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El señor MERCADO (Presidente).-
Con la venia de la señora Lazo, tiene la palabra el señor Tavolari.
El señor TAVOLARI.-
Señor Presidente, debemos iniciar nuestra interven, ción agradeciendo al Sindicato de Periodistas Radiales, autor del libelo acusatorio contra el Ministro del Interior, al Sindicato de Periodistas, Consejo Regional Valparaíso del Colegio de Periodistas, al Círculo de Periodistas de Valparaíso y al Centro de Alumnos de Periodismo de la Universidad de Chile del mismo puerto. Unos y otros nos encomendaron representarlos en esta Cámara para mantener y defender la acusación que se debate.
Estamos orgullosos, porque hablamos en representación de gente de trabajo que detecta más que cualquiera otra lo que significa la violación de principios fundamentales; orgullosos, porque han depositado en nostros su confianza. Ellos, mejor que nadie, saben por su propia profesión cómo en el quehacer diario los hombres de nuestro partido, el Partido Socialista, se juegan por sus ideales y cómo son nuestros militantes que van a las cárceles donde deben sufrir humillaciones y torturas, cómo nuestros son los parlamentarios, llámense Altamirano, Marambio o Espinoza, a los que se les priva de sus fueros y hasta de su propia libertad, y nuestros son los que bregando por un pan más para su familia allá en el norte, o por un terreno donde vivir allá en el sur -Pampa Irigoin-, o por un trabajo para subsistir aquí en el centro, son barridos por la metralla de agentes policiales que gozan de impunidad, tanto ellos como quienes los mandan, impunidad sancionada en más de una oportunidad por esta misma Cámara; impunidad lograda por pactos tan híbridos como vergonzosos.
Señor Presidente, antes de entrar en materia, es interesante ver cuál es el fondo mismo de esta acusación.La respuesta tal vez la encontremos en un hecho grave. Desde las 9.30 horas del día 21 de octubre hasta las 19 horas del día 24 del mismo mes, el Ministro del Interior tuvo censurada la televisión y la radiotelefonía del país. Este y no otro es el problema de fondo.
Ahora bien, la censura previa impuesta a las radioemisoras y canales de televisión desde la Oficina de Informaciones y Radiodifusión de la Presidencia de la República, por orden del señor Ministro del Interior, establece su responsabilidad directa en este hecho y ella justifica plenamente la acusación constitucional que ahora debate esta Cámara, a la cual agregaremos otros antecedentes en el curso de esta intervención, que revelan sin lugar a dudas que la censura previa a las radios y canales de televisión existió y fue ordenada desde el Ministerio del Interior, vulnerando las disposiciones constitucionales.
El artículo 10 de la Constitución Política del Estado, en su Nº 3, es categórico al establecer como una de las garantías constitucionales "la libertad de emitir, sin censura previa, sus opiniones, de palabra o por escrito, por medio de la prensa o en cualquier forma, sin perjuicio de responder de los delitos y abusos que se cometan en el ejercicio de esta libertad en la forma y casos determinados por la ley." Otras leyes, como la Nº 16.636, que modifica la Nº 15.576, del 11 de julio de 1964, denominada "sobre abusos de publicidad", consigna las disposiciones que regulan el ejercicio de la profesión periodística, en el caso de delitos o abusos cometidos dentro de la libertad de informar, que concede como garantía la Constitución Política del Estado. En consecuencia, queda claramente establecido que quien cometa delito de carácter informativo cae bajo la acción de la ley referida. Además, el Colegio de Periodistas, se rige por la ley orgánica Nº 12.045, del 11 de julio de 1956 y sus Reglamentos, cuyo articulado contiene el mecanismo preciso y enérgico para sancionar faltas o delitos informativos en que incurran los miembros de la Orden. Es decir, no sólo las disposiciones sobre abuso de publicidad permiten impedir desbordes periodísticos, sino que la propia legislación que rige la orden colegiada de estos profesionales garantiza el correcto desempeño en el ejercicio de sus funciones. Pero, como si esto fuera, poco, en cuanto a controles y fiscalización de la información, la Ley de Seguridad Interior del Estado también consulta disposiciones restrictivas que permiten a un Gobierno interesado en hacerlo coartar la libertad informativa.
