señor JAUREGUI.- Señor Presidente, quiero insistir en este punto y, sobre todo, pedir no sólo la comprensión, sino la aplicación del mismo criterio que esta Cámara tuvo hace un mes, cuando se aprobó la creación de las comunas de Chaitén y Futaleufú. En esa ocasión, se dio financiamiento adecuado a los dos nuevos municipios, mediante el otorgamiento de fondos de la ley de fomento de las provincias de Chiloé, Aisén y Magallanes. Por lo tanto, pido que se aplique el mismo criterio... El señor KLEIN.- Si la vamos a aprobar. El señor JAUREGUI-... para que la nueva comuna, en su trabajo, no tenga un desempeño languideciente y precario en cuanto a obras de progreso, como es lo habitual en estos casos. Nada más. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Solicito el asentimiento unánime de la Sala para considerar la indicación hecha por el señor Jáuregui, ya que, como fue rechazada en el segundo informe, tendría que haber sido renovada con 40 firmas. Advierto al señor Jáuregui que la indicación fue rechazada en la Comisión de Hacienda, porque se estimó que el financiamiento era muy grande para una Municipalidad nueva: 10 millones de escudos. Tal vez si el señor Jáuregui pudiera disminuir el 5 %. El señor JAUREGUI- ¿Me permite? El rendimiento de la ley para Osorno es de 64 millones de escudos. Esto otorgaría un financiamiento de 3 millones, aproximadamente, que para formar y urbanizar todo lo que significa una nueva comuna, no es excesivo. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Solicito el asentimiento de la Sala para considerar incorporada la indicación del señor Jáuregui. Si le parece a la Sala, así se acordará. Acordado. El señor KLEIN.- ¡El Senado o el Ejecutivo lo arreglan, si es demasiado! El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- En votación particular el proyecto con la indicación. Si le parece a la Cámara se aprobará el proyecto en particular, con la indicación del señor Jáuregui. Acordado. Despachado el proyecto. 20.- DENOMINACION DEL LICEO DE HOMBRES Nº 14 DE SANTIAGO Y DEL LICEO Nº 2 DE TEMUCO El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- A continuación corresponde tratar el proyecto de ley, originado en un Mensaje, que daba el nombre de "Eugenio Matte Hurtado" al Liceo de Hombres Nº 7, de Santiago, y que fue sustituido posteriormente por otro. -El proyecto, despachado por la Comisión de Educación, está impreso en el boletín Nº 693-(71). El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Se ha hecho presente a la Mesa que el Liceo de Hombres Nº 7 ya tiene el nombre de don José Toribio Medina. El señor KOENIG.- Pido la palabra. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor KOENIG.- Precisamente me iba a referir a ese problema. Después del debate que tuvimos la semana pasada, yo estuve haciendo algunas averiguaciones y llegamos a la conclusión de que este liceo, que había sido creado en 1951, en 1952, a raíz del centenario del nacimiento del historiador don José Toribio Medina, se le había dado el nombre de esta personalidad chilena. Es así como su nombre figura en el frontis del edificio. Hay un busto de don José Toribio Medina y en los distintivos, insignias y banderines, aparece el nombre del historiador nacional. De manera que sugiero a la Mesa, porque la Comisión no alcanzó a reunirse por la suspensión de las sesiones de esta semana, que se acogiera una indicación que hice junto con el colega Iglesias, en el sentido de dar el nombre de Eugenio Matte Hurtado al Liceo N9 14 de Santiago, con lo cual quedaría satisfecha la aspiración del Ejecutivo. El señor KLEIN.- ¡Hay que averiguar si tiene nombre! El señor KOENIG.- No. Ese liceo no tiene nombre. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Si le parece a la Sala, se podría aprobar el artículo único, sustituyéndolo por la indicación que da el nombre de Eugenio Matte Hurtado al Liceo N9 14 de Santiago. Acordado. Hay una indicación del señor Fuentes, don Samuel. El señor LEA-PLAZA (Secretario).- Indicación del señor Fuentes, don Samuel, para agregar el siguiente artículo nuevo: "A contar desde la vigencia de esta ley, el Liceo de Hombres Nº 2 de Temuco llevará el nombre de Ernesto Bohn. " El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Fuentes, don Samuel. El señor FUENTES (don Samuel).- Señor Presidente, quiero rogar a la Honorable Cámara que tenga la bondad de aprobar esta indicación, porque responde a un clamor público de la ciudad de Temuco, que pudo admirar en la persona muy humilde de este hombre, un espíritu de trabajo digno de todo elogio. Es así como la prensa, la radio y la dirección misma del Liceo N9 2 de Temuco, han solicitado que se dé al establecimiento el nombre de Ernesto Bohn, reconociendo así la labor de este hombre que fue el verdadero alcalde de Pueblo Nuevo de Temuco, por las gestiones que realizó para la creación del liceo y la construcción de las defensas del sector Santa Rosa del río Cautín. Cabe destacar que los miembros directivos de la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales, al inaugurar el edificio del Liceo N9 2 de Temuco, rindieron homenaje especial a este hombre, fallecido después de más de noventa años de edad, como reconocimiento por su acción brillante, primero, por la creación del Liceo N9 2 de Pueblo Nuevo de Temuco y, luego, por su labor por obtener la construcción del edificio mismo. Por estos motivos, ruego a la Sala que rindamos este homenaje a un hombre de extracción humilde, que no estando a la altura de Eugenio Matte Hurtado, sin embargo, se preocupó de la cultura en general. Nada más. