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- rdf:value = " El señor RODRIGUEZ.-
Entiendo que el Senado aprobó por acuerdo unánime, si no me equivoco, el artículo 350, que la Cámara ha rechazado. En verdad, dicho precepto satisface sentidas, aspiraciones de los empleados de Impuestos Internos, y, además, no cabe duda de que tiende a dar movilidad a ese personal.
El precepto en votación deroga el artículo 88 de la ley 16.464, con lo cual permite que no se detenga o limite la carrera funcionaría del personal de Impuestos Internos, constituida por ocho escalafones: operadores de máquinas de contabilidad y estadística, inspectores, oficiales, tasadores, técnicos y ayudantes, químicos, suboficiales, auxiliares y abogados. Y lo que es más grave, a juicio de la Asociación Nacional de Empleados de Impuestos Internos, es que, de mantenerse la disposición legal citada, se transgredirán disposiciones generales taxativas dispuestas para toda la Administración Pública en el Estatuto Administrativo.
Como el artículo 350 fue aprobado con la anuencia de Senadores de los diversos sectores políticos, pido a mis Honorables colegas que insistamos en su mantenimiento.
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