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"Honorable Cámara: La Municipalidad de Angol, en el ánimo de solucionar el problema habitacional de sus empleados y obreros ha resuelto transferir gratuitamente a dichos funcionarios el terreno que posee en la ciudad de Angol de una cabida de 5 mil metros cuadrados y cuyos deslindes son, por el Norte, calle Valparaíso (en 50 mt. ); por el Sur, calle Colo Colo (en 50 mt. ); por el Oriente, calle Pedro Aguirre Cerda (en 100 mt. ); y por el Poniente con la propiedad de D. Ernesto Oñat (en 100 mt. )
La propiedad que se pretende transferir está inscrita a fojas 363 Nº 458 del 23 de diciembre de 1964, escritura de compraventa de Ernesto Oñat a Municipalidad de Angol hecha el 22 de diciembre de 1964, del Registro de Propiedades del Conservador de Bienes Raíces de Angol.
En mérito de estas consideraciones me permito proponer la aprobación del siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo 1º-Autorízase a la Municipalidad de Angol para transferir gratuitamente a los empleados y obreros que determine el terreno que le pertenece, de 5. 000 m2. cuyos deslindes son los siguientes:
Por el Norte, calle Valparaíso (en 50 mt. ); por el Sur, calle Colo Colo (en 50 mt. ); por el Oriente, calle Pedro Aguirre Cerda (100 mt. ); por el Poniente, propiedad de Ernesto Oñat (100 mt. ).
Dicho terreno está inscrito a fojas 363 Nº 458 del Registro de Propiedades del Conservador de Bienes Raíces de Angol, de fecha 23 de diciembre de 1964.
"Artículo 2º-En las escrituras públicas respectivas se establecerá la obligación de los beneficiados de construir sus casas habitaciones dentro del plazo de cuatro años, y la prohibición de vender antes que transcurran diez años, ambos plazos a contar de la fecha de la escritura de donación".
(Fdo. ): Fernando Rooselot Jaramillo".
"