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- En votación la indicación del señor Fuentes, don Samuel. Si le parece a la Sala, se aprobará. Aprobada. Terminada la discusión del proyecto. 21.- DERECHO A ADQUISICION DE VIVIENDAS POR IMPONENTES CESANTES El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Corresponde, a continuación, votar sin debate el proyecto que establece normas para permitir que los imponentes que queden cesantes puedan continuar el trámite de adquisición de viviendas. -El proyecto, impreso en el boletín Nº 697-71-2, es el siguiente: "Artículo único.- El imponente a quien se hubiere seleccionado para adquirir una vivienda que, por causa de cesantía, dejare de serlo, tendrá derecho a continuar la tramitación de su operación como si mantuviere tal calidad. En este caso, se suscribirá con él una escritura de promesa que, aparte de las estipulaciones señaladas en la ley Nº 17. 227 y en su Reglamento, deberá contener: La condición de otorgarse el contrato prometido al momento en que el prometiente comprador recupere la calidad de imponente, si se hubiere cumplido el plazo fijado al efecto, con arreglo a las demás cláusulas del contrato de promesa; y La obligación de pagar, en tanto subsista la cesantía, sólo el 50% de los dividendos definitivos o provisorios que correspondan. La fianza durará el tiempo que el prometiente comprador se halle cesante y caducará por el solo hecho de recuperar su calidad de imponente. La parte de los dividendos que, por efecto de lo establecido en el inciso anterior, no pagare el prometiente comprador, se entenderán prorrogados, sin intereses, hasta el vencimiento de las respectivas deudas. " El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Si le parece a la Cámara, y no se pide votación, se dará por aprobado en general. Aprobado. Si le parece a la Cámara, omitiríamos la lectura del proyecto y lo daríamos por aprobado en particular. Acordado. 22.- PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS CIVILES Y POLITICOS. ELIMINACION DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACION RACIAL El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Solicito el asentimiento de la Sala para despachar, sin debate, dos proyectos de acuerdo que han sido solicitados por el Ministerio de Relaciones Exteriores. Son simples y han sido informados, por unanimidad, por las Comisiones de Relaciones Exteriores y de Hacienda. El primero figura en el Nº 5 de la Tabla y aprueba el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Impreso en el boletín Nº 301-69-2, dice así: "Artículo único.- Apruébase el "Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos", abierto a la firma en la ciudad de Nueva York, y aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas con fecha 19 de diciembre de 1966". El otro proyecto de acuerdo, remitido por el Honorable Senado, aprueba la Convención Internacional sobre eliminación de todas las formas de discriminación racial. Está impreso en el boletín número 674-71-2, y dice así: "Artículo único.- Apruébase la Convención Internacional sobre la "Eliminación de todas las formas de discriminación racial", abierta a la firma en la ciudad de Nueva York, y aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas con fecha 21 de diciembre de 1965.". El señor PONTIGO.- Votémolos en un solo acto... El señor ACEVEDO.-... y sin debate. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Si le parece a la Sala, se aprobarán sin debate y en un solo acto. Acordado. Si le parece a la Sala, se darán por aprobados en general y en particular. Aprobados. Terminada la discusión de los proyectos. 23.- ALUSION PERSONAL. APLICACION DEL ARTICULO 19 DEL REGLAMENTO El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- En conformidad con el Reglamento, tiene la palabra el señor Penna hasta por 5 minutos, por haber sido aludido en diferentes órganos de prensa. El señor PENNA.- Señor Presidente, en declaración que el Banco Central contesta a conferencia de prensa que tuve con algunos órganos informativos, se me trata de irresponsable y de manejar antojadizamente las cifras; además, el diario "El Siglo" me moteja de vende-patria. Todo esto se debe a que la Comisión de Hacienda recibió oficio de un ejecutivo del Banco Central, en el que se analizan dos materias públicas fundamentales, que interesan a todos los chilenos. En primer lugar, en ese documento se informa sobre la deuda del Fisco con el Banco Central, la que, al 30 de abril, sería de 15 mil 16 millones de escudos. Yo comparé esta cifra con una que aparece en la página 55 de la exposición sobre la Política Económica del Gobierno presentada por el Ministro de Hacienda, señor Zorrilla, a la Comisión Mixta de Presupuestos, el 27 de noviembre de 1970, en que expresa -en este documento oficial- que al 30 de octubre dicha deuda era de Eº 7. 