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- rdf:value = " El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Con la venia del señor Frei, tiene la palabra el señor Ruiz-Esquide.
El señor RUIZ-ESQUIDE (don Rufo).-
Señor Presidente, quiero consultar al Diputado informante sobre algunas dudas que me merece el texto mismo del proyecto.
Por ejemplo, por el artículo 1º prácticamente se entrega la totalidad de las expropiaciones que se realizan por organismo fiscales, semifiscales, autónomos, etcétera, a la Corporación de Mejoramiento Urbano; de manera tal, entonces, que quedaría prácticamente excluida la posibilidad de que las realicen otras instituciones; derogándose toda la legislación vigente que permite a otros organismos del Estado realizar expropiaciones. Yo no sé si el señor Diputado tenga otra interpretación; pero es lo que se desprender del claro tenor del artículo 1º.
Después, en el artículo 4º, según el proyecto, el valor de la indemnización de los predios expropiados se paga de acuerdo con el avalúo fiscal; pero, ocurre que la ley Nº 16. 640 define como predios rústicos aquellos "susceptibles" de uso agrícola; generalmente, los terrenos cercanos a las grandes ciudades, a los que se refiere el proyecto, están sujetos a planos reguladores aprobados por decreto supremo, en virtud de los cuales se excluye expresamente la posibilidad de darles uso agrícola. No son entonces susceptibles de acuerdo con las disposiciones de la ley de reforma agraria. De manera tal que el proyecto sería absolutamente inaplicable con respecto a las finalidades que persiguen los autores del mismo. Sin perjuicio de abundar en la observación, puedo agregar que el artículo 10, número 14, de la Constitución establece efectivamente el pago de una indemnización de acuerdo con el avalúo fiscal; pero, naturalmente, cuando se ha hecho la expropiación para los fines de la reforma agraria, y obviamente, la Corporación de Mejoramiento Urbano nunca expropiará para esas finalidades. De manera tal, entonces, que el proyecto contrariaría las disposiciones constitucionales y podría ser reclamado por el vicio de inconstitucionalidad.
Después de una somera lectura del proyecto, me inquietan estas dudas. Por ello, quisiera que el Diputado informante me explicara la materia para saber, como responsable del despacho de este proyecto, si él está conforme con la estructura general de nuestra legislación y, especialmente, con la Constitución.
"
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