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- rdf:value = " El señor SANHUEZA (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Fuentes; a continuación, el señor Amello.
El señor FUENTES (don César Raúl).-
Señor Presidente, en verdad, esta modificación al número 13 del artículo 496 del Código del Trabajo dice directa relación también con la modificación al número 12. En concreto, se trata de que los asuntos que conocía me parece, no tengo bien el enunciamiento el Juez del departamento de Yumbel pasan a ser conocidos ahora por el Juez del Trabajo de Chillán. Tengo entendido que es eso.
Ahora, el departamento de Yumbel está en la provincia de Concepción, y la Cámara había aprobado el criterio de que los problemas del trabajo que decían relación con el departamento de Yumbel debían ser conocidos por otro Juzgado del Trabajo, que era el Juez del Trabajo de Coronel, quedando siempre en la misma provincia de Concepción. En este caso se han tomado asuntos del trabajo de un departamento de la provincia de Concepción para asignarlos al Juez del Trabajo de la provincia de Ñuble. Yo no sé hasta dónde esto va a provocar algunos problemas.
Me imagino que esto habrá sido conocido por los parlamentarios de Concepción en el Senado.
Hay algunas modificaciones a las cuales me habría gustado referirme, pero lamentablemente la referencia no era fácil ubicarla en el momento que leíamos la disposición, cuando el señor Presidente la colocó en discusión, y por eso debo intervenir, ahora, con un resultado de votación ya proclamado.
Me habría gustado consultar, porque yo no sé qué tipo de problemas de carácter administrativo y policial, fundamentalmente, habrá con las notificaciones que deben hacerse por parte de los Jueces del Trabajo a través de los organismos de la policía de seguridad; qué tipo de complicaciones habrá para lograr que todas estas diligencias de carácter judicial vayan de una provincia a otra, estando asignados los problemas del trabajo, en una provincia determinada. Ahora bien, Yumbel no queda tan cerca de Chillán como para decir que se trata de un departamento vecino.
Creo que ésta es una de las materias sobre las cuales deberíamos haber requerido mayores antecedentes para habernos pronunciado. Personalmente tengo mis reservas, porque estimo que se pueden presentar problemas serios en este asunto.
Yo le rogaría al señor Ministro de Justicia que en esta materia concreta se estudiara el problema, salvo que él tuviera los antecedentes muy claros como para que nos pudiera ilustrar en este mismo instante, porque de lo contrario pensaría en la posibilidad de solicitarle al Ejecutivo que la vete. No sé qué antecedentes ha tenido el Senado para haber adoptado este criterio. Sería muy interesante que pudiéramos tener conocimiento de ello al tratar una materia tan importante como ésta.
"