Puede observarse, entonces, con absoluta claridad, que, en ningún caso, era necesario para el Gobierno impedir, por sí y ante sí, la difusión de informaciones "a prori" por los medios radiales y televisivos, en la forma previa y abusiva en que lo hizo. Mayor gravedad adquiere esta acción gubernamental, si se considera que esa censura previa se ejerció, como quedó demostrado, con el propósito exclusivo de mantener informado al país en forma unilateral. Durante tres días el Gobierno entregó por cadena nacional su propia versión de los hechos del 21 de octubre, que, al correr del tiempo, se ha visto eran todos acomodados y plagados de falsedades.
Veamos como se configuraron los hechos que han dado origen a la acusación constitucional que hoy día conoce esta Honorable Cámara. El martes 21 de octubre de 1969, a las 9.30 horas, la Oficina de Informaciones y Radiodifusión de la Presidencia de la República, por orden del señor Ministro del Interior y en su nombre, comunicó a todos los directores de radio y canales de televisión, que desde ese instante deberían integrar cadena nacional, dirigida desde la OIR. Poco más tarde, surgió el primer boletín del Gobierno por esta cadena nacional, en el cual daba cuenta de los sucesos que se habían producido a las 7 de la mañana en el regimiento Tacna, y, simultáneamente, relacionaba este hecho con una supuesta acción subersiva desarrollada en el regimiento Yungay de San Felipe y Guardia Vieja de Los Andes, unidades a las cuales habrían llegado dos ex oficiales del Ejército en un intento de "tomarse dicho regimiento". Desde ese momento y hasta la tarde del viernes 24, las radioemisoras y canales de televisión quedaron regidas por la OIR en toda su función informativa, entregándose al país los hechos "orquestados" por el Gobierno a su conveniencia y sin que la opinión pública pudiera formarse una idea relativamente precisa de lo que en verdad acontecía.
Ese mismo día, a las 12 horas, el GeneralRoberto Viaux Marambio, en la Comandancia del Tacna, ofreció una conferencia de prensa ante cerca de 50 periodistas en la cual puntualizó que no existían propósitos políticos algunos ni intento de golpe de estado en el movimiento que él encabezaba, al acuartelarse en el Regimiento Tacna. También desmintió la versión del Gobierno que existiese cualquiera relación entre la situación producida en el Tacna y la que el Gobierno había denunciado y que se habría registrado en las unidades de San Felipe y de Los Andes, cuyos autores habrían sido detenidos en esas unidades. La primera explicación verídica de estos hechos la obtuvo la opinión pública por el diario "Ultima Hora", del mismo martes 21 de octubre, con las declaraciones formuladas por el General Viaux. Pese a que estas declaraciones fueran grabadas por los periodistas de radio y televisión, que asistieron en gran número a la referida conferencia de prensa, ninguna de ellas apareció a la luz pública, porque ya las radios y los canales de televisión estaban bajo el control del Gobierno. Luego, nuevas declaraciones, a las 17 horas, 23 horas, y, finalmente, cerca de las 5 de la madrugada del día miércoles 22, cuando iba hacer abandono del cuartel del Tacna, el General Viaux precisaba cuál era el alcance de su movimiento.
De este modo, entonces, y tomando el hilo de los hechos desde su comienzo hasta su culminación, no puede pretenderse justificar con seriedad que la censura previa de informaciones habría obedecido a la necesidad de detener un golpe de estado.
