rdf:value = " El señor CONTRERAS (don Víctor).-
Nosotros votaremos por la insistencia en estas disposiciones por considerarlas justas. En realidad, no comprendemos cuál fue la razón o los elementos de juicio que la Cámara de Diputados tuvo presentes para rechazarlas, ya que ellas permiten a las personas agraciadas con una pensión de montepío disponer de los aumentos que se les conceden por ley, inmediatamente de promulgada una norma legal.
Ignoro el motivo que puede obligar a cada ciudadano a presentar una solicitud para que se le otorgue un beneficio.
Por otra parte, sabemos que en general las personas de escasos recursos no están al tanto de los aumentos o beneficios que se les otorgan con relación a sus montepíos o pensiones. De ahí que estimemos de toda justicia que, inmediatamente después de dictada una norma legal, se las haga acreedoras de inmediato del beneficio otorgado, sin necesidad de presentación alguna.
Voto que sí.
"