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- rdf:value = " 8.-FOMENTO DE LAS INDUSTRIAS PESQUERAS Y ELABORADORAS DE HARINA Y ACEITE DE PESCADO.- TERCER TRAMITE CONSTITUCIONAL.- OFICIOS
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
En el Orden del Día, corresponde tratar, en tercer trámite constitucional, las modificaciones introducidas por el Senado al proyecto, aprobado por la Cámara, que consulta diversas medidas de ayuda y fomento para las industrias pesqueras y elaboradores de harina y aceite de pescado en las provincias de Tarapacá y Antofagasta.
Las modificaciones del Senado, impresas en el boletín Nº 10.392-S, aparecen entre los Documentos de la Cuenta de la presente sesión.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
En discusión las modificaciones.
El señor VALENTE.-
Pido la palabra.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor VALENTE.-
Señor Presidente, este proyecto, que se inició en la Cámara como una modificación de la ley 12.937, para entregarles más garantías y ventajas a las personas jurídicas o naturales acogidas al D.F.L. Nº 266, o sea, a los industriales pesqueros, fue desglosado en el Senado. Todas las disposiciones que corresponden a la pesca fueron incluidas por el Ejecutivo en un proyecto que ahora es la ley 16.526 sobre fomento de las exportaciones. De manera que en el Senado quedó circunscrito a las modificaciones que diversos sectores de Iquique y otros del Norte, han solicitado al Ejecutivo y a los parlamentarios para hacer mucho más ágil la aplicación de la ley 12.937, la que, a pesar de tener unos 8 ó 9 años de vigencia no ha rendido, en los departamentos de Iquique y Pisagua, los frutos necesarios para fomentar en forma efectiva el desarrollo de esa zona.
Nosotros vamos a apoyar y a aprobar todas las indicaciones que sobre esta materia ha introducido el Senado.
Sabemos que las franquicias otorgadas en la ley 12.937 han sido ampliadas, precisamente, de acuerdo con las peticiones que han formulado el Comité de Defensa de Iquique, el Centro para el Progreso de Iquique, la Cámara de Comercio, la Central Única de Trabajadores, el Comando Único de Pobladores, los industriales los pequeños mineros del departamento. Estas indicaciones son el fruto de estudios realizados por estos organismos, con la asesoría de los parlamentarios de la zona.
La solución para el grave problema que viven Iquique y Pisagua no es una modificación de la ley 12.937 en que sólo se consideran algunos aspectos para hacer menos aflictiva la situación para aplicar en forma más efectiva las disposiciones de esta ley. A estas alturas, cuando el departamento de Iquique afronta desde hace más de dos años una gravísima crisis en su economía, especialmente en la industria pesquera, creemos que el Gobierno debió haber presentado indicaciones más de fondo, para aprovechar los recursos naturales de Iquique y Pisagua y promover un plan de desarrollo integral.
En Iquique y en Pisagua hay minerales muy valiosos, de extraordinaria importancia. En el caso de las pertenencias cupríferas, por ejemplo, tenemos las minas Cerro Colorado y Sagasca, las que, hasta este instante, a pesar de las promesas del Gobierno, no ha sido posible poner en actividad. Más aún, sabemos que muchos minerales han sido declarados por personas que no residen en Iquique, sino en el extranjero, como el señor James Keighley, quien ha podido reunir a su nombre nada menos que 61.100 hectáreas de pertenencias mineras,...
El señor ROSALES.-
¡Un escándalo!
El señor VALENTE.-
...lo que significa 611 kilómetros cuadrados de ricos y valiosos minerales de cobre.
En la Cámara se constituyó una Comisión Especial para investigar este escándalo, esta verdadera usurpación de minerales, y la actuación que le cupo en él al Instituto de Investigaciones Geológicas. Lamentablemente, esta Comisión no ha funcionado y no se ha logrado una información concreta.
Uno de los responsables de este fraude al fisco chileno es el señor Keighley, quien, por orden del Presidente de la Comisión Investigadora, fue buscado por Investigaciones y por Carabineros, no sólo en Iquique, sino también en Santiago, y no fue habido, porque se decía que estaba en el extranjero. En el Diario Oficial de hoy, aparece constituyendo la "Sociedad Minera del Norte Normina Limitada", junto con otros personales, todos norteamericanos, entre ellos Harry Sykes Huber, Ora Kingsley y Roger Milliken, hermano del Presidente de la Anaconda. Esto confirma nuestra denuncia de que el señor James Keighley no es sino un palo blanco de la Anaconda, que lo está utilizando para hacer estas manifestaciones, con el objeto de apropiarse de esos minerales en el departamento de Iquique.
El señor PALESTRO.-
¡Es una escándalo! ¡Es una sinvergüenzura!
El señor ROSALES.-
¡Una vergüenza!
El señor VALENTE. -
Me parece importante que la Cámara conozca los antecedentes sobre el particular. Por eso es necesario que se envíe oficios a los señores Ministros de Minería y de Economía para que informen, en detalle, acerca de esta negociación. El oficio al señor Ministro Economía es para que la Corporación de Fomento entregue los antecedentes, porque el Instituto de Investigaciones Geológicas actúa con fondos de la CORFO.
Además, en este proyecto modificatorio de la ley 12.937, en el articulado agregado en el Senado, se introducen algunas novedades que nosotros, naturalmente, vamos a apoyar, porque beneficiarán a sectores importantes de Iquique y Pisagua. Por ejemplo -y en esto el Senado ha acogido una petición reiterada de los Diputados comunistas-, se autoriza, en forma permanente y de acuerdo con las cuotas que se necesitan, la libre internación de taxis para la renovación de este material en el departamento, tal como la tiene, en estos instantes, la zona liberada de Chiloé, Aisén y Magallanes. Se hace extensiva esa disposición a los departamentos de Iquique y Pisagua, norma que me parece justa, porque es una de las zonas del país visitada por una mayor número de turistas y tal vez es en Iquique donde están los automóviles de alquiler más antiguos del país.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
O sea, se ha copiado el proyecto mío.
El señor VALENTE.-
Además, como se trata de instrumentos de trabajo para gente modesta, nosotros que hemos patrocinado esta indicación, la hacemos nuestra y la vamos a votar favorablemente, para confirmar lo que aprobó el Senado en beneficio de este sector.
Repito que nosotros somos partidarios de introducir estas modificaciones a la ley 12.937 y vamos a votarlas favorablemente, haciendo, naturalmente, la correspondiente salvedad en cuanto al otorgamiento de estas franquicias. Son franquicias que van a beneficiar a una zona, que se necesitan para el desarrollo integral de una zona. No son franquicias corno las que se otorgan, por ejemplo, en el decreto con fuerza de ley 266, que favorece a la industria pesquera y que lejos de beneficiar a la zona norte -Iquique, Arica, Pisagua, Tocopilla, Taltal, Chañaral, etcétera- ha servido para que un pequeño grupo...