510 millones de escudos, acumulada en los últimos 25 años. De tal manera que la deuda contraída por este Gobierno entre el 30 de octubre de 1970 y el 30 de abril de 1971 es de 7. 506 millones de escudos -que viene a ser la emisión inorgánica del Banco Central-; esa es la diferencia entre los 15. 016 millones y los 7. 510 millones. Vale decir, es casi la misma cantidad en que el país se había endeudado en 25 años. Esta parte no la desmiente el Banco Central; por lo tanto, la reconoce y es verídica. La segunda parte, y lo que mereció las iras del diario "El Siglo" y del Banco Central, es que el oficio recibido dice textualmente que: "La reserva en dólares norteamericanos del Banco Central al 30 de abril del presente año alcanzó a 174. 094. 879, 18 dólares, definiéndola como el saldo en esta moneda mantenido por esta institución, en depósitos con sus corresponsales en el exterior. " Busqué nuevamente en el único documento oficial que existe, porque, además, he buscado en el Mensaje del 21 de mayo del Presidente de la República, en "Plan 1971", libro que nos entregó ODEPLAN, en todos los boletines del Banco Central y no he encontrado absolutamente ninguna información. La única que existe está en la página 173 de la exposición del Ministro de Hacienda, en que el ítem Nº 4 "Depósitos con sus corresponsales en el exterior", al 30 de septiembre, era de 385, 2 millones. Por eso, llegué a la conclusión de que el gasto en dólares, desde el 30 de septiembre de 1970 al 30 de abril de 1971, era de 211 millones de dólares. Sin embargo, hay una nueva declaración del Banco Central, en que se me moteja de lo que ya dije. La respuesta del Banco Central involucra nuevas aclaraciones, que dejan en la más completa oscuridad a la opinión pública. Ahora se dice que el total de los activos, al 30 de abril, era de 367 millones de dólares. Pues bien, el total de los activos del Banco Central, al 30 de septiembre, según la exposición del Ministro, ya que no existe otro punto de referencia, era de 497, 2 millones. O sea, hay un déficit de 130, 1 millones de dólares. Los activos totales de las reservas internacionales eran de 543 millones de dólares, dato proporcionado en este mismo documento, lo que daría un déficit de 176, 2 millones de dólares. En otra parte, la declaración dice que los activos del Banco alcanzaban, al 30 de abril, a 367 millones de dólares, frente a un pasivo de 100, lo que arroja una reserva neta de 267 millones de dólares. Pues bien, al 30 de septiembre, el activo del Banco Central era de 497, 1 millones de dólares, contra un pasivo de 107. O sea, las reservas netas del Banco Central eran de 389, 9 millones de dólares. Es decir, hay un déficit de 122 millones de dólares. No hay irresponsabilidad ni cifras torcidas. Todas han sido extraídas de la exposición pública del Ministro y constan en documentos oficiales. Lo que pasa es que hay absoluta desinformación ' en el país y se está tratando de sorprender a la opinión pública haciendo pillerías. En todo caso, el Banco Central no ha desmentido lo primero que dije. El señor PONTIGO.- Demostró que usted estaba equivocado. El señor PENNA.- En un país como Chile, todas estas cosas siempre las hemos debatido públicamente. El señor ACEVEDO.- No. El señor PONTIGO.- No. El señor PENNA.- Aquí no hay secretos de unos pocos. Las versiones de la discusión de la exposición de la Hacienda Pública incluso salen publicadas en los diarios. El señor ACEVEDO.- Los depósitos en el extranjero nunca han sido debatidos. El señor PENNA.- Yo digo, señor Presidente, que los irresponsables, los verdaderos irresponsables y los vende-patrias no son los que estamos debatiendo limpiamente estas cosas; son los que se están farreando el capital del país y quieren que los chilenos que tenemos responsabilidad pública y que estamos informados, nos quedemos callados. Creo, por el contrario, que mi deber es señalar estos errores para que se enmienden rumbos. Nada más, señor Presidente. El señor ACEVEDO.- Usted está pidiendo los datos para que sean públicamente conocidos. El señor PENNA.- Los datos que doy son de versión pública. El señor ACEVEDO.- Pero su cuenta corriente no se conoce públicamente. El señor PENNA.- Aquí hay versión pública. El señor ACEVEDO.- No, señor. El señor PENNA.- ¿Y la exposición del Ministro no es un documento público? El señor ACEVEDO.- Es así; pero los datos que usted ha pedido, no. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- Se levanta la sesión. -Se levantó la sesión a las 13 horas 32 minutos. Roberto Guerrero Guerrero, Jefe de la Redacción de Sesiones.