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- rdf:value = " El señor MONTES.-
Deploro tener que oponerme a la petición formulada por Su Señoría. Lo hago por la sencilla razón de que en el segundo trámite constitucional del proyecto los Senadores comunistas hicimos observaciones y mantuvimos posiciones que difieren de la sustentada por el Honorable señor Carmona.
En efecto, fuimos contrarios a la aprobación del artículo 40 en las Comisiones unidas, donde se planteó inicialmente el problema a indicación del Honorable señor García, y en la Sala mantuvimos igual criterio.
Por ese motivo, pido discutir y votar en forma separada los artículos 8º y 40.
El señor NOEMI (Vicepresidente).-
Muy bien.
El señor MONTES.-
En cuanto al artículo 8º, tengo una ligera duda.
Efectivamente, el proyecto autoriza a la Dirección General de Deportes y Recreación para efectuar expropiaciones. Pero el artículo 8º expresa taxativamente: "Decláranse de utilidad pública aquellos terrenos de propiedad particular que durante los últimos cinco años hayan sido usados como campos deportivos". Es decir, con relación a este problema se establece una idea muy concreta.
La autorización para expropiar concedida a la Dirección General de Deportes y Recreación constituye un problema distinto, pues dice relación a otra materia.
Insisto en que esta iniciativa legal declara ele utilidad pública todos los terrenos de propiedad particular que reúnan las características señaladas en la propia disposición.
Planteo la cuestión, porque, a mi juicio,, se trata de una situación diferente.
Por tales razones, los Senadores comunistas votaremos por mantener el artículo 8º.
"