El señor ROSALES.-
De tiburones.
El señor VALENTE.-
...de tiburones, como me señala el DiputadoRosales, se hayan apropiado de las subvenciones, de los aportes de la Corporación de Fomento, obteniendo pingües utilidades con esta ayuda. Por ejemplo, se sabe -el país lo sabe- que los industriales pesqueros, por la intervención desgraciada de la CORFO en este asunto, han recibido, por concepto de bonificaciones, de préstamos, por urbanización de terrenos, por obsequio de terrenos urbanizados para instalar sus industrias, por instalaciones, la suma de 600 millones de escudos, exactamente lo mismo que ahora el Gobierno pretende obtener de los obreros, de los asalariados, de los trabajadores, con este proyecto equivocado, erróneo, que aplica un impuesto a los salarios, cual es el bono, con el cual se pretende formar el Fondo de Capitalización Nacional, que nosotros, los comunistas, rechazamos.
En consecuencia, todas las indicaciones que significan modificar la ley 12.937 para agilizar su aplicación y las que significan entregarles a los habitantes de Iquique y Pisagua mejores medios para desarrollar sus actividades, vamos a aprobarlas. Vamos a rechazar, sí, otras indicaciones extrañas a este proyecto.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Ha terminado el tiempo de su primer discurso.
El señor VALENTE.-
He terminado.
Había pedido que se enviaran oficios a los señores Ministros de Economía y Minería.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Solicito el asentimiento unánime de la Sala para enviar a los señores Ministros de Economía y Minería los oficios solicitados por el señor Valente.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Muga.
El señor MUGA.-
Señor Presidente, este proyecto, que viene en tercer trámite, está en el Congreso desde hace más o menos año y medio. Su tramitación ha sido demasiado lenta. Tanto es así, que la parte primera, que se refiere al fomento de la industria pesquera en los departamentos de Iquique y Pisagua, ya ha sido tratada en otras leyes aprobadas por el Congreso. Por lo tanto, los artículos que van del 1º al 20 están totalmente obsoletos. Así es que solicito al señor Presidente que pida el asentimiento unánime de la Sala para que sean votados en una sola votación, ya que en este momento no tienen nada que hacer con la idea de fondo, que es modificar la ley 12.937.
El Senado ha aprobado todo un articulado que se refiere a modificaciones sustanciales de la ley 12.937. Nosotros vamos a aprobar todos esos artículos, que vienen a hacer mucho más efectivas las disposiciones de esta ley, las que, estando en vigencia desde hace mucho tiempo en la provincia de Tarapacá y en parte de la de Antofagasta, han sido, en algunos aspectos, inoperantes. Con estas modificaciones, aceptadas por el Gobierno a petición de los organismos vivos de estas provincias, la situación económica e industrial de la zona será mejorada mucho más de lo que se pensaba que iba a ser la ley 12.937. Estas son las razones por las cuales vamos a votar favorablemente el articulado introducido por el Senado en esta parte.
En cambio, no vamos a aceptar las numerosas disposiciones introducidas por el Senado para modificar el Código de Minería. En realidad, se necesita un estudio mucho más profundo, mucho más serio para modificar un Código tan importante.
Vamos a aceptar, como he expresado, todas las modificaciones que mejoran la ley 12.937, dejando constancia de que éste ha sido el interés del Gobierno, manifestado especialmente cuando hizo suyas las indicaciones y las que presentó aquí, en la Cámara, en el primer trámite de este proyecto de ley.
Nada más, señor Presidente.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Clavel.
El señor CLAVEL.-
Señor Presidente, los Diputados radicales estamos de acuerdo con lo planteado por el colega Muga en relación con la votación de los artículos 1º a 20 del proyecto. Ya se ha legislado sobre esta materia, Nosotros aceptamos este procedimiento, para que así acortemos el debate.
Con respecto al Título III, sin duda alguna que es una materia de mucha importancia, de vital importancia para las provincias del norte. Habríamos estado de acuerdo con las indicaciones que se presentaron en el Senado para modificar las obligaciones de los dueños de minas en cuanto al pago de sus patentes con las referentes a otras materias, siempre que se hubiese hecho un estudio más a fondo sobre este problema, porque la mayoría de los parlamentarios de las provincias del norte hemos recibido con verdadera sorpresa estas indicaciones, aprobadas sin que hubiese habido un debate profundo.
Más aún, los parlamentarios también hemos recibido comunicaciones de distintos sectores mineros; pero, casualmente, la voz de alarma la hemos recibido sólo de los pequeños mineros. Ellos están alarmadísimos con este proyecto de ley. Es así como la mayoría de sus organizaciones nos han hecho saber que atenta contra la propiedad de los pequeños mineros. Más que eso, al aprobarse estas indicaciones, ellos serían despojados del fruto de muchos años de trabajo.
Nos ha parecido extraño que, en estas comunicaciones, no hayamos recibido ninguna de los grandes mineros. ¿Por qué? Porque en estas indicaciones no se legisla sobre la gran minería. La gran minería no tiene problemas para pagar sus patentes por adelantado y pagar las sumas que se les fijen, porque el negocio, para ella, es grande, es fabuloso. En cambio, para el pequeño minero, un aumento, establecido sin un estudio acabado, trae como consecuencia la pérdida material de sus minas, o sea, del único negocio de que podría disponer.
Señor Presidente, si bien no hay un acuerdo de mi partido para apoyar estas indicaciones, que no dejan de tener justicia, reconocemos que sobre esto hay que legislar, y legislar a la brevedad posible. En verdad, como ha dicho el colega Valente, la pequeña propiedad minera se encuentra en manos de muy pocos hombres que se dedican al trabajo de la mina y, en cambio, en mi provincia, por ejemplo, hay verdaderos "pulpos" que van mensurando y pagando las patentes, que son muy bajas, lo reconocemos, y así consiguen el control de todo el mineral. Esto, sin duda alguna, no puede ni debe continuar. Pero las modificaciones que estamos tratando, si bien amparan las pertenencias mineras y permiten que al mismo tempo van a despojar a hombres humildes, a pequeños mineros, sin darles una solución efectiva, porque no la da, desgraciadamente, el Título III de este proyecto.
En consecuencia, nosotros no somos remisos para estudiar un proyecto de ley que efectivamente favorezca al patrimonio nacional, a los hombres de trabajo, a quienes tienen verdadero interés en trabajar las minas, pero no queremos que la legislación actual sirva para dar mayor auge a ciertos hombres que se han dedicado únicamente a tener pertenencias mineras, sin explotarlas.
