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- rdf:value = " CALIDAD DE EMPLEADOS PARA CONTROLA- DORES DE CINE Y ESPECTACULOS PUBLICOS. CUARTO TRAMITE.El señor FIGUEROA (Secretario).-
La Cámara de Diputados rechazó las modificaciones introducidas por el Senado al proyecto que otorga la calidad de empleados a los controladores de cines y espectáculos públicos.
-Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 31ª, en 6 de agosto de 1968.
En cuarto trámite, sesión 1ª, en 9 de octubre de 1968.
Informe de Comisión:
Trabajo, sesión 53ª, en 10 de septiembre de 1968.
Discusión:
Sesión 54ª, en 10 de septiembre de 1968 (se aprueba en segundo trámite).
El señor FIGUEROA (Secretario).-
La primera modificación rechazada por la Cámara de Diputados incide en el artículo 1º. El Senado lo aprobó con las siguientes enmiendas: reemplazó la palabra "empleado" por la frase "empleados particulares", seguida de una coma, y sustituyó la frase final "y espectáculos públicos" por "y de espectáculos públicos no deportivos". En seguida, consultó como incisos segundo y tercero los incisos primero y segundo del artículo transitorio, respectivamente, con las modificaciones que se señalarán en su oportunidad.
El señor PABLO (Presidente).-
En discusión.
Ofrezco la palabra.
El señor SILVA ULLOA.-
Las enmiendas introducidas por el Senado limitan demasiado la iniciativa, porque hay controladores de espectáculos públicos altamente remunerados que deben tener la calidad de empleados particulares, al igual que quienes desarrollan su labor en los cines. Por lo tanto, en este aspecto, rechazamos la modificación del Senado.
El señor PABLO (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
- (Durante la votación).
El señor GARCIA.-
Voto por la insistencia del Senado, pues al proceder de otra forma el artículo de la Cámara de Diputadas queda sin sentido, ya que se trata de dar a los controladores la calidad de empleados particulares, y no de "empleados" solamente, como ahí se consigna.
El señor CHADWICK.-
Se entiende que se trata de empleados particulares. No es necesario especificarlo.
El señor JEREZ.-
Efectivamente.
El señor SILVA ULLOA.-
Las observaciones formuladas por el Honorable señor García no tienen ningún fundamento. Hago presente que existen varias leyes que han legislada sobre el particular. Entre ellas, puedo citar la Nº 15.944 -que ha sido correctamente aplicada-, que dio la calidad de empleados a ¡os electricistas y en ninguna parte habla de empleados particulares, sino lisa y llanamente de "empleados"; y la N 16.386, que otorgó esa calidad a los mecánicos, tampoco habla de empleados particulares, pues se entiende que los empleados del sector privado imponen en la Caja de Previsión de los Empleados Particulares. De manera que el sujeto es el empleado. Por lo tanto, las expresiones vertidas no tienen ninguna importancia.
Nos parece que la enmienda del Senado restringe el beneficio, toda vez que lo limita a los "espectáculos públicos no deportivos" y sabemos -insisto- que hay espectáculos públicos deportivos donde los controladores gozan de alta remuneración, por lo cual deben tener la calidad de empleados.
Por tales motivos, voto por la no insistencia.
-El Senado no insiste (30 votos por la negativa, 7 por la afirmativa y 1 abstención).
El señor FIGUEROA (Secretario).-
En seguida, la Cámara no acepta la supresión del artículo 2º.
El señor PABLO (Presidente).-
En discusión.
Ofrezco la palabra.
La señora CAMPUSANO.-
La Comisión de Trabajo, en la cual participé, cometió un error que en buena hora ha sido corregido por la Cámara de Diputados, al rechazar la enmienda del Senado.
En el organismo técnico de estudio el Honorable señor Foncea consideró -y los demás Senadores no estuvimos prestos, para advertirlo- que el precepto se refería sólo a los controladores profesionales de cine y espectáculos públicos. Pero, en verdad, la Comisión de Tarifado Nacional es para todos los trabajadores de la industria cinematográfica. Por lo tanto, los Senadores comunistas votaremos tal como lo hizo la Cámara de Diputados.
El señor AYLWIN.-
A mi juicio, crear la Comisión de Tarifado Nacional es justo y conveniente. ¿Cómo estará integrada? Por representantes de los Ministerios del Trabajo y de Educación Pública, de los empleados, de los obreros y de los empleadores, lo cual significa dar participación a todos los gremios interesados en la materia. Me parece una buena solución. Personalmente, pienso que el Senado no debe insistir en sus puntos de vista.
-Se acuerda no insistir.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
La Cámara también rechazó la supresión del artículo 3º.
El señor PABLO (Presidente).-
En discusión.
Ofrezco la palabra.
El señor SILVA ULLOA.-
En conformidad al acuerdo adoptado en el precepto anterior, es imprescindible mantener el artículo 3º.
El señor GARCIA.-
Al aprobar el artículo 2º de la Cámara, implícitamente aceptamos el 3º, que es consecuencia de él.
-Se acuerda no insistir.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
En el artículo transitorio, el Senado agregó en el inciso primero, después de las palabras "espectáculos públicos", las siguientes: "no deportivos" y, a continuación del sustantivo "empleados", el adjetivo "particulares". Además, reemplazó la frase final, y la coma que la precede: "y por todo el tiempo servido en la misma función, hasta la fecha de publicación de la presente ley", por la siguiente: "con anterioridad a la fecha de publicación de esta ley y por todo el tiempo servido en la misma función". También sustituyó por otro el inciso segundo.
-Se acuerda no insistir.
El señor PABLO (Presidente).-
Terminada la discusión del proyecto.
"