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    • rdf:value = " El señor BOSSAY.- Deseo justificar el artículo aprobado por el Senado y hacer también algunas preguntas al señor Ministro de Hacienda. En primer lugar, el precepto aprobado por esta Corporación pretende reemplazar varias disposiciones que no dan un trato único a todos los organismos gremiales de la Administración Pública. Por su parte, el criterio de la Cámara tiende a otorgar un tratamiento determinado a algunos organismos; no a todos. El caso más preciso de los artículos reemplazados es el 199. Ese precepto se refiere a la Unión de Obreros Portuarios de Valparaíso. En la Empresa Portuaria de Chile, existen varios organismos sociales. El más antiguo es el denominado "Mariano Valenzuela", integrado por personas de todos los partidos políticos -socialistas, comunistas, radicales, independientes- y también por apolíticos. En cambio, a la Corporación denominada "Unión de Obreros Portuarios de Valparaíso", de reciente creación, están afiliados sólo funcionarios pertenecientes al Partido Demócrata Cristiano, en especial los incorporados en los últimos años a la Empresa Portuaria. El precepto en votación autoriza, en forma muy peligrosa, para lo siguiente: "El Director de la Empresa Portuaria de Chile, estará obligada a efectuar todo tipo de descuentos en las planillas de pago a favor de: la Corporación denominada "Unión de Obreros Portuarios de Valparaíso", etcétera". A mi juicio, esta frase es extraordinariamente riesgosa. Estoy en conocimiento -no tengo autorización para dar mayores informes- de ia existencia de investigaciones solicitadas por los obreros pertenecientes a esos organismos, realizadas por las asistentes sociales del servicio, cuyas conclusiones son muy graves. Ocurre que a modestos obreros se les ha descontado de sus planillas 600 ó 700 escudos. En otras palabras, en una organización tan grande nos encontramos frente a un hecho que, tarde o temprano, puede constituir escándalo, ante el cual no estamos adoptando medidas o determinaciones adecuadas. En mi concepto, cualquier error del artículo aprobado por el Senado puede ser enmendado por el Ejecutivo por la vía del veto. Es indudable que un precepto que establece un tratamiento general, sin hacer excepciones, es más limpio, justo y conveniente. Es inadmisible legislar en forma parcial e individualizada, y abrir forados contrarios a los intereses de los obreros. Por eso, lógico sería que todos los sectores insistiéramos en el criterio del Senado. "
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