Por las razones que he dado y que creo va a ampliar mi colega Poblete, nosotros vamos a votar en contra de este artículo.
He concedido una interrupción al colega Poblete.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el señor Poblete.
El señor POBLETE.-
Señor Presidente, no hay duda de que se ha conversado muchísimo respecto a la necesidad de ir a la modificación sustancial del Código de Minería, en especial de las disposiciones referentes al amparo de la pertenencia minera. Esta materia ha sido considerada en todo congreso de la minería nacional, especialmente de la pequeña minería. Los mineros piensan que una de las formas para limitar la pertenencia, las propiedades mineras, es, indudablemente, ampararlas con el trabajo, pero no aumentando en forma tan considerable la patente minera.
No hay duda de que esto vendría a ser un freno para las grandes empresas mineras que abarcan tan grandes extensiones en el territorio nacional, sobre todo en la zona norte, y, contra ellas se dirige el espíritu y el fondo de esta indicación formulada por los Senadores autores de esa idea. Pero ellos olvidaron que también existe un número importante de chilenos muy modestos, los pequeños mineros, quienes van a ser, indudablemente, los más afectados por estas dos medidas que se indican, más que nada por el aumento de la patente minera.
¿Quien no sobe, por ejemplo, que en las notarías del norte una serie de individuos -que ya tienen calificativos especiales- están permanentemente preocupados de saber cuáles son los pequeños mineros que no pagan su patente en forma oportuna para inscribir como propia, al día siguiente, la mina de ese minero que no ha tenido lo suficiente para pagar la patente? ¿Cuánto más van a aumentar estos personajes ahora, estas verdaderas "ratas" de notarías, que van a estar preocupados de saber cuáles mineros no pagan para apoderarse de su pertenencia? Este va a ser un problema de suma gravedad.
Yo quiero ser bien honrado en esta materia. Estoy de acuerdo en que debe legislarse alguna vez para limitar aquellas grandes concesiones que se han venido dando en el país, para evitar que aquellas grandes empresas que han estado mensurando y solicitando extensiones del territorio nacional -amparándolas con insignificantes patentes- continúen, hoy día, usufructuando de esas extensiones sin ningún fruto para el país, y sin ninguno para aquellos a quienes legítimamente les gustaría trabajar dentro de la minería. Pero no podemos nosotros dejar a un lado este contingente enorme de pequeños mineros que forman la provincia que yo represento, la de Atacama, quienes resultarían lesionados si se aprobara este aumento tan considerable de la patente, por un lado. Esto tendría un profundo efecto sobre los pequeños mineros.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
¿Me permite, señor Diputado? Ha terminado el tiempo del primer discurso del señor Clavel. Puede continuar en el tiempo de su segundo discurso.
El señor POBLETE.-
Muchas gracias.
Y, por otra parte, la pertenencia no sólo se ampara por una patente; se ampara también con el trabajo. Es un problema sumamente difícil de subsanar en un instante como éste, porque sería cortarle la iniciativa al pequeño minero que es el descubridor, a aquel hombre que anda por las sierras buscando un mina o tratando de lograr, que el cerro le proporcione el fruto a su aspiración, a su sueño o a su ideal. Este hombre no se va a sentir amparado ahora, porque si no trabaja la mina, si dentro de un tiempo prudencial no la protege con el trabajo, perderá el fruto de su esfuerzo, de su descubrimiento, de su inquietud.
Por estas razones, y no porque pretendamos amparar a los grandes concesionarios -esto queremos dejarlo bien en claro, tal como la ha dicho el colega Clavel- creemos que esto es profundamente lesivo para el pequeño minero chileno. Por eso vamos a votar en contra de esta iniciativa.
Nada más, señor Presidente.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Puede continuar el señor Clavel.
El señor CLAVEL.-
Señor Presidente, creo que vale la pena dar lectura a algunos párrafos de una carta que he recibido de la Sociedad Nacional de Minería, suscrita por clon Francisco Cuevas Mackenna. La parte pertinente dice lo siguiente: "Destacamos, en primer lugar, que el sistema de concesiones tiende a eliminar al pequeño minero y al descubridor de minas de escasos recursos.
"Si el cateador descubre un yacimiento sólo necesita, con el actual régimen, presentar un escrito al Juzgado; y ya adquiere un derecho sobre su descubrimiento. Por un sistema relativamente simple, puede llegar a mensurarlo e inscribirlo para lograr la pertenencia, aunque, a veces, para ello tenga que negociar un porcentaje de la misma.
"El pequeño minero no está en condiciones de abordar, con sus propios recursos, una inversión acelerada en reconocimiento para establecer la ley de los minerales y la continuidad de esa mineralización. Tampoco tiene los dineros necesarios para llegar a hacer los trabajos en galerías y piques para establecer la cubicación del yacimiento en un plazo reducido, como tampoco para los estudios metalúrgicos, para encarar la construcción de caminos o de plantas de beneficio, que puedan transformar en una realidad económica su hallazgo.
"Muchas veces un solo yacimiento de pequeña minería no justifica inversiones cuantiosas en la infraestructura para lograr ponerlo en explotación. La mayor parte de las veces es necesario que los trabajos de infraestructura se justifiquen por la existencia de muchas minas en una región. Sobre esa base se estudia la factibilidad de instalaciones regionales de plantas de beneficio, y sólo entonces los pequeños mineros logran transformar en realidad sus aspiraciones, mantenidas durante años con su esfuerzo personal y enormes sacrificios.
"Sin ir más allá, cabe mencionar a este respecto lo que ha ocurrido en la zona de Combarbalá, donde, gracias al empuje de muchos pequeños mineros, se ha logrado establecer una riqueza regional que sólo ahora ha sido puesta en evidencia, y la Empresa Nacional de Minería ya proyecta instalar una planta de beneficio que hará posible la explotación de esos yacimientos. Si hubieran existido los plazos rígidos que establecen las indicaciones que nos preocupan, ninguno de esos mineros tendría actualmente propiedad minera, y ese campo estaría abierto solamente en beneficio de empresas más fuertes, que los habrían reemplazado.
"En realidad, aun sin esos plazos fijos, en el hecho, un régimen de concesión debe exigir un trabajo proporcionado a la importancia de la pertenencia y, como consecuencia inmediata, las inversiones señaladas, antes de producir nada que pueda ser realmente rentable.
"Evidentemente no pueden los pequeños mineros encarar tales inversiones, como tampoco pueden encarar trabajos de infraestructura regional y, como consecuencia, el régimen de concesiones desplazará a los pequeños mineros". Eso es lo grave señor Presidente.