El día jueves 23, más de cien periodistas se reunieron para considerar incluso una huelga nacional de protesta por las restricciones a la libertad de informar. Al día siguiente, viernes 24, después de otra asamblea, los periodistas desfilaron frente a La Moneda y llegaron hasta el Senado para conocer el resultado de la gestión que habían realizado el Senador Noemi y el Diputado Mercado, a petición de los propios periodistas. Sólo en ese instante hubo un pronunciamiento definitorio del Gobierno por el cual se autorizaba la emisión de informaciones, pero condicionado a que ellas fueran con criterio moderado.
Toda esta situación se producía mientras el Ministro del Interior se esforzaba en señalar que no existía censura previa de informaciones a las radios, canales de televisión, de ningún tipo. Esto sucedía el día jueves 23, y cuando la noche anterior -el miércoles 22- el propio Ministro había declarado que las radioemisoras y canales de televisión podrían transmitir libremente a partir del jueves 23 a las 6 horas, Sin embargo, ¿cómo podría explicarse que sólo el viernes 24 en la tarde, y para ser más precisos pasadas las 19 horas, el Senador Noemi y el Diputado Mercado informaran a más de 50 periodistas en la Sala de lectura del Senado que momentos antes el Presidente de la República los había recibido anunciando que se permitirían desde ese instante la libre información por radioemisoras y canales de televisión? Resulta obvio que, si los Presidentes del Senado y de la Cámara realizaron esta gestión y obtuvieron en ella esa resolución del Presidente de la República, ese mismo día, viernes 24, las radios y canales de televisión comenzaron a transmitir en cinta magnética los hechos ocurridos el martes 21 de octubre.
Yo invoco, pues, el testimonio del señor Presidente de la Cámara, su testimonio sobre estos hechos. Si es efectivo o no que él con el Presidente del Senado pidieron al Presidente de la República la libertad de información para las radios y canales de televisión y si es efectivo o no que, una vez obtenida ésta, ellos mismos dieron cuenta de sus gestiones a los propios periodistas que habían llegado en desfile de protesta hasta el salón de lectura del Senado. Si, como se pretende sostener, no existió censura previa ordenada por el Gobierno, ¿por qué los Presidentes del Senado y de la Cámara concurrieron al despacho del Primer Mandatario a plantearle la protesta de los periodistas y obtuvieron el término de la intervención de la OIR?
Todos estos hechos confirman que hubo censura previa a las informaciones de radio y televisión y que dicha restricción a la libertad de informar fue impuesta por el Gobierno a través del Ministerio del Interior, el cual utilizó para ese fin a la Oficina de Informaciones y Radiodifusiones de la Presidencia de la República. En consecuencia, la responsabilidad directa de esta violación a las garantías constitucionales consignada en el artículo 10, Nº 3, de la Constitución Política del Estado es del Ministerio del Interior, doctor Patricio Rojas. Así también lo establece el artículo 76 de la Carta Fundamental, ya que cada Ministro es responsable personalmente de los actos que firmare. En consecuencia, esta acusación constitucional tiene plena justificación.
Para reafirmar todo lo anterior, basta recordar que el sábado 25 de octubre la prensa dio cuenta de que el Gobierno restableció la plena libertad de prensa a las radioemisoras y canales de televisión. La información detalla que el Ministro del Interior citó a la directiva de la ARCHI en la tarde del día anterior, viernes 24, y le expresó que podían restablecer sus programas habituales. En la misma noche de ese viernes 24, los periodistas radiales y de televisión, después de entrevistarse con el Presidente de la Cámara y del Senado y con personeros de la ARCHI, acordaron pasar todos los antecedentes de esta situación a un grupo de abogados para la redacción de una acusación constitucional contra el Ministro del Interior, doctor Patricio Rojas. En el mismo acuerdo resolvieron también retornar a sus labores de inmediato, puesto que se encontraban inactivos por la censura impuesta a sus medios de difusión. De este modo, pues, sólo en la noche del viernes 24 el país comenzó a conocer los antecedentes objetivos, veraces y reales de lo ocurrido tres días antes, es decir, el martes 21 de octubre.
