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- rdf:value = " El señor ACEVEDO.-
Pido la palabra.
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ACEVEDO.-
Señor Presidente, he pedido la palabra con el objeto de hacer presente a la Sala que lo agregado por el Ejecutivo a través del veto en este artículo 2º dice relación con los informes de las instituciones que figuran en la ley Nº 16.512. Al efecto, establece que las Municipalidades deberán obtener previamente el informe favorable de la institución respectiva.
La verdad es que la ley Nº 16.512 se refiere a instituciones que hoy no existen como, por ejemplo, a la Corporación de Reconstrucción y Auxilio, a la Corporación de la Vivienda, que evidentemente existe, tiene vida legal, y al Instituto de la Vivienda Rural, etcétera. Por el solo hecho de que algunas instituciones ya desaparecidas, como la Corporación de Reconstrucción y Auxilio, tuviesen algo que ver con las poblaciones a que hace referencia el artículo 1º, no será posible obtener un informe favorable ni desfavorable. El artículo 2º, despachado por el Congreso Nacional, sin agregar ese inciso final del Ejecutivo, además de ser suficiente, establece un plazo de 385 días, vale decir un año, a contar del 20 de agosto de 1967. En cambio, la ley Nº 16.512 sólo tiene vigencia por dos años y su iniciación, como lo indica la propia ley, es del 25 de julio del año 1966. De tal manera que hasta la fecha ha transcurrido un año y medio de vigencia, quedando solamente seis meses. De modo que si la Honorable Cámara procede con el mismo criterio que lo ha hecho en el artículo 1º, no considerando el inciso nuevo y dejando tal como está el artículo 2º, será mucho más beneficioso para los habitantes de las poblaciones a que tanto se ha hecho referencia.
He pedido la palabra -reitero- con el único propósito de hacer presente a la Sala que deberemos rechazar también el inciso nuevo, con el objeto de no hacer exigible el cumplimiento de una obligación imposible de cumplir dado que ella se impone a una institución ya inexistente, como es la Corporación de Reconstrucción y Auxilio, organismo que pasó a fusionarse con la Corporación de la Vivienda, la cual, a su vez, depende actualmente del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo.
Eso es todo. Muchas gracias.
"