"Un ejemplo interesante es el de las concesiones carboníferas. A pesar de tener precios internos muy superiores a los internacionales, no existen en nuestro país pequeños mineros del carbón, como existen en todos los yacimientos metálicos o no metálicos que están sujetos al actual régimen de pertenencias amparadas por el pago de una patente".
Señor Presidente, estas son las razones fundamentales que nos han movido a rechazar las indicaciones presentadas al proyecto. No rechazamos, como decía, hace un instante, la idea, que es magnífica. Sin duda alguna, un estudio más acabado sobre la materia, en que jueguen los intereses de las partes, particularmente de los pequeños mineros, permitirá lograr una legislación justa, que no vaya contra los intereses de hombres que con gran sacrificio y patriotismo están hoy día trabajando, haciendo frente a una atroz competencia de parte de los grandes monopolios y empresas mineras.
Me ha pedido una interrupción el Diputado señor Zepeda Coll, señor Presidente, y se la concedo con todo agrado.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el Diputado señor Zepeda Coll.
El señor ZEPEDA COLL.-
Señor Presidente, los Diputados del Partido Nacional votaremos en contra del Título III agregado por el Senado de la República al proyecto en discusión. Lo haremos, no por estimar innecesario introducir modificaciones en el Código de Minería, sino porque creemos que éstas deben hacerse previa consulta a los técnicos y a los mineros a través de un proyecto que se concrete única y exclusivamente a ellas. En una iniciativa ajena a la materia y sin haber realizado los estudios correspondientes, no se puede hacer una reforma de la trascendencia e importancia como la contenida en el Título III, porque, incluso, se altera la constitución misma de ¡a propiedad minera y su régimen de amparo.
De acuerdo con las disposiciones introducidas por el Senado de la República, se agrega un nuevo factor, además de la patente, que determina el amparo a ¡a propiedad minera, cual es el trabajo proporcionado a la importancia de la pertenencia, que será determinado por el Servicio de Minas del Estado, en conformidad con lo que disponga el reglamento que en el plazo de un año dictará el Presidente de la República.
Sin perjuicio del alza que experimentarán las patentes que amparan los derechos de los mineros, las indicaciones aprobadas en el Senado de la República, introducen este nuevo elemento del trabajo proporcionado a la importancia de la pertenencia, entregando su fiscalización al Servicio del Minas del Estado, de acuerdo con el reglamento que dictará el Presidente de la República y no se han señalado los límites dentro de los cuales deberá dictarlo y establecen ciertos plazos, que, en todo caso, van en perjuicio del minero y no en su beneficio.
Las personas que conocen el desarrollo de la minería nacional, la forma en que los mineros trabajan y explotan las entrañas de la tierra para extraer las riquezas necesarias y darle divisas al país, saben lo difícil que es formar un yacimiento. No se trata sólo de pertenencias. Los yacimientos forman un todo orgánico. Por eso, al reformar el Código de Minería, debería hacerse una estructuración de sistemas de los yacimientos mineros y dictarse los reglamentos y leyes mirando a eso y no, precisamente, a este término "pertenencia minera" que es una simple cubicación de orden, una figura geométrica que muchas veces no se aviene con lo que en realidad significa la riqueza minera, que no obedece a la figura geométrica que en forma previa establece el Código de Minería.
Es indiscutible que estas materias son muy interesantes y deben ser abordadas por el legislador, porque todo esto no está precisamente resuelto. Sin embargo, no lo aborda el Título III, el cual simplemente introduce un factor de desconfianza y de inquietud en los grandes sectores de pequeños mineros que existen en nuestro país. Porque, como señala el Diputado señor Clavel, las cartas que han recibido los parlamentarios, los reclamos de la Sociedad Nacional de Minería, no contienen la opinión de las grandes empresas mineras, sino la de las pequeñas asociaciones mineras del norte, como las de Combarbalá y Ovalle, Illapel, La Serena, Andacollo, que son, precisamente, las que en este momento están reclamando de este Título propuesto por el Senado...
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
¿Me permite, señor Diputado? Ha terminado el tiempo del segundo discurso del señor Clavel.
Tiene la palabra el Diputado señor Arturo Valdés.
El señor ZEPEDA COLL.-
¿Me concede una interrupción, colega?
El señor VALDES (don Arturo).-
Concedo una interrupción al Diputado señor Zepeda Coll, señor Presidente.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Con la venia del Diputado señor Arturo Valdés, puede continuar el Diputado señor Zepeda Coll.
El señor ZEPEDA COLL.-
Señor Presidente, creo que sería preferible que el señor Valdés me concediera la interrupción al final de su discurso, porque no creo que yo pueda dar término a mis observaciones en menos de cinco minutos.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Advierto a Su Señoría que hay varios señores Diputados inscritos.
Puede continuar el Diputado señor Arturo Valdés.
El señor VALDES (don Arturo).-
Señor Presidente, este proyecto, que viene del Senado, responde a necesidades muy sentidas de la minería nacional.
Es indudable que hay interés y expectación por una reforma del Código de Minería. Y es indudable, también, que provoca mucho malestar el hecho de que haya numerosas pertenencias mineras no trabajadas en posesión de un propietario a veces dueño de muchas de ellas -mediante el pago de una pequeña patente-, es que impide que pueda explotarlas el pequeño minero, para extraer riqueza de ellas y procurarse así, con su trabajo, sus medios de subsistencia...
El señor OSORIO.-
¡Y terminar con la cesantía!
El señor VALDES (don Arturo).-
Por eso, en principio, estas modificaciones propuestas por los Senadores señor Chadwick y señora Campusano, tienen un fundamento de justicia; pero resulta que, en la forma como ellas se han concretado, son profundamente nefastas para la pequeña minería chilena, que es precisamente, la minería nacional o autóctona.
Es verdaderamente una paradoja que este proyecto de ley que tenía por objeto combatir los abusos de la gran minería, forzando a las compañías extranjeras con el fin de impedir lo sigan haciendo lo que han denunciado algunos colegas, esto es el hecho de que empresas como la Anaconda sean dueñas de miles de hectáreas del suelo nacional, sin explotarlas; sin embargo, no las perjudique. En efecto, este proyecto más bien viene a perjudicar a la pequeña minería, provocando el temor de todos los pequeños mineros de Chile.
Como decían los Honorables colegas que han hablado antes, todas las asociaciones mineras del país nos han enviado telegramas, mas o menos del tenor del que voy a leer:
"Alarmados proyecto Chadwick igual trato pequeña y gran minería rogamos rechazarlo por considerarlo injusto y lesivo pequeños mineros punto Consideramos reforma Código requiere mayor estudio escuchando mineros afectados punto rogárnosle interponer su influencia. Asominera Combarbalá".