Pero hay más todavía, señor Presidente. Ese mismo día, viernes 24, a las 18 horas, el Consejo Nacional del Colegio de Periodistas, reunido extraordinariamente, adoptó un acuerdo, el cual entre otras cosas expresa:
"1º.- Reiterar sus acuerdos de fecha 18 y 21 del presente, en cuanto no admite este Consejo la censura previa ni la encarcelación de periodistas por cumplir su misión de informar."
También planteó en el punto tres de dicho acuerdo, lo siguiente: "Exigir que el Gobierno adopte las medidas conducentes a restablecer la plena vigencia de la libertad de prensa a través de la radio y de la televisión, amagada por un acuerdo alcanzado a través del Ministerio del Interior y la Asociación de Radiodifusoras de Chile, que los periodistas terminantemente han rechazado".
Queda de manifiesto, entonces, que el Consejo Nacional del Colegio de Periodistas, hasta el viernes 24 a las 18 horas, cuando adoptó el acuerdo referido, reconocía plenamente la existencia de una censura previa de prensa, radio y televisión, y exigía al Gobierno el término de esta situación.
Frente al acuerdo del Colegio de Periodistas, el Ministerio del Interior entregó una declaración en la cual, a pretexto de desmentir que existía censura previa, sólo confirmó que ella habría regido. En efecto, en el punto tercero de la declaración oficial del Gobierno, publicado en la prensa del sábado 25, se expresa textualmente: "El país es testigo de la serena actitud y de la información veraz y oportuna que el Gobierno ha brindado en los días recientes". Es decir, el propio Gobierno en esta frase reconoce que la información fue proporcionada oficialmente por el Ejecutivo "en los días recientes". Pero esto no es todo, señor Presidente. El propio Gobierno, en su declaración oficial publicada en todos los diarios el sábado 25 de octubre, sigue reconociendo que impuso la censura informativa, aunque "jesuitamente" trata de camuflarla, cuando en el segundo acápite del punto 4 de su declaración oficial manifiesta: "El país juzgará si es excesivo de parte del Gobierno solicitarle a los periodistas una actitud mesurada, serena y ausente de todo sensacionalismo, como contribución al mantenimiento del orden institucional y de la tranquilidad nacional. Nada más que eso es lo que se le ha solicitado a quienes responden en forma tan airada".
En este acápite de la declaración del Gobierno hay tres falsedades que deben quedar perfectamente dilucidadas:
1º.- El Gobierno no solicitó a ningún periodista actitud de ningún tipo, sino que impuso, como ya está dicho anteriormente, la censura informativa el martes 21 de octubre a las 9.30 horas, por orden del Ministro del Interior y según notificación del señor Mosella, Director de la OIR, a todos los directores de radioemisoras y canales de televisión.
2º.- El silenciamiento de la información independiente y verídica en lugar de contribuir "al mantenimiento del orden institucional y a la tranquilidad nacional", como señala el Gobierno, provocó efectos contrarios. Si hubo intranquilidad en la opinión pública, fue precisamente por la información unilateral emitida por el Gobierno, lo que alimentó un oleaje de rumores a través de todo el país.
3º.- El Gobierno no sólo se preocupó de impedir cualquier "sensacionalismo", que en ningún caso podía existir, dado que no había información independiente, sino, lo que es más grave, desvirtuó, falseó y exageró a través de sus boletines oficiales, por cadena nacional de radioemisoras y canales de televisión, los reales alcances de la situación producida.
De este modo, señor Presidente, queda claramente comprobada la existencia de una mordaza puesta a la información radial y de televisión por orden y responsabilidad del Ministro del Interior, atropellando las garantías constitucionales y extralimitándose en el ejercicio de sus funciones, lo cual lo hace acreedor a ser acusado constitucionalmente. Todo lo que se pretenda argumentar para negar el hecho categórico, del cual tiene clara conciencia todo el país, de que hubo una censura previa a la información, sólo pueden ser subterfugios o actitudes, que, en este caso, no tienen validez alguna.
