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- rdf:value = " El señor MERCADO (Presidente).-
Puede continuar el señor Diputado informante.
El señor MAIRA.-
Gracias, señor Presidente.
Quiero referirme a la última fuente de financiamiento nueva incluida por la Comisión, que es la contenida en el artículo 14 actual del proyecto.
Esta indicación consiste en proponer un recargo del 20% en el pago del impuesto global complementario para todas aquellas personas que tengan rentas imponibles superiores a veinte sueldos vitales anuales. La disposición, que contó con los votos favorables de una mayoría de los miembros de la Comisión, de la que sólo se excluyó el Partido Nacional,...
La señora ALLENDE.-
¡Qué bien! Se está confesando...
El señor MAIRA.-
...tiene como fundamento el establecer un gravamen especial en aquellos tramos más altos del pago del impuesto global complementario, que afectan a un número más bajo de personas y, por tanto, de contribuyentes, y que tiene, sin embargo, un rendimiento bastante significativo, dentro de la política tributaria que el país ha venido enfrentando en los últimos años y que ha consistido en un fortalecimiento significativo del pago de los impuestos directos, entre los cuales el impuesto a la renta progresivo, conocido con el nombre de global complementario", juega un papel fundamental.
Es indispensable establecer estos nuevos ajustes. Se calcula que el rendimiento de esta disposición produciría, en el curso del año 1970, 70 millones de escudos, lo que hace de este rubro un factor extraordinariamente importante en el financiamiento y, en cambio, afectaría solamente a 6.500 contribuyentes, que son los que están en los tramos que van sobre los veinte sueldos vitales de renta.
El impuesto global complementario ha venido creciendo en forma bastante significativa e interesante para el desarrollo de una mejor estructura tributaria en el país. En el curso de este año, por ejemplo, su rendimiento estimado es de 643 millones 400 mil escudos y, en el curso del próximo año, ya se estima que estará, en moneda del año respectivo, en un rendimiento de 1.027 millones de escudos. De modo que el impuesto global complementario cada vez tiende a constituirse en un pilar muy significativo de los impuestos directos, y, a su vez, éstos tienden a tener una incidencia cada vez más considerable en la estructura tributaria del país.
La Comisión estimó que, teniendo esta disposición una serie de riesgos, que ciertamente los tiene, porque en la práctica va a significar que la tasa más alta por concepto de impuesto global complementario va a subir de 60 a 72%, lo que la hace una tasa bastante confiscatoria desde el punto de vista del gravamen efectivo, estimó que, en las condiciones actuales del país y en un sistema de reajuste de la estructura tributaria nacional era conveniente aceptar una idea como ésta, con un rendimiento tan significativo como el de 70 millones de escudos.
A la mayoría de los miembros de la Comisión, con exclusión de los parlamentarios del Partido Nacional, les pareció que ésta era una idea importante y, por tanto, fue votada favorablemente.
El señor MERCADO (Presidente).-
Señor Diputado, el señor Basso le solicita una interrupción.
El señor MAIRA.-
Con mucho gusto se la concedo.
"
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