Como este telegrama, han llegado otros de las asociaciones mineras de Antofagasta, Copiapó, Andacollo, Ovalle, La Serena, Illapel, etcétera, que revelan la inquietud que, en este momento afecta a esos hombres de trabajo que, en el norte de nuestra patria, están creando riqueza con gran esfuerzo de su parte, produciendo divisas, enriqueciendo la zona y proporcionando trabajo. Sin embargo, hoy día, por estas modificaciones que podríamos llamar inconsultas, al Código de Minería, todos ellos están amenazados, pues están en vísperas de quedar sin trabajo.
Señor Presidente, en el Título III de este proyecto se contienen dos ideas esenciales: una, el alza de las patentes mineras ; y la otra, el amparo de las pertenencias por el trabajo.
Las patentes se han alzado desproporcionadamente, entre 50 y 500 veces su actual valor, pero con una serie de recargos que se establecen en los artículos que impugnamos, pueden subir hasta 1.800 veces su actual valor, en determinados casos. A nadie escapa que no hay negocio, especialmente una empresa que inicie sus actividades, que resista semejante alza.
Reconocemos que las patentes mineras deben ser alzadas, pero en proporción razonable y con el propósito de obtener ingresos que permitan al Servicio de Minas del Estado cumplir su cometido de servir a la minería, elaborando un catastro minero, velando por la seguridad minera y, en fin, realizando una tarea que tanta falta hace a la minería nacional.
Pero todo lo anterior ha de hacerse mediante un proyecto debidamente estudiado por las Comisiones técnicas en forma especial por la de Minería, donde, como es natural, deberán ser escuchados los mineros, que no son ciudadanos de segundo orden y que tienen una palabra que decir sobre la materia.
Desgraciadamente, se han fijado plazos perentorios e insuficientes para cubrir las diversas etapas de trabajo, lo que demuestra que los que han redactado esta disposición no tienen los conocimientos suficientes; o, simplemente, que no consultaron a los mineros, a las asociaciones mineras que son las entidades profesionales de los mineros de Chile, para elaborar un proyecto de esta envergadura y modificar un Código que puede estar anticuado y requerir de reformas, que son aceptables siempre que ellas sean sustanciales y ordenadas, y no en la forma precipitada en que se han lanzado ahora.
Quiero citar un ejemplo del tiempo que requiere una mina para ser explotada, a fin de que no crean los colegas que se trata sólo de una cosa voluntariosa de los mineros, que es flojera suya, falta de elementos o incapacidad para trabajar las minas. Es el caso de la Compañía Minera Carolina de Michilla, de Antofagasta. Esta empresa inició los trabajos preliminares de reconocimiento de sus minas en el año 1959, y ha trabajado sus minas, en forma ininterrumpida, hasta septiembre de 1967. Durante este período, la Compañía Michilla ejecutó la geología general de sus pertenencias; hizo trabajos de geoquímica en todos aquellos lugares que, geológicamente, se consideraron como más promisorios; hizo caminos mineros y campamentos provisionales para tener a su gente en el trabajo: importó maquinarias por un valor de 390 mil dólares; efectuó 46.300 metros de sondajes, fuera de piques de comprobación y otras labores mineras ; terminó la cubicación suficiente para justificar una planta de 1.000 toneladas al día, que sería una de las más grandes del país; hizo el proyecto de explotación y el proyecto total de lixiviación por agitación; planta de ácido sulfúrico; planta destiladora de agua; planta de fuerza; campamento moderno, etc. Ya todos los trabajos terminados, la inversión de esta compañía asciende a la suma de 1.312.000 dólares.
En el presente año de 1968, se inicia la construcción de la planta, el campamento y las instalaciones anexas, que suman un total de 5.400.000 dólares. Aparte de lo anterior, en nuevas maquinarias mineras, preparación de la mina para su explotación, medios de transporte y capital de trabajo, se considera una inversión adicional de 1.260.000 dólares.
Esta inversión debe quedar terminada y la mina en condiciones de explotarse, a principios de 1970.
O sea, después de 12 años de trabajo y de inversiones cuantiosas, una mina, que corresponde a lo que se llama en Chile la "pequeña Minería" entra en funciones. Algunos creen que todavía estamos en el siglo pasado, cuando los pioneros mineros encontraban minas prodigiosas que los hacían ricos de la noche a la mañana. Todos esos yacimientos de alta ley han terminado; en la actualidad, sólo hay yacimientos de baja ley, que exigen trabajos a gran costo, que no pueden realizarse en los plazos que señala el proyecto de ley que estamos debatiendo.
Yendo al fondo del problema que se ha planteado, consideramos que no debe perderse da vista la idea básica de que la obligación de amparar las pertenencias responde al propósito de impulsar la explotación de las minas. Partiendo de esta idea, es necesario señalar que el establecimiento del amparo por el trabajo, lejos de responder a esa finalidad, produciría un efecto adverso. La exploración, el reconocimiento y la cubicación de las minas precisan capitales enormes que deben invertirse antes de conocer una proporcionada explotación. El desarrollo minero exige la inversión de capitales con expectativas desconocidas y por ello requiere un sistema de amparo que dependa del que hace la inversión y no de una tercera entidad.
Todo cuanto atañe al sistema de amparo es de la más alta trascendencia, puesto que dice relación con la subsistencia del dominio. Crear factores de inseguridad jurídica, retraen no sólo la inversión, sino también la exploración, que es la base del desarrollo de la minería nacional.
Las normas sobre amparo deben ser muy simples y muy claras, de fácil aplicación y comprobación, para no obstaculizar o dificultar los negocios mineros y especialmente, para hacer posible el desarrollo de la pequeña minería.
El amparo por el trabajo suele despertar fáciles simpatías. Un análisis más a fondo del problema, desde el punto de vista de política económica, demuestra que no fomenta la actividad minera. Es conveniente considerar que no hay buenas minas que no se trabajen y que no todas las que están inactivas lo son por mera negligencia. La ley media del mineral, los problemas metalúrgicos no resueltos, los precios del mercado internacional, la política cambiaria del Gobierno, las dificultades regionales, son problemas que en un momento dado pueden impedir la explotación de una mina y que, variando las condiciones, pueden trabajarse más tarde. Sería entonces, profundamente injusto hacer caducar el dominio por circunstancias que están fuera del alcance del minero y hacerle perder el esfuerzo desplegado y la inversión hecha, en virtud de factores transitorios que después se superan, a veces del modo más imprevisto. Mal podrían considerarse plazos fijos y el juicio de otra entidad, por respetable que sea, no es por cierto un incentivo para el minero o el inversionista.