El ejercicio de la libertad de expresión no puede ser condicionado ni sujeto a limitaciones de ningún orden. Se ha pretendido justificar la censura impuesta a las radios y canales de televisión con el argumento que ello era necesaria para evitar un eventual golpe de Estado. Ya está dicho que desde el primer momento quedó en claro, y fue reafirmado durante todo el día 21 de octubre que el General Viaux y los oficiales acuartelados en el Tacna, que no les guiaba propósito político alguno. Con el transcurso del tiempo, esto ha quedado confirmado. Pero supongamos que dicho argumento pudiera considerarse como razón, no digo, para una censura previa general de la información, como ocurrió, sino aunque fuese para limitar el ejercicio de la profesión periodística en el país. Yo pregunto a esta Honorable Cámara: ¿quién tendría la facultad de discriminar si un hecho determinado constituiría el comienzo de un golpe de Estado o no? Pongámonos en el caso de la toma de una fábrica por peticiones económicas insatisfechas de los obreros; de la ocupación de un local estudiantil; de la toma de un fundo por la frustración de los campesinos en sus justas demandas, o la ocupación de terrenos por pobladores agobiados por la no solución de su problema habitacional. De aceptar la tesis sustentada por quienes pretenden justificar la censura previa de información con el argumento señalado, ¿quién establecería luego si alguno de los hechos mencionados no podría también constituir eventual golpe de Estado y, en consecuencia, limitar o prohibir la información sobre tales sucesos? Como puede verse, de sentarse un precedente de esta especie, el país entero estaría enfrentado a un gravísimo peligro, cual sería el que la información de prensa radial o televisiva quedase condicionada a un criterio determinado, según el hecho que se produjese, sus proyecciones y, en consecuencia, proclive a ser censurada. Vale decir, que se sentaría doctrina para vulnerar a gusto la categórica disposición del número 3 del artículo 10 de la Constitución Política del Estado.
Igual situación podría presentarse en el caso de los trabajadores agrupados en la Central Unica, cuando les correspondiese presentar sus petitorios económicos o cuando la CUT, en defensa de sus afiliados, acordase paros provinciales o nacionales. Yo pregunto: ¿quién sería el llamado a determinar si esta legítima actitud de los trabajadores no sería interpretada como una acción subversiva encaminada a provocar un golpe de Estado?
De aplicarse el mismo criterio que pretenden sustentar quienes rechazan la acusación constitucional en contra del Ministro del Interior, se abriría otro funesto precedente.
Es sabido que en este país hay más de un millón de campesinos marginados de toda posibilidad de acceso a la tan proclamada reforma agraria. ¿Qué ocurriría si el día de mañana este millón de trabajadores de la tierra ocuparan los predios en los cuales ellos trabajan para exigir el cumplimiento de la Ley de Reforma Agraria que el Gobierno dice haber creado para ellos y a la cual no han tenido acceso? ¿Esta actitud sería también considerada como un "golpe de Estado"? Los ejemplos son innumerables.
Mucho se ha hablado, en relación con los sucesos del 21 de octubre, sobre golpe de Estado. Ya está suficientemente explicado que, desde su comienzo, el acuartelamiento en el Tacna no buscaba un golpe de Estado. Así también lo reafirman, aparte de las reiteradas declaraciones del General Viaux,...
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
Un señor DIPUTADO.-
¡Lea los diarios!
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor MERCADO (Presidente).-
Señor Palestro, ruego a Su Señoría guardar silencio.
El señor TAVOLARI.-
...y de otros oficiales en el mismo día 21 de octubre, el acta que suscribió dicho General con el Subsecretario de Salud, doctor Patricio Silva, éste último, representante del Gobierno.