Existen importantes yacimientos de baja ley que deberán esperar forzosamente, para entrar en explotación, condiciones de mercado más propicias o descubrimientos técnicos que solucionen problemas metalúrgicos o de trabajo que hagan competitivos sus costos. Es irracional imponer sanciones o plazos irreales a un propietario cuyo esfuerzo ha permitido poner de manifiesto una riqueza que será aprovechable más tarde.
Lo cierto es que sin el amparo por el trabajo nuestra industria minera, en sus ramas pequeña, mediana y grande, ha alcanzado metas extraordinarias y al respecto las cifras estadísticas son más elocuentes que todo cuanto pudiera decirse.
No desconocemos la necesidad de introducir modificaciones a la legislación minera para corregir algunos abusos a que ha dado lugar y que pueden solucionarse dentro del actual sistema de amparo. Pero no es conveniente modificarla inorgánicamente o aplicar a la propiedad minera común disposiciones de excepción como son las que rigen la concesión carbonífera, o, en general, introducir principios existentes en legislación extranjeras que no poseen la riqueza minera del nuestro, ni tienen la tradición minera de los chilenos.
Finalmente, estimamos que el proyecto es inconstitucional en relación a las pertenencias actualmente constituidas y específicamente su artículo transitorio. Las actuales pertenencias se constituyeron bajo condición resolutoria de no pago de la patente. Si se aprobara el proyecto se extinguiría, además, por no cumplir el mínimo de producción que se les hubiere fijado o no iniciar los trabajos de explotación dentro del plazo. El cambio del sistema de amparo importa una violación de la garantía constitucional del derecho de propiedad, que solamente establece dos causales de caducidad del dominio: la sentencia judicial y la expropiación.
La caducidad por otras causales equivale, en sus efectos, a una expropiación sin indemnización de ninguna especie, la cual no está contemplada en la reciente Reforma Constitucional y que, al contrario de lo que se señala, no indemniza por las obras civiles de construcciones, instalaciones y. demás objetos destinados a la investigación, arranque, extracción o beneficio de minerales. Sólo una parte podrían retirarse y el saldo carece de todo valor, con lo cual, además de perjudicar las faenas a que están incorporadas, se da «1 golpe final a quien invirtió trabajo y riqueza y no logró prosperar por motivos ajenos a él, en circunstancias de que dentro de un tiempo esos factores pueden cambiar y permitir su justa recuperación.. Son por otra parte, incalculables los daños que a la economía nacional se causa al reinvertir en minas abandonadas.
Por todo lo anterior, los Diputados democratacristianos vamos a votar en contra del Título III, sin perjuicio de reconocer, como dije al principio, le necesidad de abocarnos a una reforma racional del Código de Minería, a fin de solucionar los problemas que presenta por su antigüedad.
Quiero aprovechar que estoy en el uso de la palabra, para hablar sobre el Título IV de este proyecto. Desde el artículo 31 hasta el artículo 33 de este Título se establece, por una indicación del Senador señor Alejandro Noemí, un impuesto de 12 centavos de dólar por tonelada de hierro que se exporte, ya sea por las compañías nuevas o por las antiguas, aunque estén amparadas por convenios con el Estado chileno. Estos 12 centavos de dólar se destinarán a la formación de un fondo para construir hospitales, en primer lugar, en Copiapó y, en segundo término, en Coquimbo. Una vez construidos estos hospitales, se ocupará ese fondo en otras poblacionales en ambas provincias, que son, sin excluir a otras, las más típicas de la pequeña minería: Atacama y Coquimbo.
El señor OSORIO.-
También Aconcagua.
El señor VALDES (don Arturo).-
Los Diputados de estos bancos daremos nuestra aprobación a esos artículos.
En el artículo 34 se establece un peaje en la carretera panamericana, a la altura del pueblo de Los Vilos. Nosotros vamos a votar en contra de esta disposición, sin entrar en mayores explicaciones, por el simple hecho de que ya se está construyendo otra plaza de peaje a kilómetros al sur del puerto de Coquimbo. No es posible establecer peaje cada 200 kilómetros, porque resultaría sumamente oneroso para los fleteros, para los micreros y aun para los usuarios particulares que, por razones de trabajo, deben transitar por estas rutas.
El señor ZEPEDA COLL.-
¿Me concede una interrupción, colega?
El señor VALDES (don Arturo).-
Señor Presidente, concedo una interrupción al señor Zepeda.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el señor Zepeda.
El señor ZEPEDA COLL.-
Señor Presidente, seré muy breve. Los Diputados nacionales estimamos que si se desea evitar los abusos que cometen algunas grandes empresas...
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
¿Me permite, señor Diputado? Ha terminado el tiempo del primer discurso del señor Arturo Valdés. Puede continuar Su Señoría en el tiempo del segundo discurso del señor Diputado.
El señor ZEPEDA COLL.-
...que piden grandes extensiones de terreno en pertenencia y, después no las trabajan, a pesar de que muchas veces las inversiones que realizan son para ocupar, con el tiempo, estas pertenencias; porque es indiscutible que las enormes cantidades de dólares que se inviertan para avituallar los yacimientos mineros, son no solamente para trabajar unas pocas hectáreas que constituyen alguna pertenencia, sino para grandes extensiones de terrenos. Sin embargo, hay que reconocer que se cometen algunos abusos en este sentido. La manera como se puede paliar esta clase de abusos es la que ha señalado la misma Sociedad Nacional de Minería, al proponer el arriendo forzoso de aquellas pertenencias que no se trabajen. Así se terminaría con los abusos que se presentan en la práctica. Hay que reconocerlo como un hecho cierto, porque sucede algunas veces.
Pero una medida de orden general como ésta, sobre todo si ella van a afectar no a las grandes empresas, sino a la pequeña minería, a gente modesta -que muchas veces, porque no tiene ayuda, no puede explotar debidamente sus yacimientos mineros y está imposibilitada para cumplir con lo dispuesto en su Título III de este proyecto de ley tal como ha sido despachado por el Senado de la República- no es conveniente ni aceptable. Porque, desgraciadamente, al quedar ella al arbitrio de un reglamento del Presidente de la República, que deberá ser interpretado por el Servicio de Minas del Estado en cada caso, es indudable que provocará diariamente un sinnúmero de abusos. Entonces se verá que los pequeños mineros, sin tener la protección que pueden tener los poderosos, son privados de su propiedad minera. Íntimamente, yo creo que en el caso de la propiedad minera, no existe una concesión, sino una propiedad. "Sui géneris" será, pero es una propiedad. La única manera como podría privarse a estos propietarios de sus pertenencias sería en virtud de una sentencia judicial o por medio de una expropiación por causa de utilidad pública. Pero implantar sistema de caducidad como éste, que va a alterar la constitución misma de la propiedad minera de Chile, en un proyecto que no ha tenido el estudio necesario, sin que hayan sido consultados los técnicos, ni tampoco los que van a ser afectados por esta medida, lo que, por lo demás, es de elemental conveniencia cuando se trata de aprobar un proyecto de ley que cambia una estructura tan fundamental como es el régimen minero de Chile, no puede hacerse así, de buenas a primera, en un proyecto de ley en calidad de agregado y en su segundo trámite constitucional. Estas cosas importantes deben ser objeto de estudios detenidos y, precisamente, en un proyecto de ley especial de reforma del Código de Minería, como se ha hecho en otras oportunidades.
Consideramos también que el régimen de patentes que se establece en este Título III, es altamente lesivo para los pequeños mineros. De ahí que en las escalas progresivas que operan en proporción a un 1% del sueldo vital -hasta cierta cantidad de pertenencias- y siendo éstas mayores en número, el monto de la patente se va ampliando, lo que ocurre, asimismo, a medida que pasa el tiempo, una vez que llega el plazo de caducidad por falta de trabajo.
En realidad no discuto que el ánimo de los autores de este Título III haya sido el de beneficiar a la minería, pero creo que en estas disposiciones se ha incurrido en una equivocación -y eso está dentro de las posibilidades humanas- porque, en definitiva, los principales perjudicados por los efectos de este Título III, si este proyecto se convierte en ley de la República, serán Justamente, los pequeños y modestos mineros de las provincias del norte; quienes, muchas veces, no tienen los capitales necesarios para realizar las inversiones que se requieren para la debida explotación de un yacimiento, como lo exige este Título III. Esas personas estarán, en la práctica, imposibilitadas de realizar los trabajos necesarios para dichas explotaciones y serán, a la larga, privados de su propiedad minera.
En cambio, las grandes empresas, sin duda alguna, con un poco de esfuerzo cumplirán fácilmente con lo prescrito en el Título III, porque están altamente capitalizadas. Ellas podrán acelerar los trabajos de exploración y reconocimiento, con el objeto de quedar habilitados para explotar debidamente los yacimientos mineros.
Pero, repito, la gente modesta será, en definitiva, la que, en la práctica, se va a ver en la imposibilidad de cumplir con lo prescrito en este Título. Prueba de ello son las comunicaciones, especialmente telegramas, que han recibido los parlamentarios; todas de pequeñas asociaciones mineras de las provincias del norte. Hasta el momento, no ha llegado ninguna comunicación de las grandes empresas; sólo de las asociaciones más modestas que, sin duda alguna, serán las más perjudicadas por efectos de este proyecto, si se convierte en ley.
Si tuviera una nueva oportunidad para intervenir, me gustaría abundar sobre esta materia, pero como hay otros parlamentarios inscritos antes que yo, dejo, entonces, el uso de la palabra.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Puede continuar el señor Arturo Valdés.
El señor SILVA ULLOA.-
¿Me permite una interrupción, señor Valdés?
El señor VALDES (don Arturo).-
Señor Presidente, concedo la interrupción, que me ha solicitado el colega.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el señor Silva Ulloa.
El señor SILVA ULLOA.-
Señor Presidente, los Diputados socialistas aceptamos que las modificaciones introducidas por el Senado, que consisten en suprimir los artículos 1° al 20, son justas, porque sobre esta materia se ha legislado. Sin embargo, dentro de la interrupción concedida, cuya duración quiero hacer lo más breve posible para no abusar de la gentileza del colega Valdés, deseo referirme a un problema no abordado por los colegas que han intervenido anteriormente.
El artículo 17 del proyecto aprobado por el Senado establece la creación de una Comisión de Estudio de la Industria del Salitre y Yodo; y su inciso segunda determina que "la Comisión propondrá, en el plazo máximo de ciento cincuenta días, las bases de una política de desarrollo de la industria salitrera y sus derivados, al Presidente de la República, y este último, en el plazo de treinta días, contado desde la fecha de recepción del aludido informe, enviará un proyecto de legal Congreso Nacional que reemplace la ley 5.350, a contar del 1º de julio de 1968".
Suponiendo que los trámites restantes del proyecto en debate demoren un mes, sumados, los cinco que se conceden a la Comisión para elaborar el informe, más el mes de que dispone el Presidente de la República para enviar el mensaje, ello significa que, en el mejor de los casos, el proyecto a que se refiere esta disposición puede llegar a conocimiento del Congreso Nacional en agosto; y en ese mes ya habrá caducado la vigencia de las leyes Nºs. 5.350 y 12.033, conocida ésta como "referéndum salitrero", por lo cual, consecuencialmente, este inciso segundo estaría "amarrando" una situación de orden legal inexistente.
Por ello, y con el objeto de que este inciso segundo sea rechazado, he pedido votación separada, porque es indudable que la situación de la industria del salitre y el yodo, debe ser abordada de inmediato y no en un plazo tan largo, como el que autoriza el inciso a que me estoy refiriendo, porque no tendría aplicación práctica.
Respecto a las modificaciones del Código de Minería, contenidas en el Título III de este proyecto, quiero recoger las expresiones vertidas por colegas de los diversos bancos.
Todos estamos conscientes de que es indispensable modificar el Código de Minería...
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
¿Me permite, señor Diputado? Ha terminado el tiempo del segundo discurso del señor Valdés, don Arturo.
Tiene la palabra el señor Barrionuevo.
El señor SILVA ULLOA.-
¿Me concede algunos minutos, colega?
El señor BARRIONUEVO.-
Dispongo de poco tiempo, Diputado.
Señor Presidente, sin duda que dos Senadores por Atacama y Coquimbo, la señora Julieta Campusano y el señor Tomás Chadwick, han patrocinado estas disposiciones porque en la primera de esas provincias existe un tremendo abuso en materia de concesiones de patentes. Lamentablemente, no se hizo ninguna diferencia entre el pequeño minero, el mediano minero y la gran minería. Fue todo en un solo "paquete".