Debe también señalarse que durante todo el día 21 de octubre, y conforme a lo expresado por el General Viaux a las 11 de la mañana de ese día, en el sentido de que recibiría a personeros con representación popular, fueron muchos los representantes del Gobierno que llegaron a dialogar con él en la Comandancia del Tacna. El propio Subsecretario del Interior, Juan Achurra, los Senadores del partido de Gobierno, Renán Fuentealba y Juan de Dios Carmona, este último, ex Ministro de Defensa, y otros parlamentarios democratacristianos visitaron en varias ocasiones al General Viaux, acuartelado en esa Unidad. También lo hizo, en cuatro o cinco ocasiones, el Comandante de la Guarnición, General Alfredo Mahn.
Puede preguntarse también, frente a estos hechos: ¿existe algún caso de golpe de Estado en que los golpistas reciben y juegan a las visitas con los propios personeros de Gobierno, los parlamentarios de Gobierno y el Jefe de la Guarnición, para dialogar con ellos?
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
Risas en la Sala.
El señor TAVOLARI.-
Esta situación resulta francamente risible.
El golpe de Estado se da o no se da. No se dialoga, ni se anuncia, ni se parlamentan eventuales soluciones. Simplemente -como la denominación lo indica- es un golpe de Estado, imprevisto, terminante y definitivo, que se da con hechos y no con palabras ni entrevistas repetidas para gestiones conciliatorias.
Resumiendo, la desesperación económica, traducida en sueldos de hambre, producto de una política de gobierno chata, improvisada y sin perspectivas, hizo que las Fuerzas Armadas solicitaran un reajuste que les permitiese vivir con más dignidad. Esta petición fue aceptada despues de una larga tramitación y se tradujo en un préstamo que fluctuó entre los ocho y 80 mil pesos mensuales. La desesperación la capitalizó un General que, sabiendo que debía irse del Ejército, antes de hacerlo, se tomó una Unidad, al igual como los obreros ocupan una fábrica y por las mismas razones. De ahí que se haya parlamentado, que se haya enviado "propios", que se haya producido una especie de tira y afloja y haya terminado el conflicto hasta con un acta de avenimiento, en forma semejante a la de un conflicto laboral. Los términos del acta ya son conocidos. Las principales demandas del General Viaux y de la Oficialidad fueron logradas. Se cambiaron los Altos Mandos; velozmente el Gobierno se preocupó del problema económico y, en consecuencia, se concretó el avenimiento buscado por las partes en este conflicto.
Los hechos reafirman la gravedad que tendría condicionar la libertad de información a supuestas razones de eventuales "golpes de Estado". Se puede agregar un ejemplo más a los ya dados a conocer en esta intervención, para aclarar mayormente esta situación. El actual Diputado colega señor Luis Figueroa recordará que en la víspera del paro nacional ordenado por la CUT, en noviembre de 1967, a él se le impidió utilizar espacios radiales que habían sido previamente contratados, porque el Gobierno advirtió que cualquiera información sobre esa materia sería considerada una incitación al paro, y las emisoras que concedieran espacios al Presidente de la CUT sufrirían sanciones. Este solo hecho acusa siniestros propósitos que podrían entrar en curso, si se acogiese como justificación a una censura de información el fantasma del golpe de Estado.
¿Acaso no sabemos que este asunto de los militares se ha pretendido explotarlo políticamente con una frivolidad impropia de quienes tienen la responsabilidad de gobernar el país? ¿Acaso no sabemos finalmente que se ha violado la Constitución Política del Estado, se han burlado las leyes y se ha pisoteado la dignidad profesional de los periodistas? Y después de este nuevo atentado ¿esta Cámara volverá a dejar que un Ministro salga airoso, sabiéndolo positivamente culpable?
No, señor Presidente, por ningún motivo nosotros podemos dejar de sancionar al Ministro del Interior y, a través de él, al Gobierno, por la implantación de un método de puro estilo fascista, como es la censura previa de prensa, radio y televisión.
Por eso, los Socialistas esta tarde votaremos a favor de la acusación constitucional deducida en contra del señor Ministro.
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