Yo he vivido de cerca los problemas de la minería durante toda mi existencia y represento a Atacama, la provincia más minera de Chile; solamente en Tierra Amarilla tenemos siete mil mineros. En todos mis recorridos por la zona he recibido la protesta general, especialmente de los pequeños mineros, que se ven amagados con estas modificaciones. Porque a todo minero le gusta trabajar, buscar su "derrotero", como lo llaman allá, y una vez que acaba de realizar toda clase de sacrificios, cerros arriba, con hambre, con frío, descubre el yacimiento y lo prepara; y esta persona no podría trabajarlo en las condiciones aprobadas por el Senado, porque el precio del cobre tiene oscilaciones en el mercado internacional. En determinado momento, un minero está explotando una mina de cobre a 50 centavos de dólar la libra de metal, porque le conviene trabajar a este precio. Pero, de repente, baja esta cotización en el mercado internacional, como ha sucedido varias veces, problema que la Cámara ha analizado en sesiones especiales. Al minero no le es posible continuar los trabajos a este costo, razón por la cual abandona la mina. Con estas disposiciones, el minero perderá su mina en un lapso de cinco años. Tendrá, entonces, que buscar otras minas. Si sube el precio de la plata, cateará minas de este metal o de oro u otros minerales, según los casos. En consecuencia estas modificaciones no son procedentes. Por eso, lamentarnos que no se haya consultado a las bases de los mineros sobre estas disposiciones.
La Comisión de Minería adoptó el acuerdo y, más que eso, contrajo el compromiso moral de antes de considerar cualquier proyecto, consultar previamente a los mineros auténticos, a los que explotan las minas, no a esos que "trabajan" en las notarías. Indudablemente, las indicaciones presentadas por esos dos Senadores tienen también la virtud de terminar con los "abogados de notarías", quienes esperan que un minero verdadero, que trabaja en un cerro, se descuide y no pague oportunamente sus patentes para pagarlas ellos y quedarse con la mina.
Sin duda alguna, hay que modificar el Código de Minería; pero la iniciativa correspondiente tiene que ser estudiada por la Comisión técnica. El minero tiene que ser escuchado; tenemos que recorrer las zonas mineras para conversar con el hombre de trabajo y conocer su opinión, ya que él es quien mejor conoce, en el terreno mismo, la realidad de sus problemas. Deseamos que se legisle teniendo en vista estas cosas. Por ejemplo, la "Compañía Minera Atacama" solicitó autorización para explotar el yacimiento de hierro "Adrianita". Se entusiasmó con las franquicias actuales y pidió la reserva de 60 kilómetros cuadrados. Pero, con ello, está impidiendo que los pequeños mineros explotan en esas sierras los yacimientos de cobre que en ellas existen.
Contra problemas como ésos tenemos que legislar necesariamente. Pero no podemos hacerlo con modificaciones propuestas en un momento en que la minería de mi provincia, que conozco muy bien, se encuentra en una situación de zozobra. No cuenta con créditos adecuados, por ejemplo, ni se paga oportunamente al minero el mineral que entrega.
En fin, la política minera es equivocada. No hay fomento para esta actividad, por mucho que se diga lo contrario. Soy Diputado de Gobierno, pero ésta es la triste verdad.
Los parlamentarios tenemos la obligación de preocuparnos de provincias como la de Atacama, que yo represento. Ella no tiene otros ingresos, pues es monoproductora de materias primas, que exportamos para dar trabajo a obreros de otros países. Los 8 millones de toneladas de hierro que se exportan por los puertos de Chañaral, Caldera y Huasco van a dar trabajo a las fundiciones y a las industrias manufactureras de otras, naciones. Sin embargo, de las riquezas que producimos, una parte se va al extranjero y la otra viene a la capital u otras grandes ciudades, y no queda nada para el hombre que la trabaja, para el minero.
¿Cómo vamos a pegarle este zarpazo?" ¿Cómo vamos a dejarlo en el aire, diciéndole: "Si esta mina no la trabaja como corresponde durante cinco años, está expuesto a perderla?" En efecto, así ocurrirá, porque la facultad que consagra esta iniciativa es muy amplia. El minero de mi zona no está en condiciones de trabajar en esa forma. El hombre, repito, busca su mina, la trabaja como puede; a veces no paga la patente oportunamente, porque la Empresa Nacional de Minería le debe el precio de sus minerales; pera lo hace a los pocos días de haber vencida el plazo. Mientras tanto, ha llegado el abogado o el tinterillo que le ha usurpado la mina. Este es el peligro que veo. Estoy hablando sobre una realidad, de acuerdo con lo que veo en mi provincia.
Debemos buscar la fórmula adecuada para legislar, a fin de terminar con estos vicios que acabo de señalar; pero nos vamos a oponer a estas modificaciones, por estimar que ellas lesionan gravemente los intereses de los mineros, especialmente de los pequeños.
Si el cateador descubre un yacimiento, sólo necesita, con el actual régimen, presentar un escrito al Juzgado, con lo cual ya adquiere un derecho sobre el mineral. Por un sistema relativamente simple, puede llegar a mensurarlo e inscribirlo para lograr la pertenencia, aunque para ello, tenga a veces, que negociar un porcentaje de la misma.
El pequeño minero no está en condiciones de solventar con sus propios recursos, una inversión acelerada de reconocimiento, para establecer la ley de los, minerales y la continuidad de esa mineralización. Tampoco tiene los dineros necesarios para financiar los trabajos en galerías o piques destinados a cubicar el yacimiento en un plazo reducido, coma tampoco para los estudios metalúrgicos, para encarar la construcción de caminos o de plantas de beneficio, que puedan transformar su hallazgo en una realidad económica.
Lamento tener que rechazar estos artículos, pues como Diputado por una zona que vive única y exclusivamente de la minería, he creído siempre que debemos modificar el Código de Minería; pero, cuando queramos hacerlo, será necesario consultar antes a los mineros cuyas opiniones deben ser estudiadas por las Comisiones, porque modificar el Código de Minería es algo delicado.
En mi provincia hay miles y miles de minas y se pueden descubrir muchas más. Podemos, indudablemente, incrementar la minería cuando existan estímulos y una política netamente minera. Tengo que ser muy honrado y decir que esto no ocurre en este régimen, que yo apoyo. Esto ha sucedido siempre en mi provincia, en gran parte porque ella no tiene más que dos Diputados, y los Senadores por la zona sólo trabajan por Coquimbo y no por Atacama, provincia que, como la de Magallanes, no tiene mayor representatividad en esta rama legislativa.
Señor Presidente, celebro mucho que la Cámara tenga conciencia de que estas indicaciones lesionan los intereses de la pequeña minería de mi provincia.
Por lo tanto, agradezco anticipadamente a la Cámara el rechazo de esta indicación, porque sé que ella va a causar un daño tremendo a la minería, que ya se encuentra en estado caótico por la mala política seguida.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
¿Me permite, señor Diputado? Ha terminado el Orden del Día.
Queda cerrado el debate.
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